Resolución Intendente N° 184/2019

25 de junio de 2019
Volver a Normativas
  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Resolución Intendente
  • N° Resolución Intendente: 184/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE-0448-01574179-6
Resumen
Hacer lugar al reclamo formulado por el agente Santiago Américo CEBALLOS (Código Nº 11.089), por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCION Nº 184

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 24 MAY 2019
VISTO:
El Documento DE-0448-01574179-6 (VS), y
CONSIDERANDO:
Que, debe resolverse el reclamo formulado por el agente Santiago Américo CEBALLOS (Código Nº 11.089), tendiente a que se le reconozcan, liquiden y abonen las diferencias dinerarias correspondientes a las prestaciones por incapacidad laboral temporaria, derivadas del accidente de trabajo sufrido el 02.02.2018 cuya alta fue otorgada el 11.05.18 siendo el siniestro posteriormente reabierto el 05.07.18, obteniendo el alta definitiva en fecha 31.08.18.
Que, expresa que en su liquidación no fueron incluidos los conceptos variables que percibía antes del siniestro, lo que es corroborado por el informe de la Dirección de Personal.
Que, Fiscalía Municipal, en su Dictamen Nº 049/2019 (a cuyos fundamentos cabe remitirse, atento a su extensión) señala que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 6º del Decreto N° 1694/2009 y en el artículo 1º de la Resolución N° 983/2010 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación (Superintendencia de Riesgos del Trabajo), cuando el haber previo al accidente se encuentra integrado por remuneraciones variables, corresponde liquidar un promedio de los últimos seis (6) meses trabajados; y que este cálculo no puede resultar menor a la remuneración que el agente habría gozado de no sufrir el siniestro.
Que, asimismo agrega, que las Horas Extras integran la categoría de remuneración variable, y no se ha respetado el procedimiento de liquidación adecuado, por lo que aconseja hacer lugar al reclamo y abonar las diferencias salariales, conforme al cálculo que oportunamente realice el Departamento Sueldos.
Que, este Departamento Ejecutivo comparte el criterio sostenido por el Órgano Asesor, por lo que debe dictarse el acto administrativo que así lo disponga.
Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
R E S U E L V E:
Art. 1º: Hacer lugar al reclamo formulado por el agente Santiago Américo CEBALLOS (Código Nº 11.089), por los argumentos expuestos en los considerandos precedentes.-
Art. 2º: Girar a Dirección de Personal para que través del Departamento Sueldos, se liquiden las diferencias salariales correspondientes. Notifíquese al interesado, con copia de la presente. Cumplimentado, archívese.-

  • Enlace
  • Documentos