Resolución Intendente N° 139/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 139/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0444-01474136-7 (NI)

Resumen

Registrar el contrato suscripto entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, la Sociedad de Músicos de Santa Fe y el señor Lisandro Perrone, en fecha 18 de enero de 2018, el que forma parte de la presente.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 139
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 10 MAY 2018
VISTO:
El Documento DE-0444-01474136-7 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, se adjunta contrato suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe, la Sociedad de Músicos de Santa Fe y el señor Lisandro Perrone, en fecha 18 de enero de 2018.
Que, por el mismo se acuerda la realización de diferentes actividades culturales en la programación de “Verano en la ciudad de Santa Fe” organizado por la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe.
Que, por lo expuesto, es necesario dictar el acto administrativo de numeración y registración pertinente.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:
Art. 1º: Registrar el contrato suscripto entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, la Sociedad de Músicos de Santa Fe y el señor Lisandro Perrone, en fecha 18 de enero de 2018, el que forma parte de la presente.-
Art. 2º: Remitir copia a la Secretaría de Cultura. Cumplimentado, archívese.-

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Resolución Intendente N° 142/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 142/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Hacienda
  • N° expediente: DE-0905-01465561-7 (NI)

Resumen

Disponer la apertura del Registro de Oposición correspondiente al Sistema de Contribución de Mejoras, creado y establecido por Ordenanza Nº 12.459, para la realización de la obra de Recalificación Peatonal de calle Mendoza, de acuerdo al detalle y especificaciones indicadas en su Anexo.

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 142
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 14 MAY 2018

VISTO:
El Documento DE-0905-01465561-7 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, por la Ordenanza Nº 12.459 se dispuso la autorización al Departamento Ejecutivo Municipal para contraer empréstitos y/o celebrar contratos de fideicomisos, para la realización de la obra de Recalificación Peatonal de calle Mendoza, de acuerdo al detalle y especificaciones indicadas en su Anexo, creando un Sistema de Contribución de Mejoras, con el objeto de financiar un porcentaje del total de su costo.
Que, el valor que demande la ejecución de dicha obra, será afrontado en un cincuenta por ciento (50%) por este Municipio y el cincuenta por ciento (50%) restante será prorrateado entre los beneficiarios, conforme al procedimiento establecido en el art. 4º del Anexo de la mencionada Ordenanza, siendo su pago exigible y obligatorio.
Que el presupuesto de la obra en cuestión asciende a la suma de pesos once millones ochocientos noventa y ocho mil seiscientos noventa con 68/100 centavos ($11.898.690,68), calculado al mes de abril del año en curso.
Que, debe darse inicio al procedimiento establecido para el Sistema de Contribución de Mejoras, consistente en la apertura de Registro de Oposición correspondiente.
Que, por lo expuesto, debe dictarse el acto administrativo pertinente que así lo disponga.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: Disponer la apertura del Registro de Oposición correspondiente al Sistema de Contribución de Mejoras, creado y establecido por Ordenanza Nº 12.459, para la realización de la obra de Recalificación Peatonal de calle Mendoza, de acuerdo al detalle y especificaciones indicadas en su Anexo.
Art. 2°: Establecer el presupuesto de la obra de Recalificación Peatonal de calle Mendoza, en los términos del artículo 1º de la Ordenanza Nº 12.459, en la suma pesos once millones ochocientos noventa y ocho mil seiscientos noventa con 68/100 centavos ($11.898.690,68), al mes de abril de 2018.

Art. 3°: Dejar sin efecto la Resolución D.E.M. Nº 637/2017.
Art. 4°: Encomendar a la Secretaría de Hacienda, la adopción de las medidas necesarias para la apertura del Registro de Oposición pertinente. Cumplimentado, archívese.-

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Resolución Intendente N° 133/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 133/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Desarrollo Social
  • N° expediente: DE- 0480-01488258-3

Resumen

Rectificar parcialmente el Anexo I de la Resolución 087/18, referente al listado de beneficiarios calles seguras infancia y juventud protegida, en los términos expuestos en los considerandos de la presente y según lo indicado mediante el Anexo que se acompaña y forma parte integrante del presente.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Ma. Cecilia Battistutti, Secretaria de Desarrollo Social
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 133

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 08 MAY 2018
VISTO:
El Documento DE- 0480-01488258-3 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución N° 087/18 se otorgó una ayuda económica por el término de seis (6) meses a determinadas personas en el marco del Plan “Calles Seguras: Infancia y Juventud Protegida”, numerado y registrado por Decreto D.M.M. N° 01948/2013;
Que, el listado de tales personas se perfeccionó mediante un Anexo adjunto a dicha Resolución, que integró y formó parte de la misma;
Que, tal como se indica desde la Secretaría de Desarrollo Social, producto de una serie de errores involuntarios, se consignaron equivocadamente los datos personales de los Sres. Blanche, Jorge Luis; González, Emanuel Exequiel, Gonzáles, Jonatan Maximiliano y Panizza, Armando Alejo en el Anexo de la mencionada Resolución;
Que, a los fines de subsanar dicha cuestión, corresponde emitir un nuevo acto administrativo que rectifica los errores expuestos;
Que, este Departamento Ejecutivo resulta competente a los fines de emitir el presente acto administrativo.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:
Art. 1º: Rectificar parcialmente el Anexo I de la Resolución 087/18, referente al listado de beneficiarios calles seguras infancia y juventud protegida, en los términos expuestos en los considerandos de la presente y según lo indicado mediante el Anexo que se acompaña y forma parte integrante del presente.-
Art. 2º: Tome conocimiento la Subsecretaría de Acción Social. Fecho, ARCHÍVESE.-

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Resolución Intendente N° 143/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 143/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0448-01488135-3

Resumen

Rectificar el Anexo de la Resolución Nº 101/18, en lo que respecta a la cantidad de horas consignadas al agente GARCIA ZINI, Héctor Alejandro – Código 14023 – D.N.I. 26.716.910, siendo la correcta veinte (20) y no treinta y dos (32), correspondiente a los feriados del 12/02/18 y del 13/02/18.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 143

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 14 MAY 2018
VISTO:
El Documento DE-0448-01488135-3 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Nº 101/18, se dispuso del pago de jornadas cumplimentadas en días feriados, a los agentes designados para cumplir funciones de Guardavidas por la temporada estival 2017/2018, detallados en el anexo del mismo, en virtud del Acta Acuerdo aprobada por Decreto D.M.M. Nº 00015/18;
Que, se consignó erróneamente la cantidad de horas, en lo que respecta al agente GARCIA ZINI, Héctor Alejandro (Código 14023), siendo la correcta veinte (20) y no treinta y dos (32), correspondiente a los feriados del 12/02/18 y del 13/02/18;
Que, corresponde rectificar la Resolución Nº 101/18 y dictar el acto administrativo pertinente;
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1º: Rectificar el Anexo de la Resolución Nº 101/18, en lo que respecta a la cantidad de horas consignadas al agente GARCIA ZINI, Héctor Alejandro – Código 14023 – D.N.I. 26.716.910, siendo la correcta veinte (20) y no treinta y dos (32), correspondiente a los feriados del 12/02/18 y del 13/02/18.-
Art. 2º: Remítir copia de la presente a la Dirección de Personal. Cumplimentado, ARCHÍVESE.-

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Resolución Intendente N° 146/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 146/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0445-01483976-5

Resumen

Autorizar el pago del suplemento “Subrogancia” a los agentes detallados en el anexo que integra la presente, a partir del 01 de marzo de 2018 y por el término de noventa (90) días, en el marco del artículo 56 del anexo II de la Ley Nº 9286.

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 146

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 14 MAY 2018

VISTO:
El Documento DE-0445-01483976-5 (NI), y
CONSIDERANDO:
Que, la Subsecretaría de la Función Pública solicita el otorgamiento a los agentes detallados en el anexo adjunto del suplemento por Subrogancia conforme a lo previsto en el art. 56 Anexo II de la Ley Nº 9.286, a partir del 01 de marzo de 2018 y por el término de noventa (90) días.
Que, la Dirección de Personal informa la situación de revista de los agentes involucrados y la Dirección de Administración Financiera informa la existencia de crédito para absorber la erogación;
Que, debe dictarse el acto administrativo pertinente;
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: Autorizar el pago del suplemento “Subrogancia” a los agentes detallados en el anexo que integra la presente, a partir del 01 de marzo de 2018 y por el término de noventa (90) días, en el marco del artículo 56 del anexo II de la Ley Nº 9286.
Art. 2º: Notifíquese y remítase copia de la presente disposición a la Dirección de Personal. Cumplimentado, ARCHÍVESE.-

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Resolución Intendente N° 141/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 141/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0897-01441978-2

Resumen

Autorizar a Fiscalía Municipal a llevar adelante los reclamos y/o acciones administrativas o judiciales que pudieran corresponder en base a los títulos ejecutivos detallados en el Anexo que integra la presente Resolución, conforme lo informado por la Subsecretaría de Ingresos Públicos.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 141

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 14 MAY 2018
VISTO:
El Documento DE-0897-01441978-2 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante las actuaciones de referencia, la Subsecretaría de Ingresos Públicos de la Secretaría de Hacienda adjunta listado de títulos ejecutivos correspondientes a Tasa General de Inmuebles emitidos durante el año 2017, cuya titularidad corresponde a organismos administrativos;
Que, giradas las actuaciones a Fiscalía Municipal, se solicita autorización a fin de llevar adelante los reclamos y/o acciones administrativas y judiciales que pudieran corresponder;
Que, por lo expuesto corresponde dictar el acto administrativo que así lo disponga;
Que, la Dirección de Personal informa la situación de revista de los mencionados agentes;
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: Autorizar a Fiscalía Municipal a llevar adelante los reclamos y/o acciones administrativas o judiciales que pudieran corresponder en base a los títulos ejecutivos detallados en el Anexo que integra la presente Resolución, conforme lo informado por la Subsecretaría de Ingresos Públicos.-
Art. 2º: Remitir copia a Fiscalía Municipal a sus efectos. Cumplimentado, ARCHÍVESE.-

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Resolución Intendente N° 144/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 144/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0448-01464046-0

Resumen

No hacer lugar al Reclamo Administrativo Previo formulado por el Sr. Mario Héctor GALIANO, D.N.I. 13.839.335, con patrocinio letrado, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 144

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 14 MAY 2018
VISTO:
El Documento DE-0448-01464046-0 (VS), y
CONSIDERANDO:
Que, debe resolverse el Reclamo Administrativo Previo formulado por el Sr. Mario Héctor GALIANO, D.N.I. 13.839.335, con el patrocinio letrado de la abogada Lorena Soledad GALIANO, tendiente a obtener indemnización de supuestos daños y perjuicios, por el siniestro que habría sufrido con su vehículo Marca Renault, Modelo Fluence, Dominio AB815YP.
Que, relata que en fecha 13.11.17 en momentos en que se encontraba circulando por calle Tacuarí a la altura del 6600, atravesó un bache supuestamente allí ubicado, lo que le habría producido daños en dos de los neumáticos de su vehículo.
Que, adjunta copias simples de título y cédula del automotor, comprobante de pago del Derecho de Mantenimiento por el uso de Red Vial, presupuesto de reparación y factura de pago expedidos por Renault Minuto, y seis (6) fotografías originales, para fundar su pretensión y reclama la suma de pesos quince mil ($15.000).
Que, la Dirección de Asesoría Jurídica, intimó al reclamante a acompañar documental faltante, sin hacer presentación alguna en el plazo establecido.
Que, Fiscalía Municipal emite el Dictamen Nº 026/18, donde señala que la omisión de acompañar el título automotor que permita certificar la veracidad de la copia presentada, obsta tener por acreditada la legitimación para demandar la indemnización pretendida, circunstancia que impide dar continuidad al reclamo.
Que, sin perjuicio de ello, las pruebas fotográficas ofrecidas resultan insuficientes para acreditar el hecho, las circunstancias en que habría ocurrido y los daños experimentados, dado que muestran, por un lado, el neumático dañado de un vehículo del cual no se observa la patente y, por el otro, un bache.
Que, asimismo, el reclamo constituye un relato de hechos carente de pruebas fehacientes que lo avalen, no logrando acreditar el demandante que el siniestro ocurriera del modo relatado, cuestión que a la luz de las constancias probatorias, resultan únicamente afirmaciones de su parte, careciendo la presentación de los demás extremos requeridos para la procedencia de la reparación estatal: daño cierto, acreditado y mensurable en dinero; actividad u omisión materialmente imputable a un órgano estatal, relación de causalidad adecuada entre la actividad o inactividad y el daño invocado; falta de servicio consistente en una actuación u omisión irregular de parte del Estado.
Que, por lo expuesto, aconseja rechazar el reclamo, lo que es compartido por este Departamento Ejecutivo Municipal.

Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:
Art. 1º: No hacer lugar al Reclamo Administrativo Previo formulado por el Sr. Mario Héctor GALIANO, D.N.I. 13.839.335, con patrocinio letrado, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-
Art. 2º: Por Dirección de Mesa de Entradas Única notifíquese fehacientemente en el domicilio constituido, haciéndole saber que con el dictado de la presente se ha cumplimentado con la reclamación exigida por la Ley Nº 7.234, agotándose la instancia administrativa.-

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Resolución Intendente N° 128/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 128/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0917-01501748-6 (NI)

Resumen

Disponer la instrucción de Sumario Administrativo por parte de Fiscalía Municipal al agente Sergio José PENNA (Código Nº 424), a fin de investigar los hechos descriptos en la presente, en virtud de lo dispuesto en el Capítulo V de la Ordenanza Nº 8.527 – Estatuto del Personal Municipal, por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.-
Disponer el traslado preventivo del agente a la Dirección de Inspección y Certificación de Obras de la Secretaría de Obras Públicas, conforme a lo establecido por el art. 125 del Estatuto aplicable.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 128
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 08 MAY 2018
VISTO:
El Documento DE-0917-01501748-6 (NI), y
CONSIDERANDO:
Que, las actuaciones se inician a raíz de la denuncia por violencia de género informada por el Área Mujer y Diversidad Sexual, que involucra al agente Sergio José PENNA (Código Nº 424) respecto a sus compañeras de trabajo en el ámbito y horario laboral.
Que, la Dirección de Personal informa que el agente PENNA revista en esta Administración en calidad de Permanente, con Funciones de Director, Categoría 23, Agrupamiento I – Administrativo, dependiente de la Dirección de Catastro.
Que, la Asesoría Legal de la Secretaría de Hacienda, considera que existen circunstancias que ameritan el inicio de un sumario administrativo a fin de dilucidar los hechos ocurridos, y en caso de existencia de faltas administrativas, las posibles sanciones a aplicar.
Que, la Secretaría de Hacienda comparte lo expuesto, sugiriendo que, dadas las especiales circunstancias del caso, resulta oportuno proceder al traslado del agente en los términos del art. 124 del Estatuto para el Personal Municipal (Ley provincial Nº 9.286).
Que, la Subsecretaría de la Función Pública sugiere el dictado del acto administrativo pertinente, cuyo objeto disponga la instrucción de un Sumario Administrativo al agente Sergio José PENNA (Código Nº 424), a fin de investigar los hechos denunciados en las presentes actuaciones, disponiendo en el mismo acto su traslado preventivo a la Dirección de Inspección y Certificación de Obras de la Secretaría de Obras Públicas, en los términos del art. 125 de la Ordenanza Nº 8.527.
Que, este Departamento Ejecutivo resulta competente a los fines de emitir el acto administrativo pertinente.
Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:
Art. 1º: Disponer la instrucción de Sumario Administrativo por parte de Fiscalía Municipal al agente Sergio José PENNA (Código Nº 424), a fin de investigar los hechos descriptos en la presente, en virtud de lo dispuesto en el Capítulo V de la Ordenanza Nº 8.527 – Estatuto del Personal Municipal, por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.-
Art. 2º: Disponer el traslado preventivo del agente a la Dirección de Inspección y Certificación de Obras de la Secretaría de Obras Públicas, conforme a lo establecido por el art. 125 del Estatuto aplicable.-
Art. 3º: Autorizar a Fiscalía Municipal a instar las acciones judiciales que correspondan.-
Art. 4º: Girar copia a la Secretaría de Hacienda y a la Dirección de Personal, para su conocimiento y notificación al agente involucrado. Cumplido, remítanse las actuaciones a Fiscalía Municipal a sus efectos.-

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Resolución Intendente N° 140/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 140/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Hacienda
  • N° expediente: DE-0851-01478571-1 (NI)

Resumen

Aprobar el sistema de modalidades de pago individualizado en el Anexo I, el cual forma parte integrante del presente, por medio de los cuales podrán optar los contribuyentes y/o responsables de la contribución de mejoras emergente de la obra “Desagües cloacales Ciudad de Santa Fe – Vecinal República de los Hornos – Red Colectora y Colector Cloacal – Etapa III.-
Los contribuyentes que formalicen planes de pago antes y/o durante la ejecución de las obras y, que a la fecha de habilitación de las mismas hubieran incurrido en la causal de caducidad contemplada en el art. 10 del Decreto 00076/16 y complementarios, deberán abonar el saldo del importe contractual, adicionándole los accesorios por mora.

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
CPN María Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCIÓN Nº 140
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 10 MAY 2018

VISTO:

El documento DE-0851-01478571-1 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 11.983 se implementó el “Programa Solidario e Integrador de Desagües Cloacales”, creado por Ley Provincial Nº 13.241, que ratifica el convenio suscripto por Aguas Santafesinas S.A. y la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe;

Que, corresponde ejecutar, mediante el sistema de contribución de mejoras, la obra “Desagües cloacales Ciudad de Santa Fe – Vecinal República de los Hornos – Red Colectora y Colector Cloacal – Etapa III” en relación a dicho programa;

Que, el Decreto D.M.M Nº 00870/17 aprobó el Procedimiento Administrativo para la Instrumentación de obras públicas que posean financiamiento a través del sistema de Contribución de Mejoras.
Que resulta necesario reglamentar las modalidades de percepción de la contribución a cargo de los beneficiarios que resulten responsables de su respectivo pago;
Que este Departamento Ejecutivo resulta competente para el dictado del presente acto.

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1: Aprobar el sistema de modalidades de pago individualizado en el Anexo I, el cual forma parte integrante del presente, por medio de los cuales podrán optar los contribuyentes y/o responsables de la contribución de mejoras emergente de la obra “Desagües cloacales Ciudad de Santa Fe – Vecinal República de los Hornos – Red Colectora y Colector Cloacal – Etapa III.-

Art. 2: Los contribuyentes que formalicen planes de pago antes y/o durante la ejecución de las obras y, que a la fecha de habilitación de las mismas hubieran incurrido en la causal de caducidad contemplada en el art. 10 del Decreto 00076/16 y complementarios, deberán abonar el saldo del importe contractual, adicionándole los accesorios por mora.-
Art. 3: A partir de la habilitación de la obra se aplicarán los recargos por mora que prescribe el Art. 40º de la Ordenanza Fiscal Municipal 11.962 (t.o. 2012) y complementarios.-
Art. 4: Facultar a la Secretaría de Hacienda a autorizar planes de pago especiales para los casos de imposibilidad de pago contemplados en el punto 8 del artículo 5º del Anexo II Ordenanza 11.983/13, hasta un máximo de 48 cuotas.-
Art. 5: Para poder acceder a los planes especiales para jubilados, el sujeto pasivo de la obligación tributaria deberá acreditar su condición de jubilado y/o pensionado, y deberá ser propietario de una única vivienda, a su nombre o en condominio con su cónyuge y/o hijos menores de edad, o mayores incapacitados sin ingresos propios y a su exclusivo cargo, aportando información fehaciente que corrobore dicha situación. Este plan caducará en forma automática, sin necesidad de intimación previa en caso de venta, cesión, donación, o en general cualquier transferencia de dominio del inmueble involucrado, ya sea a título oneroso o gratuito, debiendo el deudor abonar la totalidad del saldo impago, antes de la concreción de dichas operaciones y la consecuente transmisión de la propiedad. De producirse el fallecimiento del responsable, la Municipalidad podrá optar a su exclusivo criterio, por mantener la vigencia del respectivo convenio o exigir a la sucesión o los herederos del causante, dentro de los tres (3) meses de producido el deceso, el pago total del saldo adeudado, sin derecho por parte de aquellos a reclamo de ninguna clase.-
Art. 6: En todos los aspectos no reglados en esta normativa, serán de aplicación supletoria las disposiciones del Régimen General de Convenios de Pago Decreto D.M.M Nº 00076/16 y modificaciones.-
Art. 7: Cumplido, ARCHIVESE.-

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Resolución Intendente N° 100/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 100/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-1109-01482123-5

Resumen

Aprobar y registrar los Contratos y Actas que se adjuntan y forman parte de la presente, suscriptos con las personas detalladas en el Anexo adjunto.

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 100

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 18 ABR 2018
VISTO:
El Documento DE-1109-01482123-5 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, por el Decreto D.M.M. Nº 02299/16 se han aprobado las condiciones generales aplicables a los Contratos de Servicios que celebra esta Municipalidad con particulares.
Que, en las actuaciones de referencia, se adjuntan Contratos y Actas suscriptos con particulares para la prestación de servicios en diferentes Secretarías del Departamento Ejecutivo Municipal.
Que, cumpliendo los mismos con las formalidades exigidas conforme el Decreto D.M.M. Nº 02313/16, debe dictarse el acto administrativo que disponga la aprobación y registración de las actas referidas.
Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:
Art. 1º: Aprobar y registrar los Contratos y Actas que se adjuntan y forman parte de la presente, suscriptos con las personas detalladas en el Anexo adjunto.
Art. 2º: Autorizar a la Dirección de Administración Financiera a atender el gasto que demanda la presente gestión.

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