- Procedencia: DEM
- Tipo de Normativa: Decreto DPB
- N° Decreto DPB: 0431/2019
- Fecha de Sanción: —
- Secretaría: Secretaría de Gobierno
- N° expediente: DE-0920-01629237-7
- Resumen
Otórguese Licencia Extraordinaria sin goce de haberes por razones de índole particular al agente Agustín MINIELLO (Código Nº 13.690), a partir del 01.12.19 y por el término de doce (12) meses, por los motivos expuestos en los considerandos precedentes y de conformidad a lo establecido en el art. 2º de la Ley Nº 9.256 .-Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda - TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
- DECRETO D.P.B. – SECRETARIA DE GOBIERNO – AÑO 2019– Nº 0431
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 25 NOV 2019
VISTO:
El Documento DE-0920-01629237-7 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, en la actuación de referencia, el agente Agustín MINIELLO (Código Nº 13.690), solicita el otorgamiento de Licencia Extraordinaria sin goce de haberes por razones de índole particular, a partir del 01.12.19 y por el término de doce (12) meses;
Que, la Dirección de Personal informa que el mismo revista en esta Administración en calidad de Permanente, con funciones de Auxiliar Administrativo, Categoría 11, Agrupamiento I-Administrativo, dependiente de la Subsecretaría de Acción Social, contando a la fecha del informe con una antigüedad municipal de 3 años, 11 meses y 24 días;
Que, la Secretaría de Relaciones Institucionales y Comunicación no formula objeciones a la presente gestión
Que, la Subsecretaría de la Función Pública aconseja el otorgamiento de Licencia Extraordinaria sin goce de haberes, durante los días solicitados, de conformidad a lo establecido en el art. 2º de la Ley Nº 9.256.
Que, debe dictarse el acto administrativo pertinente.
Por ello;
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA:
Art. 1º: Otórguese Licencia Extraordinaria sin goce de haberes por razones de índole particular al agente Agustín MINIELLO (Código Nº 13.690), a partir del 01.12.19 y por el término de doce (12) meses, por los motivos expuestos en los considerandos precedentes y de conformidad a lo establecido en el art. 2º de la Ley Nº 9.256 .-
Art. 2º: Refréndese por las Señoras Secretarias de Gobierno y de Hacienda.-
Art. 3º: Comuníquese, publíquese y dése al R.M.-