Decreto DPB N° 0093/2020

INFORMACIÓN DETALLADA
  • Procedencia: DEM
    Tipo de Normativa: Decreto DPB
  • N° Decreto DPB: 0093/2020
    Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
    N° expediente: DE-0467-01652382-1 (NI)
Resumen
Otórguese Licencia sin goce de haberes por razones de índole particular, al agente Nicolás Santiago BRACHET (Código Nº 13529), personal Permanente, con funciones de Auxiliar Técnico Especializado, Categoría 13/14 por Promoción, Agrupamiento III-Técnico, dependiente de la Dirección de Hidráulica, a partir del 01 de abril de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2020, conforme lo establecido en el art. 49 de la ley Nº 9.256.Fimantes
Lic. Raúl Emilio Jatón, Intendente
C.P.N. Nicolás Aimar, Secretario de Gobierno
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
DECRETO D.P.B. – SECRETARIA DE GOBIERNO – AÑO 2020 – Nº 0093

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 23 ABR 2020

VISTO:
El Documento DE-0467-01652382-1 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que en la actuación de referencia, el agente Nicolás Santiago BRACHET (Código Nº 13529), solicita licencia sin goce de haberes por razones de índole particular, a partir del 01 de abril de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2020.
Que la ley 9.256/83 en su art. 49º, establece que los agentes de las Municipalidades y Comunas con no menos de 2 años de antigüedad, tendrán derecho a un (1) año de licencia sin goce de sueldo, corrido, continuo o alternado, cuando invoquen razones particulares.
Que la Dirección de Personal comunica que el citado agente revista en esta Administración en calidad de personal Permanente, con funciones de Auxiliar Técnico Especializado, Categoría 13/14 por Promoción, Agrupamiento III-Técnico, dependiente de la Dirección de Hidráulica, contando con una antigüedad municipal de 5 años, 8 meses y 17 días.
Que dicha repartición manifiesta en su informe técnico que el agente dio cumplimiento al requisito exigido en cuanto al plazo de antigüedad y tiempo de solicitar la licencia.
Que la Secretaría de Asuntos Hídricos y Gestión de Riesgos no formula objeciones a la presente gestión.
Que desde la Dirección Ejecutiva de la Función Pública se aconseja el dictado del acto administrativo que disponga el otorgamiento de la licencia solicitada, a partir del 01 de abril de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2020, conforme lo establecido en el art. 49 de la ley Nº 9.256.
Por ello:
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA:
Art. 1º: Otórguese Licencia sin goce de haberes por razones de índole particular, al agente Nicolás Santiago BRACHET (Código Nº 13529), personal Permanente, con funciones de Auxiliar Técnico Especializado, Categoría 13/14 por Promoción, Agrupamiento III-Técnico, dependiente de la Dirección de Hidráulica, a partir del 01 de abril de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2020, conforme lo establecido en el art. 49 de la ley Nº 9.256.
Art. 2º: Refréndese el presente Decreto por el Secretario de Gobierno.
Art. 3º: Comuníquese, publíquese y dése al R.M.

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Decreto DPB N° 0094/2020

INFORMACIÓN DETALLADA

  • Procedencia: DEM
    Tipo de Normativa: Decreto DPB
  • N° Decreto DPB: 0094/2020
    Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
    N° expediente: DE-0448-01660327-6 (N)

Resumen
Otórguese Licencia Extraordinaria sin goce de haberes por cargo político, conforme lo establecido en el art. 45 de la ley Nº 9.256, a la agente Melina PIAZZA (Código Nº 12372), a partir del 07 de abril de 2020 y por el período que subsista su designación como Subsecretaria de Administración y Despacho de Fiscalía de Estado de la Provincia de Santa Fe.

Fimantes
Lic. Raúl Emilio Jatón, Intendente
C.P.N. Nicolás Daniel Aimar, Secretario de Gobierno

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

DECRETO D.P.B. – SECRETARIA DE GOBIERNO – AÑO 2020 – Nº 0094

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 23 ABR 2020

VISTO:

El Documento DE-0448-01660327-6 (N), y;

CONSIDERANDO:

Que en la actuación de referencia, la agente Melina PIAZZA (Código Nº 12372), solicita licencia sin goce de haberes por cargo político, en virtud de haber sido designada para desempeñar el cargo de Subsecretaria de Administración y Despacho de Fiscalía de Estado de la Provincia de Santa Fe, mediante Decreto Nº 0311 de fecha 02 de abril de 2020 que se adjunta a la actuación del visto.

Que la Dirección de Personal comunica que la citada agente revista en esta Administración en calidad de personal Permanente, con funciones de Director, Categoría 23, Agrupamiento I-Administrativo, dependiente, de la Dirección de Asesoría Jurídica, contando a la fecha del informe técnico con una antigüedad municipal de 10 años, 2 meses y 16 días.

Que desde la Dirección Ejecutiva de la Función Pública se aconseja el dictado del acto administrativo que disponga el otorgamiento de la licencia solicitada, a partir del 07 de abril de 2020 y por el período que subsista su designación en el cargo mencionado ut supra, conforme lo establecido en el art. 45 de la ley Nº 9.256.

Por ello:

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA:

Art. 1º: Otórguese Licencia Extraordinaria sin goce de haberes por cargo político, conforme lo establecido en el art. 45 de la ley Nº 9.256, a la agente Melina PIAZZA (Código Nº 12372), a partir del 07 de abril de 2020 y por el período que subsista su designación como Subsecretaria de Administración y Despacho de Fiscalía de Estado de la Provincia de Santa Fe.

Art. 2º: Refréndese el presente Decreto por el Secretario de Gobierno.

Art. 3º: Comuníquese, publíquese y dése al R.M.

 

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Decreto DMM N° 00032/2020

INFORMACIÓN DETALLADA
Procedencia: DEMTipo de Normativa: Decreto DMMN° Decreto DMM: 00032/2020Fecha de Sanción: —Secretaría: Secretaría de GobiernoN° expediente: DE-0444-01654312-6 (NI)
Resumen
Déjese sin efecto el Contrato de Comodato celebrado con la Fundación Diario La Capital, numerado y registrado por Decreto D.M.M. N° 00708 de fecha 10 de diciembre de 2019, por los motivos expresados en los considerandos del presente.

Fimantes
Lic. Raúl Emilio Jatón, Intendente
C.P.N. Nicolás Daniel Aimar, Secretario de Gobierno
Abog. Carolina Piedrabuena, Secretaria de Hacienda
Lic. Paulo RICCI, Secretario de Cultura y Educación
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE GOBIERNO – AÑO 2020 – Nº 00032

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 19 FEB 2020

VISTO:

El Documento DE-0444-01654312-6 (NI); y,

CONSIDERANDO:

Que por medio del Decreto D.M.M. N° 00708 del 10 de diciembre del 2019 se numeró y registró un contrato de comodato entre la Municipalidad de la ciudad de Santa de la Vera Cruz y la Fundación Diario La Capital, suscripto el 02 de diciembre de 2019, por medio del cual a esta última se le cedió un espacio dentro del inmueble donde funciona el Liceo Municipal “Antonio Fuentes de Arco” (ex Molino Marconetti).

Que a través del Decreto D.M.M. N° 00723/19 se instruyó a la Sindicatura General Municipal a realizar una auditoría sobre la actividad financiera y administrativa del Departamento Ejecutivo, abarcando la actividad desplegada durante los seis (6) meses anteriores al dictado del ese acto, incluyendo, en el artículo 3°, a los convenios con entidades públicas o privadas.

Que, en este orden de ideas, por Decreto N° 00002, de fecha 9 de enero de 2020, se aprobó un plan de austeridad para esta gestión municipal, determinándose entre sus prioridades la optimización de la infraestructura edilicia, de manera tal que se puedan reubicar dependencias del Ejecutivo Municipal, en inmuebles de su propiedad o en uso de éste.

Que por el artículo 6° de dicho Decreto, se autorizó a la Secretaría de Gobierno y de Hacienda a revisar todas las vinculaciones contractuales en las cuales el Municipio haya cedido el uso, goce o cualquier otro derecho sobre inmuebles, en busca de un ahorro en los costos operativos del Municipio.

Que como consecuencia de las acciones desplegadas a raíz del dictado de aquellas normas, y en virtud de lo manifestado por el Secretario de Educación y Cultura a fs. 1, se ha advertido que el inmueble es necesario para prestar servicios propios de esta Municipalidad, así como del ente educativo donde se encuentra radicado, produciendo además un ahorro en los alquileres que se abonan mes a mes, por lo que resulta una medida de sana administración dejar sin efecto el mencionado contrato, numerado y registrado por Decreto D.M.M. N° 00708/19.

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
D E C R E T A:

Art. 1º: Déjese sin efecto el Contrato de Comodato celebrado con la Fundación Diario La Capital, numerado y registrado por Decreto D.M.M. N° 00708 de fecha 10 de diciembre de 2019, por los motivos expresados en los considerandos del presente.

Art. 2º: Refréndese el presente Decreto por el Secretario de Gobierno, la Secretaria de Hacienda y el Secretario de Educación y Cultura.

Art. 3º: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.-

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Decreto DMM N° 00083/2020

INFORMACIÓN DETALLADA

  • Procedencia: DEM
    Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00083/2020
    Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
    N° expediente: DE-1209-1661300-2 (NI)

Resumen
Numérese y regístrese en el D.M.M. la Adenda al Convenio numerado y registrado por Decreto D.M.M. Nº 00064/20, suscripto entre la Municipalidad de Santa Fe de la Vera Cruz y el Gobierno de la Provincia de Santa Fe, en fecha 02 de abril de 2020, la cual forma parte integrante del presente decreto.-

Fimantes
Lic. Raúl Emilio Jatón, Intendente
C.P.N. Nicolás Daniel Aimar, Secretario de Gobierno

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

DECRETO D.M.M. – SECRETARÍA DE GOBIERNO – AÑO 2020 – Nº 00083

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 27 ABR 2020

VISTO:

El Documento DE-1209-1661300-2 (NI) y;

CONSIDERANDO:

Que en las actuaciones de referencia, se adjunta Adenda al Convenio numerado y registrado por Decreto D.M.M. Nº 00064/20, celebrado entre la Municipalidad de Santa Fe de la Vera Cruz y el Gobierno de la Provincia de Santa Fe, en fecha 02 de abril de 2020.

Que en dicho acuerdo, el Estado Provincial, a través del Ministerio de Gestión Pública, se compromete a transferir a esta administración un aporte no reintegrable, con destino a la instalación y puesta en funcionamiento de un “Centro de Aislamiento Sanitario”, a asentarse en los predios de “U.P.C.N. – Club de Campo” y “ASOEM” en Colastiné Norte, durante los meses de abril, mayo y junio del corriente año, a los fines de atender la emergencia sanitaria declarada con motivo de la pandemia por la propagación de coronavirus (COVID-19).

Que en virtud de la Adenda suscripta, las partes acuerdan la ampliación del destino del aporte a transferir, pudiendo asignarse a la instalación y funcionamiento de otros “Centros de Aislamiento Sanitario” en el ámbito territorial de la jurisdicción municipal.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo de numeración y registración pertinente.

Por ello,

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA:

Art. 1º: Numérese y regístrese en el D.M.M. la Adenda al Convenio numerado y registrado por Decreto D.M.M. Nº 00064/20, suscripto entre la Municipalidad de Santa Fe de la Vera Cruz y el Gobierno de la Provincia de Santa Fe, en fecha 02 de abril de 2020, la cual forma parte integrante del presente decreto.-

Art. 2º: Refréndese por el Señor Secretario de Gobierno.-

 

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Decreto DMM N° 00085/2020

INFORMACIÓN DETALLADA
  • Procedencia: DEM
    Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00085/2020
    Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
    N° expediente: DE-1206-01660518-0 (NI)
Resumen
Numérese y regístrese en el D.M.M. el Convenio de Colaboración suscripto entre la Municipalidad de Santa Fe de la Vera Cruz y la Asociación Sindical de Obreros y Empleados Municipales, en fecha 13 de abril de 2020, el que como anexo forma parte del presente Decreto.Fimantes
Lic. Raúl Emilio Jatón, Intendente
C.P.N. Nicolás Daniel Aimar, Secretario de Gobierno
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
DECRETO D.M.M. – SECRETARÍA DE GOBIERNO – AÑO 2020 – Nº 00085

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 27 ABR 2020

VISTO:

El Documento DE-1206-01660518-0 (NI) y;

CONSIDERANDO:

Que por la actuación de referencia se adjunta Convenio de Colaboración suscripto entre la Municipalidad de Santa Fe de la Vera Cruz y la Asociación Sindical de Obreros y Empleados Municipales (A.S.O.E.M.), en fecha 13 de abril de 2020.

Que por el mismo, y con el objeto de atender la emergencia sanitaria declarada con motivo de la pandemia por la propagación del coronavirus Covid-19, A.S.O.E.M. cede en comodato instalaciones de su Campo Recreativo para el funcionamiento de un “Centro de Aislamiento Sanitario” destinado a albergar a aquellos pacientes que sean admitidos por la Municipalidad producto de las acciones sanitarias coordinadas con el gobierno provincial.

Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente que numere y registre el convenio adjunto.

Por ello:

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
D E C R E T A:

Art. 1º: Numérese y regístrese en el D.M.M. el Convenio de Colaboración suscripto entre la Municipalidad de Santa Fe de la Vera Cruz y la Asociación Sindical de Obreros y Empleados Municipales, en fecha 13 de abril de 2020, el que como anexo forma parte del presente Decreto.

Art. 2°: Refréndese el presente por el Secretario de Gobierno.-

Art. 3°: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.

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Decreto DMM N° 00094/2020

INFORMACIÓN DETALLADA

  • Procedencia: DEM
    Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00094/2020
    Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
    N° expediente:

Resumen
Prorróguese la vigencia de los Decretos D.M.M. Nro. 00048/2020, 00050/2020 y 00069/2020 mientras continúe el aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por el Art. 1° del Decreto Nº 297/2020 del Poder Ejecutivo Nacional.
Deléguese en la Secretaría de Gobierno la facultad de establecer por resolución los horarios, alcances, permisos y cualquier otra medida relacionada con el ordenamiento del ejercicio de profesiones liberales u otras actividades exceptuadas del aislamiento social, preventivo y obligatorio.
Deléguese en la Secretaría de Gobierno y en la Secretaría de Producción y Desarrollo Económico la facultad de establecer, por resolución conjunta, los horarios, alcances, permisos y cualquier otra medida relacionada con el ordenamiento de las actividades comerciales exceptuadas del aislamiento social, preventivo y obligatorio.
Deléguese en la Secretaría de Gobierno y en la Secretaría de Desarrollo Urbano la facultad de establecer, por resolución conjunta, los horarios, alcances, permisos y cualquier otra medida relacionada con el ordenamiento de las actividades vinculadas a la construcción exceptuadas del aislamiento social, preventivo y obligatorio.
Instrúyese a la Secretaría de Control y Convivencia Ciudadana a realizar operativos especiales de control, vinculados al ordenamiento de las actividades exceptuadas del aislamiento social, preventivo y obligatorio.

Fimantes
Lic. Raúl Emilio Jatón, Intendente
C.P.N. Nicolás Daniel Aimar, Secretario de GobiernoTEXTO COMPLETO DE LA NORMA

DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE GOBIERNO – AÑO 2020 – Nº 00094

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 11 MAY 2020

VISTO:

Los Decretos N° 260/2020, 297/2020, 325/2020, 355/2020, 459/2020 del Poder Ejecutivo Nacional y las Decisiones Administrativas N° 467/2020, 490/2020 y 745/2020 de la Jefatura de Gabinete Nacional; el Decreto N° 393/2020 del Poder Ejecutivo Provincial y los Decretos D.M.M. N° 00048/2020, 00050/2020 y 00069/2020 dictados por este Ejecutivo Municipal; y

CONSIDERANDO:

Que se encuentra vigente la emergencia pública en materia sanitaria en el marco de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en relación al COVID-19 y la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio, dispuesta por el Poder Ejecutivo Nacional.

Que, en ese contexto, mediante sucesivos actos administrativos de las autoridades nacionales y provinciales, se han flexibilizado las restricciones para el desarrollo de ciertas actividades, particularmente por la Decisión Administrativa Nº 745/2020, el Decreto N° 459/2020 del P.E.N. y el Decreto N° 393/2020 del Ejecutivo Provincial.

Que corresponde habilitar a las áreas pertinentes del Departamento Ejecutivo Municipal para que determinen los pormenores de los alcances de la citada normativa o la que en el futuro se dicte, atendiendo al carácter dinámico de las excepciones al aislamiento social, preventivo y obligatorio.

Que, asimismo, corresponde prorrogar la vigencia de aquellas tareas y funciones consideradas críticas y esenciales, plasmadas por los Decretos D.M.M. N° 00048/2020 y 00069/2020 y de las disposiciones del Decreto D.M.M. N° 00050/2020 del D.E.M. relacionado con la vigencia de las inscripciones en el Registro de Proveedores.

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
D E C R E T A:

Art. 1°: Prorróguese la vigencia de los Decretos D.M.M. Nro. 00048/2020, 00050/2020 y 00069/2020 mientras continúe el aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por el Art. 1° del Decreto Nº 297/2020 del Poder Ejecutivo Nacional.

Art. 2°: Deléguese en la Secretaría de Gobierno la facultad de establecer por resolución los horarios, alcances, permisos y cualquier otra medida relacionada con el ordenamiento del ejercicio de profesiones liberales u otras actividades exceptuadas del aislamiento social, preventivo y obligatorio.

Art. 3°: Deléguese en la Secretaría de Gobierno y en la Secretaría de Producción y Desarrollo Económico la facultad de establecer, por resolución conjunta, los horarios, alcances, permisos y cualquier otra medida relacionada con el ordenamiento de las actividades comerciales exceptuadas del aislamiento social, preventivo y obligatorio.

Art. 4°: Deléguese en la Secretaría de Gobierno y en la Secretaría de Desarrollo Urbano la facultad de establecer, por resolución conjunta, los horarios, alcances, permisos y cualquier otra medida relacionada con el ordenamiento de las actividades vinculadas a la construcción exceptuadas del aislamiento social, preventivo y obligatorio.

Art. 5°: Instrúyese a la Secretaría de Control y Convivencia Ciudadana a realizar operativos especiales de control, vinculados al ordenamiento de las actividades exceptuadas del aislamiento social, preventivo y obligatorio.

Art. 6°: Refréndese el presente Decreto por el Secretario de Gobierno.

Art. 7º: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.

 

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Decreto DPB N° 0096/2020

INFORMACIÓN DETALLADA

  • Procedencia: DEM
    Tipo de Normativa: Decreto DPB
  • N° Decreto DPB: 0096/2020
    Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
    N° expediente: DE-0859-01658716-4 (NI)

Resumen
Acéptese a partir del 30 de abril de 2020, la renuncia al cargo de la agente Lilia Beatriz RAFAÑELO (Código Nº 10.775), D.N.I. Nº 6.030.673, personal Permanente con Funciones de Supervisor Administrativo de 2ª, Categoría 16, Agrupamiento I- Administrativo, dependiente de la Dirección de Educación Inicial de la Secretaría de Educación y Cultura., a fin de acogerse al beneficio previsional de Jubilación Ordinaria.

Fimantes
Lic. Raúl Emilio Jatón, Intendente
C.P.N. Nicolás Aimar, Secretario de Gobierno

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

DECRETO D.P.B. – SECRETARIA DE GOBIERNO – AÑO 2020 – Nº 0096
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 23 ABR 2020
VISTO:
El Documento DE-0859-01658716-4 (NI); y,
CONSIDERANDO:
Que en la actuación de referencia, la agente Lilia Beatriz RAFAÑELO (Código Nº 10.775), D.N.I. Nº 6.030.673, presenta su renuncia para acogerse al beneficio de Jubilación Ordinaria.
Que la Dirección de Personal informa que la citada agente revista en esta Administración en calidad de Personal Permanente, con Funciones de Supervisor Administrativo de 2ª, Categoría 16, Agrupamiento I- Administrativo, dependiente de la Dirección de Educación Inicial de la Secretaría de Educación y Cultura.
Que de acuerdo a la notificación realizada por la Caja Municipal de Jubilaciones y Pensiones de Santa Fe, a través de su Director de Administración, la agente se encuentra en condiciones de obtener el beneficio previsional gestionado, debiendo cesar en toda actividad en relación de dependencia según lo normado por los arts. 77º inc. a) y 84º de la Ordenanza Nº 6.166, quedando sujeto el acuerdo del beneficio a las disposiciones de la Ley vigente al cese.
Que ha tomado intervención la Dirección Ejecutiva de Función Pública, ratificando lo actuado por la Dirección de Personal y aconsejando el dictado del acto administrativo correspondiente aceptando la renuncia de la agente al 30.04.2020 a fin de acogerse al beneficio previsional de Jubilación Ordinaria.
Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
D E C R E T A

Art. 1º: Acéptese a partir del 30 de abril de 2020, la renuncia al cargo de la agente Lilia Beatriz RAFAÑELO (Código Nº 10.775), D.N.I. Nº 6.030.673, personal Permanente con Funciones de Supervisor Administrativo de 2ª, Categoría 16, Agrupamiento I- Administrativo, dependiente de la Dirección de Educación Inicial de la Secretaría de Educación y Cultura., a fin de acogerse al beneficio previsional de Jubilación Ordinaria.
Art. 2º: Por Dirección de Personal notifíquese al agente de lo dispuesto.
Art. 3º: Remítase a través de la Dirección de Personal, copia del presente Decreto a la Caja Municipal de Jubilaciones y Pensiones de Santa Fe.
Art. 4º: Refréndese el presente por el Secretario de Gobierno.
Art. 5º: Comuníquese, publíquese y dése al R.M.

 

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Resolución Interna 04/2020

INFORMACIÓN DETALLADA
– Tipo de Normativa: Resolución Interna
– N° de Normativa: 04/2020
– Fecha de Sanción: 12 de Mayo de 2020
– Secretaría: Secretaría de Gobierno

Resolución 04-2020

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Resolución Interna 03/2020

INFORMACIÓN DETALLADA
– Tipo de Normativa: Resolución Interna
– N° de Normativa: 03/2020
– Fecha de Sanción: 11 de Mayo de 2020
– Secretaría: Secretaría de Gobierno

Resolución 03-2020

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Decreto DPB N° 0095/2020

INFORMACIÓN DETALLADA

  • Procedencia: DEM
    Tipo de Normativa: Decreto DPB
  • N° Decreto DPB: 0095/2020
    Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
    N° expediente: DE-0929-01657569-8 (NI)

Resumen
Acéptese la renuncia presentada por el agente Guillermo Rene ALVAREZ (Código Nº 14024), D.N.I. Nº 12.432.227, con funciones de Director de Escuela dependiente de la Dirección Liceo Municipal, a partir del 31 de mayo de 2020, por razones de índole particular.

Fimantes
Lic. Raúl Emilio Jatón, Intendente
C.P.N. Nicolás Aimar, Secretario de Gobierno

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

DECRETO D.P.B. – SECRETARIA DE GOBIERNO – AÑO 2020 – Nº 0095
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 23 ABR 2020
VISTO:
El Documento DE-0929-01657569-8 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que en la actuación de referencia, el agente Guillermo Rene ALVAREZ (Código Nº 14024), D.N.I. Nº 12.432.227, manifiesta su intención de renunciar al cargo de Director de la Escuela de Música del Liceo Municipal, a partir del 31 de mayo de 2020, por razones de índole particular.
Que la Dirección de Personal informa que el citado agente revista en esta Administración en el cargo de Director de Escuela dependiente de la Dirección del Liceo Municipal.
Que la Dirección Ejecutiva de Función Pública aconseja aceptar la renuncia presentada por el agente ALVAREZ, a partir del 31 de mayo de 2020.
Que debe dictarse el acto administrativo pertinente.
Por ello:
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ DECRETA:

Art. 1º: Acéptese la renuncia presentada por el agente Guillermo Rene ALVAREZ (Código Nº 14024), D.N.I. Nº 12.432.227, con funciones de Director de Escuela dependiente de la Dirección Liceo Municipal, a partir del 31 de mayo de 2020, por razones de índole particular.
Art. 2º: Refréndese el presente Decreto por el Secretario de Gobierno.
Art. 3º: Comuníquese, publíquese y dése al R.M.

 

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