Resolución Intendente N° 092/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 092/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0428-01577576-0 (NI)

Resumen

Reconocer a la agente María Gimena MAIN (Código Nº 13829), Permanente, con Funciones de Agente de Seguridad, Categoría 15, Agrupamiento VI-Servicios Generales, dependiente de la Subsecretaría de Prevención y Seguridad Ciudadana, los Suplementos de “Guardias Rotativas” y “Riesgo y Tareas Peligrosas”, contemplados en los arts. 66º y 55º anexo II de la ley Nº 9286/83, a partir del 01 de octubre de 2018.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
C.P.N. Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 092

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 04 ABR 2019

VISTO:

El Documento DE-0428-01577576-0 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, por la actuación de referencia, la Subsecretaría de Prevención y Seguridad Ciudadana solicita el reconocimiento de los Suplementos “Guardias Rotativas” y “Riesgo y Tareas Peligrosas” a favor de la agente María Gimena MAIN (Código Nº 13829), en virtud de desempeñar tareas de guardias de seguridad en distintos puestos y horarios;

Que, la Dirección de Personal informa que la citada agente revista en esta Administración en calidad de Permanente, con Funciones de Agente de Seguridad, Categoría 15, Agrupamiento VI-Servicios Generales, dependiente de la Subsecretaría de Prevención y Seguridad Ciudadana;

Que, desde la Subsecretaría de la Función Pública se aconseja el reconocimiento de los Suplementos mencionados a favor de la agente MAIN, conforme lo establecido en los arts. 66º y 55º de la Ley Nº 9286, a partir del 01 de octubre de 2018;

Que, la Secretaría de Hacienda informa que existe crédito presupuestario para absorber la erogación;

Que, corresponde dictar el acto administrativo pertinente;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º.- Reconocer a la agente María Gimena MAIN (Código Nº 13829), Permanente, con Funciones de Agente de Seguridad, Categoría 15, Agrupamiento VI-Servicios Generales, dependiente de la Subsecretaría de Prevención y Seguridad Ciudadana, los Suplementos de “Guardias Rotativas” y “Riesgo y Tareas Peligrosas”, contemplados en los arts. 66º y 55º anexo II de la ley Nº 9286/83, a partir del 01 de octubre de 2018.-

Art. 2º.- Por Dirección de Personal (Departamento Sueldos) procédase a liquidar a la mencionada agente, los suplementos reconocidos en la presente.

Art. 3º.- Notifíquese y remítase copia de la presente disposición a la interesada. Cumplimentado, ARCHÍVESE.-

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Resolución Intendente N° 094/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 094/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Desarrollo Social
  • N° expediente: DE-0479-01573885-9 (NI)

Resumen

Otorgar a la Fundación Hoy por Mañana, CUIT N° 30-71162620-0, un subsidio de pesos treinta mil ($30.000), pagadero en seis cuotas iguales, mensuales y consecutivas de pesos cinco mil ($5.000), conforme lo expresado los considerandos precedentes.

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Ma. Cecilia Battistutti, Secretaria de Desarrollo Social
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCIÓN N° 094

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 05 ABR 2019

VISTO:

El Documento DE-0479-01573885-9 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, por las actuaciones de referencia, la Fundación Hoy por Mañana, con personería jurídica dispuesta por Resolución I.G.P.J. N° 726/2010, solicita el otorgamiento de un subsidio a fin de solventar el desarrollo de las actividades propias.

Que, la Fundación asesora, acompaña y contiene desde un abordaje interdisciplinario e integral a familias con niños de 0 a 5 años con déficit nutricional que se encuentren en situación de vulnerabilidad social, a fin que puedan ofrecerles a sus hijos una nutrición de calidad.

Que, atento a la importancia del trabajo que dicha entidad lleva adelante en distintos barrios de la ciudad, la Secretaría de Desarrollo Social estima oportuno otorgar un subsidio de pesos treinta mil ($30.000), pagadero en seis cuotas mensuales y consecutivas de pesos cinco mil ($5.000).

Que, este Departamento Ejecutivo resulta competente para el dictado del acto administrativo que otorgue el subsidio solicitado.

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1º.- Otorgar a la Fundación Hoy por Mañana, CUIT N° 30-71162620-0, un subsidio de pesos treinta mil ($30.000), pagadero en seis cuotas iguales, mensuales y consecutivas de pesos cinco mil ($5.000), conforme lo expresado los considerandos precedentes.

Art. 2º.- La entidad beneficiarla deberá ajustarse a los establecido en la Resolución N° 014/13.-

Art. 3º.- La presente erogación se Imputará en Jurisdicción 1110134000 Secretarla de Desarrollo Social – Categoría Programática 14.00.00. O. del Gasto 5.1.7.0. – Transferencia a otras instituciones culturales y sociales sin fines de lucro – Fuente de Financiamiento 110 Tesoro Municipal.

Art. 4º.- Por Secretaría de Desarrollo Social, notifíquese a la beneficiaria de lo aquí dispuesto.-

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Resolución Intendente N° 102/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 102/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0444-01556162-4 (NI)

Resumen

Registrar el Contrato suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y el señor Ariel Alejandro Mendieta, en fecha 27 de diciembre de 2018, que se adjunta a la presente.-

Firmantes

Abog. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
C.P.N. Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

Texto completo de la norma

RESOLUCIÓN Nº 102

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 11 ABR 2019

VISTO:

El Documento DE-0444-01556162-4 (NI), y sus gloses;

CONSIDERANDO:

Que, en las actuaciones de referencia se adjunta Contrato suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y el señor Ariel Alejandro Mendieta, en fecha 27 de diciembre de 2018.

Que, por el mismo el señor Mendieta se compromete a la presentación de “Nico Barrios y su Banda” en el marco del Ciclo Río Baila – Taller de Folklore y Peña, en el Parque de la Constitución los días domingo 20 y 27 de enero y los días 3 y10 de febrero.

Que, resulta necesario dictar el acto administrativo de registración pertinente.

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: Registrar el Contrato suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y el señor Ariel Alejandro Mendieta, en fecha 27 de diciembre de 2018, que se adjunta a la presente.-

Art. 2º: Remitir copia a la Secretaría de Hacienda y de Cultura a sus efectos. Cumplido, archivar.-

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Resolución Intendente N° 105/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 105/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0734-01527978-9 (NI)

Resumen

Dejar sin efecto la Resolución Nº 0423/18.-
Ordenar la desocupación del Lote 28 de la Manzana II de la urbanización del Barrio Atilio Rosso, de acuerdo al anteproyecto de plano de mensura y subdivisión que figura como Anexo II de la Resolución SFH N° 0825/15, de propiedad municipal, y el desmantelamiento de la construcción precaria ubicada en la intersección de calles Azopardo y Cierre de Trama, Lote 50, manzana II, ocupada por el Sr. Jorge Esteban Machado, de conformidad a las facultades establecidas en el art. 2.5.5. de la Ordenanza Nº 7279 y art. 21 de la Ley Nº 2756.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 105

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 12 ABR 2019

VISTO:

El Documento DE-0734-01527978-9 (NI), y

CONSIDERANDO:

Que, por las actuaciones de referencia la Subsecretaría de Descentralización de la Secretaría General informó la constatación de una intrusión en los terrenos de la urbanización del Barrio Atilio Rosso;

Que, Santa Fe Hábitat. Agencia para el Desarrollo Social y Urbano, informó acerca de la existencia de una construcción precaria en la intersección de calles Azopardo y Cierre de Trama, Lote 50, manzana II, ocupada por el Sr. Jorge Esteban Machado, quien resultó adjudicatario del inmueble ubicado en el Lote 28 de la Manzana II del barrio, de conformidad al acta registrada mediante Resolución SFH N° 0825/2015;

Que, realizadas las verificaciones e informes pertinentes, Santa Fe Hábitat. Agencia para el Desarrollo Social y Urbano determinó, mediante Resolución N° 0054/18, dejar sin efecto el acta adjudicación oportunamente suscripta con el Sr. Jorge Machado y, en consecuencia intimar la restitución de los inmuebles, libre de toda ocupación;

Que, habiendo transcurrido el plazo otorgado sin que haya variado la situación de hecho descripta, desde la mencionada Agencia se solicita se arbitren los medios correspondientes, al efecto de recuperar los inmuebles aludidos, de propiedad municipal.

Que, este Departamento Ejecutivo Municipal, resulta competente para el dictado del acto administrativo que así lo disponga.

Por ello,

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: Dejar sin efecto la Resolución Nº 0423/18.-

Art. 2º: Ordenar la desocupación del Lote 28 de la Manzana II de la urbanización del Barrio Atilio Rosso, de acuerdo al anteproyecto de plano de mensura y subdivisión que figura como Anexo II de la Resolución SFH N° 0825/15, de propiedad municipal, y el desmantelamiento de la construcción precaria ubicada en la intersección de calles Azopardo y Cierre de Trama, Lote 50, manzana II, ocupada por el Sr. Jorge Esteban Machado, de conformidad a las facultades establecidas en el art. 2.5.5. de la Ordenanza Nº 7279 y art. 21 de la Ley Nº 2756.-

Art. 3º: Autorizar a Fiscalía Municipal, para el caso en que las medidas dispuestas en el artículo anterior no se cumplimenten voluntariamente, a gestionar la orden de desalojo y allanamiento pertinente ante la autoridad judicial.-

Art. 4º: Autorizar a la Dirección de Edificaciones Privadas y/o al órgano que resulte competente, a llevar a cabo la correspondiente inspección y/o demás medidas pertinentes, una vez dictada la orden judicial correspondiente.-

Art. 5º: Gírese copia a la Dirección de Edificaciones Privadas y las actuaciones a Fiscalía Municipal, a los fines dispuestos. Cumplimentado, ARCHÍVESE.-

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Resolución Intendente N° 125/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 125/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0418-01581946-9 (NI)

Resumen

Disponer el reconocimiento, con carácter excepcional, de los servicios extraordinarios prestados la Sra. María Florencia CRISTÓFOLI, D.N.I. Nº 35.092.112, en exceso a lo establecido en su contrato, aprobado por Resoluciones Nº 461/17 y Nº 394/18, en el ámbito de la Subsecretaría de Acción Social, durante el mes de marzo de 2019, por el monto total de seis mil setecientos setenta y cinco pesos ($ 6.775)

Firmantes

Abog. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
C.P.N. Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 125

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 25 ABR 2019

VISTO:

EL Documento DE-0418-01581946-9 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, por las actuaciones de referencia, la Subsecretaría de Acción Social solicita el reconocimiento de los servicios prestados por la Sra. María Florencia CRISTÓFOLI, en exceso de lo establecido en su contrato, aprobado por Resoluciones Nº 461/17 y Nº 394/18, durante el mes de marzo del corriente año, por el monto total de seis mil setecientos setenta y cinco pesos ($ 6.775).

Que, la Subsecretaría de la Función Pública considera oportuno que sean reconocidos, con carácter excepcional, los servicios prestados en exceso a lo estipulado contractualmente por la Sra. CRISTÓFOLI, en el ámbito de la Subsecretaría de Acción Social;

Que, la Secretaría de Hacienda autoriza la correspondiente imputación presupuestaria;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1º: Disponer el reconocimiento, con carácter excepcional, de los servicios extraordinarios prestados la Sra. María Florencia CRISTÓFOLI, D.N.I. Nº 35.092.112, en exceso a lo establecido en su contrato, aprobado por Resoluciones Nº 461/17 y Nº 394/18, en el ámbito de la Subsecretaría de Acción Social, durante el mes de marzo de 2019, por el monto total de seis mil setecientos setenta y cinco pesos ($ 6.775)

Art. 2º.- Remitir la presente a la Dirección de Administración Financiera para dar cumplimiento a lo dispuesto.-

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Resolución Intendente N° 127/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 127/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0449-01514133-6 (RP)

Resumen

Suspender el trámite del Sumario Administrativo dispuesto mediante Resolución del Departamento Ejecutivo Municipal Nº 186/18, al agente Edmundo Ramón RODRÍGUEZ (Código Nº 6.469), por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 127

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 25 ABR 2019

VISTO:

El Documento DE-0449-01514133-6 (RP) y,

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución del Departamento Ejecutivo Municipal Nº 186/18, se dispuso la instrucción de Sumario Administrativo al agente Edmundo Ramón RODRÍGUEZ (Código Nº 6.469), a fin de que se investiguen los hechos denunciados, en virtud del Capítulo V del Estatuto para el Personal Municipal (Anexo I – Ley Nº 9.286), por los motivos allí expuestos.

Que, la Dirección de Sumarios Administrativos de Fiscalía Municipal emitió el Dictamen Nº 037/19 donde señala que de acuerdo a información aportada por la Oficina de Gestión Judicial, el Sr. RODRÍGUEZ continúa en situación de prisión preventiva y que en fecha 28.12.17 la Fiscal Dra. DEL RÍO AYALA, presentó requisitoria de acusación, encontrándose actualmente en trámite.

Que, en consecuencia, siendo que la situación de privación de libertad cautelar dispuesta se mantiene hasta la fecha, la suspensión preventiva laboral permanece pendiente, no sólo como manera de encuadrar administrativamente la situación, sino también como forma de resguardar el derecho de defensa del imputado privado de su libertad quien, por su misma situación de encierro cautelar, no puede ejercer válida y efectivamente esa garantía, ejercitable de manera material.

Que, no habiendo afectación directa para el Municipio y siendo que la relación de la administración y el agente por aplicación del régimen disciplinario, dependen de la actividad del órgano judicial interviniente en la causa penal de un modo independiente, una vez emitida que sea alguna resolución de mérito en ese ámbito, deberá continuarse en esta sede administrativa la investigación pertinente, sugiriendo, por tal motivo, la suspensión del presente trámite a tales resultas.

Que, Fiscalía Municipal en su Providencia Nº 047/19 comparte el criterio expuesto, aconsejando se suspenda el trámite del Sumario Administrativo oportunamente dispuesto, a resultas de la causa penal, y solicita autorización a fin de recabar informes periódicos ante el órgano judicial correspondiente a los fines de tomar conocimiento sobre el estado procesal del imputado y los avances de la causa.

Que, compartiendo el criterio del Órgano Asesor, este Departamento Ejecutivo resulta competente a los fines de emitir el acto administrativo pertinente.

Por ello,

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1º: Suspender el trámite del Sumario Administrativo dispuesto mediante Resolución del Departamento Ejecutivo Municipal Nº 186/18, al agente Edmundo Ramón RODRÍGUEZ (Código Nº 6.469), por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.-

Art. 2º: Autorizar a Fiscalía Municipal a requerir informes periódicos ante el Órgano Judicial actuante en la causa identificada bajo el CUIJ Nº 21-06843067-1, a los fines de tomar conocimiento sobre el estado procesal del imputado y los avances respectivos.-

Art. 3º: Remitir a Fiscalía Municipal, a sus efectos.-

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Resolución Intendente N° 126/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 126/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Desarrollo Social
  • N° expediente: DE-1051-01583165-4 (NI)

Resumen

Dejar sin efecto la ayuda económica única y excepcional de diez mil pesos ($10.000) otorgada al Sr. Juan Ramón Guzman, D.N.I. N° 22.125.211, mediante Resolución D.E.M. N° 022/19, de fecha 06 de febrero de 2019.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. MARIA CECILIA BATTISTUTTI, Secretaria de Desarrollo Social
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCIÓN N° 126

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 25 ABR 2019

VISTO:

El Documento DE-1051-01583165-4 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, por la actuación de referencia, la Secretaría de Desarrollo Social solicita se deje sin efecto la ayuda económica única y excepcional otorgada al Sr. Juan Ramón Guzman, D.N.I. N° 22.125.211, mediante Resolución D.E.M. N° 022/19, de fecha 06 de febrero de 2019.

Que, la solicitud se fundamenta en que el beneficiario ha mudado de domicilio, sin paradero conocido, resultando consecuentemente imposible notificar la Resolución, efectivizar el beneficio ni verificar la persistencia de las condiciones que hicieron procedente el subsidio.

Que, este Departamento Ejecutivo es competente para dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1º.- Dejar sin efecto la ayuda económica única y excepcional de diez mil pesos ($10.000) otorgada al Sr. Juan Ramón Guzman, D.N.I. N° 22.125.211, mediante Resolución D.E.M. N° 022/19, de fecha 06 de febrero de 2019.-

Art. 2º.- Notificar lo aquí resuelto a las Secretarías de Desarrollo Social y de Hacienda, a los fines pertinentes.-

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Resolución Intendente N° 041/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 041/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0429-01574030-1 (NI)

Resumen

Ampliar, con carácter de excepción, la Ayuda Económica No Remunerativa Mensual a favor de los practicantes beneficiarios del Programa de Entrenamiento y Capacitación Laboral- Ordenanza Nº 11452, mencionados en el Anexo adjunto, que integra la presente, por los montos mensuales y períodos allí detallados, con motivo de los servicios extraordinarios prestados

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 041

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 19 FEB 2019
VISTO:
El Documento DE-0429-01574030-1 (NI), y;

CONSIDERANDO:
Que, en la actuación de referencia, la Subsecretaría de la Función Pública solicita la ampliación, con carácter de excepción, de la Ayuda Económica No Remunerativa Mensual, a favor de los practicantes beneficiarios del Programa de Entrenamiento y Capacitación Laboral – Ordenanza Nº 11452/08, mencionados en Anexo adjunto, durante los períodos y montos allí detallados;
Que, la Secretaría de Hacienda informa que existe crédito para absorber la erogación;
Que, en consecuencia, corresponde el dictado del acto administrativo pertinente;
Por ello:

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1º: Ampliar, con carácter de excepción, la Ayuda Económica No Remunerativa Mensual a favor de los practicantes beneficiarios del Programa de Entrenamiento y Capacitación Laboral- Ordenanza Nº 11452, mencionados en el Anexo adjunto, que integra la presente, por los montos mensuales y períodos allí detallados, con motivo de los servicios extraordinarios prestados.-

Art. 2º: Remitir copia de la presente a la Dirección de Personal. Cumplimentado, ARCHÍVESE.-

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Resolución Intendente N° 103/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 103/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Hacienda
  • N° expediente: DE-0448-01558182-0 (VS)

Resumen

Disponer la redeterminación de precios, solicitada por la Empresa Urbaser Argentina S.A. – Transportes Olivos S.A.C.I.F. – UTE, concesionaria del servicio de servicio de Recolección de Residuos Domiciliarios Barrido y Limpieza de Calles, por los servicios de Recolección de Residuos, Levante Gral. Montones de Calles s/cordones D.M.M. Nº 00276/13, Levante Gral. Montones de calles s/cordones D.M.M. Nº 01266/15 y Levante Gral. Montones de calles s/cordones D.M.M. Nº 02369/16, por la diferencia de precios unitarios del mes de noviembre/18 en relación a los precios del mes de agosto/18, fijados por Resolución Nº 453/18; cuyos precios unitarios serán los indicados en el Anexo I que forma parte del presente Decreto

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
CPN Maria Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 103

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 12 ABR 2019
VISTO:
El Documento DE-0448-01558182-0 (VS) y sus gloses, y;

CONSIDERANDO:
Que, la empresa Urbaser Argentina S.A. – Transportes Olivos S.A.C.I.F.-UTE, concesionaria del servicio de Recolección de Residuos Domiciliarios Barrido y Limpieza de Calles, solicita recomposición y reajuste de precios unitarios por los servicios de Recolección de Residuos, Levante Gral. Montones de Calles s/cordones D.M.M. Nº 00276/13, Levante Gral. Montones de calles s/cordones según D.M.M. Nº 01266/15 y Levante Gral. Montones de calles s/cordones D.M.M. Nº 02369/16, en este caso por la diferencia de precios unitarios del mes de noviembre/18 en relación a los precios correspondientes a los meses actualizados en la Resoluciones Nº 453/18 y Nº 538/18 respectivamente.
Que, lo solicitado se encuentra previsto en la cláusula cuarta del convenio numerado y registrado por Decreto D.M.M. Nº 00698/04, la cual establece: ” Las partes acuerdan que los precios unitarios de los servicios – a partir del cual se establecerá la base de cómputo- corresponderá al mes de Mayo de 2004, lo que permanecerán vigentes hasta la finalización del presente convenio. En caso de que el costo unitario de cualquiera de los servicios superara el 5% de variación del último precio vigente, aquel en el cual se verificará dicha modificación podrá ser redeterminado a solicitud de cualquiera de las partes. Ese valor redeterminado se aplicará a ese servicio y se hará efectivo a partir de la certificación y liquidación del mes inmediato posterior al que se produjere la variación mencionada” y siendo prorrogado por Decreto D.M.M. Nº 00499/07;

Que, por su parte, el Asistente Técnico de la Secretaría de Hacienda informa que el nuevo precio redeterminados por la empresa coinciden con los redeterminados con anterioridad, razón por la cual los únicos ítems sujetos a redeterminación resultan ser: i) Recolección de Residuos, por la suma de pesos sesenta y nueve con cincuenta y siete centavos ($ 69,57); ii) Levante Gral. Montones de Calles s/cordones según Decreto D.M.M. Nº 00276/13, por la suma de pesos dos millones doscientos cuarenta y dos mil novecientos siete con ochenta y tres centavos ($2.242.907,83); iii) Levante Gral. Montones de calles s/cordones D.M.M. Nº 01266/15, por pesos un millón seiscientos treinta y seis mil setecientos ochenta y uno con seis centavos ($ 1.636.781,06) y iv) Levante Gral. Montones de calles s/cordones según Decreto D.M.M. Nº 02369/16, por pesos un millón cincuenta y cuatro mil doscientos veintidós con treinta y siete centavos ($ 1.054.222,37);
Que, intervino el Asistente Legal de la Secretaria de Ambiente y Espacios Públicos emitiendo el informe correspondiente, a cuyos fundamentos cabe remitirse atento a su extensión;
Que, por lo expuesto corresponde el reconocimiento de mayores costos para los servicios precitados, resultando este Departamento Ejecutivo Municipal competente a los fines de emitir el presente acto administrativo;
Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE
R E S U E L V E:

Art. 1º.- Disponer la redeterminación de precios, solicitada por la Empresa Urbaser Argentina S.A. – Transportes Olivos S.A.C.I.F. – UTE, concesionaria del servicio de servicio de Recolección de Residuos Domiciliarios Barrido y Limpieza de Calles, por los servicios de Recolección de Residuos, Levante Gral. Montones de Calles s/cordones D.M.M. Nº 00276/13, Levante Gral. Montones de calles s/cordones D.M.M. Nº 01266/15 y Levante Gral. Montones de calles s/cordones D.M.M. Nº 02369/16, por la diferencia de precios unitarios del mes de noviembre/18 en relación a los precios del mes de agosto/18, fijados por Resolución Nº 453/18; cuyos precios unitarios serán los indicados en el Anexo I que forma parte del presente Decreto.-

Art. 2º.- Disponer la aplicación de dichos precios a los servicios prestados a partir del mes de Noviembre del año 2018.-

Art. 3º.- Remitir copia de la presente a Dirección de Administración Financiera. Cumplimentado, ARCHIVAR.-

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Resolución Intendente N° 104/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 104/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0352-01580278-8 (NI)

Resumen

Autorizar a Fiscalía Municipal a celebrar, en representación de esta Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, en el marco de los autos caratulados “JOZAMI, Santiago Manuel c/ Municipalidad de Santa Fe s/ SUMARIO” (CUIJ Nº 21-15787146-0) y su acumulado “JOZAMI, c/Municipalidad de Santa Fe s/Medidas de Aseguramiento de Pruebas” (CUIJ Nº 21-15784988-0), tramitados ante el Juzgado de Primera Instancia de Circuito de 1era. Instancia Nº 3, Secretaría 1era. de esta ciudad, acuerdo transaccional en los términos y con los alcances expuestos en los considerandos precedentes

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 104

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 12 ABR 2019
VISTO:
El Documento DE-0352-01580278-8 (NI), y

CONSIDERANDO:
Que, por la actuación de referencia, Fiscalía Municipal, pone en conocimiento que el Sr. Santiago Manuel JOZAMI, por intermedio de su apoderado, el abogado Diego JARA, dio inicio a las acciones judiciales “JOZAMI, Santiago Manuel c/ Municipalidad de Santa Fe s/ SUMARIO” (CUIJ Nº 21-15787146-0) y su acumulado “JOZAMI, c/Municipalidad de Santa Fe s/Medidas de Aseguramiento de Pruebas” (CUIJ Nº 21-15784988-0), tramitados ante el Juzgado de Primera Instancia de Circuito de 1era. Instancia Nº 3, Secretaría 1era. de esta ciudad, reclamando la reparación de los daños sufridos como consecuencia de la caída en la calle por un pozo en la carpeta asfáltica mientras circulaba en bicicleta.
Que, luego de estimadas las sumas resultantes de recaer sentencia condenatoria y de un intercambio de posiciones mantenidas con el apoderado del actor, el Órgano Asesor aconseja la celebración de un acuerdo transaccional por la suma de pesos cuarenta mil ($ 40.000) mediante un pago único pago, total, integral y cancelatario, por todo concepto, en relación a la pretensión reclamada por la parte interesada.
Que, este Departamento Ejecutivo estima conveniente llevar adelante el acuerdo referido, por lo que corresponde dictar el acto administrativo que autorice a Fiscalía Municipal a la suscripción del mismo.
Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: Autorizar a Fiscalía Municipal a celebrar, en representación de esta Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, en el marco de los autos caratulados “JOZAMI, Santiago Manuel c/ Municipalidad de Santa Fe s/ SUMARIO” (CUIJ Nº 21-15787146-0) y su acumulado “JOZAMI, c/Municipalidad de Santa Fe s/Medidas de Aseguramiento de Pruebas” (CUIJ Nº 21-15784988-0), tramitados ante el Juzgado de Primera Instancia de Circuito de 1era. Instancia Nº 3, Secretaría 1era. de esta ciudad, acuerdo transaccional en los términos y con los alcances expuestos en los considerandos precedentes.-

Art. 2º: Remitir a Fiscalía Municipal a los fines dispuestos. Cumplimentado, archívese.-

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