Resolución Intendente N° 234/2019

18 de junio de 2019
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INFORMACIÓN DETALLADA

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 234/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Hacienda
  • N° expediente: DE-0448-01567208-2 (VS)

Resumen
Disponer la redeterminación de precios, solicitada por la Empresa Urbaser Argentina S.A. – Transportes Olivos S.A.C.I.F. – UTE, prestataria de los servicios de Recolección de Residuos, Asistencia a Minibasurales, Barrido Manual, Barrido Mecánico, Levante de Montones, Levante General de Montones de Calles sin Cordones según Decreto D.M.M. Nº 00276/13, Levante General de Montones de calles sin Cordones según Decreto D.M.M. Nº 01266/15 y Levante General Montones de calles sin Cordones según Decreto D.M.M. Nº 02369/16, por la diferencia de precios unitarios del mes de noviembre/18 en relación a los precios fijados por Resoluciones Nº 453/18, Nº 538/18 y Nº 103/2019; cuyos precios unitarios serán los indicados en el Anexo I que forma parte del presente Decreto.-

Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
CPN Mg.Ma Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

RESOLUCION Nº 234
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 31 MAY 2019
VISTO:
El Documento DE-0448-01567208-2 (VS) y sus gloses, y;
CONSIDERANDO:
Que, la empresa Urbaser Argentina S.A.-Transportes Olivos S.A.C.I.F.-UTE, prestataria del servicio de Recolección de Residuos Domiciliarios, Barrido y Limpieza de Calles, solicita recomposición y reajuste de precios unitarios por los servicios de Recolección de Residuos, Asistencia a Minibasurales, Barrido Manual, Barrido Mecánico, Levante de Montones, Levante General de Montones de Calles sin Cordones según Decreto D.M.M. Nº 00276/13, Levante General montones de calles sin cordones según Decreto D.M.M. Nº 01266/15 y Levante General Montones de calles sin cordones según Decreto D.M.M. Nº 02369/16, en este caso por la diferencia de precios unitarios del mes de noviembre/18 en relación a los precios correspondientes a los meses actualizados en las Resoluciones Nº 453/18, Nº 538/18 y Nº 103/2019;
Que, lo solicitado se encuentra previsto en la cláusula cuarta del convenio numerado y registrado por Decreto D.M.M. Nº 00698/04, la cual establece: ” Las partes acuerdan que los precios unitarios de los servicios – a partir del cual se establecerá la base de cómputo- corresponderá al mes de Mayo de 2004, lo que permanecerán vigentes hasta la finalización del presente convenio. En caso de que el costo unitario de cualquiera de los servicios superara el 5% de variación del último precio vigente, aquel en el cual se verificará dicha modificación podrá ser redeterminado a solicitud de cualquiera de las partes. Ese valor redeterminado se aplicará a ese servicio y se hará efectivo a partir de la certificación y liquidación del mes inmediato posterior al que se produjere la variación mencionada”, prorrogada por Decreto D.M.M. Nº 00499/07;
Que, por su parte, el Asistente Técnico de la Secretaría de Hacienda informa que el nuevo precio aplicable resulta ser: i) Recolección de Residuos, por la suma de pesos setenta y seis con cuarenta centavos ($ 76,40); ii) Asistencia a Minibasurales, por la suma de pesos cuatrocientos treinta y ocho con cuarenta y nueve centavos ($ 438,49); iii) Barrido Manual, por la suma de pesos trescientos veinticuatro con siete centavos ($324,07); iv) Barrido Mecánico, por la suma de pesos cincuenta y seis con catorce centavos ( $ 56,14); v) Levante Montones, por la suma de pesos dos millones setecientos noventa y ocho mil cincuenta y cuatro con doce centavos ($ 2.798.054,12); vi) Levante General Montones de calles sin Cordones según Decreto D.M.M. Nº 00276/13, por la suma de pesos dos millones cuatrocientos sesenta y tres mil ciento cuatro con diecinueve centavos ($2.463.104,19); vii) Levante General Montones de calles sin Cordones según Decreto D.M.M. Nº 01266/15, por pesos un millón setecientos noventa y siete mil cuatrocientos setenta y uno con veintidós centavos ($1.797.471,22) y viii) Levante Gral. Montones de calles sin cordones según Decreto D.M.M. Nº 02369/16, por pesos un millón ciento cincuenta y siete mil setecientos veinte con doce centavos ($1.157.720.12);
Que, intervino la Asistente Legal de la Secretaria de Ambiente y Espacios Públicos, emitiendo el informe correspondiente, (a cuyos fundamentos cabe remitirse, atento a su extensión);
Que, por lo expuesto corresponde el reconocimiento de mayores costos para los servicios precitados, resultando este Departamento Ejecutivo Municipal competente a los fines de emitir el presente acto administrativo;
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:
Art. 1º: Disponer la redeterminación de precios, solicitada por la Empresa Urbaser Argentina S.A. – Transportes Olivos S.A.C.I.F. – UTE, prestataria de los servicios de Recolección de Residuos, Asistencia a Minibasurales, Barrido Manual, Barrido Mecánico, Levante de Montones, Levante General de Montones de Calles sin Cordones según Decreto D.M.M. Nº 00276/13, Levante General de Montones de calles sin Cordones según Decreto D.M.M. Nº 01266/15 y Levante General Montones de calles sin Cordones según Decreto D.M.M. Nº 02369/16, por la diferencia de precios unitarios del mes de noviembre/18 en relación a los precios fijados por Resoluciones Nº 453/18, Nº 538/18 y Nº 103/2019; cuyos precios unitarios serán los indicados en el Anexo I que forma parte del presente Decreto.-
Art. 2º: Disponer la aplicación de dichos precios a los servicios prestados a partir del mes de Diciembre del año 2018.-
Art. 3º: Remitir copia de la presente a Dirección de Administración Financiera. Cumplimentado, ARCHÉVESE.-

 

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