- Procedencia: DEM
- Tipo de Normativa: Decreto DMM
- N° Decreto DMM: 00546/2019
- Fecha de Sanción: —
- Secretaría: Secretaría de Recursos Hídricos
- N° expediente: DE-1050-1611038-9 (R.P.)
- Resumen
Apruébese la Licitación Pública N° 02/2019, para contratar la ejecución de la obra “MANTENIMIENTO DE DESAGÜES PLUVIALES DE HASTA Ø 1.60 M. EN LA CIUDAD DE SANTA FE “, dispuesta por Decreto D.M.M. Nº 00429/19.-
Desestímese, por improcedente, la impugnación efectuada por la firma COIVALSA S.A., ejecutándose la garantía de impugnación constituida en favor de la Municipalidad, dando aviso de ello a las áreas pertinentes.-
Adjudicase a la empresa ALAMCO S.A. la ejecución de la obra detallada en el artículo 1º del presente Decreto, en un todo de acuerdo con los Pliegos de Bases y Condiciones aplicables, especificaciones técnicas y demás documentación obrante en las actuaciones de referencia, por el monto de pesos cinco millones seiscientos ochenta y ocho mil treinta y nueve con 40/100 ($5.688.039,40).-Fimantes
Abog. José Manuel Corral, Intendente
Ing. Felipe Franco, Secretario de Recursos Hídricos
C.P.N. Mg. María Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno - TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
- DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE REC. HIDRICOS – AÑO 2019 – Nº 00546
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 20 SEP 2019
VISTO:
El Documento DE-1050-1611038-9 (R.P.) y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante las actuaciones de referencia tramitó la Licitación Pública N° 02/2019 para la contratación de la ejecución de la obra “MANTENIMIENTO DE CANALES A CIELO ABIERTO DE LA CIUDAD DE SANTA FE”, con un presupuesto oficial de pesos cuatro millones novecientos noventa y cuatro mil novecientos cincuenta y uno con 20/100 ($4.994.951,20) cuya convocatoria fuera dispuesta por Decreto D.M.M. N° 00429/19;
Que, cumplimentados los plazos y recaudos previstos por las normas vigentes para el llamado a Licitación Pública, se procedió a la apertura de propuestas el día 13.08.2019, y se giraron las actuaciones a la Comisión Especial Evaluadora, creada por el Art. 5° del mencionado acto administrativo;
Que, a la presente licitación concurrieron dos propuestas: (i) COIVALSA S.A. con una oferta que asciende a la suma de pesos cinco millones novecientos noventa mil quinientos diez con 40/100 ($5.990.510,40); y (ii) ALAMCO S.A., con una propuesta equivalente a la suma de pesos cinco millones seiscientos ochenta y ocho mil treinta con 45/100 ($5.688.030,45);
Que, el Secretario de Recursos Hídricos solicitó a la Dirección General de Registro de Licitadores de la Provincia de Santa Fe informe técnico-económico de las proponentes, cuestión que fue oportunamente contestada;
Que, la empresa COIVALSA S.A. presentó en tiempo y forma impugnación a la propuesta de la firma ALAMCO S.A., adjuntado comprobante de pago de garantía de impugnación;
Que, la impugnante considera que la otra oferente ha incumplido con las exigencias contenidas en los artíulos 8, inciso f), y 10 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares;
Que, corrido el traslado de la impugnación formulada, la firma ALAMCO S.A. presentó su descargo, acompañado los respectivos títulos de propiedad o los compromisos de alquiler que acreditan el cumplimiento a los recaudos exigidos por el Pliego de Bases y Condiciones Particulares. Asimismo, acompañó constancias del Estatuto Social, del cual surge que el Sr. Amilcar Cecotti se desempeña en el cargo de Presidente del Directorio de la referida sociedad, y ostenta suficiente legitimidad para obligar a la empresa en el marco del presente procedimiento de selección;
Que, la Comisión interviniente aconseja en su dictamen (al cual corresponde remitirse, atento su extensión) rechazar la impugnación deducida por la firma COIVALSA S.A. contra la propuesta de la empresa ALAMCO S.A., y, asimismo, adjudicar la obra a esta última, por resultar la propuesta más conveniente, por la suma de pesos cinco millones seiscientos ochenta y ocho mil treinta y nueve con 40/100 ($5.688.039,40), por aplicación de las disposiciones del artículo 13 del Pliego de Bases y Condiciones Generales;
Que, atento el dictamen de la Comisión Especial Evaluadora, y conforme a la competencia atribuida por el Articulo 41 inciso 17 de la Ley Organica de Municipios Nº 2.756, este Departamento Ejecutivo Municipal estima oportuno, necesario y conveniente dictar el acto administrativo que lo recepte, disponiendo también las demás condiciones de rigor;
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA:Art. 1°: Apruébese la Licitación Pública N° 02/2019, para contratar la ejecución de la obra “MANTENIMIENTO DE DESAGÜES PLUVIALES DE HASTA Ø 1.60 M. EN LA CIUDAD DE SANTA FE “, dispuesta por Decreto D.M.M. Nº 00429/19.-
Art. 2°: Desestímese, por improcedente, la impugnación efectuada por la firma COIVALSA S.A., ejecutándose la garantía de impugnación constituida en favor de la Municipalidad, dando aviso de ello a las áreas pertinentes.-
Art. 3°: Adjudicase a la empresa ALAMCO S.A. la ejecución de la obra detallada en el artículo 1º del presente Decreto, en un todo de acuerdo con los Pliegos de Bases y Condiciones aplicables, especificaciones técnicas y demás documentación obrante en las actuaciones de referencia, por el monto de pesos cinco millones seiscientos ochenta y ocho mil treinta y nueve con 40/100 ($5.688.039,40).-
Art. 4°: Autorízase a Secretaría de Hacienda a imputar en el Presupuesto 2019 en la Jurisdicción: 1110129000 – Secretaría de Recursos Hídricos – Objeto del Gasto: 4.2.2.0 – Construcciones en Bienes de dominio público – Actividad Programática: 26.75.51–, Fuentes de Financiamiento: Fondos Municipales la suma de PESOS CINCO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL TREINTA Y NUEVE CON CUARENTA CENTAVOS ($5.688.039,40).-
Art. 5°: Dispónese que por Asesoría Legal de Secretaría de Recursos Hídricos se confeccione el proyecto de contrato respectivo a suscribir con la empresa adjudicataria, la que previamente deberá constituir la garantía de cumplimiento de ejecución de contrato.-
Art. 6°: Notifíquese en legal forma a las empresas intervinientes en la presente licitación.-
Art. 7°: Refréndese el presente Decreto por el Señor Secretario de Recursos Hídricos y las Señoras Secretarias de Hacienda y de Gobierno.-
Art. 8°: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.-