INFORMACIÓN DETALLADA
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Procedencia: DEM
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Tipo de Normativa: Resolución Intendente
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N° Resolución Intendente: 623/2019
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Fecha de Sanción: —
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Secretaría: Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos
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N° expediente: DE-0448-01622963-5 (VS)
Resumen
Disponer la redeterminación de precios, solicitada por la Empresa Urbaser Argentina S.A. – Transportes Olivos S.A.C.I.F. – UTE, contratista de los servicios de Recolección de Residuos, Asistencia a Minibasurales, Barrido Manual, Barrido Mecánico, Levante de Montones, Recolección de Residuos, Levante Gral. Montones de Calles s/cordones según Decreto D.M.M. Nº 00276/13, Levante Gral. Montones de calles s/cordones según Decreto D.M.M. Nº 01266/15 y Levante Gral. Montones de calles s/cordones según Decreto D.M.M. Nº 02369/16, por la diferencia de precios unitarios del junio/19 en relación a los precios correspondientes al mes actualizado en la Resolución Nº 481/19; cuyos precios unitarios serán los indicados en el Anexo I que forma parte del presente Decreto.-
Disponer la aplicación de dichos precios a los servicios prestados a partir del mes de julio del año 2019.-
Fimantes
Abog. José Manuel Corral, Intendente
Tco. Mariano Cejas, Secretario de Ambiente y Espacios Públicos
C.P.N. Mg. María Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCION Nº 623
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 12 NOV 2019
VISTO:
El Documento DE-0448-01622963-5 (VS) y sus gloses, y;
CONSIDERANDO:
Que, la empresa Urbaser Argentina S.A. – Transportes Olivos S.A.C.I.F.- UTE, contratista del servicio de Recolección de Residuos Domiciliarios Barrido y Limpieza de Calles, solicita recomposición y reajuste de precios unitarios por los servicios de Recolección de Residuos, Asistencia a Minibasurales, Barrido Manual, Barrido Mecánico, Levante de Montones, Levante General de Montones de Calles sin Cordones conforme Decreto D.M.M. Nº 00276/13, Levante General montones de calles sin cordones conforme Decreto D.M.M. N° 01266/15 y Levante General Montones de calles sin cordones conforme Decreto D.M.M. N°02369/16, por la diferencia de precios unitarios correspondientes al mes de junio/19 en relación a los precios actualizados mediante Resolución Nº 481/19;
Que, lo solicitado se encuentra previsto en la cláusula cuarta del convenio numerado y registrado por Decreto D.M.M. Nº 00698/04, la cual establece que “[l]as partes acuerdan que los precios unitarios de los servicios – a partir del cual se establecerá la base de cómputo- corresponderá al mes de Mayo de 2004, lo que permanecerán vigentes hasta la finalización del presente convenio. En caso de que el costo unitario de cualquiera de los servicios superara el 5% de variación del último precio vigente, aquel en el cual se verificará dicha modificación podrá ser redeterminado a solicitud de cualquiera de las partes. Ese valor redeterminado se aplicará a ese servicio y se hará efectivo a partir de la certificación y liquidación del mes inmediato posterior al que se produjere la variación mencionada”, prorrogada por Decreto D.M.M. Nº 00499/07;
Que, el Asistente Técnico de la Secretaría de Hacienda informa que el nuevo precio aplicable resulta ser: i) Recolección de Residuos, por la suma de pesos noventa y siete con cincuenta centavos ($97,50); ii) Asistencia a Minibasurales, por la suma de pesos quinientos cincuenta y siete con veintiséis centavos ($557,26); iii) Barrido Manual, por la suma de pesos cuatrocientos diecisiete con sesenta y nueve centavos ($417,69); iv) Barrido Mecánico, por la suma de pesos setenta y uno con dieciocho centavos ($71,18); v) Levante Montones, por la suma de pesos tres millones quinientos setenta y un mil seiscientos ochenta y nueve con sesenta y un centavos ($3.571.689,61); vi) Levante Gral. Montones de Calles s/cordones según Decreto D.M.M. Nº 00276/13, por la suma de pesos tres millones ciento cuarenta y tres mil trescientos cincuenta y nueve con treinta y nueve centavos ($3.143.359,39); vii) Levante Gral. Montones de calles s/cordones según Decreto D.M.M. Nº 01266/15, por pesos dos millones doscientos noventa y tres mil ochocientos noventa y tres con veinticuatro centavos ($2.293.893,24) y viii) Levante Gral. Montones de calles s/cordones según Decreto D.M.M. Nº 02369/16, por pesos un millón cuatrocientos setenta y siete mil cuatrocientos cincuenta y seis con noventa y cinco centavos ($1.477.456,95);
Que, intervino la Asistente Legal de la Secretaria de Ambiente y Espacios Públicos, emitiendo el informe favorable correspondiente (a cuyos fundamentos cabe remitirse, atento a su extensión);
Que, por lo expuesto corresponde el reconocimiento de mayores costos para los servicios precitados, resultando este Departamento Ejecutivo Municipal competente a los fines de emitir el presente acto administrativo;
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ RESUELVE:
Art. 1º: Disponer la redeterminación de precios, solicitada por la Empresa Urbaser Argentina S.A. – Transportes Olivos S.A.C.I.F. – UTE, contratista de los servicios de Recolección de Residuos, Asistencia a Minibasurales, Barrido Manual, Barrido Mecánico, Levante de Montones, Recolección de Residuos, Levante Gral. Montones de Calles s/cordones según Decreto D.M.M. Nº 00276/13, Levante Gral. Montones de calles s/cordones según Decreto D.M.M. Nº 01266/15 y Levante Gral. Montones de calles s/cordones según Decreto D.M.M. Nº 02369/16, por la diferencia de precios unitarios del junio/19 en relación a los precios correspondientes al mes actualizado en la Resolución Nº 481/19; cuyos precios unitarios serán los indicados en el Anexo I que forma parte del presente Decreto.-
Art. 2º: Disponer la aplicación de dichos precios a los servicios prestados a partir del mes de julio del año 2019.-
Art. 3º: Remitir copia de la presente a Dirección de Administración Financiera. Cumplimentado, ARCHIVAR.-