Decreto DMM N° 00026/2020

INFORMACIÓN DETALLADA

  • Procedencia: DEM
    Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00026/2020
    Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Hacienda
    N° expediente: EP-0330-01641828-7 (N)

Resumen
Acéptese la transferencia de PESOS VEINTICINCO MILLONES ($ 25.000.000) realizada por el Gobierno de la Provincia de Santa Fe, según el Decreto Nº 3929/19 de ese organismo provincial.-

Fimantes
Lic. Raúl Emilio Jatón, Intendente
Abog. Carolina Piedrabuena, Secretaria de Hacienda
C.P.N. Nicolás Daniel Aimar, Secretario de Gobierno

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

DECRETO D.M.M. SECRETARIA DE HACIENDA.-AÑO 2020- Nº 00026

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 12 FEB 2020

VISTO:

El Documento EP-0330-01641828-7 (N), y;

CONSIDERANDO:

Que, por Decreto Nº 3929/19 el Gobierno de la Provincia de Santa Fe aceptó la contribución sin reintegro proveniente del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación por la suma de PESOS VEINTICINCO MILLONES ($ 25.000.000), con destino a la atención de desequilibrios financieros y/o emergencias de los gobiernos provinciales;

Que, por el art. 4º de dicha normativa provincial se otorgó la mencionada suma a la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe, con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas de su inversión;

Que, corresponde en consecuencia dictar el acto administrativo pertinente de aceptación del referido aporte,

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA:

Art. 1º.- Acéptese la transferencia de PESOS VEINTICINCO MILLONES ($ 25.000.000) realizada por el Gobierno de la Provincia de Santa Fe, según el Decreto Nº 3929/19 de ese organismo provincial.-

Art. 2º.- Refréndese por la Sra. Secretaria de Hacienda y el Sr. Secretario de Gobierno.-

Art. 3º.- Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.-

 

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Decreto DMM N° 00045/2020

INFORMACIÓN DETALLADA

  • Procedencia: DEM
    Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00045/2020
    Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Hacienda
    N° expediente: DE-0454-01650910-1 (NI)

Resumen
Apruébese la Licitación Pública Nº 02-SOEP-2020 que fuera convocado por la Resolución de la Dirección de Compras Nº 06/2020, cuya apertura se realizó el día 28 de febrero de 2020, a las 10 horas, para el mantenimiento de alumbrado público, según especificaciones técnicas.-
Desestímense los ítems 4, 6, 21, 27, 36, 37 y 38 por superar al presupuesto oficial en los parámetros de razonabilidad adoptados por esta Administración.-
Adjudíquese a la empresa RADIO LUX S.A. los renglones detallados en el Anexo I, el cual forma parte del presente Decreto, por un monto total de pesos un millón ciento cincuenta y siete mil veintisiete con setenta y cuatro centavos ($ 1.157.027,74), pagaderos a los sesenta (60) días corridos. Parcial
Adjudíquese a la empresa ENLUZ S.A. los renglones detallados en el Anexo II, el cual forma parte del presente Decreto, por un monto total de pesos cuarenta y siete mil quinientos diecinueve ($ 47.519), pagaderos a los sesenta (60) días corridos. Parcial.-
Adjudíquese a la empresa ELECTROMECANICA TACUAR S.R.L. los renglones detallados en el Anexo III, el cual forma parte del presente Decreto, por un monto total de pesos un millón doscientos setenta y un mil ochocientos treinta ($ 1.271.830), pagaderos a los sesenta (60) días corridos. Parcial.-

Fimantes
Lic. Raúl Emilio Jatón, Intendente
Mg. Arq. Griselda Bertoni, Secretaria de Obras y Espacio Públicos
Abog. Carolina Piedrabuena, Secretaria de Hacienda
C.P.N. Nicolás Daniel Aimar, Secretario de GobiernoTEXTO COMPLETO DE LA NORMA

DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE HACIENDA – AÑO 2020 – Nº 00045

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 16 MAR 2020

VISTO:

El Documento DE-0454-01650910-1 (NI) y sus gloses, y;

CONSIDERANDO:

Que, en las actuaciones de referencia obra la Solicitud de Pedido Nº 85/2020 de la Secretaría de Obras y Espacio Público, para la adquisición de materiales eléctricos destinados al mantenimiento del alumbrado público.

Que por Resolución de la Dirección de Compras Nº 06/2020 se dispuso proceder al llamado a Licitación Pública para la adquisición del material mencionado.

Que, el presupuesto oficial ascendió a la suma de pesos dos millones novecientos noventa y seis mil cien ($ 2.996.100).

Que, obra en autos constancia de las publicaciones efectuadas en el Boletín Oficial, y en los diarios Uno y El Litoral, tal como lo dispone la Resolución de convocatoria. Asimismo, se realizó la difusión a través del sitio web de este Municipio.

Que, la apertura de los sobres se realizó el día 28 de febrero de 2020 a las 10:00 hs. y en dicho acto se presentaron tres (3) propuestas, correspondientes a: i) RADIOLUX S.A., por la suma de pesos dos millones novecientos sesenta y un mil ochenta y cinco con treinta centavos ($ 2.961.085,30); ii) ENLUZ S.A. por la suma de pesos tres millones cuatrocientos veintisiete mil ciento setenta y cuatro ($ 3.427.174,00); y iii) ELECTROMECANICA TACUAR por la suma de pesos tres millones doscientos noventa y ocho mil novecientos sesenta y cinco ($ 3.298.965).

Que la Dirección de Alumbrado Público y Electromecánica emitió el Informe Técnico en relación a las propuestas y las especificaciones técnicas requeridas por esta Administración.

Que los ítems 4, 6, 21, 27, 36, 37 y 38 si bien cumplen con las especificaciones técnicas, superan el presupuesto oficial en los parámetros de razonabilidad adoptados por esta Administración.

Que, la Comisión Especial y Permanente de Evaluación de Ofertas y Preadjudicación, se reunió en fecha 11 de marzo de 2020, elaborando el dictamen pertinente (a cuyos fundamentos cabe remitirse, atento a su extensión), expresando que resulta conveniente adjudicar los ítems Nros. 1, 2, 3, 7,11, 12, 13, 14, 15, 20, 22, 28, 31, 32, 33 y 34, a la firma RADIO LUX S.A. y los ítems Nº 5, 23, 24, 25, 26, 29, 30 Y 35 a la firma ENLUZ S.A. y los Ítems Nros. 8, 9, 10, 16, 17, 18 y 19 a la firma ELECTROMECÁNICA TACUAR S.R.L..

Que, atento aquel informe, este Departamento Ejecutivo estima que corresponde el dictado del acto administrativo que lo recepte, disponiendo también las demás condiciones de rigor.

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
D E C R E T A:

Art. 1º.- Apruébese la Licitación Pública Nº 02-SOEP-2020 que fuera convocado por la Resolución de la Dirección de Compras Nº 06/2020, cuya apertura se realizó el día 28 de febrero de 2020, a las 10 horas, para el mantenimiento de alumbrado público, según especificaciones técnicas.-

Art. 2º.- Desestímense los ítems 4, 6, 21, 27, 36, 37 y 38 por superar al presupuesto oficial en los parámetros de razonabilidad adoptados por esta Administración.-

Art. 3º.- Adjudíquese a la empresa RADIO LUX S.A. los renglones detallados en el Anexo I, el cual forma parte del presente Decreto, por un monto total de pesos un millón ciento cincuenta y siete mil veintisiete con setenta y cuatro centavos ($ 1.157.027,74), pagaderos a los sesenta (60) días corridos. Parcial

Art. 4º.- Adjudíquese a la empresa ENLUZ S.A. los renglones detallados en el Anexo II, el cual forma parte del presente Decreto, por un monto total de pesos cuarenta y siete mil quinientos diecinueve ($ 47.519), pagaderos a los sesenta (60) días corridos. Parcial.-

Art. 5º.- Adjudíquese a la empresa ELECTROMECANICA TACUAR S.R.L. los renglones detallados en el Anexo III, el cual forma parte del presente Decreto, por un monto total de pesos un millón doscientos setenta y un mil ochocientos treinta ($ 1.271.830), pagaderos a los sesenta (60) días corridos. Parcial.-

Art. 6º.- El presente gasto será imputado en el presupuesto vigente de la siguiente manera: Jurisdicción: 1110139000- Secretaría de Obras y Espacios Públicos, Unidad Ejecutora: 57- Secretaría de Obras y Espacios Públicos, Dependencia: 0139 – Secretaría de Obras y Espacios Públicos, Fuente de Financiamiento: 110 – Tesoro Municipal.-

Art. 7º.- Refréndense por las Señoras Secretarias de Hacienda, de Obras y Espacio Público y el Señor Secretario de Gobierno.-

Art. 8º.- Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.-

 

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Decreto DMM N° 00073/2020

INFORMACIÓN DETALLADA
  • Procedencia: DEM
    Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00073/2020
    Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Hacienda
    N° expediente: 0479-01660210-4 (NI)
Resumen
Encuádrese la presente gestión en los términos del artículo 4°, inciso b) del Decreto N° 1857/79.
Apruébese la contratación directa, adjudicando conforme al detalle obrante en los Anexos I, II, III, IV y V que integran el presente.Fimantes
Lic. Raúl Emilio Jatón, Intendente
Lic. María Victoria Rey, Secretaría de Políticas de Cuidado y Acción Social
Abog. Carolina Piedrabuena, Secretaria de Hacienda
C.P.N. Nicolás Daniel Aimar, Secretario de Gobierno
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE HACIENDA – AÑO 2020 – Nº 00073
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 15 ABR 2020

VISTO:

El Documento 0479-01660210-4 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que en las actuaciones de referencia obra la Solicitud de Pedido Nº 773 sobre “Compra Directa de 5000 Kits de Alimentos e Insumos de Limpieza por Emergencia Sanitaria COVID-19”;

Que a fs. 1 y 2 obra nota de la Secretaria de Políticas de Cuidados y Acción Social fundamentando la presente gestión;

Que la adquisición de los productos e insumos que se gestionan son de suma necesidad y urgencia para enfrentar las consecuencias de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en relación al nuevo coronavirus COVID-19, la cual diera fundamento al Decreto N° 260/2020 del Poder Ejecutivo Nacional, al Decreto Nº 213/2020 del Poder Ejecutivo Provincial, y a varios Decretos Municipales emitidos en consecuencia (Decretos D.M.M. N° 42/2020, N° 48/2020, N° 49/2020, etc.). Particularmente, el Decreto Nacional N° 297/2020 ordena a los ciudadanos mantener condiciones de aislamiento social, medida que ha sido prorrogada hasta el 26 de abril del corriente por Decreto N° 355/2020.

Que, anteriormente, la Ordenanza N° 12.593 declaró la Emergencia Social y Alimentaria en la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz por el término de dos (2) años, la que mantiene vigencia durante el año en curso. En dicha norma se estableció que el Departamento Ejecutivo Municipal, a través de las áreas correspondientes, debe llevar adelante gestiones ante las autoridades Nacionales y Provinciales a los fines de reforzar la asistencia económica y/o alimentaria en los establecimientos educativos y organizaciones no gubernamentales donde funcionen comedores comunitarios y/o merenderos, hasta cubrir totalmente la demanda requerida;

Que este complejo contexto, reconocido por el Cuerpo Deliberante al dictar dicha Ordenanza, es el marco en el cual se presenta en esta ciudad el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” causando un predecible deterioro inmediato de relaciones de trabajo informales con consecuencias económicas y sociales altamente negativas;

Que entre este Departamento Ejecutivo y el Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Santa Fe, se han coordinado medidas tendientes a contener la situación social que se ve agravada por la medida de restricción dispuesta;

Que, en dicho contexto, la municipalidad se comprometió a realizar las compras necesarias para atender ciertos sectores vulnerables y a mantener los convenios del Fondo de Asistencia Alimentaria con las Organizaciones Sociales que brindan servicios de alimentación a fin de garantizar las prestaciones mínimas;

Que la principal necesidad de asistencia se da frente a personas en situación de calle y trabajadores informales (carreros, limpiavidrios, entre otros), para lo cual se deben garantizar las medidas de contención. Para ello, es menester contar con insumos alimenticios y artículos de limpieza que puedan ser entregados de manera urgente e inmediata, siendo este procedimiento de distribución de carácter dinámico y variable en función del transcurrir del aislamiento obligatorio, las necesidades relevadas, el clima social y la coordinación con otros niveles de gobierno;

Que, por lo expuesto, la presente gestión debe enmarcarse en la excepción prevista en el art. 4°, inciso b), del Decreto 1857/79 habiendo “razones de urgencia en que debido a circunstancias imprevistas no pueda esperarse la Licitación Pública”, siendo necesario que el Departamento Ejecutivo Municipal autorice la gestión;

Que, en relación al procedimiento de selección del co-contratante con la Administración Municipal, cabe destacar que obra solicitud de pedidos de cotización bajo el N° 773 que fue remitida a la Secretaria de Hacienda;

Que, desde dicha Secretaria se solicitó cotizaciones a distintos proveedores de la ciudad que puedan garantizar stock de lo solicitado, debido a que por la situación de público conocimiento hay dificultades de acceso a ciertos bienes;

Que a se solicitó a la Cámara de Supermercados de Santa Fe para que por su intermedio se de difusión a la presente gestión;

Que se adjuntan cotizaciones recibidas de las empresas TRANSFLUVIAL S.A., por un monto de $5.857.500; MASIVO S.A., por un monto de $1.837.500; David Rosental e Hijos S.A.C.I. (CADENA DAR), por un monto de $ 906.190; CIP TAMBOS S.R.L., por un monto total de $ 345.000; PATRICIO GIHANO, por un monto total de $ 1.350.000 y Perezlindo Carlos Alberto (MEGA SHOP), por un monto total de $467.500, cada una según disponibilidad de los diferentes ítems, todos conforme a las especificaciones técnicas;

Que en el informe de adjudicación se ponderan las ofertas, particularmente respecto a capacidad de entrega conforme especificaciones del requerimiento, sugiriendo la adjudicación a diferentes proveedores, hasta conformar la cantidad solicitada, en las condiciones económicas más favorables. Asimismo, se agrega lista con los precios máximos informados por el Gobierno Nacional a la Provincia de Santa Fe, de donde surge la razonabilidad del monto de los ítems adjudicados;

Que ha tomado intervención el asesor legal de la Secretaria de Hacienda, emitiendo dictamen sin formular objeciones al procedimiento de selección;

Que el presente es dictado en el marco de lo dispuesto en el artículo 40°, inciso 24) de la Ley N° 2756 Orgánica de Municipalidades;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
D E C R E T A:

Art. 1º: Encuádrese la presente gestión en los términos del artículo 4°, inciso b) del Decreto N° 1857/79.

Art. 2º: Apruébese la contratación directa, adjudicando conforme al detalle obrante en los Anexos I, II, III, IV y V que integran el presente.

Art. 3º: Refréndense el presente por el Secretario de Gobierno, la Secretaria de Hacienda y la Secretaria de Políticas de Cuidado y Acción Social.

Art. 4º: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.

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Decreto DMM N° 00075/2020

INFORMACIÓN DETALLADA

  • Procedencia: DEMTipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00075/2020Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de HaciendaN° expediente: DE-0461-01650763-4 (NI)

Resumen
-Apruébese la Licitación Pública Nº 03-SOEP-2020 que fuera convocado por Resolución N° 008/20 de la Dirección de Compras para la adquisición de concreto asfáltico en caliente según especificaciones técnicas, cuyo Acto de Apertura se realizó el día 28 de febrero de 2020 a las 10 horas.

Fimantes
Lic. Raúl Emilio Jatón, Intendente
Abog. Carolina Piedrabuena, Secretaria de Hacienda
Mg. Arq. Griselda Bertoni, Secretaria de Obras y Espacio Público
C.P.N. Nicolás Daniel Aimar, Secretario de Gobierno

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE HACIENDA – AÑO 2020 – N 00075

SANTA FE DE LA VERA CRUZ 17 ABR 2020

VISTO:
El Documento DE-0461-01650763-4 (NI) y sus gloses y.
CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se inician con la Solicitud de Pedido Nº 221/20 de la Secretaría de Obras y Espacio Público para la adquisición de concreto asfáltico en caliente según especificaciones técnicas elaboradas por la Dirección de Mantenimiento Vial.
Que el presupuesto oficial autorizado por la Secretaría de Hacienda para dicha contratación, ascendió a la suma de pesos dos millones quinientos veintiocho mil doscientos noventa y cinco ($ 2.528.295), de conformidad a la solicitud de gastos emitida por el Departamento de Presupuesto de dicha cartera.
Que por Resolución Nº 008/20 de la Dirección de Compras, se dispuso el llamado a Licitación Pública para la adquisición de los materiales mencionados, fijando el día 28 de febrero de 2020 a las 10:00 hs. para la realización del Acto de Apertura.
Que obra en autos constancia de las publicaciones efectuadas en el Boletín Oficial por tres (3) días hábiles, en el diario El Litoral por un (1) día, y en el sitio web de este Municipio por diez (10) días corridos, de conformidad a lo establecido en el Decreto D.M.M. N° 00239/09.
Que en el Acto de Apertura, se presentaron dos (2) proponentes: A) “RAVA S.A. DE CONSTRUCCIONES”, efectuando como oferta una única propuesta, cuya suma asciende a pesos dos millones doscientos ochenta y un mil doscientos ochenta y nueve con cincuenta centavos ($ 2.281.289,50), a abonarse en pagos parciales¸ y B) “INAR VIAL S.A.” con dos propuestas: 1) una propuesta básica por la suma de pesos tres millones seis mil ciento cuarenta y tres ($ 3.006.143.-) en pagos parciales; y 2) una opción de pago contado, por un monto de pesos dos millones cuatrocientos noventa y siete mil novecientos cincuenta ($ 2.497.950).
Que la Dirección de Mantenimiento Vial emitió su Informe Técnico a fs. 147, manifestando que ambos oferentes cumplen con las Especificaciones Técnicas correspondientes a la presente licitación.
Que la Comisión Especial y Permanente de Evaluación de Ofertas y Preadjudicación, se reunió en fecha 11 de marzo de 2020 elaborando el dictamen correspondiente (a cuyos fundamentos cabe remitirse atento a su extensión), expresando que resulta conveniente adjudicar el ítem solicitado a la firma “RAVA S.A. DE CONSTRUCCIONES”.
Que toma intervención la Secretaria de Hacienda, resolviendo la adjudicación de conformidad a lo sugerido por la Comisión.
Que resulta necesario el dictado del acto administrativo pertinente.

Por ello:

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ DECRETA:

Art. 1º.-Apruébese la Licitación Pública Nº 03-SOEP-2020 que fuera convocado por Resolución N° 008/20 de la Dirección de Compras para la adquisición de concreto asfáltico en caliente según especificaciones técnicas, cuyo Acto de Apertura se realizó el día 28 de febrero de 2020 a las 10 horas.
Art. 2º.- Adjudíquese a la firma “RAVA S.A. DE CONSTRUCCIONES” el ítem detallado en el Anexo I -el cual forma parte del presente Decreto- por un monto total de pesos dos millones doscientos ochenta y un mil doscientos ochenta y nueve con cincuenta centavos ($ 2.281.289,50.-) a abonarse en pagos parciales a sesenta (60) días.
Art. 3º.- El presente gasto será imputado en el presupuesto vigente de la siguiente manera: Jurisdicción: 1110139000- Secretaría de Obras y Espacio Público Unidad Ejecutora: 57- Secretaría de Obras y Espacio Público Dependencia: 139 –Secretaría de Obras y Espacio Público Fuente de Financiamiento: 110 de Tesoro Municipal.
Art. 4º.- Refréndense por la Secretaria de Hacienda, el Secretario de Gobierno y la Secretaria de Obras y Espacio Público.-
Art. 5º.- Comuníquese publíquese y dése al D.M.M. y R.M.

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Decreto DMM N° 00033/2020



INFORMACIÓN DETALLADA

  • Procedencia: DEMTipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00033/2020Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de GobiernoN° expediente:

Resumen
Promúlgase, comuníquese, publíquese y dese al D.M.M. y R.M., la Ordenanza Nº 12.703, que integra el presente.

Fimantes
Lic. Raúl Emilio Jatón, Intendente
C.P.N. Nicolás Daniel Aimar, Secretario de GobiernoTEXTO COMPLETO DE LA NORMA

DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE GOBIERNO – AÑO 2020– Nº 00033

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 21 FEB 2020

VISTO:

La Sesión Extraordinaria del Honorable Concejo Municipal, convocada por el Departamento Ejecutivo Municipal mediante Decreto D.M.M. Nº 00017/20, realizada el 17 de febrero de 2020, y;

CONSIDERANDO:

Que, en fecha 20 de febrero de 2020 fue comunicada a este Departamento Ejecutivo Municipal, la Ordenanza Nro. 12.703, sancionada por el Honorable Concejo Municipal.

Que, no habiendo observaciones que formular, este Departamento Ejecutivo Municipal resulta competente para el dictado del acto administrativo de promulgación correspondiente, en uso de las atribuciones conferidas por el art. 41 inc. 5) de la Ley Orgánica de Municipalidades de la Provincia de Santa Fe Nº 2.756.

Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ DECRETA:

Art. 1º: Promúlgase, comuníquese, publíquese y dese al D.M.M. y R.M., la Ordenanza Nº 12.703, que integra el presente.

Art. 2º: Refréndese por el Secretario de Gobierno.

Art. 3º: Remítase el original al Departamento Legislación para su archivo.-



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Decreto DMM N° 00081/2020

INFORMACIÓN DETALLADA

  • Procedencia: DEMTipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00081/2020Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de GobiernoN° expediente: Sesi�n N� 03 del Honorable Conce

Resumen
Promúlgase, comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M., la Ordenanza Nº 12.707, que integra el presente.

Fimantes
Lic. Raúl Emilio Jatón, Intendente
C.P.N. Nicolás Daniel Aimar, Secretario de GobiernoTEXTO COMPLETO DE LA NORMA

DECRETO D.M.M.–SECRETARIA DE GOBIERNO – AÑO 2020 –N 00081

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 27 ABR 2020

VISTO:
La Sesión Nº 03 del Honorable Concejo Municipal, realizada el día 23 de abril de 2020, y;
CONSIDERANDO:
Que, en fecha 27 de abril de 2020 fue comunicada a este Departamento Ejecutivo Municipal, la Ordenanza Nº 12.707, sancionada por el Honorable Concejo Municipal.
Que, no habiendo observaciones que formular, este Departamento Ejecutivo Municipal resulta competente para el dictado del acto administrativo de promulgación correspondiente, en uso de las atribuciones conferidas por el art. 41 inc. 5) de la Ley Orgánica de Municipalidades de la Provincia de Santa Fe Nº 2.756.
Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ DECRETA:
Art. 1º: Promúlgase, comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M., la Ordenanza Nº 12.707, que integra el presente.
Art. 2º: Refréndese por el Secretario de Gobierno.
Art. 3º:Remítase el original al Departamento Legislación para su archivo.-

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Decreto DMM N° 00034/2020

INFORMACIÓN DETALLADA

  • Procedencia: DEMTipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00034/2020Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de GobiernoN° expediente:

Resumen
Promúlgase, comuníquese, publíquese y dese al D.M.M. y R.M., la Ordenanza Nº 12.702, que integra el presente.

Fimantes
Lic. Raúl Emilio Jatón, Intendente
C.P.N. Nicolás Daniel Aimar, Secretario de GobiernoTEXTO COMPLETO DE LA NORMA

DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE GOBIERNO – AÑO 2020– Nº 00034

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 21 FEB 2020

VISTO:

La Sesión Extraordinaria del Honorable Concejo Municipal, convocada por el Departamento Ejecutivo Municipal mediante Decreto D.M.M. Nº 00017/20, realizada el 17 de febrero de 2020, y;

CONSIDERANDO:

Que, en fecha 20 de febrero de 2020 fue comunicada a este Departamento Ejecutivo Municipal, la Ordenanza Nro. 12.702, sancionada por el Honorable Concejo Municipal.

Que, no habiendo observaciones que formular, este Departamento Ejecutivo Municipal resulta competente para el dictado del acto administrativo de promulgación correspondiente, en uso de las atribuciones conferidas por el art. 41 inc. 5) de la Ley Orgánica de Municipalidades de la Provincia de Santa Fe Nº 2.756.

Por ello,

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ DECRETA:

Art. 1º: Promúlgase, comuníquese, publíquese y dese al D.M.M. y R.M., la Ordenanza Nº 12.702, que integra el presente.

Art. 2º: Refréndese por el Secretario de Gobierno.

Art. 3º: Remítase el original al Departamento Legislación para su archivo.-

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Decreto DMM N° 00032/2020

INFORMACIÓN DETALLADA
Procedencia: DEMTipo de Normativa: Decreto DMMN° Decreto DMM: 00032/2020Fecha de Sanción: —Secretaría: Secretaría de GobiernoN° expediente: DE-0444-01654312-6 (NI)
Resumen
Déjese sin efecto el Contrato de Comodato celebrado con la Fundación Diario La Capital, numerado y registrado por Decreto D.M.M. N° 00708 de fecha 10 de diciembre de 2019, por los motivos expresados en los considerandos del presente.

Fimantes
Lic. Raúl Emilio Jatón, Intendente
C.P.N. Nicolás Daniel Aimar, Secretario de Gobierno
Abog. Carolina Piedrabuena, Secretaria de Hacienda
Lic. Paulo RICCI, Secretario de Cultura y Educación
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE GOBIERNO – AÑO 2020 – Nº 00032

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 19 FEB 2020

VISTO:

El Documento DE-0444-01654312-6 (NI); y,

CONSIDERANDO:

Que por medio del Decreto D.M.M. N° 00708 del 10 de diciembre del 2019 se numeró y registró un contrato de comodato entre la Municipalidad de la ciudad de Santa de la Vera Cruz y la Fundación Diario La Capital, suscripto el 02 de diciembre de 2019, por medio del cual a esta última se le cedió un espacio dentro del inmueble donde funciona el Liceo Municipal “Antonio Fuentes de Arco” (ex Molino Marconetti).

Que a través del Decreto D.M.M. N° 00723/19 se instruyó a la Sindicatura General Municipal a realizar una auditoría sobre la actividad financiera y administrativa del Departamento Ejecutivo, abarcando la actividad desplegada durante los seis (6) meses anteriores al dictado del ese acto, incluyendo, en el artículo 3°, a los convenios con entidades públicas o privadas.

Que, en este orden de ideas, por Decreto N° 00002, de fecha 9 de enero de 2020, se aprobó un plan de austeridad para esta gestión municipal, determinándose entre sus prioridades la optimización de la infraestructura edilicia, de manera tal que se puedan reubicar dependencias del Ejecutivo Municipal, en inmuebles de su propiedad o en uso de éste.

Que por el artículo 6° de dicho Decreto, se autorizó a la Secretaría de Gobierno y de Hacienda a revisar todas las vinculaciones contractuales en las cuales el Municipio haya cedido el uso, goce o cualquier otro derecho sobre inmuebles, en busca de un ahorro en los costos operativos del Municipio.

Que como consecuencia de las acciones desplegadas a raíz del dictado de aquellas normas, y en virtud de lo manifestado por el Secretario de Educación y Cultura a fs. 1, se ha advertido que el inmueble es necesario para prestar servicios propios de esta Municipalidad, así como del ente educativo donde se encuentra radicado, produciendo además un ahorro en los alquileres que se abonan mes a mes, por lo que resulta una medida de sana administración dejar sin efecto el mencionado contrato, numerado y registrado por Decreto D.M.M. N° 00708/19.

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
D E C R E T A:

Art. 1º: Déjese sin efecto el Contrato de Comodato celebrado con la Fundación Diario La Capital, numerado y registrado por Decreto D.M.M. N° 00708 de fecha 10 de diciembre de 2019, por los motivos expresados en los considerandos del presente.

Art. 2º: Refréndese el presente Decreto por el Secretario de Gobierno, la Secretaria de Hacienda y el Secretario de Educación y Cultura.

Art. 3º: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.-

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Decreto DMM N° 00083/2020

INFORMACIÓN DETALLADA

  • Procedencia: DEM
    Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00083/2020
    Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
    N° expediente: DE-1209-1661300-2 (NI)

Resumen
Numérese y regístrese en el D.M.M. la Adenda al Convenio numerado y registrado por Decreto D.M.M. Nº 00064/20, suscripto entre la Municipalidad de Santa Fe de la Vera Cruz y el Gobierno de la Provincia de Santa Fe, en fecha 02 de abril de 2020, la cual forma parte integrante del presente decreto.-

Fimantes
Lic. Raúl Emilio Jatón, Intendente
C.P.N. Nicolás Daniel Aimar, Secretario de Gobierno

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

DECRETO D.M.M. – SECRETARÍA DE GOBIERNO – AÑO 2020 – Nº 00083

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 27 ABR 2020

VISTO:

El Documento DE-1209-1661300-2 (NI) y;

CONSIDERANDO:

Que en las actuaciones de referencia, se adjunta Adenda al Convenio numerado y registrado por Decreto D.M.M. Nº 00064/20, celebrado entre la Municipalidad de Santa Fe de la Vera Cruz y el Gobierno de la Provincia de Santa Fe, en fecha 02 de abril de 2020.

Que en dicho acuerdo, el Estado Provincial, a través del Ministerio de Gestión Pública, se compromete a transferir a esta administración un aporte no reintegrable, con destino a la instalación y puesta en funcionamiento de un “Centro de Aislamiento Sanitario”, a asentarse en los predios de “U.P.C.N. – Club de Campo” y “ASOEM” en Colastiné Norte, durante los meses de abril, mayo y junio del corriente año, a los fines de atender la emergencia sanitaria declarada con motivo de la pandemia por la propagación de coronavirus (COVID-19).

Que en virtud de la Adenda suscripta, las partes acuerdan la ampliación del destino del aporte a transferir, pudiendo asignarse a la instalación y funcionamiento de otros “Centros de Aislamiento Sanitario” en el ámbito territorial de la jurisdicción municipal.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo de numeración y registración pertinente.

Por ello,

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA:

Art. 1º: Numérese y regístrese en el D.M.M. la Adenda al Convenio numerado y registrado por Decreto D.M.M. Nº 00064/20, suscripto entre la Municipalidad de Santa Fe de la Vera Cruz y el Gobierno de la Provincia de Santa Fe, en fecha 02 de abril de 2020, la cual forma parte integrante del presente decreto.-

Art. 2º: Refréndese por el Señor Secretario de Gobierno.-

 

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Decreto DMM N° 00085/2020

INFORMACIÓN DETALLADA
  • Procedencia: DEM
    Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00085/2020
    Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
    N° expediente: DE-1206-01660518-0 (NI)
Resumen
Numérese y regístrese en el D.M.M. el Convenio de Colaboración suscripto entre la Municipalidad de Santa Fe de la Vera Cruz y la Asociación Sindical de Obreros y Empleados Municipales, en fecha 13 de abril de 2020, el que como anexo forma parte del presente Decreto.Fimantes
Lic. Raúl Emilio Jatón, Intendente
C.P.N. Nicolás Daniel Aimar, Secretario de Gobierno
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
DECRETO D.M.M. – SECRETARÍA DE GOBIERNO – AÑO 2020 – Nº 00085

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 27 ABR 2020

VISTO:

El Documento DE-1206-01660518-0 (NI) y;

CONSIDERANDO:

Que por la actuación de referencia se adjunta Convenio de Colaboración suscripto entre la Municipalidad de Santa Fe de la Vera Cruz y la Asociación Sindical de Obreros y Empleados Municipales (A.S.O.E.M.), en fecha 13 de abril de 2020.

Que por el mismo, y con el objeto de atender la emergencia sanitaria declarada con motivo de la pandemia por la propagación del coronavirus Covid-19, A.S.O.E.M. cede en comodato instalaciones de su Campo Recreativo para el funcionamiento de un “Centro de Aislamiento Sanitario” destinado a albergar a aquellos pacientes que sean admitidos por la Municipalidad producto de las acciones sanitarias coordinadas con el gobierno provincial.

Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente que numere y registre el convenio adjunto.

Por ello:

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
D E C R E T A:

Art. 1º: Numérese y regístrese en el D.M.M. el Convenio de Colaboración suscripto entre la Municipalidad de Santa Fe de la Vera Cruz y la Asociación Sindical de Obreros y Empleados Municipales, en fecha 13 de abril de 2020, el que como anexo forma parte del presente Decreto.

Art. 2°: Refréndese el presente por el Secretario de Gobierno.-

Art. 3°: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.

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