Resolución Intendente N° 570/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 570/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0448-01549323-2 (VS)
Resumen
No hacer lugar al Reclamo Administrativo Previo formulado por el Sr. Lucas SIMONETTO, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-Fimantes
Abog. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCION Nº 570

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 24 OCT 2019

VISTO:

El Documento DE-0448-01549323-2 (VS), y

CONSIDERANDO:

Que, debe resolverse el Reclamo Administrativo Previo formulado por el Sr. Lucas SIMONETTO, tendiente a obtener indemnización por los supuestos daños sufridos en el vehículo de su propiedad.

Que, relata que en fecha 26.10.18 se encontraba circulando en su vehículo marca Volkswagen, modelo Saveiro, Dominio KIT 955, cuando al traspasar el paso nivel ubicado en calle Alvear a la altura del N° 4300, habría sufrido la rotura del neumático delantero izquierdo a causa de un bache y por ausencia de mantenimiento.

Que, acompaña para fundar su pretensión tres fotografías en las que se observa un paso a nivel y un neumático con una fisura; y exigió la reposición de lo abonado para la reparación del neumático, sin precisar ningún monto ni acompañar presupuesto y/o factura alguna.

Que, Fiscalía Municipal emite el Dictamen Nº 117/19 (a cuyos fundamentos cabe remitirse atento a su extensión), donde señala en primer término que el reclamante no acredita ser el titular dominial del vehículo, por lo que no justifica su legitimación para reclamar; omitiendo asimismo, precisar su pretensión en términos económicos y/o acreditar el gasto incurrido, todo lo cual determina la inadmisibilidad del reclamo.

Que, en cuanto al hecho denunciado, la documentación acompañada se orienta a demostrar la existencia de un daño en una de las cubiertas sin acreditar la existencia del siniestro que lo habría causado, las circunstancias en que se habría producido, su causa y su mecánica; dado que las fotografías presentadas muestran, por un lado, un paso a nivel en una vía que no tiene ninguna identificación respecto a su ubicación y, por el otro, una cubierta dañada sin identificación del vehículo al que pertenece, no constando la fecha en que fueron tomadas.

Que, en consecuencia, el reclamo constituye un mero relato carente de pruebas que lo avalen, y consecuentemente, no pueden tenerse por configurados los extremos requeridos para la procedencia de la reparación estatal: daño cierto, acreditado y mensurable en dinero; actividad u omisión materialmente imputable a un órgano estatal, relación de causalidad adecuada entre la actividad o inactividad y el daño invocado; falta de servicio consistente en una actuación u omisión irregular de parte del Estado.

Que, por lo expuesto, aconseja rechazar el reclamo interpuesto, lo que es compartido por este Departamento Ejecutivo Municipal.

Por ello,

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: No hacer lugar al Reclamo Administrativo Previo formulado por el Sr. Lucas SIMONETTO, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-

Art. 2º: Por Dirección de Mesa de Entradas Única notifíquese fehacientemente en el domicilio constituido, haciéndole saber que con el dictado de la presente se ha cumplimentado con la reclamación exigida por la Ley Nº 7.234, agotándose la instancia administrativa.-

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Decreto DPB N° 0368/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DPB
  • N° Decreto DPB: 0368/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0640-01586534-8 (NI)
Resumen
Dispónese el cambio de Agrupamiento del agente Julio César CANTORA (Código Nº 14.152), Permanente, sin Función, Categoría 08, Agrupamiento VI- Servicios Generales, dependiente de la Subsecretaría de Salud y Deportes, siendo a partir del 28.10.19, “Agrupamiento I-Administrativo – sin funcion”, fundado en las tareas administrativas que el agente efectivamente realiza en ese ámbito.Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
C.P.N. Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
DECRETO D.P.B. – SECRETARIA DE GOBIERNO – AÑO 2019 – Nº 0368

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 24 OCT 2019

VISTO:

El Documento DE-0640-01586534-8 (NI), y

CONSIDERANDO:

Que, en la actuación de referencia, el Departamento Deportes solicita el cambio de agrupamiento del agente Julio César CANTORA (Código Nº 14.152), encuadrándola en el Agrupamiento I –Administrativo, en virtud de las tareas que realiza en ese ámbito;
Que, la Dirección de Personal informa que el citado agente, revista en esta Administración en calidad de Permanente, sin Función, Categoría 08, Agrupamiento VI- Servicios Generales, dependiente de la Subsecretaría de Salud y Deportes;

Que, la Subsecretaría de la Función Pública aconseja se autorice el cambio de agrupamiento del citado agente, asignándolo al Agrupamiento I-Administrativo sin funcion , a partir 28.10.19, fundado en las tareas administrativas que la agente efectivamente realiza;

Que, corresponde dictar el acto administrativo que así lo disponga;

Por ello,

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA:

Art. 1º: Dispónese el cambio de Agrupamiento del agente Julio César CANTORA (Código Nº 14.152), Permanente, sin Función, Categoría 08, Agrupamiento VI- Servicios Generales, dependiente de la Subsecretaría de Salud y Deportes, siendo a partir del 28.10.19, “Agrupamiento I-Administrativo – sin funcion”, fundado en las tareas administrativas que el agente efectivamente realiza en ese ámbito.

Art. 2º: Refréndese el presente Decreto por las Señoras Secretarias de Gobierno y de Hacienda.-

Art. 3º: Remítase copia del presente a la Dirección de Personal, para su conocimiento.

Art. 4º: Comuníquese, publíquese y dése al R.M.-

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Decreto DPB N° 0369/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DPB
  • N° Decreto DPB: 0369/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0702-01623097-1 (NI)
Resumen
Dispónese el traslado del agente Andrés Santiago Baltazar CELSO (Código Nº 14.272), Permanente, sin Función, Categoría 08, sin Agrupamiento, dependiente de la Dirección de Higiene Ambiental a la Dirección de Preservación Edilicia dependiente de la Secretaría de Planeamiento Urbano, partir del 21.10.19.-Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
C.P.N. Mag. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Tco. Mariano Cejas, Secretario de Ambiente y Espacios Públicos
Arq. Marcelo Pascualón, Secretario de Planeamiento Urbano
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
DECRETO D.P.B. – SECRETARIA DE GOBIERNO – AÑO 2019 – Nº 0369

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 24 OCT 2019

VISTO:

El Documento DE-0702-01623097-1 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la actuación de referencia, la Dirección de Preservación Edilicia solicita el traslado del agente Andrés Santiago Baltazar CELSO (Código Nº 14.272) a esa repartición;

Que, la Dirección de Personal informa que el citado agente, revista en esta Administración en calidad de Permanente, sin Función, Categoría 08, sin Agrupamiento, dependiente de la Dirección de Higiene Ambiental;

Que, el traslado se encuentra previsto en el art. 58 de la Ordenanza Nº 8527/83-Estatuto;

Que, la Subsecretaría de la Función Pública aconseja el dictado del acto administrativo que disponga el traslado del citado a la Dirección de Preservación Edilicia, a partir del 21.10.19;

Por ello,

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA:

Art. 1º: Dispónese el traslado del agente Andrés Santiago Baltazar CELSO (Código Nº 14.272), Permanente, sin Función, Categoría 08, sin Agrupamiento, dependiente de la Dirección de Higiene Ambiental a la Dirección de Preservación Edilicia dependiente de la Secretaría de Planeamiento Urbano, partir del 21.10.19.-

Art. 2º: Refréndese el presente por las Señoras Secretarias de Gobierno, de Hacienda y por los Señores Secretarios de Ambiente y Espacios Públicos y de Planeamiento Urbano.-

Art. 3º: Comuníquese, publíquese y dése al R.M.-

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Decreto DPB N° 0370/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DPB
  • N° Decreto DPB: 0370/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0929-01616464-2 (NI)
Resumen
Disponése el otorgamiento de la Licencia Extraordinaria sin goce de haberes por desempeño de cargo de mayor jerarquía, a la Prof. Emilce PAIS (Código Nº 9301), Docente Titular, con 12 (doce) horas cátedras de la asignatura “Movimiento”- Función 42, dependiente de la Dirección del Liceo Municipal, a partir del 13 de agosto de 2019 y hasta el 10 de diciembre de 2019, conforme lo dispuesto en el art. 7, inciso l) del Decreto D.M.M. Nº 3398/83.Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
Prof. Érica A. Figueroa, Secretaria de Educación
C.P.N. Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
DECRETO D.P.B. – SECRETARIA DE GOBIERNO – AÑO 2019 – Nº 0370

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 24 OCT 2019

VISTO:

El Documento DE-0929-01616464-2 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, en la actuación de referencia, la Prof. Emilce PAIS (Código Nº 9301), solicita el otorgamiento de Licencia Extraordinaria sin goce de haberes por desempeño de cargo de mayor jerarquía, a partir del 13 de agosto y hasta el 10 de diciembre de 2019;

Que, la Dirección de Personal informa que la misma revista en esta Administración en calidad de Docente Titular, con 12 (doce) horas cátedras de la asignatura “Movimiento”- Función 42, dependiente de la Dirección del Liceo Municipal;

Que, la Subsecretaría de la Función Pública aconseja el dictado del acto administrativo que disponga la autorización de la licencia solicitada. Ello, conforme a lo establecido en el art. 7º inc. l) del Decreto Nº 03398/83;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA:

Art. 1º: Disponése el otorgamiento de la Licencia Extraordinaria sin goce de haberes por desempeño de cargo de mayor jerarquía, a la Prof. Emilce PAIS (Código Nº 9301), Docente Titular, con 12 (doce) horas cátedras de la asignatura “Movimiento”- Función 42, dependiente de la Dirección del Liceo Municipal, a partir del 13 de agosto de 2019 y hasta el 10 de diciembre de 2019, conforme lo dispuesto en el art. 7, inciso l) del Decreto D.M.M. Nº 3398/83.

Art. 2º: Refréndese por las Señoras Secretarias de Gobierno, de Educación y de Hacienda.-

Art. 3º: Comuníquese, publíquese y dése al R.M.-

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Decreto DPB N° 0371/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DPB
  • N° Decreto DPB: 0371/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Educación
  • N° expediente: DE-1069-01616174-7 y (NI)
Resumen
Desígnase, a partir del 6 de agosto de 2019, a la Profesora Melisa SAMPIETRO, D.N.I. Nº 34.563.596, en seis (06) Horas Cátedra de la asignatura “Práctica Docente”, Función 43, correspondiente al Profesorado de Artes Visuales con Orientación en Producción de la Escuela de Diseño y Artes Visuales del Liceo Municipal “Antonio Fuentes del Arco”.Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Prof. Érica A. Figueroa, Secretaria de Educación
C.P.N. Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
DECRETO D.P.B. – SECRETARIA DE EDUCACIÓN – AÑO 2019 – Nº 0371

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 24 OCT 2019

VISTO:

El Documento DE-1069-01616174-7 y (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, la Directora de la Escuela de Diseño y Artes Visuales del Liceo Municipal “Antonio Fuentes del Arco” eleva la propuesta de designación, en calidad de interina, de la Profesora Melisa SAMPIETRO, D.N.I. Nº 34.563.596, en seis (06) Horas Cátedra de la asignatura “Práctica Docente IV”, Función 43, correspondiente al Profesorado de Artes Visuales con Orientación en Producción, a partir del 06.08.19;

Que, la citada docente se encuentra incluida en el escalafón definitivo aprobado por Resolución Interna de la Secretaría de Educación Nº 013/18, del “Concurso para Cubrir Horas Cátedras Interinas y Suplentes de la Escuela de Diseño y Artes Visuales del Liceo Municipal “Antonio Fuentes del Arco”, dispuesto por Decreto D.M.M. Nº 00059/18 – Anexo IV, de conformidad al Decreto D.M.M. Nº 01835/15, reglamentario de los arts. 13 y 14 de la Ordenanza Nº 12092, aceptando las horas cátedra ofrecidas;

Que, la Dirección de Personal informa que la mencionada, revista en esta Administración en calidad de Docente reemplazante del Liceo Municipal y como Docente Interina de Nivel Inicial dependiente del Programa Sistema Municipal de Educación Inicial de la Secretaría de Educación y que de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 12092, arts. 38 y 39, y la Declaración Jurada de Cargos, Actividades y Horarios, se encuentra en condiciones de aceptar las horas que se le ofrecen;

Que, la Secretaría de Educación avala lo solicitado;

Que, la Subsecretaría de la Función Pública aconseja el dictado del acto administrativo cuyo objeto disponga la designación de la Profesora SAMPIETRO, en los términos sugeridos precedentemente;

Por ello,

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA:

Art. 1º: Desígnase, a partir del 6 de agosto de 2019, a la Profesora Melisa SAMPIETRO, D.N.I. Nº 34.563.596, en seis (06) Horas Cátedra de la asignatura “Práctica Docente”, Función 43, correspondiente al Profesorado de Artes Visuales con Orientación en Producción de la Escuela de Diseño y Artes Visuales del Liceo Municipal “Antonio Fuentes del Arco”.

Art. 2º: Gírese copia a la Dirección de Personal a fin que notifique fehacientemente a la docente lo dispuesto en el presente Decreto.-

Art. 3º: Refréndese el presente Decreto por las Señoras Secretarias de Educación, de Gobierno y de Hacienda.-

Art. 4º.- Comuníquese, publíquese y dése al R.M.-

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Resolución Intendente N° 580/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 580/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-1119-01607023-7 (NI)
Resumen
Aprobar y registrar las Actas Compromisos de Pasantías suscriptas entre la Municipalidad de Santa Fe de la Vera Cruz, los alumnos detallados en anexo adjunto y representantes de entidades educativas, según los acuerdos firmados oportunamente, las que forman parte del presente Decreto.-Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
C.P.N. Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCIÓN Nº 580

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 24 OCT 2019

VISTO:

El Documento DE-1119-01607023-7 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante las actuaciones de referencia, la Subsecretaría de la Función Pública adjunta Actas Compromisos de Pasantías, suscriptas entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe, los alumnos detallados en anexo adjunto, y representantes de entidades educativas, según los acuerdos firmados oportunamente;

Que, la Secretaría de Hacienda informa que existe crédito para absorber la erogación que, demanda la presente gestión.

Que, corresponde el dictado del acto administrativo cuyo objeto disponga la aprobación y registración de las Actas Compromiso de Pasantías adjuntas;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1º: Aprobar y registrar las Actas Compromisos de Pasantías suscriptas entre la Municipalidad de Santa Fe de la Vera Cruz, los alumnos detallados en anexo adjunto y representantes de entidades educativas, según los acuerdos firmados oportunamente, las que forman parte del presente Decreto.-

Art. 2°: Remitir copia a la Dirección de Personal. Cumplimentado, ARCHÍVESE.

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Resolución Intendente N° 578/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 578/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0464-01574752-0 (NI)
Resumen
Disponer la liquidación del Suplemento “Inspección” a favor de la agente Fiorela Guadalupe PELEGRI (Código Nº 13638), Permanente, con Funciones de Asistente Profesional, Categoría 16, Agrupamiento II-Profesional, dependiente de la Dirección de Estudios y Proyectos, a partir del 01.09.19, por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
C.P.N. Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCION Nº 578

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 24 OCT 2019

VISTO:

El Documento DE-0464-01574752-0 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, por la actuación de referencia, la Dirección de Estudios y Proyectos se solicita el reconocimiento del suplemento “Inspección” a la agente Fiorela Guadalupe PELEGRI (Código Nº 13638), en virtud de las tareas realizadas en el Departamento Control de Obras Subterráneas y en el marco de la Ordenanza Nº 10.519;

Que, la Dirección de Personal informa que la Sra. PELEGRI revista en esta Administración en calidad de Permanente, con Funciones de Asistente Profesional, Categoría 16, Agrupamiento II-Profesional, dependiente de la Dirección de Estudios y Proyectos;

Que, el Suplemento “Inspección” se encuentra regulado en el art. 58 de la Ley Nº 9286 y el Decreto Nº 03625/83, en su art. 4º, enumera la funciones que se encuentran comprendidas en el pago del mismo;

Que, en consecuencia, la Subsecretaría de la Función Pública aconseja el dictado del acto administrativo cuyo objeto disponga el reconocimiento del Suplemento “Inspección” a favor de la citada, a partir 01.09.19;

Que, corresponde dictar el acto administrativo pertinente;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: Disponer la liquidación del Suplemento “Inspección” a favor de la agente Fiorela Guadalupe PELEGRI (Código Nº 13638), Permanente, con Funciones de Asistente Profesional, Categoría 16, Agrupamiento II-Profesional, dependiente de la Dirección de Estudios y Proyectos, a partir del 01.09.19, por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.

Art. 2º: Por Dirección de Personal (Departamento Sueldos) procédase a liquidar a la mencionada agente, el suplemento reconocido en la presente.

Art. 3º: Notifíquese y remítase copia de la presente disposición a la interesada. Cumplimentado, ARCHÍVESE.-

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Resolución Intendente N° 577/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 577/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0448-01492994-7 (VS)
Resumen
No hacer lugar al Reclamo Administrativo Previo formulado por el Sr. Roberto Daniel SCHIAVON, D.N.I. N° 12.258.991, por intermedio de apoderada, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCION Nº 577

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 24 OCT 2019

VISTO:

El expediente DE-0448-01492994-7 (VS), y

CONSIDERANDO:

Que, debe resolverse el Reclamo Administrativo Previo formulado por el Sr. Roberto Daniel SCHIAVON, D.N.I. N° 12.258.991, por intermedio de su apoderada la abogada María del Huerto GOYA, tendiente a obtener la reparación de supuestos daños sufridos en el vehículo automotor de su propiedad Marca FIAT Modelo PALIO WEEKEN, Dominio COT 310.

Que, relata que en fecha 12.11.17 en momentos en que el Sr. SCHIAVON se encontraba conduciendo por Av. Blas Parera en dirección Norte-Sur, aproximadamente a la altura del N° 6300, cuando un colectivo – que no identifica – que circulaba por el carril del Metrofé impactó uno de los bloques de cemento que demarcan ese carril provocando su desplazamiento hacia la vía de circulación para automotores, lo que le habría ocasionado su colisión con el mismo, provocándole la rotura del frente delantero.

Que, acompaña para fundar su pretensión copia simple de poder especial, presupuestos de reparación y fotografías, e intimada a efectos de acreditar la titularidad del vehículo y presentación de copia certificada u original para certificación de la referida documental, adjuntó copia simple de un informe dominial del automotor y original del poder especial.

Que, reclama en concepto de daño emergente, lucro cesante y privación de uso, la suma de pesos cuarenta y tres mil setecientos ($43.700), y pese a relatar que el siniestro ocurrió por la previa intervención de un colectivo, atribuyó responsabilidad al municipio argumentando que ella deriva de la deficiente colocación de los bloques divisorios de los carriles, fundando su pretensión en los arts. 2339, 2340 y 2344 del Código Civil – ya derogados a la fecha del hecho -.

Que, Fiscalía Municipal emitió el Dictamen Nº 113/19 (a cuyos fundamentos cabe remitirse atento a su extensión) donde señala en primer término, que pese al requerimiento efectuado a la apoderada del reclamante para acreditar la titularidad del vehículo, omitió hacerlo mediante documentación fehaciente, acompañando una copia simple del estado dominial de aquel, insuficiente para acreditar adecuadamente tal extremo. Lo propio ocurrió respecto a la totalidad de las copias simples acompañadas al interponer el reclamo, no cumplimentado al respecto el requerimiento oportunamente efectuado y notificado por cédula debidamente diligenciada.

Que, amén de lo expuesto, surge del propio relato efectuado en el reclamo que el accidente que habría provocado los supuestos daños cuya reparación pretende tuvo su causa en una maniobra de un colectivo que con su rueda trasera chocó uno de los bloques divisorios de los carriles provocando su desplazamiento, el que a su vez habría ocasionado la colisión con el automóvil, resultando claro que, de considerarse probados los daños sufridos, fueron una consecuencia directa e inmediata de ese evento, lo cual exime de responsabilidad al Municipio por tratarse del hecho de un tercero por quien el Estado no debe responder, siendo un criterio jurisprudencial y doctrinario imperante en la materia.

Que, asimismo, la invocación de la defectuosa colocación de los bloques divisorios del carril del Metrofé y la supuesta deficiencia en la demarcación de los carriles para atribuir responsabilidad al Municipio, resultan una mera afirmación carente de respaldo probatorio.

Que, finalmente, fundó su pretensión en diversos artículos del Código Civil, pese a encontrarse derogado a la fecha del supuesto siniestro.

Que, en consecuencia, el Órgano Asesor aconseja rechazar el reclamo, lo que es compartido por este Departamento Ejecutivo Municipal.

Por ello,

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: No hacer lugar al Reclamo Administrativo Previo formulado por el Sr. Roberto Daniel SCHIAVON, D.N.I. N° 12.258.991, por intermedio de apoderada, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-

Art. 2º: Por Dirección de Mesa de Entradas Única notifíquese fehacientemente en el domicilio constituido, haciéndole saber que con el dictado de la presente se ha cumplimentado con la reclamación exigida por la Ley Nº 7.234, agotándose la instancia administrativa.-

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Resolución Intendente N° 575/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 575/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0448-01584573-8 (N)
Resumen
No hacer lugar al Reclamo Administrativo Previo formulado por el Sr. Julio César PASTORINO, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCION Nº 575

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 24 OCT 2019

VISTO:

El Documento DE-0448-01584573-8 (N), y

CONSIDERANDO:

Que, debe resolverse el Reclamo Administrativo Previo formulado por el Sr. Julio César PASTORINO, tendiente a obtener indemnización de supuestos daños y perjuicios en su vehículo automotor dominio FZZ790.

Que, relata haber roto la llanta y cubierta traseras del vehículo en fecha 04.01.19 en calle San Jerónimo, sin indicar la altura.

Que, adjunta para fundar su pretensión copia simple de factura por un monto de pesos veintiún mil setecientos sesenta ($21.760) y copia de correos electrónicos enviados al correo oficial del municipio; solicitando el pago de los daños que habría sufrido.

Que, en virtud de la ausencia de documentación que acredite la titularidad del vehículo y de pruebas acerca de los hechos y daños invocados, se lo intimó a través de cédula debidamente diligenciada en fecha 25.04.19 a presentar la documental correspondiente y a adecuar su reclamo en los términos de la Ley N° 7234, sin que a la fecha hayan dado cumplimiento a lo ordenado.

Que, Fiscalía Municipal emite el Dictamen Nº 121/19, donde señala que el reclamante no ha probado la titularidad del vehículo por cuyos daños solicita reparación, situación que obsta la continuidad del reclamo por carecer de legitimación para instarlo.

Que, amén de ello, el reclamante no ha ofrecido pruebas para acreditar el hecho, las circunstancias en que habría ocurrido ni los daños experimentados y, por lo tanto, su presentación carece de los requisitos mínimos que debe reunir un reclamo, además de omitir absolutamente la acreditación fehaciente de sus dichos.

Que, por lo expuesto, aconseja rechazar el reclamo, lo que es compartido por este Departamento Ejecutivo Municipal.

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: No hacer lugar al Reclamo Administrativo Previo formulado por el Sr. Julio César PASTORINO, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-

Art. 2º: Por Dirección de Mesa de Entradas Única notifíquese fehacientemente en el domicilio constituido, haciéndole saber que con el dictado de la presente se ha cumplimentado con la reclamación exigida por la Ley Nº 7.234, agotándose la instancia administrativa.-

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Decreto DMM N° 00594/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00594/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0429-01625336-1 (NI)
Resumen
Dispónese la creación de la Dirección General de Mantenimiento Vial, en el ámbito de la Secretaría de Obras Públicas, a partir del 08 de octubre de 2019.
Dispónese la creación de la Dirección General la Secretaría de Control, a partir del 08 de octubre de 2019.
Dispónese la creación de la Dirección General de Cementerio, en el ámbito de la Secretaría de Control, a partir del 08 de octubre de 2019.
Dispónese la creación de la Dirección General de Despacho de la Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos, a partir del 08 de octubre de 2019.Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
C.P.N. Mg. María Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE GOBIERNO – AÑO 2019– Nº 00594

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 08 OCT 2019

VISTO:

El Documento DE-0429-01625336-1 (NI); y,

CONSIDERANDO:

Que, por Acuerdo Paritario Local, suscripto en fecha 04/12/13, numerado y registrado por Decreto D.M.M. Nº 02604/13, se acordó la implementación en etapas y en forma progresiva de la máxima categoría prevista en el Agrupamiento Administrativo del Escalafón para el Personal de Municipalidades de Primera Categoría de la Provincia de Santa Fe;

Que, en tal sentido y continuando con la implementación gradual, la Subsecretaría de la Función Pública solicita el dictado del acto administrativo pertinente cuyo objeto disponga la creación de las Direcciones Generales de Mantenimiento Vial; de Despacho de la Secretaría de Control; de Cementerio y de Despacho de la Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos, a partir del 01 de octubre de 2019;

Que, este Departamento Ejecutivo resulta competente a los fines de emitir el presente acto administrativo.

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
D E C R E T A

Art.1º: Dispónese la creación de la Dirección General de Mantenimiento Vial, en el ámbito de la Secretaría de Obras Públicas, a partir del 08 de octubre de 2019.

Art.2º: Dispónese la creación de la Dirección General la Secretaría de Control, a partir del 08 de octubre de 2019.

Art.3º: Dispónese la creación de la Dirección General de Cementerio, en el ámbito de la Secretaría de Control, a partir del 08 de octubre de 2019.

Art.4º: Dispónese la creación de la Dirección General de Despacho de la Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos, a partir del 08 de octubre de 2019.

Art. 5º: Refréndese el presente Decreto por las Secretarias de Gobierno y de Hacienda.-

Art. 6º: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.-

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