Resolución Intendente N° 491/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 491/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Desarrollo Estratégico y Resiliencia
  • N° expediente: CO-0062-01358345-5

Resumen

Autorizar por vía de excepción, a la Firma Frigorífico San Isidro S.A. CUIT 33-70869307-9, con domicilio en Ruta Nº 1 Km. 4,5 de Colastiné, la actividad “Fabricación de Productos Alimenticios Diversos – Actividades Industriales – Clase 1.

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Lic. Andrea Valsagna, Secretaria de Desarrollo Estratégico y Resiliencia
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCIÓN Nº 491
SANTA FE DE LA CRUZ, 11 DIC 2018

VISTO:
El Documento CO-0062-01358345-5 (OCI), y;
CONSIDERANDO:
Que, por las actuaciones de referencia, el Sr. Hernán INGARAMO, en su calidad de apoderado de la firma Frigorífico San Isidro S.A., CUIT Nº 33-70869307-9, solicitó renovación de la autorización por vía de excepción de la habilitación del local comercial sito en Ruta Nº 1, Km. 4,5 de Colastiné, para la actividad de “Fabricación de Productos Alimenticios Diversos – Rubro Actividades Industriales – Clase 1”.
Que, tomaron debida intervención las Direcciones de Desarrollo y Gestión Ambiental, Seguridad Alimentaria, Habilitaciones y finalmente de Urbanismo con el objeto de realizar el encuadre de la actividad respectiva;
Que, la Dirección Ejecutiva del Programa de Desarrollo Productivo comparte el nuevo encuadre como “Fabricación de Productos Alimenticios Diversos- Rubro Actividades Industriales – Clase 1”;
Que, intervino la Asesoría Legal de la Secretaría de Desarrollo Estratégico y Resiliencia aconsejando el otorgamiento de una autorización de uso ad referéndum del H.C.M., a la firma Frigorífico San Isidro S.A. en los términos del Art. 47 de la Ordenanza 11.748 R.O.U., lo que es compartido por este Departamento Ejecutivo Municipal, debiendo dictarse el acto administrativo correspondiente;
Por ello:
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1º: Autorizar por vía de excepción, a la Firma Frigorífico San Isidro S.A. CUIT 33-70869307-9, con domicilio en Ruta Nº 1 Km. 4,5 de Colastiné, la actividad “Fabricación de Productos Alimenticios Diversos – Actividades Industriales – Clase 1.

Art. 2°: Sugerir al Honorable Concejo Municipal que la Autorización de Uso sea otorgada por un plazo de cuatro (4) años.
Art. 3°: La presente Resolución se dicta, ad referéndum del Concejo Municipal, sin cuya aprobación no se podrá autorizar el desarrollo de la actividad ni aún en forma provisoria.

Art. 4°.- Con Mensaje de estilo, remítase al Honorable Concejo Municipal, a los fines correspondientes.

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Resolución Intendente N° 567/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 567/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0476-01497419-0

Resumen

Registrar los Permisos de Uso, suscriptos entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y las personas detalladas en anexo adjunto, los que forman parte de la presente.-

Firmantes

Abog. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

Texto completo de la norma

RESOLUCIÓN Nº 567

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 28 DIC 2018
VISTO:
El Documento DE-0476-01497419-0 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, la Secretaría de Cultura tiene, entre sus misiones y funciones, la de canalizar las demandas y necesidades vinculadas a las actividades culturales de la ciudad que llegan como iniciativas de diferentes instituciones, grupos o artistas independientes, brindándole espacios para lograr su inclusión dentro del circuito cultural.
Que, a tales fines y en ejercicio de sus facultades, se adjuntan Permisos de Usos de las distintas salas del Teatro Municipal “1º de Mayo” y el Anfiteatro “Juan de Garay”, suscriptos entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y diversos artistas, para la realización de actividades y presentación de espectáculos públicos.
Que, por lo expuesto, es necesario dictar el acto administrativo de registración pertinente.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:
Art. 1º: Registrar los Permisos de Uso, suscriptos entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y las personas detalladas en anexo adjunto, los que forman parte de la presente.-
Art. 2º: Girar copia de la presente a la Secretaría de Cultura a sus efectos.-

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Resolución Intendente N° 571/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 571/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0444-01545270-9

Resumen

Registrar los Contratos suscriptos entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y las personas detalladas en anexo adjunto, los que forman parte de la presente.-

Firmantes

Abog. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 571

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 28 DIC 2018
VISTO:
El Documento DE-0444-01545270-9 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, la Secretaría de Cultura tiene, entre sus misiones y funciones, la de participar en la vida cultural de la ciudad, canalizando las demandas y necesidades vinculadas a las actividades culturales.
Que, a tales fines y en ejercicio de sus facultades, se adjuntan Contratos, suscriptos entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y diversos artistas, para la realización de diferentes expresiones culturales.
Que, por lo expuesto, es necesario dictar el acto administrativo de registración pertinente.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:
Art. 1º: Registrar los Contratos suscriptos entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y las personas detalladas en anexo adjunto, los que forman parte de la presente.-
Art. 2º: Girar copia a la Secretaría de Cultura a sus efectos. Cumplimentado, archívese.-

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Resolución Intendente N° 576/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 576/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0444-01539331-7

Resumen

Registrar los Contratos suscriptos entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y las personas detalladas en anexo adjunto, los que forman parte de la presente.-

Firmantes

Abog. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 576

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 28 DIC 2018
VISTO:
El Documento DE-0444-01539331-7 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, la Secretaría de Cultura tiene, entre sus misiones y funciones, la de participar en la vida cultural de la ciudad, canalizando las demandas y necesidades vinculadas a las actividades culturales.
Que, a tales fines y en ejercicio de sus facultades, se adjuntan Contratos, suscriptos entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y diversos artistas, para la realización de diferentes expresiones culturales.
Que, por lo expuesto, es necesario dictar el acto administrativo de registración pertinente.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:
Art. 1º: Registrar los Contratos suscriptos entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y las personas detalladas en anexo adjunto, los que forman parte de la presente.-
Art. 2º: Girar copia a la Secretaría de Cultura a sus efectos. Cumplimentado, archívese.-

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Resolución Intendente N° 577/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 577/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0427-01539826-6

Resumen

Dejar sin efecto la Resolución D.E.M. Nº 391/18.

Firmantes

Abog. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 577

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 28 DIC 2018
VISTO:
El Expte. DE-0427-01539826-6 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Nº 391, de fecha 24 de septiembre del corriente año, se postuló al C.P.N. Germán Luis HUBER, D.N.I. 20.167.200, para integrar el Tribunal de Cuentas Municipal.
Que, en uso de competencias que le son propias y atendiendo a razones de mérito y oportunidad, este Departamento Ejecutivo entiende conveniente dejar sin efecto la mentada Resolución.
Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: Dejar sin efecto la Resolución D.E.M. Nº 391/18.
Art. 2°: Cumplido, archivar.

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Resolución Intendente N° 080/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 080/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0448-01554481-0 (VS)

Resumen

No hacer lugar al Reclamo Administrativo Previo formulado por la Sra. Ángela María LAURINI, a través de sus apoderadas, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 080
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 22 MAR 2019
VISTO:
El Documento DE-0448-01554481-0 (VS), y
CONSIDERANDO:
Que, debe resolverse el Reclamo Administrativo Previo formulado por la Sra. Ángela María LAURINI, por intermedio de sus apoderadas, las abogadas Elena Beatriz LALOMIA y Susana Mónica CAPALBO, tendiente a obtener indemnización de supuestos daños y perjuicios.
Que, relatan que en fecha 28.03.18 en momentos en que la Sra. LAURINI se habría encontrado cruzando la plaza de “El Soldado”, habría caído repentinamente a causa de supuestas baldosas sueltas y levantadas, lo que le habría ocasionado lesiones que requirieron su atención médica inmediata.
Que, adjuntan para fundar su pretensión copias simples de la denuncia policial realizada, de la constancia de atención médica en el Hospital Dr. José María Cullen, de informes médicos y de fotografías del lugar del supuesto hecho y de las lesiones experimentadas; reclamando la suma de pesos cien mil ($100.000) por las lesiones, gastos y daño moral.
Que, Fiscalía Municipal emite el Dictamen Nº 028/19 (a cuyos fundamentos cabe remitirse atento a su extensión), donde señala que las pruebas ofrecidas resultan insuficientes para acreditar el hecho, las circunstancias en que habría ocurrido y los daños experimentados.
Que, las fotografías de las lesiones y estudios acompañados no prueban que obedezcan al hecho denunciado. Tampoco aportan certeza las fotografías del supuesto lugar del siniestro, dado que – amén de que su calidad no permite visualizar claramente las imágenes – no tienen identificación de hora, día ni ubicación en que fueron tomadas, pudiendo corresponder a cualquier sitio de la ciudad.
Que, en consecuencia, el reclamo constituye un relato de hechos desprovistos de pruebas fehacientes que lo avalen, no logrando acreditar que el siniestro ocurriera del modo relatado, cuestión que a la luz de las constancias probatorias resultan únicamente afirmaciones de su parte, careciendo la presentación de los demás extremos requeridos para la procedencia de la reparación estatal: daño cierto, acreditado y mensurable en dinero; actividad u omisión materialmente imputable a un órgano estatal, relación de causalidad adecuada entre la actividad o inactividad y el daño invocado; falta de servicio consistente en una actuación u omisión irregular de parte del Estado.
Que, por lo expuesto, aconseja rechazar el reclamo interpuesto, lo que es compartido por este Departamento Ejecutivo Municipal.

Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:
Art. 1º: No hacer lugar al Reclamo Administrativo Previo formulado por la Sra. Ángela María LAURINI, a través de sus apoderadas, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-
Art. 2º: Por Dirección de Mesa de Entradas Única notifíquese fehacientemente en el domicilio constituido, haciéndole saber que con el dictado de la presente se ha cumplimentado con la reclamación exigida por la Ley Nº 7.234, agotándose la instancia administrativa.-

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Resolución Intendente N° 544/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 544/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Hacienda
  • N° expediente: DE-0448-01371019-9

Resumen

Hacer lugar al recurso de reconsideración interpuesto por el Sr. Carlos Alberto Varas, en representación de la Iglesia Bautista del Centro, contra la Resolución Nº 425/17 de la Dirección de Rentas, atento a las razones expuestas en el Considerando de la presente.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 544

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 28 DIC 2018

VISTO:

El Documento DE-0448-01371019-9 (N), y;
CONSIDERANDO:

Que, corresponde resolver el recurso de reconsideración interpuesto por el Sr. Carlos Alberto Varas, en representación de la Iglesia Bautista del Centro, contra la Resolución Nº 425/17 de la Dirección de Rentas, en virtud de la cual se rechaza el pedido de exención de pago de Tasa General de Inmuebles para el Padrón Nº 15496, por no encuadrar en las previsiones del art. 78º, inciso g) de la Ordenanza Nº 11.962;

Que, Dirección de Rentas dictó la Resolución Nº 484/17, declarando admisible el recurso planteado;

Que, Fiscalía Municipal emitió Dictamen Nº 085/18 (a cuyos fundamentos cabe remitirse, atento a su extensión), manifestando que debe mantenerse la exención oportunamente otorgada, al no haber variado las circunstancias fácticas ni normativas que sustentaron su concesión, infiriendo que los elementos reunidos en las actuaciones resultan suficientes para considerar que el inmueble objeto de controversia se destina al cumplimiento de los objetivos propios de la Iglesia del Centro;

Que, conforme lo expuesto, el órgano asesor aconseja hacer lugar al recurso de reconsideración interpuesto por el Sr. Carlos Alberto Varas, contra la Resolución Nº 425/17 de la Dirección de Rentas, restituyendo la exención de pago de la Tasa General de Inmuebles, a favor del inmueble Padrón Nº 15496, cuestión que es compartida por este Departamento Ejecutivo;

Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º.- Hacer lugar al recurso de reconsideración interpuesto por el Sr. Carlos Alberto Varas, en representación de la Iglesia Bautista del Centro, contra la Resolución Nº 425/17 de la Dirección de Rentas, atento a las razones expuestas en el Considerando de la presente.-

Art. 2°.- Por Mesa de Entradas Única notificar al recurrente con entrega de copia en domicilio constituido en auto.-

Art. 3º.- Remitir la presente a Subsecretaría de Ingresos Públicos. Cumplido, ARCHIVESE.-

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Resolución Intendente N° 076/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 076/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0448-01441703-4 (VS)

Resumen

Declarar inadmisible el reclamo formulado por el Sr. Gabriel O. FONTANELLAZ, D.N.I. 16.573.373, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 076
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 22 MAR 2019
VISTO:
El Documento DE-0448-01441703-4 (VS), y
CONSIDERANDO:
Que, debe resolverse el Reclamo formulado por el Sr. Gabriel O. FONTANELLAZ, D.N.I. 16.573.373, tendiente a obtener indemnización de supuestos daños y perjuicios, por el siniestro que habría sufrido con su vehículo marca Ford Focus, Dominio AA816MJ.
Que, relata que en fecha 13.09.17 en momentos en que se habría encontrado circulando por calle Alem para luego tomar por calle 27 de Febrero, habría dañado la cubierta derecha delantera por un corte supuestamente producido por un pedazo de metal de unos 3 cm con punta, acompañando únicamente una fotografía impresa de una factura del arreglo de un neumático perteneciente al dominio referido, sin acreditar el hecho ni el modo en que habría ocurrido, así como tampoco el daño sufrido ni la titularidad dominial del vehículo.
Que, Fiscalía Municipal emite el Dictamen Nº 032/2019, donde señala que en virtud de la insuficiencia probatoria señalada, la presentación no reúne los extremos mínimos previstos en el art. 2 de la Ley Provincial Nº 7.234 para ser considerada como un reclamo administrativo previo.
Que, por lo expuesto, aconseja declarar inadmisible el reclamo, lo que es compartido por este Departamento Ejecutivo Municipal.
Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:
Art. 1º.- Declarar inadmisible el reclamo formulado por el Sr. Gabriel O. FONTANELLAZ, D.N.I. 16.573.373, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-
Art. 2º: Por Dirección de Mesa de Entradas Única notifíquese fehacientemente en el domicilio constituido, haciéndole saber que con el dictado de la presente se ha cumplimentado con la reclamación exigida por la Ley Nº 7.234, agotándose la instancia administrativa.-

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Resolución Intendente N° 561/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 561/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos
  • N° expediente: DE-0448-01563843-0

Resumen

Disponer la redeterminación de precios, solicitada por la Empresa CLIBA Ingeniería Ambiental S.A.- Tecsan Ambiental S.A.-U.T.E., concesionaria del servicio de Recolección de Residuos Domiciliarios, Barrido y Limpieza de calles, solicita recomposición y reajuste de precios unitarios por los servicios de Recolección de Residuos Domiciliarios, Barrido Manual, Barrido Mecánico, Asistencia a Minibasurales, Levante de Montones y Levante General de Montones de Calles sin Cordones según Decretos D.M.M. 01297/11 y 00965/12-, Levante General de Montones en calles sin cordones Decreto D.M.M. Nº 01163/15 y Levante Gral. de Montones con Pala Mecánica Decreto D.M.M. Nº 02370/16 por la diferencia de precios unitarios del mes de noviembre/18 con relación a los precios del mes de julio/18, fijados por Resolución Nº 494/18, cuyos precios unitarios serán los indicados en el Anexo I que forma parte del presente Decreto.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Tco. MARIANO CEJAS, Secretario de Ambiente y Espacios Públicos
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 561

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 28 DIC 2018
VISTO:

El Documento DE-0448-01563843-0 (VS), y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante las actuaciones de referencia, la firma CLIBA Ingeniería Ambiental S.A.- Tecsan Ambiental S.A.-U.T.E., concesionaria de los servicios de Recolección de Residuos Domiciliarios, Barrido y Limpieza de calles, solicita recomposición y reajuste de precios unitarios por los servicios de Recolección de Residuos Domiciliarios, Barrido Manual, Barrido Mecánico, Asistencia a Minibasurales, Levante de Montones y Levante General de Montones de Calles sin Cordones según Decretos D.M.M. 01297/11 y 00965/12, y Levante General de Montones en calles sin cordones Decreto D.M.M. Nº 01163/15, alegando incrementos producidos en el mes de noviembre/18, con respecto a los valores correspondientes al mes de julio/18, según Resolución Nº 0494/18;

Que, lo solicitado se encuentra previsto en la cláusula cuarta del convenio numerado y registrado por Decreto D.M.M. Nº 00657 de fecha 1 de noviembre de 2004, la cual establece: ” Las partes acuerdan que los precios unitarios de los servicios – a partir del cual se establecerá la base de cómputo- corresponderá al mes de Mayo de 2004, lo que permanecerán vigentes hasta la finalización del presente convenio. En caso de que el costo unitario de cualquiera de los servicios superara el 5% de variación del último precio vigente, aquel en el cual se verificará dicha modificación podrá ser redeterminado a solicitud de cualquiera de las partes. Ese valor redeterminado se aplicará a ese servicio y se hará efectivo a partir de la certificación y liquidación del mes inmediato posterior al que se produjere la variación mencionada” y que fuera prorrogado por Decreto D.M.M. Nº 00499/07;

Que, se agrega el Servicio de Levante de Montículos con retropala y dos camiones, según acta numerada y registrada por Decreto D.M.M. Nº 02370/16;

Que, por su parte, el Asistente Técnico de la Secretaría de Hacienda informa que el nuevo precio que corresponde aplicar resulta ser: I-Servicio de Recolección y Transporte de Residuos: pesos setenta y ocho con cuarenta y cinco centavos ($78,45); II-Asistencia a Minibasurales: pesos seiscientos sesenta y seis con cuarenta y cinco centavos ($666,45); III) Barrido Manual: pesos doscientos setenta y dos con setenta y siete centavos ($272,77), IV) Barrido Mecánico: pesos sesenta y uno con ochenta y ocho centavos ($61,88); V- Levante de Montículos: pesos dos millones setecientos cinco mil seiscientos quince con treinta y tres centavos ($2.705.615,33); VI-Levante Gral. de Montones de calles sin cordones Decreto D.M.M. Nº 01297/2011: pesos novecientos cincuenta y dos mil ciento treinta y dos con cincuenta y nueve centavos ($952.132,59),-Levante Gral. de Montones de Calles s/ cordones Decreto D.M.M. Nº 00965/12: pesos novecientos cinco mil seiscientos diez con setenta y nueve centavos ($ 905.610,79), -Levante Gral. de Cordones s/ cordones Decreto D.M.M. Nº 01163/15: pesos novecientos un mil setecientos setenta y nueve con veintisiete centavos ($901.779,27); -Levante Gral. de Montones con Pala Mecánica Decreto D.M.M. Nº 02370/16: pesos un millón seiscientos sesenta y siete mil seiscientos veintiséis con cuarenta y un centavos ($1.667.626,41);

Que, intervino el Asistente Legal de la Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos, emitiendo el informe correspondiente, a cuyos fundamentos cabe remitirse atento a su extensión;

Que, por lo expuesto corresponde el reconocimiento de mayores costos para los servicios precitados, resultando este Departamento Ejecutivo Municipal competente a los fines de emitir el presente acto administrativo;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E::

Art. 1º.- Disponer la redeterminación de precios, solicitada por la Empresa CLIBA Ingeniería Ambiental S.A.- Tecsan Ambiental S.A.-U.T.E., concesionaria del servicio de Recolección de Residuos Domiciliarios, Barrido y Limpieza de calles, solicita recomposición y reajuste de precios unitarios por los servicios de Recolección de Residuos Domiciliarios, Barrido Manual, Barrido Mecánico, Asistencia a Minibasurales, Levante de Montones y Levante General de Montones de Calles sin Cordones según Decretos D.M.M. 01297/11 y 00965/12-, Levante General de Montones en calles sin cordones Decreto D.M.M. Nº 01163/15 y Levante Gral. de Montones con Pala Mecánica Decreto D.M.M. Nº 02370/16 por la diferencia de precios unitarios del mes de noviembre/18 con relación a los precios del mes de julio/18, fijados por Resolución Nº 494/18, cuyos precios unitarios serán los indicados en el Anexo I que forma parte del presente Decreto.-

Art. 2º.- Disponer la aplicación de dicho precio a los servicios prestados a partir del mes de diciembre del año 2018.-
Art. 3º.- Remitir copia a la Dirección de Administración Financiera.-

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Resolución Intendente N° 017/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 017/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0895-01551935-8 (NI)

Resumen

Aprobar y registrar los Contratos y Actas que se adjuntan y forman parte de la presente, suscriptos con las personas detalladas en el Anexo adjunto.

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 017
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 04 FEB 2019
VISTO:
El Documento DE-0895-01551935-8 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, por el Decreto D.M.M. Nº 02299/16 se han aprobado las condiciones generales aplicables a los Contratos de Servicios que celebra esta Municipalidad con particulares.
Que, en las actuaciones de referencia, se adjuntan Contratos y Actas suscriptos con particulares para la prestación de servicios en diferentes Secretarías del Departamento Ejecutivo Municipal.
Que, cumpliendo los mismos con las formalidades exigidas conforme el Decreto D.M.M. Nº 02313/16, debe dictarse el acto administrativo que disponga la aprobación y registración de las actas referidas.
Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:
Art. 1º: Aprobar y registrar los Contratos y Actas que se adjuntan y forman parte de la presente, suscriptos con las personas detalladas en el Anexo adjunto.
Art. 2º: Autorizar a la Dirección de Administración Financiera a atender el gasto que demanda la presente gestión.

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