Ordenanza 12.977

4 de septiembre de 2024
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Establece el marco normativo para el funcionamiento de establecimientos que realicen actividades y/o talleres culturales, artísticos, recreativos, de esparcimiento y/o cuidado para niños y niñas entre 4 y 8 años de edad, a los que no concurran con un adulto referente del cuidado. Se los denominará Espacios Recreativos de Cuidado. Promulgación Tácita.