Modifícase el artículo 5º de la Ordenanza Tributaria Municipal Nº 12.226, Avalúo Fiscal Municipal; Modifícase el artículo 11º Alicuotas; Modifíquese artículo 12º Montos mínimos generales; Modifícase artículo 13º Montos minimos especiales; Modifícase artículo 14º Montos fijos especiales; Modifícanse los artículos 16º Bis, 16º Ter, 16º Quater, 16º Quinquies, 16º Sexies, 16º septies, Régimrn Tributario Simplificado; Modifíquese el artículo 17º Derechos de Inhumación en cementerios del ejido municipal; Modifícase el artículo 18º, Derechos inherentes a la utilización del Horno Crematorio del Cementerio Municipal; Modificase el artículo 19º Conceptos de cuidados, atención exterior, extracción de residuos dentro del perímetro del Cementerio Municipal; Modifícase artículo 20º Servicios que se presten, o permisos que se acuerden en Cementerio Municipal; Modifícase artículo 23º Montos de la Obligación; Modifícase el artículo 24º , Ocupación del dominio Público; Modifícase el artículo 23º Uso y ocupación de locales del propiedad Municipal; Modifícase el articulo 30º Uso u ocupación del predio donde funciona el Centro Municipal de Convenciones y Predio Ferial; Modifícase el artículo 33º iniciación de Actuaciones Administrativas; Modifícase el artículo 34º solicitud anual de terrenos municipales que se cedan en comodato; Modificase el artículo 35º concepto de Derechos de Publicidad y Propaganda; Modifícase el artículo 37º Publicidad en pantalla municipales; Modificase el articulo 38º Promoción de productos o servicios con fines comerciales; Modifícase el artículo 39º Publicidad, promoción de productos y/o servicios por medio de volantes, en espacios públicos o distribución domiciliaria; Modificase el artículo 41º Tasa de Precintado; Modifícase el artículo 42º Derechos de Estacionamiento de Automotores; Modifícase el artículo 43º Derechos de Grúa; Modifícase artículo 44º Derecho de Estadia; Modifícase artículo 45º Derecho de Visación de Planos de Mensura; Modifícase el artículo 46º Registros Municipales; Modificase el artículo 47º Derechos de explotación del servicio de automoviles de alquiler; Modifícase artículo 48º Inspección mecánica de vehiculos; Modifícase artículo 50º Derecho Especial de Habilitación por Actividades Temporarias; Modifícase el artículo 53º Tasa por revisión de domunetación técnica y otorgamiento del permiso de obra; Modifícase artículo 54º Derecho de Inspección de Instalaciones Eléctricas; Modifícase artículo 55º Derecho de Plataforma; Modifícase articulo 56º Derechos de Piso; Modifícase artículo 57º Verificación de los requerimientos y condiciones de instalaciones de estructuras y/o elementos de soporte de antenas; Modifícase artículo 59º Monto a abonar en concepto de Derechos de Mantenimiento por el Uso de la Red Vial Municipal; Incorpórase el artículo 2º Ter Instrumento de Promoción en relación al Titulo III Disposiciones relativas al proyecto de obra, Capitulo V Estrategias Ambientales, Sección III Cubiertas Verdes y Jardines Verticales, Artículo 154º de la Ordenanza Nº 12.783- Código de Habitabilidad, Instrumento de Promoción; Vigencia de la presente Ordenanza 1 de enero 2022. Promulgado por D.M.M Nº 00412
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