Decreto DPB N° 0074/2020

INFORMACIÓN DETALLADA

  • Procedencia: DEMTipo de Normativa: Decreto DPB
  • N° Decreto DPB: 0074/2020Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de GobiernoN° expediente: DE-1051-01649084-9 (NI)

Resumen
Otórguese Licencia sin goce de haberes por razones de índole particular, a la agente Rosana María NAGEL (Código Nº 13692), personal Permanente, con funciones de Asistente Profesional, Categoría 16, Agrupamiento II-Profesional, dependiente de la Secretaría de Integración y Economía Social, a partir del 02 de marzo de 2020 y por el término de un (1) año, conforme lo dispuesto en el art. 49 de la Ley Nº 9256.

Fimantes
Lic. Raúl Emilio Jatón, Intendente
C.P.N. Nicolás Daniel Aimar, Secretario de Gobierno

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

DECRETO D.P.B. – SECRETARIA DE GOBIERNO – AÑO 2020 – Nº 0074

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 28 FEB 2020

VISTO:

El Documento DE-1051-01649084-9 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que en la actuación de referencia, la agente Rosana María NAGEL (Código Nº 13692), solicita licencia sin goce de haberes por razones de índole particular, a partir del 02 de marzo de 2020 y por el término de un (1) año.

Que la ley 9.256/83 en su art. 49º, establece que los agentes de las Municipalidades y Comunas con no menos de 2 años de antigüedad, tendrán derecho a un (1) año de licencia sin goce de sueldo, corrido, continuo o alternado, cuando invoquen razones particulares.

Que la Dirección de Personal comunica que la citada agente revista en esta Administración en calidad de personal Permanente, con funciones de Asistente Profesional, Categoría 16, Agrupamiento II-Profesional, dependiente de la Secretaría de Integración y Economía Social, contando a la fecha del informe técnico con una antigüedad municipal de 5 años, 2 meses y 29 días.

Que dicha repartición manifiesta en su informe técnico que la agente dio cumplimiento al requisito exigido en cuanto al plazo de antigüedad y tiempo para solicitar la licencia.

Que desde la Dirección Ejecutiva de la Función Pública se aconseja el dictado del acto administrativo que disponga el otorgamiento de la licencia solicitada, a partir del 02 de marzo de 2020 y por el término de un (1) año, conforme lo establecido en el art. 49 de la ley Nº 9.256.

Por ello:

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ DECRETA:

Art. 1º: Otórguese Licencia sin goce de haberes por razones de índole particular, a la agente Rosana María NAGEL (Código Nº 13692), personal Permanente, con funciones de Asistente Profesional, Categoría 16, Agrupamiento II-Profesional, dependiente de la Secretaría de Integración y Economía Social, a partir del 02 de marzo de 2020 y por el término de un (1) año, conforme lo dispuesto en el art. 49 de la Ley Nº 9256.

Art. 2º: Refréndese el presente Decreto por el Secretario de Gobierno.

Art. 3º: Comuníquese, publíquese y dése al R.M.

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Decreto DPB N° 0072/2020

INFORMACIÓN DETALLADA

  • Procedencia: DEMTipo de Normativa: Decreto DPB
  • N° Decreto DPB: 0072/2020Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de GobiernoN° expediente: DE-0448-01648471-9 (NI)

Resumen
Dispónese el traslado de la agente Andrea TARRAGONA (Código N° 13493), Personal Permanente, con funciones de Agente de Seguridad, Categoría 15, Agrupamiento VI- Servicios Generales, dependiente de la Subsecretaría de Convivencia Ciudadana, Secretaría de Control y Convivencia Ciudadana, a la Subsecretaría de Descentralización, de la Secretaría General, con pérdida de los suplementos respectivos, a partir del 01 de febrero de 2020.

Fimantes
Lic. Raúl Emilio Jatón, Intendente
C.P.N. Nicolás Daniel Aimar, Secretario de GobiernoTEXTO COMPLETO DE LA NORMA

DECRETO D.P.B. – SECRETARIA DE GOBIERNO – AÑO 2020 – Nº 0072

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 28 FEB 2020

VISTO:

El Documento DE-0448-01648471-9 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la actuación de referencia, la agente Andrea TARRAGONA (Código N° 13493), solicita el traslado a la Subsecretaría de Descentralización.

Que la Dirección de Personal manifiesta que la citada agente, revista en esta Administración en calidad de Personal Permanente, con funciones de Agente de Seguridad, Categoría 15, Agrupamiento VI- Servicios Generales, dependiente de la Subsecretaría de Convivencia Ciudadana, Secretaría de Control y Convivencia Ciudadana.

Que asimismo informa que la citada percibe el suplemento por Riesgo y Tareas Peligrosas.

Que la Subdirección Ejecutiva de Fortalecimiento Institucional y Formación de la GSI y Subsecretaria de Descentralización no presenta objeciones a lo solicitado.

Que el traslado se encuentra previsto en el art. 58, de la Ordenanza Nº 8527/83.

Que la Dirección Ejecutiva de Función Pública aconseja el dictado del acto administrativo que disponga el traslado de la agente TARRAGONA, con pérdida de los suplementos respectivos, a partir del 01 de febrero de 2020, por los motivos expuestos precedentemente.

Por ello:

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ DECRETA:

Art. 1º: Dispónese el traslado de la agente Andrea TARRAGONA (Código N° 13493), Personal Permanente, con funciones de Agente de Seguridad, Categoría 15, Agrupamiento VI- Servicios Generales, dependiente de la Subsecretaría de Convivencia Ciudadana, Secretaría de Control y Convivencia Ciudadana, a la Subsecretaría de Descentralización, de la Secretaría General, con pérdida de los suplementos respectivos, a partir del 01 de febrero de 2020.

Art. 2º: Refréndese el presente Decreto por el Secretario de Gobierno.

Art. 3º: Comuníquese, publíquese y dése al R.M.

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Resolución Intendente N° 049/2020

INFORMACIÓN DETALLADA

  • Procedencia: DEMTipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 049/2020Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de GobiernoN° expediente: DE-0429-01650371-6 (NI)

Resumen
Intimar por intermedio de la Dirección de Personal a los agentes que se mencionan en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, a que a partir de la fecha de cumplimiento de los requisitos de edad y de servicios, realicen ante el Organismo Previsional competente, la tramitación del beneficio jubilatorio al que tuvieren derecho, de conformidad a lo establecido en el Decreto 00735/01.

Fimantes
Lic. Raúl Emilio Jatón, Intendente
C.P.N. Nicolás Daniel Aimar, Secretario de GobiernoTEXTO COMPLETO DE LA NORMA

RESOLUCION Nº 049

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 04 MAR 2020

VISTO:

El Documento DE-0429-01650371-6 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que en el marco de las disposiciones normativas fijadas en las Ordenanzas N° 6166 y 8527, la Dirección Ejecutiva de Función Pública solicita a la Dirección General de Personal tenga a bien informar la nómina de agentes que se encuentren en condiciones de acceder al beneficio de jubilación ordinaria o por edad avanzada.

Que cumplido lo peticionado, la Dirección solicitante elabora dictamen requiriendo la confección del acto administrativo que intime a los agentes informados por la Dirección General de Personal a que, a partir de la fecha de cumplimiento de los requisitos de edad y de servicios, realicen ante el Organismo Previsional competente la tramitación del beneficio al que tuvieren derecho conforme a las pautas establecidas en el Decreto D.M.M. N° 00735/01.

Que a los fines del cumplimiento de lo dispuesto ut supra, la Dirección de Personal deberá poner a disposición de los agentes toda la documentación y demás elementos necesarios para que realicen los trámites pertinentes a los fines de obtener, previo agotamiento de las licencias y franquicias pendientes, el beneficio jubilatorio correspondiente en el plazo de treinta (30) días.

Que asimismo corresponde requerir a la Caja de Jubilaciones y Pensiones la remisión, al día siguiente hábil de su dictado, de copias certificadas de las comunicaciones o actos administrativos por los cuales se informen los agentes que se encuentran en condiciones de acceder al beneficio previsional, a los fines de dictar el Decreto que disponga su cese. En aquellos casos en que el beneficio se tramite ante otro Organismo Previsional, el agente deberá notificar a la Dirección de Personal la comunicación o acto administrativo que dicte el organismo competente en tal sentido, el mismo día que le sea notificada o al siguiente hábil de su notificación, a idénticos fines.

Por ello:

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ RESUELVE:

Art. 1º: Intimar por intermedio de la Dirección de Personal a los agentes que se mencionan en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, a que a partir de la fecha de cumplimiento de los requisitos de edad y de servicios, realicen ante el Organismo Previsional competente, la tramitación del beneficio jubilatorio al que tuvieren derecho, de conformidad a lo establecido en el Decreto 00735/01.

Art. 2º.- Remitir copia de la presente a la Dirección de Personal y a la Caja Municipal de Jubilaciones y Pensiones.

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Resolución Intendente N° 050/2020

INFORMACIÓN DETALLADA

  • Procedencia: DEMTipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 050/2020Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de GobiernoN° expediente: DE-0461-01647237-5 (N)

Resumen
Dejar sin efecto la Resolución Nº 203/16 que autorizaba el cambio de horario al agente Alejandro CAMPAGNOLI (Código Nº 13359) a partir del 17.01.20, siendo su horario de prestación de servicios de 07:00 hs. a 13:00 hs.
Autorizar el cambio de horario de ingreso y egreso a esta Administración Municipal a los agentes detallados en el Anexo, que integra la presente, a partir de las fechas y horarios especificados en el mismo, por estrictas razones de servicios.
Limitar la eximición del registro de ingreso y egreso a esta Administración Municipal autorizada a las agentes Ana Julia MARTÍNEZ (Código Nº 14721) por el Art. 2º de la Resolución Nº 266/18 y María Celeste RODRÍGUEZ (Código Nº 14117) y María de los Milagros BRUN (Código Nº 14109) mediante Resolución Nº 412/17, a partir del 17 de febrero de 2020, siendo su horario de prestación de servicios de 07:00 a 13:00 hs.

Fimantes
Lic. Raúl Emilio Jatón, Intendente
C.P.N. Nicolás Daniel Aimar, Secretario de GobiernoTEXTO COMPLETO DE LA NORMA

RESOLUCION Nº 050

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 04 MAR 2020

VISTO:

El Documento DE-0461-01647237-5 (N), y sus gloses y;

CONSIDERANDO:

Que en la actuación de referencia, se solicita el cambio de horario de ingreso y egreso a esta Administración Municipal de los agentes Santiago CAMBÓN (Código Nº 15237), Daniel LEONAR (Código Nº 15239), Nahuel AQUINO (Código Nº 15242), Alejandro NUÑEZ (Código Nº 15240), Rocío ARMELINO (Código Nº 14915), Natali PAZ (Código Nº 13839) y Alejandro CAMPAGNOLI (Código Nº 13359), por estrictas razones de servicio.

Que la Dirección de Personal manifiesta que los agentes CAMBÓN (Código Nº 15237), LEONAR (Código Nº 15239), AQUINO (Código Nº 15242) y NUÑEZ (Código Nº 15240) revistan en esta Administración en calidad de Personal Permanente, sin Función, Agrupamiento Mantenimiento y Producción, Categoría 8, dependiente de la Dirección Mantenimiento Vial, Secretaría de Obras y Espacio Público.

Que la agente ARMELINO (Código Nº 14915) revista en esta Administración Municipal en calidad de Personal Permanente, sin Función ni Agrupamiento, Categoría 8, dependiente de la Dirección de Cementerios, Secretaría de Obras y Espacio Público.

Que la agente PAZ (Código Nº 13839) revista en esta Administración en calidad de Personal Permanente, con Función de Ordenanza de Repartición, Agrupamiento Servicios Generales, Categoría 11/12 por promoción, dependiente de la Sección Mesa de Entradas, Departamento Administración de Servicios, Dirección de Cementerios, Secretaría de Obras y Espacios Público.

Que el agente CAMPAGNOLI (Código Nº 13359), revista en esta Administración en calidad de Personal Permanente, con Función de Auxiliar Administrativo, Agrupamiento Administrativo, Categoría 12, dependiente de la Dirección Centro de Gestión Documental, Secretaría de Gobierno.

Que, asimismo, se solicita la limitación de la eximición de fichaje, autorizada a los agentes Ana Julia MARTÍNEZ (Código Nº 14721), María Celeste RODRIGUEZ (Código Nº 14117) y María de los Milagros BRUN (Código Nº 14109) mediante Resoluciones Nº 412/17 y N° 266/18, quienes regresarán a cumplir su horario habitual de 07,00 a 13,00 hs.

Que la Dirección Ejecutiva de la Función Pública aconseja el dictado del acto administrativo correspondiente, cuyo objeto disponga la limitación del cambio de horario autorizado al agente CAMPAGNOLI (Resolución Nº 203/16), a partir del 17.01.20, el cambio de horario de los agentes CAMBÓN, LEONAR, AQUINO, NUÑEZ, ARMELINO y PAZ y la limitación de las eximiciones de fichajes autorizadas a los agentes MARTÍNEZ (Resolución Nº 266/18, art. 2º) y RODRIGUEZ y BRUN (Resol. Nº 412/17), conforme el detalle del Anexo adjunto.

Por ello:

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ RESUELVE:

Art. 1º: Dejar sin efecto la Resolución Nº 203/16 que autorizaba el cambio de horario al agente Alejandro CAMPAGNOLI (Código Nº 13359) a partir del 17.01.20, siendo su horario de prestación de servicios de 07:00 hs. a 13:00 hs.

Art. 2º: Autorizar el cambio de horario de ingreso y egreso a esta Administración Municipal a los agentes detallados en el Anexo, que integra la presente, a partir de las fechas y horarios especificados en el mismo, por estrictas razones de servicios.

Art.3º: Limitar la eximición del registro de ingreso y egreso a esta Administración Municipal autorizada a las agentes Ana Julia MARTÍNEZ (Código Nº 14721) por el Art. 2º de la Resolución Nº 266/18 y María Celeste RODRÍGUEZ (Código Nº 14117) y María de los Milagros BRUN (Código Nº 14109) mediante Resolución Nº 412/17, a partir del 17 de febrero de 2020, siendo su horario de prestación de servicios de 07:00 a 13:00 hs.

Art. 4º: Remitir a la Dirección de Personal a sus efectos. Cumplimentado, Archívese.

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Resolución Intendente N° 045/2020

NFORMACIÓN DETALLADA

  • Procedencia: DEMTipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 045/2020Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de GobiernoN° expediente: DE-0448-01647101-3 (Vs)

Resumen
Rechazar el Reclamo Administrativo por Martín Gastón Paye, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-

Fimantes
Lic. Raúl Emilio Jatón, Intendente
C.P.N. Nicolás Aimar, Secretario de GobiernoTEXTO COMPLETO DE LA NORMA

RESOLUCIÓN Nº 045

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 04 MAR 2020

VISTO:

El expediente DE-0448-01647101-3 (Vs), y

CONSIDERANDO:

Que debe resolverse el Reclamo Administrativo formulado por el Martín Gastón Paye, mediante su apoderado el Abog. Alberto Pablo Crucci, tendiente a obtener la reparación de supuestos daños sufridos en el vehículo automotor Marca FIAT Modelo 147, Dominio ASS 453 en ocasión de un incidente ocurrido el día 25.04.2017.

Que relata que se encontraba circulando por Av. Blas Parera de Norte a Sur cuando al llegar con la intersección con calle Estado de Israel realiza una maniobra de esquive para evitar que lo embista una camioneta que circulaba por detrás colisionando contra los separadores de cemento que delimitan el carril exclusivo del metrobus, afirmando que los mismos no se encuentran señalizados.

Que funda su reclamo en el carácter público de las aceras, veredas y calles, resultando una obligación del estado municipal adoptar las medidas y precauciones que resulten necesarias para salvaguardar la integridad de las personas y las cosas.

Que Fiscalía Municipal emitió el Dictamen Nº 014/20 donde señala que surge del propio planteo del reclamante que los daños cuya reparación se pretende, resultarían como consecuencia directa e inmediata de la maniobra realizada, evento en el cual el Municipio no tuvo intervención alguna, tratándose de hechos de terceros por quienes el estado no debe responder.

Que amén de lo expuesto no surge de las pruebas agregadas la configuración de los extremos requeridos para la procedencia de la reparación estatal, resultando un relato carente de pruebas que lo funden. Finalmente, no resulta admisible el reclamo por haberse fundado en los arts. 1757 y 1758 del Código Civil y Comercial, debiendo haberse encuadrado en las normas del derecho administrativo conforme lo indican los artículos 1764 y 1765 del mismo cuerpo legal.

Que, en consecuencia, el Órgano Asesor aconseja rechazar el reclamo, lo que es compartido por este Departamento Ejecutivo Municipal.

Por ello,

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ RESUELVE:

Art. 1º: Rechazar el Reclamo Administrativo por Martín Gastón Paye, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-

Art. 2º: Por Dirección de Mesa de Entradas Única notifíquese fehacientemente en el domicilio constituido, haciéndole saber que con el dictado de la presente se ha cumplimentado con la reclamación exigida por la Ley Nº 7.234, agotándose la instancia administrativa.-

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Resolución Intendente N° 047/2020

INFORMACIÓN DETALLADA

  • Procedencia: DEMTipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 047/2020Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de GobiernoN° expediente: DE-0448-01633943-4 (VS)

Resumen
Rechazar el Reclamo Administrativo formulado por Aquiles Oscar FERTONANI, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.

Fimantes
Lic. Raúl Emilio Jatón, Intendente
C.P.N. Nicolás Aimar, Secretario de GobiernoTEXTO COMPLETO DE LA NORMA

RESOLUCIÓN Nº 047

SANTA FE DE LA VERA CRUZ 04 MAR 2020

VISTO:

El expediente DE-0448-01633943-4 (VS), y

CONSIDERANDO:

Que debe resolverse el reclamo administrativo interpuesto por el ex agente Aquiles Oscar Fertonani, por medio de su apoderada la abogada Ethel Noemí Carreras, tendiente a obtener el pago de indemnización por fallecimiento prevista en el artículo 23 inciso g) de la Ley Nº 9.286.

Que la Dirección de Personal informa que el nombrado se desempeñó en la Administración Municipal en calidad de Personal Permanente, con funciones de Encargado de Sección, Categoría 19, Agrupamiento I – Administrativo, dependiente de la Dirección de Mesa de Entradas Única hasta el 31.07.2019, fecha en que renuncia al cargo por acogerse a los beneficios de la jubilación por invalidez.

Que asimismo informa que habiéndose liquidado la indemnización conforme el Decreto D.M.M. Nº 01774/13, el reclamante rechazó la misma negándose a notificarse.

Que Fiscalía Municipal emite el Dictamen Nº 030/20 donde señala que el artículo 24 de la Ley Nº 9.286, e idéntico de la Ordenanza Nº 8.527, dispone que “el monto de las indemnizaciones se calcularán sobre el total de las remuneraciones y asignaciones de carácter regular y permanente que sufran descuento jubilatorio, correspondiente al último mes, y serán acordadas conforme a la escala acumulativa y condiciones siguientes, siempre y cuando no existiera un régimen diferencial (…)”.

Que la Ordenanza Nº 11.968 dispone un régimen especial estableciendo en su artículo 1º: “Establézcase el presente régimen diferencial de cálculo de indemnizaciones, de conformidad con lo previsto en el artículo 24 de la Ley Nº 9.286”.

Que existiendo en el ámbito municipal un régimen diferencial para el cálculo de la indemnización reclamada no resulta aplicable el artículo 24 de la Ley Nº 9.286, en consecuencia el Órgano Asesor aconseja rechazar el reclamo interpuesto.

Por ello:

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ RESUELVE:

Art. 1º.- Rechazar el Reclamo Administrativo formulado por Aquiles Oscar FERTONANI, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.

Art. 2º.- Por Dirección de Mesa de Entradas Única notifíquese fehacientemente en el domicilio constituido en autos. Cumplimentado, archívese.

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Resolución Intendente N° 048/2020

INFORMACIÓN DETALLADA

  • Procedencia: DEMTipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 048/2020Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de GobiernoN° expediente: DE-1036-01550583-7 (NI)

Resumen
Autorizar a Fiscalía Municipal a llevar adelante las gestiones extrajudiciales y/o judiciales, orientadas a obtener los valores erogados por esta administración tendientes a la reparación de la fibra óptica del tramo comprendido entre Bulevar Pellegrini y Naciones Unidas, y la intersección de ésta y calle Lamadrid, que fuera dañada producto de haber sido embestido el poste que la sujeta, siniestro que protagonizara el conductor del camión con tráiler, dominio CYN 8315 (chapa roja), el día 02.11.2018, de conformidad a las facultades otorgadas por la Ordenanza Nº 12.030.

Fimantes
Lic. Raúl Emilio Jatón, Intendente
C.P.N. Nicolás Daniel Aimar, Secretario de GobiernoTEXTO COMPLETO DE LA NORMA

RESOLUCION Nº 048

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 04 MAR 2020

VISTO:

El Documento DE-1036-01550583-7 (NI), y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación de referencia se informa la rotura del tendido de fibra óptica perteneciente al Municipio en el tramo comprendido entre Bulevar Pellegrini y Naciones Unidas, y en la intersección de ésta última y calle Lamadrid, producto de haber sido embestido el poste que la sujeta por un camión con tráiler, dominio CYN 8315 (chapa roja) de la empresa “Müller”, el día 02.11.2018.

Que por Ordenanza Nº 12.030 del Honorable Concejo Municipal, se facultó al Departamento Ejecutivo Municipal a llevar adelante las acciones legales pertinentes para lograr el adecuado y justo resarcimiento de los daños padecidos en el patrimonio municipal a causa de un accidente de tránsito o cualquier otro motivo.

Que, por lo tanto, Fiscalía Municipal solicita autorización para llevar adelante las gestiones extrajudiciales y/o judiciales, orientadas a obtener el recupero de los valores erogados por esta administración, por lo que debe dictarse el acto administrativo que así lo disponga.

Por ello:

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ RESUELVE:

Art. 1º: Autorizar a Fiscalía Municipal a llevar adelante las gestiones extrajudiciales y/o judiciales, orientadas a obtener los valores erogados por esta administración tendientes a la reparación de la fibra óptica del tramo comprendido entre Bulevar Pellegrini y Naciones Unidas, y la intersección de ésta y calle Lamadrid, que fuera dañada producto de haber sido embestido el poste que la sujeta, siniestro que protagonizara el conductor del camión con tráiler, dominio CYN 8315 (chapa roja), el día 02.11.2018, de conformidad a las facultades otorgadas por la Ordenanza Nº 12.030.

Art. 2º: Remitir las actuaciones a Fiscalía Municipal, a sus efectos. Cumplimentado, archívese.

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Decreto DMM N° 00041/2020

INFORMACIÓN DETALLADA

  • Procedencia: DEM
    Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00041/2020
    Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
    N° expediente:

Resumen
Dispónese la suspensión de espectáculos públicos y eventos de concurrencia masiva, cuya organización estuviera a cargo de cualquier ente o dependencia municipal, o cuya realización dependa de su autorización.

Fimantes
Lic. Raúl Emilio Jatón, Intendente
C.P.N. Nicolás Daniel Aimar, Secretario de Gobierno
Lic. María Victoria Rey, Secretaría de Políticas de Cuidado y Acción Social
Lic. Maria Virginia Coudannes, Secretaria de Control y Convivencia CiudadanaTEXTO COMPLETO DE LA NORMA

DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE GOBIERNO – AÑO 2020 – Nº 00041

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 13 MAR 2020
VISTO:
La declaración de “pandemia” al nuevo coronavirus (COVID-19) por la Organización Mundial de la Salud, y;
CONSIDERANDO:
Que se torna necesario que todos los niveles de gobierno adopten medidas en coordinación, con el objetivo de evitar su propagación, prestando especial atención a las recomendaciones de los partes diarios del Ministerio de Salud de la Nación atento el comportamiento dinámico del virus y su abordaje sanitario.
Que de acuerdo a lo informado por la cartera sanitaria nacional en el país se detecta transmisión local en contactos estrechos entre personas, para lo cual resulta conveniente evitar la realización de eventos que conlleven una cantidad considerable de público, a efectos de reducir el riesgo de diseminación de la infección en la población.
Que, siguiendo ese criterio, diferentes jurisdicciones donde ya se verifica la existencia de casos han dispuesto la suspensión de actividades que impliquen una aglomeración masiva de público.
Por ello:
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA:
Art. 1º: Dispónese la suspensión de espectáculos públicos y eventos de concurrencia masiva, cuya organización estuviera a cargo de cualquier ente o dependencia municipal, o cuya realización dependa de su autorización.
Art. 2°: Revóquese, desde el día de la fecha, la autorización otorgada para la realización de las actividades referidas en el artículo precedente.
Art. 3°: Establécese que las actividades y/o eventos deportivos que se encuentren programadas y cuya suspensión y/o reprogramación no resultare posible, deberán realizarse sin presencia de público, y aplicando en forma rigurosa las recomendaciones emitidas por las autoridades sanitarias.
Art. 4°: Encomiéndese a la Secretaría de Control y Convivencia Ciudadana la verificación de lo dispuesto en los artículos precedentes.
Art. 5º: Establécese el cierre al público de los museos y demás lugares recreativos, culturales y deportivos dependientes de esta Administración Municipal y cualquiera de sus organismos reparticiones y dependencias, cuyas actividades se desarrollen en espacios cerrados. La medida dispuesta por el párrafo precedente no importa la exención del personal de los mismos, de desempeñar normalmente sus tareas.
Art. 6º: Encomiéndese a la Secretaría de Cuidados y Acción Social en conjunto con la Dirección de Gestión de Riesgos el seguimiento y monitoreo constante de la evolución de la situación de la pandemia por coronavirus (COVID 19), con facultades de transmitir instrucciones al resto de las dependencias municipales.
Art. 7°: Encomiéndese a la Subsecretaría de Comunicación Social realizar campañas de difusión pública tendientes a informar a la población sobre las medidas en curso, y a concientizar a la misma sobre los cuidados de higiene y prevención a observarse para minimizar el riesgo de propagación.
Art. 8°: Establécese que las medidas dispuestas en el presente decreto regirán por un plazo de 30 días, pudiendo ser prorrogados en función del criterio de las autoridades sanitarias.
Art. 9º: Refréndese el presente Decreto por el Secretario de Gobierno, la Secretaria de Políticas de Cuidados y Acción Social y la Secretaria de Control y Convivencia Ciudadana.
Art. 10º: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.

 

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Resolución Intendente N° 033/2020

INFORMACIÓN DETALLADA

  • Procedencia: DEM
    Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 033/2020
    Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
    N° expediente: DE-0466-01651138-8 (NI)

Resumen
Designar al Señor Director General de la Dirección de Alumbrado Público y Electromecánica Tec. JOSÉ LUIS BAÑEZ para que, en representación de esta Municipalidad, suscriba el Acta de Recepción Definitiva de la Obra “REPOSICIÓN DE SISTEMAS CONSTRUCTIVOS DE ILUMINACIÓN EN DIFERENTES BARRIOS DE LA CIUDAD”, Licitación Pública Nº 05/2018.

Fimantes
Lic. Raúl Emilio Jatón, Intendente
Mg. Arq. Griselda Bertoni, Secretaria de Obras y Espacio Público
C.P.N. Nicolás Daniel Aimar, Secretario de Gobierno

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

RESOLUCION Nº 033

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 27 FEB 2020

VISTO:

El Documento DE-0466-01651138-8 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, por el referido expediente, la Dirección de Alumbrado Público y Electromecánica solicita la Recepción Definitiva de la obra ”REPOSICIÓN DE SISTEMAS CONSTRUCTIVOS DE ILUMINACIÓN EN DIFERENTES BARRIOS DE LA CIUDAD”, Licitación Pública Nº 05/18, que fuera contratada con la empresa ELECTROMECÁNICA TACUAR S.R.L.

Que, la Dirección de Alumbrado Público y Electromecánica señala que los trabajos contratados fueron finalizados sin observaciones que formular.

Que, corresponde por tanto designar un representante de la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe a efectos de suscribir con la empresa el Acta de Recepción Definitiva de los trabajos realizados.

Por ello,

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: Designar al Señor Director General de la Dirección de Alumbrado Público y Electromecánica Tec. JOSÉ LUIS BAÑEZ para que, en representación de esta Municipalidad, suscriba el Acta de Recepción Definitiva de la Obra “REPOSICIÓN DE SISTEMAS CONSTRUCTIVOS DE ILUMINACIÓN EN DIFERENTES BARRIOS DE LA CIUDAD”, Licitación Pública Nº 05/2018.

Art. 2º: Girar copia certificadas y firmadas de la presente a la Dirección de Administración Financiera, Dirección de Gestión de Bienes y Dirección de Alumbrado Público y Electromecánica. Cumplimentado, archívese.

 

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Resolución Intendente N° 034/2020

INFORMACIÓN DETALLADA
  • Procedencia: DEM
    Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 034/2020
    Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
    N° expediente: DE-0479-01650525-7 (NI)
Resumen
Autorizar a los agentes Juan Domingo SOSA, D.N.I. Nº 30.644.762, Código Nº 12458 y Humberto Miguel GÓMEZ, D.N.I. Nº 14.760.342, Código Nº 12014, dependientes de la Secretaría de Políticas de Cuidado y Acción Social, de la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, a conducir las unidades oficiales que a continuación se detallan en jurisdicción de otras provincias, dentro de los límites de la República Argentina, por los motivos expresados en los considerandos precedentes.Interno Nº
Marca
Dominio
1607
Ford Ranger
EUB 494
1609
Minibús Mercedes Benz
EUB 440
1613
Minibús Mercedes Benz
EVT 315
1719
Peugeot Partner
GGW 465
2697
Camioneta Chevrolet S-10
OVJ 709

Firmantes
Lic. Raúl Emilio Jatón, Intendente
C.P.N. Nicolás Daniel Aimar, Secretario de Gobierno

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA RESOLUCIÓN Nº 034 SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 27 FEB 2020 VISTO:
El Documento DE-0479-01650525-7 (NI), y;CONSIDERANDO:

Que en las actuaciones de referencia, la Secretaría de Políticas de Cuidado y Acción Social, solicita se autorice a los agentes Juan Domingo SOSA, D.N.I. Nº 30.644.762, Código Nº 12458 y Humberto Miguel GÓMEZ, D.N.I. Nº 14.760.342, Código Nº 12014, quienes cumplen funciones de choferes del Departamento Ejecutivo Municipal, a transitar con los vehículos oficiales fuera de los límites de la provincia de Santa Fe.

Que la autorización es requerida por Gendarmería Nacional para permitir la libre circulación de los vehículos oficiales en jurisdicción de otras provincias dentro de los límites de la República Argentina.

Que la Secretaría tiene previsto diferentes viajes a distintos puntos del país, como parte de las actividades programadas en cumplimiento de los objetivos de índole social, deportivo, ambientales y de emergencia pública, entre otros.

Que se detallan en la actuación las unidades a emplearse para tal fin.

Que resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente que así lo disponga.

Por ello:

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ RESUELVE:

Art. 1º: Autorizar a los agentes Juan Domingo SOSA, D.N.I. Nº 30.644.762, Código Nº 12458 y Humberto Miguel GÓMEZ, D.N.I. Nº 14.760.342, Código Nº 12014, dependientes de la Secretaría de Políticas de Cuidado y Acción Social, de la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, a conducir las unidades oficiales que a continuación se detallan en jurisdicción de otras provincias, dentro de los límites de la República Argentina, por los motivos expresados en los considerandos precedentes.

Interno Nº
Marca
Dominio
1607
Ford Ranger
EUB 494
1609
Minibús Mercedes Benz
EUB 440
1613
Minibús Mercedes Benz
EVT 315
1719
Peugeot Partner
GGW 465
2697
Camioneta Chevrolet S-10
OVJ 709

Art. 2º: Dar intervención a la Secretaria de Políticas de Cuidado y Acción Social y la Dirección de Gestión de Bienes.

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