Resolución Intendente N° 062/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 062/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0429-01481013-9 (NI)

Resumen

Ampliar, con carácter de excepción, la Ayuda Económica No Remunerativa Mensual a favor de los practicantes beneficiarios del Programa de Entrenamiento y Capacitación Laboral- Ordenanza Nº 11452, mencionados en el Anexo adjunto, que integra la presente, por los montos mensuales y períodos allí detallados, con motivo de los servicios extraordinarios prestados en el ámbito de las distintas reparticiones del Departamento Ejecutivo Municipal.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 062

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 07 MAR 2018

VISTO:

El Documento DE-0429-01481013-9 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, en la actuación de referencia, la Subsecretaría de la Función Pública solicita la ampliación, con carácter de excepción, de la Ayuda Económica No Remunerativa Mensual, a favor de los practicantes beneficiarios del Programa de Entrenamiento y Capacitación Laboral – Ordenanza Nº 11452/08, mencionados en Anexo adjunto, durante los períodos y montos allí detallados;

Que, la Secretaría de Hacienda informa que existe crédito para absorber la erogación;

Que, en consecuencia, corresponde el dictado del acto administrativo pertinente;

Por ello:

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1º: Ampliar, con carácter de excepción, la Ayuda Económica No Remunerativa Mensual a favor de los practicantes beneficiarios del Programa de Entrenamiento y Capacitación Laboral- Ordenanza Nº 11452, mencionados en el Anexo adjunto, que integra la presente, por los montos mensuales y períodos allí detallados, con motivo de los servicios extraordinarios prestados en el ámbito de las distintas reparticiones del Departamento Ejecutivo Municipal.-

Art. 2º: Remitir copia de la presente a la Dirección de Personal. Cumplimentado, ARCHÍVESE.-

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Resolución Intendente N° 061/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 061/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0429-01481007-1

Resumen

Ampliar, con carácter de excepción, la Ayuda Económica No Remunerativa Mensual a favor de los practicantes beneficiarios del Programa de Entrenamiento y Capacitación Laboral- Ordenanza Nº 11452, mencionados en el Anexo adjunto, que integra la presente, por los montos mensuales y períodos allí detallados, con motivo de los servicios extraordinarios prestados en el ámbito de las distintas reparticiones del Departamento Ejecutivo Municipal.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 061

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 07 MAR 2018
VISTO:

El Documento DE-0429-01481007-1 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, en la actuación de referencia, la Subsecretaría de la Función Pública solicita la ampliación, con carácter de excepción, de la Ayuda Económica No Remunerativa Mensual, a favor de los practicantes beneficiarios del Programa de Entrenamiento y Capacitación Laboral – Ordenanza Nº 11452/08, mencionados en Anexo adjunto, durante los períodos y montos allí detallados;
Que, la Secretaría de Hacienda informa que existe crédito para absorber la erogación;
Que, en consecuencia, corresponde el dictado del acto administrativo pertinente;
Por ello:

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1º: Ampliar, con carácter de excepción, la Ayuda Económica No Remunerativa Mensual a favor de los practicantes beneficiarios del Programa de Entrenamiento y Capacitación Laboral- Ordenanza Nº 11452, mencionados en el Anexo adjunto, que integra la presente, por los montos mensuales y períodos allí detallados, con motivo de los servicios extraordinarios prestados en el ámbito de las distintas reparticiones del Departamento Ejecutivo Municipal.-
Art. 2º: Remitir copia de la presente a la Dirección de Personal. Cumplimentado, ARCHÍVESE.-

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Resolución Intendente N° 060/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 060/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos
  • N° expediente: DE-0448-01468357-7

Resumen

Reconocer los mayores costos declarados por URBASER ARGENTINA S.A. – TRANSPORTE OLIVOS S.A.C.I. y F. – U.T.E., por las razones y con limitaciones expuestas en el Considerando de la presente.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Tco. MARIANO CEJAS, Secretario de Ambiente y Espacios Públicos
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 060

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 07 MAR 2018
VISTO:
Las actuaciones DE-0448-01468357-7 (VS), y;
CONSIDERANDO:
Que por las mismas la concesionaria del Sector II del Servicios de Recolección de Residuos Domiciliarios, Barrido y Limpieza de Calles, URBASER ARGENTINA S.A. – TRANSPORTE OLIVOS S.A.C.I.y F. – U.T.E., solicita el reconocimiento de los montos extraordinarios e imprevistos que debió erogar el día 28/11/2016, como consecuencia de la prestación normal de los servicios en dicha fecha, instituidas como feriado, no siendo de los contemplados en su oferta original.
Que manifiesta que los mayores costos reclamados ascienden a la suma de pesos trescientos cuarenta y tres mil novecientos setenta y tres con dos centavos ($343.973,02) para el día 28/11/2016.
Que la Dirección de Higiene Ambiental informa que el día 28/11/2016, dispuso la prestación normal del servicio, notificándose mediante Orden de Servicio Nº 639/2016.
Que la Secretaria de Ambiente y Espacios Públicos emite Dictamen Jurídico en el cual se comparte el criterio vertido por Fiscalía Municipal en dictamen 31/2012, que concluye “…que resultan plenamente aplicable al caso en estudio la totalidad de las consideraciones expuestas, teniendo en cuenta que la fecha en cuestión… fue feriado dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional con posterioridad a la oferta de servicios y a la contratación. Habiendo incurrido la concesionaria en costos mayores e imprevistos ante la necesidad de prestar el servicio de recolección de residuos domiciliarios, y barrio y limpieza de calles en días feriados, este Órgano asesor entiende que correspondería su reconocimiento y pago, en la modalidad que la Superioridad y la Secretaria de Hacienda estimen convenientes y mediante el dictado del acto administrativo pertinente…”
Que este Departamento Ejecutivo Municipal resulta competente para el dictado del acto administrativo pertinente.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:
Art. 1º: Reconocer los mayores costos declarados por URBASER ARGENTINA S.A. – TRANSPORTE OLIVOS S.A.C.I. y F. – U.T.E., por las razones y con limitaciones expuestas en el Considerando de la presente.-
Art. 2º: Autorizar a la Dirección de Administración Financiera a liquidar y pagar la suma de PESOS TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS SETENTA Y TRES CON DOS CENTAVOS ($343.973,02), para cubrir los mayores costos reconocidos por el Artículo anterior, originados en la normal prestación para el día 28/11/2016, incorporados al calendario de feriados nacionales, conforme lo indicado en los Considerando del presente.
Art. 3º: Girar copias a la Dirección de Administración Financiera y a la Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos. Cumplido. ARCHIVESE.

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Resolución Intendente N° 059/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 059/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos
  • N° expediente: DE-0448-01468355-1

Resumen

Reconocer los mayores costos declarados por URBASER ARGENTINA S.A. – TRANSPORTE OLIVOS S.A.C.I. y F. – U.T.E., por las razones y con limitaciones expuestas en el Considerando de la presente.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Tco. MARIANO CEJAS, Secretario de Ambiente y Espacios Públicos
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 059

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 07 MAR 2018
VISTO:
Las actuaciones DE-0448-01468355-1 (VS), y;
CONSIDERANDO:
Que por las mismas la concesionaria del Sector II del Servicios de Recolección de Residuos Domiciliarios, Barrido y Limpieza de Calles, URBASER ARGENTINA S.A. – TRANSPORTE OLIVOS S.A.C.I.y F. – U.T.E., solicita el reconocimiento de los montos extraordinarios e imprevistos que debió erogar el día 20/11/2017, como consecuencia de la prestación normal de los servicios en dicha fecha, instituidas como feriado, no siendo de los contemplados en su oferta original.
Que manifiesta que los mayores costos reclamados ascienden a la suma de pesos cuatrocientos setenta y tres mil setenta y nueve con cincuenta centavos ($473.079,50) para el día 20/11/2017.
Que la Dirección de Higiene Ambiental informa que el día 20/11/2017, dispuso la prestación normal del servicio, notificándose mediante Orden de Servicio Nº 926/2017.
Que la Secretaria de Ambiente y Espacios Públicos emite Dictamen Jurídico en el cual se comparte el criterio vertido por Fiscalía Municipal en dictamen 31/2012, que concluye “…que resultan plenamente aplicable al caso en estudio la totalidad de las consideraciones expuestas, teniendo en cuenta que la fecha en cuestión… fue feriado dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional con posterioridad a la oferta de servicios y a la contratación. Habiendo incurrido la concesionaria en costos mayores e imprevistos ante la necesidad de prestar el servicio de recolección de residuos domiciliarios, y barrio y limpieza de calles en días feriados, este Órgano asesor entiende que correspondería su reconocimiento y pago, en la modalidad que la Superioridad y la Secretaria de Hacienda estimen convenientes y mediante el dictado del acto administrativo pertinente…”
Que este Departamento Ejecutivo Municipal resulta competente para el dictado del acto administrativo pertinente.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:
Art. 1º: Reconocer los mayores costos declarados por URBASER ARGENTINA S.A. – TRANSPORTE OLIVOS S.A.C.I. y F. – U.T.E., por las razones y con limitaciones expuestas en el Considerando de la presente.-
Art. 2º: Autorizar a la Dirección de Administración Financiera a liquidar y pagar la suma de PESOS CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES MIL SETENTA Y NUEVE CON CINCUENTA CENTAVOS ($473.079,50), para cubrir los mayores costos reconocidos por el Artículo anterior, originados en la normal prestación para el día 20/11/2017, incorporados al calendario de feriados nacionales, conforme lo indicado en los Considerando del presente.
Art. 3º: Girar copias a la Dirección de Administración Financiera y a la Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos. Cumplido. ARCHIVESE.

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Resolución Intendente N° 053/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 053/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Desarrollo Social
  • N° expediente: DE-1051-01484289-2

Resumen

Otorgar una beca de cuatrocientos pesos ($400), complementarios de lo que perciben en su calidad de beneficiarios de entrenamientos financiados por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación, a las personas incluidas en el Anexo I de la presente.

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Ma. Cecilia Battistutti, Secretaria de Desarrollo Social
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 053

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 06 MAR 2018
VISTO:
El documento DE-1051-01484289-2 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución D.E.M. N° 350/16 (modificada por Resolución D.E.M. Nº 356/16) se creó un programa de becas para la inclusión social, a través de la capacitación y/o mejoramiento de las condiciones laborales, de los Recolectores Urbanos Informales registrados, por el cual se otorga un monto de hasta cuatro mil pesos ($4.000), por el término de tres meses.
Que, la Dirección de Escuelas de Trabajo solicita se otorgue por el mes de Febrero a las personas que se mencionan en los Anexos que forman parte de la presente, las becas dispuestas en el mencionado programa.
Que, debe dictarse el acto administrativo pertinente que así lo disponga.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:
Art. 1: Otorgar una beca de cuatrocientos pesos ($400), complementarios de lo que perciben en su calidad de beneficiarios de entrenamientos financiados por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación, a las personas incluidas en el Anexo I de la presente.
Art. 2: Otorgar una beca de dos mil ciento cincuenta pesos ($2.150), complementarios de lo que perciben en su calidad de beneficiarios de entrenamientos laborales en asociaciones civiles financiados por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación, a las personas incluidas en el Anexo II de la presente.
Art. 3: Otorgar una beca de tres mil pesos ($3.000), a las personas incluidas en el Anexo III de la presente.
Art. 4: Otorgar una beca de cuatro mil pesos ($4.000), a las personas incluidas en el Anexo IV de la presente.
Art. 5: Remitir copia a la Secretaria de Hacienda a los fines de dar cumplimiento a la presente resolución.
Art. 6: Tome conocimiento la Dirección de Escuelas de Trabajo y la Secretaria de Desarrollo Social, las que deben hacer saber de lo aquí dispuesto a los beneficiarios.

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Resolución Intendente N° 054/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 054/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0479-01484427-8

Resumen

Autorizar a la Secretaria de Desarrollo Social, Abog. María Cecilia BATTISTUTTI, D.N.I. 27.838.982, a suscribir toda la documentación referente a la presentación de distintas acciones, proyectos y formularios ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, que resulten necesarios para el desarrollo de actividades en coordinación con dicho organismo.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 054

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 06 MAR 2018

VISTO:
El Documento DE-0479-01484427-8 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, por las actuaciones de referencia, la Secretaría de Desarrollo Social solicita autorización para representar a la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, a fin de suscribir toda la documentación referente a la presentación de las distintas acciones, proyectos y formularios, que resulten necesarios parar el desarrollo de actividades en coordinación con dicho organismo.
Que, siendo la Secretaría de Desarrollo Social el organismo municipal competente para la tramitación de la mencionada documentación, corresponde autorizar a su titular, Abog. María Cecilia BATTISTUTTI a suscribirlos en representación de la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: Autorizar a la Secretaria de Desarrollo Social, Abog. María Cecilia BATTISTUTTI, D.N.I. 27.838.982, a suscribir toda la documentación referente a la presentación de distintas acciones, proyectos y formularios ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, que resulten necesarios para el desarrollo de actividades en coordinación con dicho organismo.-
Art. 2º: Remitir copia a la Secretaría de Desarrollo Social. Cumplimentado, archívese.-

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Resolución Intendente N° 447/2017

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 447/2017
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0332-01446378-0

Resumen

Aprobar y registrar los Contratos y Actas que se adjuntan y forman parte de la presente, suscriptos con las personas detalladas en el Anexo adjunto.

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. María Martín, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 447

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 25 OCT 2017
VISTO:
El Documento DE-0332-01446378-0 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, por el Decreto D.M.M. Nº 02299/16 se han aprobado las condiciones generales aplicables a los Contratos de Servicios que celebra esta Municipalidad con particulares.
Que, en las actuaciones de referencia, se adjuntan Contratos y Actas suscriptos con particulares para la prestación de servicios en diferentes Secretarías del Departamento Ejecutivo Municipal.
Que, cumpliendo los mismos con las formalidades exigidas conforme el Decreto D.M.M. Nº 02313/16, debe dictarse el acto administrativo que disponga la aprobación y registración de las actas referidas.
Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:
Art. 1º: Aprobar y registrar los Contratos y Actas que se adjuntan y forman parte de la presente, suscriptos con las personas detalladas en el Anexo adjunto.
Art. 2º: Autorizar a la Dirección de Administración Financiera a atender el gasto que demanda la presente gestión.

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Resolución Intendente N° 600/2017

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 600/2017
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Desarrollo Social
  • N° expediente: DE- 0990-01462281-5 (NI)

Resumen

Otorgar a la Sra. María Alejandra Llaudet, D.N.I. Nº 20.822.248, la suma de seis mil pesos ($6.000), en concepto de microcrédito, reintegrable, en el marco del Programa Banco Solidario, para ser destinado al proyecto productivo denominado “Burletes Alejandra”, siendo garantes del mismo las Sras. Elisa del Carmen Benítez, D.N.I. Nº 28.017.365; Carina Daniela Cáceres, D.N.I. Nº 20.403.321; y Dominga Adriana Beccaria, D.N.I. Nº 13.929.923.-
Otorgar a la Sra. Elisa del Carmen Benítez, D.N.I. Nº 28.017.365, la suma de seis mil pesos ($6.000), en concepto de microcrédito, reintegrable, en el marco del Programa Banco Solidario, para ser destinado al proyecto productivo denominado “Muñecos H.M.J.”, siendo garantes del mismo las Sras. Carina Daniela Cáceres, D.N.I. Nº 20.403.321; Dominga Adriana Beccaria, D.N.I. Nº 13.929.923; y María Alejandra Llaudet, D.N.I. Nº 20.822.248.-
Otorgar a la Sra. Carina Daniela Cáceres, D.N.I. Nº 20.403.321, la suma de seis mil pesos ($6.000), en concepto de microcrédito, reintegrable, en el marco del Programa Banco Solidario, para ser destinado a su proyecto productivo, siendo garantes del mismo las Sras. Elisa del Carmen Benítez, D.N.I. Nº 28.017.365; María Alejandra LLaudet, D.N.I. Nº 20.822.248; y Dominga Adriana Beccaria, D.N.I. Nº 13.929.923.-
Otorgar a la Sra. Dominga Adriana Beccaria, D.N.I. Nº 13.929.923, la suma de seis mil pesos ($6.000), en concepto de microcrédito, reintegrable, en el marco del Programa Banco Solidario, para ser destinado a su proyecto productivo, siendo garantes del mismo las Sras. Elisa del Carmen Benítez, D.N.I. Nº 28.017.365; Carina Daniela Cáceres, D.N.I. Nº 20.403.321; y María Alejandra LLaudet, D.N.I. Nº 20.822.248.-
Otorgar a la Sra. Daniela Mariel Fessia, D.N.I. Nº 20.550.748, la suma de seis mil pesos ($6.000), en concepto de microcrédito, reintegrable, en el marco del Programa Banco Solidario, para ser destinado al proyecto productivo denominado “Caserita Dani”, siendo garantes del mismo las Sras. Silvia Cristina Dayú, D.N.I. Nº 12.882.964; Ileana Teresita Aufranc, D.N.I. Nº 13.925.503; y Gisela Guadalupe Romero, D.N.I. Nº 38.815.064.-
Otorgar a la Sra. Silvia Cristina Dayú, D.N.I. Nº 12.882.964, la suma de cinco mil pesos ($5.000), en concepto de microcrédito, reintegrable, en el marco del Programa Banco Solidario, para ser destinado al proyecto productivo denominado “El Rincón de Viki”, siendo garantes del mismo las Sras. Daniela Mariel Fessia, D.N.I. Nº 20.550.748; Ileana Teresita Aufranc, D.N.I. Nº 13.925.503; y Gisela Guadalupe Romero, D.N.I. Nº 38.815.064.-
Otorgar a la Sra. Ileana Teresita Aufranc, D.N.I. Nº 13.925.503, la suma de seis mil pesos ($6.000), en concepto de microcrédito, reintegrable, en el marco del Programa Banco Solidario, para ser destinado al proyecto productivo denominado “Iracema Accesorios”, siendo garantes del mismo las Sras. Silvia Cristina Dayú, D.N.I. Nº 12.882.964; Daniela Mariel Fessia, D.N.I. Nº 20.550.748; y Gisela Guadalupe Romero, D.N.I. Nº 38.815.064.-
Otorgar a la Sra. Gisela Guadalupe Romero, D.N.I. Nº 38.815.064, la suma de tres mil pesos ($3.000), en concepto de microcrédito, reintegrable, en el marco del Programa Banco Solidario, para ser destinado al proyecto productivo denominado “Aika Bijou”, siendo garantes del mismo las Sras. Silvia Cristina Dayú, D.N.I. Nº 12.882.964; Ileana Teresita Aufranc, D.N.I. Nº 13.925.503; y Daniela Mariel Fessia, D.N.I. Nº 20.550.748.-
Otorgar a la Sra. María Cecilia Fantini, D.N.I. Nº 18.454.874, la suma de ocho mil pesos ($8.000), en concepto de microcrédito, reintegrable, en el marco del Programa Banco Solidario, para ser destinado al proyecto productivo denominado “Amarú Alegre Rebeldía”, siendo garante del mismo el Sr. Juan Carlos Sequeira, D.N.I. Nº 16.077.178.-
Otorgar al Sr. Juan Carlos Sequeira, D.N.I. Nº 16.077.178, la suma de ocho mil pesos ($8.000), en concepto de microcrédito reintegrable, en el marco del Programa Banco Solidario, para ser destinado al proyecto denominado “Pato Carpintero”, siendo garante del mismo la Sra. María Cecilia Fantini, D.N.I. Nº 18.454.874.-
Los prestatarios deberán ajustarse a lo establecido en el Decreto D.M.M. N° 02008/15 y a la reglamentación vigente respectiva.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Ma. Cecilia Battistutti, Secretaria de Desarrollo Social
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCIÓN Nº 600

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 11 DIC 2017

VISTO:

El documento DE- 0990-01462281-5 (NI), y

CONSIDERANDO:

Que, en el marco del Convenio de Cooperación numerado y registrado por decreto DMM Nº 00869/2013, se dispuso la transferencia de fondos del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Santa Fe para el otorgamiento de microcréditos a emprendedores o grupos de emprendedores según lo dispuesto por la Resolución Nº 840/2012.

Que, por decreto D.M.M. Nº 02008/2015 se encomienda al Programa de Economía Social la gestión del “Fondo Especial Banco Solidario”, posibilitando el desarrollo de un sistema de microcréditos reintegrables destinados a fomentar micro emprendimientos, actividades productivas o de servicios, individuales o grupales.

Que, en el marco del mencionado Convenio y cumpliendo con lo planificado para este segundo semestre del año 2017, la Secretaría de Desarrollo Social, solicita se gestione la entrega de nuevos microcréditos.

Que, las Sras. María Alejandra Llaudet, Elisa del Carmen Benítez, Carina Daniela Cáceres, Dominga Adriana Beccaria, Daniela Mariel Fessia, Silvia Cristina Dayú, Ileana Teresita Aufran y Gisela Guadalupe Romero, han culminado con éxito los cursos de capacitación dictados en el Centro de Emprendedores de la Economía Social, aspirando al otorgamiento de un microcrédito del mencionado Programa Banco Solidario.

Que, por otra parte se prevé la posibilidad que los emprendedores que hayan reintegrado en su totalidad el crédito original, podrán solicitar la renovación del mismo en idénticas condiciones. Tal es el caso de los Sres. María Cecilia Fantini y Juan Carlos Sequeira, quienes también han culminado con éxito los cursos de capacitación y solicitan la renovación del microcrédito.

Que, en consecuencia, debe dictarse el acto administrativo que disponga el otorgamiento de los microcréditos para los respectivos emprendimientos, reintegrables en doce (12) cuotas, y según las condiciones establecidas en el decreto DMM N° 02008/15.

Que, dichos montos serán destinados exclusivamente a la compra de insumos y herramientas inherentes a la actividad que desenvuelven en su proyecto productivo, no pudiendo adquirir otro tipo de maquinaria o insumo desvinculado con la respectiva actividad.

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1º: Otorgar a la Sra. María Alejandra Llaudet, D.N.I. Nº 20.822.248, la suma de seis mil pesos ($6.000), en concepto de microcrédito, reintegrable, en el marco del Programa Banco Solidario, para ser destinado al proyecto productivo denominado “Burletes Alejandra”, siendo garantes del mismo las Sras. Elisa del Carmen Benítez, D.N.I. Nº 28.017.365; Carina Daniela Cáceres, D.N.I. Nº 20.403.321; y Dominga Adriana Beccaria, D.N.I. Nº 13.929.923.-

Art. 2º: Otorgar a la Sra. Elisa del Carmen Benítez, D.N.I. Nº 28.017.365, la suma de seis mil pesos ($6.000), en concepto de microcrédito, reintegrable, en el marco del Programa Banco Solidario, para ser destinado al proyecto productivo denominado “Muñecos H.M.J.”, siendo garantes del mismo las Sras. Carina Daniela Cáceres, D.N.I. Nº 20.403.321; Dominga Adriana Beccaria, D.N.I. Nº 13.929.923; y María Alejandra Llaudet, D.N.I. Nº 20.822.248.-

Art. 3º: Otorgar a la Sra. Carina Daniela Cáceres, D.N.I. Nº 20.403.321, la suma de seis mil pesos ($6.000), en concepto de microcrédito, reintegrable, en el marco del Programa Banco Solidario, para ser destinado a su proyecto productivo, siendo garantes del mismo las Sras. Elisa del Carmen Benítez, D.N.I. Nº 28.017.365; María Alejandra LLaudet, D.N.I. Nº 20.822.248; y Dominga Adriana Beccaria, D.N.I. Nº 13.929.923.-

Art. 4º: Otorgar a la Sra. Dominga Adriana Beccaria, D.N.I. Nº 13.929.923, la suma de seis mil pesos ($6.000), en concepto de microcrédito, reintegrable, en el marco del Programa Banco Solidario, para ser destinado a su proyecto productivo, siendo garantes del mismo las Sras. Elisa del Carmen Benítez, D.N.I. Nº 28.017.365; Carina Daniela Cáceres, D.N.I. Nº 20.403.321; y María Alejandra LLaudet, D.N.I. Nº 20.822.248.-

Art. 5º: Otorgar a la Sra. Daniela Mariel Fessia, D.N.I. Nº 20.550.748, la suma de seis mil pesos ($6.000), en concepto de microcrédito, reintegrable, en el marco del Programa Banco Solidario, para ser destinado al proyecto productivo denominado “Caserita Dani”, siendo garantes del mismo las Sras. Silvia Cristina Dayú, D.N.I. Nº 12.882.964; Ileana Teresita Aufranc, D.N.I. Nº 13.925.503; y Gisela Guadalupe Romero, D.N.I. Nº 38.815.064.-

Art. 6º: Otorgar a la Sra. Silvia Cristina Dayú, D.N.I. Nº 12.882.964, la suma de cinco mil pesos ($5.000), en concepto de microcrédito, reintegrable, en el marco del Programa Banco Solidario, para ser destinado al proyecto productivo denominado “El Rincón de Viki”, siendo garantes del mismo las Sras. Daniela Mariel Fessia, D.N.I. Nº 20.550.748; Ileana Teresita Aufranc, D.N.I. Nº 13.925.503; y Gisela Guadalupe Romero, D.N.I. Nº 38.815.064.-

Art. 7º: Otorgar a la Sra. Ileana Teresita Aufranc, D.N.I. Nº 13.925.503, la suma de seis mil pesos ($6.000), en concepto de microcrédito, reintegrable, en el marco del Programa Banco Solidario, para ser destinado al proyecto productivo denominado “Iracema Accesorios”, siendo garantes del mismo las Sras. Silvia Cristina Dayú, D.N.I. Nº 12.882.964; Daniela Mariel Fessia, D.N.I. Nº 20.550.748; y Gisela Guadalupe Romero, D.N.I. Nº 38.815.064.-

Art. 8º: Otorgar a la Sra. Gisela Guadalupe Romero, D.N.I. Nº 38.815.064, la suma de tres mil pesos ($3.000), en concepto de microcrédito, reintegrable, en el marco del Programa Banco Solidario, para ser destinado al proyecto productivo denominado “Aika Bijou”, siendo garantes del mismo las Sras. Silvia Cristina Dayú, D.N.I. Nº 12.882.964; Ileana Teresita Aufranc, D.N.I. Nº 13.925.503; y Daniela Mariel Fessia, D.N.I. Nº 20.550.748.-

Art. 9º: Otorgar a la Sra. María Cecilia Fantini, D.N.I. Nº 18.454.874, la suma de ocho mil pesos ($8.000), en concepto de microcrédito, reintegrable, en el marco del Programa Banco Solidario, para ser destinado al proyecto productivo denominado “Amarú Alegre Rebeldía”, siendo garante del mismo el Sr. Juan Carlos Sequeira, D.N.I. Nº 16.077.178.-

Art. 10º: Otorgar al Sr. Juan Carlos Sequeira, D.N.I. Nº 16.077.178, la suma de ocho mil pesos ($8.000), en concepto de microcrédito reintegrable, en el marco del Programa Banco Solidario, para ser destinado al proyecto denominado “Pato Carpintero”, siendo garante del mismo la Sra. María Cecilia Fantini, D.N.I. Nº 18.454.874.-

Art. 11º: Los prestatarios deberán ajustarse a lo establecido en el Decreto D.M.M. N° 02008/15 y a la reglamentación vigente respectiva.-

Art. 12º: Las presentes erogaciones se imputarán en Jurisdicción Dirección de Escuelas de Trabajo – Categoría Programática 16.00.00 – Programa de Mejoramiento de la Empleabilidad – Objeto del Gasto: 6.2.1.0 Préstamos a corto plazo al sector privado – Fuentes de Financiamiento 131 – De origen municipal.-

Art. 13º: Remitir copia a la Secretaria de Hacienda a los fines de dar cumplimiento a la presente resolución.-

Art. 14º: Por Secretaría de Desarrollo Social notifíquese de lo aquí dispuesto a los interesados.-

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Resolución Intendente N° 035/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 035/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: 

Resumen

Limitar al 01 de febrero de 2018, el contrato de servicio suscripto con el Sr. Simón NAVARRO, D.N.I. Nº 30.554.379, registrado por Resolución Nº 140/17.

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCIÓN Nº 035

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 20 FEB 2018

VISTO:

El Decreto D.P.B. Nº 0036/18, y;

CONSIDERANDO:

Que, por medio del Decreto de referencia se designó al Sr. Simón NAVARRO como Coordinador Ejecutivo B del Programa de Comunicación Digital de la Secretaría de Relaciones Institucionales y Comunicación.

Que, en consecuencia debe limitarse el contrato de servicio suscripto oportunamente con el mismo, registrado por Resolución Nº140/17.

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1º: Limitar al 01 de febrero de 2018, el contrato de servicio suscripto con el Sr. Simón NAVARRO, D.N.I. Nº 30.554.379, registrado por Resolución Nº 140/17.

Art. 2º: Remitir copia de la presente a la Dirección de Administración Financiera. Cumplimentado, archívese.

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Resolución Intendente N° 033/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 033/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0008-01474009-6

Resumen

Autorizar a la Ejecutora Fiscal Elizabeth Gladis Rita Binetti, a desistir del proceso –no de la acción- entablada contra el co-demandado Marcelo Federico Engler, en los autos caratulados: “Municipalidad de Santa Fe c/ Engler Marcelo Federico y otros S/ APREMIOS FISCALES MUNICIPALES” (Expte. CUIJ 21-01957443-9) tramitados ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de esta Ciudad, debiendo proseguirse la causa contra Daniel José Altare y Lidia Noemí Rozas.

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 033
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 19 FEB 2018

VISTO:
El Documento DE-0008-01474009-6 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, por la actuación de referencia, la Abog. Elizabeth G. R. Binetti, solicita autorización para desistir del proceso –no de la acción- contra los codemandados fallecidos, los codemandados radicados en otras provincias y los codemandados cuyos datos necesitan ampliarse por existir ciudadanos homónimos, en las causas que a continuación se enumeran: 1. “Municipalidad de Santa Fe c/ Engler Marcelo Federico y otros S/ Apremios Fiscales Municipales” (Expte. CUIJ 21-01957443-9) tramitada ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de esta Ciudad; 2. “Municipalidad de Santa Fe c/ Altare Daniel y otros s/ Apremios Fiscales Municipales” (Expte. CUIJ 21-01957979-1) tramitada ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de esta Ciudad; 3. “Municipalidad de Santa Fe c/ Engler Marcelo Federico y otros s/ Apremios Fiscales Municipales” (Expte. CUIJ 21-01957444-7) tramitada ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de esta Ciudad; 4. “Municipalidad de Santa Fe c/ Alvear Sociedad Anónima, Benseñor Graciela Mercedes, Coalla Matilde Ludivina, Escandon María Luisa, Monese Miguel Carlos, Sanchez Jorge Fernando y Vera Alonso Rubén Alfredo s/ Apremio” (Expte. 1542/2014), tramitada ante el Juzgado de Ejecución Civil de Circuito Primera Secretaría de esta Ciudad; 5. “Municipalidad de Santa Fe c/ Altare Daniel José y otros s/ Apremios Fiscales” (CUIJ 21-16150697-1) tramitada ante el Juzgado de Primera Instancia de Ejecución Civil de Circuito Primera Secretaría de esta Ciudad; 6. “Municipalidad de Santa Fe c/ Arriscar Margarita, Romualdo María Berdardina y Romualdo Néstor Felix s/ Apremio” (Expte. 1552/2014) que tramita ante el Juzgado de Primera Instancia de Ejecución Civil de Circuito Primera Secretaría de esta Ciudad; 7. “Municipalidad de Santa Fe c/ Altare Daniel José y otros s/ Apremios Fiscales Municipales” (Expte. CUIJ 21-01969930-4) tramitada ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de esta Ciudad; y 8. “Municipalidad de Santa Fe c/ Altare Abel Justo y otros s/ apremio” (Expte. CUIJ 21-01957466-8) que tramita ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de esta Ciudad;
Que, el pedido de desistimiento se considera oportuno por razones de conveniencia y economía procesal, quedando la percepción del crédito reclamado por este Municipio garantizado por la prosecución de la acción contra los restantes responsables del pago (co-titulares de los inmuebles gravados por Tasa General) a quienes se puede reclamar las sumas adeudadas.
Que, consecuentemente, corresponde dictar el acto administrativo que autorice a la ejecutora interviniente a desistir del proceso en cuestión, no así de la acción, en relación a los demandados fallecidos, radicados en otras jurisdicciones y respecto de aquellos cuyos datos personales resultan insuficientes para su correcta identificación y localización, debiendo continuarse la causa contra los restantes codemandados.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:
Art. 1º: Autorizar a la Ejecutora Fiscal Elizabeth Gladis Rita Binetti, a desistir del proceso –no de la acción- entablada contra el co-demandado Marcelo Federico Engler, en los autos caratulados: “Municipalidad de Santa Fe c/ Engler Marcelo Federico y otros S/ APREMIOS FISCALES MUNICIPALES” (Expte. CUIJ 21-01957443-9) tramitados ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de esta Ciudad, debiendo proseguirse la causa contra Daniel José Altare y Lidia Noemí Rozas.
Art 2º: Autorizar a la Ejecutora Fiscal Elizabeth Gladis Rita Binetti, a desistir del proceso –no de la acción- entablada contra la co-demandada Marta Dolores Verdi, en los autos caratulados “Municipalidad de Santa Fe c/ Altare Daniel y otros s/ Apremios Fiscales Municipales” (Expte. CUIJ 21-01957979-1) tramitados ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de esta Ciudad, debiendo proseguir la causa contra Daniel José Altare.
Art 3º: Autorizar a la Ejecutora Fiscal Elizabeth Gladis Rita Binetti, a desistir del proceso –no de la acción- entablada contra los co-demandados: Marta Dolores Verdi y Marcelo Federico Engler, en los autos caratulados: “Municipalidad de Santa Fe c/ Engler Marcelo Federico y otros s/ Apremios Fiscales Municipales” (Expte. CUIJ 21-01957444-7) tramitados ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de esta Ciudad, debiendo proseguirse la causa contra los co-demandados Daniel José Altare y Lidia Noemí Rozas.
Art 4º: Autorizar a la Ejecutora Fiscal Elizabeth Gladis Rita Binetti, a desistir del proceso –no de la acción- entablada contra la co-demandada María Luisa Escandon, en los autos caratulados: “Municipalidad de Santa Fe c/ Alvear Sociedad Anónima, Benseñor Graciela Mercedes, Coalla Matilde Ludivina, Escandon María Luisa, Monese Miguel Carlos, Sanchez Jorge Fernando y Vera Alonso Rubén Alfredo s/ Apremio” (Expte. 1542/2014), tramitados ante el Juzgado de Ejecución Civil de Circuito Primera Secretaría de esta Ciudad, debiendo proseguirse la causa contra los co-demandados Alvear Sociedad Anónima, Graciela Mercedes Benseñor, Matilde Ludivina Coalla, Miguel Carlos Monese, Jorge Fernando Sanchez y Rubén Alfredo Vera Alonso.
Art. 5º: Autorizar a la Ejecutora Fiscal Elizabeth Gladis Rita Binetti, a desistir del proceso –no de la acción- entablada contra la co-demandada María Josefina Bertín, en los autos caratulados: “Municipalidad de Santa Fe c/ Altare Daniel José y otros s/ Apremios Fiscales” (CUIJ 21- 16150697-1) tramitados ante el Juzgado de Primera Instancia de Ejecución Civil de Circuito Primera Secretaría de esta Ciudad, debiendo proseguirse la causa contra los co-demandados Daniel José Altare, Graciela Mercedes Benseñor y Matilde Ludivina Coalla.
Art. 6º: Autorizar a la Ejecutora Fiscal Elizabeth Gladis Rita Binetti, a desistir del proceso –no de la acción- entablada contra la co-demandada Margarita Arriscar, en los autos caratulados “Municipalidad de Santa Fe c/ Arriscar Margarita, Romualdo María Berdardina y Romualdo Néstor Felix s/ Apremio” (Expte. 1552/2014) tramitados ante el Juzgado de Primera Instancia de Ejecución Civil de Circuito Primera Secretaría de esta Ciudad, debiendo proseguirse la causa contra los co-demandados María Berdardina Romualdo y Néstor Felix Romualdo.
Art. 7º: Autorizar a la Ejecutora Fiscal Elizabeth Gladis Rita Binetti, a desistir del proceso –no de la acción- entablada contra los co-demandados: Oscar Antonio Bertolozzi, Najli Oscar Abdala, Jesus Vera Alonso, Américo Gianelli, Juan Pedro Esteban Bertin, en los autos caratulados “Municipalidad de Santa Fe c/ Altare Daniel José y otros s/ Apremios Fiscales Municipales” (Expte. CUIJ 21-01969930-4) tramitados ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de esta Ciudad, debiendo proseguirse la causa contra los co-demandados Daniel José Altare, Miguel Carlos Monese y Rubén Alfredo Vera Alonso.
Art. 8º: Autorizar a la Ejecutora Fiscal Elizabeth Gladis Rita Binetti, a desistir del proceso –no de la acción- entablada contra la co-demandada Marta Dolores Verdi, en los autos caratulados: “Municipalidad de Santa Fe c/ Altare Abel Justo y otros s/ apremio” (Expte. CUIJ 21-01957466-8) tramitados ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de esta Ciudad, debiendo proseguirse la causa contra los co-demandados Abel Justo Altare, Daniel José Altare y Martha Micaela Mateo.
Art. 9º: Girar copia a Fiscalía Municipal a sus efectos. Cumplimentado, archívese.-

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