Resolución Intendente N° 483/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 483/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0448-01265473-7 (N)
Resumen
Hacer lugar parcialmente al reclamo formulado por el agente Ramón Ignacio DELGADO (Código Nº 11.100), a través de su apoderada, en los límites y por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCION Nº 483
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 27 SEP 2019
VISTO:
El Documento DE-0448-01265473-7 (N), y
CONSIDERANDO:
Que, debe resolverse el reclamo formulado por el agente Ramón Ignacio DELGADO (Código Nº 11.100), por intermedio de su apoderada la abogada Analía Vega MAGNANO, tendiente a que se le reintegren los haberes no percibidos, proporcional de Sueldos Anuales Complementarios y Vacaciones, por el período comprendido entre el 05.02.2014 y el 16.06.2015, con más indemnización por Daños y Perjuicios, todo ello con fundamento en el reintegro dispuesto mediante Decreto D.P.B. N° 0133/2015.
Que, Fiscalía Municipal, emite el Dictamen Nº 082/2017 (a cuyos fundamentos cabe remitirse, atento a su extensión) donde analiza la documentación glosada, los informes efectuados por las áreas pertinentes y la normativa aplicable al caso, aconsejando hacer lugar parcialmente al reclamo interpuesto y abonar al agente los haberes no percibidos con más proporcional por aguinaldo y vacaciones correspondientes al período reclamado, desestimando por improcedente la pretensión indemnizatoria por daños y perjuicios, a tenor de lo establecido en el artículo 49 del Estatuto y Escalafón del Personal de Municipalidades y Comunas de la Provincia de Santa Fe – Ley N° 9.286 – y la expresa opción efectuada por el agente a ser reintegrado a su cargo en esta Administración Municipal.
Que, la Subsecretaría de la Función Pública y este Departamento Ejecutivo comparten el criterio sostenido por el Órgano Asesor, por lo que debe dictarse el acto administrativo que así lo disponga.
Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:
Art. 1º: Hacer lugar parcialmente al reclamo formulado por el agente Ramón Ignacio DELGADO (Código Nº 11.100), a través de su apoderada, en los límites y por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-
Art. 2º: Girar a la Secretaría de Hacienda a sus efectos. Notifíquese al interesado, con copia de la presente. Cumplimentado, archívese.-

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Resolución Intendente N° 558/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 558/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0963-01627814-5 (NI)
Resumen
Disponer el reconocimiento, con carácter excepcional, de los servicios extraordinarios prestados por la Sra. María Cecilia PINATTI, D.N.I. Nº 33.827.166, en exceso a lo establecido en su contrato, aprobado por Resoluciones Nros. 265/18, 362/18 y 128/19, en el ámbito de Santa Fe Hábitat: Agencia para el Desarrollo Social y Urbano, durante el mes de septiembre de 2019, por el monto de pesos cuatro mil ($ 4.000).-Fimantes
Abog. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
C.P.N. Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCION Nº 558

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 21 OCT 2019

VISTO:

EL Documento DE-0963-01627814-5 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, por las actuaciones de referencia, Santa Fe Hábitat: Agencia para el Desarrollo Social y Urbano solicita el reconocimiento de los servicios prestados por la Sra. María Cecilia PINATTI, D.N.I. Nº 33.827.166, en exceso de lo establecido en su contrato, aprobado por Resoluciones Nros. 265/18, 362/18 y 128/19, durante el mes septiembre 2019, por el monto de pesos cuatro mil ($ 4.000).

Que, la Subsecretaría de la Función Pública considera oportuno que sean reconocidos, con carácter excepcional, los servicios prestados en exceso a lo estipulado contractualmente por la Sra. PINATTI en dicho ámbito;

Que, la Secretaría de Hacienda autoriza la correspondiente imputación presupuestaria;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1º: Disponer el reconocimiento, con carácter excepcional, de los servicios extraordinarios prestados por la Sra. María Cecilia PINATTI, D.N.I. Nº 33.827.166, en exceso a lo establecido en su contrato, aprobado por Resoluciones Nros. 265/18, 362/18 y 128/19, en el ámbito de Santa Fe Hábitat: Agencia para el Desarrollo Social y Urbano, durante el mes de septiembre de 2019, por el monto de pesos cuatro mil ($ 4.000).-

Art. 2º: Remitir la presente a la Dirección de Administración Financiera para dar cumplimiento a lo dispuesto.-

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Resolución Intendente N° 488/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 488/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0450-01627662-8 (NI)
Resumen
Aprobar lo actuado por la Junta Examinadora de la Convocatoria a Prueba de Selección de Personal para conformar un Orden de Mérito para cumplir funciones de atención al público- Agrupamiento Administrativo, en la Justicia Administrativa de Faltas, bajo la modalidad de Personal No Permanente Contratado, conforme a los detalles descriptos en el Anexo I.Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCION Nº 488
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 04 OCT 2019VISTO:
El Documento DE-0450-01627662-8 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto D.M.M. Nº 00347/19 se dispuso una Convocatoria a Prueba de Selección de Personal para cumplir funciones de atención al público- Agrupamiento Administrativo, en la Justicia Administrativa de Faltas, bajo la modalidad de Personal No Permanente Contratado, conforme a los detalles descriptos en el Anexo I.
Que, habiendo culminado el trámite de la Convocatoria, se elevan las Actas emitidas por la Junta Examinadora actuante y Planilla de Orden de Mérito Final;
Que, se estima conveniente dictar el acto administrativo pertinente;
Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:
Art. 1º: Aprobar lo actuado por la Junta Examinadora de la Convocatoria a Prueba de Selección de Personal para conformar un Orden de Mérito para cumplir funciones de atención al público- Agrupamiento Administrativo, en la Justicia Administrativa de Faltas, bajo la modalidad de Personal No Permanente Contratado, conforme a los detalles descriptos en el Anexo I.
Art. 2º: Establecer el Orden de Mérito resultante de dicha Convocatoria, que como Anexo integra la presente Resolución.
Art. 3º: Remitir copia de la presente a la Dirección de Capacitación, Ingreso y Promociones.

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Resolución Intendente N° 557/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 557/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Recursos Hídricos
  • N° expediente: DE-1100-01438218-8 (NI)
Resumen
Autorizar -a título precario- a la firma RENÉ URSELLA E HIJOS S.R.L., con domicilio comercial en calle Teniente Loza Nº 6429 de esta ciudad, a volcar los efluentes derivados de la actividad industrial consistente en elaboración de grasa bovina y harina de carne a los desagües pluviales municipales existentes.-
La autorización precaria otorgada por el artículo precedente quedará sin efecto a partir del momento en que se construya y habilite la red de desagües cloacales en la zona donde se encuentra emplazado el establecimiento industrial y a condición de que la misma se encuentre operativa por parte del ente competente.-Fimantes
Abog. José Manuel Corral, Intendente
Ing. Felipe Franco, Secretario de Recursos Hídricos
Tco. Mariano Cejas, Secretario de Ambiente y Espacios Públicos
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCIÓN Nº 557

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 21 OCT 2019

VISTO:

El Documento DE-1100-01438218-8 (NI), y sus gloses y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante las actuaciones de referencia, la Dirección de Control de Obras Hídricas elevó documentación presentada por la firma RENÉ URSELLA E HIJOS S.R.L. tendiente al otorgamiento de permiso precario para el vertido de los efluentes industriales propios de su actividad a los desagües pluviales municipales, en el marco de la Ordenanza Municipal Nº 4085;

Que, la firma requirente desarrolla -como actividad principal- la elaboración de grasa bovina y harina de carne, en la planta industrial sito en calle Teniente Loza Nº 6429 de esta ciudad, y que en razón de no contar con una red de desagües cloacales habilitada al efecto, peticiona el correspondiente otorgamiento de permiso precario por parte de la Administración Municipal;

Que, se llevó adelante inspección en el establecimiento comercial, constatándose que el plano esquemático presentado por la empresa se corresponde con las instalaciones existentes, hallándose en debidas condiciones;

Que, se presentaron Protocolos de Análisis de las muestras de efluentes que se han de volcar al desagüe pluvial, junto con análisis realizados por la Dirección a través de profesional competente en la materia;

Que, tomó intervención la Dirección de Desarrollo y Gestión Ambiental dependiente de la Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos, quien mediante Informe Nº 112/2019 aconseja otorgar permiso precario de vuelco de efluentes y monitorear periódicamente los parámetros de calidad de los mismos;

Que, la Dirección de Control de Obras Hídricas considera que la empresa RENÉ URSELLA E HIJOS S.R.L., con domicilio comercial en calle Teniente Loza Nº 6429 de la ciudad de Santa Fe, ha cumplimentado con la documentación necesaria para el otorgamiento del permiso precario de vuelco de sus efluentes industriales a los desagües pluviales municipales;

Que, por lo expuesto, este Departamento Ejecutivo Municipal resulta competente a fin del dictando del acto administrativo pertinente;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1º.- Autorizar -a título precario- a la firma RENÉ URSELLA E HIJOS S.R.L., con domicilio comercial en calle Teniente Loza Nº 6429 de esta ciudad, a volcar los efluentes derivados de la actividad industrial consistente en elaboración de grasa bovina y harina de carne a los desagües pluviales municipales existentes.-

Art. 2°.- La autorización precaria otorgada por el artículo precedente quedará sin efecto a partir del momento en que se construya y habilite la red de desagües cloacales en la zona donde se encuentra emplazado el establecimiento industrial y a condición de que la misma se encuentre operativa por parte del ente competente.-

Art. 3º.- Facultar a la Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos, para que a través del área pertinente, proceda a realizar verificaciones periódicas sobre el cumplimiento de la normativa aplicable, y a evaluar la calidad de los efluentes que se vuelcan al desagüe pluvial.-

Art. 4º.- Encomendar a la Secretaría de Recursos Hídricos el control y notificación sobre el cumplimiento de la condición resolutiva prevista en el artículo 2º del presente acto.-

Art. 5º.- A efectos de cursar las notificaciones correspondientes, y dar cumplimiento de las disposiciones del presente, girar las actuaciones a la Dirección de Control de Obras Hídricas y a la Dirección de Desarrollo y Gestión Ambiental. Cumplido, ARCHIVAR.-

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Resolución Intendente N° 556/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 556/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0444-01580805-8
Resumen
Registrar los Contratos suscriptos entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y las personas detalladas en anexo adjunto, los que forman parte de la presente.-Fimantes
Abog. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCION Nº 556

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 18 OCT 2019
VISTO:
El Documento DE-0444-01580805-8 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, la Secretaría de Cultura tiene, entre sus misiones y funciones, la de participar en la vida cultural de la ciudad, canalizando las demandas y necesidades vinculadas a las actividades culturales.
Que, a tales fines y en ejercicio de sus facultades, se adjuntan contratos de servicio, suscriptos entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y diversos artistas, para la realización de diferentes actividades y expresiones culturales.
Que, por el Decreto D.M.M. Nº 02299/16 se han aprobado las condiciones generales aplicables a los Contratos de Servicios que celebra esta Municipalidad con particulares.
Que, cumpliendo los mismos con las formalidades exigidas conforme el Decreto D.M.M. Nº 02313/16, debe dictarse el acto administrativo que disponga la aprobación y registración correspondiente.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:
Art. 1º: Registrar los Contratos suscriptos entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y las personas detalladas en anexo adjunto, los que forman parte de la presente.-
Art. 2º: Girar copia a la Secretaría de Cultura a sus efectos. Cumplimentado, archívese.-

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Resolución Intendente N° 555/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 555/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0531-01599708-3
Resumen
Autorizar el cambio de horario de ingreso y egreso a esta Administración Municipal de los agentes mencionados en el Anexo, que integra la presente, por estrictas razones de servicio, conforme lo establecido en el art. 2º del Decreto D.M.M. Nº 00143/92.-Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCION Nº 555

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 18 OCT 2019
VISTO:
El Documento DE-0531-01599708-3 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante las actuaciones de referencia, la Subsecretaría de la Función Pública aconseja se autorice el cambio de horario de prestación de servicios de los agentes detallados en la misma, conforme lo solicitado por las distintas reparticiones, por estrictas razones de servicio;
Que, la Dirección de Personal informa la situación de revista de los agentes;
Que, este Departamento Ejecutivo Municipal resulta competente a los fines de emitir el acto administrativo pertinente;
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1°: Autorizar el cambio de horario de ingreso y egreso a esta Administración Municipal de los agentes mencionados en el Anexo, que integra la presente, por estrictas razones de servicio, conforme lo establecido en el art. 2º del Decreto D.M.M. Nº 00143/92.-
Art. 2°: Remitir copia a la Dirección de Personal. Cumplimentado ARCHIVESE.-

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Resolución Intendente N° 554/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 554/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0866-01574321-4
Resumen
Aprobar y registrar las Actas Compromiso de Prácticas y Acta Modificatoria-Compromiso de Práctica en el marco del Programa de Entrenamiento y Capacitación Laboral – Ordenanza Nº 11452/08, suscriptas entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y las personas detalladas en anexo adjunto, las que forman parte de la presente Resolución.-Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCIÓN Nº 554

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 18 OCT 2019
VISTO:
El Documento DE-0866-01574321-4 (NI) y sus gloses, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante las actuaciones de referencia, la Subsecretaría de la Función Pública adjunta Actas Compromiso de Prácticas y Acta Modificatoria-Compromiso de Práctica, suscriptas entre las personas detalladas en anexo adjunto y la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, para incorporarse en el Programa de Entrenamiento y Capacitación Laboral – Ordenanza Nº 11452/08 y realizar las mismas en las distintas dependencias allí descriptas;
Que, la Secretaría de Hacienda informa que existe crédito para absorber la erogación que demanda la presente gestión.
Que, corresponde el dictado del acto administrativo cuyo objeto disponga aprobar y registrar las Actas Compromiso de Prácticas adjuntas;
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1º: Aprobar y registrar las Actas Compromiso de Prácticas y Acta Modificatoria-Compromiso de Práctica en el marco del Programa de Entrenamiento y Capacitación Laboral – Ordenanza Nº 11452/08, suscriptas entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y las personas detalladas en anexo adjunto, las que forman parte de la presente Resolución.-
Art. 2°: Remítase a la Dirección de Personal a los fines de notificar a los interesados. Cumplimentado, ARCHÍVESE.

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Resolución Intendente N° 537/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 537/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente:
Resumen
Limítense al 14 de octubre de 2019, los contratos de servicios suscriptos con las personas detalladas en el Anexo adjunto, que integra la presente, por los motivos expresados en los considerando precedentes.-Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCION Nº 537
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 15 OCT 2019
VISTO:
Los Decretos D.P.B. Nros. 0341/19 y 0342/19;
CONSIDERANDO:
Que, por los Decretos de referencia se han designado como Personal Permanente a las personas detalladas en el Anexo, en el marco de la Convocatoria dispuesta por Decreto D.M.M. Nº 00347/19, Anexo I y III;
Que, en consecuencia deben limitarse los contratos de servicios oportunamente suscriptos con los mismos;
Que, corresponde dictar el acto administrativo que así lo disponga;
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:
Art. 1º: Limítense al 14 de octubre de 2019, los contratos de servicios suscriptos con las personas detalladas en el Anexo adjunto, que integra la presente, por los motivos expresados en los considerando precedentes.-
Art. 2º: Remitir copia de la presente a la Dirección de Administración Financiera. Cumplimentado, ARCHIVESE.-

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Resolución Intendente N° 451/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 451/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos
  • N° expediente: DE-0448-01591657-0
Resumen
Aprobar y ratificar lo dispuesto en las Resoluciones Internas Nº 01/19, 02/19, 03/19, 04/19, 05/19 y 06/19, de la Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos, conforme lo dispuesto en los considerandos precedentes.-Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Tco. MARIANO CEJAS, Secretario de Ambiente y Espacios Públicos
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCION Nº 451

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 05 SEP 2019
VISTO:
Las actuaciones DE-0448-01591657-0 (N) y sus respectivos gloses, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante las actuaciones de referencia, obran diversas Resoluciones Internas emitidas por la Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos, por las cuales se certificó de manera completa los servicios prestados por los contratistas del Servicio de Recolección de Residuos Domiciliarios, Barrido y Limpieza de Calles de la ciudad;
Que, mediante las Resoluciones Internas N° 01/19, 02/19, 03/19 y 06/19 de la Secretaria de Ambiente y Espacios Públicos se resolvió que la Dirección de Higiene Ambiental certifique de manera completa los servicios prestados por la contratista del sector I del Servicio de Recolección de Residuos Domiciliarios, Barrido y Limpieza de Calles, CLIBA INGENIERIA AMBIENTAL S.A. – TECSAN AMBIENTAL S.A.-(UTE), correspondientes a los días 1, 2, 3 y 30 del mes de abril, y los días 2, 3 y 29 de mayo del corriente año, en los turnos matutino, vespertino y nocturno, jornadas que se vieron afectadas por diferentes medidas de fuerza, producto del estado de asamblea de afiliados dispuesta por delegados sindicales de camioneros y gremios del transporte, o aquellas dispuestas por la Confederación General del Trabajo (CGT), a las cuales se adhirió el Sindicato de Camioneros y gremios del transporte;
Que, mediante las Resoluciones Internas N° 04/19 y 05/19 de la Secretaria de Ambiente y Espacios Públicos se resolvió que la Dirección de Higiene Ambiental certifique de manera completa los servicios prestados por la contratista del sector II del Servicio de Recolección de Residuos Domiciliarios, Barrido y Limpieza de Calles, URBASER ARGENTINA S.A. – TRANSPORTE OLIVOS S.A.C.I. y F. – (UTE), correspondientes a los días 30 de abril y 29 de mayo del corriente año, en los turnos matutino, vespertino y nocturno, jornadas que se vieron afectadas por las medidas de fuerza, dispuestas por la Confederación General del Trabajo (CGT), a las cuales se adhirió el Sindicato de Camioneros y gremios del transporte;
Que, se justificaron tales cuestiones en razón de que -durante los días subsiguientes a las medidas de fuerza acontecidas- las firmas precitadas llevaron a cabo actividades con recursos adicionales, a fin de no resentir los servicios y de atenuar las consecuencias al medioambiente de la ciudad, lo que implicó gastos adicionales como personal adicional, horas extras, entre otros;
Que, la Ordenanza N° 12.443 determina que es competencia del Secretario de Ambiente y Espacios Público entender en todo lo referido a los servicios concesionados de recolección y barrido;
Que, es indispensable el dictado del acto administrativo pertinente que apruebe y ratifique tales certificaciones;
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:
Art. 1º: Aprobar y ratificar lo dispuesto en las Resoluciones Internas Nº 01/19, 02/19, 03/19, 04/19, 05/19 y 06/19, de la Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos, conforme lo dispuesto en los considerandos precedentes.-
Art. 2º: Girar copias a la Secretaria de Hacienda y a la Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos, a sus efectos. Cumplido. ARCHIVESE.

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Decreto DMM N° 00574/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00574/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0747-01627121-5
Resumen
Numérese y regístrese el Acta Acuerdo, suscripto entre la Municipalidad de Santa Fe de la Vera Cruz y las Empresas del Transporte Urbano de Pasajeros ERSA Urbano S.A., Autobuses Santa Fe S.R.L. y Recreo S.R.L , en fecha 01 de octubre de 2019, el que forma parte del presente Decreto.-Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Arq. Marcelo Pascualón, Secretario de Planeamiento Urbano
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE GOBIERNO– AÑO 2019 – Nº 00574

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 01 OCT 2019
VISTO:
El Documento DE-0747-01627121-5 (NI) y;
CONSIDERANDO:
Que, en la actuación de referencia, se adjunta el Acta Acuerdo suscripta entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe y las empresas de Transporte Urbano de Pasajeros ERSA Urbano S.A., Autobuses Santa Fe S.R.L. y Recreo S.R.L.;
Que, en virtud de haberse firmado el Convenio entre la Secretaría de Gestión de Transporte del Ministerio de Transporte y la Municipalidad, numerado por Decreto D.M.M. Nº 00569/19, la Municipalidad se compromete a distribuir los fondos que reciba en el marco del Convenio entre las empresas firmantes, de acuerdo a los porcentajes establecidos en el Acta Acuerdo adjunta;
Que, por lo expuesto, se debe dictar el acto administrativo de numeración y registración pertinente;
Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
D E C R E T A:
Art. 1º: Numérese y regístrese el Acta Acuerdo, suscripto entre la Municipalidad de Santa Fe de la Vera Cruz y las Empresas del Transporte Urbano de Pasajeros ERSA Urbano S.A., Autobuses Santa Fe S.R.L. y Recreo S.R.L , en fecha 01 de octubre de 2019, el que forma parte del presente Decreto.-
Art. 2º: Refréndese el presente Decreto por las Señoras Secretarias de Gobierno, de Hacienda y por el Señor Secretario de Planeamiento Urbano.-
Art. 3º: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.-

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