- Procedencia: DEM
- Tipo de Normativa: Decreto DPB
- N° Decreto DPB: 0377/2019
- Fecha de Sanción: —
- Secretaría: Secretaría de Gobierno
- N° expediente: DE-0479-01633695-0 (NI)
- Resumen
Desígnase como Personal Permanente, Categoría 08, a las personas detalladas en el Anexo que integra el presente, para prestar servicios en las áreas de Niñez y Adolescencia y Género y Diversidad Sexual de la Subsecretaria de Acción Social –Secretaría de Desarrollo Social, a partir del 01 de noviembre de 2019.-Fimantes
Dr. José Manuel Corral, Intendente
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno
C.P.N. Mg. Ma. Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda - TEXTO COMPLETO DE LA NORMA
- DECRETO D.P.B –SECRETARIA DE GOBIERNO – AÑO 2019 – Nº 0377
SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 31 OCT 2019
VISTO:
El Documento DE-0479-01633695-0 (NI), y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Nº 582/19 se aprobó el Orden de Mérito resultante de la Convocatoria dispuesta por Decreto D.M.M. Nº 00347/19 – Anexo IX.
Que, en el marco del Acta Acuerdo Paritaria, numerada y registrada por Decreto D.M.M. Nº 00583/19, la Subsecretaría de la Función Pública aconseja el dictado del acto administrativo pertinente, cuyo objeto disponga designar como Personal de Planta Permanente, Categoría 08, Agrupamiento II- Profesional, a partir del 01 de noviembre de 2019, a las personas detalladas en el Anexo adjunto para prestar servicios en las áreas de Niñez y Adolescencia y Género y Diversidad Sexual de la Subsecretaria de Acción Social – Secretaria de Desarrollo Social;
Que, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello,
EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD
DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ
DECRETA:Art. 1º: Desígnase como Personal Permanente, Categoría 08, a las personas detalladas en el Anexo que integra el presente, para prestar servicios en las áreas de Niñez y Adolescencia y Género y Diversidad Sexual de la Subsecretaria de Acción Social –Secretaría de Desarrollo Social, a partir del 01 de noviembre de 2019.-
Art. 2º: Refréndese por las Señoras Secretarias de Gobierno y de Hacienda.-
Art. 3°: Comuníquese, publíquese y dése al R.M.-