Resolución Intendente N° 538/2019

30 de octubre de 2019
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  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 538/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Hacienda
  • N° expediente: DE 0448-01619222-1 (VS)
Resumen
Rechazar al reclamo administrativo interpuesto por la agente Rosana Ester MENDOZA, código Nº 13.185 atento a lo expuesto en el considerando de la presente.-Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCION Nº 538

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 15 OCT 2019

VISTO

El Documento DE 0448-01619222-1 (VS), y;

CONSIDERANDO

Que, mediante las actuaciones de referencia, la agente municipal Rosana Ester MENDOZA, Código Nº 13.185, presentó reclamo administrativo tendiente a que se le reconozcan, liquiden y abonen supuestas diferencias dinerarias aparentemente correspondientes a las prestaciones por incapacidad laboral temporaria en virtud del accidente laboral que denuncia haber sufrido;

Que, si bien en fecha 05/10/16 denunció el siniestro y la Aseguradora de Riesgo de Trabajo le dio el alta en fecha 25/10/16, alega que durante el período que duró su incapacidad laboral temporaria, el Municipio liquidó de forma incorrecta las prestaciones que le correspondía;

Que, el artículo 44 de la Ley de Riesgo de Trabajo Nº 24.557 establece que “[l]as acciones derivadas de esta Ley prescriben a los dos años a contar de la fecha en que la prestación debió ser abonada o prestada y, en todo caso, a los dos años desde el cese de la relación laboral”;

Que, según denunció la propia reclamante el accidente laboral ocurrió el 05/10/16, la denuncia fue realizada a la ART el 06/10/16, otorgándose el alta el 25/10/16, mientras que el reclamo data del 23/08/19;

Que, conforme dan cuenta las constancias de autos, ha operado la figura de la prescripción para reclamar el pago de la prestación prevista en el artículo 13 de la Ley de Riesgo de Trabajo, por haber transcurrido el plazo previsto;

Que, Fiscalía Municipal emitió el dictamen respetivo (a cuyos fundamentos cabe remitirse, atento a su extensión) aconsejando rechazar el reclamo interpuesto, correspondiendo el dictado del acto que así lo disponga;

Que, este Departamento Ejecutivo, compartiendo el criterio sostenido por el órgano asesor, resulta competente a los fines de emitir el acto administrativo pertinente;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
RESUELVE:

Art. 1º: Rechazar al reclamo administrativo interpuesto por la agente Rosana Ester MENDOZA, código Nº 13.185 atento a lo expuesto en el considerando de la presente.-

Art. 2º: Por Dirección de Mesa de Entradas Única, notificar fehacientemente a la agente de lo dispuesto en autos, haciéndole saber que se encuentra agotada la instancia administrativa. Cumplido, ARCHIVAR.-

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