Decreto DMM N° 00518/2019

23 de enero de 2020
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INFORMACIÓN DETALLADA

  • Procedencia: DEM
    Tipo de Normativa: Decreto DMM
  • N° Decreto DMM: 00518/2019
    Fecha de Sanción: —
  • Secretaría: Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos
    N° expediente: DE-0531-01602268-3 (NI)

Resumen
Dispónese que a partir del 01/04/2019, la firma URBASER Argentina S.A – Transporte Olivos S.A.C.I y F. – UTE, contratista del Sector II de los servicios de recolección y transportes de residuos domiciliarios y de la vía pública, y los servicios de barrido y limpieza de calles, amplíe el servicio de barrido manual en 116 (ciento dieciséis) cuadras los días lunes, miércoles y viernes, conforme el detalle de cuadras a servir que como Anexo I forma parte integrante del presente.-
Dispónese que a partir del 01/04/2019, la firma URBASER Argentina S.A – Transporte Olivos S.A.C.I y F. – UTE, contratista del Sector II de los servicios de recolección y transportes de residuos domiciliarios y de la vía pública, y los servicios de barrido y limpieza de calles, amplíe el servicio de barrido manual en 148 (ciento cuarenta y ocho) cuadras los días martes, jueves y sábados, conforme el detalle de cuadras a servir que como Anexo I forma parte integrante del presente.-
Dispóngase que las ampliaciones indicadas en los artículos precedentes lo serán en idénticas condiciones a las dispuestas en los Decretos D.M.M. Nº 00555/96, 00715/96, 00698/04 y 00500/07.-
Apruébense y ratifíquense las Resoluciones Internas Nº 59/19, 60/19, 61/19, 62/19, y 63/19, emitidas por la Subsecretaría de Gestión Ambiental.-

Firmantes
Abog. José Manuel Corral, Intendente
Tco. Mariano Cejas, Secretario de Ambiente y Espacios Públicos
C.P.N. Mg. María Belén Etchevarría, Secretaria de Hacienda
Abog. Malena Azario, Secretaria de Gobierno

TEXTO COMPLETO DE LA NORMA

DECRETO D.M.M. – SEC. DE AMBIENTE Y ESPACIOS PÚBLICOS – AÑO 2019 – Nº 00518 SANTA FE DE LA VERA CRUZ, 05 SEP 2019

VISTO:

El Documento DE-0531-01602268-3 (NI) y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante las actuaciones de referencia, la Dirección de Higiene Ambiental informa que, en cumplimiento de instrucciones impartidas desde la Subsecretaría de Gestión Ambiental se ha procedido a emitir Orden de Servicio a la contratista URBASER Argentina S.A – Transporte Olivos S.A.C.I y F. – UTE, a fin de ampliar el servicio de barrido manual que habitualmente presta, a partir del 1º de abril del corriente año, en ciento dieciséis (116) cuadras los días lunes, miércoles y viernes y en ciento cuarenta y ocho (148) cuadras los días martes, jueves y sábados, conforme el detalle de cuadras a servir que adjuntó en autos;

Que, la Secretaría de Ambiente y Espacios Públicos recomienda hacer lugar a lo solicitado, disponiendo la continuidad del trámite respectivo;

Que, asimismo, la Subsecretaría de Gestión Ambiental emitió determinadas Resoluciones Internas, aprobando diversas planillas de control de los servicios prestados por la empresa;

Que, este Departamento Ejecutivo resulta competente a los fines de emitir el acto administrativo pertinente;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ DECRETA

Art. 1°: Dispónese que a partir del 01/04/2019, la firma URBASER Argentina S.A – Transporte Olivos S.A.C.I y F. – UTE, contratista del Sector II de los servicios de recolección y transportes de residuos domiciliarios y de la vía pública, y los servicios de barrido y limpieza de calles, amplíe el servicio de barrido manual en 116 (ciento dieciséis) cuadras los días lunes, miércoles y viernes, conforme el detalle de cuadras a servir que como Anexo I forma parte integrante del presente.-

Art. 2°: Dispónese que a partir del 01/04/2019, la firma URBASER Argentina S.A – Transporte Olivos S.A.C.I y F. – UTE, contratista del Sector II de los servicios de recolección y transportes de residuos domiciliarios y de la vía pública, y los servicios de barrido y limpieza de calles, amplíe el servicio de barrido manual en 148 (ciento cuarenta y ocho) cuadras los días martes, jueves y sábados, conforme el detalle de cuadras a servir que como Anexo I forma parte integrante del presente.-

Art. 3°: Dispóngase que las ampliaciones indicadas en los artículos precedentes lo serán en idénticas condiciones a las dispuestas en los Decretos D.M.M. Nº 00555/96, 00715/96, 00698/04 y 00500/07.-

Art. 4°: Apruébense y ratifíquense las Resoluciones Internas Nº 59/19, 60/19, 61/19, 62/19, y 63/19, emitidas por la Subsecretaría de Gestión Ambiental.-

Art. 5°: Refréndese el presente Decreto por el Señor Secretario de Ambiente y Espacios Públicos y las Señoras Secretaria de Hacienda y de Gobierno.-

Art. 6°: Comuníquese, publíquese y dése al D.M.M. y R.M.-

 

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