Resolución Intendente N° 015/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 015/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0417-01472595-6 (NI)

Resumen

Autorizar a la señora Secretaria de Desarrollo Social, Abog. María Cecilia BATTISTUTTI –D.N.I. Nº 27.838.982, y a la señora Subsecretaria de Acción Social, Abog, Rocío Laura GIMENEZ – D.N.I. Nº 24.214.672, a efectuar las gestiones que resulten necesarias para el manejo de los fondos de la cuenta corriente del Nuevo Banco de Santa Fe Nº 599-002-18015/03.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

Texto completo de la norma

RESOLUCIÓN Nº 015
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 14 FEB 2018
VISTO:
El Documento DE-0417-01472595-6 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, el Programa de Promoción Social Nutricional (PROSONUT), aprobado por Resolución Nº 233/91 del Ministerio de Salud y Acción Social de la Nación, tiene como objetivo mejorar la prestación alimentaria que reciben los niños entre los 2 y 5 años en los distintos comedores sociales, con especial atención a aquellos que se encuentren en riesgo de desnutrición.
Que, por Ley Nacional Nº 24.061 se delegó la administración de dicho programa a las provincias, adhiriendo la Provincia de Santa Fe por Decreto Nº 3433/92 y otorgándole al Ministerio de Desarrollo Social la facultad de distribuir los fondos entre las municipalidades y comunas.
Que, siendo la Secretaría de Desarrollo Social el organismo municipal competente para la gestión de los fondos del PROSONUT, corresponde autorizar a su Secretaria, Abog. María Cecilia BATTISTUTTI y a la Subsecretaria de Acción Social, Abog. Rocío Laura GIMENEZ a realizar las gestiones que resulten necesarias ante el Nuevo Banco de Santa Fe, para el manejo de fondos de la cuenta Nº 599-002-18015/03.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: Autorizar a la señora Secretaria de Desarrollo Social, Abog. María Cecilia BATTISTUTTI –D.N.I. Nº 27.838.982, y a la señora Subsecretaria de Acción Social, Abog, Rocío Laura GIMENEZ – D.N.I. Nº 24.214.672, a efectuar las gestiones que resulten necesarias para el manejo de los fondos de la cuenta corriente del Nuevo Banco de Santa Fe Nº 599-002-18015/03.-
Art. 2°: Dejar sin efectos la Resolución N° 116/16.-
Art. 3º: Remitir copia a la Secretaría de Desarrollo Social a sus efectos.-

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Resolución Intendente N° 016/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 016/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Desarrollo Social
  • N° expediente: DE- 0420-01471810-0 (NI)

Resumen

Desígnase para integrar el Programa Nacional de Municipios y Comunidades Saludables al Señor Subsecretario de Salud y Deportes, Méd. Hernán BLESIO, D.N.I. Nº 33.128.646, en el carácter de representante titular, y a la T.O. Mónica Viviana BERNO, D.N.I. Nº 13.333.444, como suplente.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Ma. Cecilia Battistutti, Secretaria de Desarrollo Social
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCIÓN Nº 016
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 14 FEB 2018
VISTO:

El Documento DE- 0420-01471810-0 (NI)

CONSIDERANDO:

Que, la Municipalidad de Santa Fe de la Vera Cruz es miembro Adherente del Programa Nacional de Municipios y Comunidades Saludables del Ministerio de Salud de la Nación – Secretaría de Determinantes de la Salud y Relaciones Sanitarias de ese Ministerio desde el año 2004;
Que, por la actuación del visto, la Subsecretaría de Salud y Deportes solicita la designación de los representantes ante el mencionado Programa;
Que, la Secretaría de Desarrollo Social propone -como representante titular- al Méd. Hernán BLESIO, D.N.I. Nº 33.128.646, y -como suplente- a la T.O. Mónica Viviana BERNO, D.N.I. Nº 13.333.444;
Que, en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo pertinente;
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1º: Desígnase para integrar el Programa Nacional de Municipios y Comunidades Saludables al Señor Subsecretario de Salud y Deportes, Méd. Hernán BLESIO, D.N.I. Nº 33.128.646, en el carácter de representante titular, y a la T.O. Mónica Viviana BERNO, D.N.I. Nº 13.333.444, como suplente.-
Art. 2º: Remítase copia de la presente a la Secretaría de Desarrollo Social. Cumplimentado, ARCHÍVESE.-

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Resolución Intendente N° 017/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 017/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0450-01473696-1 (NI)

Resumen

Aprobar lo actuado por la Junta Examinadora en la Convocatoria a Concurso Interno de Antecedentes y Entrevista para cubrir cargos de Supervisor Administrativo de Primera en, en la Subsecretaría de Reforma y Modernización Administrativa de la Secretaría de Hacienda, dispuesta por Resolución Nº 390/17, conforme a los detalles descriptos en su Anexo II.

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 017
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 15 FEB 2018

VISTO:
El Documento DE-0450-01473696-1 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Nº 390/17- Anexo II se dispuso una Convocatoria a Concurso Interno de Antecedentes y Entrevista para cubrir cargos de Supervisor Administrativo de Primera en la Subsecretaría de Reforma y Modernización Administrativa de la Secretaría de Hacienda, conforme a los detalles allí descriptos;
Que, habiendo culminado el trámite de la Convocatoria, se elevan las Actas emitidas por la Junta Examinadora actuante y Planilla de Orden de Mérito Final;
Que, se estima conveniente dictar el acto administrativo pertinente;
Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:
Art. 1º: Aprobar lo actuado por la Junta Examinadora en la Convocatoria a Concurso Interno de Antecedentes y Entrevista para cubrir cargos de Supervisor Administrativo de Primera en, en la Subsecretaría de Reforma y Modernización Administrativa de la Secretaría de Hacienda, dispuesta por Resolución Nº 390/17, conforme a los detalles descriptos en su Anexo II.
Art. 2º: Establecer el Orden de Mérito resultante de dicha Convocatoria, que como Anexo integra la presente Resolución.
Art. 3º: Remitir copia de la presente a la Dirección de Capacitación, Ingreso y Promociones. Cumplimentado. ARCHÍVESE.-

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Resolución Intendente N° 027/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 027/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Hacienda
  • N° expediente: DE 0959-01164907-6 (N)

Resumen

Hacer lugar al Recurso interpuesto por los Señores Martín López y Daniel Mozas en el carácter de socios gerentes de la empresa EFICIENCIA S.R.L., contra la Resolución Nº 276/16 de la Dirección de Rentas, atento a lo expuesto en el considerando de la presente.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
CPN María Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 027
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 15 FEB 2018

VISTO
El Documento DE 0959-01164907-6 (N) y sus gloses, y;
CONSIDERANDO
Que, mediante las actuaciones de referencia, los Señores Martín López y Daniel Mozas en el carácter de socios gerentes de la empresa EFICIENCIA S.R.L., presentaron formal recurso de reconsideración contra la Resolución Nº 276/16 de la Dirección de Rentas;
Que, en fecha 21/01/15 se realizó el procedimiento de verificación impositiva pertinente, denunciándose como domicilio fiscal el propio de la contadora de la firma, quien afirmó que la actividad desarrollada de peritaje de accidente o servicio de evaluación de riesgo y daños para compañías aseguradoras no requiere de tenencia de oficina y/o local, pretendiendo la aplicación de lo normado en el artículo 86 de la Ordenanza Nº 11.962;
Que, mediante Resolución Nº 276/16 la Dirección de Rentas rechazó la solicitud de cambio de domicilio referido, disponiendo que el domicilio de calle Juan de Garay Nº 3388 deberá ser indicado unicamente como domicilio de envío y, asimismo denegó el pedido de exoneración del padrón Derecho de Registro e Inspección Nº 99770, con domicilio fiscal en calle Lavalle Nº 6634 de esta ciudad;
Que, la Dirección de Fiscalización consideró que la sociedad debe desarrollar su actividad en la sede de la administración exigida por la Ley Nº 19550 y, además, entendió que la condición societaria de la firma implica la existencia de local en términos del Derecho de Registro e Inspección;
Que, por Resolución Nº 369/16, la Dirección de Rentas declaró admisible el recurso presentado;
Que, a través del informe Nº 517/17, la Dirección de Fiscalización manifestó haberse constituido en el domicilio indicado en fecha 08/11/17 y constatando que el mismo constituye una casa de familia, no observándose ningún tipo de local comercial;
Que, debe aclararse que el cambio de domicilio fue rechazado por la Dirección de Rentas, por cuanto derivaba en un pedido de exoneración posterior y por entender que la condición societaria implica la existencia de un local en los términos del inciso a) del artículo 76 del Código Tributario Municipal Unificado, tomando como tal el propio de calle Lavalle Nº 6634 por ser el domicilio denunciado ante AFIP;
Que, en efecto, la Resolución Nº 276/16 del Director de Rentas, al denegar el pedido de cambio de domicilio a calle Juan de Garay Nº 3388 y establecer que “el mismo deberá ser indicado como domicilio de envío…”, dispone que el domicilio legal fijado es asimilable a una oficina comercial a los fines de tributar;
Que, el Código Tributario Municipal Unificado faculta a los municipios a aplicar un Derecho de Registro e Inspección por los servicios que presta destinados a: registrar y controlar las actividades comerciales, industriales, científicas, de investigación y toda actividad lucrativa, preservar la salubridad, seguridad e higiene, fiscalizar la fidelidad de pesas y medidas, inspeccionar y controlar las instalaciones eléctricas, motores máquinas en general y generadores de vapor y eléctricas, como así también los demás servicios prestados que no estén gravados especialmente; siendo sus constituyentes las personas físicas o ideales titulares de actividades o bienes comprendidos en el Código Tributario, cuando el local en donde se desarrollan se encuentre dentro de la jurisdicción del Municipio;
Que, de las constancias agregadas y los propios informes emitidos por las reparticiones intervinientes y competentes en la materia, surge que el domicilio legal de calle Lavalle Nº 6634 no constituye un local en los términos de la Ordenanza Nº 11962;
Que, es evidente que tampoco podría considerarse que la empresa posee un local en el domicilio de su contadora;
Que, de acuerdo a lo señalado, resulta aplicable el artículo 99 de la Ordenanza Nº 11962, en cuanto dispone: “Baja de oficio si el organismo fiscal constatare fehacientemente la inexistencia o cierre definitivo del local de negocios o actividades gravadas, sin haber recibido de parte del responsable la comunicación correspondiente, podrá disponer la baja de oficio de los registros pertinentes del negocio o actividad en cuestión, debiendo proceder en tal caso a iniciar los trámites necesarios tendientes a la determinación y/o percepción del tributo, más sus accesorios y multas, devengados hasta la fecha en que estimare se produjo el cese de actividades del local involucrado”;
Que, tal como puede advertirse, sólo en los casos de inexistencia o cierre definitivo del local corresponde disponer la baja de los registros. Resultando que en tal caso, no se configuraría el hecho imponible, precisamente por la comprobada inexistencia de local;
Que, corresponde señalar además, que la cuestión relativa al cambio de domicilio deviene abstracta, conforme la baja del padrón implica su eliminación de los registros municipales, no subsistiendo domicilio alguno en el sistema tributario municipal;
Que, Fiscalía Municipal en Dictamen Nº 002/18 aconseja hacer lugar al recurso de reconsideración interpuesto y; en consecuencia, otorgar la baja del padrón Nº 99770 del Derecho de Registro e Inspección para la actividad “Servicio de Evaluación de Riesgo y Daños” desarrollada por EFICIENCIA S.R.L. en el domicilio de calle Lavalle 6634 de esta ciudad;
Que, este Departamento Ejecutivo, compartiendo el criterio sostenido por el órgano asesor, resulta competente a los fines de emitir el acto administrativo correspondiente;
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
D E C R E T A:
Art. 1º.- Hacer lugar al Recurso interpuesto por los Señores Martín López y Daniel Mozas en el carácter de socios gerentes de la empresa EFICIENCIA S.R.L., contra la Resolución Nº 276/16 de la Dirección de Rentas, atento a lo expuesto en el considerando de la presente.-
Art. 2º.- Por Dirección de Mesa de Entradas Única, notificar fehacientemente al recurrente de lo dispuesto en autos, en el domicilio sito en calle Lavalle Nº 6634, de esta ciudad.-
Art. 3º.- Por Dirección de Rentas deberá procederse a la baja del padrón correspondiente.-

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Resolución Intendente N° 036/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 036/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0963-01478652-9 (NI)

Resumen

Autorizar a Fiscalía Municipal a solicitar ante el Juzgado con competencia penal que corresponda, la urgente orden de allanamiento que permita el ingreso al inmueble, propiedad de este Municipio, ubicado en calle Pavón Nº 1710 (esq. Sarmiento) identificado como Lote Nº 2, Plano de Mensura 107075/85, Padrón municipal Nº 130959, Partida Inmobiliaria 10-11-04 119965/0006, poniendo en resguardo las cosas muebles de verificarse su presencia en el lugar, para su oportuna restitución a quien o quienes acrediten propiedad de las mismas, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 036
SANTA FE DE LA VERA CRUZ 21 FEB 2018
VISTO:
El expediente DE-0963-01478652-9 (NI), y
CONSIDERANDO:
Que, por la actuación de referencia y a través del Departamento Escribanía Municipal, se constató el estado de desocupación del inmueble de propiedad de este Municipio, ubicado en calle Pavón Nº 1710 (esq. Sarmiento) identificado como Lote Nº 2, Plano de Mensura 107075/85, Padrón municipal Nº 130959, Partida Inmobiliaria 10-11-04 119965/0006, oportunamente asignado a la Sra. Teodolinda PRINCICH, en el marco de la Ordenanza Nº 10.382 (modificada por la Ordenanza Nº 11.836), lo que se condice con la presunta disposición indebida del mismo.
Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar a Fiscalía Municipal a solicitar ante el Juzgado con competencia penal que corresponda, la urgente orden de allanamiento que permita el ingreso al inmueble y en el mismo acto, constatar la posible presencia de cosas muebles en el lugar, poniéndolas, en tal caso, a debido resguardo para su oportuna restitución a quien o quienes acrediten propiedad de las mismas.
Que este Departamento Ejecutivo, resulta competente para el dictado del acto administrativo pertinente.
Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:
Art. 1º.- Autorizar a Fiscalía Municipal a solicitar ante el Juzgado con competencia penal que corresponda, la urgente orden de allanamiento que permita el ingreso al inmueble, propiedad de este Municipio, ubicado en calle Pavón Nº 1710 (esq. Sarmiento) identificado como Lote Nº 2, Plano de Mensura 107075/85, Padrón municipal Nº 130959, Partida Inmobiliaria 10-11-04 119965/0006, poniendo en resguardo las cosas muebles de verificarse su presencia en el lugar, para su oportuna restitución a quien o quienes acrediten propiedad de las mismas, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-
Art. 2º.- Girar copia de la presente a Santa Fe Hábitat: Agencia para el Desarrollo Social y Urbano, para su conocimiento.-
Art. 3º.- Remitir las actuaciones a Fiscalía Municipal, a sus efectos.-

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Resolución Intendente N° 042/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 042/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0469-01424685-4 (NI)

Resumen

Autorizar a Fiscalía Municipal a llevar adelante las gestiones extrajudiciales y/o judiciales, orientadas a obtener los valores erogados por esta administración tendentes a la reparación y/o reposición de la columna de alumbrado público, situada en la intersección de calles Av. Pte. Perón e Iturraspe de esta ciudad, que fuera dañada producto del siniestro que protagonizara el el conductor del vehículo marca FORD, modelo CARGO, dominio JTG 608, el día 19.07.17, de conformidad a las facultades otorgadas por la Ordenanza Nº 12.030 y a las consideraciones precedentes.

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 042
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 28 FEB 2018

VISTO:

El Documento DE-0469-01424685-4 (NI), y
CONSIDERANDO:
Que, por la actuación de referencia, la Secretaría de Control, informó el acaecimiento del daño del que fuera objeto una columna de alumbrado público, situada en la zona de intersección de calles Av. Pte. Perón e Iturraspe de esta ciudad, producto del siniestro que protagonizara el conductor del vehículo marca FORD, modelo CARGO, dominio JTG 608, el día 19.07.17.
Que, por Ordenanza Nº 12.030 del Honorable Concejo Municipal, se facultó al Departamento Ejecutivo Municipal a llevar adelante las acciones legales pertinentes para lograr el adecuado y justo resarcimiento de los daños padecidos en el patrimonio municipal a causa de un accidente de tránsito o cualquier otro motivo.
Que, habiéndose estimado el presupuesto para la eventual reparación de la columna, se procedió a intimar al pago al titular dominial del vehículo interviniente en el siniestro, sin obtener respuesta alguna.
Que, por lo tanto, Fiscalía Municipal solicita autorización para llevar adelante las gestiones extrajudiciales y/o judiciales, orientadas a obtener el recupero de los valores erogados por esta administración, por lo que debe dictarse el acto administrativo que así lo disponga.
Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: Autorizar a Fiscalía Municipal a llevar adelante las gestiones extrajudiciales y/o judiciales, orientadas a obtener los valores erogados por esta administración tendentes a la reparación y/o reposición de la columna de alumbrado público, situada en la intersección de calles Av. Pte. Perón e Iturraspe de esta ciudad, que fuera dañada producto del siniestro que protagonizara el el conductor del vehículo marca FORD, modelo CARGO, dominio JTG 608, el día 19.07.17, de conformidad a las facultades otorgadas por la Ordenanza Nº 12.030 y a las consideraciones precedentes.
Art. 2º: Remitir copia a la Secretaría de Control para su conocimiento.-
Art. 3º: Remitir las actuaciones a Fiscalía Municipal, a sus efectos. Cumplimentado, Archívese.-

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Resolución Intendente N° 047/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 047/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0448-01440023-8 (VS)

Resumen

Tener por desistido el Recurso de Apelación interpuesto por el Sr. Daniel Gabino SALES RUBIO, por medio de apoderado, contra la Resolución de la Caja Municipal de Jubilaciones y Pensiones N° 5719-C-2017, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 047
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 01 MAR 2018
VISTO:
El expediente DE-0448-01440023-8 (VS), y
CONSIDERANDO:
Que, debe resolverse el Recurso de Apelación interpuesto por el Sr. Daniel Gabino SALES RUBIO, por medio de su apoderado el Abog. Eduardo A. RINALDI, contra la Resolución Nº 5719-C-2017 de la Caja Municipal de Jubilaciones y Pensiones, que desestimó la solicitud de jubilación ordinaria peticionada, en base a las consideraciones allí vertidas.
Que, el organismo previsional rechazó el recurso de revocatoria y concedió el de apelación subsidiariamente interpuesto mediante Resolución Nº 5744-A-2017.
Que, luego de expresar agravios, el recurrente realiza una nueva presentación en fecha 26.12.17 por la cual manifiesta su voluntad expresa e inequívoca de desistir del Recurso de Apelación interpuesto.
Que, Fiscalía Municipal emite el Dictamen Nº 001/18, donde efectúa una reseña de la normativa referida al sistema recursivo aplicable al caso, al cual cabe remitirse atento a su extensión.
Que, señala que el desistimiento es una figura propia del derecho adjetivo que consiste en la facultad de disposición que cuenta el particular de retraerse del medio recursivo deducido, cuestión que determina que el acto administrativo impugnado quede firme y consentido.
Que, por lo expuesto, el Órgano Asesor sugiere tener por desistido el recurso de apelación promovido, lo que es compartido por este Departamento Ejecutivo.
Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:
Art. 1º: Tener por desistido el Recurso de Apelación interpuesto por el Sr. Daniel Gabino SALES RUBIO, por medio de apoderado, contra la Resolución de la Caja Municipal de Jubilaciones y Pensiones N° 5719-C-2017, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-
Art. 2º: Por Dirección de Mesa de Entradas Única notifíquese fehacientemente en el domicilio constituido, haciéndole saber –conforme a la Ley Nº 12.071- que se halla cumplida en el caso la instancia administrativa correspondiente. Cumplimentado, devuélvanse las actuaciones a la Caja Municipal de Jubilaciones y Pensiones de Santa Fe, a sus efectos.-

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Resolución Intendente N° 050/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 050/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0448-01446926-6 (VS)

Resumen

Rechazar el Recurso de Reconsideración interpuesto por el agente Eduardo Miguel OFREDI (Código Nº 7.550), contra la Resolución del Departamento Ejecutivo Municipal Nº 223/2017, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 050
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 01 MAR 2018
VISTO:
El expediente DE-0448-01446926-6 (VS), y
CONSIDERANDO:
Que, debe resolverse el Recurso de Reconsideración interpuesto por el agente Eduardo Miguel OFREDI (Código Nº 7.550), contra la Resolución Nº 223/2017 dictada por este Departamento Ejecutivo en fecha 05.07.17, luego de sustanciado un procedimiento sumarial, y que dispuso, en lo que es de interés al presente recurso, aplicar al recurrente la sanción de diez (10) días de suspensión.
Que, giradas las actuaciones a Fiscalía Municipal emite el Dictamen Nº 003/2017, en el cual señala, que de las constancias obrantes en el expediente, surge que el recurrente fue debidamente notificado en fecha 24.07.17 e interpone el recurso en fecha 09.10.17, por lo tanto, y en consideración a lo dispuesto por el art. 67 de la Ley provincial Nº 2.756, el remedio intentado resulta extemporáneo y, en consecuencia, inadmisible.
Que, por lo expuesto, el Órgano Asesor sugiere rechazar el recurso promovido, lo que es compartido por este Departamento Ejecutivo.
Por ello,

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:
Art. 1º: Rechazar el Recurso de Reconsideración interpuesto por el agente Eduardo Miguel OFREDI (Código Nº 7.550), contra la Resolución del Departamento Ejecutivo Municipal Nº 223/2017, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-
Art. 2º: Por Dirección de Mesa de Entradas Única, notifíquese fehacientemente al recurrente en el domicilio constituido haciéndole saber haciéndole saber que con el dictado de la presente se ha agotado la instancia administrativa. Cumplimentado, archívese.-

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Resolución Intendente N° 051/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 051/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Planeamiento Urbano
  • N° expediente: DE-0448-01054601-8 (VS)

Resumen

Declarar la Caducidad de la Habilitación de la Licencia de Taxi Nº 643 a favor del Sr. Marcelo Fabián MUNTRIÓN – D.N.I. Nº 18.113.542, de conformidad a lo expresado en los considerando.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
ARQ. MARCELO D. PASCUALON, Secretario de Planeamiento Urbano
CPN Maria Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCIÓN Nº 051
SANTA FE DE LA VERA CRUZ; 02 MAR 2018

VISTO:

            El Documento DE-0448-01054601-8 (VS), y sus gloses y;

 CONSIDERANDO:

Que, la Licencia de Taxi Nº 643 adjudicada mediante Resolución Nº 579/12 al Sr. Marcelo Fabián MUNTRIÓN – D.N.I. Nº 18.113.542, se encuentra sin habilitación administrativa desde fecha 04/03/2014;
Que, intervino la Sra. Asesora Legal de la Secretaría de Planeamiento Urbano, emitiendo el Dictamen 92/17 (a cuyos fundamentos cabe remitirse, atento a su extensión), donde se sugiere declarar la caducidad de la habilitación de la licencia de Taxi N° 643, teniendo en cuenta los términos de la Ordenanza Nº 11.661(Arts. 11, inc.d) y 13);
Que, en consecuencia, corresponde emitir el acto administrativo pertinente;
Por ello:
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ 
R E S U E L V E:

Art. 1º: Declarar la Caducidad de la Habilitación de la Licencia de Taxi Nº 643 a favor del Sr. Marcelo Fabián MUNTRIÓN – D.N.I. Nº 18.113.542, de conformidad a lo expresado en los considerando.-
Art. 2º:  Restituir la Licencia Nº 643 a la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe, auténtica titular de la misma, a fin de administrar su futura explotación, conforme así lo resuelva, haciendo uso de las facultades  que le son propias.-
Art. 3º: Gírense las actuaciones a la Dirección de Habilitaciones del Transporte Público, la cual notificará de lo dispuesto en la presente a los interesados, a la Dirección de Rentas, a sus efectos.- Cumplimentado, ARCHÍVESE.-

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Resolución Intendente N° 063/2018

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 063/2018
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-1051-01464604-6 (NI)

Resumen

Registrar los Contratos de Servicio suscriptos entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y las personas mencionadas en el Anexo que forma parte de la presente Resolución.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Ma. Cecilia Battistutti, Secretaria de Desarrollo Social

Texto completo de la norma

RESOLUCIÓN Nº 063
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 07 MAR 2018
VISTO:
El Documento DE-1051-01464604-6 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Nº 417/17 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación se aprobó la ejecución de cursos de Introducción al Trabajo destinado a los beneficiarios del Programa Jóvenes con Más y Mejor Trabajo.
Que, en este marco, la Dirección de Escuelas de Trabajo ha realizado las gestiones necesarias para el dictado y organización de los cursos, resultando necesaria la registración de los contratos suscriptos a tales fines.
Que, por lo expuesto, es necesario dictar el acto administrativo de numeración y registración pertinente.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:
Art. 1º: Registrar los Contratos de Servicio suscriptos entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y las personas mencionadas en el Anexo que forma parte de la presente Resolución.-
Art. 2º: Girar copia a la Secretaría de Desarrollo Social a sus efectos. Cumplimentado, archívese.-

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