Decreto DMM N° 00472/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00472/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Recursos Hídricos
  • N° expediente: DE-1050-01520916-6

Resumen

Apruébase la documentación obrante en el Expediente DE-1050-01520916-6 (R.P.), para contratar la ejecución de la obra: “MANTENIMIENTO DE DESAGÜES PLUVIALES DE HASTA ᴓ 1.60 m EN LA CIUDAD DE SANTA FE”; consistente en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Especificaciones Técnicas, Anexos, Planos y Presupuesto Oficial estimado en la suma de pesos ocho millones cuatrocientos ochenta mil quinientos cuarenta y ocho ($8.480.548).

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Ing. Felipe Franco, Secretario de Recursos Hídricos
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE REC. HIDRICOS – AÑO 2018 – Nº 00472

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 07 AGO 2018
VISTO:
El Documento DE-1050-01520916-6- (R.P.); y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante las actuaciones de referencia obra la documentación necesaria para llamar a Licitación Pública con la finalidad de contratar la ejecución de la obra: “MANTENIMIENTO DE DESAGÜES PLUVIALES DE HASTA ᴓ 1.60 m EN LA CIUDAD DE SANTA FE”;
Que, dicha obra tiene como propósito lograr el saneamiento hídrico de diferentes zonas de la ciudad que en la actualidad presentan problemas de acumulación y permanencia de agua, se procederá a la limpieza de desagües entubados existentes con diámetro menor o igual a ᴓ 1,60m, todo ello de acuerdo a las especificaciones técnicas del Pliego de Bases y Condiciones.
Que, el financiamiento de la obra en cuestión, se efectuará con una partida que se halla imputada en el Ejercicio 2018, actividad programática Nº 26.75.51. – Fondos Municipales.
Que, siendo voluntad de este Departamento Ejecutivo contratar dicha obra con terceros, y en conformidad a lo dispuesto por el articulo 1° Inc. a) del Decreto D.M.M. N° 01351/16, corresponde disponer el pertinente llamado a Licitación Pública;
Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA:
Art. 1º: Apruébase la documentación obrante en el Expediente DE-1050-01520916-6 (R.P.), para contratar la ejecución de la obra: “MANTENIMIENTO DE DESAGÜES PLUVIALES DE HASTA ᴓ 1.60 m EN LA CIUDAD DE SANTA FE”; consistente en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Especificaciones Técnicas, Anexos, Planos y Presupuesto Oficial estimado en la suma de pesos ocho millones cuatrocientos ochenta mil quinientos cuarenta y ocho ($8.480.548).
Art. 2º: Llámase a LICITACION PÚBLICA Nº 03/2018, para el día 24 de Agosto de 2018, o el primer día hábil siguiente si aquel no lo fuere, a la hora 10:00, en el Despacho del Señor Secretario de Recursos Hídricos, ubicado en calle Salta 2951 – 3er. Piso Palacio Municipal – o en el lugar que -por razones de merito u oportunidad- sea dispuesto por el Señor Intendente Municipal, para contratar la ejecución de los trabajos aludidos en el artículo anterior.
Art. 3º: Establécese que el legajo conteniendo la documentación correspondiente a la presente licitación, podrá ser obtenido gratuitamente en la página web de esta Municipalidad (www.santafeciudad.gov.ar) o en soporte digital en el despacho de la Secretaria de Recursos Hídricos.
Art. 4º: Autorízase a la Secretaría de Relaciones Institucionales y Comunicación a disponer la publicación de los avisos correspondientes conforme a la normativa vigente, en los diarios y en la cantidad y tamaño que estime pertinentes, atendiendo además lo relativo al boletín oficia y a la página Web de esta Municipalidad, los que una vez efectuados se remitirán al área Licitante para ser agregados al Expediente principal.
Art. 5°: Créase una Comisión Especial para que lleve a cabo el estudio y evaluación de las actuaciones correspondientes a la presente Licitación Pública, el que será presidido por el señor Director de Hidráulica, RICARDO BURNE, el abog. PABLO MARSE ambos dependientes de la Secretaría de Recursos Hídricos y además la la C.P.N. LETICIA GIACOMELLI por la Secretaría de Hacienda; contando esta Comisión con el asesoramiento del T.C.N. LEANDRO DE PIANTI VICIN, de Secretaría de Recursos Hídricos; asimismo se designa como suplentes al Abog. MIGUEL MOLINARI, por la Subsecretaría Legal y Técnica, y a la C.P.N. NATALIA PEREZ MAGNI, por la Secretaría de Hacienda.
Art. 6°: La Comisión creada por el artículo anterior aconsejará a este Departamento Ejecutivo Municipal la decisión que estime procedente adoptar en las actuaciones de referencia, y expresará sus conclusiones en un acta que labrará al efecto.
Art. 7°: Refréndese el presente Decreto por el Señor Secretario de Recursos Hídricos y las Señoras Secretarias de Hacienda y de Gobierno.
Art. 8º.- A los fines de su cumplimiento, dése intervención a la Secretaría de Recursos Hídricos.
Art. 9º.- Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y al R.M.

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Decreto DMM N° 00469/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00469/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos
  • N° expediente: DE-1124-01517157-2

Resumen

Numérese y regístrese en el DMM el “Convenio de Iniciativa Comunitaria – Revalorización del Espacio Público de Interés Social y Educativo” suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, y la Asociación Vecinal Barrio el Pozo, en fecha 30 de Julio de 2018, que acompaña al presente.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Tco. MARIANO CEJAS, Secretario de Ambiente y Espacios Públicos
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

DECRETO D.M.M. – SEC. DE AMBIENTE Y ESPACIOS PCOS. – AÑO 2018 – Nº 00469

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 07 AGO 2018

VISTO:

El Documento Nº DE-1124-01517157-2(NI) y;

CONSIDERANDO:

Que, en la actuación de referencia se adjunta el “Convenio de Iniciativa Comunitaria – Revalorización del Espacio Público de Interés Social y Educativo”- suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, y la Asociación Vecinal Barrio el Pozo en fecha 30 de Julio de 2018.

Que, el objeto del referido Convenio es la ejecución de las tareas de “Revalorización del Espacio Público de Interés Social y Educativo”, que como Anexo I se acompaña.

Que, por lo expuesto, es necesario dictar el acto administrativo de numeración y registración pertinente.

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA:

Art.1º. Numérese y regístrese en el DMM el “Convenio de Iniciativa Comunitaria – Revalorización del Espacio Público de Interés Social y Educativo” suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, y la Asociación Vecinal Barrio el Pozo, en fecha 30 de Julio de 2018, que acompaña al presente.-

Art. 2º. Refréndese el presente Decreto por las Señoras Secretarias de Gobierno y de Hacienda y el Señor Secretario de Ambiente y Espacios Públicos.-

Art. 3º. Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M Y R.M.-

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Decreto DMM N° 00470/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00470/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0935-01519675-1

Resumen

Declárese de INTERÉS MUNICIPAL el “Maratón Santa Fe Kids”, que tendrá lugar el día 12 de agosto del corriente año, en la Costanera Oeste de nuestra ciudad, organizado por Santa Fe Comercio Producciones y la agrupación Maratonistas Santafesinos.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE GOBIERNO – AÑO 2018 – Nº 00470

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 07 AGO 2018
VISTO:
El Documento DE-0935-01519675-1 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, en la actuación de referencia, Santa Fe Comercio Producciones, solicita se declare de Interés Municipal el “Maratón Santa Fe Kids”, que tendrá lugar el día 12 de agosto del corriente año, en nuestra ciudad, organizado en conjunto con la agrupación Maratonistas Santafesinos.
Que, el novedoso encuentro se realizará por primera vez en la ciudad de Santa Fe y la región, en el marco de los festejos del día del niño, donde ellos serán los principales protagonistas y tendrán la oportunidad de participar de carreras integrativas, juegos y actividades de entretenimiento en un clima de diversión, pero al mismo tiempo con el claro mensaje de inculcar a los más chicos la pasión por las actividades deportivas y los hábitos saludables, fomentando la inclusión e integración a través de las distintas propuestas que tendrán lugar a lo largo de la jornada.
Que, resulta un evento de gran importancia, ya que tiene como objetivos incentivar la actividad física de los niños mediante la creación de un ambiente familiar y festivo donde los pequeños combinen la realización del deporte y el juego, disfrutando así también de un escenario privilegiado como lo es la Costanera Oeste de nuestra ciudad.
Que, dada su relevancia social y deportiva, este Departamento Ejecutivo Municipal estima oportuno apoyar y adherir a dicho encuentro dictando el acto administrativo que así lo declare.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
D E C R E T A:
Art. 1º: Declárese de INTERÉS MUNICIPAL el “Maratón Santa Fe Kids”, que tendrá lugar el día 12 de agosto del corriente año, en la Costanera Oeste de nuestra ciudad, organizado por Santa Fe Comercio Producciones y la agrupación Maratonistas Santafesinos.-
Art. 2°: Refréndese por la Señora Secretaria de Gobierno.-
Art. 3º: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.-

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Decreto DMM N° 00468/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00468/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Planeamiento Urbano
  • N° expediente: DE-0746-001500057-3

Resumen

Apruébese la Licitación Pública N° 06/2018, para contratar la ejecución de la obra “PUESTA EN VALOR DEL PARQUE DEL SUR GRAL. MANUEL BELGRANO”, dispuesta por Decreto D.M.M. N° 00273/18 y dispóngase su baja.

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Arq. Marcelo D. Pascualón, Secretario de Planeamiento Urbano
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

DECRETO D.M.M. – SEC. DE PLANEAMIENTO URBANO – AÑO 2018– Nº 00468

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 06 AGO 2018
VISTO:
El Expediente DE-0746-001500057-3 (RP), y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante las actuaciones de referencia, tramita la Licitación Pública N° 06/2016, correspondiente a la ejecución de la obra “PUESTA EN VALOR DEL PARQUE DEL SUR GRAL. MANUEL BELGRANO”, cuya convocatoria fuera dispuesta por Decreto D.M.M. Nº 00273/18.
Que, cumplimentados los plazos previstos, se procedió a la apertura de propuestas el día 1° del mes de junio de 2018, y se giraron las actuaciones a la Comisión Especial evaluadora, creada por el Art. 5° del Decreto D.M.M Nº 00273/18.
Que, a la presente licitación concurrieron dos (2) oferentes, a saber: a) la firma V.F.M. S.A., cuyo monto de oferta ascendió a pesos veinticuatro millones seiscientos cuarenta mil ($ 24.640.000) y presentó, además, una oferta alternativa por la suma de pesos veintidós millones novecientos sesenta mil con 01/100 ($22.960.000,01), ubicándose las mismas el 73,96% y 62,09% respectivamente por encima del presupuesto oficial; y b) la firma EFE CONSTRUCCIONES Empresa Unipersonal de Carlos Alberto Fierro, cuyo monto de oferta ascendió a pesos veintiún millones novecientos cuarenta mil cuatrocientos ochenta y cuatro con 89/100 ( $21.940.484, 89), ubicándose un 54,89% por sobre el presupuesto oficial.
Que, analizadas las propuestas desde un primer punto de vista económico, y sin perjuicio de que prima facie pudieran resultar admisibles y procedentes desde un punto de vista técnico, las mismas exceden ampliamente el límite de razonabilidad en términos económicos que suele aplicar esta Municipalidad en el marco de todo procedimientos de selección, quedando a criterio de la superioridad desestimar la misma por no resultar convenientes, evaluando todo trámite a seguir.
Que, atento los informes obrantes en las presentes actuaciones, este Departamento Ejecutivo Municipal estima oportuno, necesario y conveniente dictar el acto administrativo correspondiente;
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA
Art. 1°.- Apruébese la Licitación Pública N° 06/2018, para contratar la ejecución de la obra “PUESTA EN VALOR DEL PARQUE DEL SUR GRAL. MANUEL BELGRANO”, dispuesta por Decreto D.M.M. N° 00273/18 y dispóngase su baja.
Art. 2º.- Desestímense por inconvenientes, en razón del monto, las propuestas efectuadas por las firmas V.F.M. S.A. y EFE CONSTRUCCIONES Empresa Unipersonal de Carlos Alberto Fierro.
Art. 3º.- Autorízase a la Dirección de Gestión de Bienes a devolver los documentos de garantía de presentación acompañado por todas las oferentes.
Art. 4°.- Refréndese el presente Decreto por el Sr. Secretario de Planeamiento Urbano y la Sra. Secretaria de Gobierno.
Art. 5°.- Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.

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Decreto DMM N° 00465/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00465/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos
  • N° expediente: DE-1124-01516606-9 (NI)

Resumen

Numérese y regístrese en el DMM el “Convenio de Iniciativa Comunitaria – Revalorización del Espacio Público de Interés Social y Educativo” suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, y la Cooperativa de Trabajo Recicladora Limitada, en fecha 23 de Julio de 2018, que acompaña al presente

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Tco. MARIANO CEJAS, Secretario de Ambiente y Espacios Públicos
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

DECRETO D.M.M. – SEC. DE AMBIENTE Y ESPACIOS PCOS. – AÑO 2018 – Nº 00465

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 01 AGO 2018
VISTO:
El Documento Nº DE-1124-01516606-9 (NI) y;

CONSIDERANDO:

Que, en la actuación de referencia se adjunta el “Convenio de Iniciativa Comunitaria – Revalorización del Espacio Público de Interés Social y Educativo”- suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, y la Cooperativa de Trabajo Recicladora Limitada, en fecha 23 de Julio de 2018.

Que, el objeto del referido Convenio es la ejecución de las tareas de “Revalorización del Espacio Público de Interés Social y Educativo”, que como Anexo I se acompaña.

Que, por lo expuesto, es necesario dictar el acto administrativo de numeración y registración pertinente.

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA:

Art.1º. Numérese y regístrese en el DMM el “Convenio de Iniciativa Comunitaria – Revalorización del Espacio Público de Interés Social y Educativo” suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, y la Cooperativa de Trabajo Recicladora Limitada, en fecha 23 de Julio de 2018, que acompaña al presente.-

Art. 2º. Refréndese el presente Decreto por las Señoras Secretarias de Gobierno y de Hacienda y el Señor Secretario de Ambiente y Espacios Públicos.-

Art. 3º. Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M Y R.M.-

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Decreto DMM N° 00457/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00457/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Control
  • N° expediente: DE-1129-01522338-1 (RP)

Resumen

Apruébase la documentación obrante en el Expediente DE-1129-01522338-1 (RP), para contratar la ejecución de la obra “CUL DE SAC Y PARADA PARA COLECTIVOS URBANOS”; consistente en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Especificaciones Técnicas, Anexos, Planos y Presupuesto Oficial estimado en la suma de pesos un millón trescientos catorce mil ochocientos doce con 46/100 ($1.314.812,46)

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Tco. Ramiro Dall’Aglio, Secretario de Control
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

DECRETO D.M.M. – SECRETARÍA DE CONTROL – AÑO 2018 – N° 00457 Nº

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 31 JUL 2018

VISTO:
El Documento DE-1129-01522338-1 (RP), y;

CONSIDERANDO:
Que, la mencionada actuación contiene la documentación necesaria para llamar a Licitación Pública con la finalidad de contratar la obra: “CUL DE SAC y PARADA PARA COLECTIVOS URBANOS”;
Que, se pretende la contratación de la ejecución de dicha obra, incluyendo materiales, maquinarias, herramientas, mano de obra y todo trabajo necesario para el desarrollo de la obra mencionada, de acuerdo a los Pliegos de Bases y Condiciones aplicables;
Que, el financiamiento de la obra en cuestión se efectuará con una partida que se halla imputada en el Ejercicio 2018, actividad programática Nº 20.78.00;
Que, siendo voluntad de este Departamento Ejecutivo, contratar dicha obra con terceros, y en conformidad a lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto D.M.M. Nº 01351/16, corresponde disponer el pertinente llamado a Licitación Pública;
Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA:

Art. 1º: Apruébase la documentación obrante en el Expediente DE-1129-01522338-1 (RP), para contratar la ejecución de la obra “CUL DE SAC Y PARADA PARA COLECTIVOS URBANOS”; consistente en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Especificaciones Técnicas, Anexos, Planos y Presupuesto Oficial estimado en la suma de pesos un millón trescientos catorce mil ochocientos doce con 46/100 ($1.314.812,46).-

Art. 2º: Llámese a LICITACIÓN PÚBLICA Nº 03/2018 para el día 15 de Agosto de 2018, o el primer día hábil siguiente si aquél no lo fuere, a las 10 hs., en el Despacho del Sr. Secretario de Control, ubicado en el piso 11º del Palacio Municipal, sito en calle Salta 2951 de esta ciudad, o en el lugar que -por razones de mérito u oportunidad- sea dispuesto por el Sr. Intendente Municipal, para contratar la ejecución de los trabajos aludidos en el artículo anterior.-

Art. 3º: Establécese que el legajo conteniendo la documentación correspondiente a la presente licitación, podrá ser obtenido gratuitamente en la página web de esta Municipalidad, o en soporte digital, en días y horarios hábiles administrativos, en la Dirección de Despacho General de la Secretaría de Control, sita en el Piso 11 del Palacio Municipal.-

Art. 4º: Autorízase a la Secretaría de Relaciones Institucionales y Comunicación a disponer la publicación de los avisos correspondientes conforme a la normativa vigente, en los diarios y en la cantidad y tamaño que estime pertinentes, atendiendo además los relativos al Boletín Oficial y la página Web de esta Municipalidad, los que una vez efectuados se remitirán al área Licitante para ser agregados al Expediente principal.-

Art. 5º: Créase una Comisión Especial para que lleve a cabo el estudio y evaluación de las actuaciones correspondientes a la presente Licitación Pública, la que se integrará por Ing. Emmanuel Sebastián ALMADA, Subsecretario Operativo de la Movilidad de la Secretaría de Control; el Abog. Matias CAMPANELLA, Asesor Legal de la Secretaría de Control y la C.P.N. Leticia GIACOMELLI, por la Secretaría de Hacienda. Asimismo, se designa como suplentes al M.M.O. Victor FRUTOS, Director de la Dirección General de Obras de Movilidad, el Abog. Miguel MOLINARI, por la Subsecretaría Legal y Técnica y la C.P.N. Natalia PEREZ MAGNI, por la Secretaría de Hacienda.-

Art. 6º: Refréndese el presente Decreto por el Señor Secretario de Control y las Señoras Secretarias de Hacienda y de Gobierno.-

Art. 7º: A los fines de su cumplimiento, dése intervención a la Secretaría de Control.-

Art. 8º: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y al R.M.-

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Decreto DMM N° 00466/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00466/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Obras Públicas
  • N° expediente: DE-1049-01500552-3 (NI)

Resumen

Autorízase la readecuación de la obra “RECONSTRUCCIÓN DE LOSAS Y SUBBASES DE PAVIMENTO, DEFENSAS Y CORDONES, SELLADO DE FISURAS Y REACONDIONAMIENTO DE COLUMNAS DE ILUMINACIÓN EN LAS AVENIDAS 27 DE FEBRERO Y L.N. ALEM”, correspondiente a la Licitación Pública N° 02/2018, contratada con la empresa EFE CONSTRUCCIONES DE CARLOS ALBERTO FIERRO en las cantidades, valores y porcentaje que se detallan en la planilla que como Anexo I se integra al presente Decreto

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Ing. Ricardo Alcaraz, Secretario de Obras Públicas
CPN Maria Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS – AÑO 2018 – Nº 00466
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 01 AGO 2018

VISTO:
El Documento DE-1049-01500552-3 (NI); y;

CONSIDERANDO:
Que, mediante las actuaciones de referencia, la Dirección de Inspección y Certificación de Obras elevó la propuesta de readecuación de obra y ampliación del plazo de ejecución, correspondiente a la Licitación Pública N° 02/18, “RECONSTRUCCIÓN DE LOSAS Y SUBBASES DE PAVIMENTO, DEFENSAS Y CORDONES, SELLADO DE FISURAS Y REACONDIONAMIENTO DE COLUMNAS DE ILUMINACIÓN EN LAS AVENIDAS 27 DE FEBRERO Y L.N.ALEM”, contratada con la empresa EFE CONSTRUCCIONES DE CARLOS ALBERTO FIERRO.
Que, en su informe técnico la Dirección manifiesta haber realizado un relevamiento en el sistema lumínico del cual surge la necesidad de ampliar los ítems Nº 13, 14, 15, 16 y 22, y la puesta en valor del puente peatonal por ser un bien que se encuentra vinculado con la obra licitada, además de constituir un medio seguro del tránsito peatonal, proponiendo para ello la creación del ítem Nº 25, cuyos antecedentes obran en autos.
Que, además y como consecuencia de encontrarse en ejecución la obra a cargo de Vialidad Nacional de reparación de los corredores viales, Circunvalación Oeste – Avda. 27 de Febrero y Leandro N. Alem la cual fue contratada con posterioridad a la convocatoria realizada por el municipio, la Secretaria de Obras Públicas considera apropiada la intervención en calle Ricardo Balbín con la reconstrucción de las losas del sector dado el deterioro que presenta el paquete estructural en dicha arteria, considerada la misma como anexo al corredor vial de la obra referenciada.
Que, en tal sentido la Dirección de Inspección y Certificación de Obras propone la disminución de los ítems Nº 1, 2, 3 y 4, y la ampliación de los ítems Nº 13, 14 15, 16 y 22, y la creación del ítem N° 25 (25.01- Cambio cables de acero, prensa cables y tensores y 25.02- Pintura puente peatonal (barandas, insertos, etc.).

Que, de tales cuestiones resulta un aumento de la obra equivalente a PESOS TRES CENTAVOS ($0,03), representado una variación de cero por ciento (0,00%) de la obra.
Que, con respecto a la ampliación de plazo se torna necesaria debido a la mayor cantidad de trabajos a realizar justificándose un incremento de treinta (30) días corridos, llevándose el término contractual al día 13.08.18.
Que, la Dirección considera razonable la readecuación y ampliación solicitadas, tanto en lo pertinente al monto como al plazo de obra.
Que, intervino la Asesoría Legal de la Secretaría de Recursos Hídricos, emitiendo dictamen respectivo (a cuyos fundamentos cabe remitirse, atento a su extensión) considerando ajustado a derecho el otorgamiento de dicha readecuación y ampliación de plazo solicitada, encuadrándolo en los artículos 42, 44 y 54 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, llevándose el nuevo plazo de culminación al día 13.08.2018.
Que, la contratista ha renunciado expresamente a reclamar mayores costos y/o gastos improductivos derivados de la presente ampliación de plazo y readecuación de obra.
Que, este Departamento Ejecutivo Municipal de acuerdo a la normativa vigente, resulta competente a los fines de dictar el acto administrativo que autorice la presente readecuación del contrato;
Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ

DECRETA.

Art. 1°: Autorízase la readecuación de la obra “RECONSTRUCCIÓN DE LOSAS Y SUBBASES DE PAVIMENTO, DEFENSAS Y CORDONES, SELLADO DE FISURAS Y REACONDIONAMIENTO DE COLUMNAS DE ILUMINACIÓN EN LAS AVENIDAS 27 DE FEBRERO Y L.N. ALEM”, correspondiente a la Licitación Pública N° 02/2018, contratada con la empresa EFE CONSTRUCCIONES DE CARLOS ALBERTO FIERRO en las cantidades, valores y porcentaje que se detallan en la planilla que como Anexo I se integra al presente Decreto.

Art. 2°: Dispónese la ampliación del plazo de ejecución de la obra mencionada en el Art. 1° del presente, por el término de TREINTA (30) días corridos, concluyendo dicho plazo el 13 de Agosto de 2018.

Art. 3°: Dispónese la toma de nota por parte de las Direcciones de Administración Financiera, de Gestión de Bienes y de Inspección y Certificación de Obras, dependencia esta última que notificará en legal forma a la contratista y le requerirá la ampliación proporcional de la garantía de ejecución. Fecho, se dejará constancia en el legajo de la presente obra.

Art. 4°: Refréndese el presente Decreto por el Señor Secretario de Obras Públicas y las Señoras Secretarias de Hacienda y de Gobierno.

Art. 5°: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.-

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Decreto DMM N° 00551/2017

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00551/2017
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0861-01421132-0

Resumen

Dispónese que la Oficina Municipal del Inquilino funcionará en la órbita de la Dirección de Derechos Ciudadanos.

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abogado Carlos Alberto Pereira, Secretario General
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

Texto completo de la norma

DECRETO D.M.M. SECRETARIA DE GOBIERNO-AÑO 2017- Nº 00551

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 01 AGO 2017
VISTO:
El Documento DE-0861-01421132-0, las Ordenanzas Nros. 11.587 y 12.244, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ordenanza de referencia, se dispuso la creación de la Oficina Municipal del Inquilino en la órbita de la Secretaría de Producción, estableciendo entre sus objetivos el facilitar el acceso a viviendas en alquiler, asesorar legalmente sobre la relación locativa, promover la participación del estado en la protección del inquilino e intervenir en las denuncias que efectúen inquilinos y propietarios de inmuebles.
Que, la Dirección de Derechos Ciudadanos tiene como misión elevar el nivel de respeto, garantía y conocimiento de los derechos que gozan los ciudadanos. Actualmente desde la dirección se brindan algunos de los servicios contemplados por la Ordenanza Nº 11.587.
Que, atento a ello resultaría conveniente disponer el traslado de la Oficina Municipal del Inquilino a la órbita de la Dirección de Derechos Ciudadanos.
Que, el artículo 25º de la Ordenanza Nº 12.244 autoriza a este Departamento Ejecutivo Municipal a disponer las adecuaciones y transferencias de subsecretarías, organismos, direcciones, servicios o entes que resulte necesario a fin de dar cumplimiento a los objetivos establecidos.
Que, por ello, y en uso de las facultades y competencias previstas en el artículo 41º de la Ley Nº 2.756;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
D E C R E T A:

Art. 1º: Dispónese que la Oficina Municipal del Inquilino funcionará en la órbita de la Dirección de Derechos Ciudadanos.

Art. 2°: Refréndese el presente Decreto por el señor Secretario General y la señora Secretaria de Hacienda.

Art. 3º: Remítase copia de la presente a la Secretaría de Producción y a la Dirección de Derechos Ciudadanos.

Art. 4°: Comuníquese, publíquese y dése al R.M.

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Decreto DMM N° 00446/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00446/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Hacienda
  • N° expediente: DE-0851-01515911-4

Resumen

Apruébese el Instructivo denominado “Régimen Tributario Simplificado /Derecho de Registro e Inspección”, que como Anexo forma parte del presente

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
CPN María Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

DECRETO D.M.M. – SECRETARÍA DE HACIENDA – AÑO 2018– Nº 00446

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 30 JUL 2018
VISTO:
El documento Nro. DE-0851-01515911-4 (NI)
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 12.454/2017 se incorpora el artículo 93º BIS a la Ordenanza Fiscal Municipal Nº 11.962 que establece un Régimen Tributario Simplificado para los contribuyentes del Derecho de Registro e Inspección cuya adhesión resulta optativa siempre y cuando cumplan con las condiciones que establece la Ordenanza Tributaria Municipal;
Que, los contribuyentes que se adhieran al régimen citado cumplirán con su obligación mensual ingresando el aporte del tributo correspondiente a su categoría conforme los parámetros que la Ordenanza Tributaria Municipal establece, y revisarán su categorización de manera cuatrimestral;
Que, a efectos de permitir a los contribuyentes y/o responsables el cumplimiento de sus obligaciones fiscales de manera ágil, simple y segura, se incorporan los trámites de adhesión, recategorización y baja al régimen tributario simplificado desde el servicio habilitado con Clave Fiscal “SFC- Gestión Tributaria Integral” en el sitio web de la Administración Federal de Ingresos Públicos – AFIP;
Que, este Departamento Ejecutivo resulta competente a los fines de dictar el presente acto administrativo;
Por ello,

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
D E C R E T A:

Art. 1º: Apruébese el Instructivo denominado “Régimen Tributario Simplificado /Derecho de Registro e Inspección”, que como Anexo forma parte del presente.

Art. 2º: Facultase a la Secretaría de Hacienda a establecer las fechas de vencimiento de las re-categorizaciones a la que se refiere el artículo 16º sexies de la Ordenanza Tributaria Municipal y dictar la reglamentación que al efecto resulte necesaria.

Art. 3º: Refréndese el presente Decreto por la Señora Secretaria de Gobierno y la Señora Secretaria de Hacienda.

Art. 4º: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.

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Decreto DMM N° 00444/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00444/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: 

Resumen

Obsérvanse los artículos 4º y 10º de la Ordenanza Nº 12.524, sancionada por el Honorable Concejo Municipal en fecha 28 de Junio de 2018 y comunicada a este Departamento Ejecutivo Municipal en fecha 16 de Julio de 2018.

Firmantes

Abog. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE GOBIERNO – AÑO 2018 – Nº 00444

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 30 JUL 2018

VISTO:

La Ordenanza Nº 12.524, sancionadas por el Honorable Concejo Municipal en fecha 28 de Junio de 2018 y comunicada a este Departamento Ejecutivo Municipal en fecha 16 de Julio de 2018, y el Documento CO-0062-01499578-1 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, a través de la Ordenanza Nº 12.524, se crea un “Programa de Padrinazgo a Clubes Barriales” en el ámbito de la ciudad

Que, los objetivos de dicho programa apuntan a “(…) Promover el desarrollo institucional de los clubes barriales (…)” y “Articular colaboraciones pecuniarias de empresas, organizaciones, instituciones y/o personas jurídicas privadas hacia dichas instituciones”.

Que este Departamento Ejecutivo comparte la importancia de fortalecer el funcionamiento de los Clubes de Barrio a través de un apoyo estatal efectivo, teniendo en cuenta que los mismos constituyen espacios privilegiados de participación y encuentro social.

Que, no obstante ello, la Ordenanza bajo análisis contempla una deducción de hasta un veinte por ciento (20%) del pago de Derecho de Registro e Inspección –en favor de las personas que se conviertan en padrinos de los clubes de barrio–, que implica para el municipio una disminución de recursos genuinos y de libre disponibilidad.

Que, sin perjuicio de la imposibilidad de determinar fehacientemente la cuantía de la disminución, la misma podría resultar en una suma muy significativa para la administración, si acceden al programa los principales contribuyentes estratégicos.

Que la disminución en la percepción de estos recursos no solo implica una merma en la recaudación del referido derecho sino que, simultáneamente, se traduce en una disminución en los recursos que la ciudad de Santa Fe recibe por coparticipación de impuestos nacionales y provinciales.

Que, ello así, puesto que los recursos de origen municipal, percibidos durante el ejercicio, son uno de los parámetros considerados anualmente para la determinación del índice de distribución secundaria de recursos coparticipables entre municipios y comunas (ingresos brutos, coparticipación federal, fondo federal solidario y aporte extraordinario Decreto Provincial 457/2018).

Que, por otra parte, debe repararse en la circunstancia de que ya se encuentra vigente en la actualidad un régimen de fomento y asignación de fondos públicos a los clubes de barrio.

Que, en efecto, la Ley Nº 27.098 –a la cual adhirió la Provincia de Santa Fe, mediante la Ley Nº 13.540– instituye, a nivel nacional, el “Régimen de Promoción de los Clubes de Barrio y de Pueblo”, y prevé -en su artículo 15- la asignación de una ayuda económica a las entidades inscriptas con recursos propios del Tesoro de la Nación establecidos anualmente en el presupuesto de recursos y gastos.

Que dichos fondos deben destinarse, conforme a las previsiones de su artículo 11, con el fin de “(…) a) Mejorar las condiciones edilicias del club de barrio y de pueblo; b) Adquirir insumos o materiales para desarrollar o potenciar actividades deportivas o culturales; c) Contratar servicios para mejorar o facilitar el acceso de los socios a eventos deportivos o culturales; d) Contratar recursos humanos para la instrucción de deportes o en actividades artísticas; e) Capacitar a los directivos y trabajadores que desempeñen tareas en las entidades; f) Organizar actividades culturales o deportivas; g) Promover la difusión de las actividades que se realicen en las entidades; h) Promover programas de medicina preventiva garantizando el acceso a la información en salud; i) Establecer programas y estrategias de prevención primaria en materia de adicciones; j) Solicitar ante la autoridad competente el otorgamiento de la personería jurídica y la aprobación de sus estatutos sociales; k) Establecer medidas de seguridad de infraestructura y/o edilicias”.

Que, por otra parte, lo propuesto en el artículo 4º de la Ordenanza, consistente en el otorgamiento a los clubes de barrio de “(…) una ayuda económica por única vez para actualizar la documentación atrasada (…)” ante la Inspección de Personas Jurídicas, se superpone con los cometidos que han sido encomendado a la Secretaría de Deportes de la Nación (cfr. artículos 8º y 11, inc. j) de la Ley 27.098) o, en su caso, a la Secretaría de Desarrollo Deportivo de la Provincia de Santa Fe, en su carácter de autoridad de aplicación de la Ley provincial N° 13.540.

Que, más allá lo expuesto, no existe impedimento alguno para que los clubes reciban efectivamente ayudas de índole económica para su sostenimiento, ya sea mediante aportes públicos o privados.

Que, conforme el artículo 41 inciso 6 de la Ley 2.756 son atribuciones del Intendente Municipal “observar total o parcialmente dentro del término fijado por el art. 39, inc. 12, las ordenanzas, decretos o resoluciones que considere ilegales o inconvenien¬tes al interés público, incluso el presupuesto general de gastos”.

Que, por los motivos expuestos, corresponde que este Departamento Ejecutivo Municipal emita el acto correspondiente tendente a observar los artículos 4º y 10º de la Ordenanza Nº 12.524 sancionada por el Honorable Concejo Municipal;

Por ello,

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
D E C R E T A:

Art. 1º: Obsérvanse los artículos 4º y 10º de la Ordenanza Nº 12.524, sancionada por el Honorable Concejo Municipal en fecha 28 de Junio de 2018 y comunicada a este Departamento Ejecutivo Municipal en fecha 16 de Julio de 2018.

Art. 2º: Con mensaje de estilo, notifíquese al Honorable Concejo Municipal.

Art. 3°: Refréndese el presente Decreto por la señora Secretaria de Gobierno.

Art. 4º: Con la salvedad señalada en el artículo 1º del presente decreto, promúlgase, comuníquese y dese al D.M.M. y R.M. la Ordenanza Nº 12.524.-

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