Decreto DPB N° 311/2019

26 de julio de 2019
Volver a Normativas
  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DPB
  • N° Decreto DPB: 311/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos
  • N° expediente: DE-0448-01598726-6 (VS)
Resumen
Disponer la redeterminación de precios, solicitada por la Empresa Urbaser Argentina S.A. – Transportes Olivos S.A.C.I.F. – UTE, concesionaria de los servicios de Recolección de Residuos, Asistencia a Minibasurales, Barrido Manual, Barrido Mecánico, Levante de Montones, Recolección de Residuos, Levante Gral. Montones de Calles s/cordones según Decreto D.M.M. Nº 00276/13, Levante Gral. Montones de calles s/cordones según Decreto D.M.M. Nº 01266/15 y Levante Gral. Montones de calles s/cordones según Decreto D.M.M. Nº 02369/16, por la diferencia de precios unitarios del marzo/19 en relación a los precios correspondientes al mes actualizado en la Resolución Nº 234/19; cuyos precios unitarios serán los indicados en el Anexo I que forma parte del presente Decreto.-Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Tco. MARIANO CEJAS, Secretario de Ambiente y Espacios Públicos
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
RESOLUCION Nº 311
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 12 JUL 2019
VISTO:
El Documento DE-0448-01598726-6 (VS) y sus gloses, y;
CONSIDERANDO:
Que, la empresa Urbaser Argentina S.A. – Transportes Olivos S.A.C.I.F.-UTE, concesionaria del servicio de Recolección de Residuos Domiciliarios Barrido y Limpieza de Calles, solicita recomposición y reajuste de precios unitarios por los servicios de Recolección de Residuos, Levante Gral. Montones de Calles s/cordones según Decreto D.M.M. Nº 00276/13, Levante Gral. Montones de calles s/cordones según Decreto D.M.M. Nº 01266/15 y Levante Gral. Montones de calles s/cordones según Decreto D.M.M. Nº 02369/16, en este caso por la diferencia de precios unitarios del mes de marzo/19 en relación a los precios correspondientes al mes actualizado en la Resolución Nº 234/19;
Que, lo solicitado se encuentra previsto en la cláusula cuarta del convenio numerado y registrado por Decreto D.M.M. Nº 00698/04, la cual establece: ” Las partes acuerdan que los precios unitarios de los servicios – a partir del cual se establecerá la base de cómputo- corresponderá al mes de Mayo de 2004, lo que permanecerán vigentes hasta la finalización del presente convenio. En caso de que el costo unitario de cualquiera de los servicios superara el 5% de variación del último precio vigente, aquel en el cual se verificará dicha modificación podrá ser redeterminado a solicitud de cualquiera de las partes. Ese valor redeterminado se aplicará a ese servicio y se hará efectivo a partir de la certificación y liquidación del mes inmediato posterior al que se produjere la variación mencionada”, prorrogada por Decreto D.M.M. Nº 00499/07;Que, por su parte, el Asistente Técnico de la Secretaría de Hacienda informa que el nuevo precio aplicable resulta ser: i) Recolección de Residuos, por la suma de pesos ochenta y cuatro con veintiún centavos ($84,21); ii) Asistencia a Minibasurales, por la suma de pesos cuatrocientos ochenta y dos con treinta y nueve centavos ($ 482,39); iii) Barrido Manual, por la suma de pesos trescientos cincuenta y ocho con doce centavos ($ 358,12); iv) Barrido Mecánico, por la suma de pesos sesenta y uno con setenta y siete centavos ($ 61,77); v) Levante Montones, por la suma de pesos tres millones setenta y cuatro mil novecientos dos con cuarenta y un centavos ($ 3.074.902,41); vi) Levante Gral. Montones de Calles s/cordones según Decreto D.M.M. Nº 00276/13, por la suma de pesos dos millones setecientos catorce mil ochocientos noventa y cinco con treinta y tres centavos ($ 2.714.895,33); vii) Levante Gral. Montones de calles s/cordones según Decreto D.M.M. Nº 01266/15, por pesos un millón novecientos ochenta y un mil doscientos diecisiete con noventa y cinco centavos ($ 1.981.217,95) y viii) Levante Gral. Montones de calles s/cordones según Decreto D.M.M. Nº 02369/16, por pesos un millón doscientos setenta y seis mil sesenta y ocho con veintiún centavos ($ 1.276.068,21);
Que, intervino la Asistente Legal de la Secretaria de Ambiente y Espacios Públicos, emitiendo el informe correspondiente, (a cuyos fundamentos cabe remitirse, atento a su extensión);
Que, por lo expuesto corresponde el reconocimiento de mayores costos para los servicios precitados, resultando este Departamento Ejecutivo Municipal competente a los fines de emitir el presente acto administrativo;
Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE
R E S U E L V E:
Art. 1º.- Disponer la redeterminación de precios, solicitada por la Empresa Urbaser Argentina S.A. – Transportes Olivos S.A.C.I.F. – UTE, concesionaria de los servicios de Recolección de Residuos, Asistencia a Minibasurales, Barrido Manual, Barrido Mecánico, Levante de Montones, Recolección de Residuos, Levante Gral. Montones de Calles s/cordones según Decreto D.M.M. Nº 00276/13, Levante Gral. Montones de calles s/cordones según Decreto D.M.M. Nº 01266/15 y Levante Gral. Montones de calles s/cordones según Decreto D.M.M. Nº 02369/16, por la diferencia de precios unitarios del marzo/19 en relación a los precios correspondientes al mes actualizado en la Resolución Nº 234/19; cuyos precios unitarios serán los indicados en el Anexo I que forma parte del presente Decreto.-
Art. 2º.- Disponer la aplicación de dichos precios a los servicios prestados a partir del mes de abril del año 2019.-
Art. 3º.-Remitir copia de la presente a Dirección de Administración Financiera. Cumplimentado, ARCHIVAR.-

  • Enlace
  • Documentos