Decreto DMM N° 00546/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00546/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Recursos Hídricos
  • N° expediente: DE-1050-1611038-9 (R.P.)
Resumen
Apruébese la Licitación Pública N° 02/2019, para contratar la ejecución de la obra “MANTENIMIENTO DE DESAGÜES PLUVIALES DE HASTA Ø 1.60 M. EN LA CIUDAD DE SANTA FE “, dispuesta por Decreto D.M.M. Nº 00429/19.-
Desestímese, por improcedente, la impugnación efectuada por la firma COIVALSA S.A., ejecutándose la garantía de impugnación constituida en favor de la Municipalidad, dando aviso de ello a las áreas pertinentes.-
Adjudicase a la empresa ALAMCO S.A. la ejecución de la obra detallada en el artículo 1º del presente Decreto, en un todo de acuerdo con los Pliegos de Bases y Condiciones aplicables, especificaciones técnicas y demás documentación obrante en las actuaciones de referencia, por el monto de pesos cinco millones seiscientos ochenta y ocho mil treinta y nueve con 40/100 ($5.688.039,40).-Fimantes
Abog. José Manuel Corral, Intendente
Ing. Felipe Franco, Secretario de Recursos Hídricos
C.P.N. Mg. María Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE REC. HIDRICOS – AÑO 2019 – Nº 00546

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 20 SEP 2019

VISTO:

El Documento DE-1050-1611038-9 (R.P.) y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante las actuaciones de referencia tramitó la Licitación Pública N° 02/2019 para la contratación de la ejecución de la obra “MANTENIMIENTO DE CANALES A CIELO ABIERTO DE LA CIUDAD DE SANTA FE”, con un presupuesto oficial de pesos cuatro millones novecientos noventa y cuatro mil novecientos cincuenta y uno con 20/100 ($4.994.951,20) cuya convocatoria fuera dispuesta por Decreto D.M.M. N° 00429/19;

Que, cumplimentados los plazos y recaudos previstos por las normas vigentes para el llamado a Licitación Pública, se procedió a la apertura de propuestas el día 13.08.2019, y se giraron las actuaciones a la Comisión Especial Evaluadora, creada por el Art. 5° del mencionado acto administrativo;

Que, a la presente licitación concurrieron dos propuestas: (i) COIVALSA S.A. con una oferta que asciende a la suma de pesos cinco millones novecientos noventa mil quinientos diez con 40/100 ($5.990.510,40); y (ii) ALAMCO S.A., con una propuesta equivalente a la suma de pesos cinco millones seiscientos ochenta y ocho mil treinta con 45/100 ($5.688.030,45);

Que, el Secretario de Recursos Hídricos solicitó a la Dirección General de Registro de Licitadores de la Provincia de Santa Fe informe técnico-económico de las proponentes, cuestión que fue oportunamente contestada;

Que, la empresa COIVALSA S.A. presentó en tiempo y forma impugnación a la propuesta de la firma ALAMCO S.A., adjuntado comprobante de pago de garantía de impugnación;

Que, la impugnante considera que la otra oferente ha incumplido con las exigencias contenidas en los artíulos 8, inciso f), y 10 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares;

Que, corrido el traslado de la impugnación formulada, la firma ALAMCO S.A. presentó su descargo, acompañado los respectivos títulos de propiedad o los compromisos de alquiler que acreditan el cumplimiento a los recaudos exigidos por el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Asimismo, acompañó constancias del Estatuto Social, del cual surge que el Sr. Amilcar Cecotti se desempeña en el cargo de Presidente del Directorio de la referida sociedad, y ostenta suficiente legitimidad para obligar a la empresa en el marco del presente procedimiento de selección;

Que, la Comisión interviniente aconseja en su dictamen (al cual corresponde remitirse, atento su extensión) rechazar la impugnación deducida por la firma COIVALSA S.A. contra la propuesta de la empresa ALAMCO S.A., y, asimismo, adjudicar la obra a esta última, por resultar la propuesta más conveniente, por la suma de pesos cinco millones seiscientos ochenta y ocho mil treinta y nueve con 40/100 ($5.688.039,40), por aplicación de las disposiciones del artículo 13 del Pliego de Bases y Condiciones Generales;

Que, atento el dictamen de la Comisión Especial Evaluadora, y conforme a la competencia atribuida por el Articulo 41 inciso 17 de la Ley Organica de Municipios Nº 2.756, este Departamento Ejecutivo Municipal estima oportuno, necesario y conveniente dictar el acto administrativo que lo recepte, disponiendo también las demás condiciones de rigor;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA:

Art. 1°: Apruébese la Licitación Pública N° 02/2019, para contratar la ejecución de la obra “MANTENIMIENTO DE DESAGÜES PLUVIALES DE HASTA Ø 1.60 M. EN LA CIUDAD DE SANTA FE “, dispuesta por Decreto D.M.M. Nº 00429/19.-

Art. 2°: Desestímese, por improcedente, la impugnación efectuada por la firma COIVALSA S.A., ejecutándose la garantía de impugnación constituida en favor de la Municipalidad, dando aviso de ello a las áreas pertinentes.-

Art. 3°: Adjudicase a la empresa ALAMCO S.A. la ejecución de la obra detallada en el artículo 1º del presente Decreto, en un todo de acuerdo con los Pliegos de Bases y Condiciones aplicables, especificaciones técnicas y demás documentación obrante en las actuaciones de referencia, por el monto de pesos cinco millones seiscientos ochenta y ocho mil treinta y nueve con 40/100 ($5.688.039,40).-

Art. 4°: Autorízase a Secretaría de Hacienda a imputar en el Presupuesto 2019 en la Jurisdicción: 1110129000 – Secretaría de Recursos Hídricos – Objeto del Gasto: 4.2.2.0 – Construcciones en Bienes de dominio público – Actividad Programática: 26.75.51–, Fuentes de Financiamiento: Fondos Municipales la suma de PESOS CINCO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL TREINTA Y NUEVE CON CUARENTA CENTAVOS ($5.688.039,40).-

Art. 5°: Dispónese que por Asesoría Legal de Secretaría de Recursos Hídricos se confeccione el proyecto de contrato respectivo a suscribir con la empresa adjudicataria, la que previamente deberá constituir la garantía de cumplimiento de ejecución de contrato.-

Art. 6°: Notifíquese en legal forma a las empresas intervinientes en la presente licitación.-

Art. 7°: Refréndese el presente Decreto por el Señor Secretario de Recursos Hídricos y las Señoras Secretarias de Hacienda y de Gobierno.-

Art. 8°: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.-

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Decreto DMM N° 00549/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00549/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0935-01623309-0 (NI)
Resumen
Declárese de INTERÉS MUNICIPAL a la “25º Feria Artesanal del Mundo y las Comunidades Indígenas”, que se llevará a cabo entre el 04 y el 14 de octubre del corriente año, en las instalaciones de la ex Estación Belgrano de nuestra ciudad.-Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE GOBIERNO – AÑO 2019 – Nº 00549

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 20 SEP 2019

VISTO:

El Documento DE-0935-01623309-0 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, en la actuación de referencia, la Fundación Arqueológica del Litoral (FUNDARQ) solicita se declare de Interés Municipal a la “25º Feria Artesanal del Mundo y las Comunidades Indígenas” que se llevará a cabo entre el 04 y el 14 de octubre del corriente año, en las instalaciones de la ex Estación Belgrano de nuestra ciudad.

Que, su organizadora es una institución sin fines de lucro, que realiza el evento todos los años, con el objeto de divulgar e incentivar el conocimiento de los pueblos autóctonos de América y el mundo entero, promoviendo sus aspectos culturales y contribuyendo al acercamiento de los pueblos originarios con la comunidad, mostrando sus artesanías, costumbres, música y danzas.

Que, el recorrido ferial estará compuesto por exposiciones de representantes de distintos países del mundo, comunidades aborígenes, artesanos nacionales y extranjeros, a lo que se suman diferentes puestos gastronómicos con gran variedad de comidas típicas y espectáculos artísticos que se desarrollarán durante toda la exposición, lo que genera año tras año un importante encuentro para el público de nuestra ciudad y localidades vecinas, que visitan y recorren el mismo.

Que, dada su relevancia cultural, este Departamento Ejecutivo Municipal estima oportuno adherir al encuentro y dictar el acto administrativo que así lo declare.

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
D E C R E T A

Art.1º: Declárese de INTERÉS MUNICIPAL a la “25º Feria Artesanal del Mundo y las Comunidades Indígenas”, que se llevará a cabo entre el 04 y el 14 de octubre del corriente año, en las instalaciones de la ex Estación Belgrano de nuestra ciudad.-

Art. 2º: Refréndese por la Señora Secretaria de Gobierno.-

Art. 3º: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.-

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Decreto DMM N° 00551/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00551/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Hacienda
  • N° expediente: EX -2019-00023132-MUNISFE- DD#SG
Resumen
Amplíese el monto del Fondo Fijo asignado a la Sindicatura General Municipal, creado por Decreto D.M.M Nº 00879/18 como se detalla en anexo adjunto, el cual forma parte integrante del presente.Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE HACIENDA – AÑO 2019 – Nº 00551

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 20 SEP 2019

VISTO:

El Documento EX -2019-00023132-MUNISFE- DD#SGM, y;

CONSIDERNDO:

Que, por Decreto D.M.M. Nº 00879/18, se autorizó la asignación de Fondos Fijos para las reparticiones municipales con el fin de atender a los Gastos Menores de Funcionamiento, como así también los topes de los mismos considerando la nueva Estructura Orgánico – Funcional;

Que, la Sindicatura General Municipal solicita la ampliación del fondo fijo que se le asigno oportunamente;

Que, fundamenta su pedido en que a la fecha el mismo resulta insuficiente para satisfacer la necesidad del ciclo;

Que, la Subsecretaria de Hacienda aconseja acceder a lo peticionado, disponiendo la ampliación del fondo fijo por un monto de veinte mil pesos ($ 20.000) a los valores ya establecidos;

Que, corresponde en consecuencia dictar el acto administrativo que así lo disponga;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
D E C R E T A:

Art. 1º: Amplíese el monto del Fondo Fijo asignado a la Sindicatura General Municipal, creado por Decreto D.M.M Nº 00879/18 como se detalla en anexo adjunto, el cual forma parte integrante del presente.

Art. 2º: Refréndese el presente Decreto por las Señoras Secretarias de Hacienda y de Gobierno.

Art. 3º: Comuníquese, publíquese y dese al D.M.M. y R.M.

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Resolución Intendente N° 445/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 445/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Desarrollo Social
  • N° expediente: DE-1051-01620935-5 (NI)
Resumen
Otorgar una beca de cinco mil quinientos pesos ($5.500) a las personas incluidas en el Anexo I de la presente.Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Ma. Cecilia Battistutti, Secretaria de Desarrollo Social
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCIÓN N° 445
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 04 SEP 2019
VISTO:
El Documento DE-1051-01620935-5 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución D.E.M. N° 442/18 se creó un programa de becas a favor de las personas relevadas en el marco del Programa “Calles Seguras: Infancia y Juventud Protegida”, implementado por Decreto DMM N° 01948/13, con el objeto de lograr la inclusión social a través de la capacitación y/o del mejoramiento de las condiciones laborales.
Que, la Dirección de Escuelas de Trabajo solicita se otorgue por el mes de agosto a las personas que se mencionan en el Anexo que forma parte de la presente, las becas dispuestas en la mencionado Resolución.
Que, debe dictarse el acto administrativo pertinente que así lo disponga.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:
Art. 1º.- Otorgar una beca de cinco mil quinientos pesos ($5.500) a las personas incluidas en el Anexo I de la presente.
Art. 2º.- Remitir copia a la Secretaría de Hacienda a los fines de dar cumplimiento a la presente.
Art. 3°.- La presente erogación se imputará en Jurisdicción Secretaría de Desarrollo Social – Categoría Programática 24.00.00 – Objeto del Gasto 5.1.3.0 – Fuente de Financiamiento 110 – Tesoro Municipal.
Art. 4º.- Tome conocimiento la Secretaría de Desarrollo Social, la que debe hacer saber lo aquí dispuesto a los interesados.

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Resolución Intendente N° 452/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 452/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0450-01622066-7 (NI)
Resumen
Disponer la Convocatoria a Prueba de Selección de Personal para cumplir funciones de Asistente Profesional en Fiscalía Municipal, conforme los términos y condiciones del Anexo, que forma parte integrante del presente.-Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
C.P.N. Mg. María Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCION Nº 452

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 06 SEP 2019

VISTO:

El Documento DE-0450-01622066-7 (NI), y

CONSIDERANDO:

Que, por la actuación de referencia, la Dirección de Capacitación, Ingreso y Promociones, solicita la realización de una Convocatoria a Prueba de Selección de Personal para cumplir funciones de Asistente Profesional en Fiscalía Municipal, en virtud de declararse desierto el Llamado a Concurso Interno de Antecedentes y Oposición, mediante Resolución 443/19;

Que, dada la especificidad técnica de las funciones a cubrir, los aspirantes a concursar deberán reunir los perfiles de habilidad y conocimiento que por anexo se especifican;

Que, la Secretaría de Hacienda informa que existe crédito presupuestario para absorber la erogación;

Que, debe dictarse el acto administrativo pertinente;

Por ello,

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA:

Art. 1º: Disponer la Convocatoria a Prueba de Selección de Personal para cumplir funciones de Asistente Profesional en Fiscalía Municipal, conforme los términos y condiciones del Anexo, que forma parte integrante del presente.-

Art. 2º: Refréndese por la Señora Secretaria de Gobierno y de Hacienda.-

Art. 3º: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.-

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Resolución Intendente N° 459/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 459/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos
  • N° expediente: DE-1035-01603780-6 (NI)
Resumen
Fijar el nuevo precio unitario por tonelada de residuos tratados por la Empresa MILICIC S.A. en la suma de pesos mil treinta y siete con cincuenta y un centavos ($ 1.037,51), en conformidad al procedimiento previsto por la cláusula quinta y Anexo I del contrato numerado y registrado por Decreto D.M.M. Nº 01659/08, en virtud de los considerandos precedentes.-Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Tco. MARIANO CEJAS, Secretario de Ambiente y Espacios Públicos
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCION Nº 459

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 11 SEP 2019

VISTO:

El Documento DE-1035-01603780-6 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, la empresa MILICIC S.A, contratista del Servicio de Disposición Final de Residuos Sólidos Urbanos por el Sistema de Relleno Sanitario, solicita la redeterminación del precio unitario por tonelada de residuos tratados de acuerdo a los últimos índices disponibles, correspondientes al mes de marzo de 2019, para ser aplicados a partir del mes de abril del presente año;

Que, lo solicitado se encuentra previsto en la cláusula quinta y en el Anexo I del contrato celebrado con la empresa, numerado y registrado por Decreto D.M.M. Nº 01659/08;

Que, el Asistente Técnico de la Secretaría de Hacienda efectuó el cálculo correspondiente, teniendo en cuenta el Acta Acuerdo de Redeterminación de Precios, aprobada por Decreto D.M.M. Nº 02261/16 e informó que del precio unitario obtenido, correspondiente al mes de marzo/19 equivale a la suma de pesos mil treinta y siete con cincuenta y un centavos ($1.037,51), y el vigente según Resolución Nº 337/19, asciende al valor de pesos novecientos setenta y dos con cincuenta y seis centavos ($ 972,56), por lo que surge una variación del seis con sesenta y ocho por ciento (6,68%);

Que, intervino el Asistente Legal de la Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos, emitiendo el informe correspondiente, a cuyos fundamentos cabe remitirse atento a su extensión;

Que, por lo expuesto corresponde establecer el nuevo valor a partir del mes de abril/19 y subsiguientes, la suma de pesos mil treinta y siete con cincuenta y un centavos ($ 1.037,51);

Que, este Departamento Ejecutivo resulta competente a los fines de emitir el acto administrativo pertinente;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º.- Fijar el nuevo precio unitario por tonelada de residuos tratados por la Empresa MILICIC S.A. en la suma de pesos mil treinta y siete con cincuenta y un centavos ($ 1.037,51), en conformidad al procedimiento previsto por la cláusula quinta y Anexo I del contrato numerado y registrado por Decreto D.M.M. Nº 01659/08, en virtud de los considerandos precedentes.-

Art. 2º.- Disponer la aplicación de dicho precio a los servicios prestados a partir del mes de abril del año 2019.-

Art. 3º.- Remitir copia de la presente a Dirección de Administración Financiera y a la Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos. Cumplido. ARCHIVAR.

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Decreto DMM N° 00500/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00500/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Hacienda
  • N° expediente: DE-0851-01620449-7 (NI)
Resumen
Sustitúyase el artículo 5° del Decreto D.M.M. N° 00076/16 por el siguiente texto:“Art. 5°: Las deudas en gestión administrativa por los tributos Derecho de Edificación y Derechos de instalaciones Eléctricas, podrán ser saldadas en planes de pago de hasta doce (12) cuotas, excepto cuando correspondan a obras a desarrollarse en planta baja y más de tres pisos para lo cual podrán acceder a planes de hasta tres (3) cuotas.”

Para el resto de las deudas, en gestión administrativa, comprendidas en el Artículo 3°, podrá accederse a planes de pago de hasta treinta y seis (36) cuotas mensuales, iguales y consecutivas.

En todos los casos, los planes de pago contendrán un interés sobre saldos equivalente al dos por ciento (2%) mensual. Cuando la deuda fiscal objeto del convenio fuese de Tasa General de inmuebles o Derechos y/o Concesiones de Cementerio, el importe de las cuotas no podrá ser inferior al equivalente a seis (6) veces el valor fijado por el Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe para los tickets de notificaciones judiciales previstos por el Reglamento de las Oficinas de Mandamientos y Notificaciones.

Para el resto de las deudas en gestión administrativa de tributos comprendidos en el Artículo 3°, el importe de las cuotas no podrá ser inferior a diez (10) veces el valor del ticket aludido.
Las deudas en gestión judicial podrán abonarse en hasta doce (12) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, que contendrán un interés sobre saldos del dos por ciento (2%) mensual y no podrán ser inferiores al equivalente a diez (10) veces el valor fijado por el Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe para el ticket de referencia, cualquiera sea el origen de la deuda”.

Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE HACIENDA – AÑO 2019 – Nº 00500

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 29 AGO 2019

VISTO:

El Documento DE DE-0851-01620449-7 (NI);

CONSIDERANDO:

Que, mediante las actuaciones de referencia, la Subsecretaría de Ingresos Públicos de la Secretaría de Hacienda requiere incorporar una modificación al artículo N° 5 del D.M.M. Nº 00076/16, el cual fue modificado por el Decreto D.M.M. Nº 00840/18;

Que, el artículo 5° del Decreto D.M.M. N° 00076/16 dispone para las deudas en gestión administrativa de los tributos mencionados en el artículo 3° de ese acto planes de pagos de hasta veinticuatro (24) cuotas, , entre los que se encuentran comprendidos los Derechos de Edificación y los Derechos de instalaciones Eléctricas;

Que, este Departamento Ejecutivo resulta competente a los fines de emitir el acto administrativo respectivo;

Por ello,

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1º: Sustitúyase el artículo 5° del Decreto D.M.M. N° 00076/16 por el siguiente texto:

“Art. 5°: Las deudas en gestión administrativa por los tributos Derecho de Edificación y Derechos de instalaciones Eléctricas, podrán ser saldadas en planes de pago de hasta doce (12) cuotas, excepto cuando correspondan a obras a desarrollarse en planta baja y más de tres pisos para lo cual podrán acceder a planes de hasta tres (3) cuotas.”

Para el resto de las deudas, en gestión administrativa, comprendidas en el Artículo 3°, podrá accederse a planes de pago de hasta treinta y seis (36) cuotas mensuales, iguales y consecutivas.

En todos los casos, los planes de pago contendrán un interés sobre saldos equivalente al dos por ciento (2%) mensual. Cuando la deuda fiscal objeto del convenio fuese de Tasa General de inmuebles o Derechos y/o Concesiones de Cementerio, el importe de las cuotas no podrá ser inferior al equivalente a seis (6) veces el valor fijado por el Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe para los tickets de notificaciones judiciales previstos por el Reglamento de las Oficinas de Mandamientos y Notificaciones.

Para el resto de las deudas en gestión administrativa de tributos comprendidos en el Artículo 3°, el importe de las cuotas no podrá ser inferior a diez (10) veces el valor del ticket aludido.
Las deudas en gestión judicial podrán abonarse en hasta doce (12) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, que contendrán un interés sobre saldos del dos por ciento (2%) mensual y no podrán ser inferiores al equivalente a diez (10) veces el valor fijado por el Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe para el ticket de referencia, cualquiera sea el origen de la deuda”.

Art. 2°: Refréndese el presente Decreto por las Señoras Secretarias de Hacienda y de Gobierno.-

Art.3°: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.-

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Decreto DPB N° 0255/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DPB
  • N° Decreto DPB: 0255/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0719-01589524-6 (NI)
Resumen
Dispónese el traslado del agente Gonzalo Rene ALMIRÓN (Código Nº 13759), Permanente, con funciones de Ordenanza de Repartición, Categoría 11, Agrupamiento VI- Servicios Generales, dependiente de la Dirección Centro de Distritos, subrogando la Función de Capataz, Categoría 15, a la Dirección La Guardia- Colastiné, dependiente de la Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos, sin modificación de su situación de revista permanente ni transitoria.-Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
C.P.N. Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Tco. MARIANO CEJAS, Secretario de Ambiente y Espacios Públicos
Abog. María Martín, Secretaria General
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
DECRETO D.P.B. – SECRETARIA DE GOBIERNO – AÑO 2019 – Nº 0255

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 09 SEP 2019

VISTO:

El Documento DE-0719-01589524-6 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la actuación de referencia, el agente Gonzalo Rene ALMIRÓN (Código Nº 13759) solicita el traslado a la Dirección La Guardia- Colastiné, dependiente de la Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos;

Que, la Dirección de Personal informa que el citado agente, revista en esta Administración en calidad de Permanente, con funciones de Ordenanza de Repartición, Categoría 11, Agrupamiento VI- Servicios Generales, dependiente de la Dirección Centro de Distritos, subrogando la Función de Capataz, Categoría 15, desde el 01/03/19;

Que, ambas Direcciones no presentan objeciones a lo solicitado;

Que, el traslado se encuentra previsto en el art. 58 de la Ordenanza Nº 8527/83-Estatuto;

Que, la Subsecretaría de la Función Pública aconseja el dictado del acto administrativo que disponga dicho traslado, sin modificación de la situación de revista permanente ni transitoria del agente ALMIRÓN;

Por ello,

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA:

Art. 1º: Dispónese el traslado del agente Gonzalo Rene ALMIRÓN (Código Nº 13759), Permanente, con funciones de Ordenanza de Repartición, Categoría 11, Agrupamiento VI- Servicios Generales, dependiente de la Dirección Centro de Distritos, subrogando la Función de Capataz, Categoría 15, a la Dirección La Guardia- Colastiné, dependiente de la Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos, sin modificación de su situación de revista permanente ni transitoria.-

Art. 2º: Refréndese el presente por las Señoras Secretarias de Gobierno, de General y de Hacienda y por el Señor Secretario de Ambiente y Espacios Públicos.-

Art. 3º: Comuníquese, publíquese y dése al R.M.-

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Decreto DPB N° 0260/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DPB
  • N° Decreto DPB: 0260/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE 0448-01618774-2 (NI)
Resumen
Acéptese a partir del 30 de septiembre de 2019, la renuncia al cargo de la agente Mónica Graciela MARTINEZ (Código Nº 6.329), D.N.I. Nº 13.504.112, Permanente, con Funciones de Asistente Administrativo Principal de Despacho, Categoría 19, Agrupamiento I-Administrativo, dependiente de la Dirección Despacho General de la Secretaría de Recursos Hídricos, incluida en la Resolución Nº 308/19, a fin de acogerse al beneficio previsional de Jubilación Ordinaria y haber gozado a tal fecha la totalidad de los descansos compensatorios y/o días de licencias anuales ordinarias (art. 44º de la Ley 9256/83 y art. 1º del Decreto 2863/91).-Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
C.P.N. Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
DECRETO D.P.B. – SECRETARIA DE GOBIERNO – AÑO 2019 – Nº 0260

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 11 SEP 2019

VISTO:

El Documento DE 0448-01618774-2 (NI); y,

CONSIDERANDO:

Que, en la actuación de referencia, la agente Mónica Graciela MARTINEZ (Código Nº 6.329), D.N.I. Nº 13.504.112, presenta su renuncia para acogerse al beneficio de Jubilación Ordinaria;

Que, la Dirección de Personal informa que la citada agente revista en esta Administración en calidad de Permanente, con Funciones de Asistente Administrativo Principal de Despacho, Categoría 19, Agrupamiento I-Administrativo, dependiente de la Dirección Despacho General de la Secretaría de Recursos Hídricos;

Que, la agente se encuentra incluida en la Resolución Nº 308/19, debiendo aceptarse la renuncia al 30/09/19 y a la fecha de baja tendrá gozadas todas las licencias y compensatorios;

Que, de acuerdo a la notificación realizada por la Caja Municipal de Jubilaciones y Pensiones de Santa Fe, a través de su Director de Administración, la agente se encuentra en condiciones de obtener el beneficio previsional gestionado, debiendo cesar en toda actividad en relación de dependencia según lo normado por los arts. 77º inc. a) y 84º de la Ordenanza Nº 6.166, quedando sujeto el acuerdo del beneficio a las disposiciones de la Ley vigente al cese;
Que, la Subsecretaría de la Función Pública, aconseja que se acepte la renuncia al 30.09.19, a fin de acogerse al beneficio previsional de Jubilación Ordinaria;

Que, debe dictarse al acto administrativo que así lo disponga;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
D E C R E T A

Art. 1º: Acéptese a partir del 30 de septiembre de 2019, la renuncia al cargo de la agente Mónica Graciela MARTINEZ (Código Nº 6.329), D.N.I. Nº 13.504.112, Permanente, con Funciones de Asistente Administrativo Principal de Despacho, Categoría 19, Agrupamiento I-Administrativo, dependiente de la Dirección Despacho General de la Secretaría de Recursos Hídricos, incluida en la Resolución Nº 308/19, a fin de acogerse al beneficio previsional de Jubilación Ordinaria y haber gozado a tal fecha la totalidad de los descansos compensatorios y/o días de licencias anuales ordinarias (art. 44º de la Ley 9256/83 y art. 1º del Decreto 2863/91).-

Art. 2º: Por Dirección de Personal notifíquese a la agente de lo dispuesto.-

Art. 3º: Remítase a través de la Dirección de Personal, copia del presente Decreto a la Caja Municipal de Jubilaciones y Pensiones de Santa Fe.-

Art. 4º: Refréndese el presente por las Señoras Secretarias de Gobierno y de Hacienda.-

Art. 5º: Comuníquese, publíquese y dése al R.M.-

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Decreto DPB N° 0261/2019

    • Procedencia: DEM
    • Tipo de Normativa: Decreto DPB
    • N° Decreto DPB: 0261/2019
    • Fecha de Sanción: —
    • Secretaría: Secretaría de Gobierno
    • N° expediente: DE 0584-01621400-9 (NI)

Resumen
Acéptese a partir del 31 de octubre de 2019, la renuncia al cargo del agente Hugo Rubén FRANCO (Código Nº 5948), D.N.I. Nº 10.870.371, Permanente, con Funciones de Encargado de Sección, Categoría 19, Agrupamiento I-Administrativo, dependiente de la Dirección Obras y Asistencia Educativa, incluido en la Resolución Nº 308/19, a fin de acogerse al beneficio previsional de Jubilación Ordinaria y haber gozado a tal fecha la totalidad de los descansos compensatorios y/o días de licencias anuales ordinarias (art. 44º de la Ley 9256/83 y art. 1º del Decreto 2863/91).-

Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
C.P.N. Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de HaciendaTEXTO COMPLETO DE LA NORMADECRETO D.P.B. – SECRETARIA DE GOBIERNO – AÑO 2019 – Nº 0261

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 11 SEP 2019

VISTO:

El Documento DE 0584-01621400-9 (NI); y,

CONSIDERANDO:

Que, en la actuación de referencia, el agente Hugo Rubén FRANCO (Código Nº 5948), D.N.I. Nº 10.870.371, presenta su renuncia para acogerse al beneficio de Jubilación Ordinaria;

Que, la Dirección de Personal informa que el citado agente revista en esta Administración en calidad de Permanente, con Funciones de Encargado de Sección, Categoría 19, Agrupamiento I-Administrativo, dependiente de la Dirección Obras y Asistencia Educativa;

Que, la agente se encuentra incluido en la Resolución Nº 308/19, debiendo aceptarse la renuncia al 31/10/19 y a la fecha de baja tendrá gozadas todas las licencias y compensatorios, dado que gozó de licencias médicas por un período superior a los 180 días en forma inmediata anterior al cese;

Que, de acuerdo a la notificación realizada por la Caja Municipal de Jubilaciones y Pensiones de Santa Fe,. a través de su Director de Administración, el agente se encuentra en condiciones de obtener el beneficio previsional gestionado, debiendo cesar en toda actividad en relación de dependencia según lo normado por los arts. 77º inc. a) y 84º de la Ordenanza Nº 6.166, quedando sujeto el acuerdo del beneficio a las disposiciones de la Ley vigente al cese;

Que, la Subsecretaría de la Función Pública, aconseja que se acepte la renuncia al 31.10.19, a fin de acogerse al beneficio previsional de Jubilación Ordinaria;

Que, debe dictarse al acto administrativo que así lo disponga;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
D E C R E T A

Art. 1º: Acéptese a partir del 31 de octubre de 2019, la renuncia al cargo del agente Hugo Rubén FRANCO (Código Nº 5948), D.N.I. Nº 10.870.371, Permanente, con Funciones de Encargado de Sección, Categoría 19, Agrupamiento I-Administrativo, dependiente de la Dirección Obras y Asistencia Educativa, incluido en la Resolución Nº 308/19, a fin de acogerse al beneficio previsional de Jubilación Ordinaria y haber gozado a tal fecha la totalidad de los descansos compensatorios y/o días de licencias anuales ordinarias (art. 44º de la Ley 9256/83 y art. 1º del Decreto 2863/91).-

Art. 2º: Por Dirección de Personal notifíquese al agente de lo dispuesto.-

Art. 3º: Remítase a través de la Dirección de Personal, copia del presente Decreto a la Caja Municipal de Jubilaciones y Pensiones de Santa Fe.-

Art. 4º: Refréndese el presente por las Señoras Secretarias de Gobierno y de Hacienda.-

Art. 5º: Comuníquese, publíquese y dése al R.M.-

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