Resolución Intendente N° 069/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 069/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE 0463-01569208-0 (NI)

Resumen

Autorizar la salida del ejido urbano de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, del vehículo Dominio AA816LC, por los motivos expresados en los considerandos precedentes.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 069

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 07 MAR 2019

VISTO

El Documento DE 0463-01569208-0 (NI), y;

CONSIDERANDO

Que, mediante las actuaciones de referencia, desde el Programa de Mantenimiento y Reparación de Equipos de la Secretaria de Obras Públicas, se solicita autorización para que la unidad municipal dominio AA816LC, afectada a la Dirección de Talleres, pueda transitar fuera del ejido urbano de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz;

Que, se justifica el pedido en razón de que ocasionalmente personal del área debe viajar a otras localidades con la finalidad gestionar la adquisición de repuestos e insumos para la reparación de distintas unidades del parque automotor, justamente con proveedores que no se encuentran radicados dentro de la ciudad;

Que, por ello, se solicita que la autorización sobre el vehículo mencionado sea conferida al Sr. Claudio CAVALLO, D.N.I. Nº 21.490.611, Código 13959, quien presta funciones en la antedicha repartición;

Que, este Departamento Ejecutivo resulta competente a los fines de emitir el acto administrativo correspondiente;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1º: Autorizar la salida del ejido urbano de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, del vehículo Dominio AA816LC, por los motivos expresados en los considerandos precedentes.-

Art. 2º: Autorizar al Sr. Claudio CAVALLO, D.N.I. Nº 21.490.611, Código 13959, dependiente de la Secretaría de Obras Públicas, a conducir la unidad vehicular referida en el artículo precedente.-

Art. 3º: Dar intervención a la Secretaria de Obras Públicas para su cumplimiento.-

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Resolución Intendente N° 068/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 068/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0437-01560345-9 (NI)

Resumen

Reconocer el Suplemento por “Dedicación Completa”, a la agente Viviana Rut KNUTTZEN – Código Nº 10656, a partir del 01 de enero de 2019 y por el término de doce (12) meses, conforme lo dispuesto por Decreto D.M.M. Nº 01895/12.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
C.P.N. Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 068

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 07 MAR 2019

VISTO:

El Documento DE-0437-01560345-9 (NI); y,

CONSIDERANDO:

Que, por la actuación de referencia, la Secretaría de Control solicita se abone el Suplemento por Dedicación Completa a la agente Viviana Rut KNUTTZEN – Código Nº 10656;

Que, Dirección de Personal informa que la agente KNUTTZEN, revista en esta Administración en calidad de Permanente, con funciones de Asistente de Dirección, Categoría 22, Agrupamiento I- Administrativo, dependiente de la Dirección de Control. Percibiendo dicho suplemento desde el 01/01/2012;

Que, este Departamento Ejecutivo Municipal estima necesario reconocer la tarea desempeñada y en consecuencia disponer el pago del Suplemento por Dedicación Completa que está cumpliendo la citada agente;

Por ello:

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º.- Reconocer el Suplemento por “Dedicación Completa”, a la agente Viviana Rut KNUTTZEN – Código Nº 10656, a partir del 01 de enero de 2019 y por el término de doce (12) meses, conforme lo dispuesto por Decreto D.M.M. Nº 01895/12.-

Art. 2º.- Por Dirección de Personal (Departamento Sueldos) procédase a liquidar a la citada agente, el suplemento reconocido en la presente.-

Art. 3º.- Notifíquese y remítase copia de la presente disposición a la interesada. Cumplimentado, ARCHÍVESE.-

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Resolución Intendente N° 067/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 067/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-1110-01566215-8 (NI)

Resumen

Autorizar el otorgamiento de noventa (90) horas extras presupuestadas al agente Juan Pablo QUIROGA (Código Nº 14092), a partir del 01 de enero y hasta el 10 de diciembre de 2019 inclusive, en virtud de los servicios prestados en el ámbito de la Secretaría de Desarrollo Estratégico y Resiliencia, en exceso a la jornada legal de trabajo.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 067

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 07 MAR 2019

VISTO:

El Documento DE-1110-01566215-8 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la actuación de referencia, la Secretaría de Desarrollo Estratégico y Resiliencia solicita se disponga el otorgamiento de noventa (90) horas presupuestadas al agente Juan Pablo QUIROGA (Código Nº 14092), a partir del 01 de enero y hasta el 10 de diciembre de 2019 inclusive, en virtud de los servicios prestados en el ámbito de esa jurisdicción, en exceso a la jornada legal de trabajo;

Que, la Secretaría de Hacienda informa que existe crédito para absorber la erogación;

Que, la Subsecretaría de la Función Pública, aconseja dictar el acto administrativo pertinente cuyo objeto disponga autorizar el otorgamiento de las mismas;

Que, la Secretaría de Hacienda informa la existencia de crédito presupuestario para absorber la erogación;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: Autorizar el otorgamiento de noventa (90) horas extras presupuestadas al agente Juan Pablo QUIROGA (Código Nº 14092), a partir del 01 de enero y hasta el 10 de diciembre de 2019 inclusive, en virtud de los servicios prestados en el ámbito de la Secretaría de Desarrollo Estratégico y Resiliencia, en exceso a la jornada legal de trabajo.-

Art. 2º: Remitir copia a la Dirección de Personal, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto y notificar al agente. Cumplimentado, ARCHÍVESE.-

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Resolución Intendente N° 066/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 066/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0448-01159697-0 (N)

Resumen

No hacer lugar al Reclamo Administrativo Previo formulado por la Sra. Yaquelina Nancy SCOLA, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 066

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 07 MAR 2019

VISTO:

El Documento DE-0448-01159697-0 (N), y

CONSIDERANDO:

Que, debe resolverse el Reclamo Administrativo Previo formulado en fecha 02.01.13 por la Sra. Yaquelina Nancy SCOLA, tendiente a obtener indemnización de supuestos daños y perjuicios.

Que, relata que en fecha 10.12.12 agentes municipales se encontraban podando un árbol ubicado en la vereda de su vivienda, ubicada en el km 477 de la Ruta Nº 168 La Guardia, Colastiné, cuando se produjo el desprendimiento de una rama sobre el pilar de la luz provocando una explosión y un corte del cable conductor de electricidad, lo que le habría dañado su heladera y, en virtud de ello, solicita la construcción del pilar de luz y la reposición del artefacto dañado, reiterando su demanda en fechas 11.10.13 y 23.01.15

Que, la Coordinadora Distrito La Costa informó que el pilar de luz fue restituido.

Que, en fechas 26.09.18 y 20.11.18 la reclamante reiteró el reclamo referido a la heladera, solicitando su reposición o el valor equivalente en dinero.

Que, Fiscalía Municipal emite el Dictamen Nº 008/19 (a cuyos fundamentos cabe remitirse atento a su extensión), donde realiza una reseña de la normativa y el plazo legal aplicable por el instituto de la prescripción, advirtiendo que atento a que la fecha de interrupción del cómputo del plazo de prescripción ocurrió el 23.01.15 y el movimiento posterior se produjo con la presentación de fecha 26.09.18, transcurrió el plazo de dos (2) años previsto legalmente para el supuesto de reclamo de indemnización de daños derivados de la responsabilidad civil, operándose en consecuencia la prescripción y, por lo tanto, el reclamo resulta improcedente.

Que, por lo expuesto, aconseja rechazar el reclamo interpuesto, lo que es compartido por este Departamento Ejecutivo Municipal.

Por ello,

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: No hacer lugar al Reclamo Administrativo Previo formulado por la Sra. Yaquelina Nancy SCOLA, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-

Art. 2º: Por Dirección de Mesa de Entradas Única notifíquese fehacientemente en el domicilio constituido, haciéndole saber que con el dictado de la presente se ha cumplimentado con la reclamación exigida por la Ley Nº 7.234, agotándose la instancia administrativa.-

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Resolución Intendente N° 065/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 065/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-1124-01579752-5 (NI)

Resumen

Autorizar al Sr. Subsecretario de Gestión Ambiental, Ing. Marcelo Emmanuel CAPPI a participar de la Reunión de la Dirección Ejecutiva, Coordinadores/as y/o Subcoordinadores/as de Instancias temáticas y Secretaría Técnica Permanente de Mercociudades, a realizarse en la ciudad de Montevideo – Uruguay – durante los días 14 y 15 de marzo de 2019.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 065

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 07 MAR 2019

VISTO:

El Documento DE-1124-01579752-5 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, por las actuaciones de referencia, el señor Subsecretario de Gestión Ambiental solicita autorización para viajar a la ciudad de Montevideo – Uruguay – durante los días 14 y 15 de marzo del corriente año, a fin de asistir a la Reunión de la Dirección Ejecutiva, Coordinadores/as y/o Subcoordinadores/as de Instancias temáticas y Secretaría Técnica Permanente de Mercociudades.

Que, dicha reunión tiene como objetivo articular de forma conjunta el plan de trabajo del año, en función de la agenda temática y las líneas del plan de trabajo aprobadas en la XXIII Cumbre de la Red “Cultura, pilar de la integración y del desarrollo sostenible”, en la ciudad de La Paz.

Que, actualmente la ciudad de Santa Fe tiene a su cargo la Subcoordinación de la Unidad Temática de Ambiente y Desarrollo Sostenible de dicha asociación.

Que, la Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos avala la presente gestión, solicitando se dicte el acto administrativo cuyo objeto disponga autorizar al Sr. Subsecretario de Gestión Ambiental, Ing. Marcelo Emmanuel CAPPI, a participar de la Reunión mencionada en la ciudad de Montevideo, Uruguay, los días 14 y 15 de marzo de 2019.

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: Autorizar al Sr. Subsecretario de Gestión Ambiental, Ing. Marcelo Emmanuel CAPPI a participar de la Reunión de la Dirección Ejecutiva, Coordinadores/as y/o Subcoordinadores/as de Instancias temáticas y Secretaría Técnica Permanente de Mercociudades, a realizarse en la ciudad de Montevideo – Uruguay – durante los días 14 y 15 de marzo de 2019.-

Art. 2º: Remitir copia a las Secretarías de Ambiente y Espacios Públicos y de Hacienda. Cumplimentado, archívese.-

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Resolución Intendente N° 064/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 064/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0429-01576686-8 (NI)

Resumen

Ampliar, con carácter de excepción, la Ayuda Económica No Remunerativa Mensual a favor de los practicantes beneficiarios del Programa de Entrenamiento y Capacitación Laboral- Ordenanza Nº 11452, mencionados en el Anexo adjunto, que integra la presente, por los montos mensuales y períodos allí detallados, con motivo de los servicios extraordinarios prestados.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
C.P.N. Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 064

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 06 MAR 2019

VISTO:

El Documento DE-0429-01576686-8 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, en la actuación de referencia, la Subsecretaría de la Función Pública solicita la ampliación, con carácter de excepción, de la Ayuda Económica No Remunerativa Mensual, a favor de los practicantes beneficiarios del Programa de Entrenamiento y Capacitación Laboral – Ordenanza Nº 11452/08, mencionados en Anexo adjunto, durante los períodos y montos allí detallados;

Que, la Secretaría de Hacienda informa que existe crédito para absorber la erogación;

Que, en consecuencia, corresponde el dictado del acto administrativo pertinente;

Por ello:

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1º: Ampliar, con carácter de excepción, la Ayuda Económica No Remunerativa Mensual a favor de los practicantes beneficiarios del Programa de Entrenamiento y Capacitación Laboral- Ordenanza Nº 11452, mencionados en el Anexo adjunto, que integra la presente, por los montos mensuales y períodos allí detallados, con motivo de los servicios extraordinarios prestados.-

Art. 2º: Remitir copia de la presente a la Dirección de Personal. Cumplimentado, ARCHÍVESE.-

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Resolución Intendente N° 062/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 062/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0448-01433981-6 (VS)

Resumen

No hacer lugar al Reclamo Administrativo Previo formulado por la Sra. Rosa RODRÍGUEZ, D.N.I. Nº 16.787.353, con patrocinio letrado, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 062

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 01 MAR 2019

VISTO:

El Documento DE-0448-01433981-6 (VS), y

CONSIDERANDO:

Que, debe resolverse el reclamo administrativo previo interpuesto por la Sra. Rosa RODRÍGUEZ, D.N.I. Nº 16.787.353, con el patrocinio letrado de la abogada Luciana STESSENS, tendiente a que la Municipalidad regularice su situación laboral disponiendo su nombramiento en los términos de la Ley Provincial Nº 9.286 y la Ordenanza Nº 8.527.

Que, en su presentación relata los antecedentes de la vinculación, en sus inicios a través del Programa de inclusión para Jefes y Jefas de Hogar y luego a través del Programa de Entrenamiento y Capacitación Laboral (Ordenanza Nº 11.452), e invocando la antigüedad que posee, considera cumplidos los requisitos de idoneidad y condiciones establecidos legalmente para obtener su nombramiento, solicitando se arbitren los medios en tal sentido.

Que, la Dirección de Personal informa que la Sra. RODRÍGUEZ (Código Nº 60.277), presta servicios en esta Administración en calidad de Practicante, en el marco del Programa de Entrenamiento y Capacitación Laboral, dependiente de la Secretaría de Recursos Hídricos. Por su parte, la Dirección de Capacitación, Ingreso y Promociones, informa sobre los concursos y/o convocatorias en los que la misma ha participado y las observaciones pertinentes en cada caso.

Que, giradas las actuaciones a Fiscalía Municipal, emite el Dictamen Nº 006/2019 (a cuyos fundamentos cabe remitirse, atento a su extensión) donde analiza la normativa y jurisprudencia aplicable al caso, específicamente los requisitos y lineamientos propios del régimen de concurso públicos como mecanismo previsto por el legislador para el ingreso a la función pública en el ámbito municipal.

Que, señala que más allá de las consideraciones vertidas por la reclamante y de las circunstancias particulares que rodean la figura de la practicantía, así como las tareas que son asignadas a las personas vinculadas de ese modo con la Administración, existen normas expresas y criterios jurisprudenciales reiterados y consagrados que admiten como único modo de acceso al empleo público el régimen de concursos para ingreso a planta, por lo que no mediando convocatoria, examen y designación a tales fines, toda pretensión de nombramiento en planta resulta improcedente.

Que, por lo expuesto, el Órgano Asesor aconseja el rechazo del reclamo interpuesto, lo que es compartido por este Departamento Ejecutivo Municipal.

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: No hacer lugar al Reclamo Administrativo Previo formulado por la Sra. Rosa RODRÍGUEZ, D.N.I. Nº 16.787.353, con patrocinio letrado, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-

Art. 2º: Por Dirección de Mesa de Entradas Única notifíquese fehacientemente en el domicilio constituido, haciéndole saber que con el dictado de la presente se ha cumplimentado con la reclamación exigida por la Ley Nº 7.234, agotándose la instancia administrativa.-

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Resolución Intendente N° 061/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 061/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0448-01537992-8 (VS)

Resumen

No hacer lugar al Reclamo Administrativo Previo formulado por los Sres. Federico Andrés JUANI, Roberto Daniel JUANI y Juan Carlos JUANI, a través de apoderado, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 061

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 01 MAR 2019

VISTO:

El Documento DE-0448-01537992-8 (VS), y

CONSIDERANDO:

Que, debe resolverse el Reclamo Administrativo Previo formulado por los Sres. Federico Andrés JUANI, Roberto Daniel JUANI y Juan Carlos JUANI, por intermedio de apoderado, el abogado Fernando BERLANGA, tendiente a obtener indemnización de supuestos daños y perjuicios.

Que, relata que en fecha 30.01.15 el Sr. Federico Andrés JUANI se encontraba circulando por calle Teniente Loza como acompañante en el vehículo Volkswagen Gol, dominio DAP084, de propiedad de su madre, cuando al llegar a la intersección con Pasaje Viña habría sido impactado por un vehículo de titularidad de esta Municipalidad, marca Volkswagen Amarok, dominio NTQ446, siendo el mismo conducido por un agente municipal, considerando que el supuesto siniestro se produjo con motivo del obrar irresponsable del agente, quien no tomó los recaudos pertinentes para evitar la colisión, lo que le habría producido lesiones y daños materiales al vehículo.

Que, adjunta para fundar su pretensión copia simple de la denuncia ante la aseguradora, fotografías del automóvil y presupuesto de reparación; reclama la suma total de pesos doscientos mil ($200.000) en concepto de daños físicos y daños materiales en la unidad.

Que, Fiscalía Municipal emite el Dictamen Nº 001/19 (a cuyos fundamentos cabe remitirse atento a su extensión), donde realiza una reseña de la normativa y el plazo legal aplicable por el instituto de la prescripción, advirtiendo que atento a la fecha del supuesto siniestro (30.01.15) y de interposición del reclamo (28.09.18), transcurrió el plazo de dos (2) años previsto legalmente para el supuesto de reclamo de indemnización de daños derivados de la responsabilidad civil, operándose en consecuencia la prescripción y, por lo tanto, el reclamo resulta improcedente.

Que, por lo expuesto, aconseja rechazar el reclamo interpuesto, lo que es compartido por este Departamento Ejecutivo Municipal.

Por ello,

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: No hacer lugar al Reclamo Administrativo Previo formulado por los Sres. Federico Andrés JUANI, Roberto Daniel JUANI y Juan Carlos JUANI, a través de apoderado, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-

Art. 2º: Por Dirección de Mesa de Entradas Única notifíquese fehacientemente en el domicilio constituido, haciéndole saber que con el dictado de la presente se ha cumplimentado con la reclamación exigida por la Ley Nº 7.234, agotándose la instancia administrativa.-

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Resolución Intendente N° 060/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 060/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0448-01547217-8 (VS)

Resumen

Declarar abstracta la tramitación del Recurso de Apelación interpuesto por el Sr. Ricardo Rogelio MANGOLD, con patrocinio letrado, contra la Resolución de la Caja Municipal de Jubilaciones y Pensiones N° 5868-C-2017, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 060

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 01 MAR 2019

VISTO:

El expediente DE-0448-01547217-8 (VS), y

CONSIDERANDO:

Que, debe resolverse el Recurso de Apelación interpuesto por el Sr. Ricardo Rogelio MANGOLD, con patrocinio letrado del el Abog. Marcelo Oscar PAUTASSO, contra la Resolución Nº 5868-C-2017 de la Caja Municipal de Jubilaciones y Pensiones, que desestimó la solicitud de jubilación por invalidez peticionada, en base a las consideraciones allí vertidas.

Que, el organismo previsional rechazó el recurso de revocatoria y concedió el de apelación subsidiariamente interpuesto mediante Resolución Nº 6055-C-2018.

Que, luego de expresar agravios, el abogado apoderado realiza una nueva presentación en fecha 19.02.19 comunicando el fallecimiento del recurrente ocurrido en fecha 22.01.19, lo cual acredita con el testimonio del acta de defunción que acompaña.

Que, Fiscalía Municipal emite el Dictamen Nº 022/19, donde señala que acreditado el fallecimiento mediante el acta respectiva, se ha sustraído la materia a resolver.

Que, por lo expuesto, el Órgano Asesor sugiere declarar abstracta la tramitación del recurso de apelación promovido, lo que es compartido por este Departamento Ejecutivo.

Por ello,

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: Declarar abstracta la tramitación del Recurso de Apelación interpuesto por el Sr. Ricardo Rogelio MANGOLD, con patrocinio letrado, contra la Resolución de la Caja Municipal de Jubilaciones y Pensiones N° 5868-C-2017, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-

Art. 2º: Por Dirección de Mesa de Entradas Única notifíquese fehacientemente en el domicilio constituido, haciéndole saber –conforme a la Ley Nº 12.071- que se halla cumplida en el caso la instancia administrativa correspondiente. Cumplimentado, devuélvanse las actuaciones a la Caja Municipal de Jubilaciones y Pensiones de Santa Fe, a sus efectos.-

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Resolución Intendente N° 059/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 059/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos
  • N° expediente: DE-0448-01561122-1 (VS)

Resumen

Reconocer los mayores costos declarados por CLIBA INGENIERIA AMBIENTAL S.A. – TECSAN AMBIENTAL S.A.- (UTE), por las razones y con limitaciones expuestas en el Considerando de la presente.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Tco. MARIANO CEJAS, Secretario de Ambiente y Espacios Públicos
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 059

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 01 MAR 2019

VISTO:

El Documento DE-0448-01561122-1 (VS), y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante las actuaciones de referencia, la concesionaria del sector I del Servicio de Recolección de Residuos Domiciliarios, Barrido y Limpieza de Calles, CLIBA INGENIERIA AMBIENTAL S.A. – TECSAN AMBIENTAL S.A.- (UTE), solicita el reconocimiento de los montos extraordinarios e imprevistos que debió erogar el día 19/11/2018, como consecuencia de la prestación de servicios durante dicha fecha, instituida como feriado con posterioridad a la presentación de su oferta original y, por lo tanto, no contemplados en la misma;

Que, la firma manifiesta que los mayores costos reclamados ascienden a la suma de pesos ochocientos treinta y un mil ochocientos ochenta y nueve con 39/100 ($831.889,39) para el día 19/11/2018;

Que, la Dirección de Higiene Ambiental informó que el día 19/11/2018 se dispuso la prestación normal del servicio, notificándose mediante Orden de Servicio Nº 708/2018;

Que, el órgano jurídico de la Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos comparte el criterio vertido por Fiscalía Municipal en su Dictamen Nº 22/2016, el cual concluye “que resultan plenamente aplicable al caso en estudio la totalidad de las consideraciones expuestas, teniendo en cuenta que la fecha en cuestión… fue feriado dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional con posterioridad a la oferta de servicios y a la contratación. Habiendo incurrido la concesionaria en costos mayores e imprevistos ante la necesidad de prestar el servicio de recolección de residuos domiciliarios, y barrio y limpieza de calles en días feriados, este Órgano asesor entiende que correspondería su reconocimiento y pago, en la modalidad que la Superioridad y la Secretaria de Hacienda estimen convenientes y mediante el dictado del acto administrativo pertinente…”;

Que, la Secretaria de Hacienda convalidó los criterios expuestos por la Secretaria de Ambiente y Espacios Públicos;

Que, este Departamento Ejecutivo Municipal resulta competente para el dictado del acto administrativo pertinente.

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1º: Reconocer los mayores costos declarados por CLIBA INGENIERIA AMBIENTAL S.A. – TECSAN AMBIENTAL S.A.- (UTE), por las razones y con limitaciones expuestas en el Considerando de la presente.-

Art. 2º: Autorizar a la Dirección de Administración Financiera a liquidar y pagar la suma de PESOS OCHOCIENTOS TREINTA Y UN MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON 39/100 ($831.889,39), para cubrir los mayores costos reconocidos por el artículo anterior, originados en la normal prestación para el día 19/11/2018, incorporados al calendario de feriados nacionales, conforme lo indicado en los Considerando de la presente.-

Art. 3º: Girar copias a la Dirección de Administración Financiera y a la Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos. Cumplido, ARCHIVESE.-

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