Decreto DMM N° 00381/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00381/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Cultura
  • N° expediente: DE-0444-01576268-5 (NI)

Resumen
Numérese y regístrese en el D.M.M. Contrato de Coedición suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, la Universidad Nacional del Litoral y los autores Hugo Alberto Miguel y Amalia Beatriz Echevarria, en fecha 18 de febrero de 2019, que se adjunta y forma parte del presente Decreto.

Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Arq. Patricia Pieragostini, Secretaria de Cultura
C.P.N. Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE CULTURA – AÑO 2019 – Nº 00381

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 19 JUN 2019

VISTO:

El Documento DE-0444-01576268-5 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, en las actuaciones de referencia, se adjunta Contrato de Coedición suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, la Universidad Nacional del Litoral y los autores Hugo Alberto Miguel y Amalia Beatriz Echevarria, en fecha 18 de febrero de 2019.

Que, por el mismo la Municipalidad y la Universidad acuerdan la coedición del libro “Así nació la Cumbia Santafesina” obra de los autores Miguel y Echevarria.

Que, debe dictarse el acto administrativo de numeración y registro de dichos contratos.

Por ello,

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
D E C R E T A

Art. 1º: Numérese y regístrese en el D.M.M. Contrato de Coedición suscripto entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, la Universidad Nacional del Litoral y los autores Hugo Alberto Miguel y Amalia Beatriz Echevarria, en fecha 18 de febrero de 2019, que se adjunta y forma parte del presente Decreto.

Art. 2º: Refréndese el presente Decreto por las señoras Secretarias de Cultura, de Gobierno y de Hacienda.

Art. 3°: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.-

 

Read More

Decreto DMM N° 00389/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00389/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE 0526-01601403-7 (NI)

Resumen
Numérese y regístrese en el D.M.M. el Acta Acuerdo suscripta entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y la Asociación Sindical de Obreros y Empleados Municipales (ASOEM), en fecha 14 de mayo de 2019, que forma parte integrante del presente Decreto.

Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE GOBIERNO – AÑO 2019 – Nº 00389

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 19 JUN 2019

VISTO:

El Documento DE 0526-01601403-7 (NI), y

CONSIDERANDO:

Que, en la actuación de referencia, se adjunta Acta Acuerdo suscripta entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y la Asociación Sindical de Obreros y Empleados Municipales (ASOEM), en fecha 14 de mayo del corriente año.

Que, por la misma, las partes acuerdan la creación de un suplemento “Planta Asfáltica” para el personal dependiente de la Dirección de Mantenimiento Vial, que se encuentra realizando sus funciones de forma permanente en la Planta Asfáltica Municipal, estableciendo el mismo por los riesgos producidos por los materiales y su proceso de elaboración.

Que, por lo expuesto, es necesario dictar el acto administrativo de numeración y registración pertinente.

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA:

Art. 1º: Numérese y regístrese en el D.M.M. el Acta Acuerdo suscripta entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y la Asociación Sindical de Obreros y Empleados Municipales (ASOEM), en fecha 14 de mayo de 2019, que forma parte integrante del presente Decreto.

Art. 2º: Refréndese por la señora Secretaria de Gobierno.

Art. 3º: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.

 

Read More

Decreto DPB N° 0124/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DPB
  • N° Decreto DPB: 0124/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE 0497-01598253-1 (NI)

Resumen
Acéptese a partir del 30 de junio de 2019 la renuncia al cargo del agente Ángel Dionisio PINTOS (Código Nº 10082), D.N.I. Nº 12.399.838, Permanente, con Funciones de Maquinista de Segadoras Autopropulsadas, Categoría 13/15, Agrupamiento V-Mantenimiento y Producción, dependiente de la Dirección Noroeste, a fin de acogerse al beneficio previsional de Jubilación Ordinaria y haber gozado a tal fecha la totalidad de los descansos compensatorios y/o días de licencias anuales ordinarias (art. 44º de la Ley 9256/83 y art. 1º del Decreto 2863/91).-

Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

DECRETO D.P.B. – SECRETARIA DE GOBIERNO – AÑO 2019 – Nº 0124
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 14 JUN 2019
VISTO:
El Documento DE 0497-01598253-1 (NI); y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la actuación de referencia, el agente Ángel Dionisio PINTOS (Código Nº 10082), D.N.I. Nº 12.399.838, presenta su renuncia al cargo que ocupa en esta Administración Municipal a los fines de acogerse al beneficio de Jubilación Ordinaria;
Que, la Dirección de Personal informa que el agente revista en esta Administración en calidad de Permanente, con Funciones de Maquinista de Segadoras Autopropulsadas, Categoría 13/15 por promoción, Agrupamiento V-Mantenimiento y Producción, dependiente de la Dirección Noroeste, subrogando la Función de Supervisor de Mantenimiento y Producción de 1era., Categoría 17, desde el 01/07/16;
Que, en el mismo informe se establece que debe aceptarse la renuncia a partir del 30.06.19, aclarando que a dicha fecha, no se le adeudarán días de licencias y/o compensatorios;
Que, de acuerdo a la notificación realizada por la Caja Municipal de Jubilaciones y Pensiones de Santa Fe, a través de su Director de Administración, el agente se encuentra en condiciones de obtener el beneficio previsional gestionado, debiendo cesar en toda actividad en relación de dependencia según lo normado por los arts. 77º inc. a) y 84º de la Ordenanza Nº 6.166, quedando sujeto el acuerdo del beneficio a las disposiciones de la Ley vigente al cese;
Que, la Subsecretaría de la Función Pública, aconseja que se acepte la renuncia al 30.06.19, a fin de acogerse al beneficio previsional de Jubilación Ordinaria;
Que, debe dictarse al acto administrativo que así lo disponga;
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
D E C R E T A

Art. 1º: Acéptese a partir del 30 de junio de 2019 la renuncia al cargo del agente Ángel Dionisio PINTOS (Código Nº 10082), D.N.I. Nº 12.399.838, Permanente, con Funciones de Maquinista de Segadoras Autopropulsadas, Categoría 13/15, Agrupamiento V-Mantenimiento y Producción, dependiente de la Dirección Noroeste, a fin de acogerse al beneficio previsional de Jubilación Ordinaria y haber gozado a tal fecha la totalidad de los descansos compensatorios y/o días de licencias anuales ordinarias (art. 44º de la Ley 9256/83 y art. 1º del Decreto 2863/91).-
Art. 2º: Por Dirección de Personal notifíquese al agente de lo dispuesto.-
Art. 3º: Remítase a través de la Dirección de Personal, copia del presente Decreto a la Caja Municipal de Jubilaciones y Pensiones de Santa Fe.
Art. 4º: Refréndese el presente por las Señoras Secretarias de Gobierno y de Hacienda.-
Art. 5º: Comuníquese, publíquese y dése al R.M.-

 

Read More

Decreto DPB N° 0110/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DPB
  • N° Decreto DPB: 0110/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-01119-01593182-7 (NI)

Resumen
Otórguese Licencia Extraordinaria sin goce de haberes por razones de índole particular, a la agente Emiliana Andrea SILVA (Código Nº 13625), a partir del 01.06.19 y por el término de seis (06) meses, conforme lo dispuesto en el art. 49 de la Ley Nº 9256, por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.-

Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
C.P.N. Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

DECRETO D.P.B. – SECRETARIA DE GOBIERNO – AÑO 2019 – Nº 0110

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 27 MAY 2019

VISTO:

El Documento DE-01119-01593182-7 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, en la actuación de referencia, la agente Emiliana Andrea SILVA (Código Nº 13625), solicita el otorgamiento de Licencia Extraordinaria sin goce de haberes por razones de índole particular, a partir del 01.06.19 y por el término de seis (06) meses;

Que, la Dirección de Personal informa que el mismo revista en esta Administración en calidad de Permanente, con Funciones de Asistente Profesional, Categoría 16, Agrupamiento II-Profesional, dependiente de la Subsecretaría de Salud y Deportes, contando con una antigüedad municipal de 4 años, 6 meses y 10 días;

Que, la Subsecretaría de la Función Pública aconseja el otorgamiento de Licencia Extraordinaria sin goce de haberes por razones de índole particular, a la agente SILVA, a partir del 01.06.19 y por el término de seis (06) meses, conforme lo dispuesto en el art. 49 de la Ley Nº 9256;

Que, debe dictarse el acto administrativo pertinente.

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA:

Art. 1º: Otórguese Licencia Extraordinaria sin goce de haberes por razones de índole particular, a la agente Emiliana Andrea SILVA (Código Nº 13625), a partir del 01.06.19 y por el término de seis (06) meses, conforme lo dispuesto en el art. 49 de la Ley Nº 9256, por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.-

Art. 2º: Refréndese por las Señoras Secretarias de Gobierno y de Hacienda.-

Art. 3º: Comuníquese, publíquese y dése al R.M.-

 

Read More

Decreto DPB N° 0131/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DPB
  • N° Decreto DPB: 0131/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Educación
  • N° expediente: DE-0931-01580084-0 (NI)

Resumen
Desígnase a los docentes detallados en el Anexo que integra el presente Decreto, en las horas cátedras de las asignaturas y a partir de las fechas especificadas en cada caso, en virtud de encontrarse incluidos en los escalafones definitivos respectivos, aprobados mediante Resolución Interna de la Secretaría de Educación, de conformidad al Decreto D.M.M. Nº 01835/15, reglamentario de los arts. 13 y 14 de la Ordenanza Nº 12092, encontrándose los mismos en condiciones de aceptar dichas horas, sin incurrir en incompatibilidad.

Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Prof. Érica A. Figueroa, Secretaria de Educación
C.P.N. Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

DECRETO D.P.B. – SECRETARIA DE EDUCACIÓN – AÑO 2019 – Nº 0131

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 19 JUN 2019

VISTO:

El Documento DE-0931-01580084-0 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, en la presente actuación, la Escuela de Danzas del Liceo Municipal “Antonio Fuentes del Arco” eleva la propuesta de designación, en calidad de interinos, de los Profesores Ariel Alcides IFRAN, D.N.I. Nº 23.394.417 – Maela TOLOSA, D.N.I. Nº 37.708.753 – María Fernanda CULASSO, D.N.I. Nº 28.415.261 – Fabián FAHSBENDER, D.N.I. Nº 24.105.054 – Pamela ROJAS MOLINA, D.N.I. Nº 28.157.908 – María Florencia DI BENEDETTO, D.N.I. Nº 28.158.426 – María Florencia RODRIGUEZ, D.N.I. Nº 22.901.545 – Ulises BECHIS, D.N.I. Nº 20.550.551 – Daniel Alfredo PEÑA, D.N.I. Nº 18.524.015 – Julieta TABORDA, D.N.I. Nº 36.002.002 y Daniel Alfredo PEÑA, D.N.I. Nº 18.524.015, en las horas cátedra de las asignaturas, y a partir de las fechas, especificadas en cada caso en la nota cabecera;

Que, los citados docentes se encuentran incluidos en los escalafones definitivos aprobados por Resoluciones Internas de la Secretaría de Educación, de conformidad al Decreto D.M.M. Nº 01835/15, reglamentario de los arts. 13 y 14 de la Ordenanza Nº 12092, aceptando el ofrecimiento que se les efectuara;

Que, la Dirección de Personal informa la situación de revista de los docentes en esta Administración Municipal y que de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Nº 12092, arts. 38 y 39, y las Declaraciones Juradas de Cargos, Actividades y Horarios se encuentran en condiciones de aceptar las horas que se les ofrecen;

Que, la Secretaría de Educación avala lo solicitado;

Que, la Subsecretaría de la Función Pública aconseja el dictado del acto administrativo cuyo objeto disponga las designaciones de los nombrados, en las horas cátedras de las asignaturas y a partir de las fechas especificadas en cada caso en el Anexo adjunto;

Por ello,

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA:

Art. 1º: Desígnase a los docentes detallados en el Anexo que integra el presente Decreto, en las horas cátedras de las asignaturas y a partir de las fechas especificadas en cada caso, en virtud de encontrarse incluidos en los escalafones definitivos respectivos, aprobados mediante Resolución Interna de la Secretaría de Educación, de conformidad al Decreto D.M.M. Nº 01835/15, reglamentario de los arts. 13 y 14 de la Ordenanza Nº 12092, encontrándose los mismos en condiciones de aceptar dichas horas, sin incurrir en incompatibilidad.

Art. 2º: Gírese copia a la Dirección de Personal a fin que notifique fehacientemente a los docentes lo dispuesto en el presente Decreto.-

Art. 3º: Refréndese el presente Decreto por las Señoras Secretarias de Educación, Gobierno y de Hacienda.-

Art. 4º: Comuníquese, publíquese y dése al R.M.-

 

Read More

Decreto DMM N° 00366/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00366/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Planeamiento Urbano
  • N° expediente: DE: 0448-01595055-3 (N)

Resumen
Autorícese, por las razones expuestas en los considerandos del presente la creación, ampliación y deducción de los ítems de la obra: “MEJORAMIENTO DE ENTORNO Y ACCESOS A ESCUELAS”, Licitación Pública N° 06/2019, cuya contratista es la firma PROSACO CONSTRUCCIONES Unipersonal de Rodolfo Esteban Schatzler, en las cantidades y valores que se indican en el anexo del presente Decreto.
Autorícese la ampliación del plazo de ejecución de la obra, por el término de cincuenta y ocho (58) días corridos, siendo la nueva fecha de finalización de los trabajos el día 20 de agosto de 2019.

Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Arq. Marcelo D. Pascualón, Secretario de Planeamiento Urbano
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

DECRETO D.M.M. – SECRETARIA DE PLANEAMIENTO URBANO – AÑO 2019 – Nº 00366

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 12 JUN 2019

VISTO:

El Expediente DE: 0448-01595055-3 (N) y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante las actuaciones de referencia la firma PROSACO CONSTRUCCIONES Unipersonal de Rodolfo Esteban Schatzler, contratista de la ejecución de la obra “MEJORAMIENTO DE ENTORNO Y ACCESOS A ESCUELAS”, Licitación Pública N° 06/2019, en respuesta al requerimiento de cotización formulado por la Subsecretaría de Obras de Arquitectura, remite presupuesto por tareas y accesorios sobre modificaciones proyectuales, ampliaciones y deducciones relacionadas con la obra mayor.

Que la Subsecretaría de Obras de Arquitectura, considera pertinente las deducciones y ampliaciones de ítems descriptos en anexo, incrementándose el monto contractual, conforme a las previsiones establecidas por los artículos 41, 42 y 44 del Pliego General de Bases y Condiciones aplicable a la presente obra.

Que lo expuesto totaliza un monto de ampliación de tres mil cuarenta y cinco pesos con 18/100 centavos ($3.045,18), lo que representa el 0.013% del monto de obra original ($23.353.000,00).

Que, asimismo, considera oportuno acceder al pedido de la empresa contratista de ampliación del plazo contractual por lluvias y exceso de humedad y por modificación del proyecto, por un total de cincuenta y ocho (58) días, con sustento en los artículos 41, 42, 44 y 53 del Pliego General de Bases y Condiciones.

Que, en el expediente de referencia consta la expresa renuncia de la contratista, en forma de declaración jurada, a reclamar mayores costos de los pactados, gastos improductivos y/o cualquier otro rubro indemnizatorio.

Que, habiéndose dado lugar a la Asesora Legal de la Secretaría de Planeamiento, la misma se expide enunciando que no existen observaciones jurídicas, y que corresponde el dictado del acto administrativo correspondiente.

Que, este Departamento Ejecutivo Municipal resulta competente a los fines de emitir el presente acto administrativo.

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DELA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA:

Art. 1º: Autorícese, por las razones expuestas en los considerandos del presente la creación, ampliación y deducción de los ítems de la obra: “MEJORAMIENTO DE ENTORNO Y ACCESOS A ESCUELAS”, Licitación Pública N° 06/2019, cuya contratista es la firma PROSACO CONSTRUCCIONES Unipersonal de Rodolfo Esteban Schatzler, en las cantidades y valores que se indican en el anexo del presente Decreto.

Art. 2º: Autorícese la ampliación del plazo de ejecución de la obra, por el término de cincuenta y ocho (58) días corridos, siendo la nueva fecha de finalización de los trabajos el día 20 de agosto de 2019.

Art. 3º: Autorícese a imputar el presente gasto en el presupuesto vigente en la Categoría Programática 19.51.59, Fuente de Financiamiento 110 – Tesoro Municipal, la suma de tres mil cuarenta y cinco pesos con 18/100 centavos ($3045,18).

Art. 4º: Dispónese la toma de nota por parte de las Direcciones de Administración Financiera, de Gestión de Bienes y la Subsecretaría de Obras de Arquitectura, repartición esta última que previa notificación en legal forma a la contratista, glosará estas actuaciones en el legajo de obra respectivo.

Art. 5º: Refréndese el presente Decreto por el Señor Secretario de Planeamiento Urbano y las Señoras Secretarias de Hacienda y de Gobierno.

Art. 6º: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.

 

Read More

Resolución Intendente N° 219/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 219/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0448-01531354-7 (VS)

Resumen
No hacer lugar al Reclamo Administrativo Previo formulado por la Sra. Rosalía Carolina GONZÁLEZ, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-

Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

RESOLUCION Nº 219

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 30 MAY 2019

VISTO:

El expediente DE-0448-01531354-7 (VS), y

CONSIDERANDO:

Que, debe resolverse el Reclamo Administrativo Previo formulado por la Sra. Rosalía Carolina GONZÁLEZ, tendiente a obtener la reparación de supuestos daños sufridos en su vehículo automotor Marca Volkswagen Fox, Dominio PHU 650 en ocasión de haber sido retenido y remolcado al corralón municipal en fecha 12.08.18, en el marco de un operativo de tránsito.

Que, relata que al día siguiente – 13.08.18 – abonó la multa y al retirar el vehículo del Depósito de Vehículos Retenidos, advirtió que el paragolpes delantero se encontraba quebrado y reclama la reparación del daño producido, acompañando como prueba de sus dichos, copia de la liquidación de la multa y su comprobante de pago, presupuesto emitido por Escobar Automotores S.A. y fotografías.

Que, la Sección Administración y Guardia del Depósito de Vehículos Retenidos informó que el vehículo fue retirado en fecha 12.08.18, acompañando copia del Inventario de Ingreso, constando raspaduras en el paragolpe y figurando como fecha de retiro la mencionada. Asimismo, señaló que la entrega del vehículo se realizó con normalidad y sin objeciones.

Que, Fiscalía Municipal emite el Dictamen Nº 040/19 (a cuyos fundamentos cabe remitirse atento a su extensión), donde señala que la reclamante no ha logrado acreditar que, efectivamente, el vehículo resultara dañado del modo en que describe ni que ello ocurriera durante su estadía en el Depósito.

Que, las fotografías acompañadas resultan insuficientes para acreditar el daño al no evidenciar de modo claro la avería denunciada y en el inventario de ingreso consta que el paragolpes no se hallaba en perfecto estado, constando, asimismo, su retiro en conformidad y sin reservas.

Que, en consecuencia, el reclamo constituye un relato de hechos desprovistos de pruebas fehacientes que lo avalen, no logrando acreditar que el siniestro ocurriera del modo relatado, cuestión que a la luz de las constancias probatorias resulta únicamente afirmaciones de su parte, careciendo la presentación de los extremos requeridos para la procedencia de la reparación estatal: daño cierto, acreditado y mensurable en dinero; actividad u omisión materialmente imputable a un órgano estatal, relación de causalidad adecuada entre la actividad o inactividad y el daño invocado; falta de servicio consistente en una actuación u omisión irregular de parte del Estado.

Que, en consecuencia, el Órgano Asesor aconseja rechazar el reclamo, lo que es compartido por este Departamento Ejecutivo Municipal.

Por ello,

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: No hacer lugar al Reclamo Administrativo Previo formulado por la Sra. Rosalía Carolina GONZÁLEZ, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-

Art. 2º: Por Dirección de Mesa de Entradas Única notifíquese fehacientemente en el domicilio constituido, haciéndole saber que con el dictado de la presente se ha cumplimentado con la reclamación exigida por la Ley Nº 7.234, agotándose la instancia administrativa.-

 

Read More

Resolución Intendente N° 221/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 221/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0429-01570601-3 (NI)

Resumen
Ampliar, con carácter de excepción, la Ayuda Económica No Remunerativa Mensual a favor de los practicantes beneficiarios del Programa de Entrenamiento y Capacitación Laboral- Ordenanza Nº 11452, mencionados en el Anexo adjunto, que integra la presente, por los montos mensuales y períodos allí detallados, con motivo de los servicios extraordinarios prestados en el ámbito de las Secretarías de Hacienda y de Desarrollo Social.-

Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
C.P.N. Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

RESOLUCION Nº 221

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 30 MAY 2019

VISTO:

El Documento DE-0429-01570601-3 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, en la actuación de referencia, la Subsecretaría de la Función Pública solicita la ampliación, con carácter de excepción, de la Ayuda Económica No Remunerativa Mensual, a favor de los practicantes beneficiarios del Programa de Entrenamiento y Capacitación Laboral – Ordenanza Nº 11452/08, mencionados en Anexo adjunto, durante los períodos y montos allí detallados;

Que, la Secretaría de Hacienda informa que existe crédito para absorber la erogación;

Que, en consecuencia, corresponde el dictado del acto administrativo pertinente;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1º: Ampliar, con carácter de excepción, la Ayuda Económica No Remunerativa Mensual a favor de los practicantes beneficiarios del Programa de Entrenamiento y Capacitación Laboral- Ordenanza Nº 11452, mencionados en el Anexo adjunto, que integra la presente, por los montos mensuales y períodos allí detallados, con motivo de los servicios extraordinarios prestados en el ámbito de las Secretarías de Hacienda y de Desarrollo Social.-

Art. 2º: Remitir copia de la presente a la Dirección de Personal. Cumplimentado, ARCHÍVESE.-

 

Read More

Resolución Intendente N° 220/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 220/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0448-01562685-6 (N)

Resumen
No hacer lugar al Reclamo Administrativo Previo formulado por la Sra. Romina Lorena ANDINO, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-

Fimantes
Abog. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Resumen
No hacer lugar al Reclamo Administrativo Previo formulado por la Sra. Romina Lorena ANDINO, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-

Fimantes
Abog. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

RESOLUCION Nº 220

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 30 MAY 2019

VISTO:

El Documento DE-0448-01562685-6 (N), y

CONSIDERANDO:

Que, debe resolverse el Reclamo Administrativo Previo formulado por la Sra. Romina Lorena ANDINO, tendiente a obtener indemnización por los supuestos daños sufridos en el vehículo de su propiedad.

Que, relata que en fecha 15.12.18 se encontraba circulando por calle Alberti a bordo de su automóvil marca Ford KA, Dominio NFZ-228, cuando al traspasar la intersección con calle Necochea, la rama de un pino se habría desprendido y caído sobre su vehículo, lo que le habría causado, diversos daños.

Que, acompaña para fundar su pretensión presupuesto de chapa y pintura y fotografías; reclamando la suma de pesos quince mil ($15.000) correspondiente al presupuesto adjunto.

Que, la Dirección Arbolado Urbano informó que no se realizó ninguna tarea de poda, extracción y/o retiro de ramas en la intersección denunciada y no obran registros de reclamos en el Sistema de Atención Ciudadana (SAC) en la fecha indicada.

Que, Fiscalía Municipal emite el Dictamen Nº 045/19 (a cuyos fundamentos cabe remitirse atento a su extensión), donde señala en primer término que la reclamante no acredita ser la titular dominial del vehículo, por lo que no justifica su legitimación para reclamar.

Que, asimismo, las pruebas ofrecidas resultan insuficientes para acreditar el hecho, demostrar que se produjera del modo denunciado y que causara los daños reclamados; la única prueba acompañada por la reclamante son fotografías en las que se observa un vehículo por un lado y una rama de un árbol por el otro, lo cual de ningún modo acredita el siniestro.

Que, en consecuencia, el reclamo constituye un relato de hechos desprovistos de pruebas fehacientes que lo avalen, no logrando acreditar que el siniestro ocurriera del modo relatado, cuestión que a la luz de las constancias probatorias resulta únicamente afirmaciones de su parte, careciendo la presentación de los extremos requeridos para la procedencia de la reparación estatal: daño cierto, acreditado y mensurable en dinero; actividad u omisión materialmente imputable a un órgano estatal, relación de causalidad adecuada entre la actividad o inactividad y el daño invocado; falta de servicio consistente en una actuación u omisión irregular de parte del Estado.

Que, por lo expuesto, aconseja rechazar el reclamo interpuesto, lo que es compartido por este Departamento Ejecutivo Municipal.

Por ello,

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: No hacer lugar al Reclamo Administrativo Previo formulado por la Sra. Romina Lorena ANDINO, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-

Art. 2º: Por Dirección de Mesa de Entradas Única notifíquese fehacientemente en el domicilio constituido, haciéndole saber que con el dictado de la presente se ha cumplimentado con la reclamación exigida por la Ley Nº 7.234, agotándose la instancia administrativa.-

 

 

RESOLUCION Nº 220

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 30 MAY 2019

VISTO:

El Documento DE-0448-01562685-6 (N), y

CONSIDERANDO:

Que, debe resolverse el Reclamo Administrativo Previo formulado por la Sra. Romina Lorena ANDINO, tendiente a obtener indemnización por los supuestos daños sufridos en el vehículo de su propiedad.

Que, relata que en fecha 15.12.18 se encontraba circulando por calle Alberti a bordo de su automóvil marca Ford KA, Dominio NFZ-228, cuando al traspasar la intersección con calle Necochea, la rama de un pino se habría desprendido y caído sobre su vehículo, lo que le habría causado, diversos daños.

Que, acompaña para fundar su pretensión presupuesto de chapa y pintura y fotografías; reclamando la suma de pesos quince mil ($15.000) correspondiente al presupuesto adjunto.

Que, la Dirección Arbolado Urbano informó que no se realizó ninguna tarea de poda, extracción y/o retiro de ramas en la intersección denunciada y no obran registros de reclamos en el Sistema de Atención Ciudadana (SAC) en la fecha indicada.

Que, Fiscalía Municipal emite el Dictamen Nº 045/19 (a cuyos fundamentos cabe remitirse atento a su extensión), donde señala en primer término que la reclamante no acredita ser la titular dominial del vehículo, por lo que no justifica su legitimación para reclamar.

Que, asimismo, las pruebas ofrecidas resultan insuficientes para acreditar el hecho, demostrar que se produjera del modo denunciado y que causara los daños reclamados; la única prueba acompañada por la reclamante son fotografías en las que se observa un vehículo por un lado y una rama de un árbol por el otro, lo cual de ningún modo acredita el siniestro.

Que, en consecuencia, el reclamo constituye un relato de hechos desprovistos de pruebas fehacientes que lo avalen, no logrando acreditar que el siniestro ocurriera del modo relatado, cuestión que a la luz de las constancias probatorias resulta únicamente afirmaciones de su parte, careciendo la presentación de los extremos requeridos para la procedencia de la reparación estatal: daño cierto, acreditado y mensurable en dinero; actividad u omisión materialmente imputable a un órgano estatal, relación de causalidad adecuada entre la actividad o inactividad y el daño invocado; falta de servicio consistente en una actuación u omisión irregular de parte del Estado.

Que, por lo expuesto, aconseja rechazar el reclamo interpuesto, lo que es compartido por este Departamento Ejecutivo Municipal.

Por ello,

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: No hacer lugar al Reclamo Administrativo Previo formulado por la Sra. Romina Lorena ANDINO, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-

Art. 2º: Por Dirección de Mesa de Entradas Única notifíquese fehacientemente en el domicilio constituido, haciéndole saber que con el dictado de la presente se ha cumplimentado con la reclamación exigida por la Ley Nº 7.234, agotándose la instancia administrativa.-

 

Read More

Resolución Intendente N° 218/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 218/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0456-01579243-5 (NI)

Resumen
Reconocer a la agente Laura Soledad DI STASIO (Código Nº 14299), Permanente, sin Función, Categoría 08, sin Agrupamiento, dependiente de la Dirección de Administración Financiera, el Suplemento “Función de Administración Financiera”, contemplado en el Decreto D.M.M. Nº 00392/09, a partir del 01 de septiembre de 2018.-
Reconocer a la agente Victoria del Carmen RUIZ (Código Nº 14153), Permanente, sin Función, Categoría 08, Agrupamiento VI-Servicios Generales, dependiente de la Dirección de Administración Financiera, el Suplemento “Función de Administración Financiera”, contemplado en el Decreto D.M.M. Nº 00392/09, a partir del 01 de septiembre de 2018.-
Reconocer a la agente Agustina SANTAERA (Código Nº 14077), Permanente, con Funciones de Asistente Profesional, Categoría 16, Agrupamiento II-Profesional, dependiente de la Dirección de Administración Financiera, el Suplemento “Función de Administración Financiera”, contemplado en el Decreto D.M.M. Nº 00392/09, a partir del 01 de septiembre de 2018.-
Reconocer a la agente Daniela Andrea PIERRI (Código Nº 14130), Permanente, sin Función, Categoría 08, Agrupamiento I-Administrativo, dependiente de la Dirección de Administración Financiera, el Suplemento “Función de Administración Financiera”, contemplado en el Decreto D.M.M. Nº 00392/09, a partir del 01 de septiembre de 2018.-
Reconocer al agente Lucas Daniel GELABERT (Código Nº 14624), Permanente, sin Función, Categoría 08, Agrupamiento I-Administrativo, dependiente de la Dirección de Seguridad de Espacios Públicos, el Suplemento “Función de Administración Financiera”, contemplado en el Decreto D.M.M. Nº 00392/09, a partir del 26 de diciembre de 2018.-
Reconocer al agente Enrique Eduardo LARRAMENDI (Código Nº 14027), Permanente, con Funciones de Asistente Profesional, Categoría 16, Agrupamiento II-Profesional, dependiente de la Dirección de Administración Financiera, el Suplemento “Función de Administración Financiera”, contemplado en el Decreto D.M.M. Nº 00392/09, a partir del 22 de noviembre de 2018.-

Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
C.P.N. Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

RESOLUCION Nº 218

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 30 MAY 2019

VISTO:

El Documento DE-0456-01579243-5 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, por la actuación de referencia, la Dirección de Administración Financiera, solicita el reconocimiento del suplemento “Función de Administración Financiera” a favor de los agentes, Laura Soledad DI STASIO (Código Nº 14299), Victoria del Carmen RUIZ (Código Nº 14153), Agustina SANTAERA (Código Nº 14077), Daniela Andrea PERRI (Código Nº 14130), Enrique Eduardo LARRAMENDI (Código Nº 14027) y Lucas Daniel GELABERT (Código Nº 14624);

Que, la Dirección de Personal informa la situación de revista de los citados agentes;

Que, desde la Subsecretaría de la Función Pública se aconseja el reconocimiento del Suplemento mencionado a favor de los nombrados y a partir de las fechas especificadas en cada caso;

Que, la Secretaría de Hacienda informa que existe crédito presupuestario para absorber la erogación;

Que, corresponde dictar el acto administrativo pertinente;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º.- Reconocer a la agente Laura Soledad DI STASIO (Código Nº 14299), Permanente, sin Función, Categoría 08, sin Agrupamiento, dependiente de la Dirección de Administración Financiera, el Suplemento “Función de Administración Financiera”, contemplado en el Decreto D.M.M. Nº 00392/09, a partir del 01 de septiembre de 2018.-

Art. 2º.- Reconocer a la agente Victoria del Carmen RUIZ (Código Nº 14153), Permanente, sin Función, Categoría 08, Agrupamiento VI-Servicios Generales, dependiente de la Dirección de Administración Financiera, el Suplemento “Función de Administración Financiera”, contemplado en el Decreto D.M.M. Nº 00392/09, a partir del 01 de septiembre de 2018.-

Art. 3º.- Reconocer a la agente Agustina SANTAERA (Código Nº 14077), Permanente, con Funciones de Asistente Profesional, Categoría 16, Agrupamiento II-Profesional, dependiente de la Dirección de Administración Financiera, el Suplemento “Función de Administración Financiera”, contemplado en el Decreto D.M.M. Nº 00392/09, a partir del 01 de septiembre de 2018.-

Art. 4º.- Reconocer a la agente Daniela Andrea PIERRI (Código Nº 14130), Permanente, sin Función, Categoría 08, Agrupamiento I-Administrativo, dependiente de la Dirección de Administración Financiera, el Suplemento “Función de Administración Financiera”, contemplado en el Decreto D.M.M. Nº 00392/09, a partir del 01 de septiembre de 2018.-

Art. 5º.- Reconocer al agente Lucas Daniel GELABERT (Código Nº 14624), Permanente, sin Función, Categoría 08, Agrupamiento I-Administrativo, dependiente de la Dirección de Seguridad de Espacios Públicos, el Suplemento “Función de Administración Financiera”, contemplado en el Decreto D.M.M. Nº 00392/09, a partir del 26 de diciembre de 2018.-

Art. 6º.- Reconocer al agente Enrique Eduardo LARRAMENDI (Código Nº 14027), Permanente, con Funciones de Asistente Profesional, Categoría 16, Agrupamiento II-Profesional, dependiente de la Dirección de Administración Financiera, el Suplemento “Función de Administración Financiera”, contemplado en el Decreto D.M.M. Nº 00392/09, a partir del 22 de noviembre de 2018.-

Art. 7º.- Por Dirección de Personal (Departamento Sueldos) procédase a liquidar a los mencionados agentes, el suplemento reconocido en la presente.-

Art. 8º.- Notifíquese y remítase copia de la presente disposición a los interesados. Cumplimentado, ARCHÍVESE.-

 

Read More