Autoriza el estacionamiento vehicular en la calzada Norte de Avenida Presidente Illia desde su intersecciÃģn con calle Uruguay hasta San JerÃģnimo.
Autoriza el estacionamiento vehicular sobre calle San MartÃn entre las calle Uruguay y Entre RÃos a 45 grados sobre mano derecha y en forma paralela cordÃģn sobre mano izquierda.
Modifica el art. 3ro de la ordenanza Nš 10.207 el que queda de la siguiente manera:
ProhÃbe estacionamiento en las siguientes calles con las excepciones previstas en los art. 4to y 5to:
Mariano Comas desde 9 de Julio hasta 1š de Mayo
La Rioja desde Belgrano hasta Rivadavia.
Rivadavia desde Mendoza hasta TucumÃĄn
Cortada Falucho desde 27 de Febrero hasta Rivadavia
Belgrano desde HipÃģlito Irigoyen hasta Rivadavia
Belgrano desde HipÃģlito Irigoyen hasta Suipacha
27 de Febrero desde Juan de Garay hasta Avenida Leandro Alem
27 de Febrero desde Avenida Leandro Alem hasta Juan de Garay
Avenida Leandro Alem desde Rivadavia hasta Viaducto Nicasio OroÃąo
Avenida Leandro Alem desde el Viaducto OroÃąo hasta Rivadavia
Avenida Presidente Illia desde San JerÃģnimo hasta 1š de Mayo
Avenida Presidente Illia desde 1š de Mayo hasta Uruguay
Avenida Silvestre Begnis desde 3 de Febrero hasta Avenida Presidente Illia
Avenida Silvestre Begnis desde Avenida Presidente Illia hasta 3 de Febrero
Avenida Gobernador Freyre desde Avenida General LÃģpez hasta Bulevar Pellegrini
Avenida Gobernador Freyre desde Bulevar Pelllegrini hasta Avenida General LÃģpez
CÃĄndido Pujato desde Pasaje Lassaga hasta Urquiza
Avenida LÃģpez y Planes desde Bulevar Pellegrini hasta Pasaje Irala
Avenida LÃģpez y Planes desde Pasaje Irala hasta Bulevar Pellegrini
Bulevar Pellegrini desde Naciones Unidas hasta Avenida Gobernador Freyre.
Bulevar Pellegrini desde San Lorenzo hasta Naciones Unidas.
ProhÃbe el estacionamiento vehicular sobre la calzada de la mano derecha en calle 1š de Mayo en el tramo comprendido entre calle Loyola y Bulevar Tacca
Dispone la seÃąalizaciÃģn vertical correspondiente segÚn lo dispuesto en los artÃculos precedentes.
La presente entrara en vigencia a los 20 dÃas de corrido contados a partir de su publicaciÃēn (03/09/2026) plazo durante el cual el DEM deberÃĄ ejecutar tareas de seÃąalizaciÃģn vertical previstas en el art. 5to y adoptar las medidas necesarias para su implementaciÃģn.