Resolución Intendente N° 149/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 149/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0428-01328939-2

Resumen
Suspender el trámite del Sumario Administrativo dispuesto mediante Resolución del Departamento Ejecutivo Municipal Nº 220/16, al agente Germán Alejandro MOREYRA (Código Nº 12.403), por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.

Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

RESOLUCION Nº 149

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 10 MAY 2019
VISTO:
El Documento DE-0428-01328939-2 (RP) y,
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución del Departamento Ejecutivo Municipal Nº 220/16, se dispuso la instrucción de Sumario Administrativo al agente Germán Alejandro MOREYRA (Código Nº 12.403), a fin de que se investiguen las circunstancias que dieran origen a su detención, tomar conocimiento de su situación y en su caso, deslindar las responsabilidades que pudieran corresponderle en virtud del Capítulo V del Estatuto para el Personal Municipal (Anexo I – Ley Nº 9.286), por los hechos allí denunciados.
Que, la Dirección de Sumarios Administrativos de Fiscalía Municipal emitió el Dictamen Nº 034/19 donde señala que de acuerdo a información aportada por el Ministerio Público de la Acusación, por diversos motivos, no existen avances en la investigación ni se ha adoptado ninguna resolución de mérito respecto de MOREYRA, sea ésta de avance hacia una acusación, sea de archivo o sobreseimiento del imputado.
Que, en consecuencia, se encuentra presente una cuestión prejudicial no resuelta dependiente de la actividad del sistema judicial, que indica como razonable la suspensión del presente trámite hasta tanto haya una decisión judicial en relación al caso.
Que, no hay una afectación directa para el Municipio, sino la eventualidad de un delito con víctimas distintas, pero que de existir efectivamente tendría efectos sobre la relación de la administración y su agente por aplicación del régimen disciplinario, a lo que se sumaría la idoneidad – o no – del Sr. MOREYRA para desempeñarse específicamente en el área de seguridad o similares, sugiriendo, por tal motivo, la suspensión del presente trámite a resultas de alguna resolución de mérito en el ámbito judicial y cuando ella fuera emitida, continuarse en esta sede administrativa la investigación pertinente.
Que, Fiscalía Municipal en su Providencia Nº 052/19 comparte el criterio expuesto, aconsejando se suspenda el trámite del Sumario Administrativo oportunamente dispuesto, a resultas de la causa penal, y solicita autorización a fin de recabar informes periódicos ante el órgano judicial correspondiente a los fines de tomar conocimiento sobre el estado procesal del imputado y los avances de la causa.
Que, compartiendo el criterio del Órgano Asesor, este Departamento Ejecutivo resulta competente a los fines de emitir el acto administrativo pertinente.
Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:
Art. 1º: Suspender el trámite del Sumario Administrativo dispuesto mediante Resolución del Departamento Ejecutivo Municipal Nº 220/16, al agente Germán Alejandro MOREYRA (Código Nº 12.403), por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.-
Art. 2º: Autorizar a Fiscalía Municipal a requerir informes periódicos ante el Órgano Judicial actuante en la causa identificada bajo el CUIJ Nº 21-06493225-7, a los fines de tomar conocimiento sobre el estado procesal del imputado y los avances respectivos.-
Art. 3º: Remitir a Fiscalía Municipal, a sus efectos.-

 

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Resolución Intendente N° 148/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 148/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0491-01434860-1

Resumen
Suspender el trámite del Sumario Administrativo dispuesto mediante Resolución del Departamento Ejecutivo Municipal Nº 584/17, al agente Francisco Antonio TACUNDO (Código Nº 7.989), por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.-

Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

RESOLUCION Nº 148

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 10 MAY 2019
VISTO:
El Documento DE-0491-01434860-1 (NI) y,
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución del Departamento Ejecutivo Municipal Nº 584/17, se dispuso la instrucción de Sumario Administrativo al agente Francisco Antonio TACUNDO (Código Nº 7.989), a fin de que se investiguen las circunstancias que dieran origen a su detención, tomar conocimiento de su situación y en su caso, deslindar las responsabilidades que pudieran corresponderle en virtud del Capítulo V del Estatuto para el Personal Municipal (Anexo I – Ley Nº 9.286), por los hechos allí denunciados.
Que, la Dirección de Sumarios Administrativos de Fiscalía Municipal emitió el Dictamen Nº 014/19 donde señala que de acuerdo a información aportada por la Oficina de Gestión Judicial del Colegio de Jueces de Primera Instancia del Distrito Judicial Nº 1, el Sr. TACUNDO continúa en situación de prisión preventiva desde el día 01.09.17, medida de encierro cautelar confirmada por el Colegio de Cámara de Apelaciones de la Circunscripción Judicial Nº 1 en fecha 20.12.17.
Que, en consecuencia, siendo que la situación de privación de libertad cautelar dispuesta se mantiene hasta la fecha, la suspensión preventiva laboral permanece pendiente, no sólo como manera de encuadrar administrativamente la situación, sino también como forma de resguardar el derecho de defensa del imputado privado de su libertad quien, por su misma situación de encierro cautelar, no puede ejercer válida y efectivamente esa garantía, ejercitable de manera material.
Que, no habiendo afectación directa para el Municipio y siendo que la relación de la administración y el agente por aplicación del régimen disciplinario, dependen de la actividad del órgano judicial interviniente en la causa penal de un modo independiente, una vez emitida que sea alguna resolución de mérito en ese ámbito, deberá continuarse en esta sede administrativa la investigación pertinente, sugiriendo, por tal motivo, la suspensión del presente trámite a tales resultas.
Que, Fiscalía Municipal en su Providencia Nº 051/19 comparte el criterio expuesto, aconsejando se suspenda el trámite del Sumario Administrativo oportunamente dispuesto, a resultas de la causa penal, y solicita autorización a fin de recabar informes periódicos ante el órgano judicial correspondiente a los fines de tomar conocimiento sobre el estado procesal del imputado y los avances de la causa.
Que, compartiendo el criterio del Órgano Asesor, este Departamento Ejecutivo resulta competente a los fines de emitir el acto administrativo pertinente.
Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:
Art. 1º: Suspender el trámite del Sumario Administrativo dispuesto mediante Resolución del Departamento Ejecutivo Municipal Nº 584/17, al agente Francisco Antonio TACUNDO (Código Nº 7.989), por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.-
Art. 2º: Autorizar a Fiscalía Municipal a requerir informes periódicos ante el Órgano Judicial actuante en la causa identificada bajo el CUIJ Nº 21-06723071-7, a los fines de tomar conocimiento sobre el estado procesal del imputado y los avances respectivos.-
Art. 3º: Remitir a Fiscalía Municipal, a sus efectos.-

 

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Resolución Intendente N° 147/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 147/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0448-01546553-7

Resumen
Autorizar a Fiscalía Municipal a celebrar, en representación de esta Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, acuerdo transaccional en los términos y con el alcance expuestos en los considerandos precedentes.-

Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

RESOLUCION Nº 147

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 10 MAY 2019
VISTO:
El expediente DE-0448-01546553-7 (N), y
CONSIDERANDO:
Que, debe resolverse el Reclamo Administrativo Previo formulado por el Sr. Ariel Agustín ACOSTA y la Sra. Anahí Cielo AMBROSIONI, tendiente a obtener indemnización por la rotura del parabrisas de su automóvil marca Ford Pick Up, modelo 1964, dominio UNT 557, producto del impacto de una piedra despedida por una motoguadaña utilizada por personal municipal en fecha 02.10.18.
Que, Fiscalía Municipal emitió el Dictamen Nº 042/19 (al cual cabe remitirse atento a su extensión), donde analiza la documentación glosada e informes aportados por las reparticiones intervinientes.
Que, este Departamento Ejecutivo resulta competente a los fines de dictar el acto administrativo correspondiente.
Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:
Art. 1º.- Autorizar a Fiscalía Municipal a celebrar, en representación de esta Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, acuerdo transaccional en los términos y con el alcance expuestos en los considerandos precedentes.-
Art. 2º.- Remitir a Fiscalía Municipal, a los fines dispuestos. Cumplimentado, archívese.-

 

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Resolución Intendente N° 146/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 146/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0448-01451877-3

Resumen
Rechazar el recurso de reconsideración interpuesto por el Colegio de Profesionales de la Ingeniería Civil de la Provincia de Santa Fe contra la Resolución Nº 623/17 de la Dirección de Rentas, atento a las razones expuestas en el Considerando de la presente.-

Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

RESOLUCION Nº 146
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 10 MAY 2019
VISTO:
El Documento: DE-0448-01451877-3 (N), y;
CONSIDERANDO:
Que, corresponde resolver el recurso de reconsideración interpuesto por el Colegio de Profesionales de la Ingeniería Civil de la Provincia de Santa Fe contra la Resolución Nº 623/17 de la Dirección de Rentas, en virtud de la cual se le denegó el beneficio de exención respecto del Derecho de Edificación para la construcción de su sede propia;
Que, Dirección de Rentas dictó la Resolución Nº 33/18, declarando admisible el recurso planteado;
Que, Fiscalía Municipal emitió Dictamen Nº 18/19 (a cuyos fundamentos cabe remitirse, atento a su extensión), manifestando que el estudio del recurso deducido debe realizarse en el marco de lo estipulado por artículo 142º de la Ordenanza Nº 11.962, en cuanto dispone las asociaciones o entidades que se encuentran exentas del Derecho de Edificación;
Que, analizada la documentación aportada y las normas aplicables, surge que la recurrente no se encuentra subsumida en la exención prevista en el ordenamiento tributario;
Que, surge de su ley de creación, que es una persona jurídica de derecho privado en ejercicio de funciones públicas (artículo 1º Ley de la Provincia de Santa Fe Nº 11.008), contrariamente a lo afirmado en el recurso, donde la impugnante asevera ser una persona jurídica pública no estatal;
Que, frente a la claridad de la normativa y a la interpretación restrictiva que prevalece en torno a las exenciones tributarias, el órgano asesor sugiere denegar la exención solicitada;
Que, conforme lo expresado, frente a la claridad de la normativa y a la interpretación restrictiva que prevalece en torno a las exenciones tributarias, el órgano asesor aconseja rechazar el recurso de reconsideración interpuesto por el Colegio de Profesionales de la Ingeniería Civil de la Provincia de Santa Fe contra la Resolución Nº 623/17 de la Dirección de Rentas;
Que, el Departamento Ejecutivo resulta competente a los fines de emitir el acto administrativo pertinente;
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:
Art. 1º: Rechazar el recurso de reconsideración interpuesto por el Colegio de Profesionales de la Ingeniería Civil de la Provincia de Santa Fe contra la Resolución Nº 623/17 de la Dirección de Rentas, atento a las razones expuestas en el Considerando de la presente.-
Art. 2°: Por Mesa de Entradas Única notificar a la recurrente, con entrega de copia en domicilio constituido en autos, haciéndole saber que se encuentra agotada la instancia administrativa.-
Art. 3º: Remitir la presente a Subsecretaría de Ingresos Públicos. Cumplido, ARCHIVESE.-

 

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Resolución Intendente N° 138/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 138/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0447-01586498-6

Resumen
Autorizar la prórroga de la Resolución Nº 099/18, a partir de su vencimiento y por el término de 12 (doce) meses, por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.

Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

RESOLUCION Nº 138
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 08 MAY 2019

VISTO:
El Documento DE-0447-01586498-6 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante las actuaciones de referencia, la Subsecretaría Legal y Técnica solicita se disponga la prórroga de las horas extraordinarias presupuestadas, oportunamente otorgadas por Resolución Nº 099/18, a la agente Cecilia NININ (Código Nº 14550), en virtud de los servicios prestados en exceso a la jornada legal de trabajo, a partir de su vencimiento y por el término de doce (12) meses;
Que, es indispensable continuar con la extensión horaria para el correcto funcionamiento de las tareas jurídicas de la Subsecretaría, como así también el asesoramiento a las distintas áreas de la administración (funcionario y personal jerarquizados), en caso de que así se requiera;
Que, la Subsecretaría de la Función Pública, aconseja dictar el acto administrativo pertinente cuyo objeto disponga prorrogar la Resolución Nº 099/18, a partir de su vencimiento y por el término de doce (12) meses;
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: Autorizar la prórroga de la Resolución Nº 099/18, a partir de su vencimiento y por el término de 12 (doce) meses, por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.
Art. 2º: Remitir copia a la Dirección de Personal, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto y notificar a la agente mencionada. Cumplimentado, ARCHÍVESE.-

 

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Resolución Intendente N° 141/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 141/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0530-01572168-1 (NI)

Resumen
Reconocer a la agente Claudia Noemí SOPEREZ (Código Nº 13585), Permanente, Categoría 11, con Funciones de Auxiliar Administrativo, Agrupamiento I-Administrativo, dependiente del Programa Urbano Integral Noreste de la Secretaría Privada de Intendencia, el Suplemento de “Riesgo y Tareas Peligrosas”, contemplado en el art. 55º anexo II de la ley Nº 9286/83, a partir del 01 de abril de 2019

Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

RESOLUCION Nº 141

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 10 MAY 2019
VISTO:
El Documento DE-0530-01572168-1 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, por la actuación de referencia, la Secretaría Privada de Intendencia, solicita el reconocimiento del Suplemento “Riesgo y Tareas Peligrosas” a favor de las agentes Claudia Noemí SOPEREZ (Código Nº 13585) y Celina Guadalupe JUNQUERA (Código Nº 14078), en virtud de las funciones que desempeñan en el ámbito del Programa Integral Noreste;
Que, la Dirección de Personal informa que la agente SOPEREZ revista en esta Administración en calidad de Permanente, Categoría 11 con Funciones de Auxiliar Administrativo, Agrupamiento I-Administrativo y la agente JUNQUERA revista como permanente, Categoría 16-, con funciones de Asistente Profesional, Agrupamiento II-Profesional, ambas dependientes del Programa Urbano Integral Noreste, dependiente de la Secretaría Privada de Intendencia;
Que, desde la Subsecretaría de la Función Pública se aconseja el reconocimiento del Suplemento mencionado a favor de las citadas, a partir del 01.04.19, conforme lo establecido en el art. 55º Anexo II de la Ley Nº 9286;
Que, la Secretaría de Hacienda informa que existe crédito presupuestario para absorber la erogación;
Que, corresponde dictar el acto administrativo pertinente;
Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º.- Reconocer a la agente Claudia Noemí SOPEREZ (Código Nº 13585), Permanente, Categoría 11, con Funciones de Auxiliar Administrativo, Agrupamiento I-Administrativo, dependiente del Programa Urbano Integral Noreste de la Secretaría Privada de Intendencia, el Suplemento de “Riesgo y Tareas Peligrosas”, contemplado en el art. 55º anexo II de la ley Nº 9286/83, a partir del 01 de abril de 2019.-

Art. 2º.- Reconocer a la agente Celina Guadalupe JUNQUERA (Código Nº 14078), Permanente, Categoría 16 con Funciones de Asistente Profesional, Agrupamiento II-Profesional, dependiente del Programa Urbano Integral Noreste de la Secretaría Privada de Intendencia, el Suplemento de “Riesgo y Tareas Peligrosas”, contemplado en el art. 55º anexo II de la ley Nº 9286/83, a partir del 01 de abril de 2019.-

Art. 3º.- Por Dirección de Personal (Departamento Sueldos) procédase a liquidar a favor de las mencionadas, el suplemento reconocido en la presente.

Art. 4º.- Notifíquese y remítase copia de la presente disposición a las interesados. Cumplimentado, ARCHÍVESE.-

 

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Resolución Intendente N° 190/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 190/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0928-01574544-1 (NI)

Resumen
Excluir de la Resolución Nº 266/18 a la agente Ayelén DALL´AGLIO (Código Nº 14223), a partir del 01 de marzo de 2019

Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

RESOLUCION Nº 190

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 24 MAY 2019
VISTO:
El Documento DE-0928-01574544-1 (NI), y;

CONSIDERANDO:
Que, mediante las actuaciones de referencia, se solicita autorización para el cambio de horario, por estrictas razones de servicios, de las agentes Claudia ARELLANO (Código Nº 14059) y Ayelén DALL´AGLIO (Código Nº 14233), conforme el detalle del anexo adjunto;
Que, la Dirección de Personal informa que la agente ARELLANO revista en esta Administración en calidad de Personal Permanente, con funciones de Auxiliar Administrativo, Categoría 11, Agrupamiento I-Administrativo, dependiente de la Dirección Administrativa del Liceo Municipal “Antonio Fuentes de Arco”;
Que, la agente DALL´AGLIO revista en calidad de Personal Permanente, sin Función, Categoría 8, Agrupamiento I-Administrativo, dependiente de la Dirección Administrativa del Liceo Municipal “Antonio Fuentes de Arco”;
Que, este Departamento Ejecutivo Municipal resulta competente a los fines de emitir el acto administrativo pertinente;
Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: Excluir de la Resolución Nº 266/18 a la agente Ayelén DALL´AGLIO (Código Nº 14223), a partir del 01 de marzo de 2019.

Art. 2º: Autorizar, por razones estrictamente de servicios, el cambio de horario de ingreso y egreso a esta Administración Municipal de las agentes Claudia ARELLANO (Código Nº 14059) y Ayelén DALL´AGLIO (Código Nº 14223), siendo los mismos los detallados en el anexo que integra la presente, conforme lo dispuesto en el art. 2º del Decreto D.M.M. N° 00143/92.-

Art. 3°: Remitir copia a la Dirección de Personal. Cumplimentado ARCHIVESE.-

 

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Resolución Intendente N° 267/2019

 

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 267/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0444-01578449-9 (NI)

Resumen
Registrar el Contrato suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, la Sociedad de Músicos de Santa Fe y Julián Oscar Didier, en fecha 01 de marzo de 2019 que se adjunta a la presente.-

Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

RESOLUCIÓN Nº 267
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 14 JUN 2019
VISTO:
El Documento DE-0444-01578449-9 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, en las actuaciones de referencia se adjunta Contrato suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, la Sociedad de Músicos de Santa Fe y Julián Oscar Didier, en fecha 01 de marzo de 2019.
Que, por el mismo se acuerda la presentación de diversas agrupaciones, comparsas y murgas en el evento de “Carnavales Entre Todos 2019”, los días 1, 2 y 3 de marzo en la Costanera Este.
Que, resulta necesario dictar el acto administrativo de registración pertinente.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: Registrar el Contrato suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, la Sociedad de Músicos de Santa Fe y Julián Oscar Didier, en fecha 01 de marzo de 2019 que se adjunta a la presente.-
Art. 2º: Remitir copia a la Secretaría de Cultura a sus efectos. Cumplido, archivar.-

 

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Resolución Intendente N° 268/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 268/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0448-01007426-8 (N)

Resumen
Disponer, por aplicación de los artículos 5º y 45º de la Ley 2.756, inscribir a favor de esta Municipalidad en el Registro General de la Provincia de Santa Fe y demás organismos pertinentes, la fracción de terreno ubicada a 27,47 metros al oeste de la intersección de calles Piedras y Padre Genesio, padrón municipal 173850, que se identifica como Lote 1 del “Plano de Mensura para primera inscripción de dominio”, confeccionado por el Ing. Agr. Julián A. Ingignoli, cuyas medidas, linderos y superficie son las siguientes: LADO AB: 24,88 metros y linda con SIKH MIGUEL ANGEL PII 10-11-04 119420/0001; LADO BC: 24,52 metros y linda en parte con Goncebate Rosa I. S. de O. PII 10-11-04 119418/0000 y en parte con Parte Común de PH Nom. Cat. 101104102500027; LADO CA: 3,72 metros y linda con calle Padre Genesio, cuyos ángulos internos A, B, C son de 80º14’27’’, 8º36’4’’ y 91º9’29’’, y forma una superficie total de 45,60 m².

Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

RESOLUCIÓN Nº 268
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 14 JUN 2019
VISTO:
El documento DE-0448-01007426-8 (N), y;
CONSIDERANDO:
Que, en las actuaciones de la referencia surge la existencia una fracción de terreno, ubicada a 27,47 metros al oeste de la intersección de calles Piedras y Padre Genesio, padrón municipal 173850, e identificada como Lote 1 del “Plano de Mensura para primera inscripción de dominio”, confeccionado por el Ing. Agr. Julián A. Ingignoli, que corresponderían ser inscriptas en el Registro General de la Provincia de Santa Fe, a nombre de esta Municipalidad, con sustento en el artículo 5º de la Ley Nº 2.756.
Que, este Departamento Ejecutivo resulta competente a los fines de emitir el acto administrativo pertinente.
Por ello:
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:
Art. 1º: Disponer, por aplicación de los artículos 5º y 45º de la Ley 2.756, inscribir a favor de esta Municipalidad en el Registro General de la Provincia de Santa Fe y demás organismos pertinentes, la fracción de terreno ubicada a 27,47 metros al oeste de la intersección de calles Piedras y Padre Genesio, padrón municipal 173850, que se identifica como Lote 1 del “Plano de Mensura para primera inscripción de dominio”, confeccionado por el Ing. Agr. Julián A. Ingignoli, cuyas medidas, linderos y superficie son las siguientes: LADO AB: 24,88 metros y linda con SIKH MIGUEL ANGEL PII 10-11-04 119420/0001; LADO BC: 24,52 metros y linda en parte con Goncebate Rosa I. S. de O. PII 10-11-04 119418/0000 y en parte con Parte Común de PH Nom. Cat. 101104102500027; LADO CA: 3,72 metros y linda con calle Padre Genesio, cuyos ángulos internos A, B, C son de 80º14’27’’, 8º36’4’’ y 91º9’29’’, y forma una superficie total de 45,60 m².
Art. 2º: Encomendar al Departamento Escribanía Municipal la realización de cuanto acto y/o gestión fuere conducente a fin de efectivizarse lo dispuesto por el Art. 1º de la presente.-
Art. 3º: Remítase a sus efectos. Cumplimentado, ARCHÍVESE.-

 

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Resolución Intendente N° 153/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 153/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Planeamiento Urbano
  • N° expediente: CO-0062-01452036-5 (N)

Resumen
Autorizar, acorde a lo previsto en la Ordenanza Nº 11.748, al Sr. Claudio Eduardo Alejandro SAUCEDO – D.N.I. Nº 22.165.076, a realizar en el domicilio sito en Avda. Peñaloza N° 6258 de esta ciudad, Distrito C2c, la actividad “CARPINTERÍA DE MADERA EN GENERAL (parquet, aberturas, viviendas prefabricadas, envases, ataúdes, muebles, etc.)”, clasificada como una actividad Industrial de Clase 2.-

Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
ARQ. MARCELO D. PASCUALON, Secretario de Planeamiento Urbano
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

RESOLUCIÓN Nº 154

SANTA FE DE LA VERA CRUZ; 10 MAY 2019

VISTO:
El Documento CO-0062-01452036-5 (N), y;
CONSIDERANDO:
Que, en el expediente de referencia el Sr. Claudio Eduardo Alejandro SAUCEDO – D.N.I. Nº 22.165.076, solicita por vía de excepción al HCM la habilitación de una “Fabrica de Muebles” en el inmueble ubicado en Avda. Peñaloza N° 6258, de esta ciudad.
Que, el Honorable Concejo Municipal solicita el cumplimiento de una serie de informes con la finalidad de fundar la resolución pertinente.
Que, la Dirección de Habilitaciones, manifiesta que las condiciones edilicias del inmueble son muy buenas y respecto al cumplimiento de las Observaciones 12 y 23, en el caso de referencia solo es de aplicación la 12, concluyendo que el local reúne las condiciones necesarias para desarrollar la actividad que se solicita.
Que, la Dirección de Desarrollo y Gestión Ambiental, informa que se ha otorgado el correspondiente Certificado de Conformidad Ambiental y sugiere que la autorización sea otorgada por un plazo de 3 (tres) años.
Que, la Secretaría de Hacienda, a través de sus áreas técnicas, informa que el Sr. Saucedo posee deuda en el Padrón de Derecho de Registro e Inspección Nº 111812.
Que, la Dirección de Urbanismo manifiesta que el inmueble se encuentra ubicado en Avda. Peñaloza Nº 6258, pertenece al Distrito C2c, según el Reglamento de Ordenamiento Urbano y que la actividad solicitada se encuadra como “Carpintería de maderas en general (Parquet, aberturas, viviendas prefabricadas, envases, ataúdes, muebles, etc.)”, correspondiente al Rubro Actividades Industriales – Clase 2, la cual solo esta admitida en los Distritos I y E1, sin perjuicio de la salvedad establecida en la Ordenanza Nº 11.748 – Reglamento del Ordenamiento Urbano de la Ciudad de Santa Fe – Artículos 47 y 48, modificados por la Ordenanza Nº 12.247. Asimismo, manifiesta que, corresponde la aplicación de la Observación N° 12, módulo de carga y descarga, que se cumple según el informe de la Dirección competente.
Que, por todo lo expuesto la Asesora Legal interviniente, mediante Dictamen N° 71/18, comparte lo manifestado por las distintas áreas sugiriendo el dictado de la Resolución que otorgue el uso pretendido, ad referendum del Honorable Concejo Municipal.
Que, este Departamento Ejecutivo Municipal resulta competente a los fines de emitir el acto administrativo pertinente.

Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:
Art. 1º: Autorizar, acorde a lo previsto en la Ordenanza Nº 11.748, al Sr. Claudio Eduardo Alejandro SAUCEDO – D.N.I. Nº 22.165.076, a realizar en el domicilio sito en Avda. Peñaloza N° 6258 de esta ciudad, Distrito C2c, la actividad “CARPINTERÍA DE MADERA EN GENERAL (parquet, aberturas, viviendas prefabricadas, envases, ataúdes, muebles, etc.)”, clasificada como una actividad Industrial de Clase 2.-
Art. 2º: Sugerir al Honorable Concejo Municipal que la autorización de uso sea otorgada por un plazo de tres (3) años.-
Art. 3º: La presente Resolución se dicta ad-referéndum del Honorable Concejo Municipal, sin cuya aprobación no se podrá autorizar el desarrollo de la actividad ni aún en forma provisoria.-
Art. 4º: Con mensaje de estilo, remítase al Honorable Concejo Municipal, a los fines correspondientes.-

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