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Procedencia: DEMTipo de Normativa: Resolución Intendente
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N° Resolución Intendente: 667/2019Fecha de Sanción: —
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Secretaría: Secretaría de Planeamiento UrbanoN° expediente: CO-0062-01366072-5 (PEC)
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- Resumen
Autorizar, acorde a lo previsto en la Ordenanza Nº 11.748/10, a la Firma Chacinados Tacural S.R.L. – C.U.I.T. Nº 30-58743818-2, a realizar en el domicilio de calle Chaco N° 6349, Distrito R3, la actividad “FABRICACIÓN DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS DIVERSOS”, clasificada como una actividad Industrial de Clase 1.-
Sugerir al Honorable Concejo Municipal que la autorización de uso sea otorgada por un plazo de dos (2) años.-Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Arq. Marcelo Pascualón, Secretario de Planeamiento Urbano
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno - TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
- RESOLUCION Nº 667
SANTA FE DE LA VERA CRUZ; 28 NOV 2019
VISTO:
El Documento CO-0062-01366072-5 (PEC), y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante las actuaciones de referencia, el Sr. Norberto ROSSOTTO, en su carácter de Socio Gerente de la firma Chacinados Tacural S.R.L. – C.U.I.T. Nº 30-58743818-2, solicita al Honorable Concejo Municipal el uso no conforme para el rubro “Fabricación de Chacinados y Embutidos”, en el inmueble ubicado en calle Chaco Nº 6349, de esta ciudad, acompañando documental a eso fines;
Que, el Honorable Concejo Municipal solicita el cumplimiento de una serie de informes con la finalidad de fundar la resolución pertinente;
Que, la Secretaría de Hacienda, a través de sus áreas técnicas, informa que el inmueble donde se lleva adelante la actividad posee deudas de Tasa General de Inmueble en estado de Cobro en Gestión Administrativa, como así también, el Departamento Legal Tributario expresa que se registra deuda judicial a nombre de la Firma en concepto de multas por faltas, con emisión de Título Ejecutivo Nº H176;
Que, remitidas las actuaciones a Fiscalía Municipal, la misma expresa que no existen antecedentes relacionados a la presente actuación;
Que, la Dirección de Ambiente y Desarrollo Sustentable, otorga Conformidad Ambiental, sugiriendo un plazo de autorización por el términos de dos (2) años;
Que, la Dirección de Urbanismo informa que para la parcela de calle Chaco Nº 6349 la Ordenanza Nº 11748 asigna el Distrito R3. Asimismo, según el cuadro de Usos – Art. 40 del ROU – la actividad de “Fabricación de Productos Alimenticios Diversos” en el Rubro Actividad Industrial – Clase 1, solo esta admitida en los Distritos I, con la salvedad que establece la normativa;
Que, por todo lo expuesto la Asesora Legal interviniente, mediante Dictamen Nº 52/18, comparte lo manifestado por las distintas áreas, sugiriendo el dictado de la Resolución Ad-Referendum del Honorable Concejo Municipal;
Que, este Departamento Ejecutivo Municipal resulta competente a los fines de emitir el acto administrativo pertinente
Por ello:
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:Art. 1º: Autorizar, acorde a lo previsto en la Ordenanza Nº 11.748/10, a la Firma Chacinados Tacural S.R.L. – C.U.I.T. Nº 30-58743818-2, a realizar en el domicilio de calle Chaco N° 6349, Distrito R3, la actividad “FABRICACIÓN DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS DIVERSOS”, clasificada como una actividad Industrial de Clase 1.-
Art. 2º: Sugerir al Honorable Concejo Municipal que la autorización de uso sea otorgada por un plazo de dos (2) años.-
Art. 3º: La presente Resolución se dicta ad-referéndum del Honorable Concejo Municipal, sin cuya aprobación no se podrá autorizar el desarrollo de la actividad ni aún en forma provisoria.-
Art. 4º: Con mensaje de estilo, remitir al Honorable Concejo Municipal, a los fines correspondientes.-
Resolución Intendente N° 667/2019
17 de enero de 2020
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