Decreto DMM N° 00163/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00163/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Obras Públicas
  • N° expediente: DE-1049-01566997-1 (RP)

Resumen

Apruébase la Licitación Pública N°01/19, para contratar la ejecución de la obra “RED ABASTECIMIENTO DE BAJA TENSIÓN PARA LAS VIVIENDAS EN LAS MANZANA COMPRENDIDO ENTRE LAS CALLES CENTENO AL SUR, BOLIVIA AL NORTE, CALLE DE CIERRE DE TRAMA AL OESTE Y PASAJE PÚBLICO AL ESTE, EN BARRANQUITAS OESTE”, dispuesta por Decreto D.M.M. N° 00008/19.
Adjudícase a la empresa BASE INGENIERIA S.R.L., la ejecución de la obra “RED ABASTECIMIENTO DE BAJA TENSIÓN PARA LAS VIVIENDAS EN LAS MANZANA COMPRENDIDO ENTRE LAS CALLES CENTENO AL SUR, BOLIVIA AL NORTE, CALLE DE CIERRE DE TRAMA AL OESTE Y PASAJE PÚBLICO AL ESTE, EN BARRANQUITAS OESTE”, en un todo de acuerdo con la documentación que integra el Pliego Único de Bases y Condiciones, Especificaciones Técnicas y demás documentación obrante en el Expediente DE-1049-01566997-1 (RP), por el monto de su oferta final de pesos novecientos ochenta y nueve mil novecientos cuarenta y tres con cincuenta y ocho centavos ($989.943,58).

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Arq. Lucas Condal, Secretario Obras Públicas
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS – AÑO 2019– Nº 00163

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 15 MAR 2019

VISTO :

El Documento DE-1049-01566997-1 (RP), y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante las actuaciones de referencia tramitó la Licitación Pública N° 01/19 correspondiente a la obra “RED ABASTECIMIENTO DE BAJA TENSIÓN PARA LAS VIVIENDAS EN LAS MANZANA COMPRENDIDO ENTRE LAS CALLES CENTENO AL SUR, BOLIVIA AL NORTE, CALLE DE CIERRE DE TRAMA AL OESTE Y PASAJE PÚBLICO AL ESTE, EN BARRANQUITAS OESTE”, cuya convocatoria fuera dispuesta por Decreto D.M.M. N° 00008/19, con un presupuesto oficial que ascendió a la suma de pesos ochocientos sesenta y un mil setecientos ochenta y siete ($ 861.787).

Que, cumplimentados los plazos previstos, se procedió a la apertura de propuestas el día 31.01.19, a la que concurrió un único oferente: la empresa BASE INGENIERIA S.R.L., con una oferta de pesos novecientos ochenta y nueve mil novecientos cuarenta y tres con cincuenta y ocho centavos ($989.943,58).

Que, se giraron las actuaciones a la Comisión Especial evaluadora, la que ha emitido el dictamen técnico a cuyos fundamentos cabe remitirse, atento a su extensión.

Que, de la documental acompañada por la empresa, así como también de la información proporcionada por el Registro de Licitadores de la Provincia, surge un razonable cumplimiento por parte de la empresa BASE INGENIERIA S.R.L., a los extremos del Artículo 13 del Pliego de Bases y Condiciones Generales, como de los artículos 8, 9, 10, 11 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

Que, desde el punto de vista técnico, la empresa BASE INGENIERIA S.R.L., posee antecedentes y equipamiento suficiente para realizar los trabajos que se pretenden contratar.

Que, en consecuencia, la oferta de BASE INGENIERIA S.R.L., resulta conveniente, acorde a los antecedentes técnicos y económicos corroborados, como así también al valor de su oferta.

Que, atento a aquel informe, este Departamento Ejecutivo Municipal estima que corresponde el dictado del acto administrativo que lo recepte, disponiendo también las demás condiciones de rigor;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA

Art. 1°: Apruébase la Licitación Pública N°01/19, para contratar la ejecución de la obra “RED ABASTECIMIENTO DE BAJA TENSIÓN PARA LAS VIVIENDAS EN LAS MANZANA COMPRENDIDO ENTRE LAS CALLES CENTENO AL SUR, BOLIVIA AL NORTE, CALLE DE CIERRE DE TRAMA AL OESTE Y PASAJE PÚBLICO AL ESTE, EN BARRANQUITAS OESTE”, dispuesta por Decreto D.M.M. N° 00008/19.

Art. 2°: Adjudícase a la empresa BASE INGENIERIA S.R.L., la ejecución de la obra “RED ABASTECIMIENTO DE BAJA TENSIÓN PARA LAS VIVIENDAS EN LAS MANZANA COMPRENDIDO ENTRE LAS CALLES CENTENO AL SUR, BOLIVIA AL NORTE, CALLE DE CIERRE DE TRAMA AL OESTE Y PASAJE PÚBLICO AL ESTE, EN BARRANQUITAS OESTE”, en un todo de acuerdo con la documentación que integra el Pliego Único de Bases y Condiciones, Especificaciones Técnicas y demás documentación obrante en el Expediente DE-1049-01566997-1 (RP), por el monto de su oferta final de pesos novecientos ochenta y nueve mil novecientos cuarenta y tres con cincuenta y ocho centavos ($989.943,58).

Art. 3°: Autorízase a Secretaría de Hacienda a imputar en el Presupuesto vigente en la Jurisdicción: 1110127000 – Agencia Santa Fe Hábitat – Objeto del Gasto: 4.2.2.0 –Construcciones en Bienes de dominio público – Actividad Programática: 31.77.00–Fuentes de Financiamiento: 210 Crédito Externo, la suma de pesos de pesos novecientos ochenta y nueve mil novecientos cuarenta y tres con cincuenta y ocho centavos ($989.943,58).

Art. 4°: Dispónese que por la Secretaría de Obras Públicas se confeccione el proyecto de contrato respectivo a suscribir con la Empresa adjudicataria, la que previamente deberá constituir la garantía de cumplimiento de ejecución de contrato.

Art. 5°: Autorízase a Dirección de Gestión de Bienes a devolver el documento de garantía de presentación acompañado por la oferente.

Art. 6°: Notifíquese en legal forma a la Empresa adjudicataria y para cumplimentar lo dispuesto en el Art. 4° del presente, a cuyo fin se dará intervención a Secretaría de Obras Públicas.

Art. 7°: Refréndese el presente Decreto por el Secretario de Obras Públicas y las Sras Señoras Secretarias de Hacienda y de Gobierno.

Art. 8°: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.

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Decreto DMM N° 00162/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00162/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Obras Públicas
  • N° expediente: DE-1049-01569290-8 (RP)

Resumen

Apruébase la Licitación Pública N°02/19, para contratar la ejecución de la obra “INSTALACIÓN DE LUMINARIAS EN DIFERENTES SECTORES DE LA CIUDAD”, dispuesta por Decreto D.M.M. N° 00023/19.-
Declárese admisible y procedente el recurso de impugnación interpuesto por la firma ELECTROMECÁNICA TACUAR S.R.L. en relación a la propuesta presentada por la firma BAUZA INGENIERÍA S.R.L.-
Rechácese por inadmisible la oferta presentada por BAUZA INGENIERÍA S.R.L., en razón de los argumentos expuestos en el considerando del presente Decreto.-
Devuélvase a la firma ELECTROMECÁNICA TACUAR S.R.L. la garantía de impugnación oportunamente presentada.-
Adjudícase a la empresa ELECTROMECÁNICA TACUAR S.R.L., la ejecución de la obra “INSTALACIÓN DE LUMINARIAS EN DIFERENTES SECTORES DE LA CIUDAD”, en un todo de acuerdo con la documentación que integra el Pliego de Bases y Condiciones, Especificaciones Técnicas y demás documentación obrante en el Expediente DE-1049-01569290-8 (RP), por el monto de pesos dos millones trescientos cincuenta y ocho mil ciento setenta con noventa y ocho centavos ($2.358.170,98).-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Arq. Lucas Condal, Secretario Obras Públicas
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS – AÑO 2019– Nº 00162

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 15 MAR 2019

VISTO :

El Documento DE-1049-01569290-8 (RP), y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante las actuaciones de referencia, tramitó la Licitación Pública N° 02/19 correspondiente a la obra “INSTALACIÓN DE LUMINARIAS EN DIFERENTES SECTORES DE LA CIUDAD”, cuya convocatoria fuera dispuesta por Decreto D.M.M. N° 00023/19, con un presupuesto oficial que ascendió a la suma de pesos dos millones ochenta y un mil trescientos cuarenta con ochenta centavos ($2.081.340,80);

Que, cumplimentados los plazos previstos, se procedió a la apertura de propuestas el día 14.02.19, y se giraron las actuaciones a la Comisión Especial evaluadora, creada por el Art. 5° del Decreto D.M.M. N° 00023/19, la que ha emitido el dictamen técnico (a cuyos fundamentos cabe remitirse, atento a su extensión);

Que, a la presente licitación concurrieron dos (2) oferentes, cuyas ofertas finales se detallan a continuación: I) BAUZA INGENIERÍA S.R.L., cuyo monto de oferta asciende a la suma de pesos dos millones ciento setenta y seis mil cuatrocientos sesenta y siete ($2.166.467) y II) ELECTROMECÁNICA TACUAR S.R.L., cuya propuesta asciende a la suma de pesos dos millones cuatrocientos veintiún mil novecientos noventa y ocho con cincuenta y siete centavos ($2.421.998,57);

Que, en fecha 19.02.2019 la oferente ELECTROMECÁNICA TACUAR S.R.L. dedujo formal impugnación contra la propuesta presentada por la firma BAUZA INGENIERÍA S.R.L., quien evacuó oportunamente su descargo en fecha 22.02.2019;

Que, la impugnante solicitó se desestime la oferta presentada por la empresa BAUZA INGENIERÍA S.R.L., alegando el incumplimiento de la misma en la presentación de muestras, conforme lo requerido por el art. 18 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares;

Que, el área técnica pertinente se expidió en relación a las muestras presentadas por los oferentes concluyendo que la presentada por BAUZA INGENIERÍA S.R.L. no se adecúa a las especificaciones técnicas solicitadas; en tanto que la presentada por ELECTROMECÁNICA TACUAR S.R.L. efectivamente cumplimenta con las especificaciones requeridas;

Que, tomando intervención la respectiva Comisión Evaluadora, se expone que el recurso de impugnación interpuesto debe prosperar, por cuanto resulta admisible formalmente y resguarda en lo sustancial recaudos que se vinculan con el objeto mismo de la licitación, siendo
la presentación de la muestra en tiempo y forma un requisito de inexorable cumplimiento para no vulnerar principios esenciales del procedimiento licitatorio, como la igualdad y la concurrencia de los oferentes, preservándose también la juridicidad y el interés público comprometido;

Que, pasando al análisis de la propuesta efectuada por la empresa ELECTROMECÁNICA TACUAR S.R.L., se advierte que oferta resulta equivalente a la suma de pesos dos millones trescientos cincuenta y ocho mil ciento setenta con noventa y ocho centavos ($2.358.170,98), y que, de la documental acompañada, así como también de la información proporcionada por el Registro de Licitadores de la Provincia, surge un razonable cumplimiento a los extremos del Artículo 13 del Pliego de Bases y Condiciones Generales, como así también de los artículos 8, 9, 10 y 11 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares;

Que, desde el punto de vista técnico, la empresa ELECTROMECÁNICA TACUAR S.R.L. posee antecedentes y equipamiento suficiente para realizar los trabajos que se pretenden contratar;

Que, la oferta presentada por la empresa ELECTROMECÁNICA TACUAR S.R.L luce razonablemente, considerando los parámetros económicos presupuestados;

Que, atento a aquel informe, este Departamento Ejecutivo Municipal estima que corresponde el dictado del acto administrativo que lo recepte, disponiendo también las demás condiciones de rigor;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA

Art. 1°: Apruébase la Licitación Pública N°02/19, para contratar la ejecución de la obra “INSTALACIÓN DE LUMINARIAS EN DIFERENTES SECTORES DE LA CIUDAD”, dispuesta por Decreto D.M.M. N° 00023/19.-

Art. 2°: Declárese admisible y procedente el recurso de impugnación interpuesto por la firma ELECTROMECÁNICA TACUAR S.R.L. en relación a la propuesta presentada por la firma BAUZA INGENIERÍA S.R.L.-

Art. 3°: Rechácese por inadmisible la oferta presentada por BAUZA INGENIERÍA S.R.L., en razón de los argumentos expuestos en el considerando del presente Decreto.-

Art. 4°: Devuélvase a la firma ELECTROMECÁNICA TACUAR S.R.L. la garantía de impugnación oportunamente presentada.-

Art. 5°: Adjudícase a la empresa ELECTROMECÁNICA TACUAR S.R.L., la ejecución de la obra “INSTALACIÓN DE LUMINARIAS EN DIFERENTES SECTORES DE LA CIUDAD”, en un todo de acuerdo con la documentación que integra el Pliego de Bases y Condiciones, Especificaciones Técnicas y demás documentación obrante en el Expediente DE-1049-01569290-8 (RP), por el monto de pesos dos millones trescientos cincuenta y ocho mil ciento setenta con noventa y ocho centavos ($2.358.170,98).-

Art. 6°: Autorízase a Secretaría de Hacienda a imputar en el Presupuesto vigente en la Jurisdicción: 1110128000 – Secretaría de Obras Públicas – Objeto del Gasto: 4.2.2.0 –Construcciones en Bienes de dominio público – Actividad Programática: 17.75.93–Fuentes de Financiamiento: Fondos Municipales.-

Art. 7°: Dispónese que por la Secretaría de Obras Públicas se confeccione el proyecto de contrato respectivo a suscribir con la Empresa adjudicataria, la que previamente deberá constituir la garantía de cumplimiento de ejecución de contrato.-

Art. 8°: Autorízase a Dirección de Gestión de Bienes a devolver los documentos de garantía de presentación acompañado por los oferentes.-

Art. 9º: Notifíquese en legal forma a las oferentes, requiriendo a la firma adjuddicataria el cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 4° del presente, a cuyo fin se dará intervención a Secretaría de Obras Públicas.-

Art. 10°: Refréndese el presente Decreto por el Secretario de Obras Públicas y las Señoras Secretarias de Hacienda y de Gobierno.-

Art. 11°: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.-

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Decreto DMM N° 00141/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00141/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Obras Públicas
  • N° expediente: DE-0466-01580478-4 (NI)

Resumen

Autorizase a la Secretaría de Obras Públicas a llevar a cabo los trabajos detallados en las actuaciones de referencia, tendentes a la urgente provisión de materiales y mano de obra para la reposición de luminarias dañadas por las inclemencias climáticas producidas durante los días 04 a 09 de Marzo de 2019 en nuestra ciudad.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Arq. Lucas Condal, Secretario Obras Públicas
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS -AÑO 2019 – N° 00141

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 11 MAR 2019

VISTO:

El Documento DE-0466-01580478-4 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, en virtud de las inclemencias climáticas producidas durante los días 04 a 09 de Marzo de 2019, se produjo la caída de alrededor de dos mil quinientos (2.500) árboles, por lo que se registraron más de mil cien (1.100) reclamos efectuados por vecinos al Sistema de Atención Ciudadana (656 Reclamos de carácter crítico) superando la cantidad promedio diaria habitual;

Que, como consecuencia de ello, la Dirección de Alumbrado Público y Electromecánica detalló la magnitud del daño suscitado en el marco del sistema de alumbrado público, tras la caída de postes, riendas, roturas de artefactos, entre demás contingencias, mencionando los trabajos necesarios para contrarrestar la situación advertida;

Que, que ante la gravedad de dicha situación, deviene la necesidad imperiosa de contratar mano de obra y provisión de materiales para la reposición de luminarias dañadas por los efectos climáticos y así regularizar el estado del alumbrado público en el ejido municipal, fundamental en lo atinente a cuestiones de seguridad;

Que, los informes obrantes en autos especifican la urgencia en la realización de las contrataciones aludidas, proponiendo que las mismas se efectúen de manera directa, por un término razonable, a fin de contrarrestar la situación expuesta, sin perjuicio de los demás trámites que se puedan requerir a futuro. Ello, con un presupuesto estimado en la suma de pesos seis millones ciento sesenta mil ciento cuarenta y dos con 04/100 ($6.160.142,04);

Que, considerando el estado de la cuestión, y en aras de asegurar condiciones de contratación favorables en el marco de un procedimiento sujeto a pautas de transparencia en el actuar administrativo, se han requerido diversos presupuestos o cotizaciones;

Que, intervino el asistente legal de la Secretaria de Recursos Hídricos, quien aconsejó se autorice la contratación directa de la obra reseñada, en conformidad con lo dispuesto por el artículo 4° inciso b) del Decreto D.M.M. N° 01857/79;

Que, este Departamento Ejecutivo resulta competente a los fines de dictar el acto administrativo pertinente.

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA:

Art. 1º: Autorizase a la Secretaría de Obras Públicas a llevar a cabo los trabajos detallados en las actuaciones de referencia, tendentes a la urgente provisión de materiales y mano de obra para la reposición de luminarias dañadas por las inclemencias climáticas producidas durante los días 04 a 09 de Marzo de 2019 en nuestra ciudad.-

Art. 2º: Encuádrese la gestión que implique la mencionada obra dentro de la excepción al procedimiento establecido por el inciso b) del artículo 4° del Decreto D.M.M. N° 01857/79, autorizándose al Señor Secretario de Obras Públicas a celebrar los contratos respectivos.-

Art. 3º: Autorizase a la Secretaria de Hacienda a efectuar, previo a la celebración de todo acuerdo, la imputación presupuestaria correspondiente.-

Art. 4º: Refréndese el presente Decreto por el Señor Secretario de Obras Públicas y las Señoras Secretarias de Gobierno y de Hacienda.-

Art. 5º: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.-

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Decreto DMM N° 00116/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00116/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Obras Públicas
  • N° expediente: DE-1073-01574337-0 (NI)

Resumen

Autorízase la ampliación del plazo de ejecución de la obra de “TERRAPLENAMIENTO DE CALLE, CIERRE DE TRAMA Y GENERACIÓN DE NUEVO SUELO URBANO; DESAGÜES, CORDÓN CUNETA, MEJORADO Y PAVIMENTO. ALUMBRADO PÚBLICO, COSTANERA DEL OESTE, PISTA DE ENTRENAMIENTO Y RENOVACIÓN PLAZA PERÚ”, correspondiente a la Licitación Pública N° 23/2016, contratada con la Empresa ANGEL BOSCARINO CONSTRUCCIONES S.A., por el término de cuarenta y un (41) días corridos, estableciéndose como fecha de finalización el día 03.03.19.

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Arq. Lucas Condal, Secretario Obras Públicas
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS – AÑO 2019– Nº 00116

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 06 MAR 2019

VISTO:

El Documento DE-1073-01574337-0 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante las actuaciones de referencia, la Dirección de Inspección y Certificación de Obras, elevó la propuesta de ampliación del plazo de ejecución de la obra: “TERRAPLENAMIENTO DE CALLE, CIERRE DE TRAMA Y GENERACIÓN DE NUEVO SUELO URBANO; DESAGÜES, CORDÓN CUNETA, MEJORADO Y PAVIMENTO. ALUMBRADO PÚBLICO, COSTANERA DEL OESTE, PISTA DE ENTRENAMIENTO Y RENOVACIÓN PLAZA PERÚ”, correspondiente a la Licitación Pública N° 23/16, contratada con la Empresa ANGEL BOSCARINO CONSTRUCCIONES S.A.

Que, la obra cuenta con ampliaciones de plazo, siendo la última vigente la operada por Decreto D.M.M. N° 00846/2018.

Que, en su informe la misma eleva Nota de Pedido Nº 256 por la que la contratista argumenta como causales del retraso en los trabajos, las precipitaciones acaecidas durante los meses de octubre, noviembre, diciembre de 2018 y enero de 2019.

Que, por ello la Asesoría Legal interviniente considera ajustado a derecho conceder el otorgamiento de dicha ampliación por un total de cuarenta y un (41) días corridos, con fundamento en las previsiones del artículo 53 del Pliego aplicable, lo que llevaría el término contractual al día 03.03.2019.

Que, la contratista ha renunciado expresamente a reclamar mayores costos y/o gastos improductivos derivados de la presente ampliación.

Que, este Departamento Ejecutivo resulta competente a fin de determinar el otorgamiento de un mayor plazo de ejecución, dictando al efecto el acto administrativo pertinente.

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA.

Art. 1°: Autorízase la ampliación del plazo de ejecución de la obra de “TERRAPLENAMIENTO DE CALLE, CIERRE DE TRAMA Y GENERACIÓN DE NUEVO SUELO URBANO; DESAGÜES, CORDÓN CUNETA, MEJORADO Y PAVIMENTO. ALUMBRADO PÚBLICO, COSTANERA DEL OESTE, PISTA DE ENTRENAMIENTO Y RENOVACIÓN PLAZA PERÚ”, correspondiente a la Licitación Pública N° 23/2016, contratada con la Empresa ANGEL BOSCARINO CONSTRUCCIONES S.A., por el término de cuarenta y un (41) días corridos, estableciéndose como fecha de finalización el día 03.03.19.

Art. 2°: Dispónese la toma de nota por parte de Dirección de Administración Financiera, de Gestión de Bienes y de la Dirección de Inspección y Certificaciones de Obras. Fecho, archivará estas actuaciones en el legajo de obra.

Art. 3°: Refréndese el presente Decreto por el Señor Secretario de Obras Públicas y las Señoras Secretarias de Hacienda y de Gobierno.

Art. 4°: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.

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Decreto DMM N° 00005/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00005/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Hacienda
  • N° expediente: DE-0430-01566855-1 (NI)

Resumen

Deróguese, a partir de la vigencia del presente, el Decreto D.M.M. Nº 00251/13.
Defínase como Gastos Menores de Funcionamiento a las erogaciones que por su naturaleza, afín al cumplimiento de funciones propias del organismo de origen, en orden a aspectos administrativos, técnicos u operativos en general, no superen individualmente el monto de pesos seis mil ($6.000). No serán reconocidos los gastos que revistan el carácter de patrimoniales cualquiera sea su monto.

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

Texto completo de la norma

DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE HACIENDA – AÑO 2019 – Nº 00005

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 14 ENE 2019

VISTO:

El Documento DE-0430-01566855-1 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, la atención de necesidades afines al funcionamiento de las distintas áreas en orden a lo técnico, administrativo y operativo en general, encuentran en el fondo fijo una respuesta inmediata y efectiva;

Que, conforme el Decreto D.M.M. Nº 00251/13 los fondos fijos no pueden superar individualmente el monto de pesos cinco mil ($5.000);

Que, atento al tiempo transcurrido resulta necesario proveer lo conducente a una actualización del tope individual establecido, de manera tal que la suma resulte adecuada para la satisfacción de las necesidades;

Que, por lo expuesto, este Departamento Ejecutivo Municipal considera conveniente, necesario y oportuno dictar el acto administrativo pertinente;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA:

Art. 1º: Deróguese, a partir de la vigencia del presente, el Decreto D.M.M. Nº 00251/13.

Art. 2º: Defínase como Gastos Menores de Funcionamiento a las erogaciones que por su naturaleza, afín al cumplimiento de funciones propias del organismo de origen, en orden a aspectos administrativos, técnicos u operativos en general, no superen individualmente el monto de pesos seis mil ($6.000). No serán reconocidos los gastos que revistan el carácter de patrimoniales cualquiera sea su monto.

Art. 3º: Podrán ser atendidos con el Fondo Fijo, asignado al área al que se encuentran afectados, los gastos derivados de la conservación del parque automotor, maquinarias y equipos. Se incluyen en este concepto tanto las reparaciones como los repuestos necesarios para tal fin. Constituirá requisito previo, la intervención del organismo técnico competente en los comprobantes objeto del gasto.

Art. 4º.- En todos los casos deberán ser debidamente documentados, revistiendo los comprobantes respectivos las exigencias impuestos por la normativa vigente, y su rendición se ajustará a lo dispuesto en la Resolución del Departamento Ejecutivo Nº 014/13.-

Art. 5.- En todos los casos deberán ser debidamente documentados, revistiendo los comprobantes respectivos las exigencias impuestos por la normativa vigente, y su rendición se ajustará a lo dispuesto en la Resolución del Departamento Ejecutivo Nº 014/13.-

La reposición se realizará cada vez que se utilice y rinda el cincuenta por ciento (50%) del Fondo Fijo asignado.-

Art. 6º.- Refréndese el presente Decreto por la señora Secretaria de Hacienda.

Art. 7º.- Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.

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Decreto DMM N° 00095/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00095/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-1055-01577214-8 (NI)

Resumen

Numérese y regístrese en el D.M.M. el Convenio suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y la Secretaría De Gestión de Transporte del Ministerio de Transporte, en fecha 22 de febrero de 2019, el que forma parte del presente decreto.-

Firmantes

Abog. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE GOBIERNO – AÑO 2019 – Nº 00095

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 26 FEB 2019

VISTO:

El Documento DE-1055-01577214-8 (NI), y

CONSIDERANDO:

Que, en la actuación de referencia, se adjunta Convenio suscripto en fecha 22 de febrero de 2019, entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y la Secretaría De Gestión de Transporte del Ministerio de Transporte.

Que, las partes acuerdan la transferencia por parte del Estado Nacional al Municipio de las acreencias que correspondan serle liquidadas en el marco de la compensación establecida en el inc. b) del artículo 125 de la Ley Nº 27.467, que deban serle transferidas pecuniariamente.

Que, por lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo de numeración y registración pertinente.

Por ello,

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA:

Art. 1º: Numérese y regístrese en el D.M.M. el Convenio suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y la Secretaría De Gestión de Transporte del Ministerio de Transporte, en fecha 22 de febrero de 2019, el que forma parte del presente decreto.-

Art. 2º: Refréndese el presente Decreto por la señora Secretaria de Gobierno.-

Art. 3º: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.-

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Decreto DMM N° 00237/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00237/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0526-01589412-4 (NI)

Resumen

Numérese y regístrese en el D.M.M. el Acta Acuerdo suscripta entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y la Asociación Sindical de Obreros y Empleados Municipales (ASOEM), en fecha 10 de abril de 2019, que forma parte integrante del presente Decreto.

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE GOBIERNO – AÑO 2019 – Nº 00237

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 15 ABR 2019

VISTO:

El Documento DE-0526-01589412-4 (NI), y

CONSIDERANDO:

Que, en la actuación de referencia, se adjunta Acta Acuerdo suscripta entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y la Asociación Sindical de Obreros y Empleados Municipales (ASOEM), en fecha 10 de abril de 2019;

Que, las partes acuerdan un incremento, a partir del mes de marzo de 2019 sobre la política salarial en la Ciudad de Santa Fe en los términos descriptos en el Acta que forma parte del presente;

Que, por lo expuesto, es necesario dictar el acto administrativo de numeración y registración pertinente.

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA:

Art. 1º: Numérese y regístrese en el D.M.M. el Acta Acuerdo suscripta entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y la Asociación Sindical de Obreros y Empleados Municipales (ASOEM), en fecha 10 de abril de 2019, que forma parte integrante del presente Decreto.

Art. 2º: Refréndese por la señora Secretaria de Gobierno.

Art. 3º: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.

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Decreto DPB N° 0031/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DPB
  • N° Decreto DPB: 0031/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0861-01577923-4 (NI)

Resumen

Acéptase, al 28 de febrero de 2019, la renuncia presentada por la Abog. Valeria LOPEZ DELZAR, D.N.I. 30.476.084, al cargo de Directora Ejecutiva del Programa de Derechos de Incidencia Colectiva y de los Consumidores y Usuarios, en el que fuera designado mediante Decreto D.P.B. Nº 0094/16.-

Firmantes

Abog. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

DECRETO D.P.B. – SECRETARIA DE GOBIERNO – AÑO 2019 – Nº 0031

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 01 MAR 2019

VISTO:

La Nota DE-0861-01577923-4 (NI); y,

CONSIDERANDO:

Que, en dichas actuaciones, la Abog. Valeria LOPEZ DELZAR, presenta su renuncia al cargo de Directora Ejecutiva de Derechos de Incidencia Colectiva y de los Consumidores y Usuarios.

Que, en consecuencia, debe dictarse la norma administrativa de aceptación de su dimisión;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
D E C R E T A:

Art. 1º: Acéptase, al 28 de febrero de 2019, la renuncia presentada por la Abog. Valeria LOPEZ DELZAR, D.N.I. 30.476.084, al cargo de Directora Ejecutiva del Programa de Derechos de Incidencia Colectiva y de los Consumidores y Usuarios, en el que fuera designado mediante Decreto D.P.B. Nº 0094/16.-

Art. 2º: Refréndese el presente Decreto por la Señora Secretaria de Gobierno.-

Art. 3º: Remítase copia del presente a la Secretaría de Relaciones Institucionales y Comunicación.-

Art. 4º: Comuníquese, publíquese y dése al R.M.-

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Resolución Intendente N° 160/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 160/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: EP 0232-01542742-0 (N)

Resumen

Registrar los Permisos de Uso, suscriptos entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y las personas detalladas en anexo adjunto los que forman parte de la presente.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 160
Santa Fe de la Vera Cruz, 16 MAY 2019
VISTO:
El Documento EP 0232-01542742-0 (N), y;
CONSIDERANDO:
Que, el Programa Centro de Convenciones Estación Belgrano, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Estratégico y Resiliencia, tiene entre sus misiones y funciones, la de gestionar eficientemente el uso del edificio con la finalidad de posicionarlo como un centro de convenciones de referencia regional que brinde un servicio de calidad para la comunidad en la recepción, organización y coordinación de eventos culturales, académicos, educativos, deportivos y sociales.
Que, a tales fines y en ejercicio de sus facultades, se adjuntan Permisos de Usos de los distintos espacios de la Estación Belgrano para la realización de distintas actividades.
Que, por lo expuesto, es necesario dictar el acto administrativo de numeración y registración pertinente.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE
Art. 1º: Registrar los Permisos de Uso, suscriptos entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y las personas detalladas en anexo adjunto los que forman parte de la presente.-
Art. 2º: Girar copia a la Secretaría de Desarrollo Estratégico y Resiliencia, a sus efectos.-

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Resolución Intendente N° 093/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 093/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Desarrollo Social
  • N° expediente: DE-1051-01585530-7 (NI)

Resumen

Otorgar una beca de cinco mil quinientos pesos ($5.500) a las personas incluidas en el Anexo I de la presente.

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. MARIA CECILIA BATTISTUTTI, Secretaria de Desarrollo Social
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCIÓN N° 093

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 04 ABR 2019

VISTO:

El Documento DE-1051-01585530-7 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución D.E.M. N° 442/18 se creó un programa de becas a favor de las personas relevadas en el marco del Programa “Calles Seguras: Infancia y Juventud Protegida”, implementado por Decreto DMM N° 01948/13, con el objeto de lograr la inclusión social a través de la capacitación y/o del mejoramiento de las condiciones laborales.

Que, la Dirección de Escuelas de Trabajo solicita se otorgue por el mes de marzo a las personas que se mencionan en el Anexo que forma parte de la presente, las becas dispuestas en la mencionado Resolución.

Que, debe dictarse el acto administrativo pertinente que así lo disponga.

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1º.- Otorgar una beca de cinco mil quinientos pesos ($5.500) a las personas incluidas en el Anexo I de la presente.

Art. 2º.- Remitir copia a la Secretaría de Hacienda a los fines de dar cumplimiento a la presente.

Art. 3°.- La presente erogación se imputará en Jurisdicción Secretaría de Desarrollo Social – Categoría Programática 24.00.00 – Objeto del Gasto 5.1.3.0 – Fuente de Financiamiento 110 – Tesoro Municipal.

Art. 4º.- Tome conocimiento la Secretaría de Desarrollo Social, la que debe hacer saber lo aquí dispuesto a los interesados.

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