Decreto DPB N° 0574/2019

23 de enero de 2020
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INFORMACIÓN DETALLADA

  • Procedencia: DEM
  • Tipo de Normativa: Decreto DPB
  • N° Decreto DPB: 0574/2019
  • Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
  • N° expediente: DE 0859-01640872-6

Resumen
Déjese sin efecto, al 31 de diciembre de 2019, la Licencia Extraordinaria por razones particulares, sin goce de haberes otorgada a la agente Eliana Ayelén GARNIER (Código Nº 13.534), dispuesta por Decreto D.P.B. Nº 0228/19, por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.-

Fimantes
Lic. Raúl Emilio Jatón, Intendente
C.P.N. Nicolás Daniel Aimar, Secretario de Gobierno

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

DECRETO D.P.B. – SECRETARIA DE GOBIERNO – AÑO 2019 – Nº 0574

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 12 DIC 2019
VISTO:
El Documento DE 0859-01640872-6 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, en la actuación de referencia, la agente Eliana Ayelén GARNIER (Código Nº 13.534) solicita reintegrarse a sus funciones en el ámbito de la Secretaría de Educación y Cultura, a partir del 01 de enero de 2020;
Que, la citada agente revista en esta Administración en calidad de Docente Titular dependiente de la Dirección de Educación Inicial;
Que, por Decreto D.P.B. Nº 0228/19 se le otorgó Licencia Extraordinaria por razones particulares, sin goce de haberes, a partir del 15 de agosto de 2019 y por el término de un (1) año, de conformidad con lo establecido en el art.7º inc. d) del Decreto D.M.M. Nº 03398/83;
Que, la Dirección de la Función Pública aconseja el dictado del acto administrativo cuyo objeto disponga dejar sin efecto la Licencia Extraordinaria dispuesta por Decreto D.P.B. Nº 0228/19, al 31 de diciembre de 2019;
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ DECRETA:
Art. 1º: Déjese sin efecto, al 31 de diciembre de 2019, la Licencia Extraordinaria por razones particulares, sin goce de haberes otorgada a la agente Eliana Ayelén GARNIER (Código Nº 13.534), dispuesta por Decreto D.P.B. Nº 0228/19, por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.-
Art. 2º: Refréndese el presente Decreto por el Señor Secretario de Gobierno.-
Art. 3º: Comuníquese, publíquese y dése al R.M.-

 

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