Resolución Intendente N° 278/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 278/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0428-01600691-8

Resumen
Disponer el pago de las jornadas laborales cumplimentadas en días feriados: 01.01.2019; 04.03.2019 y 05.03.2019, por los agentes designados en esta Administración Municipal para cumplir funciones de Guardavidas durante la temporada estival 2018/2019, detallados en el anexo adjunto, de acuerdo al detalle aportado por la Subsecretaría de Prevención y Seguridad Ciudadana, obrante en la actuación, en virtud del Acta Acuerdo aprobada por Decreto D.M.M. Nº 00015/18.

Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

RESOLUCION Nº 278

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 19 JUN 2019

VISTO:

El Documento DE-0428-01600691-8 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, en la actuación de referencia, la Subsecretaría de la Función Pública solicita autorización para efectuar el pago de las jornadas laborales cumplimentadas en días feriados: 01.01.2019; 04.03.2019 y 05.03.2019, por los agentes designados en esta Administración Municipal para cumplir funciones de Guardavidas durante la temporada estival 2018/2019, detallados en el anexo adjunto, con motivo de haberse detectado la omisión de los mismos en el Anexo de la Resolución Nº 132/19, en virtud de lo informado por la Subsecretaría de Prevención y Seguridad Ciudadana y del Acta Acuerdo aprobada por Decreto D.M.M. Nº 00015/18;
Que, la Secretaría de Hacienda informa que existe crédito para absorber la erogación;
Que, en consecuencia, corresponde el dictado del acto administrativo pertinente, cuyo objeto disponga el pago de las jornadas cumplimentadas en días feriados, por los agentes guardavidas detallados en el anexo adjunto;
Por ello:
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1º: Disponer el pago de las jornadas laborales cumplimentadas en días feriados: 01.01.2019; 04.03.2019 y 05.03.2019, por los agentes designados en esta Administración Municipal para cumplir funciones de Guardavidas durante la temporada estival 2018/2019, detallados en el anexo adjunto, de acuerdo al detalle aportado por la Subsecretaría de Prevención y Seguridad Ciudadana, obrante en la actuación, en virtud del Acta Acuerdo aprobada por Decreto D.M.M. Nº 00015/18.
Art. 2º: Remitir copia de la presente a la Dirección de Personal. Cumplimentado, ARCHÍVESE.-

 

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Resolución Intendente N° 276/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 276/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0448-01592071-3
Resumen
No hacer lugar al Reclamo Administrativo Previo formulado por el Señor Hugo César SIKH, D.N.I. 12.358.596, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCION Nº 276

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 19 JUN 2019
VISTO:
El Documento DE-0448-01592071-3 (N), y
CONSIDERANDO:
Que, debe resolverse el Reclamo Administrativo Previo formulado por el Señor Hugo César SIKH, D.N.I. Nº 12.358.596, tendiente a obtener indemnización de supuestos daños y perjuicios sufridos en su vehículo Marca VW, Modelo Passat, Dominio MQV325.
Que, relata que en fecha 28.02.19 en momentos en que se encontraba circulando por calle Av. Aristóbulo del Valle cuando al pasar el Puente Negro impactó con una imperfección existente en la calzada, junto a las vías del ferrocarril, lo que le habría producido la rotura de la cubierta delantera derecha.
Que, adjunta para fundar su pretensión factura de reparación, factura comparativa del año 2017, documento nacional de identidad, título de propiedad del vehículo y póliza de seguro, documental que fue cotejada con la original y certificada por la Dirección de Asesoría Jurídica Fiscalía Municipal, así como fotografías originales, y reclama el reintegro de un importe similar al abonado.
Que, Fiscalía Municipal emite el Dictamen Nº 063/19 (al cual cabe remitirse atento a su extensión), donde señala que la documental acompañada por el reclamante se orienta a acreditar la existencia de un daño en una de las cubiertas de su vehículo, sin acreditar la existencia del siniestro que lo habría causado, las circunstancias en que se habría producido, su causa y la mecánica del hecho; y en relación a las fotografías, ellas muestran, por un lado, un bache en el pavimento, y por el otro, una cubierta dañada sin identificación del vehículo al que pertenece.
Que, asimismo, la presentación constituye un mero relato carente de pruebas que lo avalen y, consecuentemente, no pueden tenerse por configurados los extremos requeridos para la procedencia de la reparación estatal: daño cierto, acreditado y mensurable en dinero; actividad u omisión materialmente imputable a un órgano estatal, relación de causalidad adecuada entre la actividad o inactividad y el daño invocado; y falta de servicio consistente en una actuación u omisión irregular de parte del Estado.
Que, por lo expuesto, el Órgano Asesor aconseja rechazar el reclamo interpuesto, lo que es compartido por este Departamento Ejecutivo Municipal.
Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:
Art. 1º: No hacer lugar al Reclamo Administrativo Previo formulado por el Señor Hugo César SIKH, D.N.I. 12.358.596, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-

Art. 2º: Por Dirección de Mesa de Entradas Única notifíquese fehacientemente en el domicilio constituido, haciéndole saber que con el dictado de la presente se ha cumplimentado con la reclamación exigida por la Ley Nº 7.234, agotándose la instancia administrativa.-

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Resolución Intendente N° 275/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 275/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0448-01580143-4

Resumen
No hacer lugar al Reclamo Administrativo Previo formulado por la Señora María Cristina RUSCITTI, D.N.I. 6.198.228, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-

Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

RESOLUCION Nº 275

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 19 JUN 2019
VISTO:
El Documento DE-0448-01580143-4 (N), y
CONSIDERANDO:
Que, debe resolverse el Reclamo Administrativo Previo formulado por la Señora María Cristina RUSCITTI, D.N.I. 6.198.228, tendiente a obtener indemnización de supuestos daños y perjuicios sufridos.
Que, relata que en fecha 17.10.18 sufrió una caída en el cantero central ubicado en la intersección de Av. Freyre y Corrientes, atribuyendo el hecho a la existencia de un montículo de basura y cemento dejado allí, según denunció, por personal municipal, y por la cual habría sufrido diversas lesiones.
Que, adjunta para fundar su pretensión copia de radiografías, informe de evaluación pre-quirúrgica, factura de compra de inmovilizador de muñeca, indicaciones pre-quirúrgicas, recibo de análisis de sangre para reintegro, estudio cardiológico, recibo por pago de estampillado médico, documento nacional de identidad y carnet de IAPOS; y en virtud de lo solicitado por la Dirección de Asesoría Jurídica Fiscalía Municipal, estimó el monto de su reclamo en pesos treinta y un mil ($31.000), ofreció testimonial y acompañó documentación médica.
Que, Fiscalía Municipal emite el Dictamen Nº 064/19 (al cual cabe remitirse atento a su extensión), donde señala que las constancias probatorias aportadas por la reclamante no resultan adecuadas para tener por acreditado el siniestro denunciado, siendo la única prueba en tal sentido la declaración testimonial oportunamente prestada, la cual no aportó demasiadas precisiones y, por sí sola, no resulta suficiente, debiendo ser evaluada conjuntamente con las demás probanzas.
Que, la documental acompañada se orienta exclusivamente a probar las supuestas lesiones sufridas, pero de ningún modo demuestran que tales lesiones obedezcan al hecho que denuncia, la existencia del mismo, su mecánica, las circunstancias que lo rodearon y su causa, convirtiendo su presentación en un mero relato carente de pruebas que lo avalen y por el cual pretende atribuir responsabilidad al municipio.
Que, de tal modo, el reclamo no cumplimenta los requisitos exigidos para la procedencia de la reparación estatal, al no haberse acreditado el hecho denunciado, la existencia de un daño cierto que obedezca a una actividad y omisión materialmente imputable al municipio, la presencia de una relación de causalidad entre la conducta estatal y el daño invocado, ni una actuación u omisión estatal de carácter irregular que configure falta de servicio.
Que, por lo expuesto, el Órgano Asesor aconseja rechazar el reclamo interpuesto, lo que es compartido por este Departamento Ejecutivo Municipal.

Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:
Art. 1º: No hacer lugar al Reclamo Administrativo Previo formulado por la Señora María Cristina RUSCITTI, D.N.I. 6.198.228, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-
Art. 2º: Por Dirección de Mesa de Entradas Única notifíquese fehacientemente en el domicilio constituido, haciéndole saber que con el dictado de la presente se ha cumplimentado con la reclamación exigida por la Ley Nº 7.234, agotándose la instancia administrativa.-

 

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Resolución Intendente N° 274/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 274/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0448-01575140-7
Resumen
Tener por desierto el Recurso de Apelación interpuesto por la Sra. Mónica Noemí SARASINO, con patrocinio letrado, contra la Resolución de la Caja Municipal de Jubilaciones y Pensiones N° 3860-D-2018, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCION Nº 274
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 19 JUN 2019
VISTO:
El expediente DE-0448-01575140-7 (VS), y
CONSIDERANDO:
Que, debe resolverse el Recurso de Apelación interpuesto por la Sra. Mónica Noemí SARASINO, con patrocinio letrado de la Abog. Teresita del Carmen AVERSA, contra la Resolución Nº 3860-D-2018 de la Caja Municipal de Jubilaciones y Pensiones, que desestimó la solicitud de pensión peticionada, en base a las consideraciones allí vertidas.
Que, el organismo previsional rechazó el recurso de revocatoria y concedió el de apelación subsidiariamente interpuesto mediante Resolución Nº 3876-D-2018.
Que, corrido el respectivo traslado para expresar agravios mediante cédula diligenciada en fecha 25.02.19, la recurrente formula su presentación de forma extemporánea, excediendo el plazo legalmente previsto y otorgado al efecto.
Que, Fiscalía Municipal emite el Dictamen Nº 68/19, donde efectúa una reseña de la normativa referida al sistema recursivo aplicable al caso, al cual cabe remitirse atento a su extensión.
Que, señala que de acuerdo a lo que surge de las constancias del expediente, desde la fecha de notificación del traslado ordenado a los fines de fundar el recurso de apelación ha transcurrido el plazo de diez (10) días hábiles que dispone el art. 364 del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia, por lo que resulta aplicable su última parte y, en consecuencia, tenerse por operada la deserción del recurso.
Que, por lo expuesto, el Órgano Asesor sugiere tener por desierto el recurso de apelación promovido, lo que es compartido por este Departamento Ejecutivo.
Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:
Art. 1º: Tener por desierto el Recurso de Apelación interpuesto por la Sra. Mónica Noemí SARASINO, con patrocinio letrado, contra la Resolución de la Caja Municipal de Jubilaciones y Pensiones N° 3860-D-2018, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-
Art. 2º: Por Dirección de Mesa de Entradas Única notifíquese fehacientemente en el domicilio constituido, haciéndole saber –conforme a la Ley Nº 12.071- que se halla cumplida en el caso la instancia administrativa correspondiente. Cumplimentado, devuélvanse las actuaciones a la Caja Municipal de Jubilaciones y Pensiones de Santa Fe, a sus efectos.-

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Resolución Intendente N° 272/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 272/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-1126-01579771-5

Resumen
Excluir a la agente Andrea Carolina BASILIO (Código Nº 14016) de la Resolución Nº 388/18, a partir del 11 de marzo de 2019.

Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

RESOLUCION Nº 273
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 19 JUN 2019
VISTO:
El Documento DE-1126-01579771-5 (NI) y sus gloses, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante las actuaciones de referencia, la Subsecretaría de la Función Pública aconseja se autorice el cambio de horario de prestación de servicios de los agentes detallados en la misma, conforme lo solicitado por las distintas reparticiones, por estrictas razones de servicio;
Que, la Dirección de Personal informa la situación de revista de los agentes;
Que, este Departamento Ejecutivo Municipal resulta competente a los fines de emitir el acto administrativo pertinente;
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: Excluir a la agente Andrea Carolina BASILIO (Código Nº 14016) de la Resolución Nº 388/18, a partir del 11 de marzo de 2019.
Art. 2º: Autorizar el cambio de horario de ingreso y egreso a esta Administración Municipal de los agentes mencionados en el Anexo I, que integra la presente, por estrictas razones de servicio..
Art. 3°: Remitir copia a la Dirección de Personal. Cumplimentado ARCHIVESE.-

 

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Resolución Intendente N° 257/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 257/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Desarrollo Estratégico y Resiliencia
  • N° expediente: DE-1113-01598938-7
Resumen
Otorgar a la Sra. Mirta Doris Goiriz, D.N.I. Nº 24.722.425, la suma de veinticinco mil pesos ($ 25.000), en concepto de microcrédito, reintegrable, en el marco del Programa Banco Solidario, a cargo de la Subsecretaría de Innovación y Emprendedores, para ser destinado a la compra de una remalladora industrial con el objeto de fortalecer su proyecto productivo, siendo garantes del mismo las Sras. Ana María Rondina Langhi, D.N.I. Nº 22.901.792; y Graciela María Lorenza Zoccola, D.N.I. Nº 5.269.368.-Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Lic. Andrea Valsagna, Secretaria de Desarrollo Estratégico y Resiliencia
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCIÓN Nº 257

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 10 JUN 2019

VISTO:
El Documento DE-1113-01598938-7 (NI), y
CONSIDERANDO:
Que, en el marco del Convenio de Cooperación numerado y registrado por Decreto D.M.M. Nº 00869/2013, se dispuso la transferencia de fondos del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Santa Fe para el otorgamiento de microcréditos a emprendedores o grupos de emprendedores según lo dispuesto por la Resolución Nº 840/2012.
Que, por Decreto D.M.M. Nº 2008/2015 se encomienda al Programa de Economía Social la gestión del “Fondo Especial Banco Solidario”, posibilitando el desarrollo de un sistema de microcréditos reintegrables destinados a fomentar micro emprendimientos, actividades productivas o de servicios, individuales o grupales.
Que, en el marco del mencionado Convenio y cumpliendo con lo planificado para este primer semestre del año 2019, la Subsecretaría de Innovación y Emprendedores, solicita se gestione la entrega de nuevos microcréditos.
Que, las Sras. Mirta Doris Goiriz, Ana María Rondina Langhi, Graciela María Lorenza Zoccola, Daniela Beatriz Ayala, Cecilia Chiaraviglio, Karina Guadalupe Duré, Evelyn Pamela Garau, Nanci Esmeralda Genesi, Silvia Cristina Dayú, y Laura Isabel Asenari, han culminado con éxito los cursos de capacitación dictados en el Club de Emprendedores, aspirando al otorgamiento de un microcrédito del mencionado Programa Banco Solidario.
Que, en consecuencia, debe dictarse el acto administrativo que disponga el otorgamiento de los microcréditos para los respectivos emprendimientos, reintegrables en doce (12) y dieciocho (18) cuotas, y según las condiciones establecidas en el Decreto D.M.M. N° 2008/15.
Que, dichos montos serán destinados exclusivamente a la compra de insumos y herramientas inherentes a la actividad que desenvuelven en su proyecto productivo, no pudiendo adquirir otro tipo de maquinaria o insumo desvinculado con la respectiva actividad.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:
Art. 1º: Otorgar a la Sra. Mirta Doris Goiriz, D.N.I. Nº 24.722.425, la suma de veinticinco mil pesos ($ 25.000), en concepto de microcrédito, reintegrable, en el marco del Programa Banco Solidario, a cargo de la Subsecretaría de Innovación y Emprendedores, para ser destinado a la compra de una remalladora industrial con el objeto de fortalecer su proyecto productivo, siendo garantes del mismo las Sras. Ana María Rondina Langhi, D.N.I. Nº 22.901.792; y Graciela María Lorenza Zoccola, D.N.I. Nº 5.269.368.-
Art. 2º: Otorgar a la Sra. Ana María Rondina Langhi, D.N.I. Nº 22.901.792, la suma de veinticinco mil pesos ($ 25.000), en concepto de microcrédito, reintegrable, en el marco del Programa Banco Solidario, a cargo de la Subsecretaría de Innovación y Emprendedores, para ser destinado a la compra de lanas, hilos, vellón y totora con el objeto de fortalecer su proyecto productivo denominado “Tejidos Artesanales Ana Rondina”, siendo garantes del mismo las Sras. Graciela María Lorenza Zoccola, D.N.I. Nº 5.269.368; y Mirta Doris Goiriz, D.N.I. Nº 24.722.425.-
Art. 3º: Otorgar a la Sra. Graciela María Lorenza Zoccola, D.N.I. Nº 5.269.368, la suma de doce mil pesos ($ 12.000), en concepto de microcrédito, reintegrable, en el marco del Programa Banco Solidario, a cargo de la Subsecretaría de Innovación y Emprendedores, para ser destinado a una máquina de coser familiar y plancha, con el objeto de fortalecer su proyecto productivo, siendo garantes del mismo las Sras. Ana María Rondina Langhi, D.N.I. Nº 22.901.792; y Mirta Doris Goiriz, D.N.I. Nº 24.722.425.-
Art. 4º: Otorgar a la Sra. Daniela Beatriz Ayala, D.N.I. Nº 28.939.875, la suma de veinticinco mil pesos ($ 25.000), en concepto de microcrédito, reintegrable, en el marco del Programa Banco Solidario, a cargo de la Subsecretaría de Innovación y Emprendedores, para ser destinado a la compra de insumos para encuadernación, con el objeto de fortalecer su proyecto productivo denominado “Alma Papel”, siendo garantes del mismo las Sras. Cecilia Chiaraviglio, D.N.I. Nº 30.786.319; Karina Guadalupe Duré, D.N.I. N° 23.246.521; Evelyn Pamela Garau, D.N.I. N° 28.017.026; y Nanci Esmeralda Genesi, D.N.I. Nº 24.673.858.-
Art. 5º: Otorgar a la Sra. Cecilia Chiaraviglio, D.N.I. Nº 30.786.319, la suma de veinticinco mil pesos ($ 25.000), en concepto de microcrédito, reintegrable, en el marco del Programa Banco Solidario, a cargo de la Subsecretaría de Innovación y Emprendedores, para ser destinado a la compra de telas e hilos, con el objeto de fortalecer su proyecto productivo denominado “CH Moda Activa”, siendo garantes del mismo las Sras. Karina Guadalupe Duré, D.N.I. N° 23.246.521; Evelyn Pamela Garau, D.N.I. N° 28.017.026; Nanci Esmeralda Genesi, D.N.I. Nº 24.673.858; y Daniela Beatriz Ayala, D.N.I. N° 28.939.875.-
Art. 6º: Otorgar a la Sra. Karina Guadalupe Duré, D.N.I. N° 23.246.521, la suma de veinticinco mil pesos ($ 25.000), en concepto de microcrédito, reintegrable, en el marco del Programa Banco Solidario, a cargo de la Subsecretaría de Innovación y Emprendedores, para ser destinado a la compra de insumos para armado de bijou y accesorios, con el objeto de fortalecer su proyecto productivo denominado “Es Para Vos…”, siendo garantes del mismo las Sras. Evelyn Pamela Garau, D.N.I. N° 28.017.026; Nanci Esmeralda Genesi, D.N.I. Nº 24.673.858; Daniela Beatriz Ayala, D.N.I. N° 28.939.875; y Cecilia Chiaraviglio, D.N.I. N° 30.786.319.-
Art. 7º: Otorgar a la Sra. Evelyn Pamela Garau, D.N.I. N° 28.017.026, la suma de veinticinco mil pesos ($ 25.000), en concepto de microcrédito, reintegrable, en el marco del Programa Banco Solidario, a cargo de la Subsecretaría de Innovación y Emprendedores, para ser destinado a la compra de una máquina de coser Overlock y telas, con el objeto de fortalecer su proyecto productivo denominado “Ponele Onda”, siendo garantes del mismo las Sras. Nanci Esmeralda Genesi, D.N.I. Nº 24.673.858; Daniela Beatriz Ayala, D.N.I. N° 28.939.875; Cecilia Chiaraviglio, D.N.I. N° 30.786.319; y Karina Guadalupe Duré, D.N.I. N° 23.246.521.-
Art. 8º: Otorgar a la Sra. Nanci Esmeralda Genesi, D.N.I. Nº 24.673.858, la suma de veinticinco mil pesos ($ 25.000), en concepto de microcrédito, reintegrable, en el marco del Programa Banco Solidario, a cargo de la Subsecretaría de Innovación y Emprendedores, para ser destinado a la compra de una máquina collareta y telas, con el objeto de fortalecer su proyecto productivo denominado “Verde Esmeralda”, siendo garantes del mismo las Sras. Daniela Beatriz Ayala, D.N.I. N° 28.939.875; Cecilia Chiaraviglio, D.N.I. N° 30.786.319; Karina Guadalupe Duré, DNI N° 23.246.521; Evelyn Pamela Garau, D.N.I. N° 28.017.026.-
Art. 9º: Otorgar a la Sra. Silvia Cristina Dayú, D.N.I. Nº 12.882.964, la suma de diez mil pesos ($ 10.000), en concepto de microcrédito, reintegrable, en el marco del Programa Banco Solidario, a cargo de la Dirección de Escuelas de Trabajo, para ser destinado a la compra de tierra, macetas, plantas, acrílicos, con el objeto de fortalecer su proyecto productivo denominado “El Rincón de Viki”, siendo garante del mismo la Sra. Laura Isabel Asenari, D.N.I. Nº 27.413.631.-
Art. 10º: Otorgar a la Sra. Laura Isabel Asenari, D.N.I. Nº 27.413.631, la suma de diez mil pesos ($ 10.000), en concepto de microcrédito, reintegrable, en el marco del Programa Banco Solidario, a cargo de la Dirección de Escuelas de Trabajo, para ser destinado a la compra de herramientas, materia prima e insumos, con el objeto de fortalecer su proyecto productivo denominado “Infanti Sueños”, siendo garante del mismo la Sra. Silvia Cristina Dayú, D.N.I. Nº 12.882.964.-
Art. 11º: Los prestatarios deberán ajustarse a lo establecido en el Decreto D.M.M. N° 02008/15 y a la reglamentación vigente respectiva.-
Art. 12º: Las presentes erogaciones se imputarán en Jurisdicción Secretaria de Desarrollo Estraté gico y Resiliencia –Categoría Programática 24.00.00 –Programa de Economía Social – Objeto del Gasto: 6.2.1.0 Préstamos a corto plazo al sector privado – Fuentes de Financiamiento 131 – De origen municipal.-
Art. 13º: Remitir copia a la Secretaría de Hacienda a los fines de dar cumplimiento a la presente Resolución.-
Art. 14º: Por Subsecretaría de Innovación y Emprendedores notifíquese de lo aquí dispuesto a los interesados.-

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Resolución Intendente N° 255/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 255/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Desarrollo Estratégico y Resiliencia
  • N° expediente: DE-1113-01603404-3
Resumen
Otorgar al Señor Fernando Luis MAZZARO, D.N.I. Nº 25.157.775, la suma de ciento cuatenta mil pesos ($140.000), en concepto de microcrédito, reintegrable, en el marco del Programa Municipal de Microcréditos, a cargo de la Subsecretaría de Innovación y Emprendedores, para ser destinado a la compra de maquinaria, instalaciones, materia prima e insumos con el objeto de fortalecer su local comercial, denominado “M&M Muebles” siendo garante del mismo la Señora Ramona Irma CAZZANIGA, D.N.I. Nº 10.393.043.Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Lic. Andrea Valsagna, Secretaria de Desarrollo Estratégico y Resiliencia
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCIÓN Nº 255

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 07 JUN 2019

VISTO:
El Documento DE-1113-01603404-3 (NI); y
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de la ordenanza Nº 12.613, se dispuso la creación del Programa Municipal de Microcréditos destinado al fortalecimiento de emprendedores de la ciudad.
Que, por Decreto D.M.M. Nº 00195/19 se encomienda a la Secretaría de Desarrollo Estratégico y Resiliencia la reglamentación y gestión de dicho programa, posibilitando el desarrollo de un sistema de microcréditos reintegrables destinados a fomentar micro emprendimientos, actividades productivas o de servicios, individuales o grupales.
Que, por Resolución Interna Nº 73 la Secretaría de Desarrollo Estratégico y Resiliencia ha establecido las características de las convocatorias, los requisitos y el perfil de los emprendimientos a financiar.
Que, cumpliendo con los criterios de selección establecidos, la Subsecretaría de Innovación y Emprendedores, solicita se gestione la entrega de los microcréditos a aquellos aspirantes que han culminado con éxito los talleres de capacitación dictados en el Club de Emprendedores.
Que, los montos a otorgar serán destinados exclusivamente a la compra de herramientas, equipamientos, insumos, publicidad, materia prima, packaging, desarrollo de software y sistema de gestión, mejoras de infraestructura y refacciones de sus salas de producción o comercio inherentes a la actividad que desenvuelven en su proyecto, no pudiendo adquirir otro tipo de maquinaria o insumo desvinculado con la respectiva actividad.
Que, en consecuencia, debe dictarse el acto administrativo que disponga el otorgamiento de los microcréditos para los respectivos emprendimientos, reintegrables en veinticuatro (24) cuotas, y según las condiciones establecidas en el Decreto D.M.M. Nº 00195/19 y Resolución Interna Nº 73/19 de la Secretaría de Desarrollo Estratégico y Resiliencia.
Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:
Art. 1º: Otorgar al Señor Fernando Luis MAZZARO, D.N.I. Nº 25.157.775, la suma de ciento cuatenta mil pesos ($140.000), en concepto de microcrédito, reintegrable, en el marco del Programa Municipal de Microcréditos, a cargo de la Subsecretaría de Innovación y Emprendedores, para ser destinado a la compra de maquinaria, instalaciones, materia prima e insumos con el objeto de fortalecer su local comercial, denominado “M&M Muebles” siendo garante del mismo la Señora Ramona Irma CAZZANIGA, D.N.I. Nº 10.393.043.
Art. 2º: Otorgar a la firma ARTEMI S.A, C.U.I.L. Nº 30-71573853-4, la suma de ciento cincuenta mil pesos ($150.000), en concepto de microcrédito, reintegrable, en el marco del Programa Municipal de Microcréditos, a cargo de la Subsecretaría de Innovación y Emprendedores, para ser destinado a la compra de mercadería, maquinaria, instalaciones, desarrollo de sistema de gestión con el objeto de fortalecer su proyecto productivo denominado “NOVAR”, siendo garante del mismo la Señora María Elisa FERRARA, D.N.I. Nº 13.589.478.
Art. 3º: Otorgar al Señor Nicolás BARRILIS, D.N.I. Nº 32.733.214, la suma de ciento cincuenta mil pesos ($150.000), en concepto de microcrédito, reintegrable, en el marco del Programa Municipal de Microcréditos, a cargo de la Subsecretaría de Innovación y Emprendedores, para ser destinado a la compra de materia prima, con el objeto de fortalecer su proyecto productivo, denominado “Keep it Magic”, siendo garante del mismo el Señor Carlos José PARMA, D.N.I. Nº 28.157.762.
Art. 4º: Otorgar a la Señora María Viviana CONTESTÁBILE, D.N.I. Nº 22.087.438, la suma de ciento cincuenta mil pesos ($150.000), en concepto de microcrédito, reintegrable, en el marco del Programa Municipal de Microcréditos, a cargo de la Subsecretaría de Innovación y Emprendedores, para ser destinado a la compra de maquinaria, instalaciones y mano de obra, materia prima, mobiliario, con el objeto de fortalecer su local comercial denominado “Páprika”, siendo garante del mismo el Señor Gustavo Luis MÁNTICA, D.N.I. N° 22.164.007.
Art. 5º: Otorgar a la Señora María Paz ROJAS, D.N.I. N° 39.127.900, la suma de ciento cincuenta mil pesos ($150.000), en concepto de microcrédito, reintegrable, en el marco del Programa Municipal de Microcréditos, a cargo de la Subsecretaría de Innovación y Emprendedores, para ser destinado a la compra de instalaciones, herramientas, materia prima, con el objeto de fortalecer su local comercial denominado “Orgánico y Natural”, siendo garante del mismo el Señor Alejandro LÓPEZ, D.N.I. N° 36.759.449.
Art. 6º: Otorgar al Señor Nicolás CAPRA, D.N.I. N° 25.401.905, la suma de ciento cincuenta mil pesos ($ 150.000), en concepto de microcrédito, reintegrable, en el marco del Programa Municipal de Microcréditos, a cargo de la Subsecretaría de Innovación y Emprendedores, para ser destinado a la compra de materia primas, insumos, instalaciones, maquinarias, herramientas., con el objeto de fortalecer su proyecto productivo denominado “Rustic Desing Co”, siendo garante del mismo el Señor Rubén Miguel CAPRA, D.N.I. Nº 6.302.637.-
Art. 7º: Otorgar a la Señora Angélica WINGEYER, D.N.I. Nº 29.348.337, la suma de setenta y cinco mil pesos ($75.000), en concepto de microcrédito, reintegrable, en el marco del Programa Municipal de Microcréditos, a cargo de la Subsecretaría de Innovación y Emprendedores, para ser destinado a materia prima, insumos, diseño gráfico y packaging, con el objeto de fortalecer su proyecto productivo denominado “Angélica Hecho a Mano”, siendo garante del mismo el Señor Leonardo Walter CIPRIANI, D.N.I. Nº 26.716.749.
Art. 8º: Los prestatarios deberán ajustarse a lo establecido en la Ordenanza Nº 12.613 y su Decreto reglamentario D.M.M. Nº 00195/19.
Art. 9º: Las presentes erogaciones se imputarán en Jurisdicción 1110133000 Secretaría de Desarrollo Estratégico y Resiliencia – Categoría Programática 25.02.00 Fondo de Financiamiento para el Desarrollo de Pymes y Microcréditos – Objeto del Gasto 6.2.1.0 Préstamos a corto plazo al sector privado – Fuentes de Financiamiento 110 Tesoro Municipal.
Art. 10º: Remitir copia a la Secretaría de Hacienda a los fines de dar cumplimiento a la presente Resolución.-
Art. 11º: Por Subsecretaría de Innovación y Emprendedores notifíquese de lo aquí dispuesto a los interesados.-

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Resolución Intendente N° 205/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 205/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0854-01548088-2
Resumen
Autorizar, por razones estrictamente de servicios, el cambio de horario de ingreso y egreso a esta Administración Municipal de los agentes Ariadna CORDERO (Código Nº 12522) y Joel PACIANORI (Código Nº 14395), siendo los mismos los detallados en el anexo que integra la presente, conforme lo dispuesto en el art. 2º del Decreto D.M.M. N° 00143/92.-Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCION Nº 205

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 27 MAY 2019
VISTO:
El Documento DE-0854-01548088-2 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante las actuaciones de referencia, se solicita autorización para el cambio de horario, por estrictas razones de servicios, de los agentes Ariadna CORDERO (Código Nº 12522) y PACIARONI, Joel (Código Nº 14395), conforme el detalle del anexo adjunto;
Que, la Dirección de Personal informa que la agente CORDERO revista en esta Administración en calidad de Personal Permanente, con funciones de Auxiliar Administrativo, Categoría 11/12 por promoción, Agrupamiento I-Administrativo, dependiente del Departamento Centro de Distrito Centro- Dirección Centro de Distrito;
Que, el agente PACIARONI revista en calidad de Personal Permanente, sin Función, Categoría 8, sin Agrupamiento, dependiente de la Dirección de Alumbrado Público y Electromecánica;
Que, este Departamento Ejecutivo Municipal resulta competente a los fines de emitir el acto administrativo pertinente;
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: Autorizar, por razones estrictamente de servicios, el cambio de horario de ingreso y egreso a esta Administración Municipal de los agentes Ariadna CORDERO (Código Nº 12522) y Joel PACIANORI (Código Nº 14395), siendo los mismos los detallados en el anexo que integra la presente, conforme lo dispuesto en el art. 2º del Decreto D.M.M. N° 00143/92.-
Art. 2°: Remitir copia a la Dirección de Personal. Cumplimentado ARCHIVESE.-

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Resolución Intendente N° 0128/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 0128/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE 0463-01593468-0 (N)

Resumen
Acéptase a partir del 31 de mayo de 2019, la renuncia al cargo presentada por el agente Raúl Ceferino Omar ZUCARELLI (Código Nº 6912), D.N.I. Nº 16.073.157, Permanente, con Funciones de Encargado de Sección, Categoría 19, Agrupamiento I-Administrativo, dependiente de la Dirección de Talleres de la Secretaría de Obras Públicas, para acogerse al beneficio previsional de Jubilación por Invalidez, y haber gozado a tal fecha de la totalidad de los días de licencias y/o compensatorios, (art. 44º de la Ley Nº 9.256/83).-

Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

DECRETO D.P.B. – SECRETARIA DE GOBIERNO – AÑO 2019 – Nº 0128
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 19 JUN 2019

VISTO:
El Documento DE 0463-01593468-0 (N), y;
CONSIDERANDO:
Que, en la actuación de referencia, el agente Raúl Ceferino Omar ZUCARELLI (Código Nº 6912), D.N.I. Nº 16.073.157, presenta su renuncia para acogerse a los beneficios de Jubilación por Invalidez;
Que, atento a las constancias de autos, el agente se encuentra en condiciones de obtener el beneficio previsional gestionado, debiendo cesar en toda actividad en relación de dependencia según lo normado por los arts. 77º inc. a) y 84º de la Ordenanza Nº 6.166, quedando sujeto el acuerdo del beneficio a las disposiciones de la Ley vigente al cese;
Que, la Dirección de Personal informa que revista en esta Administración en calidad de Permanente, con Funciones de Encargado de Sección, Categoría 19, Agrupamiento I-Administrativo, dependiente de la Dirección de Talleres;
Que, en el mismo informe establece que debe aceptarse la renuncia a partir del 31.05.19, aclarando que a dicha fecha, no se le adeudarán días de licencias y/o compensatorios;
Que, habiendo tomado intervención la Subsecretaría de la Función Pública, y dado que no existen impedimentos que se opongan a la gestión iniciada, se aconseja aceptar la renuncia del agente a partir del 31.05.19, para acogerse al beneficio jubilatorio otorgado por el Organismo Previsional. Asimismo y considerando la aprobación del nuevo régimen diferencial para el cálculo de indemnizaciones previstas en el art. 24 de la Ley 9.286 dispuesto mediante Ordenanza Nº 11.968, corresponde para el presente caso de cese por incapacidad inculposa, instruir a la Secretaría de Hacienda para que practique la liquidación de las indemnizaciones correspondientes, de acuerdo al art. 2º de dicha norma;
Que, debe dictarse el acto administrativo que así lo disponga;
Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
D E C R E T A:
Art. 1º.- Acéptase a partir del 31 de mayo de 2019, la renuncia al cargo presentada por el agente Raúl Ceferino Omar ZUCARELLI (Código Nº 6912), D.N.I. Nº 16.073.157, Permanente, con Funciones de Encargado de Sección, Categoría 19, Agrupamiento I-Administrativo, dependiente de la Dirección de Talleres de la Secretaría de Obras Públicas, para acogerse al beneficio previsional de Jubilación por Invalidez, y haber gozado a tal fecha de la totalidad de los días de licencias y/o compensatorios, (art. 44º de la Ley Nº 9.256/83).-
Art. 2º.- Autorizar a la Secretaría de Hacienda a practicar las liquidaciones de la indemnización correspondiente por incapacidad inculposa, de acuerdo al art. 2º de la Ordenanza Nº 11.968.-
Art. 3º.- Remítase a través de la Dirección de Personal, copia del presente Decreto a la Caja Municipal de Jubilaciones y Pensiones de Santa Fe y notifíquese fehacientemente a la interesada.-
Art. 4º.- Refréndese por las Señoras Secretarias de Gobierno y Hacienda.-
Art. 5º.- Comuníquese, publíquese y dése al R.M.-

 

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Resolución Intendente N° 277/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 277/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE 0935-01587264-1

Resumen
Registrar los Permisos de Uso, suscriptos entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y las personas detalladas en anexo adjunto los que forman parte de la presente.-

Fimantes
Abog. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
Lic. Andrea Valsagna, Secretaria de Desarrollo Estratégico y Resiliencia

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

RESOLUCION Nº 277

Santa Fe de la Vera Cruz, 19 JUN 2019
VISTO:
El Documento DE 0935-01587264-1 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, el Programa Centro de Convenciones Estación Belgrano, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Estratégico y Resiliencia, tiene entre sus misiones y funciones, la de gestionar eficientemente el uso del edificio con la finalidad de posicionarlo como un centro de convenciones de referencia regional que brinde un servicio de calidad para la comunidad en la recepción, organización y coordinación de eventos culturales, académicos, educativos, deportivos y sociales.
Que, a tales fines y en ejercicio de sus facultades, se adjuntan Permisos de Usos de los distintos espacios de la Estación Belgrano para la realización de distintas actividades.
Que, por lo expuesto, es necesario dictar el acto administrativo de numeración y registración pertinente.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE
Art. 1º: Registrar los Permisos de Uso, suscriptos entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y las personas detalladas en anexo adjunto los que forman parte de la presente.-
Art. 2º: Girar copia a la Secretaría de Desarrollo Estratégico y Resiliencia, a sus efectos.

 

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