Resolución Intendente N° 105/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 105/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Hacienda
  • N° expediente: DE-0448-01479298-0 (CP)

Resumen

Disponer la redeterminación de precios, solicitada por la Empresa CLIBA Ingeniería Ambiental S.A.- Tecsan Ambiental S.A.-U.T.E., concesionaria del servicio de Recolección de Residuos Domiciliarios, Barrido y Limpieza de calles, solicita recomposición y reajuste de precios unitarios por los servicios de Recolección de Residuos Domiciliarios, Barrido Manual, Barrido Mecánico, Asistencia a Minibasurales, Levante de Montones y Levante General de Montones de Calles sin Cordones según Decretos D.M.M. 01297/2011 y 00965/2012-, Levante General de Montones en calles sin cordones Decreto D.M.M. Nº 01163/15 y Levante Gral. de Montones con Pala Mecánica Decreto D.M.M. Nº 02370/16 por la diferencia de precios unitarios del mes de noviembre/2017 con relación a los precios del mes de julio/2017, fijados por Resolución Nº 454/2017, cuyos precios unitarios serán los indicados en el Anexo I que forma parte del presente Decreto.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Tco. MARIANO CEJAS, Secretario de Ambiente y Espacios Públicos
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCION N” 105
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 20 ABR 2018
VISTO:

El Documento DE-0448-01479298-0 (CP), y;

CONSIDERANDO:

Que, la firma CLIBA Ingeniería Ambiental S.A.- Tecsan Ambiental S.A.-U.T.E., concesionaria de los servicios de Recolección de Residuos Domiciliarios, Barrido y Limpieza de calles, solicita recomposición y reajuste de precios unitarios por los servicios de Recolección de Residuos Domiciliarios, Barrido Manual, Barrido Mecánico, Asistencia a Minibasurales, Levante de Montones y Levante General de Montones de Calles sin Cordones según Decretos D.M.M. 01297/2011 y 00965/2012-, y Levante General de Montones en calles sin cordones Decreto D.M.M. Nº 01163/15, alegando incrementos producidos en el mes de noviembre/2017, con respecto a los valores correspondientes al mes de julio/2017, según Resolución Nº 0454/2017;

Que, lo solicitado se encuentra previsto en la cláusula cuarta del convenio numerado y registrado por Decreto D.M.M. Nº 00657 de fecha 1 de noviembre de 2004, la cual establece: ” Las partes acuerdan que los precios unitarios de los servicios – a partir del cual se establecerá la base de cómputo- corresponderá al mes de Mayo de 2004, lo que permanecerán vigentes hasta la finalización del presente convenio. En caso de que el costo unitario de cualquiera de los servicios superara el 5% de variación del último precio vigente, aquel en el cual se verificará dicha modificación podrá ser redeterminado a solicitud de cualquiera de las partes. Ese valor redeterminado se aplicará a ese servicio y se hará efectivo a partir de la certificación y liquidación del mes inmediato posterior al que se produjere la variación mencionada” y que fuera prorrogado por Decreto D.M.M. Nº 00499 de fecha 31 de mayo de 2007;

Que, se agrega el Servicio de Levante de Montículos con Pala, según acta numerada y registrada por Decreto D.M.M. nº 02370/2016;

Que, el Asistente Técnico de la Secretaría de Hacienda informa que el nuevo precio que corresponde aplicar resulta ser: para el Servicio de Recolección y Transporte de Residuos: pesos sesenta con cuarenta y dos centavos ($ 60,42), II-Asistencia a Minibasurales: pesos quinientos uno con un centavo ($501,01); III) Barrido Manual: pesos doscientos quince con ochenta y ocho centavos ($215,88), IV) Barrido Mecánico: pesos cuarenta y cinco con sesenta y un centavos ($45,61); V- Levante de Montículos: pesos dos millones doce mil doscientos noventa y ocho con un centavo ($2.012.298,01); VI-Levante Gral. de Montones de calles sin cordones Decreto D.M.M. Nº 01297/2011: pesos setecientos treinta y tres mil trescientos siete con cincuenta y dos centavos ($ 733.307,52), -Levante Gral. de Montones de Calles s/ cordones Decreto D.M.M. Nº 00965/12: pesos seiscientos noventa y siete mil cuatrocientos setenta y siete con sesenta y cinco centavos ($ 697.477,65), -Levante Gral. de Cordones s/ cordones Decreto D.M.M. Nº 01163/15: pesos seiscientos noventa y cuatro mil quinientos veintiséis con setenta y dos centavos (694.526,72); -Levante Gral. de Montones con Pala Mecánica Decreto D.M.M. Nº 02370/16: pesos un millón doscientos ochenta y cuatro mil trescientos sesenta y dos con ocho centavos ($ 1.284.362,08);

Que, intervino el Asistente Técnico de la Secretaría de Hacienda, emitiendo el informe correspondiente, a cuyos fundamentos cabe remitirse atento a su extensión;

Que, por lo expuesto corresponde el reconocimiento de mayores costos para los servicios de Recolección de Residuos Domiciliarios, Barrido y Limpieza de calles, solicita recomposición y reajuste de precios unitarios por los servicios de Recolección de Residuos Domiciliarios, Barrido Manual, Barrido Mecánico, Asistencia a Minibasurales, Levante de Montones y Levante General de Montones de Calles sin Cordones según Decretos D.M.M. 01297/2011 y 00965/2012-, Levante General de Montones en calles sin cordones Decreto D.M.M. Nº 01163/15 y Levante Gral. de Montones con Pala Mecánica Decreto D.M.M. Nº 02370/16 a partir del mes de diciembre de 2017, en adelante;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E::

Art. 1º.- Disponer la redeterminación de precios, solicitada por la Empresa CLIBA Ingeniería Ambiental S.A.- Tecsan Ambiental S.A.-U.T.E., concesionaria del servicio de Recolección de Residuos Domiciliarios, Barrido y Limpieza de calles, solicita recomposición y reajuste de precios unitarios por los servicios de Recolección de Residuos Domiciliarios, Barrido Manual, Barrido Mecánico, Asistencia a Minibasurales, Levante de Montones y Levante General de Montones de Calles sin Cordones según Decretos D.M.M. 01297/2011 y 00965/2012-, Levante General de Montones en calles sin cordones Decreto D.M.M. Nº 01163/15 y Levante Gral. de Montones con Pala Mecánica Decreto D.M.M. Nº 02370/16 por la diferencia de precios unitarios del mes de noviembre/2017 con relación a los precios del mes de julio/2017, fijados por Resolución Nº 454/2017, cuyos precios unitarios serán los indicados en el Anexo I que forma parte del presente Decreto.-

Art. 2º.- Disponer la aplicación de dicho precio a los servicios prestados a partir del mes de diciembre del año 2017.-
Art. 3º.- Remitir copia a la Dirección de Administración Financiera.-

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Resolución Intendente N° 284/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 284/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0121-01489138-6

Resumen

Disponer la integración de una Comisión Ad Hoc, a los fines expresados en los considerandos precedentes, conformada por la CPN Mariela PERTICARÁ, Directora Ejecutiva del Programa de Administración Financiera (dependiente de la Secretaría de Hacienda), la CPN María Cecilia MICHLIG, Encargada de Sección Departamento Contabilidad (dependiente de la Secretaría de Hacienda), el Abog. Julián PASSARELLA, Director Ejecutivo Programa de Vinculación Jurídica y Gestión Judicial (dependiente de Fiscalía Municipal), y la Sra. Natalí RIGOTTI, Encargada Sección Contable de la Dirección de Procuración General (dependiente de Fiscalía Municipal).

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 284

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 14 AGO 2018
VISTO:
El Documento DE-0121-01489138-6 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, por la actuación de referencia, Fiscalía Municipal, mediante Nota Nº 126/2018, informa la necesidad de que se disponga la conformación de una Comisión Ad Hoc, a los fines de realizar un informe técnico contable y asista y sirva de sustento a la posterior actuación en el plano jurídico, en el marco de los autos caratulados “SUCESORES DE ROBERTO J. AZCOITÍA y OTROS c/ MUNICIPALIDAD DE SANTA FE s/ ORDINARIO” (CUIJ 21-01011107-9), tramitados por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de Santa Fe, actualmente radicados por ante la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, con el objeto de defender eficientemente los intereses de esta Municipalidad.
Que, por tal motivo, propone que la comisión señalada sea integrada por la CPN Mariela PERTICARÁ, Directora Ejecutiva del Programa de Administración Financiera (dependiente de la Secretaría de Hacienda), la CPN María Cecilia MICHLIG, Encargada de Sección Departamento Contabilidad (dependiente de la Secretaría de Hacienda), el Abog. Julián PASSARELLA, Director Ejecutivo Programa de Vinculación Jurídica y Gestión Judicial (dependiente de Fiscalía Municipal), y la Sra. Natalí RIGOTTI, Encargada Sección Contable de la Dirección de Procuración General (dependiente de Fiscalía Municipal).
Que, este Departamento Ejecutivo resulta competente a los fines de dictar el acto administrativo correspondiente.
Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:
Art. 1º: Disponer la integración de una Comisión Ad Hoc, a los fines expresados en los considerandos precedentes, conformada por la CPN Mariela PERTICARÁ, Directora Ejecutiva del Programa de Administración Financiera (dependiente de la Secretaría de Hacienda), la CPN María Cecilia MICHLIG, Encargada de Sección Departamento Contabilidad (dependiente de la Secretaría de Hacienda), el Abog. Julián PASSARELLA, Director Ejecutivo Programa de Vinculación Jurídica y Gestión Judicial (dependiente de Fiscalía Municipal), y la Sra. Natalí RIGOTTI, Encargada Sección Contable de la Dirección de Procuración General (dependiente de Fiscalía Municipal).
Art. 2º: Remitir a Fiscalía Municipal a los fines pertinentes. Cumplimentado, archívese.-

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Resolución Intendente N° 662/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 662/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0476-01443313-0

Resumen

Registrar los Permisos de Uso, suscriptos entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y las personas detalladas en anexo adjunto, los que forman parte de la presente.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCIÓN Nº 662

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 29 DIC 2017
VISTO:
El Documento DE-0476-01443313-0 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, la Secretaría de Cultura tiene, entre sus misiones y funciones, la de canalizar las demandas y necesidades vinculadas a las actividades culturales de la ciudad que llegan como iniciativas de diferentes instituciones, grupos o artistas independientes, brindándole espacios para lograr su inclusión dentro del circuito cultural.
Que, a tales fines y en ejercicio de sus facultades, se adjuntan Permisos de Usos de las distintas salas del Teatro Municipal “1º de Mayo” y el anfiteatro “Juan de Garay”, suscriptos entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y diversos artistas, para la realización de actividades y presentación de espectáculos públicos.
Que, por lo expuesto, es necesario dictar el acto administrativo de registración pertinente.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:
Art. 1º: Registrar los Permisos de Uso, suscriptos entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y las personas detalladas en anexo adjunto, los que forman parte de la presente.-
Art. 2º: Girar copia de la presente a la Secretaría de Cultura a sus efectos.-

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Resolución Intendente N° 340/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 340/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0526-01465809-0 (NI)

Resumen

Limítense a la fecha consignada en cada caso, los contratos de servicios suscriptos con las personas detalladas en el Anexo I adjunto, que integra la presente, en virtud de lo establecido en la Cláusula 5º de los respectivos contratos.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
C.P.N. Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 340

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 29 AGO 2018

VISTO:

El Documento DE-0526-01465809-0 (NI), y sus gloses;

CONSIDERANDO:

Que, en la actuación de referencia, la Subsecretaría de la Función Pública solicita la limitación de los contratos de servicios suscriptos con las personas detalladas en el Anexo I adjunto, en virtud de lo previsto por la Cláusula 5º de los respectivos contratos;

Que, corresponde dictar el acto administrativo que así lo disponga, a partir de las fechas consignadas en el mencionado anexo;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: Limítense a la fecha consignada en cada caso, los contratos de servicios suscriptos con las personas detalladas en el Anexo I adjunto, que integra la presente, en virtud de lo establecido en la Cláusula 5º de los respectivos contratos.-

Art. 2º: Remitir copia de la presente a la Dirección de Administración Financiera. Cumplimentado, ARCHIVESE.-

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Resolución Intendente N° 334/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 334/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Planeamiento Urbano
  • N° expediente: DE-0448-01497993-4 (VS)

Resumen

Autorizar la transferencia de la concesión de la Licencia de Taxi Nº 056 de la cual es titular el Sr. Eduardo Ismael MENDOZA – D.N.I. Nº 21.411.639, a favor del Sr. Arnaldo José BARAGIOLA – D.N.I. Nº 30.961.908, de conformidad a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 11.661/09.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Arq. Marcelo PASCUALON, Secretario de Planeamiento Urbano
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCIÓN Nº 334

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 29 AGO 2018

VISTO:

El Documento DE-0448-01497993-4 (VS), y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante los actuados de referencia, el Sr. Eduardo Ismael MENDOZA – D.N.I. Nº 21.411.639, titular de la Licencia de Taxi Nº 056, solicita autorización para transferir dicha concesión a favor del Sr. Arnaldo José BARAGIOLA – D.N.I. Nº 30.961.908;

Que, el Departamento Técnico de la Dirección de Habilitaciones del Transporte Público informó las inspecciones mecánicas realizadas en la unidad afectada a la licencia antes mencionada;

Que, la Dirección de Habilitaciones del Transporte Público manifestó que se han cumplimentado los requisitos exigibles para realizar la transferencia de dicha concesión de licencia de taxi, acotando a su vez que, según sus registros, no existen antecedentes de que los interesados, la licencia, ni el vehículo estén afectados a medidas cautelares judiciales;

Que, obra informe de la Dirección de Rentas donde consta que la licencia en cuestión se encuentra libre de deuda municipal;

Que, se acompaña la documental requerida y los informes respectivos, a los fines de cumplimentar con la normativa vigente según Ordenanza Nº 11.661/09;

Que, surge del expediente la constancia de pago del derecho de transferencia, de acuerdo a lo informado por la Dirección de Habilitaciones del Transporte Público;

Que, la Asesora Legal de la Secretaría de Planeamiento Urbano mediante Dictamen Nº 57/2018 estima factible el dictado del acto administrativo que autorice la transferencia solicitada;

Por ello:

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: Autorizar la transferencia de la concesión de la Licencia de Taxi Nº 056 de la cual es titular el Sr. Eduardo Ismael MENDOZA – D.N.I. Nº 21.411.639, a favor del Sr. Arnaldo José BARAGIOLA – D.N.I. Nº 30.961.908, de conformidad a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 11.661/09.-

Art. 2º: Por Dirección de Habilitaciones del Transporte Público notifíquese de lo dispuesto a los interesados y a la Dirección de Rentas, a sus efectos. Cumplimentado, ARCHÍVESE.-

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Resolución Intendente N° 335/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 335/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Planeamiento Urbano
  • N° expediente: DE-0448-01495078-6 (VS)

Resumen

Autorizar la transferencia de la concesión de la Licencia de Taxi Nº 150 de la cual es titular el Sr. Adrián Omar PONS – D.N.I. Nº 13.491.461, a favor de la Sra. Lucrecia Virginia GOROSITO – D.N.I. Nº 28.148.006, de conformidad a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 11.661/09.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Arq. Marcelo PASCUALON, Secretario de Planeamiento Urbano
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCIÓN Nº 335

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 29 AGO 2018

VISTO:

El Documento DE-0448-01495078-6 (VS), y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante los actuados de referencia, el Sr. Adrián Omar PONS – D.N.I. Nº 13.491.461, titular de la Licencia de Taxi Nº 150, solicita autorización para transferir dicha concesión a favor de la Sra. Lucrecia Virginia GOROSITO – D.N.I. Nº 28.148.006;

Que, el Departamento Técnico de la Dirección de Habilitaciones del Transporte Público informó las inspecciones mecánicas realizadas en la unidad afectada a la licencia antes mencionada;

Que, la Dirección de Habilitaciones del Transporte Público manifestó que se han cumplimentado los requisitos exigibles para realizar la transferencia de dicha concesión de licencia de taxi, acotando a su vez que, según sus registros, no existen antecedentes de que los interesados, la licencia, ni el vehículo estén afectados a medidas cautelares judiciales;

Que, obra informe de la Dirección de Rentas donde consta que la licencia en cuestión se encuentra libre de deuda municipal;

Que, se acompaña la documental requerida y los informes respectivos, a los fines de cumplimentar con la normativa vigente según Ordenanza Nº 11.661/09;

Que, surge del expediente la constancia de pago del derecho de transferencia, de acuerdo a lo informado por la Dirección de Habilitaciones del Transporte Público;

Que, la Asesora Legal de la Secretaría de Planeamiento Urbano mediante Dictamen Nº 58/2018 estima factible el dictado del acto administrativo que autorice la transferencia solicitada;

Por ello:

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: Autorizar la transferencia de la concesión de la Licencia de Taxi Nº 150 de la cual es titular el Sr. Adrián Omar PONS – D.N.I. Nº 13.491.461, a favor de la Sra. Lucrecia Virginia GOROSITO – D.N.I. Nº 28.148.006, de conformidad a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 11.661/09.-

Art. 2º: Por Dirección de Habilitaciones del Transporte Público notifíquese de lo dispuesto a los interesados y a la Dirección de Rentas, a sus efectos. Cumplimentado, ARCHÍVESE.-

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Resolución Intendente N° 336/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 336/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Desarrollo Social
  • N° expediente: DE-0418-01479536-3 (NI)

Resumen

Otorgar a la Sra. Daiana Alome PONCE, D.N.I. N° 32.873.878, por única vez, un subsidio por un monto de cinco mil pesos ($5.000,00), por las razones expuestas en los considerandos precedentes.-
La beneficiaria deberá ajustarse a lo establecido en la Resolución Nº 014/13.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. MARIA CECILIA BATTISTUTTI, Secretaria de Desarrollo Social
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCIÓN N° 336

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 29 AGO 2018

VISTO:

El Documento DE-0418-01479536-3 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, por la actuación de referencia, la Secretaría de Desarrollo Social avala la solicitud de otorgamiento de un subsidio a favor de la Sra. Daiana Alome PONCE, D.N.I. N° 32.873.878, por única vez, por un monto de cinco mil pesos ($5.000,00).

Que, del informe elaborado por el servicio social, surge que el grupo familiar carece de beneficios sociales, vivienda propia ni ingresos estables, los cuales provienen de trabajos menores y esporádicos que realiza el padre de familia.

Que, dicho subsidio le permitirá mejorar las condiciones de vida y minimizar la situación de riesgo y vulnerabilidad a la que está expuesta junto con su familia, con un mayor acceso al sistema de bienes y servicios del Estado.

Que la Secretaría de Hacienda informa que existe crédito presupuestario para absorber la erogación.

Que, este Departamento Ejecutivo es competente para dictar el acto administrativo que otorgue el subsidio.

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1º.- Otorgar a la Sra. Daiana Alome PONCE, D.N.I. N° 32.873.878, por única vez, un subsidio por un monto de cinco mil pesos ($5.000,00), por las razones expuestas en los considerandos precedentes.-

Art. 2º.- La beneficiaria deberá ajustarse a lo establecido en la Resolución Nº 014/13.-

Art. 3º.- La presente erogación se imputará en Jurisdicción Secretaría de Desarrollo Social – Categoría Programática 16.01.00 Subsecretaría de Acción Social – O. del Gasto 5.1.4.0 – Fuente de Financiamiento 110– Transferencias a personas.-

Art. 4º.- Por Secretaría de Desarrollo Social, notifíquese a la beneficiaria de lo dispuesto.-

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Resolución Intendente N° 337/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 337/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0448-01311532-4

Resumen

Rechazar el Recurso de Apelación interpuesto por la Sra. María del Huerto BARRERA, a través de apoderada, contra la Resolución de la Caja Municipal de Jubilaciones y Pensiones N° 5413-C-2015, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 337

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 29 AGO 2018
VISTO:
El Documento DE-0448-01311532-4 (VS), y;
CONSIDERANDO:
Que, debe resolverse el Recurso de Apelación interpuesto por la Sra. María del Huerto BARRERA, a través de su apoderada la abogada Ethel Noemí CARRERAS, contra la Resolución de la Caja Municipal de Jubilaciones y Pensiones Nº 5413-C-2015, la cual desestimó la solicitud de jubilación por invalidez, por no alcanzar el porcentaje mínimo establecido para acceder al beneficio.
Que, el organismo previsional rechazó el recurso de revocatoria y concedió el de apelación subsidiariamente interpuesto, mediante Resolución Nº 5492-C-2016.
Que, constituida la Junta Médica de Apelación en el marco del recurso, estableció que la recurrente posee un grado de incapacidad parcial y permanente del cincuenta y dos por ciento (52%), debiendo atenerse a la ficha lesiográfica oportunamente confeccionada.
Que, Fiscalía Municipal emite el Dictamen Nº 063/18, donde expresa que el artículo 44º de la Ordenanza Nº 6166, es claro y preciso en cuanto dispone que “tendrán derecho a la Jubilación por Invalidez los afiliados que se incapaciten física o intelectualmente en forma total para el desempeño de cualquier actividad compatible con sus aptitudes profesionales, considerando como tal la invalidez que produzca en la capacidad laborativa una disminución del 66% o más…” y, al no reunir la recurrente los requisitos exigidos, sugiere rechazar el recurso, no obstante, deberá tenerse en cuenta su reubicación, si correspondiere, conforme a la ficha lesiográfica aludida, lo que es compartido por este Departamento Ejecutivo.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:
Art. 1º: Rechazar el Recurso de Apelación interpuesto por la Sra. María del Huerto BARRERA, a través de apoderada, contra la Resolución de la Caja Municipal de Jubilaciones y Pensiones N° 5413-C-2015, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-
Art. 2º: Por Mesa de Entradas Única, notifíquese fehacientemente en el domicilio constituido, haciéndole saber que con el dictado de la presente se ha agotado la instancia administrativa. Cumplimentado, devuélvanse las actuaciones a la Caja Municipal de Jubilaciones y Pensiones de Santa Fe, a sus efectos.-

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Resolución Intendente N° 338/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 338/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0448-01506129-4

Resumen

No hacer lugar al Reclamo Administrativo Previo formulado por el Sr. Marcelo ENRIQUE, D.N.I. 25.916.478, con patrocinio letrado, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 338

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 29 AGO 2018
VISTO:
El Documento DE-0448-01506129-4 (VS), y
CONSIDERANDO:
Que, debe resolverse el Reclamo Administrativo Previo formulado por el Sr. Marcelo ENRIQUE, D.N.I. 25.916.478, con el patrocinio letrado del abogado Mariano Lucas GÁLVEZ, tendiente a obtener indemnización de supuestos daños y perjuicios, por el siniestro que habría sufrido con su vehículo Marca Peugeot, Modelo 308 FELINE HDI, Dominio LTL495.
Que, relata que en fecha 16.01.18 en momentos en que se encontraba circulando por calle Pedro Ferré a la altura del 3500, golpeó un pozo supuestamente ubicado en el centro de la calzada, de difícil visualización, profundo y con bordes de hormigón, lo que le habría producido diversos daños en su vehículo.
Que, adjunta para fundar su pretensión copia de la tarjeta verde del vehículo, del carnet de conducir, presupuesto emitido por Nation S.A. y fotografías impresas de la cartelería indicativa de calle Pedro Ferré a la altura 3600/3500, de un bache sin individualizar su ubicación, de un neumático desinflado y de una parte mecánica de un vehículo sin identificación ni dominio al que pertenecen; y reclama la suma de pesos veinticuatro mil ciento veintitrés con treinta y cuatro centavos ($24.123,34) en concepto de daños y perjuicios, con más honorarios profesionales del patrocinante.
Que, Fiscalía Municipal emite el Dictamen Nº 064/18, donde señala que las pruebas fotográficas ofrecidas resultan insuficientes para acreditar el hecho, las circunstancias en que habría ocurrido y los daños experimentados, dado que muestran, por un lado, un bache sin identificarse su ubicación y, por el otro, un neumático desinflado y una parte mecánica, sin demostrarse que ambas partes pertenezcan efectivamente al vehículo del reclamante, pues no se advierte el modelo ni la chapa patente de identificación.
Que, asimismo, el reclamo constituye un relato de hechos carente de pruebas fehacientes que lo avalen, no logrando acreditar el demandante que el siniestro ocurriera del modo relatado, cuestión que a la luz de las constancias probatorias, resultan únicamente afirmaciones de su parte, careciendo la presentación de los demás extremos requeridos para la procedencia de la reparación estatal: daño cierto, acreditado y mensurable en dinero; actividad u omisión materialmente imputable a un órgano estatal, relación de causalidad adecuada entre la actividad o inactividad y el daño invocado; falta de servicio consistente en una actuación u omisión irregular de parte del Estado.
Que, por lo expuesto, aconseja rechazar el reclamo, lo que es compartido por este Departamento Ejecutivo Municipal.

Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:
Art. 1º: No hacer lugar al Reclamo Administrativo Previo formulado por el Sr. Marcelo ENRIQUE, D.N.I. 25.916.478, con patrocinio letrado, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-
Art. 2º: Por Dirección de Mesa de Entradas Única notifíquese fehacientemente en el domicilio constituido, haciéndole saber que con el dictado de la presente se ha cumplimentado con la reclamación exigida por la Ley Nº 7.234, agotándose la instancia administrativa.-

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Resolución Intendente N° 339/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 339/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0935-01464462-9

Resumen

Registrar los Permisos de Uso, suscriptos entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y las personas detalladas en anexo adjunto, los que forman de la presente.

Firmantes

Abog. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
Lic. Andrea Valsagna, Secretaria de Desarrollo Estratégico y Resiliencia

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 339

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 29 AGO 2018
VISTO:
El Documento DE-0935-01464462-9 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, el Programa Centro de Convenciones Estación Belgrano, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Estratégico y Resiliencia, tiene entre sus misiones y funciones, la de gestionar eficientemente el uso del edificio con la finalidad de posicionarlo como un centro de convenciones de referencia regional que brinde un servicio de calidad para la comunidad en la recepción, organización y coordinación de eventos culturales, académicos, educativos, deportivos y sociales.
Que, a tales fines y en ejercicio de sus facultades, se adjuntan Permisos de Usos de los distintos espacios de la Estación Belgrano para la realización de distintas actividades.
Que, por lo expuesto, es necesario dictar el acto administrativo de numeración y registración pertinente.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:
Art. 1º: Registrar los Permisos de Uso, suscriptos entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y las personas detalladas en anexo adjunto, los que forman de la presente.
Art. 2º: Girar copia de la presente a la Secretaría de Desarrollo Estratégico y Resiliencia a sus efectos.

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