Dona a la Asociación Empresaria Hotelera Gastronómica de Santa Fe una fracción de terreno sobrante municipal ubicada en la Manzana N° 2825, lindando al Norte con parcela 178, al Sur con las parcelas 219 y 355, al Este con la parcela 198 y al Oeste con las parcelas 408 y 574 todos de la misma manzana, Padrón Municipal N° 155139 de propiedad municipal. Deroga la Ordenanza N° 9.961
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