Decreto DMM N° 00411/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00411/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: 

Resumen

Declárase como Embajador Santafesino al grupo CANTICUENTICOS.

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

DECRETO D.M.M.- SECRETARIA DE GOBIERNO – AÑO 2018– N° 00411

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 03 JUL 2018

VISTO:

La trayectoria del grupo CANTICUÉNTICOS, y;

CONSIDERANDO:

Que, el grupo integrado por Daniela Ranallo, Ruth Hillar, Laura Ibañez, Daniel Bianchi, Nahuel Ramayo, Gonzalo Carmelé y Sebastián Cúneo, nace en nuestra ciudad en el año 2007 con el objetivo de hacer un aporte al cancionero infantil creando música original para niños con ritmos argentinos y latinoamericanos, recurriendo al humor y la emoción.

Que, después de dos años de jugar con sonidos y palabras editaron su primer disco, “Canticuénticos embrujados”, posteriormente “Nada en su lugar”, en el año 2015 “Algo que decirte” y su último CD “¿Por qué, por qué?”, con varios temas muy reconocidos como “La cumbia del monstruo”, “El Mamboretá”, “Noni noni”, “Bate con la Cucharita” y “Santo remedio”, incorporando la cumbia y ritmos folklóricos en sus canciones. Asimismo, han editado varios libros de la colección “Canticuénticos en Papel” y numerosos videos, los cuales han sido reproducidos más de noventa millones de veces en su canal de You Tube.

Que, en los últimos tres años el grupo ha realizado más de trescientos conciertos, recorriendo la Argentina y otros países latinoamericanos, participando de varios encuentros internacionales de la canción para niños.

Que, por su trayectoria y valioso aporte al cancionero infantil nacional y latinoamericano, el grupo CANTICUÉNTICOS se ha convertido en un orgullo para toda la comunidad santafesina.

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA:
Art.1º: Declárase como Embajador Santafesino al grupo CANTICUENTICOS.

Art. 2º: Refréndese el presente Decreto por la Señora Secretaria de Gobierno.

Art. 3º: Comuníquese, publíquese y dese al D.M.M. y R.M.

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Decreto DMM N° 00402/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00402/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Planeamiento Urbano
  • N° expediente: 0448-01516804-0

Resumen

Establécense las siguientes tarifas para el sistema de transporte urbano por colectivos, las que regirán a partir de la 0 hora del día siguiente al de la implementación correspondiente en el Sistema SUBE por ante la Secretaría de Transporte de la Nación:
– Tarifa Boleto Frecuente: $14,35 (Pesos Catorce con Treinta y Cinco Centavos).
– Tarifa Centro: $11,20 (Pesos Once con Veinte Centavos).
– Tarifa Escolar: $6,40 (Pesos Seis con Cuarenta Centavos).
– Tarifa Jubilados: $8,00 (Pesos Ocho).
– Tarifa Estudiantil (Terciario–Universitario): $9,60 (Pesos Nueve con Sesenta Centavos).
– Tarifa Seguros: $3,20 (Pesos Tres con Veinte Centavos).

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
ARQ. MARCELO D. PASCUALON, Secretario de Planeamiento Urbano
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

DECRETO D.M.M. – SEC. DE PLANEAMIENTO URBANO – AÑO 2018 – Nº 00402

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 28 JUN 2018
VISTO:
El Documento 0448-01516804-0 y la Ordenanza Nº 11.580; y,

CONSIDERANDO:
Que, en las actuaciones de referencia, las Empresas prestatarias del servicio de transporte público de pasajeros por colectivos, solicitan el incremento tarifario, por haberse superado en más de un 5% la variación de los costos respecto al último valor que fuera establecido por Decreto DMM Nº 00960/17, de fecha 29 de Diciembre de 2017.
Que, habiendo tomado intervención el Órgano de Control del Transporte Público de Pasajeros por Colectivos, se emitió el dictamen correspondiente, mediante el cual se confirma que la variación de costos supera el porcentaje previsto por el Art. 16º de la Ordenanza Nº 11.580, por lo que entiende que el Departamento Ejecutivo Municipal se encuentra facultado a redeterminar la tarifa del servicio.
Que, el Programa de Movilidad Urbana, a los fines de evaluar lo solicitado, realiza un informe que se fundamenta, entre otras cosas, en el relevamiento de las declaraciones juradas presentadas por las empresas prestatarias de corte de boletos y su correspondencia con datos de SUBE por el periodo Junio 2017 a Mayo 2018; verificación de cumplimiento de requisitos de SISTAU ante la Secretaría de Transporte de la Nación; Índices de Precios Mayoristas y Consumidor Nacional Urbano publicados por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC); Subsidios acreditados durante los años 2017/2018 según la página web de la Secretaría de Transporte de la Nación; Parque móvil habilitado a Mayo de 2018, resultante del SIT; Copias de facturas presentadas por las empresas prestatarias, donde constan los precios abonados por el combustible, unidades 0 Km., neumáticos y demás componentes del costo; Planillas de escalas salariales del Sindicato Unión Tranviarios Automotor (UTA).
Que, por dichas razones el Programa de Movilidad Urbana informa que habiéndose superado el tope previsto por el artículo 16º de la Ordenanza Nº 11.580 debe procederse a la redeterminación del costo del pasaje de colectivo en las distintas tarifas que componen la escala tarifaría.
Que, en función de lo expresado, en la formulación de costos correspondientes se ha aplicado la fórmula elaborada oportunamente por la Universidad Tecnológica Nacional – Facultad Regional Santa Fe, para establecer los subsidios necesarios para el equilibrio del sistema, teniendo en cuenta la continuidad de esta modalidad para el corriente año.
Que, debe tenerse en cuenta, que la consolidación del servicio de colectivos como estructurador de la movilidad urbana, requiere una constante inversión de los operadores, a fin de mantener las mejoras manifiestas de los últimos años en cuanto a la modernización de la flota e infraestructuras adicionales y de apoyo –terminales de mantenimiento, talleres, lavaderos–, y capacitación de recursos humanos.
Que, en base a la Tarifa Plana calculada y en función de lo establecido en el Art. 20 de la Ordenanza 11.580 – Boleto Frecuente y la Ordenanza 10.780 de Franquicias Locales, se determinó el cuadro tarifario propuesto.
Que, en virtud de lo expresado, a fin de velar por la continuidad y regularidad del servicio público, éste Departamento Ejecutivo Municipal considera necesario redeterminar el cuadro tarifario del transporte público de pasajeros por colectivos, en base a los informes técnicos obrantes en las actuaciones de referencia.
Por ello,

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA:

Art. 1º: Establécense las siguientes tarifas para el sistema de transporte urbano por colectivos, las que regirán a partir de la 0 hora del día siguiente al de la implementación correspondiente en el Sistema SUBE por ante la Secretaría de Transporte de la Nación:
– Tarifa Boleto Frecuente: $14,35 (Pesos Catorce con Treinta y Cinco Centavos).
– Tarifa Centro: $11,20 (Pesos Once con Veinte Centavos).
– Tarifa Escolar: $6,40 (Pesos Seis con Cuarenta Centavos).
– Tarifa Jubilados: $8,00 (Pesos Ocho).
– Tarifa Estudiantil (Terciario–Universitario): $9,60 (Pesos Nueve con Sesenta Centavos).
– Tarifa Seguros: $3,20 (Pesos Tres con Veinte Centavos).

Art. 2º: Por Secretaría de Planeamiento Urbano, comuníquese a la Comisión Nacional de Regulación de Transportes y a Nación Servicios para que realicen las modificaciones pertinentes en el sistema SUBE.-

Art. 3º: Refréndese el presente por el señor Secretario de Planeamiento Urbano y la señora Secretaria de Gobierno.

Art. 4º: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.-

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Decreto DMM N° 00401/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00401/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Obras Públicas
  • N° expediente: DE-1049-01487325-1 (RP)

Resumen

Apruébese la contratación directa con la firma BAUZA INGENIERÍA S.R.L. para la obra “REPOSICIÓN DE COLUMNAS FALTANTES Y/O SINIESTRADAS EN DIFERENTES BARRIOS DE LA CIUDAD”, por un total de pesos un millón quinientos ochenta y dos mil quinientos setenta y cinco con 70/100 ($1.582.575,70).

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Ing. Ricardo Alcaraz, Secretario de Obras Públicas
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS – AÑO 2018– Nº 00401
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 27 JUN 2018
VISTO:
El Documento DE-1049-01487325-1 (RP), y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante las actuaciones de referencia, la Secretaria de Obras Públicas, tramita la contratación directa de la obra denominada “REPOSICIÓN DE COLUMNAS FALTANTES Y/O SINIESTRADAS EN DIFERENTES BARRIOS DE LA CIUDAD”, cuyo presupuesto oficial es de pesos un millón cuatrocientos catorce mil doscientos veintidós con 60/100 ($1.414.222,60).
Que, el objeto de la obra consiste en la reposición de columnas de idénticas características de las que estaban instaladas; la provisión, colocación y conexionado del correspondiente artefacto del estilo semicutt-off según la potencia que tenían, en los lugares que ha predeterminado la Dirección General de Alumbrado Público y Electromecánica, todo ello de acuerdo a las especificaciones técnicas del Pliego de Bases y Condiciones.
Que, en esta instancia, habiéndose autorizado mediante D.M.M. N° 00286/2018 la contratación directa para la ejecución de la referida obra y en el marco de asegurar un procedimiento sujeto a pautas de transparencia en el actuar administrativo, se han recabado dos (2) presupuestos a tales efectos.
Que, la oferta económica presentada por la empresa BAUZA INGENIERIA S.R.L. de pesos un millón quinientos ochenta y dos mil quinientos setenta y cinco con 70/100 ($1.582.575,70) resulta la oferta económicamente más conveniente y razonable, por ser la más ajustada al presupuesto oficial previsto.
Que, producidos los informes técnicos pertinentes, se constató que las muestras presentadas por la empresa no presentan objeción que formular, cumpliendo con las especificaciones técnicas y capacidad de contratación y ejecución.

Que, corrido traslado a la asesoría legal interviniente, esta aconsejó se autorice la contratación directa de la obra reseñada con la empresa BAUZA INGENIERÍA S.R.L., por ajustarse a las condiciones técnicas, capacidad de contratación y por ser su oferta económica la más conveniente, todo ello en la inteligencia de encontrarse las actuaciones amparadas por el artículo 4º inciso a) del Decreto D.M.M. Nº 1.857/79.
Que, en consecuencia, corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.
Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA

Art. 1°: Apruébese la contratación directa con la firma BAUZA INGENIERÍA S.R.L. para la obra “REPOSICIÓN DE COLUMNAS FALTANTES Y/O SINIESTRADAS EN DIFERENTES BARRIOS DE LA CIUDAD”, por un total de pesos un millón quinientos ochenta y dos mil quinientos setenta y cinco con 70/100 ($1.582.575,70).
Art. 2°: Autorízase a Secretaría de Hacienda a imputar en el Presupuesto vigente en la Jurisdicción: 1110128000 – Secretaría de Obras Públicas – Objeto del Gasto: 4.2.2.0 – Construcciones en Bienes de dominio público – Actividad Programática: 17.76.55 –
Fuentes de Financiamiento: 131 – Fondo de Origen Municipal, de pesos un millón quinientos ochenta y dos mil quinientos setenta y cinco con 70/100 ($1.582.575,70).
Art. 3º: Refréndese el presente Decreto por el Señor Secretario de Obras Públicas, y las Señoras Secretarias de Hacienda y de Gobierno.
Art. 4°: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.-

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Decreto DMM N° 00396/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00396/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Obras Públicas
  • N° expediente: DE-1073-01511596-7

Resumen

Autorízase la readecuación de la obra “PAVIMENTACIÓN Y DESAGÜES DE CALLE VELEZ SARSFIELD ENTRE SALVADOR DEL CARRIL Y LLERENA”, correspondiente a la Licitación Pública N° 14/2017, contratada con la empresa PONCE CONSTRUCCIONES S.R.L. en las cantidades, valores y porcentaje que se detallan en la planilla que como Anexo I se integra al presente Decreto.

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Ing. Ricardo Alcaráz, Secretario de Obras Públicas
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS – AÑO 2018 – Nº 00396

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 26 JUN 2018
VISTO:
El Documento DE-1073-01511596-7 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante las actuaciones de referencia, la Dirección de Inspección y Certificación de Obras elevó la propuesta de readecuación de obra y ampliación del plazo de ejecución, correspondiente a la Licitación Pública N° 14/17, “PAVIMENTACIÓN Y DESAGÜES DE CALLE VELEZ SARSFIELD ENTRE SALVADOR DEL CARRIL Y LLERENA”, contratada con la empresa PONCE CONSTRUCCIONES S.R.L.
Que, la Dirección de Inspección y Certificación de Obras señala en su informe que debido a las interferencias de los servicios de agua, cloaca y gas surge la necesidad de reducir los ítems Nº 9 y 10; y ampliar los ítems Nº 6 y 8; como así también la creación del ítem Nº 15.
Que, de las mencionadas readecuaciones de ítems y las lluvias acaecidas durante los meses abril y mayo de 2018, la inspección considera ajustado una ampliación que totaliza la cantidad de sesenta (60) días corridos.
Que, de los informes técnicos agregados en autos se deprende que hubo inconvenientes en la extracción de algunas especies arbóreas próximas para la liberación de la traza próxima a la red de gas. Que, además la prestadora de servicio de agua, procedió al cambio de una cañería y conexiones de redes domiciliarias en toda la traza de obra, donde el sondeo debió realizarse de manera sumamente cuidadosa, justificando las modificaciones solicitadas.
Que, de tal readecuación surge que la misma conllevan una incidencia del cero por ciento (0%) en el monto del contrato.
Que, intervino la Asesoría Legal de la Secretaría de Recursos Hídricos, emitiendo dictamen respectivo (a cuyos fundamentos cabe remitirse, atento a su extensión) considerando ajustado a derecho el otorgamiento de dicha readecuación y ampliación de plazo solicitadas, encuadrándolo en los artículos 42, 44, 53 Y 54 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, llevándose el nuevo plazo de culminación al día 08.08.2018.
Que, la contratista ha renunciado expresamente a reclamar mayores costos y/o gastos improductivos derivados de la presente ampliación de plazo y readecuación de obra.
Que, este Departamento Ejecutivo Municipal de acuerdo a la normativa vigente, resulta competente a los fines de dictar el acto administrativo que autorice la presente readecuación del contrato.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA.

Art. 1°: Autorízase la readecuación de la obra “PAVIMENTACIÓN Y DESAGÜES DE CALLE VELEZ SARSFIELD ENTRE SALVADOR DEL CARRIL Y LLERENA”, correspondiente a la Licitación Pública N° 14/2017, contratada con la empresa PONCE CONSTRUCCIONES S.R.L. en las cantidades, valores y porcentaje que se detallan en la planilla que como Anexo I se integra al presente Decreto.
Art. 2°: Dispónese la ampliación del plazo de ejecución de la obra mencionada en el Art. 1° del presente, por el término de SESENTA (60) días corridos, concluyendo dicho plazo el 08.08.18.
Art. 3° Dispónese la toma de nota por parte de las Direcciones de Administración Financiera, de Gestión de Bienes y de Inspección y Certificación de Obras, dependencia esta última que notificará en legal forma a la contratista y le requerirá la ampliación proporcional de la garantía de ejecución. Fecho, se dejará constancia en el legajo de la presente obra.
Art. 4°: Refréndese el presente Decreto por el Señor Secretario de Obras Públicas y las Señoras Secretarias de Hacienda y de Gobierno.
Art. 5°: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.-

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Decreto DMM N° 659/2017

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 659/2017
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0448-01196069-7 (N)

Resumen

Rechazar el Recurso de Reconsideración interpuesto por el Sr. Edgardo BAUMGARTNER, en nombre y representación de la sociedad COTALI S.A., en fecha 02 de febrero de 2017, contra la Resolución del Departamento Ejecutivo Municipal Nº 405/16, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes, haciéndole saber que con el dictado de la presente se ha agotado, a su respecto, la instancia administrativa.-
Hacer lugar al reclamo administrativo formulado por el Sr. Edgardo BAUMGARTNER, en nombre y representación de la sociedad COTALI S.A., en fecha 16 de febrero de 2017, por las razones expuestas en los considerandos precedentes.

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 659
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 29 DIC 2017
VISTO:
El expediente DE-0448-01196069-7 (N), y
CONSIDERANDO:
Que, deben resolverse el Recurso de Reconsideración interpuesto en fecha 02.02.17 por el Sr. Edgardo BAUMGARTNER, en nombre y representación de la sociedad COTALI S.A., que de modo parcial impugna la Resolución del Departamento Ejecutivo Nº 405/2016, respecto al valor fijado para el metro cúbico de tierra que se utilizara para el cálculo de las obligaciones a compensar; y el reclamo administrativo promovido por el mismo, en fecha 16.02.17, por los trabajos de compactación y nivelación que pretende le sean reconocidos y abonados.
Que, mediante la Resolución Nº 500/2015 se dispuso la compensación de las obligaciones asumidas entre la Municipalidad y la firma COTALI S.A., mediante boleto de compraventa numerado y registrado por D.M.M. 01235/13, por el valor resultante de la cantidad de mil ochocientos metros cúbicos (1800m3) de tierra a un valor de ciento cincuenta y cinco pesos ($155) el metro cúbico, producto de la realización de las obras de alteo.
Que, posteriormente, mediante la Resolución Nº 405/2016 se reconoce a favor la firma una diferencia de novecientos veintiséis metros cúbicos (926m3) de tierra, reproduciéndose el mismo valor del metro cúbico de la anterior resolución.
Que, previa intervención de las áreas pertinentes, Fiscalía Municipal emitió el Dictamen Nº 077/17, en el cual señala que en relación al cuestionamiento sobre el valor de pesos ciento cincuenta y cinco ($155) asignado al metro cúbico por la repartición técnica competente, y otorgado mediante Resolución Nº 500/2015 y posteriormente reproducido en la Resolución Nº 405/2016, la recurrente no demuestra que el mismo resultara insuficiente, alegando un supuesto valor de mercado que omite probar y fundar de modo adecuado con argumentos y elementos de prueba que permitan rebatir el informe técnico confeccionado por la Secretaría de Obras Públicas que motivó la resolución atacada.
Que, asimismo expresa que la firma interesada expresa y voluntariamente aceptó, en fecha 06.04.16, el valor que posteriormente cuestiona, por lo que aconseja el rechazo de la pretensión.
Que, en relación al reclamo promovido por la empresa citada acerca de las tareas de nivelación y compactación, de acuerdo a lo manifestado por la Dirección de Estudios y Proyectos, el Órgano Asesor estima que corresponde reconocer los trabajos realizados en tal sentido por la firma, según el valor y la cantidad de metros cúbicos determinados por la repartición mencionada, equivalentes a pesos ochenta y cinco ($85) por cada uno de los dos mil setecientos veintiséis metros cúbicos (2726m3), en atención a que dichos trabajos no fueron oportunamente considerados ni contemplados para la compensación dispuesta por la Administración.
Que, este Departamento Ejecutivo comparte el criterio sustentado por el Órgano Asesor, por lo que debe dictarse el acto administrativo pertinente.
Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:
Art. 1º.- Rechazar el Recurso de Reconsideración interpuesto por el Sr. Edgardo BAUMGARTNER, en nombre y representación de la sociedad COTALI S.A., en fecha 02 de febrero de 2017, contra la Resolución del Departamento Ejecutivo Municipal Nº 405/16, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes, haciéndole saber que con el dictado de la presente se ha agotado, a su respecto, la instancia administrativa.-
Art. 2º.- Hacer lugar al reclamo administrativo formulado por el Sr. Edgardo BAUMGARTNER, en nombre y representación de la sociedad COTALI S.A., en fecha 16 de febrero de 2017, por las razones expuestas en los considerandos precedentes.-
Art. 3º.- Remítase copia de la presente a las Secretarías competentes, a sus efectos.-
Art. 4º.- Por Dirección de Mesa de Entradas Única, notifíquese fehacientemente en el domicilio constituido. Cumplimentado, archívese.-

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Decreto DMM N° 00395/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00395/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos
  • N° expediente: DE-1124-01500107-6

Resumen

Numérese y regístrese en el DMM el “Convenio de Iniciativa Comunitaria –Revalorización del Espacio Público de Interés Social y Educativo” suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, y la Cooperativa de Trabajo Las Flores II Limitada, en fecha 8 de Junio de 2018, que acompaña al presente.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Tco. MARIANO CEJAS, Secretario de Ambiente y Espacios Públicos
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

DECRETO D.M.M. – SEC. DE AMBIENTE Y ESPACIOS PCOS. – AÑO 2018 – Nº 00395

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 26 JUN 2018

VISTO:

El Documento Nº DE-1124-01500107-6 (NI) y;

CONSIDERANDO:

Que, en la actuación de referencia se adjunta el “Convenio de Iniciativa Comunitaria – Revalorización del Espacio Público de Interés Social y Educativo”- suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, y la Cooperativa de Trabajo Las Flores II Limitada en fecha 8 de Junio de 2018.

Que, el objeto del referido Convenio es la ejecución de las tareas de “Revalorización del Espacio Público de Interés Social y Educativo”, que como Anexo I se acompaña.

Que, por lo expuesto, es necesario dictar el acto administrativo de numeración y registración pertinente.

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA:

Art.1º. Numérese y regístrese en el DMM el “Convenio de Iniciativa Comunitaria –Revalorización del Espacio Público de Interés Social y Educativo” suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, y la Cooperativa de Trabajo Las Flores II Limitada, en fecha 8 de Junio de 2018, que acompaña al presente.-

Art. 2º. Refréndese el presente Decreto por las Señoras Secretarias de Gobierno y de Hacienda y el Señor Secretario de Ambiente y Espacios Públicos.-

Art. 3º. Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M Y R.M.-

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Decreto DMM N° 00347/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00347/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Planeamiento Urbano
  • N° expediente: DE-0448-01502798-0(N)

Resumen

Autorizase – por las razones expuestas en los considerandos del presente – ampliación de ítems de la obra “MEJORAMIENTO INTEGRAL DEL HABITAT Bº GUADALUPE OESTE Y CORONEL DORREGO, ESPACIO PUBLICO, VIVIENDA Y EQUIPAMIENTO CULTURAL”, Licitación Pública Nº 08/2016, cuya contratista es la firma EFE CONSTRUCCIONES, unipersonal de Carlos Fierro, según planilla que como Anexo integra el presente Decreto.
Autorizase a Secretaría de Hacienda a realizar la modificación presupuestarias pertinentes aumentando el monto total de la obra en pesos TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO c/69/100 ($ 387.288,69).

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
ARQ. MARCELO D. PASCUALON, Secretario de Planeamiento Urbano
CPN María Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE PLANEAMIENTO URBANO – AÑO 2018 – Nº 00347
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 11 JUN 2018

VISTO:
El Expediente DE-0448-01502798-0(N), y;

CONSIDERANDO:
Que, mediante la actuación de referencia, la empresa EFE CONSTRUCCIONES, unipersonal de Carlos Fierro, contratista de la obra “MEJORAMIENTO INTEGRAL DEL HABITAT Bº GUADALUPE OESTE Y CORONEL DORREGO, ESPACIO PUBLICO, VIVIENDA Y EQUIPAMIENTO CULTURAL”, Licitación Pública N° 08/2016, hace entrega del balance económico resultante del cambio de proyecto convenido con la Subsecretaría de Obras de Arquitectura sobre los frentes de obra A-01 Edificio de Viviendas, A-02 Edificio NIDO y B-01 Paseo Sarmiento de la obra de referencia.
Que, la Subsecretaría de Obras de Arquitectura expuso las razones que abonarían la pretensión de dicha ampliación de los ítems, de acuerdo a las previsiones contenidas en los Art. 42, 44 y 45 del Pliego de Bases y Condiciones Generales aplicable a la obra, totalizando un monto de ampliación de pesos: TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO c/69/100 ($ 387.288,69), dicho importe representa un 0.73% del monto contractual; resultando el nuevo monto de obra en pesos CINCUENTA Y SEIS MILLONES, OCHOCIENTOS TRECE MIL, QUINIENTOS VEINTICUATRO CON 63/100 ($ 56.813.524,63).
Que, asimismo se considera pertinente una ampliación de plazo total de diez (10) días corridos, tanto por días de lluvia y exceso de humedad (5 días) como para la ejecución de los trabajos adicionales (5 días);
Que, oportunamente intervino la Asesora Legal de la Secretaría de Planeamiento, enunciando que no existen observaciones jurídicas que formular;
Que, la situación planteada se encuentra expresamente prevista en la Ley de Obras Públicas Nº 5188, la cual es norma aplicable por remisión del Pliego de Bases y Condiciones de la licitación de la obra de referencia, sin perjuicio de la propia normativa que este mismo contiene;
Que, la Secretaría de Hacienda tomó conocimiento de la situación expuesta;
Que, así las cosas, este Departamento Ejecutivo Municipal resulta competente a fin de dictar el acto administrativo que autorice la presente ampliación de contrato de la obra motivo de estos actuados;
Por ello:
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
D E C R E T A:

Art. 1º: Autorizase – por las razones expuestas en los considerandos del presente – ampliación de ítems de la obra “MEJORAMIENTO INTEGRAL DEL HABITAT Bº GUADALUPE OESTE Y CORONEL DORREGO, ESPACIO PUBLICO, VIVIENDA Y EQUIPAMIENTO CULTURAL”, Licitación Pública Nº 08/2016, cuya contratista es la firma EFE CONSTRUCCIONES, unipersonal de Carlos Fierro, según planilla que como Anexo integra el presente Decreto.
Art. 2º: Autorizase a Secretaría de Hacienda a realizar la modificación presupuestarias pertinentes aumentando el monto total de la obra en pesos TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO c/69/100 ($ 387.288,69).
Art. 3º: Autorícese la ampliación del plazo de ejecución de la obra, por el término de diez (10) días corridos siendo la nueva fecha de finalización de los trabajos el día 22 de junio de 2018.
Art. 4º: Dispónese la toma de nota por parte de la Dirección de Administración Financiera, de la Agencia para el Desarrollo Social y Urbano Santa Fe Hábitat y de la Subsecretaria de Obras de Arquitectura, repartición esta última que previa notificación en legal forma a la contratista, glosará estas actuaciones en el legajo de obra respectivo.
Art. 5º: Refréndese el presente Decreto por el Señor Secretario de Planeamiento Urbano y las Señoras Secretarias de Hacienda y de Gobierno.
Art. 6º: Comuníquese, publíquese y dese al D.M.M. y R.M.

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Decreto DMM N° 00394/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00394/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos
  • N° expediente: DE-0467-01495853-2

Resumen

Numérese y regístrese en el DMM el “Convenio de Iniciativa Comunitaria – Revalorización del Espacio Público de Interés Social y Educativo” suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, y la Cooperativa de Trabajo Pueblo de Jehová Limitada, en fecha 13 de Junio de 2018, que acompañan al presente.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Tco. MARIANO CEJAS, Secretario de Ambiente y Espacios Públicos
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

DECRETO D.M.M. – SEC. DE AMBIENTE Y ESPACIOS PCOS. – AÑO 2018 – Nº 00394

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 26 JUN 2018

VISTO:

El Documento Nº DE-0467-01495853-2 (NI) y;

CONSIDERANDO:

Que, en la actuación de referencia se adjunta el “Convenio de Iniciativa Comunitaria – Revalorización del Espacio Público de Interés Social y Educativo”- suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, y la Cooperativa de Trabajo Pueblo de Jehová Limitada, en fecha 13 de Junio de 2018.

Que, el objeto del referido Convenio es la ejecución de las tareas de “Revalorización del Espacio Público de Interés Social y Educativo”, que como Anexo I se acompaña.

Que, por lo expuesto, es necesario dictar el acto administrativo de numeración y registración pertinente.

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA:

Art.1º. Numérese y regístrese en el DMM el “Convenio de Iniciativa Comunitaria – Revalorización del Espacio Público de Interés Social y Educativo” suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, y la Cooperativa de Trabajo Pueblo de Jehová Limitada, en fecha 13 de Junio de 2018, que acompañan al presente.-

Art. 2º. Refréndese el presente Decreto por las Señoras Secretarias de Gobierno y de Hacienda y el Señor Secretario de Ambiente y Espacios Públicos.-

Art. 3º. Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M Y R.M.-

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Decreto DMM N° 00393/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00393/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos
  • N° expediente: DE-0421-01479753-4

Resumen

Numérese y regístrese en el DMM el “Convenio de Iniciativa Comunitaria – Revalorización del Espacio Público de Interés Social y Educativo” suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, y la Cooperativa de Trabajo Pueblo de Jehová Limitada, en fecha 5 de Junio de 2018, que acompañan al presente.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Tco. MARIANO CEJAS, Secretario de Ambiente y Espacios Públicos
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

DECRETO D.M.M. – SEC. DE AMBIENTE Y ESPACIOS PCOS. – AÑO 2018 – Nº 00393

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 26 JUN 2018

VISTO:

El Documento Nº DE-0421-01479753-4 (NI) y;

CONSIDERANDO:

Que, en la actuación de referencia se adjunta el “Convenio de Iniciativa Comunitaria – Revalorización del Espacio Público de Interés Social y Educativo”- suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, y la Cooperativa de Trabajo Pueblo de Jehová Limitada, en fecha 5 de Junio de 2018.

Que, el objeto del referido Convenio es la ejecución de las tareas de “Revalorización del Espacio Público de Interés Social y Educativo”, que como Anexo I se acompaña.

Que, por lo expuesto, es necesario dictar el acto administrativo de numeración y registración pertinente.

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA:

Art.1º. Numérese y regístrese en el DMM el “Convenio de Iniciativa Comunitaria – Revalorización del Espacio Público de Interés Social y Educativo” suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, y la Cooperativa de Trabajo Pueblo de Jehová Limitada, en fecha 5 de Junio de 2018, que acompañan al presente.-

Art. 2º. Refréndese el presente Decreto por las Señoras Secretarias de Gobierno y de Hacienda y el Señor Secretario de Ambiente y Espacios Públicos.-

Art. 3º. Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M Y R.M.-

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Decreto DMM N° 00392/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00392/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0420-01476847-7

Resumen

Numérese y regístrese en el D.M.M. Convenio suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y la Superintendencia de Riesgos del Trabajo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, el cual forma parte del presente decreto.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE GOBIERNO – AÑO 2018 – Nº 00392
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 15 JUN 2018
VISTO:
El Documento DE-0420-01476847-7 (NI), y
CONSIDERANDO:
Que, en la actuación de referencia, se adjunta Convenio suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y la Superintendencia de Riesgos del Trabajo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación.
Que, en virtud del mismo las partes definen las acciones tendientes a mejorar las condiciones y medio ambiente del trabajo en ámbitos de la Municipalidad.
Que, por lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo de numeración y registración pertinente.
Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA:
Art. 1º: Numérese y regístrese en el D.M.M. Convenio suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y la Superintendencia de Riesgos del Trabajo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, el cual forma parte del presente decreto.-
Art. 2º: Refréndese por la señora Secretaria de Gobierno.-
Art. 3º: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.-

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