Resolución Intendente N° 619/2019

23 de enero de 2020
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  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 619/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Planeamiento Urbano
  • N° expediente: DE-0448-00909002-8

Resumen
Declarar la disponibilidad de la Licencia de Taxi Nº 439, de conformidad a lo expresado en los considerandos del presente acto.-

Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Arq. Marcelo D. Pascualón, Secretario de Planeamiento Urbano
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

RESOLUCIÓN Nº 619 SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 12 NOV 2019
VISTO:
El Documento DE-0448-00909002-8(VS), y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante los actuados de referencia, los herederos del Sr. Eduardo Raúl Donnet, solicitan la transferencia de la Licencia de Taxis Nº 439, de la cual fuera cesionario, al Sr. Maximiliano Daniel AYALA – D.N.I. Nº 28.524.552, autorizándose dicha transferencia con la emisión de la Resolución del D.E.M. Nº 012 de fecha 15/02/2016;
Que, en fecha 22/02/2016 se notificó al Sr. Ayala de lo dispuesto y se le otorgó un plazo de quince (15) días para habilitar la licencia en cuestión a su nombre, manifestándosele que, en caso de incumplimiento se dejaría sin efecto la transferencia oportunamente otorgada;
Que, la Dirección de Habilitaciones del Transporte Público acompañó copia del historial de la Licencia de Taxi Nº 439, en el cual consta que la Habilitación Administrativa se otorgó desde el 16/08/2012 hasta el 16/10/2012 y el vencimiento de la Inspección Técnica operó el 01/09/2012, ambos requisitos necesarios para la prestación del servicio;
Que, en virtud de lo indicado en el expediente DE-1055-01537490-3 (N) “Subsecretaría de Planeamiento de la Movilidad – Información sobre Licencias de Taxis”, se solicitó la intervención del Área Legal de la Secretaría de Planeamiento Urbano a los fines de analizar la posible disponibilidad de Licencias conforme a los fundamentos normativos que se desprendan, por incumplimiento de la prestación Continua, Regular y Obligatoria del Servicio Público de Transporte;
Que, corroborado el incumplimiento de los requisitos normativos por áreas competentes y habiéndose notificado en tiempo y forma al interesado para subsanar cada una de las exigencia reguladas por la Ordenanza vigente, el recurrente hizo caso omiso a los requerimientos de la Administración;
Que, el concesionario del servicio público de taxis tiene dentro de sus obligaciones el deber de prestar el servicio de modo continuo y regular, garantizando el acceso general e igualitario de los usuarios, como así también el de cumplimentar con las exigencias expresamente contenidas en la norma aplicable, y, por otro lado, la Administración tiene a su cargo controlar la prestación de dicho servicio y el cumplimiento de los requisitos legales exhortados. En este contexto la Municipalidad debe ejercer su autoridad y competencia, y aplicar las sanciones correspondientes ante el incumplimiento de la normativa vigente, incluyendo la caducidad de la licencia concedida;
Que, intervino la Asesora Legal de la Secretaría de Planeamiento;
Que, este Departamento Ejecutivo resulta competente a los fines de emitir el acto administrativo pertinente;
Por ello:
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ RESUELVE:
Art. 1º: Declarar la disponibilidad de la Licencia de Taxi Nº 439, de conformidad a lo expresado en los considerandos del presente acto.-
Art. 2º: Restituir la Licencia Nº 439 a la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, auténtica titular de la misma, a fin de administrar su futura explotación, conforme así lo resuelva, haciendo uso de las facultades que le son propias.-
Art. 3º: Por Dirección de Habilitaciones del Transporte Público notifíquese de lo dispuesto a los interesados y a la Dirección de Rentas, a sus efectos. Cumplimentado, ARCHÍVESE.-

 

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