Resolución Intendente N° 221/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 221/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0429-01570601-3 (NI)

Resumen
Ampliar, con carácter de excepción, la Ayuda Económica No Remunerativa Mensual a favor de los practicantes beneficiarios del Programa de Entrenamiento y Capacitación Laboral- Ordenanza Nº 11452, mencionados en el Anexo adjunto, que integra la presente, por los montos mensuales y períodos allí detallados, con motivo de los servicios extraordinarios prestados en el ámbito de las Secretarías de Hacienda y de Desarrollo Social.-

Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
C.P.N. Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

RESOLUCION Nº 221

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 30 MAY 2019

VISTO:

El Documento DE-0429-01570601-3 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, en la actuación de referencia, la Subsecretaría de la Función Pública solicita la ampliación, con carácter de excepción, de la Ayuda Económica No Remunerativa Mensual, a favor de los practicantes beneficiarios del Programa de Entrenamiento y Capacitación Laboral – Ordenanza Nº 11452/08, mencionados en Anexo adjunto, durante los períodos y montos allí detallados;

Que, la Secretaría de Hacienda informa que existe crédito para absorber la erogación;

Que, en consecuencia, corresponde el dictado del acto administrativo pertinente;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1º: Ampliar, con carácter de excepción, la Ayuda Económica No Remunerativa Mensual a favor de los practicantes beneficiarios del Programa de Entrenamiento y Capacitación Laboral- Ordenanza Nº 11452, mencionados en el Anexo adjunto, que integra la presente, por los montos mensuales y períodos allí detallados, con motivo de los servicios extraordinarios prestados en el ámbito de las Secretarías de Hacienda y de Desarrollo Social.-

Art. 2º: Remitir copia de la presente a la Dirección de Personal. Cumplimentado, ARCHÍVESE.-

 

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Resolución Intendente N° 220/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 220/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0448-01562685-6 (N)

Resumen
No hacer lugar al Reclamo Administrativo Previo formulado por la Sra. Romina Lorena ANDINO, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-

Fimantes
Abog. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Resumen
No hacer lugar al Reclamo Administrativo Previo formulado por la Sra. Romina Lorena ANDINO, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-

Fimantes
Abog. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

RESOLUCION Nº 220

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 30 MAY 2019

VISTO:

El Documento DE-0448-01562685-6 (N), y

CONSIDERANDO:

Que, debe resolverse el Reclamo Administrativo Previo formulado por la Sra. Romina Lorena ANDINO, tendiente a obtener indemnización por los supuestos daños sufridos en el vehículo de su propiedad.

Que, relata que en fecha 15.12.18 se encontraba circulando por calle Alberti a bordo de su automóvil marca Ford KA, Dominio NFZ-228, cuando al traspasar la intersección con calle Necochea, la rama de un pino se habría desprendido y caído sobre su vehículo, lo que le habría causado, diversos daños.

Que, acompaña para fundar su pretensión presupuesto de chapa y pintura y fotografías; reclamando la suma de pesos quince mil ($15.000) correspondiente al presupuesto adjunto.

Que, la Dirección Arbolado Urbano informó que no se realizó ninguna tarea de poda, extracción y/o retiro de ramas en la intersección denunciada y no obran registros de reclamos en el Sistema de Atención Ciudadana (SAC) en la fecha indicada.

Que, Fiscalía Municipal emite el Dictamen Nº 045/19 (a cuyos fundamentos cabe remitirse atento a su extensión), donde señala en primer término que la reclamante no acredita ser la titular dominial del vehículo, por lo que no justifica su legitimación para reclamar.

Que, asimismo, las pruebas ofrecidas resultan insuficientes para acreditar el hecho, demostrar que se produjera del modo denunciado y que causara los daños reclamados; la única prueba acompañada por la reclamante son fotografías en las que se observa un vehículo por un lado y una rama de un árbol por el otro, lo cual de ningún modo acredita el siniestro.

Que, en consecuencia, el reclamo constituye un relato de hechos desprovistos de pruebas fehacientes que lo avalen, no logrando acreditar que el siniestro ocurriera del modo relatado, cuestión que a la luz de las constancias probatorias resulta únicamente afirmaciones de su parte, careciendo la presentación de los extremos requeridos para la procedencia de la reparación estatal: daño cierto, acreditado y mensurable en dinero; actividad u omisión materialmente imputable a un órgano estatal, relación de causalidad adecuada entre la actividad o inactividad y el daño invocado; falta de servicio consistente en una actuación u omisión irregular de parte del Estado.

Que, por lo expuesto, aconseja rechazar el reclamo interpuesto, lo que es compartido por este Departamento Ejecutivo Municipal.

Por ello,

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: No hacer lugar al Reclamo Administrativo Previo formulado por la Sra. Romina Lorena ANDINO, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-

Art. 2º: Por Dirección de Mesa de Entradas Única notifíquese fehacientemente en el domicilio constituido, haciéndole saber que con el dictado de la presente se ha cumplimentado con la reclamación exigida por la Ley Nº 7.234, agotándose la instancia administrativa.-

 

 

RESOLUCION Nº 220

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 30 MAY 2019

VISTO:

El Documento DE-0448-01562685-6 (N), y

CONSIDERANDO:

Que, debe resolverse el Reclamo Administrativo Previo formulado por la Sra. Romina Lorena ANDINO, tendiente a obtener indemnización por los supuestos daños sufridos en el vehículo de su propiedad.

Que, relata que en fecha 15.12.18 se encontraba circulando por calle Alberti a bordo de su automóvil marca Ford KA, Dominio NFZ-228, cuando al traspasar la intersección con calle Necochea, la rama de un pino se habría desprendido y caído sobre su vehículo, lo que le habría causado, diversos daños.

Que, acompaña para fundar su pretensión presupuesto de chapa y pintura y fotografías; reclamando la suma de pesos quince mil ($15.000) correspondiente al presupuesto adjunto.

Que, la Dirección Arbolado Urbano informó que no se realizó ninguna tarea de poda, extracción y/o retiro de ramas en la intersección denunciada y no obran registros de reclamos en el Sistema de Atención Ciudadana (SAC) en la fecha indicada.

Que, Fiscalía Municipal emite el Dictamen Nº 045/19 (a cuyos fundamentos cabe remitirse atento a su extensión), donde señala en primer término que la reclamante no acredita ser la titular dominial del vehículo, por lo que no justifica su legitimación para reclamar.

Que, asimismo, las pruebas ofrecidas resultan insuficientes para acreditar el hecho, demostrar que se produjera del modo denunciado y que causara los daños reclamados; la única prueba acompañada por la reclamante son fotografías en las que se observa un vehículo por un lado y una rama de un árbol por el otro, lo cual de ningún modo acredita el siniestro.

Que, en consecuencia, el reclamo constituye un relato de hechos desprovistos de pruebas fehacientes que lo avalen, no logrando acreditar que el siniestro ocurriera del modo relatado, cuestión que a la luz de las constancias probatorias resulta únicamente afirmaciones de su parte, careciendo la presentación de los extremos requeridos para la procedencia de la reparación estatal: daño cierto, acreditado y mensurable en dinero; actividad u omisión materialmente imputable a un órgano estatal, relación de causalidad adecuada entre la actividad o inactividad y el daño invocado; falta de servicio consistente en una actuación u omisión irregular de parte del Estado.

Que, por lo expuesto, aconseja rechazar el reclamo interpuesto, lo que es compartido por este Departamento Ejecutivo Municipal.

Por ello,

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: No hacer lugar al Reclamo Administrativo Previo formulado por la Sra. Romina Lorena ANDINO, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-

Art. 2º: Por Dirección de Mesa de Entradas Única notifíquese fehacientemente en el domicilio constituido, haciéndole saber que con el dictado de la presente se ha cumplimentado con la reclamación exigida por la Ley Nº 7.234, agotándose la instancia administrativa.-

 

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Resolución Intendente N° 218/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 218/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0456-01579243-5 (NI)

Resumen
Reconocer a la agente Laura Soledad DI STASIO (Código Nº 14299), Permanente, sin Función, Categoría 08, sin Agrupamiento, dependiente de la Dirección de Administración Financiera, el Suplemento “Función de Administración Financiera”, contemplado en el Decreto D.M.M. Nº 00392/09, a partir del 01 de septiembre de 2018.-
Reconocer a la agente Victoria del Carmen RUIZ (Código Nº 14153), Permanente, sin Función, Categoría 08, Agrupamiento VI-Servicios Generales, dependiente de la Dirección de Administración Financiera, el Suplemento “Función de Administración Financiera”, contemplado en el Decreto D.M.M. Nº 00392/09, a partir del 01 de septiembre de 2018.-
Reconocer a la agente Agustina SANTAERA (Código Nº 14077), Permanente, con Funciones de Asistente Profesional, Categoría 16, Agrupamiento II-Profesional, dependiente de la Dirección de Administración Financiera, el Suplemento “Función de Administración Financiera”, contemplado en el Decreto D.M.M. Nº 00392/09, a partir del 01 de septiembre de 2018.-
Reconocer a la agente Daniela Andrea PIERRI (Código Nº 14130), Permanente, sin Función, Categoría 08, Agrupamiento I-Administrativo, dependiente de la Dirección de Administración Financiera, el Suplemento “Función de Administración Financiera”, contemplado en el Decreto D.M.M. Nº 00392/09, a partir del 01 de septiembre de 2018.-
Reconocer al agente Lucas Daniel GELABERT (Código Nº 14624), Permanente, sin Función, Categoría 08, Agrupamiento I-Administrativo, dependiente de la Dirección de Seguridad de Espacios Públicos, el Suplemento “Función de Administración Financiera”, contemplado en el Decreto D.M.M. Nº 00392/09, a partir del 26 de diciembre de 2018.-
Reconocer al agente Enrique Eduardo LARRAMENDI (Código Nº 14027), Permanente, con Funciones de Asistente Profesional, Categoría 16, Agrupamiento II-Profesional, dependiente de la Dirección de Administración Financiera, el Suplemento “Función de Administración Financiera”, contemplado en el Decreto D.M.M. Nº 00392/09, a partir del 22 de noviembre de 2018.-

Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
C.P.N. Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

RESOLUCION Nº 218

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 30 MAY 2019

VISTO:

El Documento DE-0456-01579243-5 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, por la actuación de referencia, la Dirección de Administración Financiera, solicita el reconocimiento del suplemento “Función de Administración Financiera” a favor de los agentes, Laura Soledad DI STASIO (Código Nº 14299), Victoria del Carmen RUIZ (Código Nº 14153), Agustina SANTAERA (Código Nº 14077), Daniela Andrea PERRI (Código Nº 14130), Enrique Eduardo LARRAMENDI (Código Nº 14027) y Lucas Daniel GELABERT (Código Nº 14624);

Que, la Dirección de Personal informa la situación de revista de los citados agentes;

Que, desde la Subsecretaría de la Función Pública se aconseja el reconocimiento del Suplemento mencionado a favor de los nombrados y a partir de las fechas especificadas en cada caso;

Que, la Secretaría de Hacienda informa que existe crédito presupuestario para absorber la erogación;

Que, corresponde dictar el acto administrativo pertinente;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º.- Reconocer a la agente Laura Soledad DI STASIO (Código Nº 14299), Permanente, sin Función, Categoría 08, sin Agrupamiento, dependiente de la Dirección de Administración Financiera, el Suplemento “Función de Administración Financiera”, contemplado en el Decreto D.M.M. Nº 00392/09, a partir del 01 de septiembre de 2018.-

Art. 2º.- Reconocer a la agente Victoria del Carmen RUIZ (Código Nº 14153), Permanente, sin Función, Categoría 08, Agrupamiento VI-Servicios Generales, dependiente de la Dirección de Administración Financiera, el Suplemento “Función de Administración Financiera”, contemplado en el Decreto D.M.M. Nº 00392/09, a partir del 01 de septiembre de 2018.-

Art. 3º.- Reconocer a la agente Agustina SANTAERA (Código Nº 14077), Permanente, con Funciones de Asistente Profesional, Categoría 16, Agrupamiento II-Profesional, dependiente de la Dirección de Administración Financiera, el Suplemento “Función de Administración Financiera”, contemplado en el Decreto D.M.M. Nº 00392/09, a partir del 01 de septiembre de 2018.-

Art. 4º.- Reconocer a la agente Daniela Andrea PIERRI (Código Nº 14130), Permanente, sin Función, Categoría 08, Agrupamiento I-Administrativo, dependiente de la Dirección de Administración Financiera, el Suplemento “Función de Administración Financiera”, contemplado en el Decreto D.M.M. Nº 00392/09, a partir del 01 de septiembre de 2018.-

Art. 5º.- Reconocer al agente Lucas Daniel GELABERT (Código Nº 14624), Permanente, sin Función, Categoría 08, Agrupamiento I-Administrativo, dependiente de la Dirección de Seguridad de Espacios Públicos, el Suplemento “Función de Administración Financiera”, contemplado en el Decreto D.M.M. Nº 00392/09, a partir del 26 de diciembre de 2018.-

Art. 6º.- Reconocer al agente Enrique Eduardo LARRAMENDI (Código Nº 14027), Permanente, con Funciones de Asistente Profesional, Categoría 16, Agrupamiento II-Profesional, dependiente de la Dirección de Administración Financiera, el Suplemento “Función de Administración Financiera”, contemplado en el Decreto D.M.M. Nº 00392/09, a partir del 22 de noviembre de 2018.-

Art. 7º.- Por Dirección de Personal (Departamento Sueldos) procédase a liquidar a los mencionados agentes, el suplemento reconocido en la presente.-

Art. 8º.- Notifíquese y remítase copia de la presente disposición a los interesados. Cumplimentado, ARCHÍVESE.-

 

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Resolución Intendente N° 271/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 271/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: EP-0227-01523200-2 (N)

Resumen
Encomendar a la Secretaría de Hacienda a consignar extrajudicialmente, ante el Departamento Escribanía, a nombre y disposición de la Empresa Provincial de la Energía, los pagos de las facturas correspondientes al consumo del alumbrado público de la ciudad de los meses de abril, mayo y junio del corriente año, de acuerdo a la imputación establecida en los considerandos de la presente

Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

RESOLUCION Nº 271

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 02 AGO 2018
VISTO:
El documento EP-0227-01523200-2 (N); y

CONSIDERANDO:
Que en las actuaciones de referencia Fiscalía Municipal, mediante Providencia Nº 076/18, refiere que la Resolución Nº 375/18 de la Empresa Provincial de la Energía (EPE) – mediante la cual se pretende compensar el importe de dichas facturas y de las que un futuro se generan con los créditos a favor de la Municipalidad, derivados de la aplicación de la Ley 7.797-, ha sido impugnada mediante recurso de revocatoria con apelación en subsidio; sin que la empresa haya contestado ninguna de las vistas y traslados que se le corriera, en virtud de los recursos interpuestos contra las facturas de alumbrado público emitidas y notificadas.
Que, la Resolución Nº 375/18 no sólo dispone realizar compensaciones que resultan improcedentes, sino que solicita el inicio del procedimiento dispuesto en la Ley 7.893 de conflicto interadministrativo para iniciar el reclamo administrativo del pago de las facturas impugnadas.
Que, la E.P.E. no sólo no contesta las vistas y traslados solicitadas en cada impugnación formulada, para poder analizar las actuaciones que dieran origen a cada acto cuestionado, y poder realizar por parte del municipio la fundamentación que fuere necesaria y, de corresponder, ofrecer la prueba pertinente, sino que además, demuestra una falta absoluta de diálogo, pretendiendo de una manera arbitraria, y abusando de su posición dominante como empresa prestataria del suministro eléctrico, reclamar el cobro de los períodos facturados.
Que, en base a ello, el órgano asesor entiende oportuno y conveniente, de manera previa a iniciar otro tipo de reclamo y/o acción judicial por parte del municipio que resguarde sus derechos y garantías, realizar un pago por consignación extrajudicial de las facturas de alumbrado público, de acuerdo a lo expresado en las impugnaciones interpuestas, y en los términos que disponen los artículos 910 y siguientes del Código Civil y Comercial de la Nación.
Que desde la Subsecretaría de Hacienda se informa que las facturas de los meses de abril, mayo y junio, alcanzan la suma de $1.735.009, 76, $7.435.749,14 y $7.435.749,14, respectivamente.
Que, este Departamento Ejecutivo comparte los términos vertidos por Fiscalía Municipal y resulta competente para el dictado del acto administrativo que autorice la consignación pretendida.

Por ello,

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º.- Encomendar a la Secretaría de Hacienda a consignar extrajudicialmente, ante el Departamento Escribanía, a nombre y disposición de la Empresa Provincial de la Energía, los pagos de las facturas correspondientes al consumo del alumbrado público de la ciudad de los meses de abril, mayo y junio del corriente año, de acuerdo a la imputación establecida en los considerandos de la presente.

Art. 2º.- Autorizar al Departamento Escribanía a realizar los actos y efectuar los gastos pertinentes, para el cumplimiento del procedimiento establecido en el artículo 910 y siguientes del Código Civil y Comercial de la Nación.

Art. 3º.- Remitir las presentes actuaciones a Fiscalía Municipal, a los fines dispuestos.-

 

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Resolución Intendente N° 459/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 459/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0479-01554392-9 (NI)
Resumen
Autorizar a la Secretaria de Desarrollo Social, Abog. María Cecilia Battistutti a representar a la Municipalidad de Santa Fe de la Vera Cruz en el seminario del “Instituto de Pesquisa e Estratégia Econômica do Cear-IPECE”, a realizarse del 26 al 30 de noviembre del corriente año en la ciudad de Fortaleza, BrasilFimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCIÓN Nº 459

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 21 NOV 2018
VISTO:
El expediente DE-0479-01554392-9 (NI), y

CONSIDERANDO:
Que, corresponde determinar la comitiva oficial municipal que asistirá al Seminario del “Instituto de Pesquisa e Estratégia Econômica do Ceará -IPECE” que se realizará del 26 al 30 de noviembre del corriente año en la ciudad de Fortaleza, Brasil.
Que, el IPECE es una agencia gubernamental del estado de Ceará responsable de la generación de estudios, investigaciones e información socioeconómica y geográfica para la elaboración de programas y desarrollo de estrategias políticas.
Que, en esta oportunidad el eje de trabajo será “Experiencias de Políticas Públicas de Superación de la Pobreza”, discutiendo los resultados obtenidos, las políticas territoriales y la gestión pública, como así también la elaboración de propuestas basadas en evidencia.
Que, siendo la materia a discutir competencia de la Secretaría de Desarrollo Social corresponde autorizar a su Secretaria, Abog. María Cecilia Battistutti a representar a la Municipalidad de Santa Fe en el seminario del “Instituto de Pesquisa e Estratégia Econômica do Ceará -IPECE”.
Por ello,

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º.- Autorizar a la Secretaria de Desarrollo Social, Abog. María Cecilia Battistutti a representar a la Municipalidad de Santa Fe de la Vera Cruz en el seminario del “Instituto de Pesquisa e Estratégia Econômica do Cear-IPECE”, a realizarse del 26 al 30 de noviembre del corriente año en la ciudad de Fortaleza, Brasil.-

Art. 2º.- Autorizar a la Secretaría de Hacienda a liquidar y abonar los viáticos pertinentes. Cumplido, archívese.-

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Resolución Intendente N° 562/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 562/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos
  • N° expediente: DE-0448-01534703-2 (VS)

Resumen
Reconocer los mayores costos declarados CLIBA INGENIERIA AMBIENTAL S.A. – TECSAN AMBIENTAL S.A.- (UTE), por las razones y con limitaciones expuestas en el Considerando de la presente

Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Tco. MARIANO CEJAS, Secretario de Ambiente y Espacios Públicos
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

RESOLUCION Nº 562

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 28 DIC 2018

VISTO:
El Documento DE-0448-01534703-2 (VS), y;

CONSIDERANDO:
Que por las mismas la concesionaria del sector I del Servicio de Recolección de Residuos Domiciliarios, Barrido y Limpieza de Calles, CLIBA INGENIERIA AMBIENTAL S.A. – TECSAN AMBIENTAL S.A.- (UTE), solicita el reconocimiento de los montos extraordinarios e imprevistos que debió erogar los días 24/03/2018 y 17/06/2018, como consecuencia de la prestación de los servicios en dichas fechas instituidas como feriados con posterioridad a la presentación de su oferta original y, por lo tanto, no contemplados en la misma.
Que manifiesta que los mayores costos reclamados ascienden a la suma de pesos seiscientos cincuenta y un mil doscientos cuarenta y uno con veintiún centavos ($651.241,21) para el día 24/03/2018 y pesos doscientos veinte mil uno con noventa y dos ($220.001,92).
Que la Dirección de Higiene Ambiental informó que el día 24/03/2018, dispuso la prestación normal del servicio, notificándose mediante Orden de Servicio Nº 184 y respecto al día 17/06/2018 no se emitió Orden de servicios sino que se comunicó vía telefónica a la concesionaria que debía prestar los servicios de manera habitual.
Que, la Secretaria de Ambiente y Espacios Públicos emite Dictamen jurídico en el cual se comparte el criterio vertido por Fiscalía Municipal en dictamen 22/2016, que concluye “…que resultan plenamente aplicable al caso en estudio la totalidad de las consideraciones expuestas, teniendo en cuenta que la fecha en cuestión… fue feriado dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional con posterioridad a la oferta de servicios y a la contratación. Habiendo incurrido la concesionaria en costos mayores e imprevistos ante la necesidad de prestar el servicio de recolección de residuos domiciliarios, y barrio y limpieza de calles en días feriados, este Órgano asesor entiende que correspondería su reconocimiento y pago, en la modalidad que la Superioridad y la Secretaria de Hacienda estimen convenientes y mediante el dictado del acto administrativo pertinente…”
Que la Secretaría de Hacienda convalida lo sugerido por la Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos.
Que, este Departamento Ejecutivo Municipal resulta competente para el dictado del acto administrativo pertinente.
Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1º: Reconocer los mayores costos declarados CLIBA INGENIERIA AMBIENTAL S.A. – TECSAN AMBIENTAL S.A.- (UTE), por las razones y con limitaciones expuestas en el Considerando de la presente.-

Art. 2º: Autorizar a la Dirección de Administración Financiera a liquidar y pagar la suma de PESOS SEISCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y UNO CON VEINTIUN CENTAVOS ($651.241,21), para cubrir los mayores costos reconocidos por el Artículo anterior, originados en la normal prestación para el día 24/03/2018, incorporados al calendario de feriados nacionales, conforme lo indicado en los Considerando del presente.

Art. 3º: Autorizar a la Dirección de Administración Financiera a liquidar y pagar la suma de PESOS DOSCIENTOS VEINTE MIL UNO CON NOVENTA Y DOS CENTAVOS ($220.001,92), para cubrir los mayores costos reconocidos por el Artículo anterior, originados en la normal prestación para el día 17/06/2018, incorporados al calendario de feriados nacionales, conforme lo indicado en los Considerando del presente.

Art. 3º: Girar copias a la Dirección de Administración Financiera y a la Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos. Cumplido. ARCHIVESE.

 

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Resolución Intendente N° 579/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 579/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-1120-01521245-9 (NI)

Resumen
Aprobar y registrar las Actas Compromisos de Pasantías suscriptas entre la Municipalidad de Santa Fe de la Vera Cruz, los alumnos detallados en anexo I adjunto y representantes de entidades educativas, según los acuerdos firmados oportunamente, las que forman parte de la presente Resolución

Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

RESOLUCIÓN Nº 579

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 28 DIC 2018
VISTO:
El Documento DE-1120-01521245-9 (NI), y;

CONSIDERANDO:
Que, mediante las actuaciones de referencia, la Subsecretaría de la Función Pública adjunta Actas Compromisos de Pasantías, suscriptas entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe, los alumnos detallados en anexo adjunto, y representantes de entidades educativas, según los acuerdos firmados oportunamente;
Que, la Secretaría de Hacienda informa que existe crédito para absorber la erogación que demanda la presente gestión.
Que, corresponde el dictado del acto administrativo cuyo objeto disponga la aprobación y registración de las Actas Compromiso de Pasantías adjuntas;
Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1º: Aprobar y registrar las Actas Compromisos de Pasantías suscriptas entre la Municipalidad de Santa Fe de la Vera Cruz, los alumnos detallados en anexo I adjunto y representantes de entidades educativas, según los acuerdos firmados oportunamente, las que forman parte de la presente Resolución.

Art. 2°: Remitir copia a la Dirección de Personal. Cumplimentado, ARCHÍVESE.

 

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Resolución Intendente N° 580/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 580/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-1051-01462969-5 (NI)

Resumen
Aprobar y registrar las Actas Compromisos de Pasantías suscriptas entre la Municipalidad de Santa Fe de la Vera Cruz, los alumnos detallados en anexo I adjunto y representantes de entidades educativas, según los acuerdos firmados oportunamente, las que forman parte de la presente Resolución

Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

RESOLUCIÓN Nº 580

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 28 DIC 2018
VISTO:
El Documento DE-1051-01462969-5 (NI), y;

CONSIDERANDO:
Que, mediante las actuaciones de referencia, la Subsecretaría de la Función Pública adjunta Actas Compromisos de Pasantías, suscriptas entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe, los alumnos detallados en anexo adjunto, y representantes de entidades educativas, según los acuerdos firmados oportunamente;
Que, asimismo, solicita el reconocimiento de los servicios prestados en calidad de Pasantes de la Universidad Nacional del Litoral de las Srtas. Stefanía Luján BENEDETICH – D.N.I. Nº 38.772.436 y Daiana Melina LUDI- D.N.I. Nº 36.099.839, durante el período comprendido entre el 01 de diciembre de 2017 y el 20 de abril de 2018 y el 01 de diciembre 2017 y el 31 de marzo de 2018, respectivamente.
Que, la Secretaría de Hacienda informa que existe crédito para absorber la erogación que demanda la presente gestión.
Que, corresponde el dictado del acto administrativo cuyo objeto disponga la aprobación y registración de las Actas Compromiso de Pasantías adjuntas y el reconocimiento solicitado;
Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1º: Aprobar y registrar las Actas Compromisos de Pasantías suscriptas entre la Municipalidad de Santa Fe de la Vera Cruz, los alumnos detallados en anexo I adjunto y representantes de entidades educativas, según los acuerdos firmados oportunamente, las que forman parte de la presente Resolución.

Art.2º: Reconocer los servicios prestados en calidad de Pasantes de la Universidad Nacional del Litoral a las Srtas. Stefanía Luján BENEDETICH – D.N.I. Nº 38.772.436 y Daiana Melina LUDI- D.N.I. Nº 36.099.839, durante el período comprendido entre el 01 de diciembre de 2017 y el 20 de abril de 2018 y el 01 de diciembre de 2017 y el 31 de marzo de 2018, respectivamente.-

Art. 2°: Remitir copia a la Dirección de Personal. Cumplimentado, ARCHÍVESE.

 

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Resolución Intendente N° 581/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 581/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0429-01547988-4 (NI)

Resumen
Autorizar el pago del suplemento “Subrogancia” a los agentes detallados en el anexo que integra la presente, a partir del 01 de octubre de 2018 y por el término de noventa (90) días, en el marco del artículo 56 del anexo II de la Ley Nº 9286

Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

RESOLUCION Nº 581

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 28 DIC 2018

VISTO:
El Documento DE-0429-01547988-4 (NI), y

CONSIDERANDO:
Que, la Subsecretaría de la Función Pública solicita el otorgamiento a los agentes detallados en el anexo adjunto, del Suplemento por Subrogancia conforme a lo previsto en el art. 56 Anexo II de la Ley Nº 9.286, a partir del 01 de octubre de 2018 y por el término de noventa (90) días.
Que, asimismo, solicita el otorgamiento del Suplemento “Inspección” para los mismos agentes, en conformidad al artículo 58 del anexo II de la mencionada Ley y Acta Acuerdo registrada por Decreto D.M.M. Nº 00980/13, a partir del 01 de octubre de 2018;
Que, la Dirección de Personal informa la situación de revista permanente y transitoria de los agentes involucrados, conforme a lo establecido en el nomenclador de funciones;
Que, la Secretaría de Hacienda informa la existencia de crédito para absorber la erogación;
Que, debe dictarse el acto administrativo pertinente;
Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: Autorizar el pago del suplemento “Subrogancia” a los agentes detallados en el anexo que integra la presente, a partir del 01 de octubre de 2018 y por el término de noventa (90) días, en el marco del artículo 56 del anexo II de la Ley Nº 9286.

Art. 2º: Otorgar el Suplemento “Inspección” a los mismos agentes, conforme lo establecido en el artículo 58 del anexo II de la Ley Provincial Nº 9286, a partir del 01 de octubre de 2018.

Art. 3º: Notifíquese y remítase copia de la presente disposición a la Dirección de Personal. Cumplimentado, ARCHÍVESE.-

 

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Resolución Intendente N° 135/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 135/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0429-01591375-9 (NI)

Resumen
Ampliar, con carácter de excepción, la Ayuda Económica No Remunerativa Mensual a favor de los practicantes beneficiarios del Programa de Entrenamiento y Capacitación Laboral- Ordenanza Nº 11452, mencionados en el Anexo adjunto, que integra la presente, por los montos mensuales y períodos allí detallados, con motivo de los servicios extraordinarios prestados.-

Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

RESOLUCION Nº 135

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 07 MAY 2019
VISTO:
El Documento DE-0429-01591375-9 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, en la actuación de referencia, la Subsecretaría de la Función Pública solicita la ampliación, con carácter de excepción, de la Ayuda Económica No Remunerativa Mensual, a favor de los practicantes beneficiarios del Programa de Entrenamiento y Capacitación Laboral – Ordenanza Nº 11452/08, mencionados en Anexo adjunto, durante los períodos y montos allí detallados;
Que, la Secretaría de Hacienda informa que existe crédito para absorber la erogación;
Que, en consecuencia, corresponde el dictado del acto administrativo pertinente;
Por ello:

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1º: Ampliar, con carácter de excepción, la Ayuda Económica No Remunerativa Mensual a favor de los practicantes beneficiarios del Programa de Entrenamiento y Capacitación Laboral- Ordenanza Nº 11452, mencionados en el Anexo adjunto, que integra la presente, por los montos mensuales y períodos allí detallados, con motivo de los servicios extraordinarios prestados.-
Art. 2º: Remitir copia de la presente a la Dirección de Personal. Cumplimentado, ARCHÍVESE.-

Abog. Malena Azario Dr. José Manuel Corral
Secretaria de Gobierno Intendente

C.P.N. Mg. Ma. Belén Etchevarría
Secretaria de Hacienda

 

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