Resolución Intendente N° 183/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 183/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0448-01573336-3

Resumen
Hacer lugar al reclamo formulado por el agente Manuel Alejandro SOSA (Código Nº 13.238), por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-

Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

RESOLUCION Nº 183

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 24 MAY 2019
VISTO:
El Documento DE-0448-01573336-3 (VS), y
CONSIDERANDO:
Que, debe resolverse el reclamo formulado por el agente Manuel Alejandro SOSA (Código Nº 13.238), tendiente a que se le reconozcan, liquiden y abonen las diferencias dinerarias correspondientes a las prestaciones por incapacidad laboral temporaria, derivadas del accidente de trabajo sufrido el 01.10.2018.
Que, expresa que en su liquidación no fueron incluidos los conceptos variables que percibía antes del siniestro, lo que es corroborado por el informe de la Dirección de Personal.
Que, Fiscalía Municipal, en su Dictamen Nº 041/2019 (a cuyos fundamentos cabe remitirse, atento a su extensión) señala que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 6º del Decreto N° 1694/2009 y en el artículo 1º de la Resolución N° 983/2010 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación (Superintendencia de Riesgos del Trabajo), cuando el haber previo al accidente se encuentra integrado por remuneraciones variables, corresponde liquidar un promedio de los últimos seis (6) meses trabajados; y que este cálculo no puede resultar menor a la remuneración que el agente habría gozado de no sufrir el siniestro.
Que, asimismo agrega, que las Horas Extras integran la categoría de remuneración variable, y no se ha respetado el procedimiento de liquidación adecuado, por lo que aconseja hacer lugar al reclamo y abonar las diferencias salariales, conforme al cálculo que oportunamente realice el Departamento Sueldos.
Que, este Departamento Ejecutivo comparte el criterio sostenido por el Órgano Asesor, por lo que debe dictarse el acto administrativo que así lo disponga.
Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:
Art. 1º: Hacer lugar al reclamo formulado por el agente Manuel Alejandro SOSA (Código Nº 13.238), por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-
Art. 2º: Girar a Dirección de Personal para que través del Departamento Sueldos, se liquiden las diferencias salariales correspondientes. Notifíquese al interesado, con copia de la presente. Cumplimentado, archívese.-

 

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Resolución Intendente N° 182/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 182/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0444-01586157-8

Resumen
Registrar el Contrato suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, la Sociedad de Músicos de Santa Fe y Martín Testoni, en fecha 01 de abril de 2019 que se adjunta a la presente.-

Fimantes
Abog. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

RESOLUCIÓN Nº 182
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 24 MAY 2019
VISTO:
El Documento DE-0444-01586157-8 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, en las actuaciones de referencia se adjunta Contrato suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, la Sociedad de Músicos de Santa Fe y Martín Testoni, en fecha 01 de abril de 2019.
Que, por el mismo se acuerda la presentación de “Vocal Son Mayor”, “Mixturas Ensamble”, agrupación coral “Cantares”, la “Fanfarria Ambulante” y la realización del seminario de canto “La voz, el cuerpo y la escena”, en el marco de “Arte Ciudad 2019”, organizado por la Secretaría de Cultura.
Que, resulta necesario dictar el acto administrativo de registración pertinente.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: Registrar el Contrato suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, la Sociedad de Músicos de Santa Fe y Martín Testoni, en fecha 01 de abril de 2019 que se adjunta a la presente.-
Art. 2º: Remitir copia a la Secretaría de Hacienda y de Cultura a sus efectos. Cumplido, archivar.-

 

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Resolución Intendente N° 181/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 181/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0448-01572117-8

Resumen
Hacer lugar al reclamo formulado por el agente Pedro ROMANO (Código Nº 13.808), por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-

Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

RESOLUCION Nº 181

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 24 MAY 2019
VISTO:
El Documento DE-0448-01572117-8 (VS), y
CONSIDERANDO:
Que, debe resolverse el reclamo formulado por el agente Pedro ROMANO (Código Nº 13.808), tendiente a que se le reconozcan, liquiden y abonen las diferencias dinerarias correspondientes a las prestaciones por incapacidad laboral temporaria, derivadas del accidente de trabajo sufrido el 27.09.2018.
Que, expresa que en su liquidación no fueron incluidos los conceptos variables que percibía antes del siniestro, lo que es corroborado por el informe de la Dirección de Personal.
Que, Fiscalía Municipal, en su Dictamen Nº 038/2019 (a cuyos fundamentos cabe remitirse, atento a su extensión) señala que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 6º del Decreto N° 1694/2009 y en el artículo 1º de la Resolución N° 983/2010 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación (Superintendencia de Riesgos del Trabajo), cuando el haber previo al accidente se encuentra integrado por remuneraciones variables, corresponde liquidar un promedio de los últimos seis (6) meses trabajados; y que este cálculo no puede resultar menor a la remuneración que el agente habría gozado de no sufrir el siniestro.
Que, asimismo agrega, que las Horas Extras integran la categoría de remuneración variable, y no se ha respetado el procedimiento de liquidación adecuado, por lo que aconseja hacer lugar al reclamo y abonar las diferencias salariales, conforme al cálculo que oportunamente realice el Departamento Sueldos.
Que, este Departamento Ejecutivo comparte el criterio sostenido por el Órgano Asesor, por lo que debe dictarse el acto administrativo que así lo disponga.
Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:
Art. 1º: Hacer lugar al reclamo formulado por el agente Pedro ROMANO (Código Nº 13.808), por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-
Art. 2º: Girar a Dirección de Personal para que través del Departamento Sueldos, se liquiden las diferencias salariales correspondientes. Notifíquese al interesado, con copia de la presente. Cumplimentado, archívese.-

 

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Resolución Intendente N° 180/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 180/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0448-01573426-2
Resumen
Hacer lugar al reclamo formulado por el agente Raúl RAMIREZ (Código Nº 13.891), por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCION Nº 180

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 24 MAY 2019
VISTO:
El Documento DE-0448-01573426-2 (VS), y
CONSIDERANDO:
Que, debe resolverse el reclamo formulado por el agente Raúl RAMIREZ (Código Nº 13.891), tendiente a que se le reconozcan, liquiden y abonen las diferencias dinerarias correspondientes a las prestaciones por incapacidad laboral temporaria, derivadas del accidente de trabajo sufrido el 25.11.2018.
Que, expresa que en su liquidación no fueron incluidos los conceptos variables que percibía antes del siniestro, lo que es corroborado por el informe de la Dirección de Personal.
Que, Fiscalía Municipal, en su Dictamen Nº 039/2019 (a cuyos fundamentos cabe remitirse, atento a su extensión) señala que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 6º del Decreto N° 1694/2009 y en el artículo 1º de la Resolución N° 983/2010 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación (Superintendencia de Riesgos del Trabajo), cuando el haber previo al accidente se encuentra integrado por remuneraciones variables, corresponde liquidar un promedio de los últimos seis (6) meses trabajados; y que este cálculo no puede resultar menor a la remuneración que el agente habría gozado de no sufrir el siniestro.
Que, asimismo agrega, que las Horas Extras integran la categoría de remuneración variable, y no se ha respetado el procedimiento de liquidación adecuado, por lo que aconseja hacer lugar al reclamo y abonar las diferencias salariales, conforme al cálculo que oportunamente realice el Departamento Sueldos.
Que, este Departamento Ejecutivo comparte el criterio sostenido por el Órgano Asesor, por lo que debe dictarse el acto administrativo que así lo disponga.
Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:
Art. 1º: Hacer lugar al reclamo formulado por el agente Raúl RAMIREZ (Código Nº 13.891), por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-
Art. 2º: Girar a Dirección de Personal para que través del Departamento Sueldos, se liquiden las diferencias salariales correspondientes. Notifíquese al interesado, con copia de la presente. Cumplimentado, archívese.-

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Resolución Intendente N° 176/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 176/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0749-01583357-7

Resumen
Excluir del anexo de la Resolución Nº 422/18, a la agente María Eugenia MARTÍNEZ (Código Nº 14304), a partir del 01 de abril de 2019.

Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

RESOLUCION Nº 176

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 24 MAY 2019
VISTO:
El Documento DE-0749-01583357-7 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante las actuaciones de referencia, la Secretaría de Relaciones Institucionales y Comunicación solicita se excluya a la agente María Eugenia MARTÍNEZ (Código Nº 14304) de la Resolución Nº 422/18, por la cual se le autorizó el cambio de horario de prestación de servicios de 08,00 a 14,00 hs. desde el 01.10.18;
Que, la Dirección de Personal informa que la agente MARTÍNEZ revista en esta Administración Municipal en calidad de Permanente, sin Función, Categoría 08, sin Agrupamiento, dependiente del Departamento de Atención Ciudadana- Programa Atención con el Ciudadano- Secretaría de Relaciones Institucionales y Comunicación;
Que, este Departamento Ejecutivo Municipal resulta competente a los fines de emitir el acto administrativo pertinente;
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: Excluir del anexo de la Resolución Nº 422/18, a la agente María Eugenia MARTÍNEZ (Código Nº 14304), a partir del 01 de abril de 2019.
Art. 2°: Remitir copia a la Dirección de Personal. Cumplimentado ARCHIVESE.-

 

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Resolución Intendente N° 175/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 175/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0526-01574496-4

Resumen
Autorizar el otorgamiento de noventa (90) horas extras presupuestadas a la agente María Belén JUNCO (Código Nº 13366), a partir del 01 de enero de 2019 y por el término de doce (12) meses, en razón de los servicios prestados en el ámbito de la Secretaría de Relaciones Institucionales y Comunicación, en exceso a la jornada legal de trabajo.-

Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

RESOLUCION Nº 175
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 24 MAY 2019
VISTO:
El Documento DE-0526-01574496-4 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante las actuaciones de referencia, la Subsecretaría de la Función Pública solicita se disponga el otorgamiento de noventa (90) horas extras presupuestadas a la agente María Belén JUNCO (Código Nº 13366), en virtud de los servicios prestados en exceso a la jornada legal de trabajo, a partir del 01 de enero de 2019 y por el término de doce (12) meses, en el ámbito de la Secretaría de Relaciones Institucionales y Comunicación;
Que, Dirección de Personal informa que la agente revista en esta Administración en calidad de Permanente, con funciones de Auxiliar Administrativo, Categoría 11, Agrupamiento I- Administrativo, dependiente del Departamento de Atención Ciudadana – Secretaría de Relaciones Institucionales y Comunicación;
Que, corresponde dictar el acto administrativo cuyo objeto disponga autorizar el otorgamiento de las horas extras solicitadas, a partir del 01 de enero de 2019 y por el término de doce (12) meses;
Que, la Secretaría de Hacienda informa que existe crédito presupuestario para absorber la erogación;
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: Autorizar el otorgamiento de noventa (90) horas extras presupuestadas a la agente María Belén JUNCO (Código Nº 13366), a partir del 01 de enero de 2019 y por el término de doce (12) meses, en razón de los servicios prestados en el ámbito de la Secretaría de Relaciones Institucionales y Comunicación, en exceso a la jornada legal de trabajo.-
Art. 2º: Remitir copia a la Dirección de Personal, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto y notificar al agente mencionado. Cumplimentado, ARCHÍVESE.-

 

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Resolución Intendente N° 174/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 174/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0861-01523504-7
Resumen
Otorgar una beca a favor del agente Lisandro Antonio GENERO (Código Nº 12623), por el monto total de pesos un mil novecientos ($ 1.900), por su participación en el “XIV Congreso Mundial de Mediación y Cultura de Paz – Promoviendo sociedades justas, pacíficas e inclusivas”, organizado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación y el Instituto de Mediación de México, Universidad de Sonora.Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCION Nº 174
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 24 MAY 2019
VISTO:
El Documento DE-0861-01523504-7 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, en las actuaciones de referencia, el agente Lisandro Antonio GENERO (Código Nº 12623) solicita se considere el otorgamiento de una beca a fin de cubrir los gastos que demandó su participación en el “XIV Congreso Mundial de Mediación y Cultura de Paz – Promoviendo sociedades justas, pacíficas e inclusivas”, organizado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación y el Instituto de Mediación de México, Universidad de Sonora;
Que, la Dirección de Personal informa que el citado agente revista en esta Administración Municipal en calidad de Permanente, con Funciones de Asistente Profesional, Agrupamiento II-Profesional, Categoría 16/18 por promoción, dependiente de la Dirección de Derechos Ciudadanos, subrogando en dicha repartición el cargo de Jefe de Departamento, Categoría 21;
Que, es criterio de la Subsecretaría de la Función Pública incentivar la capacitación y/o formación profesional de los recursos humanos vinculados con esta Administración Municipal, por lo cual aconseja el otorgamiento de una beca a favor del citado, que comprende el 50% de los gastos correspondientes, por el monto total de pesos un mil novecientos ($ 1.900), abonando la Administración el concepto respectivo, con posterioridad a la entrega de factura que efectúe el interesado en la repartición correspondiente de la Secretaría de Hacienda y al informe respectivo de la Dirección de Capacitación, Ingreso y Promociones;
Que, la Secretaría de Hacienda informó que existe crédito para absorber la erogación;
Que, en consecuencia, corresponde el dictado del acto administrativo pertinente;
Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVEArt. 1º: Otorgar una beca a favor del agente Lisandro Antonio GENERO (Código Nº 12623), por el monto total de pesos un mil novecientos ($ 1.900), por su participación en el “XIV Congreso Mundial de Mediación y Cultura de Paz – Promoviendo sociedades justas, pacíficas e inclusivas”, organizado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación y el Instituto de Mediación de México, Universidad de Sonora.
Art. 2º: Autorizar a la Secretaría de Hacienda a abonar la mencionada beca, que comprende el 50% de los gastos correspondientes, con posteridad a la entrega de factura que efectúe el interesado.-
Art. 3º: Remitir copia de la presente a la Dirección de Capacitación, Ingresos y Promociones y a la Secretaría de Hacienda para atender el gasto. Cumplimentado, ARCHÍVESE.

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Resolución Intendente N° 158/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 158/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Planeamiento Urbano
  • N° expediente: DE-0448-01251720-7

Resumen
Declarar la disponibilidad de la Licencia de Taxi Nº 065, de conformidad a lo expresado en el considerando de la presente.-

Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Arq. Marcelo PASCUALON, Secretario de Planeamiento Urbano
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

RESOLUCIÓN Nº 158

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 16 MAY 2019
VISTO:
El Documento DE-0448-01251720-7(VS), y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante los actuados de referencia, la Sra. Analía Silvina PANIGUTTI – D.N.I. Nº 28.731.049, comunica en fecha 19/11/2015 el fallecimiento de su esposo, el Sr. Andrés Alberto ARZA, quién fuera concesionario de la Licencia de Taxi Nº 065, acompañando copia certificada de inscripción de Defunción en el Registro Civil y Capacidad de las Personas de la ciudad de Viedma, Provincia de Río Negro;
Que, en fecha 22/06/2016, mediante Documento DE-0448-01313376-4, glosado al expediente de marras, la Sra. Panigutti solicita la renovación anual de habilitación de la licencia en cuestión, anexando documental a esos efectos;
Que, la Dirección de Habilitaciones del Transporte Público, acompaña copia del historial de la Licencia de Taxi Nº 065, en el cual consta que vencieron la Inspección Técnica y la Habilitación Administrativa, el 24/11/2016 y 07/06/2016 respectivamente, ambos requisitos necesarios para la prestación del servicio;
Que, en virtud del expediente DE-1055-01537490-3 (N) “Subsecretaría de Planeamiento de la Movilidad – Información sobre Licencias de Taxis”, se solicitó la intervención del Área Legal de la Secretaría de Planeamiento Urbano a los fines de analizar la posible disponibilidad de Licencias conforme a los fundamentos normativos que se desprendan, por incumplimiento de la prestación Continua, Regular y Obligatoria del Servicio Público de Transporte;
Que, corroborado el incumplimiento de los requisitos normativos por áreas competentes y habiéndose notificado en tiempo y forma al interesado para subsanar cada una de las exigencia reguladas por la Ordenanza vigente, el recurrente hizo caso omiso a los requerimientos de la administración;
Que, el concesionario del servicio público de taxis tiene dentro de sus obligaciones el deber de prestar el servicio de modo continuo y regular, garantizando el acceso general e igualitario de los usuarios, como así también el de cumplimentar con las exigencias expresamente contenidas en la norma aplicable, y, por otro lado, la administración tiene a su cargo controlar la prestación de dicho servicio y el cumplimiento de los requisitos legales exhortados. En este contexto la Municipalidad debe ejercer su autoridad y competencia, y aplicar las sanciones correspondientes ante el incumplimiento de la normativa vigente, siendo la máxima sanción, la caducidad de la licencia concedida;
Que, la Asesora Legal de la Secretaría de Planeamiento Urbano mediante Dictamen Nº 75/18 sugiere dictar el acto administrativo pertinente;
Por ello:
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:
Art. 1º: Declarar la disponibilidad de la Licencia de Taxi Nº 065, de conformidad a lo expresado en el considerando de la presente.-
Art. 2º: Restituir la Licencia Nº 065 a la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, auténtica titular de la misma, a fin de administrar su futura explotación, conforme así lo resuelva, haciendo uso de las facultades que le son propias.-
Art. 3º: Por Dirección de Habilitaciones del Transporte Público notifíquese de lo dispuesto a los interesados y a la Dirección de Rentas, a sus efectos. Cumplimentado, ARCHÍVESE.-

 

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Resolución Intendente N° 152/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 152/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0858-01570483-6
Resumen
Disponer la instrucción de Sumario Administrativo por parte de Fiscalía Municipal a la agente María Silvina CALLEN (Código Nº 13.842), a fin de investigar los hechos denunciados, en virtud de lo dispuesto en el Capítulo V de la Ordenanza Nº 8.527 – Estatuto para el Personal Municipal y Capítulos III y VIII de la Ordenanza Nº 12.092 – Estatuto del Docente Municipal – por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.-Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCION Nº 152

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 10 MAY 2019
VISTO:
El Documento DE-0858-01570483-6 (NI), y
CONSIDERANDO:
Que, las actuaciones se inician a raíz de lo informado por la Secretaría de Educación, en relación a presuntas irregularidades advertidas en el accionar de la docente María Silvina CALLEN (Código Nº 13.842), la cual habría solicitado licencias médicas durante el mes de julio de 2018, e incluso justificado las mismas, encontrándose aparentemente fuera del país, acompañando documentación respaldatoria.
Que, la Dirección de Personal informa que la agente se desempeña en esta Administración en calidad de Docente Nivel Inicial Interino dependiente del Programa Sistema Municipal de Educación Nivel Inicial de la Secretaría de Educación, desde el 09.04.15, no contando con antecedentes disciplinarios.
Que, la Asesoría Legal de la Secretaría de Educación, considera que por los motivos señalados y la documentación acompañada, existen circunstancias que ameritarían el inicio de un Sumario Administrativo a fin de investigar el supuesto proceder de la agente, con fundamento en lo dispuesto en la Ordenanza Nº 12.092 “Estatuto del Docente Municipal” – Capítulo III: De los Deberes y Derechos, Art. 5 inc. b) y f) – Capítulo VIII – Del Régimen Disciplinario, Art. 26 ss y cc, y en la Ley Provincial Nº 9.286/83 “Estatuto para el Personal de Municipalidades y Comunas de la Provincia de Santa Fe”, Art. 66 ss y cc.
Que, la Subsecretaría de la Función Pública sugiere el dictado del acto administrativo pertinente, cuyo objeto disponga la instrucción de un Sumario Administrativo a la agente María Silvina CALLEN (Código Nº 13.842), a fin de investigar los hechos denunciados en las presentes actuaciones.
Que, este Departamento Ejecutivo resulta competente a los fines de emitir el acto administrativo pertinente.
Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:
Art. 1º: Disponer la instrucción de Sumario Administrativo por parte de Fiscalía Municipal a la agente María Silvina CALLEN (Código Nº 13.842), a fin de investigar los hechos denunciados, en virtud de lo dispuesto en el Capítulo V de la Ordenanza Nº 8.527 – Estatuto para el Personal Municipal y Capítulos III y VIII de la Ordenanza Nº 12.092 – Estatuto del Docente Municipal – por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.-
Art. 2º: Girar copia a la Secretaría de Educación y a la Dirección de Personal, para su conocimiento y notificación de la agente involucrada. Cumplido, remítanse las actuaciones a Fiscalía Municipal a sus efectos.-

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Resolución Intendente N° 151/2019

 

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 151/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0510-01567411-2

Resumen
Limitar las designaciones como beneficiarios del Programa de Entrenamiento y Capacitación Laboral – Ordenanza Nº 11.452/08, de las personas detalladas en el Anexo adjunto, que integra la presente, conforme los datos allí consignados.-

Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

RESOLUCION Nº 151

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 10 MAY 2019
VISTO:
El Documento DE-0510-01567411-2 (NI), y sus gloses;
CONSIDERANDO:
Que, en la actuación de referencia, la Subsecretaría de la Función Pública solicita la limitación de las designaciones como beneficiarios del Programa de Entrenamiento y Capacitación Laboral – Ordenanza Nº 11.452/08 de las personas detalladas en el Anexo adjunto, a partir de las fechas allí expresadas;
Que, corresponde dictar el acto administrativo pertinente;
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:
Art. 1º: Limitar las designaciones como beneficiarios del Programa de Entrenamiento y Capacitación Laboral – Ordenanza Nº 11.452/08, de las personas detalladas en el Anexo adjunto, que integra la presente, conforme los datos allí consignados.-
Art. 2º: Remitir a la Dirección de Personal a sus efectos. Cumplimentado, Archívese.-

 

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