Resolución Intendente N° 661/2019

  • Procedencia: DEM
    Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 661/2019
    Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos
    N° expediente: DE-0448-01629336-7 (N)
Resumen
Certificar de manera completa los servicios prestados por la firma CLIBA INGENIERIA AMBIENTAL S.A. – TECSAN AMBIENTAL S.A.- UTE durante el día 5 de Septiembre de 2019, ante la medida de fuerza dispuesta por el Sindicato de Camioneros y Gremios del Transporte.-Fimantes
Abog. José Manuel Corral, Intendente
Tco. Mariano Cejas, Secretario de Ambiente y Espacios Públicos
C.P.N. Mg. María Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCION Nº 661

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 28 NOV 2019

VISTO:

El Documento DE-0448-01629336-7 (N), y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la actuación de referencia, la contratista del Sector I del Servicio de Recolección de residuos Domiciliarios, barrido de Calles, CLIBA INGENIERIA AMBIENTAL S.A. – TECSAN AMBIENTAL S.A.-(UTE) solicita el reconocimiento de los servicios prestados el día 5 de Septiembre de 2019, por la decisión de los delegados del sindicato de camioneros y gremios del transporte del estado de asamblea/paro de sus afiliados;

Que, ante tal medida, la contratista, a fin de no perjudicar los servicios y de atenuar las consecuencias al medioambiente de la ciudad, dispuso de recursos adicionales durante los días subsiguientes a la medida de fuerza, implicando gastos imprevistos como personal adicional, horas extras, combustible, etc;

Que, la Dirección de Higiene Ambiental informó que la empresa efectivamente reforzó todos los servicios con recursos adicionales tras la medida de fuerza;

Que, intervino la Asesora Legal de la Secretaria de Ambiente y Espacios Públicos emitiendo el dictamen pertinente (a cuyo fundamento cabe remitirse, atento su extensión) aconsejando la certificación completa de los servicios de los días 5 de septiembre de 2019, sin aplicar sanción alguna;

Que, la Secretaria de Ambiente y Espacios Público avaló lo dictaminado.

Que, este Departamento Ejecutivo resulta competente a los fines de emitir el dictado del acto administrativo pertinente;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1º: Certificar de manera completa los servicios prestados por la firma CLIBA INGENIERIA AMBIENTAL S.A. – TECSAN AMBIENTAL S.A.- UTE durante el día 5 de Septiembre de 2019, ante la medida de fuerza dispuesta por el Sindicato de Camioneros y Gremios del Transporte.-

Art. 2º: Dar intervención a la Dirección de Higiene Ambiental y la Secretaria de Hacienda. Cumplido, archivar.-

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Resolución Intendente N° 662/2019

  • Procedencia: DEM
    Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 662/2019
    Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
    N° expediente: DE-0456-01597445-4 (NI)
Resumen
Aprobar y registrar las Actas Compromisos de Pasantías suscriptas entre la Municipalidad de Santa Fe de la Vera Cruz, los alumnos detallados en anexo adjunto y representantes de entidades educativas, según los acuerdos firmados oportunamente, las que forman parte del presente Decreto.-Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
C.P.N. Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCIÓN Nº 662

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 28 NOV 2019

VISTO:

El Documento DE-0456-01597445-4 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante las actuaciones de referencia, la Subsecretaría de la Función Pública adjunta Actas Compromisos de Pasantías, suscriptas entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe, los alumnos detallados en anexo adjunto, y representantes de entidades educativas, según los acuerdos firmados oportunamente;

Que, la Secretaría de Hacienda informa que existe crédito para absorber la erogación que, demanda la presente gestión.

Que, corresponde el dictado del acto administrativo cuyo objeto disponga la aprobación y registración de las Actas Compromiso de Pasantías adjuntas;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1º: Aprobar y registrar las Actas Compromisos de Pasantías suscriptas entre la Municipalidad de Santa Fe de la Vera Cruz, los alumnos detallados en anexo adjunto y representantes de entidades educativas, según los acuerdos firmados oportunamente, las que forman parte del presente Decreto.-

Art. 2°: Remitir copia a la Dirección de Personal. Cumplimentado, ARCHÍVESE.

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Resolución Intendente N° 688/2019

  • Procedencia: DEM
    Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 688/2019
    Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Hacienda
    N° expediente: DE-0959-01499078-2
Resumen
Rechazar el recurso de reconsideración interpuesto por la firma DOMO EMPRENDIMIENTOS S.A., contra la Resolución Nº 179/19 de la Dirección de Fiscalización, atento a lo expuesto en el Considerando de la presente.-Fimantes
Abog. José Manuel Corral, Intendente
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCION Nº 688

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 04 DIC 2019

VISTO:
El Documento: DE-0959-01499078-2 (NI) y sus gloses, y;
CONSIDERANDO:
Que, corresponde resolver el recurso de reconsideración interpuesto por la firma DOMO EMPRENDIMIENTOS S.A., contra la Resolución Nº 179/19 de la Dirección de Fiscalización;
Que, la mencionada Resolución dispuso el cierre del proceso de verificación llevado a cabo sobre el padrón Nro. 109200 del Derecho de Registro e Inspección, por el cargo de Inspección Nº 28/18 iniciado al recurrente, como así también impugnó las bases imponibles declaradas por los períodos fiscales 03/15 a 02/16, determinó las bases imponibles por los períodos fiscales 03/15 a 03/18 y la aplicación de una multa sobre el padrón mencionado;
Que, por Resolución Nº 222/19 de la Dirección de Fiscalización se declaró admisible el recurso planteado;
Que, Fiscalía Municipal en Dictamen Nº 134/19 (a cuyos fundamentos cabe remitirse, atento a su extensión), expresa que el recurrente confunde hecho imponible con base imponible, ya que el art. 85º de la Ordenanza Nº 11.962 dispone que el hecho imponible del Derecho de Registro e Inspección “es la contraprestación pecuniaria que debe efectuarse al Municipio por los servicios que presta destinados a: a) Registrar y controlar las actividades comerciales, industriales, científicas, de investigación y toda actividad lucrativa; b) Preservar la salubridad, seguridad e higiene; c) fiscalizar la fidelidad de pesas y medidas; d) Inspeccionar y controlar las instalaciones eléctricas, motores, máquinas en general y generadores a vapor y eléctricos; e) Supervisión de vidrieras y publicidad propia; f) La facultad el Municipio respecto del poder de policía sobre temas de salubridad e higiene serán concurrentes y coordinadas con las provincias previstas y normadas por la Ley Nº 10.471”; mientras que el art. 86º establece como obligados al pago de la tasa “las personas físicas o jurídicas que desarrollen cualquier comercio, industria, negocio o actividad a título oneroso, lucrativa o no, cuando el respectivo local esté situado en la jurisdicción del Municipio”;
Que, tanto hecho imponible y sujeto obligado al pago se verifican respecto de la recurrente, quien posee local habilitado en la jurisdicción del municipio y desarrolla actividades a título oneroso y es destinataria, de las contraprestaciones identificadas en el art. 85º de la Ordenanza Nº 11.962, en tanto cuenta con número de padrón y tributa en consecuencia;
Que, asimismo, se encuentra acreditado que la recurrente no cuenta con local habilitado en otras jurisdicciones, por lo que los ingresos brutos devengados de la Provincia resultan atribuibles a la jurisdicción de esta Municipalidad;
Que, como surge de las bases imponibles declaradas en la Administración Provincial de Impuestos, durante los períodos sujetos a verificación la contribuyente ha declarado y tributado ingresos brutos por la actividad de servicios inmobiliarios, por lo que su consideración a los efectos de liquidar el Derecho de Registro e Inspección resulta indiscutible;
Que, en consecuencia la resolución impugnada se ajusta a los elementos obtenidos mediante el procedimiento de verificación llevado a cabo y a la Ordenanza Nº 11.962, por lo que corresponde confirmarla en todos sus términos;
Que, el Departamento Ejecutivo resulta competente a los fines de emitir el acto administrativo pertinente;
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:
Art. 1º: Rechazar el recurso de reconsideración interpuesto por la firma DOMO EMPRENDIMIENTOS S.A., contra la Resolución Nº 179/19 de la Dirección de Fiscalización, atento a lo expuesto en el Considerando de la presente.-
Art. 2°: Por Mesa de Entradas Única notificar al recurrente con entrega de copia en domicilio constituido en auto, haciéndole saber que se encuentra agotada la instancia administrativa.-
Art. 3°: Remitir la presente a Subsecretaría de Ingresos Públicos, para proceder en consecuencia.-

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Resolución Intendente N° 690/2019

  • Procedencia: DEM
    Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 690/2019
    Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
    N° expediente: DE-0476-01622951-0
Resumen
Registrar los Permisos de Uso, suscriptos entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y las personas detalladas en anexo adjunto, los que forman parte de la presente.-Fimantes
Abog. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCIÓN Nº 690

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 04 DIC 2019
VISTO:
El Documento DE-0476-01622951-0 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, la Secretaría de Cultura tiene, entre sus misiones y funciones, la de canalizar las demandas y necesidades vinculadas a las actividades culturales de la ciudad que llegan como iniciativas de diferentes instituciones, grupos o artistas independientes, brindándole espacios para lograr su inclusión dentro del circuito cultural.
Que, a tales fines y en ejercicio de sus facultades, se adjuntan Permisos de Usos de las distintas salas del Teatro Municipal “1º de Mayo”, Liceo Municipal y el Anfiteatro “Juan de Garay”, suscriptos entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y diversos artistas, para la realización de actividades y presentación de espectáculos públicos.
Que, por lo expuesto, es necesario dictar el acto administrativo de registración pertinente.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:
Art. 1º: Registrar los Permisos de Uso, suscriptos entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y las personas detalladas en anexo adjunto, los que forman parte de la presente.-
Art. 2º: Girar copia de la presente a la Secretaría de Cultura a sus efectos.-

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Resolución Intendente N° 667/2019

  • Procedencia: DEM
    Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 667/2019
    Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Planeamiento Urbano
    N° expediente: CO-0062-01366072-5 (PEC)
Resumen
Autorizar, acorde a lo previsto en la Ordenanza Nº 11.748/10, a la Firma Chacinados Tacural S.R.L. – C.U.I.T. Nº 30-58743818-2, a realizar en el domicilio de calle Chaco N° 6349, Distrito R3, la actividad “FABRICACIÓN DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS DIVERSOS”, clasificada como una actividad Industrial de Clase 1.-
Sugerir al Honorable Concejo Municipal que la autorización de uso sea otorgada por un plazo de dos (2) años.-Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Arq. Marcelo Pascualón, Secretario de Planeamiento Urbano
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCION Nº 667

SANTA FE DE LA VERA CRUZ; 28 NOV 2019

VISTO:

El Documento CO-0062-01366072-5 (PEC), y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante las actuaciones de referencia, el Sr. Norberto ROSSOTTO, en su carácter de Socio Gerente de la firma Chacinados Tacural S.R.L. – C.U.I.T. Nº 30-58743818-2, solicita al Honorable Concejo Municipal el uso no conforme para el rubro “Fabricación de Chacinados y Embutidos”, en el inmueble ubicado en calle Chaco Nº 6349, de esta ciudad, acompañando documental a eso fines;

Que, el Honorable Concejo Municipal solicita el cumplimiento de una serie de informes con la finalidad de fundar la resolución pertinente;

Que, la Secretaría de Hacienda, a través de sus áreas técnicas, informa que el inmueble donde se lleva adelante la actividad posee deudas de Tasa General de Inmueble en estado de Cobro en Gestión Administrativa, como así también, el Departamento Legal Tributario expresa que se registra deuda judicial a nombre de la Firma en concepto de multas por faltas, con emisión de Título Ejecutivo Nº H176;

Que, remitidas las actuaciones a Fiscalía Municipal, la misma expresa que no existen antecedentes relacionados a la presente actuación;

Que, la Dirección de Ambiente y Desarrollo Sustentable, otorga Conformidad Ambiental, sugiriendo un plazo de autorización por el términos de dos (2) años;

Que, la Dirección de Urbanismo informa que para la parcela de calle Chaco Nº 6349 la Ordenanza Nº 11748 asigna el Distrito R3. Asimismo, según el cuadro de Usos – Art. 40 del ROU – la actividad de “Fabricación de Productos Alimenticios Diversos” en el Rubro Actividad Industrial – Clase 1, solo esta admitida en los Distritos I, con la salvedad que establece la normativa;

Que, por todo lo expuesto la Asesora Legal interviniente, mediante Dictamen Nº 52/18, comparte lo manifestado por las distintas áreas, sugiriendo el dictado de la Resolución Ad-Referendum del Honorable Concejo Municipal;

Que, este Departamento Ejecutivo Municipal resulta competente a los fines de emitir el acto administrativo pertinente

Por ello:

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: Autorizar, acorde a lo previsto en la Ordenanza Nº 11.748/10, a la Firma Chacinados Tacural S.R.L. – C.U.I.T. Nº 30-58743818-2, a realizar en el domicilio de calle Chaco N° 6349, Distrito R3, la actividad “FABRICACIÓN DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS DIVERSOS”, clasificada como una actividad Industrial de Clase 1.-

Art. 2º: Sugerir al Honorable Concejo Municipal que la autorización de uso sea otorgada por un plazo de dos (2) años.-

Art. 3º: La presente Resolución se dicta ad-referéndum del Honorable Concejo Municipal, sin cuya aprobación no se podrá autorizar el desarrollo de la actividad ni aún en forma provisoria.-

Art. 4º: Con mensaje de estilo, remitir al Honorable Concejo Municipal, a los fines correspondientes.-

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Resolución Intendente N° 668/2019

  • Procedencia: DEM
    Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 668/2019
    Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Hacienda
    N° expediente: DE-0959-01555617-8 (NI)
Resumen
Hacer lugar al recurso de reconsideración interpuesto por el Sr. Gastón Gabriel Dovis, mediante apoderado, contra la Resolución Nº 193/19 de la Dirección de Fiscalización, atento a lo expuesto en el Considerando de la presente.-
Anular la Resolución Nº 193/19 de la Dirección de Fiscalización.-Fimantes
Abog. José Manuel Corral, Intendente
C.P.N. Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCION Nº 668

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 28 NOV 2019

VISTO:

El Documento: DE-0959-01555617-8 (NI) y sus gloses, y;

CONSIDERANDO:

Que, corresponde resolver el recurso de reconsideración interpuesto por el Sr. Gastón Gabriel Dovis, mediante apoderado, contra la Resolución Nº 193/19 de la Dirección de Fiscalización, que dispuso el cierre del proceso de verificación llevado a cabo sobre el padrón Nro. 92995 del Derecho de Registro e Inspección, por el cargo de Inspección Nº 95/18, como así también confirmó las bases imponibles declaradas por los períodos fiscales 01/13 a 06/14, y dispuso la aplicación de una multa sobre el padrón mencionado;

Que, por Resolución Nº 276/19 de la Dirección de Fiscalización se declaró admisible el recurso planteado;

Que, Fiscalía Municipal mediante Dictamen Nº 132/19 (a cuyos fundamentos cabe remitirse, atento a su extensión), expresa que del acta emitida por el verificador a cargo surge que el contribuyente realiza sus operaciones comerciales de fletero desde su domicilio particular, no contando con local comercial;

Que, en virtud de lo dispuesto por el art. 86º de la Ordenanza Nº 11.962, en el presente caso no se configura el hecho imponible que autoriza el cobro de la tasa bajo análisis;

Que, por lo expuesto el órgano asesor aconseja hacer lugar al recurso de reconsideración interpuesto por el Sr. Gastón Gabriel Dovis, por medio de patrocinio letrado, contra la Resolución Nº 193/19 de la Dirección de Fiscalización, dictando el acto administrativo que así lo disponga;

Que, este Departamento Ejecutivo resulta competente a los fines de emitir el acto administrativo pertinente;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º.- Hacer lugar al recurso de reconsideración interpuesto por el Sr. Gastón Gabriel Dovis, mediante apoderado, contra la Resolución Nº 193/19 de la Dirección de Fiscalización, atento a lo expuesto en el Considerando de la presente.-

Art. 2º.- Anular la Resolución Nº 193/19 de la Dirección de Fiscalización.-

Art. 3°.- Por Mesa de Entradas Única notificar al recurrente con entrega de copia en domicilio constituido en autos.-

Art. 4°.- Remitir la presente a Subsecretaría de Ingresos Públicos, a sus efectos. Cumplimentado, archívese.-

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Resolución Intendente N° 669/2019

  • Procedencia: DEM
    Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 669/2019
    Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
    N° expediente: DE-1073-01633315-5 (NI)
Resumen
Reconocer el Suplemento por “Dedicación Completa”, al agente Daniel Osvaldo BARCOS (Código Nº 2516), a partir del 11 de octubre de 2019 y por el término de doce (12) meses, conforme lo dispuesto por Decreto D.M.M. Nº 01895/12.-Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
C.P.N. Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCION Nº 669

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 28 NOV 2019

VISTO:

El Documento DE-1073-01633315-5 (NI); y,

CONSIDERANDO:

Que, por la actuación de referencia, la Secretaría de Obras Públicas solicita se abone el Suplemento por “Dedicación Completa” al agente Daniel Osvaldo BARCOS (Código Nº 2516);

Que, Dirección de Personal informa que el agente BARCOS, revista en esta Administración en calidad de Permanente, con funciones de Director, Categoría 23, Agrupamiento I- Administrativo, dependiente de la Dirección de Inspección y Certificación de Obras;

Que, este Departamento Ejecutivo Municipal estima necesario reconocer la tarea desempeñada y en consecuencia disponer el pago del Suplemento por “Dedicación Completa” que está cumpliendo el citado agente;

Por ello:

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: Reconocer el Suplemento por “Dedicación Completa”, al agente Daniel Osvaldo BARCOS (Código Nº 2516), a partir del 11 de octubre de 2019 y por el término de doce (12) meses, conforme lo dispuesto por Decreto D.M.M. Nº 01895/12.-

Art. 2º: Por Dirección de Personal (Departamento Sueldos) procédase a liquidar al citado agente, el suplemento reconocido en la presente.-

Art. 3º: Notifíquese y remítase copia de la presente disposición al interesado. Cumplimentado, ARCHÍVESE.-

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Resolución Intendente N° 670/2019

  • Procedencia: DEM
    Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 670/2019
    Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
    N° expediente: DE-1049-01636198-2 (NI)
Resumen
Exceptuar a los agentes de la Dirección de Mantenimiento Vial dependiente de la Secretaría de Obras Públicas detallados en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente Resolución, de lo dispuesto en el Decreto D.M.M. Nº 02026/10- “Reglamento del Sistema de Control de Ingreso y Egreso del Personal Municipal”, por estrictas razones de servicios y en razón de la especificidad propia de la tareas que desempeñan, a partir del 11 de noviembre y hasta el 31 de diciembre de 2019.-Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
C.P.N. Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCION Nº 670

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 28 NOV 2019

VISTO:

El Documento DE-1049-01636198-2 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, en la actuación de referencia, la Secretaría de Obras Públicas solicita se contemple la posibilidad de exceptuar del registro de ingreso y egreso a esta Administración Municipal, establecido por Decreto D.M.M. 02026/10, a los agentes detallados en el anexo adjunto, por estrictas razones de servicio y en razón de la especificidad propia de las tareas que desempeñan en la Dirección de Mantenimiento Vial;

Que, la Dirección de Personal informa la situación de revista de los agentes;

Que, el art. 1º del Decreto D.M.M. Nº 02026/10 dispone: “… El personal comprendido entre las categorías 08 a 24 deberá registrar su ingreso y egreso en los relojes digitales por aproximación. Las reparticiones que funciones fuera del Palacio Municipal y que no cuenten con dicho sistema, continuarán con los registros que tengan en uso actualmente, hasta tanto se implemente el mismo…”;

Que, se verifican los extremos necesarios para hacer lugar a lo solicitado, en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo, cuyo objeto disponga exceptuar a los agentes detallados en el anexo adjunto, de lo establecido en el Decreto D.M.M. Nº 02026/10, a partir del 11 de noviembre y hasta el 31 de diciembre de 2019;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: Exceptuar a los agentes de la Dirección de Mantenimiento Vial dependiente de la Secretaría de Obras Públicas detallados en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente Resolución, de lo dispuesto en el Decreto D.M.M. Nº 02026/10- “Reglamento del Sistema de Control de Ingreso y Egreso del Personal Municipal”, por estrictas razones de servicios y en razón de la especificidad propia de la tareas que desempeñan, a partir del 11 de noviembre y hasta el 31 de diciembre de 2019.-

Art. 2º: Remitir copia a la Dirección de Personal. Cumplimentado, ARCHIVESE.-

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Resolución Intendente N° 691/2019

  • Procedencia: DEM
    Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 691/2019
    Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
    N° expediente: DE-1051-01637032-2
Resumen
Aprobar y registrar los Contratos que se adjuntan y forman parte de la presente, suscriptos con las personas detalladas en el Anexo adjunto.Fimantes
Abog. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCION Nº 691

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 04 DIC 2019
VISTO:
El Documento DE-1051-01637032-2 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución 2019-349-APN-SECE#MPYT de la Secretaría de Empleo del Ministerio de Producción y Trabajo de la Nación, se dispuso la aprobación de Propuesta de Ejecución de Cursos de Apoyo a la Empleabilidad e Integración Social oportunamente presentada en el marco del Programa Jóvenes con Más y Mejor Trabajo.
Que, en cumplimiento de dicho proyecto, la Secretaría de Desarrollo Social remite los contratos de servicio suscriptos con los docentes a cargo del dictado del mencionado curso.
Que, cumpliendo los mismos con las formalidades exigidas conforme el Decreto D.M.M. Nº 02313/16, debe dictarse el acto administrativo que disponga la aprobación y registración de las actas referidas.
Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:
Art. 1º: Aprobar y registrar los Contratos que se adjuntan y forman parte de la presente, suscriptos con las personas detalladas en el Anexo adjunto.
Art. 2º: Autorizar a la Dirección de Administración Financiera a atender el gasto que demanda la presente gestión.

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Resolución Intendente N° 692/2019

  • Procedencia: DEM
    Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 692/2019
    Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Hacienda
    N° expediente: DE-0456-01634755-1
Resumen
Modificar el artículo 6º de la Resolución Nº 329/18, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Art. 6º.- Establecer que, en caso de ausencia de la Sra. Noelia Rita Widder, D.N.I. Nº 27.522.812, se reemplazará por la Sra. Maricel Beatriz Zenclussen, D.N.I. Nº 28.212.511, Asistente de Dirección Subrogante, o la Srta. Virginia Ferrero, D.N.I. Nº 29.722.619, Jefa de Departamento Contabilidad Subrogante, y en caso de la ausencia del Sr. Javier Pastor, D.N.I. Nº 14.681.214 lo reemplazará la Srta. Georgina Beatriz Candioti, D.N.I. Nº 28.074.022, Jefa de Departamento Asistente Técnico Subrogante o el Sr. Enrique Eduardo Larramendi, D.N.I. Nº 32.029.543, Asistente Profesional.-“Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCION Nº 692

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 04 DIC 2019

VISTO:

El Documento DE-0456-01634755-1 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, la Sra. Directora de Administración Financiera solicita, por razones operativas, se modifique el art. 6º de la Resolución Nº 329/18;

Que, es necesario actualizar los reemplazos dispuestos por el artículo mencionado, para iniciar todo tipo de trámites inherentes a la Dirección de Administración Financiera, como así también a la firma de cheques que se emitan desde el Municipio, en ausencia de los agentes titulares;

Que, se considera necesario y conveniente garantizar el normal funcionamiento en los trámites concernientes a los bancos y organismos con los que opera la Municipalidad;

Que, este Departamento Ejecutivo Municipal resulta competente a los fines de emitir el acto administrativo pertinente;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º.- Modificar el artículo 6º de la Resolución Nº 329/18, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Art. 6º.- Establecer que, en caso de ausencia de la Sra. Noelia Rita Widder, D.N.I. Nº 27.522.812, se reemplazará por la Sra. Maricel Beatriz Zenclussen, D.N.I. Nº 28.212.511, Asistente de Dirección Subrogante, o la Srta. Virginia Ferrero, D.N.I. Nº 29.722.619, Jefa de Departamento Contabilidad Subrogante, y en caso de la ausencia del Sr. Javier Pastor, D.N.I. Nº 14.681.214 lo reemplazará la Srta. Georgina Beatriz Candioti, D.N.I. Nº 28.074.022, Jefa de Departamento Asistente Técnico Subrogante o el Sr. Enrique Eduardo Larramendi, D.N.I. Nº 32.029.543, Asistente Profesional.-“

Art. 2º.- Remitir copia de la presente a la Dirección de Administración Financiera para su conocimiento.-

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