Decreto DPB N° 0422/2019

17 de enero de 2020
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  • Procedencia: DEM
    Tipo de Normativa: Decreto DPB
  • N° Decreto DPB: 0422/2019
    Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Gobierno
    N° expediente: DE 0428-01637434-0
Resumen
Numérese y regístrese los contratos suscriptos con las personas detalladas en el Anexo I, que integra el presente, en calidad de Personal No Permanente- Contratado, para desempeñarse como Guardavidas, por el período comprendido entre el 15 de noviembre de 2019 y hasta el 15 de marzo de 2020.-Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
CPN Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
DECRETO D.P.B. – SECRETARIA DE GOBIERNO – AÑO 2019 – Nº 0422

SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 20 NOV 2019
VISTO:
El Documento DE 0428-01637434-0 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, en la actuación de referencia, la Subsecretaría de Prevención y Seguridad Ciudadana solicita la contratación de las personas detalladas en la misma, para desempeñarse como Guardavidas durante la temporada estival 2019-2020;
Que, dicha contratación se realiza en carácter de Personal No Permanente Contratado, percibiendo una retribución mensual equivalente a la categoría 16, más un suplemento equivalente al 40% del sueldo básico de dicha categoría en concepto del riesgo propio de la actividad, siendo de aplicación lo dispuesto en el Decreto D.M.M. Nº 00300/84;
Que, se dio intervención a la Secretaría de Hacienda;
Que, corresponde dictar el acto administrativo cuyo objeto disponga numerar y registrar los contratos suscriptos con las personas detalladas en el Anexo I, para desempeñarse como guardavidas, a partir del 15 de noviembre de 2019 y hasta el 15 de marzo de 2020;
Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA:
Art. 1º: Numérese y regístrese los contratos suscriptos con las personas detalladas en el Anexo I, que integra el presente, en calidad de Personal No Permanente- Contratado, para desempeñarse como Guardavidas, por el período comprendido entre el 15 de noviembre de 2019 y hasta el 15 de marzo de 2020.-
Art. 2º: Refréndese el presente Decreto por las Señoras Secretaria de Gobierno y de Hacienda.-
Art. 3°: Comuníquese, publíquese y dése al R.M.-

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