Decreto DMM N° 00098/2020

INFORMACIÓN DETALLADA

  • Procedencia: DEMTipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00098/2020Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de GobiernoN° expediente: DE-1211-01663499-0 (NI)

Resumen
Numérese y regístrese en el D.M.M. el Convenio para la Escrituración de Lotes, suscripto entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe, el Ente Autárquico Santa Fe Hábitat: Agencia para el Desarrollo Social y Urbano y el Colegio de Escribanos de la Provincia de Santa Fe – Primera Circunscripción, en fecha 21 de mayo de 2020, que como Anexo forma parte del presente Decreto.

Fimantes
Lic. Raúl Emilio Jatón, Intendente
C.P.N. Nicolás Daniel Aimar, Secretario de GobiernoTEXTO COMPLETO DE LA NORMA

DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE GOBIERNO – AÑO 2020 – Nº 00098

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 22 MAY 2020

VISTO:

El Documento DE-1211-01663499-0 (NI) y;

CONSIDERANDO:

Que en la actuación de referencia, se adjunta Convenio para la Escrituración de Lotes, suscripto entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe, el Ente Autárquico Santa Fe Hábitat: Agencia para el Desarrollo Social y Urbano y el Colegio de Escribanos de la Provincia de Santa Fe – Primera Circunscripción, en fecha 21 de mayo de 2020.

Que el objeto de dicho convenio tendrá por objeto la colaboración en la confección de las Escrituras de Compraventa, Reglamentos de Propiedad Horizontal y Afectación a la Vivienda, si correspondiere y todas las demás que se encuentren comprendidas y/o se deban otorgar con motivo del Programa de Regularización Dominial de los lotes ubicados en jurisdicción municipal con destino a viviendas únicas y permanentes de conformidad a las Ordenanzas N° 8.240 y 11.631.

Que por lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo de este Departamento Ejecutivo de numeración y registración del Convenio citado.

Por ello:

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ DECRETA:

Art. 1º: Numérese y regístrese en el D.M.M. el Convenio para la Escrituración de Lotes, suscripto entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe, el Ente Autárquico Santa Fe Hábitat: Agencia para el Desarrollo Social y Urbano y el Colegio de Escribanos de la Provincia de Santa Fe – Primera Circunscripción, en fecha 21 de mayo de 2020, que como Anexo forma parte del presente Decreto.

Art. 2°: Refréndese el presente Decreto por el Secretario de Gobierno.

Art. 3°: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.

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Decreto DMM N° 00096/2020

INFORMACIÓN DETALLADA

  • Procedencia: DEMTipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00096/2020Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de GobiernoN° expediente:

Resumen
Numérese y regístrese en el D.M.M. el Convenio suscripto entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y la Municipalidad de Santa Fe, en fecha 30 de abril de 2020, que como anexo se adjunta y forma parte integrante del presente.

Fimantes
Lic. Raúl Emilio Jatón, Intendente
Abog. Carolina Piedrabuena, Secretaria de Hacienda
C.P.N. Nicolás Daniel Aimar, Secretario de Gobierno
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE GOBIERNO – AÑO 2020 – Nº 00096

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 15 MAY 2020

VISTO:
La Resolución N° 231/2020 del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, y;
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 485/16 del citado organismo, se creó el “Programa de Asistencia por Situaciones de Emergencias Climáticas y Catástrofes Naturales o Accidentales”, estableciendo una línea programática que le permite a dicho Ministerio otorgar subsidios gubernamentales en situaciones de emergencia.
Que en fecha 12 de marzo de 2020, El Poder Ejecutivo Nacional dictó el Decreto N° 260/2020 a través del cual amplió la Emergencia Pública en materia Sanitaria declarada en la República Argentina por la Ley N° 27.541, modificado por Decreto N° 287/2020.
Que, en consecuencia, la Municipalidad de Santa Fe, solicitó asistencia al mencionado Ministerio a fin de poder brindar respuesta de forma inmediata y coordinada con el propósito de contener la enfermedad e interrumpir la propagación y el contagio.
Que en fecha 28 de abril de 2020, por Resolución N° 231 del Ministro de Desarrollo Social de la Nación, se aprobó el convenio a suscribir con la Municipalidad de Santa Fe y se le otorgó, a esta última, un subsidio de PESOS OCHO MILLONES ($ 8.000.000) destinado a la adquisición de alimentos y artículos de higiene.
Que por lo expuesto corresponde dictar el acto administrativo de numeración y registro del Convenio suscripto entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y la Municipalidad de Santa Fe, y aceptar los fondos otorgados.
Por ello:
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA:

Art. 1°: Numérese y regístrese en el D.M.M. el Convenio suscripto entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y la Municipalidad de Santa Fe, en fecha 30 de abril de 2020, que como anexo se adjunta y forma parte integrante del presente.
Art. 2º: Acéptese la transferencia de PESOS OCHO MILLONES ($ 8.000.000) realizada por el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, según el Resolución Nº 231/2020 de ese organismo nacional.
Art. 3º: Refréndese el presente Decreto por el Secretario de Gobierno y la Secretaria de Hacienda.
Art. 4º: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.

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Decreto DMM N° 00074/2020

INFORMACIÓN DETALLADA

  • Procedencia: DEM
    Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00074/2020
    Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Hacienda
    N° expediente: 0479-01660315-1 (NI)

Resumen
Encuádrese la presente gestión en los términos del artículo 4°, inciso b) del Decreto N° 1857/79.
Apruébese la contratación directa, adjudicando conforme al detalle obrante en el Anexo I.

Fimantes
Lic. Raúl Emilio Jatón, Intendente
Lic. María Victoria Rey, Secretaría de Políticas de Cuidado y Acción Social
Abog. Carolina Piedrabuena, Secretaria de Hacienda
C.P.N. Nicolás Daniel Aimar, Secretario de Gobierno

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE HACIENDA – AÑO 2020 – Nº 00074

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 16 ABR 2020

VISTO:

El Documento 0479-01660315-1 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, en las actuaciones de referencia obra la Solicitud de Pedido Nº 784 para la Compra Directa de dos mil (2.000) lavandinas de un litro para entrega diaria, por el período de treinta (30) días, con entregas semanales de 15.000 unidades por Emergencia Sanitaria COVID-19;

Que, a fs. 1, la Secretaria de Políticas de Cuidados y Acción Social fundamenta la necesidad de la presente gestión;

Que la adquisición de los productos e insumos que se gestionan son de suma necesidad y urgencia para enfrentar las consecuencias de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en relación al nuevo coronavirus COVID-19, la cual diera fundamento al Decreto N° 260/2020 del Poder Ejecutivo Nacional, al Decreto Nº 213/2020 del Poder Ejecutivo Provincial, y a varios Decretos Municipales emitidos en consecuencia (Decretos D.M.M. N° 42/2020, N° 48/2020, N° 49/2020, etc.). Particularmente, el Decreto Nacional N° 297/2020 ordena a los ciudadanos mantener condiciones de aislamiento social, medida que ha sido prorrogada hasta el 26 de abril del corriente por Decreto N° 355/2020;

Que, en dicho contexto, la Municipalidad se comprometió a realizar las compras de los elementos de higiene indispensables a fin de garantizar la realización de los operativos, de manera conjunta con el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Santa Fe;

Que para ello resulta necesario contar con artículos de limpieza que puedan ser entregados de manera urgente e inmediata;

Que, por lo expuesto, la presente gestión debe enmarcarse en la excepción prevista en el art. 4°, inciso b), del Decreto 1857/79 habiendo “razones de urgencia en que debido a circunstancias imprevistas no pueda esperarse la Licitación Pública”, siendo necesario que el Departamento Ejecutivo Municipal autorice la gestión;

Que, en relación al procedimiento de selección del co-contratante con la Administración Municipal, cabe destacar que obra solicitud de pedidos de cotización, bajo el N° 784, remitida a la Secretaria de Hacienda;

Que, dicha gestión, se publicó en la página web del Municipio y desde la Dirección de Compras se solicitó cotización a distintos proveedores de la ciudad que puedan garantizar stock de lo requerido, debido a que por la situación de emergencia y las restricciones a la movilidad se observan dificultades de acceso a ciertos artículos;

Que, asimismo, se solicitó a la Cámara de Supermercados de Santa Fe que por su intermedio se de difusión a la presente gestión;

Que se adjuntan cotizaciones recibidas de las empresas Patricio Gihano por un monto de $864.000 por veintisiete mil unidades de un litro de lavandina, CAUSTISOL S.R.L. por un monto de $144.00 por dos mil cuatrocientas unidades de un litro de lavandina, CIP TAMBOS S.R.L. por un monto de $ 2.070.000 por sesenta mil unidades de un litro de lavandina; OLIVERA ROCIO INES (LIMPIECITO) por un monto de $2.100.000 por sesenta mil unidades de un litro de lavandina y SERVIMAT por un monto de $2.385.000 por sesenta mil unidades de un litro de lavandina;

Que en el informe de adjudicación se ponderan las ofertas, particularmente respecto a capacidad de entrega conforme especificaciones del requerimiento, sugiriendo la adjudicación al proveedor que garantiza la cantidad solicitada en las condiciones económicas más favorables. Asimismo, se agrega lista con los precios máximos informados por el Gobierno Nacional para la Provincia de Santa Fe, de donde surge la razonabilidad del monto de la oferta;

Que, luego de efectuado ese análisis en el informe de adjudicación, se recibe notificación del proveedor de la oferta más ventajosa (CIP TAMBOS S.R.L.) donde informa que, contrariamente a lo manifestado al momento de la cotización, no cuenta con la presentación del producto conforme las especificaciones técnicas (botella de un litro);

Que ante tal circunstancia las áreas intervinientes recomiendan adjudicar a OLIVERA ROCIO INES (LIMPIECITO), proveedora de la segunda oferta económicamente más conveniente;

Que ha tomado intervención el asesor legal de la Secretaria de Hacienda, emitiendo dictamen sin formular objeciones al procedimiento de selección;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ DECRETA:

Art. 1º: Encuádrese la presente gestión en los términos del artículo 4°, inciso b) del Decreto N° 1857/79.

Art. 2º: Apruébese la contratación directa, adjudicando conforme al detalle obrante en el Anexo I.

Art. 3º: Refréndense el presente por el Secretario de Gobierno, la Secretaria de Hacienda y de Políticas
de Cuidado y Acción Social.

Art. 4º: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.

 

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Decreto DMM N° 00089/2020

INFORMACIÓN DETALLADA

  • Procedencia: DEM
    Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00089/2020
    Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Hacienda
    N° expediente: DE 0479-01660611-3 (NI)

Resumen
Encuádrese la presente gestión en los términos del artículo 4°, inciso b) del Decreto N° 01857/79.
Apruébese la contratación directa, adjudicando a Rubén Oldani, CUIT N° 20-14558040-5, los ítems y en los términos detallados en el Anexo I, el cual forma parte del presente Decreto, por un monto total de pesos ochocientos treinta y tres mil cuatrocientos setenta ($ 833.470).

Fimantes
Lic. Raúl Emilio Jatón, Intendente
Abog. Carolina Piedrabuena, Secretaria de Hacienda
Lic. María Victoria Rey, Secretaría de Políticas de Cuidado y Acción Social
C.P.N. Nicolás Daniel Aimar, Secretario de Gobierno

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE HACIENDA – AÑO 2020 – Nº 00089

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 06 MAY 2020

VISTO:

El Documento DE 0479-01660611-3 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que la Organización Mundial de la Salud ha declarado pandemia a la enfermedad COVID-19, lo cual diera fundamento al Decreto N° 260/2020 del Poder Ejecutivo Nacional, al Decreto Nº 213/2020 del Poder Ejecutivo Provincial, y a los Decretos Municipales D.M.M. Nro. 00040/2020; 00041/2020; 00042/2020; 00043/2020; 00048/2020; 00049/2020; 00050/2020; 00060/2020 y 00061/2020.

Que en ese contexto, y con el objetivo de descomprimir las áreas críticas de hospitales de tercer nivel de atención, esta Municipalidad ha articulado estrategias sanitarias con el gobierno provincial para la implementación de espacios para personas, con diagnóstico confirmado o probable de SARS CoV-2, que cursen con síntomas leves y cuyas condiciones sociales o habitacionales dificulten la posibilidad de realizar aislamiento en sus domicilios.

Que, a tal efecto, mediante el convenio suscripto con el Ministerio de Gestión Pública de la Provincia de Santa Fe, numerado y registrado por Decreto D.M.M. Nº 00064/2020, y posterior adenda numerada y registrada por Decreto D.M.M. N° 00083/2020, se acordó en el marco del Programa “Atención de Gobiernos Locales – Emergencia COVID-19”, la instalación y puesta en funcionamiento de “Centros de Aislamiento Sanitario” en el ámbito territorial de jurisdicción de esta Municipalidad.

Que, a fin de garantizar la adecuada atención en dichos espacios, resulta necesario contar de forma urgente con ropa de cama (sábanas, toallas y frazadas).

Que por las actuaciones de referencia la Secretaría de Políticas de Cuidados y Acción Social, solicita la compra de los elementos mencionados, adjuntando la Solicitud de Pedido Nº 810 por un monto de pesos un millón setecientos veinte mil ($ 1.720.000,00).

Que mediante la Dirección de Compras, a través del sitio web del Municipio, se invitó a cotizar a distintos proveedores de la ciudad conforme a las especificaciones técnicas del servicio solicitado.

Que en el acta de recepción de ofertas consta que se han recibido cuatro (4): Rubén Oldani (Oldani Indumentaria) por un monto total de pesos ochocientos treinta y tres mil cuatrocientos setenta ($833.470); Mariano Spiler (Tienda Ultramar) por un total de pesos un millón doscientos treinta y cinco mil ($1.235.000); Mercotex S.A. por un monto de pesos un millón trescientos treinta y seis mil quinientos ($ 1.336.500); y Microtelco Solution S.A. por un monto total de pesos un millón cuatrocientos noventa y cinco mil ($1.495.000);

Que, la Secretaría de Políticas de Cuidados y Acción Social realiza informe técnico en donde detalla que las ofertas de Oldani Indumentaria de Rubén Oldani, Tienda Ultramar de Mariano Spiler y Microtelco Solution S.A. cumplen con la totalidad de lo solicitado. Por su parte, señala que la oferta de Mercotex S.A. cumple técnicamente los requerimientos en el ítem Nº 1 en sus propuestas B, C y D y en el ítem Nº 2 en sus ofrecimientos A y B, pero no se ajusta a los parámetros del ítem Nº 1 en la opción A, del ítem Nº 2 en su propuesta C, particularmente en cuanto al plazo de entrega, y del ítem Nº 3 en cuanto al gramaje requerido.

Que en el informe de pre-adjudicación de áreas competentes de la Secretaría de Hacienda consideran conveniente adjudicar al proveedor de la oferta más económica, en razón de presentar el menor precio y cumplir con las especificaciones técnicas solicitadas.

Que la Asesoría Legal interviniente señala que se encuentra acreditado el contexto de emergencia y las circunstancias excepcionales en que no pueden esperar los plazos de una Licitación Pública, por lo que la gestión debe enmarcarse en la excepción prevista en el artículo 4º inciso b) del Decreto Nº 01857/79.

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ DECRETA:

Art. 1º: Encuádrese la presente gestión en los términos del artículo 4°, inciso b) del Decreto N° 01857/79.

Art. 2º: Apruébese la contratación directa, adjudicando a Rubén Oldani, CUIT N° 20-14558040-5, los ítems y en los términos detallados en el Anexo I, el cual forma parte del presente Decreto, por un monto total de pesos ochocientos treinta y tres mil cuatrocientos setenta ($ 833.470).

Art. 3º: El presente gasto será imputado en el presupuesto vigente de la siguiente manera: Jurisdicción: 1110158000 – Secretaría de Políticas de Cuidado y Acción Social, Unidad Ejecutora: 56 – Secretaría de Políticas de Cuidado y Acción Social, Dependencia: 0158 -Secretaría de Políticas de Cuidado y Acción Social, Fuente de Financiamiento: 132 – De Origen Provincial.

Art. 4º: Refréndense el presente las Secretarias de Hacienda y de Políticas de Cuidado y Acción Social, y el Secretario de Gobierno.

Art. 5º: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.

 

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Decreto DMM N° 00077/2020

INFORMACIÓN DETALLADA

  • Procedencia: DEM
    Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00077/2020
    Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Hacienda
    N° expediente: DE-0479-01660141-1 (NI)

Resumen
Encuádrese la presente gestión en los términos del artículo 4°, inciso b) del Decreto N° 01857/79.
Apruébese la contratación directa, adjudicando a TECSUS S.R.L., CUIT 30-71433028-0, por un valor unitario por cama ocupada por día de quinientos cuarenta y cinco pesos con ochenta y cinco centavos ($545,85), y hasta un máximo de catorce millones setecientos treinta y siete mil novecientos cincuenta pesos ($14.737.950).
Apruébese el modelo de contrato con la empresa TECSUS S.R.L., que como ANEXO se adjunta y forma parte integrante del presente, autorizando a suscribirlo a la Secretaria de Políticas de Cuidado y Acción Social.

Fimantes
Lic. Raúl Emilio Jatón, Intendente
Abog. Carolina Piedrabuena, Secretaria de Hacienda
Lic. María Victoria Rey, Secretaría de Políticas de Cuidado y Acción Social
C.P.N. Nicolás Aimar, Secretario de Gobierno

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE HACIENDA – AÑO 2020 – Nº 00077
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 20 ABR 2020
VISTO:
El Documento DE-0479-01660141-1 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que la Organización Mundial de la Salud ha declarado pandemia a la enfermedad COVID-19, lo cual diera fundamento al Decreto N° 260/2020 del Poder Ejecutivo Nacional, al Decreto Nº 213/2020 del Poder Ejecutivo Provincial, y a los Decretos Municipales D.M.M. Nro. 00040/2020; 00041/2020; 00042/2020; 00043/2020; 00048/2020; 00049/2020; 00050/2020; 00060/2020 y 00061/2020.
Que, en ese contexto y con el objetivo de descomprimir las áreas críticas de hospitales de tercer nivel de atención, esta Municipalidad ha articulado estrategias sanitarias con el gobierno provincial para la implementación de espacios para personas con diagnóstico confirmado o probable de SARS CoV-2 que cursen con síntomas leves y cuyas condiciones sociales o habitacionales dificulten la posibilidad de realizar aislamiento en sus domicilios.
Que, a tal efecto, mediante el convenio suscripto con el Ministerio de Gestión Pública de la Provincia de Santa Fe, numerado y registrado por Decreto D.M.M. Nº 00064/2020, se acordó en el marco del Programa “Atención de Gobiernos Locales – Emergencia COVID-19” el acondicionamiento y puesta en marcha de dos “Centros de Aislamiento Sanitario” en los predios de la Unión del Personal Civil de la Nación (U.P.C.N) – Club de Campo y de la Asociación Sindical de Obreros y Empleados Municipales (A.S.O.E.M).
Que a fin de garantizar las condiciones de sanidad y salubridad que la normativa vigente exige en dichos espacios resulta necesario contar en manera urgente con un “Servicio Integral de Limpieza”, cuya modalidad de prestación pueda adaptarse al nivel de demandad.
Que por las actuaciones de referencia la Dirección Ejecutiva de Salud y Promoción Comunitaria, dependiente de la Secretaría de Cuidados y Acción Social, solicita la contratación del servicio adjuntando la Solicitud de Pedido Nº 765 por un monto de catorce millones setecientos treinta y siete mil novecientos cincuenta pesos ($14.737.950) y las especificaciones técnicas correspondientes.
Que se realizó la publicación de la gestión en el sitio web del Municipio y se solicitó, mediante la Dirección de Compras, cotizaciones a distintos proveedores de la ciudad que puedan cumplir con el servicio solicitado conforme a las especificaciones técnicas.
Que se adjuntan cotizaciones por recibidas de las empresas TECSUS S.R.L., por un valor unitario por cama ocupada de quinientos cuarenta y cinco pesos con ochenta y cinco centavos ($545.85), ascendiendo el máximo presupuestado a catorce millones setecientos treinta y siete mil novecientos cincuenta pesos ($14.737.950); y DELTA LIMPIEZA de César Jorge Villalba por un valor unitario por cama ocupada de mil doscientos cincuenta pesos ($1.250) resultando el monto máximo presupuestado de treinta y tres millones setecientos cincuenta mil pesos ($33.750.000), ambas ofertas para el supuesto de trescientas (300) unidades durante noventa días.
Que la Dirección Ejecutiva de Salud y Promoción Comunitaria de la Secretaría de Políticas de Cuidado y Acción Social realiza informe técnico en donde manifiesta que las empresas que cotizaron cumplen con las especificaciones técnicas del pedido de cotización.
Que en el informe de pre-adjudicación de áreas competentes de la Secretaría de Hacienda consideran conveniente adjudicar al proveedor de la oferta más económica, en razón de presentar el menor precio y cumplir con las especificaciones técnicas solicitadas.
Que la Asesoría Legal de la Secretaría de Hacienda señala que atento al contexto de emergencia y circunstancias excepcionales que no pueden esperar los plazos de una Licitación Pública, la gestión debe enmarcarse en la excepción prevista en el artículo 4º inciso b) del Decreto Nº 01857/79.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ DECRETA:
Art. 1º: Encuádrese la presente gestión en los términos del artículo 4°, inciso b) del Decreto N° 01857/79.
Art. 2º: Apruébese la contratación directa, adjudicando a TECSUS S.R.L., CUIT 30-71433028-0, por un valor unitario por cama ocupada por día de quinientos cuarenta y cinco pesos con ochenta y cinco centavos ($545,85), y hasta un máximo de catorce millones setecientos treinta y siete mil novecientos cincuenta pesos ($14.737.950).
Art. 3º: Apruébese el modelo de contrato con la empresa TECSUS S.R.L., que como ANEXO se adjunta y forma parte integrante del presente, autorizando a suscribirlo a la Secretaria de Políticas de Cuidado y Acción Social.
Art. 4º: Refréndense el presente las Secretarias de Hacienda y de Políticas de Cuidado y Acción Social, y el Secretario de Gobierno.
Art. 5º: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.

 

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Decreto DMM N° 00095/2020

INFORMACIÓN DETALLADA

  • Procedencia: DEM
    Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00095/2020
    Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Hacienda
    N° expediente: DE-0854-01646021-4 (NI)

Resumen
Numérese y regístrese en el D.M.M. el Acta de Prorroga de Locación de Inmueble suscripta entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y las Sras. Gabriela Sodero y Mariana Casis, que se adjunta y forma parte del presente decreto.

Fimantes
Lic. Raúl Emilio Jatón, Intendente
Abog. Carolina Piedrabuena, Secretaria de Hacienda
C.P.N. Nicolás Aimar, Secretario de Gobierno

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

DECRETO D.M.M. – SECRETARÍA DE HACIENDA – AÑO 2020 – Nº 00095
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 11 MAY 2020
VISTO:
El Documento DE-0854-01646021-4 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que en la actuación de referencia, se adjunta Acta de Prorroga de Locación de los locales Nro. 8, 9 y 10 del Complejo Paseo Abril sito en la Ruta Nº 1, Km 2,7 s/n, esquina Los Eucaliptos, suscripta por la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y las Sras. Gabriela Sodero y Mariana Casis.
Que por la misma las partes acuerdan prorrogar el contrato de locación numerado y registrado por Decreto D.M.M. Nº 00082/19 a partir de su vencimiento y por el término de doce (12) meses, acorde a las facultades otorgadas mediante la Ordenanza Nº 11.141.
Que este Departamento Ejecutivo Municipal resulta competente a los fines de dictar el acto administrativo de numeración y registración pertinente.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ DECRETA:
Art. 1º: Numérese y regístrese en el D.M.M. el Acta de Prorroga de Locación de Inmueble suscripta entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y las Sras. Gabriela Sodero y Mariana Casis, que se adjunta y forma parte del presente decreto.

Art. 2º: Refréndense por la Sra. Secretaria de Hacienda y el Sr. Secretario de Gobierno.-

Art. 3º: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M. –

 

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Decreto DMM N° 00062/2020

INFORMACIÓN DETALLADA
Procedencia: DEMTipo de Normativa: Decreto DMMN° Decreto DMM: 00062/2020Fecha de Sanción: —Secretaría: Secretaría de GobiernoN° expediente: DE-1211-01660056-1 (NI)
Resumen
Numérese y regístrese en el D.M.M. el Convenio suscripto entra la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Santa Fe, que como Anexo I forma parte integrante del presente.
Acéptese la transferencia de pesos dos millones ($2.000.000.-) conforme lo dispuesto en la cláusula quinta del convenio.

Fimantes
Lic. Raúl Emilio Jatón, Intendente
C.P.N. Nicolás Aimar, Secretario de Gobierno
Lic. María Victoria Rey, Secretaría de Políticas de Cuidado y Acción Social
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE GOBIERNO – AÑO 2020 – Nº 00062
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 03 ABR 2020
VISTO:
El Documento DE-1211-01660056-1 (NI) y;
CONSIDERANDO:
Que por la actuación de referencia la Secretaría de Políticas de Cuidado y Acción Social Adjunta el convenio celebrado entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe y el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia, en el marco del “Programa de Ayudas Directas, Urgentes y/o Complementarias: ACCIONAR” creado por Decreto Provincial Nº 3503/17.
Que mediante dicho acuerdo, el Ministerio se compromete a otorgar a la Municipalidad un aporte no reintegrable de dinero consistente en la suma de pesos dos millones ($2.000.000.-), en concepto de ayuda directa, para ser destinado a la adquisición de alimentos y/o artículos de limpieza e higiene, a distribuirse entre los grupos sociales vulnerables de la ciudad y/o comedores comunitarios, para atenuar la situación de debilitamiento de las economías familiares como consecuencia de la pandemia COVID-19.
Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo de aceptación de los fondos otorgados, disponiendo a su vez la numeración y registración del convenio celebrado.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ DECRETA:

Art. 1º: Numérese y regístrese en el D.M.M. el Convenio suscripto entra la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Santa Fe, que como Anexo I forma parte integrante del presente.
Art. 2º: Acéptese la transferencia de pesos dos millones ($2.000.000.-) conforme lo dispuesto en la cláusula quinta del convenio.
Art. 3°: Refréndese el presente Decreto por la Secretaria de Políticas de Cuidado y Acción Social y el Secretario de Gobierno.
Art. 4º: Gírese copia del presente al Honorable Concejo Municipal.
Art. 4°: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.

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Decreto DMM N° 00035/2020

INFORMACIÓN DETALLADA

  • Procedencia: DEM
    Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00035/2020
    Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
    N° expediente:

Resumen
Promúlgase, comuníquese, publíquese y dese al D.M.M. y R.M., la Ordenanza Nº 12.701, que integra el presente.

Fimantes
Lic. Raúl Emilio Jatón, Intendente
C.P.N. Nicolás Daniel Aimar, Secretario de Gobierno

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE GOBIERNO – AÑO 2020– Nº 00035

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 21 FEB 2020

VISTO:

La Sesión Extraordinaria del Honorable Concejo Municipal, convocada por el Departamento Ejecutivo Municipal mediante Decreto D.M.M. Nº00017/20, realizada el 17 de febrero de 2020, y;

CONSIDERANDO:

Que, en fecha 20 de febrero de 2020 fue comunicada a este Departamento Ejecutivo Municipal, la Ordenanza Nº 12.701, sancionada por el Honorable Concejo Municipal.

Que, no habiendo observaciones que formular, este Departamento Ejecutivo Municipal resulta competente para el dictado del acto administrativo de promulgación correspondiente, en uso de las atribuciones conferidas por el art. 41 inc. 5) de la Ley Orgánica de Municipalidades de la Provincia de Santa Fe Nº 2.756.

Por ello,

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
D E C R E T A:

Art. 1º: Promúlgase, comuníquese, publíquese y dese al D.M.M. y R.M., la Ordenanza Nº 12.701, que integra el presente.

Art. 2º: Refréndese por el Secretario de Gobierno.

Art. 3º: Remítase el original al Departamento Legislación para su archivo.-

 

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Decreto DMM N° 00003/2020

INFORMACIÓN DETALLADA
  • Procedencia: DEM
    Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00003/2020
    Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Hacienda
    N° expediente: DE � 0456-01645204-7 (NI)
Resumen
Dispóngase la asignación de Fondos Fijos durante el ejercicio 2020, a las reparticiones y por los montos que se consigan en el Anexo que se adjunta y forma parte integrante del presente, con destino a la atención de Gastos Menores de Funcionamiento.Fimantes
Lic. Raúl Emilio Jatón, Intendente
Abog. Carolina Piedrabuena, Secretaria de Hacienda
C.P.N. Nicolás Daniel Aimar, Secretario de Gobierno
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE HACIENDA – AÑO 2020 – Nº 00003

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 09 ENE 2020

VISTO:

El Documento DE – 0456-01645204-7 (NI) y;

CONSIDERANDO:

Que, por el mencionado documento la Dirección de Administración Financiera sugiere la actualización de los fondos asignados a las distintas reparticiones municipales, con el fin de solventar Gastos Menores de Funcionamiento;

Que por Decreto D.M.M. Nº 00879/18 y sus modificatorias se fijan los Fondos Fijos para las distintas reparticiones municipales hasta el 31 de diciembre de 2019;

Que por Resolución Nº 014/13, se aprueba la Normativa para las Rendiciones de Cuentas correspondiente;

Que, en virtud de lo expuesto, resulta necesario establecer los valores de los Fondos Fijos destinados a solventar los gastos de las diferentes áreas municipales para el ejercicio 2020, como así también los topes de los mismos considerando la Estructura Orgánico – Funcional vigente;

Que, este Departamento Ejecutivo resulta competente a los fines de dictar el acto administrativo pertinente;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA:

Art. 1º: Dispóngase la asignación de Fondos Fijos durante el ejercicio 2020, a las reparticiones y por los montos que se consigan en el Anexo que se adjunta y forma parte integrante del presente, con destino a la atención de Gastos Menores de Funcionamiento.

Art. 2º: Refréndese el presente Decreto por la Señora Secretaria de Hacienda y por el Señor Secretario de Gobierno.

Art. 3º: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M y R.M.

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Decreto DMM N° 00014/2020

INFORMACIÓN DETALLADA

  • Procedencia: DEM
    Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00014/2020
    Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Hacienda
    N° expediente: DE 0451-01648674-8 (NI)

Resumen
Ratifíquense para el ejercicio 2020 las facultades otorgadas a la Secretaría de Hacienda por los Artículos 2º y 3º del Decreto D.M.M. Nº 00878/18.

Fimantes
Lic. Raúl Emilio Jatón, Intendente
Abog. Carolina Piedrabuena, Secretaria de Hacienda
C.P.N. Nicolás Daniel Aimar, Secretario de Gobierno
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE HACIENDA – AÑO 2020 – Nº 00014

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 22 ENE 2020

VISTO:

El Documento DE 0451-01648674-8 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que según el Artículo 37° de la Ordenanza N° 10.610, el Departamento Ejecutivo Municipal está facultado a efectuar modificaciones presupuestarias compensadas entre los créditos asignados en la clasificación programática y en las distintas funciones dentro de la respectiva finalidad.

Que por Decreto D.M.M. Nº 00878/18 y a los fines de agilizar la realización de modificaciones presupuestarias, el Intendente, en uso de las facultades atribuidas y conforme lo expresado precedentemente, faculta a la Secretaría de Hacienda a la realización de modificaciones presupuestarias compensadas dentro del total de créditos asignados en el Presupuesto de la Administración Municipal.

Que, asimismo, el Artículo 30° de la Ordenanza Nº 12.611 faculta al Departamento Ejecutivo Municipal a incorporar al Presupuesto los mayores recursos que se produjeran por sobre lo previsto, ampliando las correspondientes partidas de gastos.

Que a la fecha no se ha sancionado el Presupuesto para el ejercicio 2020 por lo que, en uso de las facultades otorgadas por el Artículo 32° de la Ordenanza N° 10.610, mediante Decreto D.M.M. Nº 00728/19 se procedió a reconducir el Presupuesto 2019 con los correspondientes ajustes que la norma mencionada autoriza.

Que resulta necesario para el ejercicio 2020, ratificar la atribución de facultades otorgadas por el Intendente a la Secretaría de Hacienda mediante el Decreto D.M.M. Nº 00878/18.

Que este Departamento Ejecutivo resulta competente para dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
D E C R E T A:

Art. 1º.- Ratifíquense para el ejercicio 2020 las facultades otorgadas a la Secretaría de Hacienda por los Artículos 2º y 3º del Decreto D.M.M. Nº 00878/18.

Art. 2º.- Refréndese el presente Decreto por la Secretaria de Hacienda y el Secretario de Gobierno.

Art. 3º.- Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M y R.M.

 

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