- Procedencia: DEM
- Tipo de Normativa: Resolución Intendente
- N° Resolución Intendente: 633/2019
- Fecha de Sanción: —
- Secretaría: Secretaría de Hacienda
- N° expediente: DE-0448-01604015-6 (VS)
- Resumen
Hacer lugar a los recursos de reconsideración interpuestos por la firma PROSION SOCIEDAD ANONIMA, contra las Resoluciones Nº 464/19, 465/19, 466/19, 479/19 y 495/19 de la Dirección de Rentas, atento a las razones expuestas en el Considerando.-
Anular las Resoluciones Nº 464/19, 465/19, 466/19, 479/19 y 495/19 de la Dirección de Rentas.–Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
C.P.N. Mg. María Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno - TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
- RESOLUCION Nº 633
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 13 NOV 2019
VISTO:
El Documento DE-0448-01604015-6 (VS), y sus gloses y;
CONSIDERANDO:
Que, corresponde resolver los recursos de reconsideración interpuestos por la firma PROSION SOCIEDAD ANONIMA, contra las Resoluciones Nº 464/19, 465/19, 466/19, 479/19 y 495/19 de la Dirección de Rentas;
Que, por Resoluciones de la Dirección de Rentas Nº 751/19, 752/19, 753/19, 754/19 y 755/19 se declararon admisibles cada uno de los recursos presentados;
Que, en fechas 01/09/11, 02/09/11, 09/02/12, 30/10/12, la -por entonces- Secretaría de la Producción dejó constancia en el libro de actas de diferentes fideicomisos (ALTOPS DEL VALLE I, ALTOS DEL VALLE II, ALTOS DEL VALLE III, SANTA RITA II y CAZADORES) que el domicilio de calle 4 de enero Nº 2544 P.A. desarrollan la actividad servicios inmobiliarios sin local,
Que, el Departamento Planificación y Control de Inspecciones, mediante informes Nº 162/19, 163/19, 170/19, 171/19 y 172/19, expresa que se constituyó en el domicilio fiscal donde fue recibida por personal de la firma VESTALIA, quien manifestó que atiende los negocios de los fideicomisos citados (a excepción de CAZADORES, que cesó sus actividades), consistente en desarrollos inmobiliarios mediante el loteo de bienes propios destinados a la venta. Asimismo, aclaró que la fiduciaria PROSION S.A. se encuentra a cargo de toda la documentación necesaria para las operaciones, a través de su presidente, el Señor Enrique Lifsitz, delegando en la empresa VESTALIA lo correspondiente a la administración de los mismos;
Que, el Sr. Enrique Lifsitz, presidente del fideicomiso PROSION S.A., detalló que el mismo no posee local comercial, ni empleados comerciales, indicando que el ofrecimiento de los emprendimientos inmobiliarios de los fideicomisos son desarrollados por el fiduciario, PROSION S.A., bajo el nombre comercial VESTALIA. Señalando, también, que los fideicomisos desarrollan sus actividades en un local comercial que funciona en el domicilio de calle 4 de Enero Nº 2544 P. A., encontrándose inscripto al Derecho de Registro e Inspección bajo el padrón Nº 103717;
Que, Fiscalía Municipal emitió los Dictamen Nº 126/19, 127/19, 128/19, 129/19, 130/19 (a cuyos fundamentos cabe remitirse, atento a su extensión), manifestando que, de los informes emitidos por los verificadores actuantes, surge que el domicilio fiscal denunciado no constituye local en los términos en que la Ordenanza Nº 11.962;
Que, el ante lo expuesto y considerando que lo establecido en el art. 86 de la Ordenanza 11.962, no se configura el hecho imponible que autoriza el cobro de la tasa bajo análisis;
Que, en consecuencia el Órgano Asesor entiende que corresponde hacer lugar a los recursos interpuestos;
Que, el Departamento Ejecutivo resulta competente a los fines de emitir el acto administrativo pertinente, que nuclee la tramitación de las impugnaciones incoadas;
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:Art. 1º: Hacer lugar a los recursos de reconsideración interpuestos por la firma PROSION SOCIEDAD ANONIMA, contra las Resoluciones Nº 464/19, 465/19, 466/19, 479/19 y 495/19 de la Dirección de Rentas, atento a las razones expuestas en el Considerando.-
Art. 2º: Anular las Resoluciones Nº 464/19, 465/19, 466/19, 479/19 y 495/19 de la Dirección de Rentas.–
Art. 3º: Por Mesa de Entradas Única notificar al recurrente con entrega de copia en domicilio constituido en autos.-
Art. 4º: Remitir la presente a Subsecretaría de Ingresos Públicos y a la Dirección de Rentas para proceder en consecuencia. Cumplido, ARCHIVAR.-