Decreto DMM N° 00583/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00583/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE 0429-01628056-2 (NI)
Resumen
Numérese y regístrese en el D.M.M. el Acta Acuerdo suscripta entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y la Asociación Sindical de Obreros y Empleados Municipales (ASOEM), en fecha 16 de septiembre de 2019, que forma parte integrante del presente Decreto.Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE GOBIERNO – AÑO 2019 – Nº 00583

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 03 OCT 2019

VISTO:

El Documento DE 0429-01628056-2 (NI), y

CONSIDERANDO:

Que, en la actuación de referencia, se adjunta Acta Acuerdo suscripta entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y la Asociación Sindical de Obreros y Empleados Municipales (ASOEM), en fecha 16 de septiembre del corriente año.

Que, en la misma las partes acuerdan políticas de ingreso de personal a esta Administración Municipal, conforme a lo solicitado por dicha asociación;

Que, por lo expuesto, es necesario dictar el acto administrativo de numeración y registración pertinente.

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA:

Art. 1º: Numérese y regístrese en el D.M.M. el Acta Acuerdo suscripta entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y la Asociación Sindical de Obreros y Empleados Municipales (ASOEM), en fecha 16 de septiembre de 2019, que forma parte integrante del presente Decreto.

Art. 2º: Refréndese por las señoras Secretarias de Gobierno.

Art. 3º: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.

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Resolución Intendente N° 506/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 506/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0859-01580939-5 (NI)
Resumen
Aprobar y registrar las Actas Compromiso de Prácticas y Acta Modificatoria-Compromiso de Práctica en el marco del Programa de Entrenamiento y Capacitación Laboral – Ordenanza Nº 11452/08, suscriptas entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y las personas detalladas en anexo adjunto, las que forman parte de la presente Resolución.-Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCIÓN Nº 506
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 07 OCT 2019
VISTO:
El Documento DE-0859-01580939-5 (NI) y sus gloses, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante las actuaciones de referencia, la Subsecretaría de la Función Pública adjunta Actas Compromiso de Prácticas y Acta Modificatoria-Compromiso de Práctica, suscriptas entre las personas detalladas en anexo adjunto y la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, para incorporarse en el Programa de Entrenamiento y Capacitación Laboral – Ordenanza Nº 11452/08 y realizar las mismas en las distintas dependencias allí descriptas;
Que, la Secretaría de Hacienda informa que existe crédito para absorber la erogación que demanda la presente gestión.
Que, corresponde el dictado del acto administrativo cuyo objeto disponga aprobar y registrar las Actas Compromiso de Prácticas adjuntas;
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:Art. 1º: Aprobar y registrar las Actas Compromiso de Prácticas y Acta Modificatoria-Compromiso de Práctica en el marco del Programa de Entrenamiento y Capacitación Laboral – Ordenanza Nº 11452/08, suscriptas entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y las personas detalladas en anexo adjunto, las que forman parte de la presente Resolución.-
Art. 2°: Remítase a la Dirección de Personal a los fines de notificar a los interesados. Cumplimentado, ARCHÍVESE.

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Resolución Intendente N° 505/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 505/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0531-01600079-6 (NI)
Resumen
Excluir a la agente Andrea VEGA (Código Nº 11.491) de la Resolución Nº 296/17, a partir del 01.08.19.-
Art. 2º Excluir a la agente Carolina MALDONADO (Código Nº 14.710) de la Resolución Nº 169/19, a partir del 01.09.19.-Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCION Nº 505

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 07 OCT 2019

VISTO:

El Documento DE-0531-01600079-6 (NI) y sus gloses, y;

CONSIDERANDO:
Que, mediante las actuaciones de referencia, la Subsecretaría de la Función Pública aconseja se autorice el cambio de horario de prestación de servicios de los agentes detallados en la misma, conforme lo solicitado por las distintas reparticiones, por estrictas razones de servicio;
Que, la Dirección de Personal informa la situación de revista de los agentes;
Que, este Departamento Ejecutivo Municipal resulta competente a los fines de emitir el acto administrativo pertinente;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: Excluir a la agente Andrea VEGA (Código Nº 11.491) de la Resolución Nº 296/17, a partir del 01.08.19.-
Art. 2º Excluir a la agente Carolina MALDONADO (Código Nº 14.710) de la Resolución Nº 169/19, a partir del 01.09.19.-
Art. 3º: Autorizar el cambio de horario de ingreso y egreso a esta Administración Municipal de los agentes mencionados en el Anexo I, que integra la presente, por estrictas razones de servicio.-
Art. 4°: Remitir copia a la Dirección de Personal. Cumplimentado ARCHIVESE.-

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Resolución Intendente N° 504/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 504/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-1019-01519338-6 (NI)
Resumen
Reconocer al agente Fabián Alejandro CAÑETE (Código Nº 11575), Permanente, Categoría 16, con Funciones de Operador de Grandes Máquinas, Agrupamiento V-Mantenimiento y Producción, dependiente de la Dirección de Verde Urbano de la Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos, el Suplemento de “Riesgo y Tareas Peligrosas”, contemplado en el art. 55º anexo II de la ley Nº 9286/83, a partir del 01.09.19.-
Reconocer al agente Enrique Horacio VIÑOLES (Código Nº 10714), Permanente, Categoría 15, con Funciones de Maquinista de Segadoras Autopropulsadas, Agrupamiento V-Mantenimiento y Producción, dependiente de la Dirección de Verde Urbano de la Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos, el Suplemento de “Riesgo y Tareas Peligrosas”, contemplado en el art. 55º anexo II de la ley Nº 9286/83, a partir del 01.09.19.-Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCION Nº 504
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 07 OCT 2019
VISTO:
El Documento DE-1019-01519338-6 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, por la actuación de referencia, la Subsecretaría de Ambiente, solicita el reconocimiento del Suplemento “Riesgo y Tareas Peligrosas” a favor de los agentes Fabián Alejandro CAÑETE (Código Nº 11575) y Enrique Horacio VIÑOLES (Código Nº 10714), en virtud de las funciones que desempeñan en el ámbito de la Dirección de Verde Urbano;
Que, la Dirección de Personal informa que el agente CAÑETE revista en esta Administración en calidad de Permanente, Categoría 16, con Funciones de Operador de Grandes Máquinas, Agrupamiento V-Mantenimiento y Producción y el agente VIÑOLES revista como Personal Permanente, Categoría 15, con funciones de Maquinista de Segadoras Autopropulsadas, Agrupamiento V-Mantenimiento y Producción, ambos dependientes de la Dirección de Verde Urbano de la Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos;
Que, desde la Subsecretaría de la Función Pública se aconseja el reconocimiento del Suplemento mencionado a favor de los citados, a partir del 01.09.19, conforme lo establecido en el art. 55º Anexo II de la Ley Nº 9286;
Que, la Secretaría de Hacienda informa que existe crédito presupuestario para absorber la erogación;
Que, corresponde dictar el acto administrativo pertinente;
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:
Art. 1º.- Reconocer al agente Fabián Alejandro CAÑETE (Código Nº 11575), Permanente, Categoría 16, con Funciones de Operador de Grandes Máquinas, Agrupamiento V-Mantenimiento y Producción, dependiente de la Dirección de Verde Urbano de la Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos, el Suplemento de “Riesgo y Tareas Peligrosas”, contemplado en el art. 55º anexo II de la ley Nº 9286/83, a partir del 01.09.19.-
Art. 2º.- Reconocer al agente Enrique Horacio VIÑOLES (Código Nº 10714), Permanente, Categoría 15, con Funciones de Maquinista de Segadoras Autopropulsadas, Agrupamiento V-Mantenimiento y Producción, dependiente de la Dirección de Verde Urbano de la Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos, el Suplemento de “Riesgo y Tareas Peligrosas”, contemplado en el art. 55º anexo II de la ley Nº 9286/83, a partir del 01.09.19.-Art. 3º.- Por Dirección de Personal (Departamento Sueldos) procédase a liquidar a favor de los mencionados, el suplemento reconocido en la presente.
Art. 4º.- Notifíquese y remítase copia de la presente disposición a las interesados. Cumplimentado, ARCHÍVESE.-

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Resolución Intendente N° 503/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 503/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0448-01592031-7 (VS)
Resumen
No hacer lugar por inadmisible el Reclamo Administrativo Previo formulado por la abogada Ethel Noemí CARRERAS, invocando la representación del ex agente municipal Ricardo Rubén CABRERA, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCION Nº 503
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 07 OCT 2019
VISTO:
El Documento DE-0448-01592031-7 (VS), y
CONSIDERANDO:
Que, debe resolverse el Reclamo Administrativo Previo formulado por la abogada Ethel Noemí CARRERAS, invocando la representación del ex agente municipal Ricardo Rubén CABRERA, tendiente a obtener el pago de la indemnización por cesantía por incapacidad inculposa prevista en el art. 23 inc. “g” del Anexo I de la Ley Provincial N° 9.286.
Que, previa intervención de la Dirección de Personal a fin de emitir informe, se advirtió la falta de personería, al no haberse justificado la representación invocada.
Que, en virtud de ello, se intimó a la reclamante a presentar el respectivo poder especial – otorgado con anterioridad a la fecha de iniciación de las actuaciones – por el plazo de diez (10) días hábiles administrativos, siendo notificada fehacientemente mediante cédula en fecha 30.07.19, no habiendo hecho presentación alguna desde la fecha señalada.
Que, Fiscalía Municipal emite el Dictamen Nº 102/19 (a cuyos fundamentos cabe remitirse atento a su extensión), donde señala que conforme lo estable el art. 1° del Decreto N° 1359/42 la representación legal para actuar debe documentarse en el primer escrito mediante copia fiel del poder invocado u original en el caso de los poderes especiales; y en igual sentido, la Ley Provincial N° 7234/74 dispone en su art. 2° que cuando el reclamo administrativo previo sea promovido en representación de un tercero será requisito acompañar “el título justificativo de la personería”.
Que, conforme surge de la documentación obrante en las actuaciones, la reclamante no ha satisfecho el requisito referido, por lo cual su presentación resulta inadmisible.
Que, por lo expuesto, aconseja rechazar por inadmisible el reclamo interpuesto, lo que es compartido por este Departamento Ejecutivo Municipal.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:
Art. 1º: No hacer lugar por inadmisible el Reclamo Administrativo Previo formulado por la abogada Ethel Noemí CARRERAS, invocando la representación del ex agente municipal Ricardo Rubén CABRERA, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-
Art. 2º: Por Dirección de Mesa de Entradas Única notifíquese fehacientemente en el domicilio constituido, haciéndole saber que con el dictado de la presente se ha cumplimentado con la reclamación exigida por la Ley Nº 7.234, agotándose la instancia administrativa.-

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Resolución Intendente N° 502/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 502/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0428-01595839-0 (NI)
Resumen
Aprobar y registrar las Actas Compromiso de Prácticas y Acta Modificatoria-Compromiso de Práctica en el marco del Programa de Entrenamiento y Capacitación Laboral – Ordenanza Nº 11452/08, suscriptas entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y las personas detalladas en anexo adjunto, las que forman parte de la presente Resolución.-Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCIÓN Nº 502
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 07 OCT 2019
VISTO:
El Documento DE-0428-01595839-0 (NI) y sus gloses, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante las actuaciones de referencia, la Subsecretaría de la Función Pública adjunta Actas Compromiso de Prácticas y Acta Modificatoria-Compromiso de Práctica, suscriptas entre las personas detalladas en anexo adjunto y la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, para incorporarse en el Programa de Entrenamiento y Capacitación Laboral – Ordenanza Nº 11452/08 y realizar las mismas en las distintas dependencias allí descriptas;
Que, la Secretaría de Hacienda informa que existe crédito para absorber la erogación que demanda la presente gestión.
Que, corresponde el dictado del acto administrativo cuyo objeto disponga aprobar y registrar las Actas Compromiso de Prácticas adjuntas;
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:Art. 1º: Aprobar y registrar las Actas Compromiso de Prácticas y Acta Modificatoria-Compromiso de Práctica en el marco del Programa de Entrenamiento y Capacitación Laboral – Ordenanza Nº 11452/08, suscriptas entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y las personas detalladas en anexo adjunto, las que forman parte de la presente Resolución.-
Art. 2°: Remítase a la Dirección de Personal a los fines de notificar a los interesados. Cumplimentado, ARCHÍVESE.

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Resolución Intendente N° 561/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 561/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0901-01441937-8 (NI)
Resumen
Disponer la liquidación del Suplemento “Incompatibilidad Profesional” a favor del agente Ernesto Gabriel BRUNO (Código Nº 10.249), Permanente, con Funciones de Verificador de Obra, Categoría 20, Agrupamiento III-Técnico, dependiente de la Dirección de Habilitaciones, a partir del 01.09.19, por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
C.P.N. Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCION Nº 561

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 21 OCT 2019

VISTO:

El Documento DE-0901-01441937-8 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, por la actuación de referencia, la Dirección de Habilitaciones, solicita el reconocimiento del suplemento “Incompatibilidad Profesional” al agente Ernesto Gabriel BRUNO (Código Nº 10.249), en virtud de las tareas realizadas;

Que, la Dirección de Personal informa que el Sr. BRUNO revista en esta Administración en calidad de Permanente, con Funciones de Verificador de Obra, Categoría 20, Agrupamiento III-Técnico, dependiente de la Dirección de Habilitaciones;

Que, el Suplemento “Incompatibilidad Profesional” se encuentra regulado en el art. 57 de la Ley Nº 9286, que establece la incompatibilidad de la Función con el ejercicio profesional del agente en otra actividad y que se encuentran comprendidas en el pago del mismo;

Que, en consecuencia, la Subsecretaría de la Función Pública aconseja el dictado del acto administrativo cuyo objeto disponga el reconocimiento del Suplemento “Incompatibilidad Profesional” a favor del citado, a partir del 01.09.19;

Que, la Secretaría de Hacienda informa que existe crédito presupuestario para absorber la erogación;

Que, corresponde dictar el acto administrativo pertinente;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: Disponer la liquidación del Suplemento “Incompatibilidad Profesional” a favor del agente Ernesto Gabriel BRUNO (Código Nº 10.249), Permanente, con Funciones de Verificador de Obra, Categoría 20, Agrupamiento III-Técnico, dependiente de la Dirección de Habilitaciones, a partir del 01.09.19, por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.

Art. 2º: Por Dirección de Personal (Departamento Sueldos) procédase a liquidar al mencionado agente, el suplemento reconocido en la presente.

Art. 3º: Notifíquese y remítase copia de la presente disposición al interesado. Cumplimentado, ARCHÍVESE.-

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Resolución Intendente N° 560/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 560/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-1035-01620732-6 (NI)
Resumen
Reconocer al agente Oscar Raúl ALANIZ (Código Nº 5492), Permanente, con Funciones de Oficial de Servicios Varios, Categoría 13/15 por promoción, Agrupamiento V-Mantenimiento y Producción, dependiente de la Dirección Complejo Ambiental, el Suplemento de “Riesgo y Tareas Peligrosas”, contemplado en el art. 55º anexo II de la ley Nº 9286/83, a partir del 01 de septiembre de 2019.-
Reconocer al agente Miguel Ángel GUERRERO (Código Nº 10.988), Permanente, con Funciones de Tractorista con Control de Personal, Categoría 13/15 por promoción, Agrupamiento V-Mantenimiento y Producción, dependiente de la Dirección Complejo Ambiental, el Suplemento de “Riesgo y Tareas Peligrosas”, contemplado en el art. 55º anexo II de la ley Nº 9286/83, a partir del 01 de septiembre de 2019.-Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
C.P.N. Mg. María Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCION Nº 560

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 21 OCT 2019

VISTO:

El Documento DE-1035-01620732-6 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, por la actuación de referencia, la Subsecretaría de Ambiente, solicita el reconocimiento del Suplemento “Riesgo y Tareas Peligrosas” a favor de los agentes Oscar Raúl ALANIZ (Código Nº 5492) y Miguel Ángel GUERRERO (Código Nº 10.988), en virtud de las funciones que desempeñan en el ámbito de la Dirección Complejo Ambiental;

Que, la Dirección de Personal informa que el agente ALANIZ revista en esta Administración en calidad de Permanente, con Funciones de Oficial de Servicios Varios, Categoría 13/15 por promoción, Agrupamiento V-Mantenimiento y Producción y el agente GUERRERO revista como Personal Permanente, con funciones de Tractorista con Control de Personal, Categoría 13/15 por promoción, Agrupamiento V-Mantenimiento y Producción, ambos dependientes de la Dirección Complejo Ambiental;

Que, desde la Subsecretaría de la Función Pública se aconseja el reconocimiento del Suplemento mencionado a favor de los citados, a partir del 01.09.19, conforme lo establecido en el art. 55º Anexo II de la Ley Nº 9286;

Que, la Secretaría de Hacienda informa que existe crédito presupuestario para absorber la erogación;

Que, corresponde dictar el acto administrativo pertinente;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º.- Reconocer al agente Oscar Raúl ALANIZ (Código Nº 5492), Permanente, con Funciones de Oficial de Servicios Varios, Categoría 13/15 por promoción, Agrupamiento V-Mantenimiento y Producción, dependiente de la Dirección Complejo Ambiental, el Suplemento de “Riesgo y Tareas Peligrosas”, contemplado en el art. 55º anexo II de la ley Nº 9286/83, a partir del 01 de septiembre de 2019.-

Art. 2º.- Reconocer al agente Miguel Ángel GUERRERO (Código Nº 10.988), Permanente, con Funciones de Tractorista con Control de Personal, Categoría 13/15 por promoción, Agrupamiento V-Mantenimiento y Producción, dependiente de la Dirección Complejo Ambiental, el Suplemento de “Riesgo y Tareas Peligrosas”, contemplado en el art. 55º anexo II de la ley Nº 9286/83, a partir del 01 de septiembre de 2019.-

Art. 3º.- Por Dirección de Personal (Departamento Sueldos) procédase a liquidar a favor de los mencionados, el suplemento reconocido en la presente.

Art. 4º.- Notifíquese y remítase copia de la presente disposición a l0s interesados. Cumplimentado, ARCHÍVESE.-

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Resolución Intendente N° 468/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 468/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Planeamiento Urbano
  • N° expediente: DE-0705-01519879-9 (VS)
Resumen
Rechazar el Recurso de Apelación interpuesto contra la Resolución Nº 027/18 de la Dirección de Edificaciones Privadas, en virtud de los fundamentos expuestos en los considerandos precedentes.-Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
ARQ. MARCELO D. PASCUALON, Secretario de Planeamiento Urbano
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCION Nº 468
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 23 SEP 2019
VISTO:
El Documento DE-0705-01519879-9 (VS), y;
CONSIDERANDO:
Que, corresponde resolver el recurso de apelación interpuesto por la Señora María Cecilia Grazioli, concedido mediante Resolución Nº 027/18 de la Dirección de Edificaciones Privadas;
Que, en virtud de la denuncia recibida en el Sistema de Atención Ciudadana por quién alegó ocupar el inmueble de calle San Juan Nº 2581, la Dirección de Edificaciones Privadas libró sucesivos avisos de notificación a la propietaria del inmueble sito en calle San Juan Nº 2573, Señora María Cecilia Grazioli, en virtud de supuestos trabajos en ejecución en el último inmueble señalado, sin el respectivo cartel de obra;
Que, entre los avisos cursados, el 05/10/2018 se requirió a la recurrente que se comunique con la Dirección de Edificaciones Privadas a fin de coordinar una inspección del inmueble de su propiedad, con el objeto de comparar los planos aportados con la obra denunciada en autos;
Que, entendiendo dicha notificación como una orden de inspección, la recurrente interpuso recursos de revocatoria, apelación y nulidad, con el patrocinio letrado del abogado Federico M. Viotti, argumentando -entre demás cuestiones- que el ingreso a su inmueble debe tener una justificación legal que no le fue informada;
Que, pese a entender que los recursos cuestionan una notificación y no un acto administrativo definitivo o equiparable, la Dirección de Edificaciones Privadas dictó la Resolución Nº 027/18 rechazando la reconsideración interpuesta y concediendo la apelación subsidiariamente deducida;
Que, remitidas las actuaciones al órgano asesor superior, se corrió traslado a la parte recurrente a los fines de expresar agravios, cuestión que fue cumplimentada por el abogado Federico M. Viotti;
Que, el órgano asesor emitió el dictamen correspondiente (a cuyos extremos cabe remitirse, atento a su extensión), manifestando que, pese a que el letrado no acreditó mandato para actuar en nombre y representación de la recurrente, corresponde desestimar el recurso de apelación interpuesto, en la medida que se dirige a una simple notificación por medio de la cual la Dirección de Edificaciones Privadas solicitó a la Sra. Grazioli presentarse a efectos de coordinar una inspección en su inmueble con la finalidad de cotejar los planos aprobados con el estado de la obra que estaría ejecutando. Es decir, se discute una simple comunicación cuyo único contenido es solicitar la presencia de la recurrente;
Que, no existe conducta municipal pasible de recurso. Máxime cuando el Reglamento de Edificaciones – Ordenanza Nº 7.279/76 – establece que sus disposiciones “alcanzan y regulan todos aquellos asuntos relacionados directa o indirectamente con la construcción, modificación, demolición, remoción, utilización, mantenimiento e inspección de los edificios, estructuras e instalaciones (mecánicas, eléctricas, electromecánicas, térmicas e inflamables) o parte de ellas, incluidos los terrenos en que se asientan y el espacio que los rodea” (punto 1.1.1.), fijando como Órgano de aplicación a la Dirección de Edificaciones Privadas (punto 1.2.0.). Asimismo, el Decreto D.M.M. Nº 0924/17 establece como misión de la Dirección de Edificaciones Privadas aplicar los Reglamentos de Edificación – Ordenanza Nº 7.279/76 – y de Ordenamiento Urbano – Ordenanza Nº 11.748/10, y -en cuanto a sus funciones- enuncia las de “[a]tender los asuntos relacionados con la construcción, modificación, demolición, remoción e inspección de edificios, estructuras e instalaciones mecánicas y eléctricas, incluyendo los terrenos en que se asientan y su entorno, así como también lo referente al uso y mantenimiento de los edificios e instalaciones; -Realizar la revisión y aprobación de las planimetrías a fin de otorgar permisos de construcción o registros de mejoras edilicias existentes; -Realizar verificaciones, inspecciones e informes que se deriven de los asuntos detallados precedentemente; -Verificar e inspeccionar las edificaciones en lo concerniente a las instalaciones eléctricas domiciliarias; -Llevar registro y efectuar la verificación de ascensores y montacargas”;
Que, conforme las disposiciones citadas y la actividad desplegada por la Dirección de Edificaciones Privadas obrante en el expediente, se ha procedido en el caso del modo previsto en el ordenamiento aplicable, por lo que corresponde confirmar lo actuado, sin perjuicio de las eventuales medidas puedan corresponder en el futuro. Por ello, el órgano asesor concluye que corresponde rechazar el recurso de apelación interpuesto contra la Resolución Nº 027/18 de la Dirección de Edificaciones Privadas
Que, este Departamento Ejecutivo Municipal comparte y hace suyo el criterio expresado por el órgano asesor;
Por ello:
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:
Art. 1º: Rechazar el Recurso de Apelación interpuesto contra la Resolución Nº 027/18 de la Dirección de Edificaciones Privadas, en virtud de los fundamentos expuestos en los considerandos precedentes.-
Art. 2º: Por Dirección Mesa de Entradas Única notifíquese a la parte recurrente en el domicilio de calle Rivadavia Nº 2696 – of. 7, de esta ciudad de Santa Fe, haciéndole saber que con el dictado de la presente se ha se encuentra agotada la instancia administrativa. Cumplido, ARCHIVAR.-

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Resolución Intendente N° 559/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 559/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0448-01623828-9 (VS)
Resumen
Hacer lugar al reclamo formulado por el agente Mario Ramón STEMPHELET (Código Nº 14.324), por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
C.P.N. Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCION Nº 559

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 21 OCT 2019

VISTO:

El Documento DE-0448-01623828-9 (VS), y

CONSIDERANDO:

Que, debe resolverse el reclamo formulado por el agente Mario Ramón STEMPHELET (Código Nº 14.324), tendiente a que se le reconozcan, liquiden y abonen las diferencias dinerarias correspondientes a las prestaciones por incapacidad laboral temporaria, derivadas del accidente de trabajo sufrido el 18.10.18.

Que, expresa que en su liquidación no fueron incluidos los conceptos variables que percibía antes del siniestro, lo que es corroborado por el informe de la Dirección de Personal.

Que, Fiscalía Municipal, en su Dictamen Nº 115/2019 (a cuyos fundamentos cabe remitirse, atento a su extensión) señala que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 6º del Decreto N° 1694/2009 y en el artículo 1º de la Resolución N° 983/2010 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación (Superintendencia de Riesgos del Trabajo), cuando el haber previo al accidente se encuentra integrado por remuneraciones variables, corresponde liquidar un promedio de los últimos seis (6) meses trabajados; y que este cálculo no puede resultar menor a la remuneración que el agente habría gozado de no sufrir el siniestro.

Que, asimismo agrega, que las Horas Extras integran la categoría de remuneración variable, y no se ha respetado el procedimiento de liquidación adecuado, por lo que aconseja hacer lugar al reclamo y abonar las diferencias salariales, conforme al cálculo que oportunamente realice el Departamento Sueldos.

Que, este Departamento Ejecutivo comparte el criterio sostenido por el Órgano Asesor, por lo que debe dictarse el acto administrativo que así lo disponga.

Por ello,

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: Hacer lugar al reclamo formulado por el agente Mario Ramón STEMPHELET (Código Nº 14.324), por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-

Art. 2º: Girar a Dirección de Personal para que través del Departamento Sueldos, se liquiden las diferencias salariales correspondientes. Notifíquese al interesado, con copia de la presente. Cumplimentado, archívese.-

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