Resolución Intendente N° 076/2018
- Procedencia: DEM
- Tipo de Normativa: Resolución Intendente
- N° Resolución Intendente: 076/2018
- Fecha de Sanción: —
- Secretaría: Secretaría de Hacienda
- N° expediente: DE-0448-01415416-5 (VS)
Resumen
Hacer lugar al recurso de reconsideración interpuesto por el Sr. Jorge Germán Bode, contra la Resolución de la Dirección de Rentas Nº 241/17, atento a las razones expuestas en el Considerando de la presente.-
Firmantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
CPN María Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
Texto completo de la norma
RESOLUCION Nº 076
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 13 MAR 2018
VISTO:
El Documento: DE-0448-01415416-5 (VS), y;
CONSIDERANDO:
Que, corresponde resolver el recurso de reconsideración incoado por el Sr. Jorge Germán Bode, contra la Resolución Nº 241/2017 de la Dirección de Rentas, por la cual se denegó el pedido de exoneración oportunamente presentado en relación al Padrón Nº 109468 respecto al Derecho de Registro e Inspección, para el domicilio fiscal de calle Suipacha Nº 2924 de la ciudad de Santa Fe;
Que, en concreto, el Sr. Bode aduce que la Resolución mencionada toma en consideración su domicilio particular y asume equivocadamente la existencia de un comercio, expresando que desarrolla la actividad a domicilio desde el cierre del local de calle Irigoyen Freyre Nº 2723;
Que, Dirección de Rentas dictó la Resolución Nº 366/17 declarando admisible el recurso planteado;
Que, Fiscalía Municipal, emitió Dictamen Nº 007/2017 (a cuyos fundamentos cabe remitirse, atento a su extensión), manifestando que, de los contenidos obrantes en las actuaciones administrativas, surge que el domicilio fiscal denunciado no constituye local en los términos establecidos por la Ordenanza Nº 11.962 en relación a los sujetos pasivos del Derecho de Registro e Inspección;
Que, por lo tanto, la situación del recurrente queda subsumida en lo normado en el art. 99º de la Ordenanza Nº 11.962, en cuanto dispone: “Baja de oficio. Si el Organismo Fiscal constatare fehacientemente la inexistencia o cierre definitivo del local de negocios o actividades grabadas, sin haber recibido por parte del responsable la comunicación correspondiente, podrá disponer la baja de oficio de los registros pertinentes del negocio o actividad en cuestión, debiendo proceder en tal caso a iniciar los trámites necesarios tendientes a la determinación y/o percepción del tributo, más sus accesorios y multas, devengados hasta la fecha en que estimare se produjo excede de actividades del local involucrado”;
Que, en consecuencia, en el caso se encuentra acreditada inexistencia o cierre definitivo del local por lo que corresponde la baja de los registros pertinentes. Ello por cuanto no se configuraría el hecho imponible tributario, precisamente por la comprobada inexistencia del local;
Que, conforme lo expuesto, se aconseja hacer lugar al recurso de reconsideración interpuesto por el Sr. Bode y, en consecuencia; otorgar la baja del Padrón Nº 109468 del Derecho de Registro e Inspección en el domicilio de calle Suipacha Nº 2924 de esta ciudad;
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:
Art. 1º.- Hacer lugar al recurso de reconsideración interpuesto por el Sr. Jorge Germán Bode, contra la Resolución de la Dirección de Rentas Nº 241/17, atento a las razones expuestas en el Considerando de la presente.-
Art. 2º.- Otorgar la baja del padrón Nº 109468 del Derecho de Registro e Inspección en el domicilio de calle Suipacha Nº 2924 de la ciudad de Santa Fe.-
Art. 3°.- Por Mesa de Entradas Única notificar al recurrente con entrega de copia en domicilio constituido en auto.-
Art. 4º.- Remitir la presente a Subsecretaría de Ingresos Públicos. Cumplido, ARCHIVAR.-