Resolución Intendente N° 158/2019

25 de junio de 2019
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  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 158/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Planeamiento Urbano
  • N° expediente: DE-0448-01251720-7

Resumen
Declarar la disponibilidad de la Licencia de Taxi Nº 065, de conformidad a lo expresado en el considerando de la presente.-

Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Arq. Marcelo PASCUALON, Secretario de Planeamiento Urbano
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

RESOLUCIÓN Nº 158

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 16 MAY 2019
VISTO:
El Documento DE-0448-01251720-7(VS), y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante los actuados de referencia, la Sra. Analía Silvina PANIGUTTI – D.N.I. Nº 28.731.049, comunica en fecha 19/11/2015 el fallecimiento de su esposo, el Sr. Andrés Alberto ARZA, quién fuera concesionario de la Licencia de Taxi Nº 065, acompañando copia certificada de inscripción de Defunción en el Registro Civil y Capacidad de las Personas de la ciudad de Viedma, Provincia de Río Negro;
Que, en fecha 22/06/2016, mediante Documento DE-0448-01313376-4, glosado al expediente de marras, la Sra. Panigutti solicita la renovación anual de habilitación de la licencia en cuestión, anexando documental a esos efectos;
Que, la Dirección de Habilitaciones del Transporte Público, acompaña copia del historial de la Licencia de Taxi Nº 065, en el cual consta que vencieron la Inspección Técnica y la Habilitación Administrativa, el 24/11/2016 y 07/06/2016 respectivamente, ambos requisitos necesarios para la prestación del servicio;
Que, en virtud del expediente DE-1055-01537490-3 (N) “Subsecretaría de Planeamiento de la Movilidad – Información sobre Licencias de Taxis”, se solicitó la intervención del Área Legal de la Secretaría de Planeamiento Urbano a los fines de analizar la posible disponibilidad de Licencias conforme a los fundamentos normativos que se desprendan, por incumplimiento de la prestación Continua, Regular y Obligatoria del Servicio Público de Transporte;
Que, corroborado el incumplimiento de los requisitos normativos por áreas competentes y habiéndose notificado en tiempo y forma al interesado para subsanar cada una de las exigencia reguladas por la Ordenanza vigente, el recurrente hizo caso omiso a los requerimientos de la administración;
Que, el concesionario del servicio público de taxis tiene dentro de sus obligaciones el deber de prestar el servicio de modo continuo y regular, garantizando el acceso general e igualitario de los usuarios, como así también el de cumplimentar con las exigencias expresamente contenidas en la norma aplicable, y, por otro lado, la administración tiene a su cargo controlar la prestación de dicho servicio y el cumplimiento de los requisitos legales exhortados. En este contexto la Municipalidad debe ejercer su autoridad y competencia, y aplicar las sanciones correspondientes ante el incumplimiento de la normativa vigente, siendo la máxima sanción, la caducidad de la licencia concedida;
Que, la Asesora Legal de la Secretaría de Planeamiento Urbano mediante Dictamen Nº 75/18 sugiere dictar el acto administrativo pertinente;
Por ello:
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:
Art. 1º: Declarar la disponibilidad de la Licencia de Taxi Nº 065, de conformidad a lo expresado en el considerando de la presente.-
Art. 2º: Restituir la Licencia Nº 065 a la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, auténtica titular de la misma, a fin de administrar su futura explotación, conforme así lo resuelva, haciendo uso de las facultades que le son propias.-
Art. 3º: Por Dirección de Habilitaciones del Transporte Público notifíquese de lo dispuesto a los interesados y a la Dirección de Rentas, a sus efectos. Cumplimentado, ARCHÍVESE.-

 

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