- Procedencia: DEM
- Tipo de Normativa: Resolución Intendente
- N° Resolución Intendente: 133/2018
- Fecha de Sanción: —
- Secretaría: Secretaría de Desarrollo Social
- N° expediente: DE- 0480-01488258-3
Resumen
Rectificar parcialmente el Anexo I de la Resolución 087/18, referente al listado de beneficiarios calles seguras infancia y juventud protegida, en los términos expuestos en los considerandos de la presente y según lo indicado mediante el Anexo que se acompaña y forma parte integrante del presente.-
Firmantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Ma. Cecilia Battistutti, Secretaria de Desarrollo Social
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
Texto completo de la norma
RESOLUCION Nº 133
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 08 MAY 2018
VISTO:
El Documento DE- 0480-01488258-3 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución N° 087/18 se otorgó una ayuda económica por el término de seis (6) meses a determinadas personas en el marco del Plan “Calles Seguras: Infancia y Juventud Protegida”, numerado y registrado por Decreto D.M.M. N° 01948/2013;
Que, el listado de tales personas se perfeccionó mediante un Anexo adjunto a dicha Resolución, que integró y formó parte de la misma;
Que, tal como se indica desde la Secretaría de Desarrollo Social, producto de una serie de errores involuntarios, se consignaron equivocadamente los datos personales de los Sres. Blanche, Jorge Luis; González, Emanuel Exequiel, Gonzáles, Jonatan Maximiliano y Panizza, Armando Alejo en el Anexo de la mencionada Resolución;
Que, a los fines de subsanar dicha cuestión, corresponde emitir un nuevo acto administrativo que rectifica los errores expuestos;
Que, este Departamento Ejecutivo resulta competente a los fines de emitir el presente acto administrativo.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:
Art. 1º: Rectificar parcialmente el Anexo I de la Resolución 087/18, referente al listado de beneficiarios calles seguras infancia y juventud protegida, en los términos expuestos en los considerandos de la presente y según lo indicado mediante el Anexo que se acompaña y forma parte integrante del presente.-
Art. 2º: Tome conocimiento la Subsecretaría de Acción Social. Fecho, ARCHÍVESE.-
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