Resolución Intendente N° 178/2016

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 178/2016
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría General
  • N° expediente: CO-0062-01311863-3

Resumen

Autorizar la radicación de un “Cementerio Monacal” en el inmueble sito en Av. López y Planes Nº 4108, para la inhumación de los restos mortales de las religiosas de la “Orden Monacal de las Monjas Descalzas de la Orden de la Bienaventurada Virgen María del Monte Carmelo”, una vez finalizados los trámites de la habilitación correspondiente.

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Dr. Carlos Alberto Pereira, Secretario General

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 178

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 01 JUL 2016
VISTO:
El Documento CO-0062-01311863-3 (N), y;
CONSIDERANDO:
Que las actuaciones de la referencia se originan con el requerimiento del Arzobispado de Santa Fe de la Vera Cruz de evaluar la posibilidad de aprobar la habilitación del Cementerio Monacal, en exclusivo beneficio de la “Orden Monacal de las Monjas Descalzas de la Orden de la Bienaventurada Virgen María Del Monte Carmelo” en el inmueble sitio en Av. López y Planes Nº 4108, referente al Monasterio de “San José y Santa Teresa”.
Que, habiendo el Honorable Concejo Municipal remitido el trámite de las presentes a intervención de este Departamento Ejecutivo Municipal, la Secretaría de Control, como autoridad de aplicación del “Régimen Jurídico del Cementerio Municipal de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y Poder de Policía Mortuoria” aprobado por Ordenanza Nº 12.223, estima razonable y viable el planteo formulado por el requirente.
Que, dicha dependencia, considera atendible las alegaciones formuladas por el órgano eclesiástico, en orden a la radicación en dicho sector de la ciudad de un Cementerio Monacal donde los restos mortales de las Carmelitas Descalzas puedan descansar en el mismo sitio en el que desarrollan su vida monacal, caracterizada por un estilo “en soledad, trabajo y oración en un domicilio fijo”.
Que, asimismo, habida cuenta el reciente fallecimiento en nuestra ciudad de la hermana Cecilia María Sánchez Sorondo, este Departamento Ejecutivo promueve la realización de cuantos medios fueren menester, tendientes a concretar la constitución del mentado Cementerio Monacal.
Que el ordenamiento vigente dispone que las inhumaciones que se realicen en la ciudad de Santa Fe deberán ser efectuadas en los cementerios existentes o a crearse, por lo será condición ineludible que el Arzobispado de Santa Fe de la Vera Cruz culmine con los trámites exigidos para ña habilitación correspondiente del Cementerio Monacal.
Que la Ley 2.756 en su artículo 41, inciso 24 determina entre las atribuciones del Departamento Ejecutivo Municipal la “…reglamentación de cementerios”.
Por ello; y en uso de las competencias que le son propias;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: Autorizar la radicación de un “Cementerio Monacal” en el inmueble sito en Av. López y Planes Nº 4108, para la inhumación de los restos mortales de las religiosas de la “Orden Monacal de las Monjas Descalzas de la Orden de la Bienaventurada Virgen María del Monte Carmelo”, una vez finalizados los trámites de la habilitación correspondiente.
Art. 2°: Con nota de estilo remitir la presente al Honorable Concejo Municipal a los fines que estime corresponder.

Read More

Resolución Intendente N° 172/2016

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 172/2016
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0352-01305255-0

Resumen

Autorizar a Fiscalía Municipal a celebrar Convenio Transaccional, en el marco de los autos caratulados “Municipalidad de Santa Fe c/ CERVIGNI, Miguel Angel s/ Daños y Perjuicios” (Expediente Nº 217/2013) de trámite ante el Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual Nº 4- Primera Secretaría de esta ciudad de Santa Fe, en los términos expuestos precedentemente.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. María Martín, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 172

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 01 JUL 2016
VISTO:
El Documento DE-0352-01305255-0 (NI), y
CONSIDERANDO:
Que, por las actuaciones de referencia, la Abog. Lorena Capoccetti, pone en conocimiento que se iniciaron los autos caratulados “Municipalidad de Santa Fe c/ CERVIGNI, Miguel Angel s/ Daños y Perjuicios” (Expediente Nº 217/2013) de trámite ante el Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual Nº 4- Primera Secretaría de esta ciudad de Santa Fe, tendientes a obtener el cobro de pesos trece mil ciento treinta y dos ($ 13.132), con más sus intereses y costas judiciales, en concepto de indemnización por los daños ocasionados al patrimonio municipal con motivo del accidente automovilístico protagonizado por el demandado, en Avenida Facundo Zuviría y Diagonal Goyena.
Que, la suma demandada proviene del cómputo de gastos y presupuesto para cambio del artefacto dañado, oportunamente efectuado por la Dirección de Alumbrado Público y Electromecánica, en el expediente DE-0352-01218176-4, el que fue presentado en el Juzgado como prueba documental al interponer la demanda.
Que, en dicho marco, el demandado y su compañía aseguradora realizaron una nueva propuesta transaccional consistente en un pago cancelatorio e íntegro de todos los rubros reclamados por la suma de pesos dieciséis mil ($ 16.000) netos para esta Municipalidad (capital, intereses y gastos judiciales y demás accesorios).
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:
Art. 1º.- Autorizar a Fiscalía Municipal a celebrar Convenio Transaccional, en el marco de los autos caratulados “Municipalidad de Santa Fe c/ CERVIGNI, Miguel Angel s/ Daños y Perjuicios” (Expediente Nº 217/2013) de trámite ante el Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual Nº 4- Primera Secretaría de esta ciudad de Santa Fe, en los términos expuestos precedentemente.-
Art. 2º.- Remitir copia de la presente a Fiscalía Municipal, y la Secretaría de Hacienda para su conocimiento. Cumplimentado, archívese.-

Read More

Resolución Intendente N° 150/2016

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 150/2016
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Planeamiento Urbano
  • N° expediente: DE-0448-01251833-8

Resumen

Autorizar la transferencia de la Licencia de taxi Nº 464, de titularidad del Sr. Carlos Alberto MANUALE – D.N.I. Nº 11.903.518, a favor del Sr. Omar Ángel GERLERO – D.N.I. Nº 12.471.870, de conformidad a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 11.661/09.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Arq. Marcelo PASCUALON, Secretario de Planeamiento Urbano
Dr. Carlos Alberto Pereira, Secretario General

Texto completo de la norma

RESOLUCIÓN Nº 150

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 23 JUN 2016

VISTO:
El Expte. DE-0448-01251833-8 (VS), y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante los actuados de referencia, el Sr. Carlos Alberto MANUALE – D.N.I. – Nº 11.903.518, Titular de la Licencia de Taxi Nº 464, solicita autorización para transferir dicha licencia a favor del Sr. Omar Ángel GERLERO – D.N.I. Nº 12.471.870;
Que, el Departamento Técnico de la Dirección de Habilitaciones del Transporte Público informó las inspecciones mecánicas realizadas en la unidad afectada a la licencia antes mencinada, haciendo observaciones de períodos de interrupciones en la prestación del servicio;
Que, la Dirección de Habilitaciones del Transporte Público manifestó que se han cumplimentado los requisitos exigibles para realizar la transferencia de licencia de taxi, acotando a su vez que, según sus registros, no existen antecedentes de que los interesados, la licencia, ni el vehículo estén afectados a medidas cautelares judiciales;
Que, obra informe de la Dirección de Rentas donde consta que la licencia en cuestión se encuentra libre de deuda municipal;
Que, se acompaña la documental requerida y los informes respectivos, a los fines de cumplimentar con la normativa vigente según Ordenanza Nº 11.661/09;
Que, surge del expediente la constancia de pago del derecho de transferencia, de acuerdo a lo informado por la Dirección de Habilitaciones del Transporte Público;
Que, la Asesora Legal de la Secretaría de Planeamiento Urbano mediante dictamen Nº 32/16 estima factible el dictado del acto administrativo que autorice la transferencia solicitada;
Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:
Art. 1º: Autorizar la transferencia de la Licencia de taxi Nº 464, de titularidad del Sr. Carlos Alberto MANUALE – D.N.I. Nº 11.903.518, a favor del Sr. Omar Ángel GERLERO – D.N.I. Nº 12.471.870, de conformidad a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 11.661/09.-
Art. 2º: Por Dirección de Habilitaciones del Transporte Público notifíquese de lo dispuesto a los interesados y a la Dirección de Rentas a sus efectos. Cumplimentado, ARCHÍVESE.-

Read More

Resolución Intendente N° 095/2016

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 095/2016
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Desarrollo Social
  • N° expediente: DE-0417-01297311-1

Resumen

Otorgar a la Sra. Griselda Noemí ORZO, D.N.I. Nº 25.416.191, en concepto de ayuda económica única y excepcional, no reintegrable, la suma de cien mil pesos ($ 100.000), pagaderos en dos (2) cuotas de cincuenta mil pesos ($50.000) cada una, por las razones expuestas en los considerandos precedentes.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Arq. Carlos Medrano, Secretario de Desarrollo Social
CPN María Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. María Martín, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 095

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 23 MAY 2016
VISTO:
El Documento DE-0417-01297311-1 (NI); y
CONSIDERANDO:
Que, la Secretaría de Desarrollo Social solicita el otorgamiento de una ayuda económica de cien mil pesos ($100.000) pagaderos en dos (2) cuotas de cincuenta mil pesos ($50.000) cada una, para la Sra. Griselda Noemí ORZO, D.N.I. Nº 25.416.191.
Que, el servicio social interviniente sugiere el otorgamiento de una ayuda económica a favor de la Sra. ORZO atento al problema habitacional que padece y la situación de exclusión y vulnerabilidad social en la que se encuentra.
Que, dicha ayuda económica le permitirá mejorar las condiciones de vida y minimizar la situación de riesgo a la que está expuesto, con un mayor acceso al sistema de bienes y servicios del Estado.
Que, debe dictarse el acto administrativo pertinente que otorgue la ayuda económica requerida.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:
Art. 1º: Otorgar a la Sra. Griselda Noemí ORZO, D.N.I. Nº 25.416.191, en concepto de ayuda económica única y excepcional, no reintegrable, la suma de cien mil pesos ($ 100.000), pagaderos en dos (2) cuotas de cincuenta mil pesos ($50.000) cada una, por las razones expuestas en los considerandos precedentes.-
Art. 2º: La beneficiaria deberá ajustarse a lo establecido en la Resolución Nº 014/13.-
Art. 3º: La presente erogación se imputará en Jurisdicción Secretaría de Desarrollo Social – Categoría Programática: 01.75.00- Subsecretaría de Acción Social – O. del Gasto: 5.1.4.0-Transferencias a personas – Fuente de Financiamiento: 210- Transferencias Externas.-
Art. 4º: Por Subsecretaría de Acción Social, Secretaría de Desarrollo Social, notifíquese a la beneficiaria de lo dispuesto.

Read More

Resolución Intendente N° 054/2016

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 054/2016
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Desarrollo Social
  • N° expediente: DE-0417- 01283714-2

Resumen

Otorgar una ayuda económica de cuatro mil pesos ($ 4.000,00) por el término de seis meses a partir del 1º de Abril de 2016 a cada una de las personas cuya nómina se acompaña como Anexo I, en el marco del Plan “Calles Seguras: Infancia y Juventud Protegida” numerado y registrado por Decreto DMM Nº 01948/2013.

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Arq. Carlos Medrano, Secretario de Desarrollo Social
CPN María Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. María Martín, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCIÓN Nº 054

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 06 ABR 2016
VISTO:
La nota DE-0417- 01283714-2, (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, por la nota del Visto, la Secretaría de Desarrollo Social solicita se otorgue una ayuda económica de cuatro mil pesos ($ 4.000,00) por un período de seis meses a partir del 1º de Abril de 2016 a cien personas, cuya nómina se acompaña como Anexo I, a efectos de asistirlos económicamente, en el marco del Plan “Calles Seguras: Infancia y Juventud Protegida” numerado y registrado por DMM Nº 01948/2013.

Que, por Resoluciones Nº 189/2014; Nº 561/2014, Nº 140/2015 y Nº 459/2015, fueron otorgadas ayudas económicas a las personas incluidas en las nóminas correspondientes a dichas disposiciones, por idénticos períodos, en dicho marco normativo.

Que, desde dicha Secretaría se destacó la necesidad de sostener en el tiempo el beneficio a los efectos de reconocer verdaderos cambios a partir del esfuerzo institucional y de los beneficiarios.

Que, dentro de las acciones del citado Plan se incluye el acompañamiento del equipo multidisciplinario dependiente de la Subsecretarías de Acción Social – Programa de Promoción Social- y del Programa de Iniciativa Comunitaria y Cooperativas de Trabajo, con el fin de orientar a los beneficiarios procurando la reinserción laboral.

Que, dicha ayuda económica supone un gran beneficio, atento que en función del compromiso de capacitación laboral asumido por los beneficiarios, en alguna de las alternativas ofrecidas por el Plan, esto implicará el abandono del trabajo ilegal en la vía pública.

Que, este Departamento Ejecutivo considera oportuno y conveniente acceder a lo peticionado.

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:
Art. 1º.- Otorgar una ayuda económica de cuatro mil pesos ($ 4.000,00) por el término de seis meses a partir del 1º de Abril de 2016 a cada una de las personas cuya nómina se acompaña como Anexo I, en el marco del Plan “Calles Seguras: Infancia y Juventud Protegida” numerado y registrado por Decreto DMM Nº 01948/2013.
Art. 2º.- La suma indicada en el articulo anterior se efectivizará en forma mensual entre el día 5 y el día 10 del mes inmediato posterior.
Art. 3º.- Los beneficiarios deberán ajustarse a lo establecido en la Resolución Nº 014/13.
Art. 4º.- La presente erogación se imputará en la Secretaría de Desarrollo Social – Categoría Programática 35.00.00 O. del Gasto: 5.1.4.0 – Transferencia a personas – Fuente de Financiamiento: 110- Tesoro municipal.
Art. 5º. Tome conocimiento la Subsecretaría de Acción Social y el Programa de Iniciativa Comunitaria y
Cooperativas de Trabajo – Secretaría de Desarrollo Social – la que debe hacer saber de lo dispuesto a los interesados.

Read More

Resolución Intendente N° 049/2016

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 049/2016
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE- 0429-01260521-8

Resumen

Autorizar la liquidación del suplemento por Subrogancia a los agentes que se detallan en los Anexos I y II, a partir de la fecha consignada en cada caso y por el término de 90 (noventa) días.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. María Martín, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 049

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 01 ABR 2016

VISTO:

El Documento DE- 0429-01260521-8 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, la Subsecretaria de la Función Pública solicita autorización para la liquidación del suplemento por Subrogancia a los agentes detallados en los anexos adjuntos a la presente.
Que, la Dirección de Personal informa que los datos de los agentes propuestos son coincidentes con sus registros.
Que, a efectos de no resentir el normal funcionamiento de las dependencias donde se encuentran vacantes los cargos a subrogar, este Departamento Ejecutivo Municipal considera oportuno y conveniente el dictado de la norma que autorice lo solicitado.
Por ello,
El INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1º: Autorizar la liquidación del suplemento por Subrogancia a los agentes que se detallan en los Anexos I y II, a partir de la fecha consignada en cada caso y por el término de 90 (noventa) días.-
Art. 2º: Autorizar, el otorgamiento del suplemento Función Directiva a quienes subrogarán las categorías 22, 23 y 24, incluidos en el Anexo II, en los términos y con los alcances previstos en el Acta Acuerdo numerada y registrada por Decreto D.M.M. Nº 02604/2013.-
Art. 3º: Notifíquese y remítase copia de la presente disposición a las áreas involucradas. Cumplimentado, ARCHÍVESE.-

Read More

Resolución Intendente N° 444/2016

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 444/2016
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Hacienda
  • N° expediente: DE 0457-01248514-0 (NI)

Resumen

Hacer lugar al Recurso de Reconsideración interpuesto por la Sra. Norma Silvia Abraham, representante de la firma Aba Media S.R.L. y en consecuencia declarar prescripta la deuda que mantiene la firma Aba Media S.R.L. con la Municipalidad de Santa Fe en concepto de Derecho de Registro e Inspección, Padrón Nº 98762, correspondiente a los meses de abril, mayo y junio del año 2010.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
CPN María Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. María Martín, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCION N° 444

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 26 DIC 2016

VISTO:

El Documento DE 0457-01248514-0 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la actuación de referencia, la Sra. Norma Silvia Abraham, representante de la firma Aba Media S.R.L., interpuso recurso administrativo contra la Liquidación del Derecho de Registro e Inspección Nº 53433934 emitida por la Dirección de Rentas;

Que, manifiesta la recurrente que al solicitar la baja de la empresa Aba Media S.R.L., padrón Nº 98762, se le intimó el pago de los períodos correspondientes a los meses de abril, mayo y junio del año 2010;

Que, sostiene que en el mes de marzo de 2010 se generó una nota de crédito por una factura de pesos treinta mil ($30.000) del mes de enero del mismo año, creándose un pago a cuenta que la Administración debió haber reconocido, sosteniendo además que la deuda se encuentra prescripta;

Que, la Dirección de Rentas dictó la Resolución Nº 1182/2015 declarando admisible el recurso interpuesto;

Que, Fiscalía Municipal, mediante Dictamen Nº 100/2016, expresa que el Código Tributario Municipal Ley Nº 8173 establece en su artículo 34: “Prescribe a los cinco (5) años: a) Las facultades y poderes del Municipio para determinar las obligaciones fiscales de su jurisdicción y rectificar las declaraciones juradas, exigir el pago y aplicar recargos y multas; b) Las acciones para el cobro judicial de toda clase de deudas fiscales; c) La acción de repetición que puedan ejercer los contribuyentes o responsables, o sus causahabientes. Modificado por: Ley 11.443 de Santa Fe. Art. 1”;

Que, el artículo 35 dispone: “El plazo para la prescripción en los casos mencionados en el artículo anterior, salvo para la acción de repetición, comenzará correr a partir del primero de enero del año siguiente en que se produzca: a) La exigibilidad del pago del tributo; b) Las infracciones que sanciona este Código o sus Ordenanzas. El término de prescripción para la acción de repetición comenzara a correr desde la fecha del pago”;

Que, asimismo el artículo 36 reza: “La suspensión y la interrupción de los términos de prescripción se regirá por las disposiciones pertinentes del Código Civil”;

Que, siendo que la deuda corresponde a períodos del año 2010, el plazo de prescripción de cinco (5) años comenzó a correr el 01/01/2011, feneciendo el 31/12/2015, sin mediar a la fecha intimación fehaciente de pago del rubro reclamado, ni acción judicial iniciada, por lo que se ha operado la prescripción;

Que, este Departamento Ejecutivo resulta competente a los fines de emitir el presente acto administrativo;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: Hacer lugar al Recurso de Reconsideración interpuesto por la Sra. Norma Silvia Abraham, representante de la firma Aba Media S.R.L. y en consecuencia declarar prescripta la deuda que mantiene la firma Aba Media S.R.L. con la Municipalidad de Santa Fe en concepto de Derecho de Registro e Inspección, Padrón Nº 98762, correspondiente a los meses de abril, mayo y junio del año 2010.-

Art. 2º. Remitir la presente a Dirección de Rentas a los fines de su conocimiento.-

Art. 3º: Por Dirección de Mesa de Entradas Única, notificar fehacientemente a los recurrentes de lo dispuesto en autos, en el domicilio legal constituido.-

Read More

Resolución Intendente N° 129/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 129/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Desarrollo Estratégico y Resiliencia
  • N° expediente: DE-0448-01238798-1, y;

Resumen

Rechazar lo peticionado por la concesionaria BONAVERI-ZIMMERMAN S.R.L de extender el plazo de la concesión a 20 años por la inversión efectuada.
Tomen conocimiento de la presente las Secretarias de Desarrollo Estratégico y Resiliencia y de Planeamiento Urbano.

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Lic. Andrea Valsagna, Secretaria de Desarrollo Estratégico y Resiliencia
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 129

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 08 MAY 2018

VISTO:

El Documento DE-0448-01238798-1, y;

CONSIDERANDO:

Que, las presentes actuaciones se inician atento al pedido de extensión del plazo de concesión a 20 años del Complejo Restaurante y Otros Servicios Turísticos Costanera Este por el plazo máximo que permite el Pliego;

Que, la firma BONAVERI-ZIMMERMAN S.R.L. es adjudicataria por Decreto D.M.M. Nº 01975/12 de la Licitación Pública nº 04/12 para la “Concesión de Obra Pública consistente en la culminación de la construcción y posterior explotación de Restaurante y otros Servicios Turísticos Costanera Este” conforme Ordenanza nº 11.918;

Que, en dichos pliegos se estipuló: “Art. 7: Plazo de la Concesión: El plazo de la Concesión compone uno de los ítems integrativos de la propuesta, siendo la puntuación que se otorgue inversamente proporcional al plazo ofrecido: a menor plazo de concesión mayor puntaje. Pero en ningún caso podrá ser superior a los veinte (20) años contados desde la fecha de inicio de la concesión y no será prorrogable”;

Que, el plazo ofertado por el oferente que no supere el máximo de Concesión fijada en 20 años, tenía un puntaje de 30 puntos, tenidos en consideración por la Comisión Evaluadora al momento de seleccionar un adjudicatario de entre las propuestas presentadas;

Que, habiéndose dado intervención a la Subsecretaría de Obras de Arquitectura, Programa Obras y Licitaciones, la misma realizó la inspección de obra a fin de velar que los materiales y la mano de obra empleada cumplieran con lo establecido en el pliego y planos licitatorios, pero que, “al no encuadrarse dentro de los sistemas de contratación tradicionales (ajuste alzado, unidad de medida) no se puede establecer si la diferencias de precio plateada por la contratista responde a cambios en materiales, a errores en cómputos o simplemente a actualizaciones de costos producto del proceso inflacionario que sufre cualquier obra (redeterminaciones de precios) ya que en este particular, los costos de cada ítems no son tenidos en cuenta, solo el avance en función a los porcentajes de incidencia;

Que, tomando intervención la Dirección de Ingeniería de la Secretaría de Recursos Hídricos, informa que el presupuesto oficial para el tendido de toda la Obra Cloacal en la Costanera Este, es a octubre de este año de $ 811.077,69 y aclara que “no se puede establecer si se corresponde la cotización presentada por el recurrente con los trabajos de obra fehacientemente realizados porque
no se condice el cómputo de dicha obra con el plano presentado, ni tampoco se adjunta factura que acredite el pago”;

Que, por todo lo expuesto corresponde dictar el acto administrativo correspondiente;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1º: Rechazar lo peticionado por la concesionaria BONAVERI-ZIMMERMAN S.R.L de extender el plazo de la concesión a 20 años por la inversión efectuada.

Art. 2º: Tomen conocimiento de la presente las Secretarias de Desarrollo Estratégico y Resiliencia y de Planeamiento Urbano.

Art. 3º: Por Secretaría Desarrollo Estratégico y Resiliencia, notifíquese al recurrente con nota de estilo.

Read More

Resolución Intendente N° 664/2017

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 664/2017
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0448-01385454-2

Resumen

Aprobar y registrar lo actuado por la Comisión de Becas, en el marco de los establecido por Ordenanza Nº 8926, correspondiente al Colegio La Salle-Jobson, para el período marzo- diciembre de 2017, otorgando el beneficio de beca correspondiente a cada alumno detallado en el Anexo que se adjunta y forma parte integrante de la presente Resolución.

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 664

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 29 DIC 2017
VISTO:

El Documento DE-0448-01385454-2 (VS) y sus gloses, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante las actuaciones de referencia, el Colegio La Salle-Jobson solicitan su adhesión al Sistema de Becas por Compensación de pago de la Tasa General de Inmuebles, establecido para los establecimientos privados sin fines de lucro dedicados a la enseñanza no gratuita, primaria y secundaria y/o terciaria con planes de estudios oficiales aprobados por los organismos estatales, establecido en el art. 1º de la Ordenanza Nº 8926;
Que, la Dirección de Rentas de la Secretaría de Hacienda emitió los informes pertinentes respecto a los importes en concepto de Tasa General de Inmuebles, correspondientes a los inmuebles afectados a la docencia de la institución;
Que, la Secretaría de Educación adjunta las solicitudes de becas presentadas por los alumnos del colegio;
Que, se someten a consideración de la Comisión de Becas dichas solicitudes y la documentación respaldatoria, obrante en la actuación de referencia;
Que, analizadas las presentaciones y verificado el cumplimiento de los requisitos, en virtud de los dispuesto en el art. 4 de la Ordenanza Nº 8926, la Comisión de Becas conviene en otorgar el beneficio becario, de marzo a diciembre de 2017, a los alumnos detallados en los anexos que se adjuntan;
Que, corresponde el dictado del acto administrativo cuyo objeto disponga aprobar y registrar lo actuado por la Comisión de Becas;
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1º: Aprobar y registrar lo actuado por la Comisión de Becas, en el marco de los establecido por Ordenanza Nº 8926, correspondiente al Colegio La Salle-Jobson, para el período marzo- diciembre de 2017, otorgando el beneficio de beca correspondiente a cada alumno detallado en el Anexo que se adjunta y forma parte integrante de la presente Resolución.
Art. 2°: Remítase a la Dirección de Rentas de la Secretaría de Hacienda a los fines de realizar la correspondiente compensación y a la Secretaría de Educación a los fines de notificar a la entidad educativa. Cumplimentado, ARCHÍVESE.

Read More

Resolución Intendente N° 663/2017

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 663/2017
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0429-01448471-1

Resumen

Limítense a la fecha consignada en cada caso, los contratos de servicios suscriptos con las personas detalladas en el Anexo I adjunto, que integra la presente, en virtud de lo establecido por la Cláusula 5º de los respectivos contratos.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 663

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 29 DIC 2017

VISTO:
El Documento DE-0429-01448471-1 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, en la actuación de referencia, la Subsecretaría de la Función Pública solicita la limitación de los contratos de servicios suscriptos con las personas detalladas en el Anexo I adjunto, en virtud de lo previsto por la Cláusula 5º de los respectivos contratos;
Que, corresponde dictar el acto administrativo que así lo disponga, a partir de las fechas consignadas en el mencionado anexo;
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:
Art. 1º: Limítense a la fecha consignada en cada caso, los contratos de servicios suscriptos con las personas detalladas en el Anexo I adjunto, que integra la presente, en virtud de lo establecido por la Cláusula 5º de los respectivos contratos.-
Art. 2º: Remitir copia de la presente a la Dirección de Administración Financiera. Cumplimentado, ARCHIVESE.-

Read More