Resolución Intendente N° 011/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 011/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0427-01569545-5 (NI)

Resumen

Postular a la Abog. Elena Beatriz VERANO, D.N.I. 18.485.375, para integrar el Tribunal de Cuentas Municipal- Ordenanza Nº 11.558, conforme a lo establecido por Decreto D.M.M. Nº 01423/13.
Ordenar la publicación durante tres (3) días del nombre del postulante, sus antecedentes curriculares y demás datos que acrediten el cumplimiento de los requisitos del Art. 10º de la Ordenanza Nº 11.558. Dicha publicación deberá efectuarse dentro de los quince (15) días de dictada la presente, en el Boletín Oficial, en el sitio web de la Municipalidad y en los periódicos “El Litoral” y “Uno” de este medio. En la misma se informará que, dentro del plazo de quince (15) días de efectuada la última publicación, la ciudadanía en general, así como las Instituciones Académicas, Colegios y Asociaciones Profesionales relacionadas con el Derecho y las Ciencias Económicas, podrán presentar de un modo escrito y fundado, las objeciones, observaciones, impugnaciones, posturas y toda otra circunstancia que consideren de interés expresar respecto a los profesionales postulados (Art. 4º Decreto D.M.M. Nº 01423/13).

Firmantes

Abog. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 011

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 30 ENE 2019

VISTO:

El Expte. DE-0427-01569545-5 (NI); y,

CONSIDERANDO:

Que, en dichas actuaciones se eleva la propuesta para ocupar un cargo de vocal del Tribunal de Cuentas Municipal, de conformidad con lo dispuesto por la Ordenanza Nº 11.558 y el Decreto D.M.M. Nº 01423/13.

Que, a tenor de lo previsto en el Decreto D.M.M. Nº 01423/13, se han requerido los antecedentes de la Abog. Elena Beatriz VERANO, D.N.I. 18.485.375, quien ha prestado su conformidad para la postulación en el proceso a seguir para cubrir dicho cargo.

Que resulta necesario ordenar el procedimiento aludido, disponiendo las medidas pertinentes para el caso, en especial aquellas que, teniendo en cuenta el trascendente rol institucional del Tribunal y el respeto debido al principio republicano de control de los actos de gobierno, limitan las atribuciones del Departamento Ejecutivo, estableciendo los mecanismos garantes de la publicidad, transparencia y participación ciudadana en la sustanciación del mismo;
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Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E

Art. 1º.- Postular a la Abog. Elena Beatriz VERANO, D.N.I. 18.485.375, para integrar el Tribunal de Cuentas Municipal- Ordenanza Nº 11.558, conforme a lo establecido por Decreto D.M.M. Nº 01423/13.

Art. 2º.- Ordenar la publicación durante tres (3) días del nombre del postulante, sus antecedentes curriculares y demás datos que acrediten el cumplimiento de los requisitos del Art. 10º de la Ordenanza Nº 11.558. Dicha publicación deberá efectuarse dentro de los quince (15) días de dictada la presente, en el Boletín Oficial, en el sitio web de la Municipalidad y en los periódicos “El Litoral” y “Uno” de este medio. En la misma se informará que, dentro del plazo de quince (15) días de efectuada la última publicación, la ciudadanía en general, así como las Instituciones Académicas, Colegios y Asociaciones Profesionales relacionadas con el Derecho y las Ciencias Económicas, podrán presentar de un modo escrito y fundado, las objeciones, observaciones, impugnaciones, posturas y toda otra circunstancia que consideren de interés expresar respecto a los profesionales postulados (Art. 4º Decreto D.M.M. Nº 01423/13).

Art. 3º.- Comunicar la presente al Consejo Profesional de Ciencias Económica de la Provincia de Santa Fe, Cámara I, al Colegio de Graduados de Ciencias Económicas de Santa Fe, al Colegio de Abogados de la Provincia de Santa Fe de la 1ª Circunscripción, y a las Facultades de Derecho y Ciencias Económicas de esta ciudad, mediante nota de estilo, en los términos del Art. 3º del Decreto D.M.M. Nº 01423/13.

Art. 4º.- Autorizar a la Secretaría de Gobierno a disponer las medidas necesarias para la sustanciación del procedimiento aquí establecido.

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Resolución Intendente N° 088/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 088/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0920-01574914-6 (NI)

Resumen

Aprobar y registrar los Contratos y Actas que se adjuntan y forman parte de la presente, suscriptos con las personas detalladas en el Anexo adjunto.

Firmantes

Abog. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
C.P.N. Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 088

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 01 ABR 2019

VISTO:

El Documento DE-0920-01574914-6 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, por el Decreto D.M.M. Nº 02299/16 se han aprobado las condiciones generales aplicables a los Contratos de Servicios que celebra esta Municipalidad con particulares.

Que, en las actuaciones de referencia, se adjuntan Contratos y Actas suscriptos con particulares para la prestación de servicios en diferentes Secretarías del Departamento Ejecutivo Municipal.

Que, cumpliendo los mismos con las formalidades exigidas conforme el Decreto D.M.M. Nº 02313/16, debe dictarse el acto administrativo que disponga la aprobación y registración de las actas referidas.

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1º: Aprobar y registrar los Contratos y Actas que se adjuntan y forman parte de la presente, suscriptos con las personas detalladas en el Anexo adjunto.

Art. 2º: Autorizar a la Dirección de Administración Financiera a atender el gasto que demanda la presente gestión.

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Resolución Intendente N° 172/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 172/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0428-01573428-8 (NI)

Resumen

Eximir al agente Álvaro CASCO (Código Nº 12611) del registro de ingreso y egreso a esta Administración Municipal, establecido en el Decreto D.M.M. Nº 02026/10 -“Reglamento del Sistema de Control de Ingreso y Egreso del Personal Municipal”-, por estrictas razones de servicios, a partir del 01 de febrero de 2019.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
C.P.N. Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 172

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 23 MAY 2019

VISTO:

El Documento DE-0428-01573428-8 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, en la actuación de referencia, la Subsecretaría de Prevención y Seguridad Ciudadana solicita exceptuar al agente Álvaro CASCO (Código Nº 12611) del registro de ingreso y egreso a esta Administración Municipal, establecido por Decreto D.M.M. 02026/10, a partir del 01 de febrero de 2019, por estrictas razones de servicios;

Que, la Dirección de Personal informa que el citado revista en esta Administración en calidad de Permanente, con funciones de Agente de Seguridad, Categoría 15, Agrupamiento VI- Servicios Generales, dependiente de la Dirección de Seguridad en Espacios Públicos, subrogando en el Departamento Centro de Monitoreo, la Función de Jefe de Departamento, Categoría 21, Agrupamiento I-Administrativo;

Que, la Subsecretaría de la Función Pública aconseja dictar el acto administrativo cuyo objeto disponga, eximir al agente, por las razones de servicios expresadas en la nota de referencia, de registrar su ingreso y egreso conforme a lo establecido en el Decreto D.M.M. Nº 02026/10, a partir del 01 de febrero de 2019;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: Eximir al agente Álvaro CASCO (Código Nº 12611) del registro de ingreso y egreso a esta Administración Municipal, establecido en el Decreto D.M.M. Nº 02026/10 -“Reglamento del Sistema de Control de Ingreso y Egreso del Personal Municipal”-, por estrictas razones de servicios, a partir del 01 de febrero de 2019.-

Art. 2º: Remitir copia a la Dirección de Personal. Cumplimentado, ARCHIVESE.-

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Resolución Intendente N° 209/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 209/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Planeamiento Urbano
  • N° expediente: DE-0448-01592671-0 (VS)

Resumen

Autorizar la Titularidad de la Agencia de Remises, registrada bajo el nombre de fantasía UNISOL, a nombre de la Cooperativa de Trabajo Unidos y Solidarios Limitada, la cual funcionará en el domicilio de Avda. Gorriti Nº 5113 de esta ciudad de Santa Fe.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Arq. Marcelo PASCUALON, Secretario de Planeamiento Urbano
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCIÓN Nº 209

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 27 MAY 2019

VISTO:

El Documento DE-0448-01592671-0 (VS), y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante los actuados de referencia, la Cooperativa de Trabajo Unidos y Solidarios Limitada solicita la habilitación cómo agencia de remis en el marco de la Ordenanza Nº 12.539/18;

Que, la Ordenanza Nº 9.981/95 y sucesivas establecen el marco normativo para el Subsistema de Transporte de Pasajeros por Remises de la Ciudad de Santa Fe como un Servicio Público, siendo prestatarias del mismo las Agencias debidamente autorizadas por el Departamento Ejecutivo Municipal;

Que, las agencias de remises son prestatarias de un Servicio Público delegado, en el cual el interés general y el bien común son la finalidad única de la explotación de dicho servicio;

Que, se encuentran vigentes los artículos 20 y 21 de la Ordenanza 10.656/00 a partir de los cuales se anula la posibilidad de crear nuevas agencias y licencias destinadas al Subsistema de Remises;

Que, sin perjuicio de lo mencionado anteriormente, existen al día de la fecha un cúmulo de Licencias de Remises que han pasado a disponibilidad del Municipio por diversos incumplimientos en la prestación del servicio público por parte de los permisionarios, al igual que con el caso de permisos de agencias, según lo informado por la Dirección de Habilitaciones del Transporte Público en Expediente DE-0747-01569330-2 (NI);

Que, en función del espíritu de brindar oportunidades de trabajo a un grupo de personas que, en el marco del cooperativismo, buscan acceder a los permisos para la explotación de licencias de remises, preferentemente en la zona norte de la ciudad, surge la Ordenanza 12.539/18, a partir de la cual se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a relevar la situación y asignar las licencias;

Que, atento a que es de carácter instransferible el permiso de Agencia, de no poder continuar con la explotación por parte del adjudicado, la misma volverá al Municipio para su reasignación;

Que, en las actuaciones de referencia, la Cooperativa de Trabajo Unidos y Solidarios Limitada, inscripta en el Registro Nacional de Cooperativas con matrícula otorgada por Resolución Firma Conjunta Nº 602 de fecha 10 de Mayo de 2017, emanada por el Directorio del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social, representada por su presidente el Sr. Julio Cesar VIVAS, solicita la habilitación cómo agencia de remis;

Que, la Dirección de Habilitaciones del Transporte Público informa que, se encuentra cumplimentada la documentación necesaria para autorizar el funcionamiento de la agencia de remis de titularidad de la Cooperativa de Trabajo Unidos y Solidarios Ltda., bajo el nombre de fantasía UNISOL, en el domicilio de Avda. Gorriti Nº 5113, quedando supeditada la correspondiente habilitación, bajo pena de nulidad de la presente, al cumplimiento del Art. 12 de la Ordenanza Nº 9.981/95;

Que, por todo lo expuesto, la Asesora Legal de la Secretaría de Planeamiento Urbano sugiere que se dicte el acto administrativo pertinente, lo que es compartido por este Departamento Ejecutivo Municipal;

Por ello:

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: Autorizar la Titularidad de la Agencia de Remises, registrada bajo el nombre de fantasía UNISOL, a nombre de la Cooperativa de Trabajo Unidos y Solidarios Limitada, la cual funcionará en el domicilio de Avda. Gorriti Nº 5113 de esta ciudad de Santa Fe.-

Art. 2º: Dicha autorización es de carácter intransferible, motivo por el cual, de no poder continuar con la explotación por parte de la Cooperativa, el permiso otorgado volverá a disponibilidad del Municipio.-

Art. 3º: Que a los fines de la habilitación, se deberá cumplimentar con los requisitos exigidos en el Art. Nº 12 de la Ordenanza Nº 9.981/95.-

Art. 4º: Por Dirección de Habilitaciones del Transporte Público notifíquese de lo dispuesto a la interesada y a la Dirección de Rentas, a sus efectos. Cumplimentado, ARCHÍVESE.-

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Resolución Intendente N° 208/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 208/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos
  • N° expediente: DE-1035-01559653-9 (NI)

Resumen

Fijar el nuevo precio unitario por tonelada de residuos tratados por la Empresa MILICIC S.A. en la suma de pesos novecientos diecisiete con setenta y tres ($ 917,73), conforme a lo establecido en la cláusula quinta del contrato y Anexo I del contrato numerado y registrado por Decreto D.M.M. Nº 01659/08, por las razones expuestas en los considerandos precedentes.-
Disponer la aplicación de dicho precio a los servicios prestados a partir del mes de octubre del año 2018.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Tco. MARIANO CEJAS, Secretario de Ambiente y Espacios Públicos
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 208

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 27 MAY 2019

VISTO:

El Documento DE-1035-01559653-9 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, la empresa MILICIC S.A, en el marco del Servicio de Disposición Final de Residuos Sólidos Urbanos por el Sistema de Relleno Sanitario, solicita la redeterminación del precio unitario por tonelada de residuos tratados de acuerdo a los últimos índices disponibles, correspondientes al mes de septiembre del año 2018, para ser aplicados a partir de octubre del dicho año;

Que, lo solicitado se encuentra previsto en la cláusula quinta y Anexo I del contrato celebrado con la empresa, numerado y registrado por Decreto D.M.M. Nº 01659/08;

Que, el Asistente Técnico de la Secretaría de Hacienda efectúa el cálculo correspondiente teniendo en cuenta el Acta Acuerdo de Redeterminación de Precios aprobada por Decreto D.M.M. Nº 02261/2016 e informa que del precio unitario obtenido correspondiente al mes de setiembre/18 equivale a la suma de pesos novecientos diecisiete con setenta y tres ($917,73), y el vigente, según Resolución Nº 044/19, asciende a un valor de pesos ochocientos treinta y cuatro con veintidós centavos ($834.22), constatándose una variación del diez coma uno por ciento (10,01%);

Que, intervino el Asistente Legal de la Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos, emitiendo el informe correspondiente (a cuyos fundamentos cabe remitirse, atento a su extensión);

Que, por lo expuesto, corresponde establecer el nuevo valor unitario a partir del mes de octubre/18 y subsiguientes, por la suma de pesos novecientos diecisiete con setenta y tres ($ 917,73);

Que, por lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo correspondiente;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE
R E S U E L V E:

Art. 1º: Fijar el nuevo precio unitario por tonelada de residuos tratados por la Empresa MILICIC S.A. en la suma de pesos novecientos diecisiete con setenta y tres ($ 917,73), conforme a lo establecido en la cláusula quinta del contrato y Anexo I del contrato numerado y registrado por Decreto D.M.M. Nº 01659/08, por las razones expuestas en los considerandos precedentes.-

Art. 2º: Disponer la aplicación de dicho precio a los servicios prestados a partir del mes de octubre del año 2018.-

Art. 3º: Remitir copia de la presente a Dirección de Administración Financiera y a la Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos. Cumplido, ARCHIVAR.-

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Resolución Intendente N° 010/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 010/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0427-01569546-3 (NI),

Resumen

Postular al CPN Néstor Darío MEJÍAS, D.N.I. 24.768.029, para integrar el Tribunal de Cuentas Municipal- Ordenanza Nº 11.558, conforme a lo establecido por Decreto D.M.M. Nº 01423/13.
Ordenar la publicación durante tres (3) días del nombre del postulante, sus antecedentes curriculares y demás datos que acrediten el cumplimiento de los requisitos del Art. 10º de la Ordenanza Nº 11.558. Dicha publicación deberá efectuarse dentro de los quince (15) días de dictada la presente, en el Boletín Oficial, en el sitio web de la Municipalidad y en los periódicos “El Litoral” y “Uno” de este medio. En la misma se informará que, dentro del plazo de quince (15) días de efectuada la última publicación, la ciudadanía en general, así como las Instituciones Académicas, Colegios y Asociaciones Profesionales relacionadas con el Derecho y las Ciencias Económicas, podrán presentar de un modo escrito y fundado, las objeciones, observaciones, impugnaciones, posturas y toda otra circunstancia que consideren de interés expresar respecto a los profesionales postulados (Art. 4º Decreto D.M.M. Nº 01423/13).

Firmantes

Abog. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 010

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 30 ENE 2019

VISTO:

El Expte. DE-0427-01569546-3 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, en dichas actuaciones se eleva la propuesta para ocupar un cargo de vocal del Tribunal de Cuentas Municipal, de conformidad con lo dispuesto por la Ordenanza Nº 11.558 y el Decreto D.M.M. Nº 01423/13.

Que, a tenor de lo previsto en el Decreto D.M.M. Nº 01423/13, se han requerido los antecedentes del CPN Néstor Darío MEJÍAS, D.N.I. 24.768.029, quien ha prestado su conformidad para la postulación en el proceso a seguir para cubrir dicho cargo.

Que, resulta necesario ordenar el procedimiento aludido, disponiendo las medidas pertinentes para el caso, en especial aquellas que, teniendo en cuenta el trascendente rol institucional del Tribunal y el respeto debido al principio republicano de control de los actos de gobierno, limitan las atribuciones del Departamento Ejecutivo, estableciendo los mecanismos garantes de la publicidad, transparencia y participación ciudadana en l sustanciación del mismo;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E

Art. 1º.- Postular al CPN Néstor Darío MEJÍAS, D.N.I. 24.768.029, para integrar el Tribunal de Cuentas Municipal- Ordenanza Nº 11.558, conforme a lo establecido por Decreto D.M.M. Nº 01423/13.

Art. 2º.- Ordenar la publicación durante tres (3) días del nombre del postulante, sus antecedentes curriculares y demás datos que acrediten el cumplimiento de los requisitos del Art. 10º de la Ordenanza Nº 11.558. Dicha publicación deberá efectuarse dentro de los quince (15) días de dictada la presente, en el Boletín Oficial, en el sitio web de la Municipalidad y en los periódicos “El Litoral” y “Uno” de este medio. En la misma se informará que, dentro del plazo de quince (15) días de efectuada la última publicación, la ciudadanía en general, así como las Instituciones Académicas, Colegios y Asociaciones Profesionales relacionadas con el Derecho y las Ciencias Económicas, podrán presentar de un modo escrito y fundado, las objeciones, observaciones, impugnaciones, posturas y toda otra circunstancia que consideren de interés expresar respecto a los profesionales postulados (Art. 4º Decreto D.M.M. Nº 01423/13).

Art. 3º.- Comunicar la presente al Consejo Profesional de Ciencias Económica de la Provincia de Santa Fe, Cámara I, al Colegio de Graduados de Ciencias Económicas de Santa Fe, al Colegio de Abogados de la Provincia de Santa Fe de la 1ª Circunscripción, y a las Facultades de Derecho y Ciencias Económicas de esta ciudad, mediante nota de estilo, en los términos del Art. 3º del Decreto D.M.M. Nº 01423/13.

Art. 4º.- Autorizar a la Secretaría de Gobierno a disponer las medidas necesarias para la sustanciación del procedimiento aquí establecido.

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Resolución Intendente N° 160/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 160/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: EP 0232-01542742-0 (N)

Resumen

Registrar los Permisos de Uso, suscriptos entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y las personas detalladas en anexo adjunto los que forman parte de la presente.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 160
Santa Fe de la Vera Cruz, 16 MAY 2019
VISTO:
El Documento EP 0232-01542742-0 (N), y;
CONSIDERANDO:
Que, el Programa Centro de Convenciones Estación Belgrano, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Estratégico y Resiliencia, tiene entre sus misiones y funciones, la de gestionar eficientemente el uso del edificio con la finalidad de posicionarlo como un centro de convenciones de referencia regional que brinde un servicio de calidad para la comunidad en la recepción, organización y coordinación de eventos culturales, académicos, educativos, deportivos y sociales.
Que, a tales fines y en ejercicio de sus facultades, se adjuntan Permisos de Usos de los distintos espacios de la Estación Belgrano para la realización de distintas actividades.
Que, por lo expuesto, es necesario dictar el acto administrativo de numeración y registración pertinente.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE
Art. 1º: Registrar los Permisos de Uso, suscriptos entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y las personas detalladas en anexo adjunto los que forman parte de la presente.-
Art. 2º: Girar copia a la Secretaría de Desarrollo Estratégico y Resiliencia, a sus efectos.-

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Resolución Intendente N° 093/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 093/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Desarrollo Social
  • N° expediente: DE-1051-01585530-7 (NI)

Resumen

Otorgar una beca de cinco mil quinientos pesos ($5.500) a las personas incluidas en el Anexo I de la presente.

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. MARIA CECILIA BATTISTUTTI, Secretaria de Desarrollo Social
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCIÓN N° 093

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 04 ABR 2019

VISTO:

El Documento DE-1051-01585530-7 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución D.E.M. N° 442/18 se creó un programa de becas a favor de las personas relevadas en el marco del Programa “Calles Seguras: Infancia y Juventud Protegida”, implementado por Decreto DMM N° 01948/13, con el objeto de lograr la inclusión social a través de la capacitación y/o del mejoramiento de las condiciones laborales.

Que, la Dirección de Escuelas de Trabajo solicita se otorgue por el mes de marzo a las personas que se mencionan en el Anexo que forma parte de la presente, las becas dispuestas en la mencionado Resolución.

Que, debe dictarse el acto administrativo pertinente que así lo disponga.

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1º.- Otorgar una beca de cinco mil quinientos pesos ($5.500) a las personas incluidas en el Anexo I de la presente.

Art. 2º.- Remitir copia a la Secretaría de Hacienda a los fines de dar cumplimiento a la presente.

Art. 3°.- La presente erogación se imputará en Jurisdicción Secretaría de Desarrollo Social – Categoría Programática 24.00.00 – Objeto del Gasto 5.1.3.0 – Fuente de Financiamiento 110 – Tesoro Municipal.

Art. 4º.- Tome conocimiento la Secretaría de Desarrollo Social, la que debe hacer saber lo aquí dispuesto a los interesados.

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Resolución Intendente N° 021/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 021/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Desarrollo Social
  • N° expediente: DE-1051-01572445-3 (NI)

Resumen

Otorgar una beca de cuatro mil quinientos pesos ($4.500) a las personas incluidas en el Anexo I de la presente.

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. MARIA CECILIA BATTISTUTTI, Secretaria de Desarrollo Social
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCIÓN Nº 021

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 05 FEB 2019

VISTO:

El Documento DE-1051-01572445-3 (NI), y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución D.E.M. N° 442/18 se creó un programa de becas a favor de las personas relevadas en el marco del Programa “Calles Seguras: Infancia y Juventud Protegida”, implementado por Decreto DMM N° 01948/13, con el objeto de lograr la inclusión social a través de la capacitación y/o del mejoramiento de las condiciones laborales.

Que, la Dirección de Escuelas de Trabajo solicita se otorgue por el mes de enero a las personas que se mencionan en el Anexo que forma parte de la presente, las becas dispuestas en la mencionado Resolución.

Que, debe dictarse el acto administrativo pertinente que así lo disponga.

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1º.- Otorgar una beca de cuatro mil quinientos pesos ($4.500) a las personas incluidas en el Anexo I de la presente.

Art. 2º.- Remitir copia a la Secretaría de Hacienda a los fines de dar cumplimiento a la presente.

Art. 3°.- La presente erogación se imputará en Jurisdicción Secretaría de Desarrollo Social – Categoría Programática 24.00.00 – Objeto del Gasto 5.1.3.0 – Fuente de Financiamiento 110 – Tesoro Municipal.

Art. 4º.- Tome conocimiento la Secretaría de Desarrollo Social, la que debe hacer saber lo aquí dispuesto a los interesados.

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Resolución Intendente N° 159/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 159/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Hacienda
  • N° expediente: DE-0963-01573729-9 (NI)

Resumen

Dispóngase por aplicación de los Arts. 5º y 45º de la Ley Provincial N° 2.756, la inscripción en el Registro General de la Provincia de Santa Fe y demás organismos pertinentes, de las fracciones de terreno que surgen del Plano de Mensura y Subdivisión para Adquisición de Dominio, inscripto en fecha 21 de noviembre de 2017 en el Servicio de Catastro e Información Territorial de la Provincia de Santa Fe, Dirección de Topocartografía, al Nº 206.490, y que forman parte de la Manzana Municipal N° 4740, partida inmobiliaria provincial N° 10-11-06-130246/0000, cuyas medidas, linderos y superficies son las determinadas en el Anexo I, el cual se adjunta y forma parte integrante de la presente.-

Firmantes

Dr. José Manuel Corral, Intendente
CPN Mg.Ma Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

Texto completo de la norma

RESOLUCION Nº 159
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 16 MAY 2019
VISTO:
El Documento DE-0963-01573729-9 (NI); y
CONSIDERANDO:
Que, Santa Fe Hábitat, Agencia para el Desarrollo Social y Urbano solicita la inscripción a favor de la Municipalidad de Santa Fe de treinta y seis (36) fracciones de terreno pertenecientes a ésta por aplicación de los Arts. 5º y 45º de la Ley Provincial N° 2.756;
Que, en fecha 21 de noviembre de 2017 en el Servicio de Catastro e Información Territorial de la Provincia de Santa Fe se registró al Nº 206.490 el Plano de Mensura y Subdivisión para Adquisición de Dominio confeccionado por el Ingeniero Agrimensor Santiago Andrés Locatelli;
Que, habiendo sido inscripto el plano antes mencionado, corresponde proceder a realizar la primera inscripción de dominio en el Registro General de la Provincia de Santa Fe a nombre de la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe, para así poder continuar avanzando con el Programa de Regularización Dominial;
Que, el Art. 5º de la Ley 2.756 dispone que: “Corresponde en propiedad a las Municipalidades constituidas o que se constituyan en lo sucesivo, todos los terrenos fiscales baldíos, o sin propietario, que se encuentren dentro de los límites del respectivo municipio…”;
Que, en el mismo sentido el Art. 45º de la citada Ley dispone que: “Son bienes privados de las Municipalidades: a) Todos los terrenos baldíos, los sin propietario y los que pertenezcan al fisco provincial y se encuentren dentro de los límites del respectivo municipio, en las Municipalidades de primera categoría y de la planta urbana en las de segunda, con excepción de los que se hubiere reservado el Gobierno para obras de utilidad pública, con anterioridad la promulgación de la presente ley o que para el mismo objeto necesitare en delante de acuerdo con el artículo 5º”;

Que, reuniendo las fracciones de terreno antes mencionadas los requisitos exigidos por la Ley N° 2.756, corresponde dictar el acto administrativo correspondiente, a los fines de establecer la inscripción registral pertinente;
Por ello:
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:
Art. 1º: Dispóngase por aplicación de los Arts. 5º y 45º de la Ley Provincial N° 2.756, la inscripción en el Registro General de la Provincia de Santa Fe y demás organismos pertinentes, de las fracciones de terreno que surgen del Plano de Mensura y Subdivisión para Adquisición de Dominio, inscripto en fecha 21 de noviembre de 2017 en el Servicio de Catastro e Información Territorial de la Provincia de Santa Fe, Dirección de Topocartografía, al Nº 206.490, y que forman parte de la Manzana Municipal N° 4740, partida inmobiliaria provincial N° 10-11-06-130246/0000, cuyas medidas, linderos y superficies son las determinadas en el Anexo I, el cual se adjunta y forma parte integrante de la presente.-
Art. 2º: Autorícese al Departamento de Escribanía Municipal a suscribir las fichas y documentación pertinente exigida por el Registro General de la Provincia de Santa Fe, y a la realización de cuanto acto y/o gestión fuere conducente a fin de efectivizarse lo dispuesto por el Art. 1º de la presente.-
Art. 3º: Remítase a sus efectos. Cumplimentado, ARCHÍVESE.-

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