Resolución Intendente N° 353/2019

 

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 353/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0749-01599187-0 (NI)
Resumen
Excluir del Anexo de la Resolución Nº 244/18 al agente Paulo Ignacio PALACIOS (Código Nº 14123), a partir del 17 de junio de 2019.
Autorizar, por razones estrictamente de servicios, el cambio de horario de ingreso y egreso a esta Administración Municipal al personal detallado en el Anexo I, que integra la presente, a partir de las fechas allí indicadas, conforme lo dispuesto en el art. 2º del Decreto D.M.M. N° 00143/92.-Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
C.P.N. Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCION Nº 353

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 02 AGO 2019

VISTO:

El Documento DE-0749-01599187-0 (NI), y sus gloses;

CONSIDERANDO:

Que, mediante las actuaciones de referencia, se solicita el cambio de horario de ingreso y egreso de personal de distintas reparticiones municipales, por estrictas razones de servicios;

Que, la Dirección de Personal informa la situación de revista de los mencionados agentes y la normativa aplicable, relativa a los horarios especiales de prestación de servicios.

Que, este Departamento Ejecutivo Municipal resulta competente a los fines de emitir el acto administrativo pertinente;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: Excluir del Anexo de la Resolución Nº 244/18 al agente Paulo Ignacio PALACIOS (Código Nº 14123), a partir del 17 de junio de 2019.

Art. 2º: Autorizar, por razones estrictamente de servicios, el cambio de horario de ingreso y egreso a esta Administración Municipal al personal detallado en el Anexo I, que integra la presente, a partir de las fechas allí indicadas, conforme lo dispuesto en el art. 2º del Decreto D.M.M. N° 00143/92.-

Art. 3°: Remitir copia a la Dirección de Personal. Cumplimentado ARCHIVESE.-

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Resolución Intendente N° 354/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 354/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0521-01574041-8 (NI)
Resumen
Limítense a la fecha consignada en cada caso, los contratos de servicios suscriptos con las personas detalladas en el Anexo adjunto, que integra la presente, en virtud de lo establecido en la Cláusula 5º de los respectivos contratos.-Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
C.P.N. Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCION Nº 354

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 02 AGO 2019

VISTO:

El Documento DE-0521-01574041-8 (NI), y sus gloses;

CONSIDERANDO:

Que, en la actuación de referencia, la Subsecretaría de la Función Pública solicita la limitación de los contratos de servicios suscriptos con las personas detalladas en el Anexo adjunto, en virtud de lo previsto por la Cláusula 5º de los respectivos contratos;

Que, corresponde dictar el acto administrativo que así lo disponga, a partir de las fechas consignadas en el mencionado anexo;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: Limítense a la fecha consignada en cada caso, los contratos de servicios suscriptos con las personas detalladas en el Anexo adjunto, que integra la presente, en virtud de lo establecido en la Cláusula 5º de los respectivos contratos.-

Art. 2º: Remitir copia de la presente a la Dirección de Administración Financiera. Cumplimentado, ARCHIVESE.-

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Resolución Intendente N° 355/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 355/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Desarrollo Estratégico y Resiliencia
  • N° expediente: DE-1113-01603404-3 (NI)
Resumen
Dejar sin efecto el otorgamiento efectuado mediante Resolución Nº 255/19 a la firma ARTEMI S.A, C.U.I.L. Nº 30-71573853-4, por la suma de ciento cincuenta mil pesos ($150.000), en el marco del Programa Municipal de Microcréditos, liberando al garante detallado en dicho acto.-Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Lic. Andrea Valsagna, Secretaria de Desarrollo Estratégico y Resiliencia
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCIÓN Nº 355

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 02 AGO 2019

VISTO:

El Documento DE-1113-01603404-3 (NI) y sus respectivos gloses; y

CONSIDERANDO:

Que, en el marco de la Ordenanza Nº 12.613, se dispuso la creación del Programa Municipal de Microcréditos destinado al fortalecimiento de emprendedores de la ciudad;

Que, por Decreto D.M.M. Nº 00195/19 se encomendó a la Secretaría de Desarrollo Estratégico y Resiliencia la reglamentación y gestión de dicho programa, posibilitando el desarrollo de un sistema de microcréditos reintegrables destinados a fomentar micro emprendimientos, actividades productivas o de servicios, individuales o grupales;

Que, por Resolución Interna Nº 73 la Secretaría de Desarrollo Estratégico y Resiliencia se estableció las características de las convocatorias, los requisitos y el perfil de los emprendimientos a financiar;

Que, cumpliendo con los criterios de selección establecidos, mediante Resolución Nº 255/19, se otorgaron los microcréditos referidos a diversas personas, para ser destinados a compras vinculadas a fortalecer una serie de proyectos particulares; entre ellos a la firma ARTEMI S.A., por la suma de pesos ciento cincuenta mil ($150.000);

Que, en fecha 22.07.2019, el representante de la mencionada firma informó que no se hará uso del crédito adjudicado, por razones de índole particular;

Que, mediante acta Nº 4, del 23.07.2019, la Comisión Evaluadora designada ad hoc por la Secretaría de Desarrollo Estratégico y Resiliencia resolvió suspender el pago del microcrédito a la firma ARTEMI S.A. por cancelación voluntaria;

Que, en consecuencia, debe dictarse el acto administrativo que disponga dejar sin efecto el otorgamiento del microcrédito dispuesto por Resolución Nº 255/19 a la empresa ARTEMI S.A.;

Por ello,

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1º: Dejar sin efecto el otorgamiento efectuado mediante Resolución Nº 255/19 a la firma ARTEMI S.A, C.U.I.L. Nº 30-71573853-4, por la suma de ciento cincuenta mil pesos ($150.000), en el marco del Programa Municipal de Microcréditos, liberando al garante detallado en dicho acto.-

Art. 2º: Remitir copia a la Secretaría de Hacienda para su conocimiento.-

Art. 3º: Por Subsecretaría de Innovación y Emprendedores notifíquese de lo aquí dispuesto a la firma indicada en el artículo 1º. Cumplido, archívese.-

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Resolución Intendente N° 356/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 356/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0448-01594984-5 (N)
Resumen
No hacer lugar al Reclamo Administrativo Previo formulado por la Señora Griselda Norma SOTTINI, D.N.I. Nº 12.092.003, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-Fimantes
Abog. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCION Nº 356

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 02 AGO 2019

VISTO:

El Documento DE-0448-01594984-5 (N), y

CONSIDERANDO:

Que, debe resolverse el Reclamo Administrativo Previo formulado por la Señora Griselda Norma SOTTINI, D.N.I. Nº 12.092.003, tendiente a obtener indemnización de supuestos daños y perjuicios sufridos en su vehículo Marca Fiat, Modelo Palio, Sedan 5 puertas, Dominio AA888YJ.

Que, relata que en fecha 18.04.19 en momentos en que se encontraban supuestamente circulando por calle Av. Aristóbulo del Valle cuando al llegar a la intersección con calle Presidente Roca y al traspasar la vía, habría impactado con un bache, lo que le habría producido aparentemente la rotura de la cubierta delantera derecha.

Que, adjunta para fundar su pretensión denuncia realizada ante el SIDEAT, título de propiedad del vehículo, presupuesto de reparación por la suma de pesos dos mil setecientos treinta ($2.730) y licencia de conducir, y reclama el reintegro del valor de una cubierta nueva y su colocación.

Que, Fiscalía Municipal emite el Dictamen Nº 080/19 (al cual cabe remitirse atento a su extensión), donde señala que no se ha acreditado mediante prueba fehaciente la existencia del siniestro, ni las circunstancias en que habría ocurrido, su causa y la mecánica del hecho; limitándose la reclamante a acreditar la titularidad dominial del vehículo y el gasto que acarrearía su reparación, omitiendo probar tanto el hecho como el daño padecido. Lo expuesto tampoco luce debidamente acreditado por los relatos de las testimoniales efectuadas.

Que, asimismo, la presentaciones realizadas constituyen un mero relato carente de pruebas determinantes que lo avalen y, consecuentemente, no pueden tenerse por estrictamente configurados los extremos requeridos para la procedencia de la reparación estatal: daño cierto, acreditado y mensurable en dinero; actividad u omisión materialmente imputable a un órgano estatal, relación de causalidad adecuada entre la actividad o inactividad y el daño invocado; y falta de servicio consistente en una actuación u omisión irregular de parte del Estado.

Que, por lo expuesto, el Órgano Asesor aconseja rechazar el reclamo interpuesto, lo que es compartido por este Departamento Ejecutivo Municipal.

Por ello,

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: No hacer lugar al Reclamo Administrativo Previo formulado por la Señora Griselda Norma SOTTINI, D.N.I. Nº 12.092.003, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-

Art. 2º: Por Dirección de Mesa de Entradas Única notifíquese fehacientemente en el domicilio constituido, haciéndole saber que con el dictado de la presente se ha cumplimentado con la reclamación exigida por la Ley Nº 7.234, agotándose la instancia administrativa.-

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Resolución Intendente N° 357/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 357/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0448-01520843-2 (VS)
Resumen
No hacer lugar al Reclamo Administrativo Previo formulado por la Jorge Gabriel GORGOGLIONE, D.N.I. Nº 23.494.420, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCION Nº 357

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 02 AGO 2019

VISTO:

El Documento DE-0448-01520843-2 (VS), y

CONSIDERANDO:

Que, debe resolverse el Reclamo Administrativo Previo formulado por el Señor Jorge Gabriel GORGOGLIONE, D.N.I. Nº 23.494.420, tendiente a obtener indemnización de supuestos daños y perjuicios sufridos en su vehículo Marca Peugeot, Modelo 207, Dominio JAE019.

Que, relata que en fecha 05.06.18 en momentos en que se encontraba circulando por calle Ruperto Godoy a la altura del N° 1100, golpeó un pozo de gran profundidad, lo que le habría producido la rotura de dos (2) cubiertas, la llanta delantera derecha y el amortiguador delantero derecho.

Que, adjunta para fundar su pretensión constancia policial, factura emitida por Ruedalito Llantas, denuncia realizada ante el SIDEAT, fotografías y copia del título de propiedad del vehículo, y reclama la suma de pesos cuatro mil seiscientos sesenta ($4660) por los gastos de reparación efectuados.

Que, Fiscalía Municipal emite el Dictamen Nº 062/19 (al cual cabe remitirse atento a su extensión), donde señala que no se ha acreditado mediante prueba fehaciente la existencia del siniestro, ni las circunstancias en que habría ocurrido, su causa y la mecánica del hecho; limitándose el reclamante a acreditar la titularidad dominial del vehículo y el gasto que acarrearía su reparación, siendo insuficientes las pruebas aportadas respecto a que el hecho haya ocurrido del modo sostenido, especialmente a causa del bache que se denuncia.

Que, asimismo, la presentación constituye un mero relato carente de pruebas que lo avalen y, consecuentemente, no pueden tenerse por configurados los extremos requeridos para la procedencia de la reparación estatal: daño cierto, acreditado y mensurable en dinero; actividad u omisión materialmente imputable a un órgano estatal, relación de causalidad adecuada entre la actividad o inactividad y el daño invocado; y falta de servicio consistente en una actuación u omisión irregular de parte del Estado.

Que, por lo expuesto, el Órgano Asesor aconseja rechazar el reclamo interpuesto, lo que es compartido por este Departamento Ejecutivo Municipal.

Por ello,

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: No hacer lugar al Reclamo Administrativo Previo formulado por la Jorge Gabriel GORGOGLIONE, D.N.I. Nº 23.494.420, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-

Art. 2º: Por Dirección de Mesa de Entradas Única notifíquese fehacientemente en el domicilio constituido, haciéndole saber que con el dictado de la presente se ha cumplimentado con la reclamación exigida por la Ley Nº 7.234, agotándose la instancia administrativa.-

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Resolución Intendente N° 359/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 359/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0498-01569594-3 (NI)
Resumen
Aprobar y registrar las Actas Compromisos de Prácticas y Actas Modificatorias en el marco del Programa de Entrenamiento y Capacitación Laboral – Ordenanza Nº 11452/08, suscriptas entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y las personas detalladas en anexo adjunto, las que forman parte de la presente Resolución.-Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCIÓN Nº 359

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 02 AGO 2019

VISTO:

El Documento DE-0498-01569594-3 (NI) y sus gloses, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante las actuaciones de referencia, la Subsecretaría de la Función Pública adjunta Actas Compromiso de Prácticas suscriptas entre las personas detalladas en anexo adjunto y la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, para incorporarse en el Programa de Entrenamiento y Capacitación Laboral – Ordenanza Nº 11452/08 y realizar las mismas en las distintas dependencias allí descriptas;

Que, la Secretaría de Hacienda informa que existe crédito para absorber la erogación que demanda la presente gestión.

Que, corresponde el dictado del acto administrativo cuyo objeto disponga aprobar y registrar las Actas Compromiso de Prácticas adjuntas;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1º: Aprobar y registrar las Actas Compromisos de Prácticas y Actas Modificatorias en el marco del Programa de Entrenamiento y Capacitación Laboral – Ordenanza Nº 11452/08, suscriptas entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y las personas detalladas en anexo adjunto, las que forman parte de la presente Resolución.-

Art. 2°: Remítase a la Dirección de Personal a los fines de notificar a los interesados. Cumplimentado, ARCHÍVESE.

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Resolución Intendente N° 360/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 360/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0444-01600874-0 (NI)
Resumen
Registrar los Contratos suscriptos entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y las personas detalladas en anexo adjunto, los que forman parte de la presenteFimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobiern
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCION Nº 360

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 02 AGO 2019
VISTO:
El Documento DE-0444-01600874-0 (NI), y;

CONSIDERANDO:
Que, la Secretaría de Cultura tiene, entre sus misiones y funciones, la de participar en la vida cultural de la ciudad, canalizando las demandas y necesidades vinculadas a las actividades culturales.
Que, a tales fines y en ejercicio de sus facultades, se adjuntan Contratos, suscriptos entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y diversos artistas, para la realización de diferentes expresiones culturales.
Que, por lo expuesto, es necesario dictar el acto administrativo de registración pertinente.
Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1º: Registrar los Contratos suscriptos entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y las personas detalladas en anexo adjunto, los que forman parte de la presente.-

Art. 2º: Girar copia a la Secretaría de Cultura a sus efectos. Cumplimentado, archívese.-

Abog. Malena Azario Abog. José Manuel Corral
Secretaria de Gobierno Intendente

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Resolución Intendente N° 345/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 345/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0855-01585207-2 (NI)
Resumen
Aprobar y registrar los Contratos y Actas que se adjuntan y forman parte de la presente, suscriptos con las personas detalladas en el Anexo adjuntoFimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCION Nº 345

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 29 JUL 2019
VISTO:
El Documento DE-0855-01585207-2 (NI), y;

CONSIDERANDO:
Que, por el Decreto D.M.M. Nº 02299/16 se han aprobado las condiciones generales aplicables a los Contratos de Servicios que celebra esta Municipalidad con particulares.
Que, en las actuaciones de referencia, se adjuntan Contratos y Actas suscriptos con particulares para la prestación de servicios en diferentes Secretarías del Departamento Ejecutivo Municipal.
Que, cumpliendo los mismos con las formalidades exigidas conforme el Decreto D.M.M. Nº 02313/16, debe dictarse el acto administrativo que disponga la aprobación y registración de las actas referidas.
Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1º: Aprobar y registrar los Contratos y Actas que se adjuntan y forman parte de la presente, suscriptos con las personas detalladas en el Anexo adjunto.

Art. 2º: Autorizar a la Dirección de Administración Financiera a atender el gasto que demanda la presente gestión.
.

Abog. Malena Azario
Secretaria de Gobierno

C.P.N. Ma. Belén Etchevarría
Secretaria de Hacienda

Abog. José Manuel Corral
Intendente

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Resolución Intendente N° 365/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 365/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0448-01593392-2

Resumen
Autorizar, por razones estrictamente de servicios, el cambio de horario de ingreso y egreso a ésta Administración Municipal de la agente Luciana Anahí GINEZ (Código Nº 13108), siendo el de ingreso a las 09,00 hs. y el de egreso a las 15,00 hs., partir del 01 de julio de 2019, conforme lo dispuesto en el art. 2º del Decreto D.M.M. N° 00143/92.-

Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

RESOLUCION Nº 365
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 02 AGO 2019
VISTO:
El Documento DE-0448-01593392-2 (N), y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante las actuaciones de referencia, se solicita autorización para el cambio de horario, por estrictas razones de servicios, de la agente Luciana Anahí GINEZ (Código Nº 13108), a partir del 01.07.19;
Que, la Dirección de Personal informa que la agente GINEZ revista en esta Administración en calidad de Personal Permanente, con funciones de Auxiliar Administrativo, Categoría 11/12 por promoción, Agrupamiento I-Administrativo, dependiente del Departamento Legislación Municipal de la Dirección Despacho General- Subsecretaría Legal y Técnica;
Que, este Departamento Ejecutivo Municipal resulta competente a los fines de emitir el acto administrativo pertinente;
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: Autorizar, por razones estrictamente de servicios, el cambio de horario de ingreso y egreso a ésta Administración Municipal de la agente Luciana Anahí GINEZ (Código Nº 13108), siendo el de ingreso a las 09,00 hs. y el de egreso a las 15,00 hs., partir del 01 de julio de 2019, conforme lo dispuesto en el art. 2º del Decreto D.M.M. N° 00143/92.-
Art. 2°: Remitir copia a la Dirección de Personal. Cumplimentado ARCHIVESE.-

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Resolución Intendente N° 366/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 366/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Hacienda
  • N° expediente: DE-0448-01074855-6 (N)
Resumen
Hacer lugar al recurso de reconsideración interpuesto por la Caja Forense de la Primera Circunscripción de la Provincia de Santa Fe, contra la Resolución Nº 170/15 de la Dirección de Rentas, atento a lo expuesto en el Considerando de la presente.-
Anular la Resolución Nº 170/15 de la Dirección de Rentas, otorgándose la exención del pago de la contribución de mejoras correspondiente a la obra “Paseo San Martín Sur” a la Caja Forense de la Primera Circunscripción de la Provincia de Santa Fe.-Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCION Nº 366
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 02 AGO 2019VISTO:
El Documento: DE-0448-01074855-6 (N), y;
CONSIDERANDO:
Que, corresponde resolver el recurso de reconsideración interpuesto por la Caja Forense de la Primera Circunscripción de la Provincia de Santa Fe, contra la Resolución Nº 170/15 de la Dirección de Rentas, por la cual se le denegó el pedido de exención del pago de la contribución de mejoras correspondiente a la obra “Paseo San Martín Sur”;
Que, la Caja solicita la exención con fundamento en lo dispuesto en el art. 33º de la Ley Provincial Nº 4949 de creación de la entidad, que establece que la misma y todos los trámites que sus representantes realicen estarán exceptuados de todo impuesto, tasa o contribución provincial o municipal;
Que, Dirección de Rentas dictó la Resolución Nº 570/15, declarando admisible el recurso planteado;
Que, Fiscalía Municipal emitió Dictamen Nº 81/19 (a cuyos fundamentos cabe remitirse, atento a su extensión), manifestando que, si bien la Ordenanza Nº 11.140 reglamenta detalladamente en su articulado todo lo relativo a la contribución de mejoras de la obra en cuestión, como modalidad implementada para solventar y financiar los trabajos,
Que, la Ley Provincial Nº 4949 creó la Caja Forense como entidad con personería jurídica, contemplando en su art. 33º la exención tributaria general de carácter subjetivo, al exceptuarse expresamente a “las Cajas Forenses y a los trámites que sus representantes realicen de todo impuesto, tasa o contribución, provincial o municipal”;
Que, sin perjuicio de la interpretación estricta que corresponde efectuar cuando se encuentran en juego disposiciones normativas referidas a exenciones tributarias (art. 6º del Código Tributario Municipal y Ordenanza Nº 11.962), los lineamientos de la Ley Nº 4949, no confrontan con ninguna otra norma sobre contribución de mejoras contenida en leyes provinciales ni en ordenanzas municipales;
Que, conforme lo expresado, el órgano asesor aconsejó hacer lugar al recurso de reconsideración interpuesto por la Caja Forense de la Primera Circunscripción de la Provincia de Santa Fe, contra la Resolución Nº 170/15 de la Dirección de Rentas;
Que, el Departamento Ejecutivo resulta competente a los fines de emitir el acto administrativo pertinente;
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: Hacer lugar al recurso de reconsideración interpuesto por la Caja Forense de la Primera Circunscripción de la Provincia de Santa Fe, contra la Resolución Nº 170/15 de la Dirección de Rentas, atento a lo expuesto en el Considerando de la presente.-
Art. 2º: Anular la Resolución Nº 170/15 de la Dirección de Rentas, otorgándose la exención del pago de la contribución de mejoras correspondiente a la obra “Paseo San Martín Sur” a la Caja Forense de la Primera Circunscripción de la Provincia de Santa Fe.-
Art. 3°: Por Mesa de Entradas Única notificar al recurrente con entrega de copia en domicilio constituido en autos.-
Art. 4°: Remitir la presente a Subsecretaría de Ingresos Públicos. Cumplido, ARCHIVESE.-

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