Resolución Intendente N° 326/2019

 

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 326/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0450-01599119-3

Resumen
Aprobar lo actuado por la Junta Examinadora en la Convocatoria a Concurso Interno de Antecedentes y Entrevista para cubrir cargos de Supervisor Administrativo de Segunda, en la Dirección de Personal de la Secretaría de Hacienda, dispuesta por Resolución Nº 416/18, conforme a los detalles descriptos en su Anexo II.

Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

RESOLUCION Nº 326

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 12 JUL 2019

VISTO:
El Documento DE-0450-01599119-3 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Nº 416/18 – Anexo II se dispuso una Convocatoria a Concurso Interno de Antecedentes y Entrevista para cubrir cargos de Supervisor Administrativo de Segunda en la Dirección de Personal de la Secretaría de Hacienda, conforme a los detalles allí descriptos;
Que, habiendo culminado el trámite de la Convocatoria, se elevan las Actas emitidas por la Junta Examinadora actuante y Planilla de Orden de Mérito Final;
Que, se estima conveniente dictar el acto administrativo pertinente;
Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:
Art. 1º: Aprobar lo actuado por la Junta Examinadora en la Convocatoria a Concurso Interno de Antecedentes y Entrevista para cubrir cargos de Supervisor Administrativo de Segunda, en la Dirección de Personal de la Secretaría de Hacienda, dispuesta por Resolución Nº 416/18, conforme a los detalles descriptos en su Anexo II.
Art. 2º: Establecer el Orden de Mérito resultante de dicha Convocatoria, que como Anexo integra la presente Resolución.
Art. 3º: Remitir copia de la presente a la Dirección de Capacitación, Ingreso y Promociones. Cumplimentado. ARCHÍVESE.-

 

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Resolución Intendente N° 327/2019

 

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 327/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Hacienda
  • N° expediente: DE-0959-01417671-3

Resumen
Rechazar el recurso de reconsideración interpuesto por la firma CAUCHO SANTA FE S.A. contra la Resolución Nº 0114/18 de la Dirección de Fiscalización, atento a lo expuesto en el Considerando de la presente.-

Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

RESOLUCION Nº 327
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 12 JUL 2019
VISTO:
El Documento: DE-0959-01417671-3 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, corresponde resolver el recurso de reconsideración interpuesto por la firma CAUCHO SANTA FE S.A. contra la Resolución Nº 114/18 de la Dirección de Fiscalización, que impugnó las bases imponibles declaradas por el contribuyente por los períodos entre los meses 02 a 06/2013 y 08 a 12/2013; 02, 04, 05, 07, 09, 11 y 12/2014; 04 a 12/2015; 01 a 04 y 08 a 12/2016; 01 a 12/2017 y 01 y 02/2018, aplicando las bases imponibles por tales períodos, sumado a la imposición de una multa por resistencia pasiva;
Que, Dirección de Fiscalización dictó la Resolución Nº 160/18, declarando admisible el recurso planteado;
Que, Fiscalía Municipal emitió Dictamen Nº 066/19 (a cuyos fundamentos cabe remitirse, atento a su extensión), manifestando que el recurrente no ofreció prueba alguna tendente a demostrar la falsedad de las firmas obrantes en autos, al igual que de la documental suscripta por el presidente Miniello la cual coincide tanto en la firma como en la letra;
Que, asimismo, las notificaciones realizadas a la empresa fueron debidamente suscriptas por los verificadores intervinientes y todas cuenta con la firma del contribuyente, constituyendo ello elemento de prueba suficiente para la determinación de oficio, además de la comunicación de su contenido;
Que, conforme lo expresado, el órgano asesor aconsejó rechazar al recurso de reconsideración interpuesto, cuestión que es compartida por este Departamento Ejecutivo, quien resulta competente a los fines de emitir el acto administrativo pertinente;
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:
Art. 1º: Rechazar el recurso de reconsideración interpuesto por la firma CAUCHO SANTA FE S.A. contra la Resolución Nº 0114/18 de la Dirección de Fiscalización, atento a lo expuesto en el Considerando de la presente.-
Art. 2º: Por Mesa de Entradas Única notificar al recurrente con entrega de copia en domicilio constituido en auto, haciéndole saber que se encuentra agotada la instancia administrativa.-
Art. 3º: Remitir la presente a Subsecretaría de Ingresos Públicos. Cumplido, ARCHIVESE.-

 

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Resolución Intendente N° 328/2019

 

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 328/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0444-01562961-1

Resumen
Eximir al agente Nicolás PROBST (Código Nº 14665) del registro de ingreso y egreso a esta Administración Municipal, establecido en el Decreto D.M.M. Nº 02026/10 -“Reglamento del Sistema de Control de Ingreso y Egreso del Personal Municipal”-, por estrictas razones de servicios, a partir del 01 de mayo de 2019.-

Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

RESOLUCION Nº 328

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 12 JUL 2019
VISTO:
El Documento DE-0444-01562961-1 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, en la actuación de referencia, la Secretaría de Cultura solicita exceptuar al agente Nicolás PROBST (Código Nº 14665) del registro de ingreso y egreso a esta Administración Municipal, establecido por Decreto D.M.M. 02026/10, a partir del 01 de mayo de 2019, por estrictas razones de servicios;
Que, la Dirección de Personal informa que el citado revista en esta Administración en calidad de No Permanente- Contratado, sin función, Categoría 8, sin Agrupamiento, dependiente del Programa Gestión Cultural Museos y Salas de Exposiciones- Secretaría de Cultura;
Que, la Subsecretaría de la Función Pública aconseja dictar el acto administrativo cuyo objeto disponga, eximir al agente, por las razones de servicios expresadas en la nota de referencia, de registrar su ingreso y egreso conforme a lo establecido en el Decreto D.M.M. Nº 02026/10, a partir del 01 de mayo de 2019;
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:

Art. 1º: Eximir al agente Nicolás PROBST (Código Nº 14665) del registro de ingreso y egreso a esta Administración Municipal, establecido en el Decreto D.M.M. Nº 02026/10 -“Reglamento del Sistema de Control de Ingreso y Egreso del Personal Municipal”-, por estrictas razones de servicios, a partir del 01 de mayo de 2019.-
Art. 2º: Remitir copia a la Dirección de Personal. Cumplimentado, ARCHIVESE.-

 

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Resolución Intendente N° 329/2019

 

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 329/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0448-01569958-0

Resumen
No hacer lugar al Reclamo Administrativo Previo formulado por el Sr. Héctor Alberto GÓMEZ, a través de su apoderado, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-

Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

RESOLUCION Nº 329
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 12 JUL 2019
VISTO:
El expediente DE-0448-01569958-0 (VS), y;
CONSIDERANDO:
Que, debe resolverse el Reclamo Administrativo Previo formulado por el Sr. Héctor Alberto GÓMEZ, a través de su apoderado el abogado Waldemar BIANCIOTTO, tendiente a obtener indemnización de supuestos daños y perjuicios.
Que, relata que en fecha 26.04.18, en momentos en que el Sr. GOMÉZ se encontraba circulando por Avenida Circunvalación Oeste, en sentido Sur-Norte a bordo de su vehículo marca Renault, modelo Clío II, dominio FDZ 497, cuando al llegar a la intersección con calle Mendoza debió realizar una brusca maniobra para evitar colisionar con obstáculos que obstruían el camino, lo que le habría hecho perder el control del automóvil, experimentando varios vuelcos y caída en un zanjón a la vera de la calzada, quedando el rodado completamente destruido.
Que, acompaña para fundar su pretensión copias simples de la denuncia policial efectuada, fotografías del vehículo, Documento Nacional de Identidad, título automotor y constancia de póliza del seguro; y solicita una indemnización total por la pérdida del vehículo equivalente a la suma de pesos ciento cincuenta y nueve mil seiscientos ($159.600).
Que, previo informe de la Subsecretaría de Ordenamiento Territorial, Fiscalía Municipal emite el Dictamen Nº 058/2019 (a cuyos fundamentos cabe remitirse atento a su extensión), donde señala que conforme a la Disposición Nº 03/15 de la Dirección Nacional de Vialidad, el tramo de Circunvalación comprendido entre el Empalme de la Ruta Nacional Nº 11 (Intercambiador calle Intendente Irigoyen, acceso desde Santo Tomé) y el Empalme de la Ruta Nacional Nº 11 1v11 (Av. Gorostiaga Prog. 14.44), se designó como Ruta Nacional Nº 11, correspondiente a la jurisdicción nacional, por lo que el lugar donde habría ocurrido el hecho denunciado excede la jurisdicción de este Municipio y, por lo tanto, esta Administración no le corresponde responder por los eventuales siniestros que allí se produzcan.
Que, sin perjuicio de ello, no median en autos pruebas suficientes que permitan tener por cierto el hecho denunciado, ni que el mismo se produjera del modo sostenido, así como tampoco que los daños invocados obedezcan a aquel siniestro.
Que, asimismo, el reclamo constituye un relato de hechos carente de pruebas fehacientes que lo avalen, no logrando acreditar el reclamante que el siniestro ocurriera del modo relatado, cuestión que a la luz de las constancias probatorias, resultan únicamente afirmaciones de su parte, careciendo la presentación de los demás extremos requeridos para la procedencia de la reparación estatal: daño cierto, acreditado y mensurable en dinero; actividad u omisión materialmente imputable a un órgano estatal, relación de causalidad adecuada entre la actividad o inactividad y el daño invocado; falta de servicio consistente en una actuación u omisión irregular de parte del Estado.

Que, por lo expuesto el Órgano Asesor aconseja rechazar el reclamo interpuesto, criterio que es compartido por este Departamento Ejecutivo Municipal.
Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:
Art. 1º.- No hacer lugar al Reclamo Administrativo Previo formulado por el Sr. Héctor Alberto GÓMEZ, a través de su apoderado, por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-
Art. 2º.- Por Dirección de Mesa de Entradas Única notifíquese fehacientemente en el domicilio constituido, haciéndole saber que con el dictado de la presente se ha cumplimentado con la reclamación exigida por la Ley Nº 7.234, agotándose la instancia administrativa.-

 

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Resolución Intendente N° 330/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 330/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0450-01599385-0
Resumen
Aprobar lo actuado por la Junta Examinadora en la Convocatoria a Concurso Interno de Antecedentes y Entrevista para cubrir cargos de Supervisor Administrativo de Primera, en las distintas reparticiones de las Jurisdicciones del Departamento Ejecutivo Municipal, dispuesta por Resolución Nº 416/18, conforme a los detalles descriptos en su Anexo I.-Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCION Nº 330

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 12 JUL 2019

VISTO:
El Documento DE-0450-01599385-0 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Nº 416/18 – Anexo I se dispuso una Convocatoria a Concurso Interno de Antecedentes y Entrevista para cubrir cargos de Supervisor Administrativo de Primera, en las distintas reparticiones de las Jurisdicciones del Departamento Ejecutivo Municipal, conforme a los detalles allí descriptos;
Que, habiendo culminado el trámite de la Convocatoria, se elevan las Actas emitidas por la Junta Examinadora actuante y Planilla de Orden de Mérito Final;
Que, se estima conveniente dictar el acto administrativo pertinente;
Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:
Art. 1º: Aprobar lo actuado por la Junta Examinadora en la Convocatoria a Concurso Interno de Antecedentes y Entrevista para cubrir cargos de Supervisor Administrativo de Primera, en las distintas reparticiones de las Jurisdicciones del Departamento Ejecutivo Municipal, dispuesta por Resolución Nº 416/18, conforme a los detalles descriptos en su Anexo I.-
Art. 2º: Establecer el Orden de Mérito resultante de dicha Convocatoria, que como Anexo integra la presente Resolución.-
Art. 3º: Remitir copia de la presente a la Dirección de Capacitación, Ingreso y Promociones. Cumplimentado. ARCHÍVESE.-

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Resolución Intendente N° 331/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 331/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0456-01600570-4
Resumen
Reconocer a la agente Carina Noemí FRATTE (Código Nº 14509), Permanente, sin Función, Categoría 08, Agrupamiento I-Administrativo, dependiente de la Dirección de Administración Financiera, el Suplemento “Función de Administración Financiera”, contemplado en el Decreto D.M.M. Nº 00392/09, a partir del 01 de junio de 2019.-Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCION Nº 331

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 12 JUL 2019
VISTO:
El Documento DE-0456-01600570-4 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, por la actuación de referencia, la agente Carina Noemí FRATTE (Código Nº 14509), solicita el reconocimiento del suplemento “Función de Administración Financiera”, en virtud de las funciones que desempeña, conforme a lo establecido en el Decreto D.M.M. Nº 00392/09 ;
Que, la Dirección de Personal informa que la agente FRATTE revista en esta Administración Municipal en calidad de Personal Permanente, sin función, Categoría 08, Agrupamiento I- Administrativo, dependiente de la Dirección de Administración Financiera;
Que, desde la Subsecretaría de la Función Pública se aconseja el reconocimiento del Suplemento mencionado a favor de la citada, a partir del 01 de junio de 2019;
Que, la Secretaría de Hacienda informa que existe crédito presupuestario para absorber la erogación;
Que, corresponde dictar el acto administrativo pertinente;
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:
Art. 1º: Reconocer a la agente Carina Noemí FRATTE (Código Nº 14509), Permanente, sin Función, Categoría 08, Agrupamiento I-Administrativo, dependiente de la Dirección de Administración Financiera, el Suplemento “Función de Administración Financiera”, contemplado en el Decreto D.M.M. Nº 00392/09, a partir del 01 de junio de 2019.-
Art. 2º: Por Dirección de Personal (Departamento Sueldos) procédase a liquidar a la mencionada agente, el suplemento reconocido en la presente.-
Art. 3º: Notifíquese y remítase copia de la presente disposición a la interesada. Cumplimentado, ARCHÍVESE.-

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Resolución Intendente N° 332/2019

 

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 332/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0445-01563645-9

Resumen
Registrar los Contratos suscriptos entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y las personas detalladas en anexo adjunto, los que forman parte de la presente.-

Fimantes
Abog. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

RESOLUCION Nº 332
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 12 JUL 2019
VISTO:
El Documento DE-0445-01563645-9 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, la Secretaría de Cultura tiene, entre sus misiones y funciones, la de participar en la vida cultural de la ciudad, canalizando las demandas y necesidades vinculadas a las actividades culturales.
Que, a tales fines y en ejercicio de sus facultades, se adjuntan Contratos, suscriptos entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y diversos artistas, para la realización de diferentes expresiones culturales.
Que, por lo expuesto, es necesario dictar el acto administrativo de registración pertinente.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:
Art. 1º: Registrar los Contratos suscriptos entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y las personas detalladas en anexo adjunto, los que forman parte de la presente.-
Art. 2º: Girar copia a la Secretaría de Cultura a sus efectos. Cumplimentado, archívese.-

 

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Resolución Intendente N° 335/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 335/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0749-01573060-9
Resumen
Aprobar y registrar las Actas Compromisos de Prácticas en el marco del Programa de Entrenamiento y Capacitación Laboral – Ordenanza Nº 11452/08, suscriptas entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y las personas detalladas en anexo adjunto, las que forman parte de la presente Resolución.-Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCIÓN Nº 335

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 12 JUL 2019
VISTO:
El Documento DE-0749-01573060-9 (NI) y sus gloses, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante las actuaciones de referencia, la Subsecretaría de la Función Pública adjunta Actas Compromiso de Prácticas suscriptas entre las personas detalladas en anexo adjunto y la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, para incorporarse en el Programa de Entrenamiento y Capacitación Laboral – Ordenanza Nº 11452/08 y realizar las mismas en las distintas dependencias allí descriptas;
Que, la Secretaría de Hacienda informa que existe crédito para absorber la erogación que demanda la presente gestión.
Que, corresponde el dictado del acto administrativo cuyo objeto disponga aprobar y registrar las Actas Compromiso de Prácticas adjuntas;
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1º: Aprobar y registrar las Actas Compromisos de Prácticas en el marco del Programa de Entrenamiento y Capacitación Laboral – Ordenanza Nº 11452/08, suscriptas entre la Municipalidad de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y las personas detalladas en anexo adjunto, las que forman parte de la presente Resolución.-
Art. 2°: Remítase a la Dirección de Personal a los fines de notificar a los interesados. Cumplimentado, ARCHÍVESE.

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Resolución Intendente N° 336/2019

 

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 336/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0476-01574514-4

Resumen
Aprobar y registrar los Permisos de Uso suscriptos entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y las personas detalladas en anexo adjunto, los que forman parte de la presente.-

Fimantes
Abog. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

RESOLUCIÓN Nº 336
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 12 JUL 2019
VISTO:
El Documento DE-0476-01574514-4 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, la Secretaría de Cultura tiene, entre sus misiones y funciones, la de canalizar las demandas y necesidades vinculadas a las actividades culturales de la ciudad que llegan como iniciativas de diferentes instituciones, grupos o artistas independientes, brindándole espacios para lograr su inclusión dentro del circuito cultural.
Que, atento a ello y a fin de garantizar el cumplimiento de sus funciones de forma más eficiente, por Decreto D.M.M. Nº 00461/18 se autorizó a la Secretaria de Cultura a suscribir los Permisos de Usos de las distintas salas del Teatro Municipal “1º de Mayo”, Anfiteatro Juan de Garay y Mercado Progreso.
Que, por lo expuesto, es necesario dictar el acto administrativo de aprobación y de registración pertinente.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:
Art. 1º: Aprobar y registrar los Permisos de Uso suscriptos entre la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz y las personas detalladas en anexo adjunto, los que forman parte de la presente.-
Art. 2º: Girar copia de la presente a la Secretaría de Cultura a sus efectos.-

 

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Resolución Intendente N° 179/2019

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 179/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Planeamiento Urbano
  • N° expediente: CO-0062-01511812-8 (PPC)
Resumen
Autorizar, acorde a lo previsto en la Ordenanza Nº 11.748, al Sr. Sergio Mariano LEVENTAL – D.N.I. Nº 22.715.150, titular del comercio denominado “D2 A 3 IDEAS” a realizar en el domicilio sito en calle 9 de Julio N° 5545, Distrito R2a, la actividad “CARPINTERÍA DE MADERA EN GENERAL (parquet, aberturas, viviendas prefabricadas, envases, ataúdes, muebles, etc.)”, clasificada como una actividad Industrial de Clase 2.-Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
ARQ. MARCELO D. PASCUALON, Secretario de Planeamiento Urbano
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCIÓN Nº 179
SANTA FE DE LA VERA CRUZ; 24 MAY 2019
VISTO:
El Documento CO-0062-01511812-8 (PPC), y;
CONSIDERANDO:
Que, en el expediente de referencia el Sr. Sergio Mariano LEVENTAL – D.N.I. Nº 22.715.150, titular del comercio denominado “D2 a 3 Ideas” con el patrocinio letrado de la Dra. María Victoria SEGADO, conforme a la documental adjunta, solicita al HCM la habilitación por Vía de Excepción de la actividad “Ensamble y Venta de Mesas de Ping-Pong” en el inmueble sito en calle 9 de Julio N° 5545, de esta ciudad.
Que, el Honorable Concejo Municipal solicita el cumplimiento de una serie de informes con la finalidad de fundar la resolución pertinente.
Que, la Dirección de Habilitaciones, considera que en virtud de la solicitud adjunta el encuadre de la actividad desarrollada sería “Carpintería de Madera en General”, y por intermedio de su verificador informa que el estado general del inmueble es correcto y su mantenimiento es bueno. Asimismo, se manifiesta que deberá cumplimentarse con las observaciones 12 y 23, siendo necesario solo el módulo de carga y descarga conforme a la superficie total de local (Observación 12).
Que, la Dirección de Desarrollo y Gestión Ambiental, informa que se ha otorgado el correspondiente Certificado de Conformidad Ambiental y sugiere que la autorización sea otorgada por un plazo de 3 (tres) años.
Que, la Secretaría de Hacienda, a través de sus áreas técnicas, informa que la firma D2 A 3 IDEAS S.R.L., CUIT Nº 30-71180765-5, de la cual el solicitante fuera el socio gerente y oportunamente obtuvo la correspondiente habilitación y autorización por vía de excepción para realizar la actividad solicitada mediante Resolución del DEM Nº 156/13, se encuentra inscripta en el Departamento Tributos Autodeclarativos bajo Padrón del Derecho de Registro e Inspección Nº 103286, sin deuda administrativa.
Que, la Dirección de Urbanismo informa que el inmueble se encuentra ubicado en calle 9 de Julio Nº 5545, perteneciente al Distrito R2a, según el Reglamento de Ordenamiento Urbano y que la actividad solicitada se encuadra como “Carpintería de maderas en general (Parquet, aberturas, viviendas prefabricadas, envases, ataúdes, muebles, etc.)”, correspondiente al Rubro Actividades Industriales – Clase 2, la cual solo esta admitida en los Distritos I y E1, sin perjuicio de la salvedad establecida en la Ordenanza Nº 11.748 – Reglamento del Ordenamiento Urbano de la Ciudad de Santa Fe – Artículos 47 y 48, modificados por la Ordenanza Nº 12.247. Asimismo, manifiesta que corresponde la aplicación de la Observación N° 12, módulo de carga y descarga, que se cumple según el informe de la Dirección competente.
Que, por todo lo expuesto la Asesora Legal interviniente, mediante Dictamen N° 69/18, comparte lo manifestado por las distintas áreas sugiriendo el dictado de la Resolución que otorgue el uso pretendido, ad referendum del Honorable Concejo Municipal.
Que, este Departamento Ejecutivo Municipal resulta competente a los fines de emitir el acto administrativo pertinente.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:
Art. 1º: Autorizar, acorde a lo previsto en la Ordenanza Nº 11.748, al Sr. Sergio Mariano LEVENTAL – D.N.I. Nº 22.715.150, titular del comercio denominado “D2 A 3 IDEAS” a realizar en el domicilio sito en calle 9 de Julio N° 5545, Distrito R2a, la actividad “CARPINTERÍA DE MADERA EN GENERAL (parquet, aberturas, viviendas prefabricadas, envases, ataúdes, muebles, etc.)”, clasificada como una actividad Industrial de Clase 2.-
Art. 2º: Sugerir al Honorable Concejo Municipal que la autorización de uso sea otorgada por un plazo de tres (3) años.-
Art. 3º: La presente Resolución se dicta ad-referéndum del Honorable Concejo Municipal, sin cuya aprobación no se podrá autorizar el desarrollo de la actividad ni aún en forma provisoria.-
Art. 4º: Con mensaje de estilo, remítase al Honorable Concejo Municipal, a los fines correspondientes.-

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