- Procedencia: DEM
- Tipo de Normativa: Resolución Intendente
- N° Resolución Intendente: 561/2018
- Fecha de Sanción: —
- Secretaría: Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos
- N° expediente: DE-0448-01563843-0
Resumen
Disponer la redeterminación de precios, solicitada por la Empresa CLIBA Ingeniería Ambiental S.A.- Tecsan Ambiental S.A.-U.T.E., concesionaria del servicio de Recolección de Residuos Domiciliarios, Barrido y Limpieza de calles, solicita recomposición y reajuste de precios unitarios por los servicios de Recolección de Residuos Domiciliarios, Barrido Manual, Barrido Mecánico, Asistencia a Minibasurales, Levante de Montones y Levante General de Montones de Calles sin Cordones según Decretos D.M.M. 01297/11 y 00965/12-, Levante General de Montones en calles sin cordones Decreto D.M.M. Nº 01163/15 y Levante Gral. de Montones con Pala Mecánica Decreto D.M.M. Nº 02370/16 por la diferencia de precios unitarios del mes de noviembre/18 con relación a los precios del mes de julio/18, fijados por Resolución Nº 494/18, cuyos precios unitarios serán los indicados en el Anexo I que forma parte del presente Decreto.-
Firmantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Tco. MARIANO CEJAS, Secretario de Ambiente y Espacios Públicos
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
Texto completo de la norma
RESOLUCION Nº 561
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 28 DIC 2018
VISTO:
El Documento DE-0448-01563843-0 (VS), y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante las actuaciones de referencia, la firma CLIBA Ingeniería Ambiental S.A.- Tecsan Ambiental S.A.-U.T.E., concesionaria de los servicios de Recolección de Residuos Domiciliarios, Barrido y Limpieza de calles, solicita recomposición y reajuste de precios unitarios por los servicios de Recolección de Residuos Domiciliarios, Barrido Manual, Barrido Mecánico, Asistencia a Minibasurales, Levante de Montones y Levante General de Montones de Calles sin Cordones según Decretos D.M.M. 01297/11 y 00965/12, y Levante General de Montones en calles sin cordones Decreto D.M.M. Nº 01163/15, alegando incrementos producidos en el mes de noviembre/18, con respecto a los valores correspondientes al mes de julio/18, según Resolución Nº 0494/18;
Que, lo solicitado se encuentra previsto en la cláusula cuarta del convenio numerado y registrado por Decreto D.M.M. Nº 00657 de fecha 1 de noviembre de 2004, la cual establece: ” Las partes acuerdan que los precios unitarios de los servicios – a partir del cual se establecerá la base de cómputo- corresponderá al mes de Mayo de 2004, lo que permanecerán vigentes hasta la finalización del presente convenio. En caso de que el costo unitario de cualquiera de los servicios superara el 5% de variación del último precio vigente, aquel en el cual se verificará dicha modificación podrá ser redeterminado a solicitud de cualquiera de las partes. Ese valor redeterminado se aplicará a ese servicio y se hará efectivo a partir de la certificación y liquidación del mes inmediato posterior al que se produjere la variación mencionada” y que fuera prorrogado por Decreto D.M.M. Nº 00499/07;
Que, se agrega el Servicio de Levante de Montículos con retropala y dos camiones, según acta numerada y registrada por Decreto D.M.M. Nº 02370/16;
Que, por su parte, el Asistente Técnico de la Secretaría de Hacienda informa que el nuevo precio que corresponde aplicar resulta ser: I-Servicio de Recolección y Transporte de Residuos: pesos setenta y ocho con cuarenta y cinco centavos ($78,45); II-Asistencia a Minibasurales: pesos seiscientos sesenta y seis con cuarenta y cinco centavos ($666,45); III) Barrido Manual: pesos doscientos setenta y dos con setenta y siete centavos ($272,77), IV) Barrido Mecánico: pesos sesenta y uno con ochenta y ocho centavos ($61,88); V- Levante de Montículos: pesos dos millones setecientos cinco mil seiscientos quince con treinta y tres centavos ($2.705.615,33); VI-Levante Gral. de Montones de calles sin cordones Decreto D.M.M. Nº 01297/2011: pesos novecientos cincuenta y dos mil ciento treinta y dos con cincuenta y nueve centavos ($952.132,59),-Levante Gral. de Montones de Calles s/ cordones Decreto D.M.M. Nº 00965/12: pesos novecientos cinco mil seiscientos diez con setenta y nueve centavos ($ 905.610,79), -Levante Gral. de Cordones s/ cordones Decreto D.M.M. Nº 01163/15: pesos novecientos un mil setecientos setenta y nueve con veintisiete centavos ($901.779,27); -Levante Gral. de Montones con Pala Mecánica Decreto D.M.M. Nº 02370/16: pesos un millón seiscientos sesenta y siete mil seiscientos veintiséis con cuarenta y un centavos ($1.667.626,41);
Que, intervino el Asistente Legal de la Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos, emitiendo el informe correspondiente, a cuyos fundamentos cabe remitirse atento a su extensión;
Que, por lo expuesto corresponde el reconocimiento de mayores costos para los servicios precitados, resultando este Departamento Ejecutivo Municipal competente a los fines de emitir el presente acto administrativo;
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E::
Art. 1º.- Disponer la redeterminación de precios, solicitada por la Empresa CLIBA Ingeniería Ambiental S.A.- Tecsan Ambiental S.A.-U.T.E., concesionaria del servicio de Recolección de Residuos Domiciliarios, Barrido y Limpieza de calles, solicita recomposición y reajuste de precios unitarios por los servicios de Recolección de Residuos Domiciliarios, Barrido Manual, Barrido Mecánico, Asistencia a Minibasurales, Levante de Montones y Levante General de Montones de Calles sin Cordones según Decretos D.M.M. 01297/11 y 00965/12-, Levante General de Montones en calles sin cordones Decreto D.M.M. Nº 01163/15 y Levante Gral. de Montones con Pala Mecánica Decreto D.M.M. Nº 02370/16 por la diferencia de precios unitarios del mes de noviembre/18 con relación a los precios del mes de julio/18, fijados por Resolución Nº 494/18, cuyos precios unitarios serán los indicados en el Anexo I que forma parte del presente Decreto.-
Art. 2º.- Disponer la aplicación de dicho precio a los servicios prestados a partir del mes de diciembre del año 2018.-
Art. 3º.- Remitir copia a la Dirección de Administración Financiera.-
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